MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA
MUNICIPALIDAD DE BAHIA XXXXXX
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROYECTO, CONSTRUCCION
Y OPERACIÓN DEL RELLENO SANITARIO LOCAL AÑO 2017
INDICE
TÍTULO PRELIMINAR | |
1. LICITACIÓN: Objeto | 1 |
2. DEFINICIONES | 2 |
2.1. Adjudicatario | 2 |
2.2. Área de prestación del Servicio. | 2 |
2.3. Autoridad de Aplicación del Contrato | 2 |
2.4. Autoridad de Aplicación del Proceso de Licitación | 2 |
2.5. Comisión de Evaluación y Preadjudicación | 2 |
2.6. Circulares | 2 |
2.7. Cómputo de plazos | 2 |
2.8. Contratante | 3 |
2.9. Contratista | 3 |
2.10. LOM | 3 |
2.11. Oferente | 3 |
2.12. Oferta | 3 |
2.13. Plazo de la Locación de Servicios | 3 |
2.14. Plan de trabajo | 3 |
2.15. Pliego | 3 |
2.16. Preadjudicación | 3 |
3. INFORMACIÓN A LOS ADQUIRENTES | 4 |
3.1. Carácter de la Licitación | 4 |
3.2. Actividades del futuro Contratista | 4 |
3.3. Obligaciones del Contratante | 5 |
3.4. Plazo de la Locación de Servicios | 6 |
3.4.1. Período inicial | 6 |
3.4.2. Prórroga | 6 |
3.4.3. Extensión | 6 |
3.4.4. Retribución durante xx xxxxxxxx | 0 |
3.4.5. Crecimiento | 6 |
3.5. Facultad de Disposición de los Residuos | 7 |
3.6. Seguros y responsabilidades | 7 |
3.7. Régimen impositivo | 8 |
3.8. Medio Ambiente | 8 |
3.9. Comunicaciones | 8 |
3.10. Oficial | 9 |
3.11. Estudio de Impacto Ambiental. | 9 |
4. GARANTÍAS | 9 |
4.1. Garantía de mantenimiento de oferta | 9 |
4.1.1. Plazo de mantenimiento de oferta. | 9 |
4.1.2. Constitución. | 9 |
4.1.3. Devolución de Garantía de Mantenimiento de Oferta. | 9 |
4.2. Garantía de Cumplimiento del Contrato | 10 |
4.3. Forma de constitución de las garantías | 10 |
4.4. Instrumentación | 11 |
4.5. Afectación de la Garantía | 11 |
4.6. Reconstitución de la garantía | 11 |
4.7. Devolución de la Garantía | 12 |
5. REGLAS GENERALES DE LA LICITACIÓN | 12 |
5.1. Normativa aplicable | 12 |
5.2. Compra xxx Xxxxxx | 13 |
5.3. Conformidad | 13 |
5.4. Jurisdicción | 13 |
5.5. Definiciones | 13 |
5.6. Títulos | 13 |
5.7. Discrecionalidad del Contratante | 13 |
5.8. Legislación | 14 |
5.9. Ofertas Alternativas | 14 |
5.10. Precios | 14 |
5.11. Facultades del Contratante | 15 |
6. LLAMADO A LICITACIÓN | 15 |
6.1. Difusión | 15 |
6.2. Consulta y Adquisición | 16 |
6.3. Valor | 16 |
7. REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN | 16 |
7.1. Sujeto Activo | 16 |
7.2. Presentación Conjunta o Asociada | 16 |
7.3. Requisitos mínimos de carácter técnico para la Admisión de los Oferentes | 17 |
7.3.1. Antecedentes. | 17 |
7.3.2. Asistente Técnico. | 17 |
7.3.3. Representante Técnico. | 18 |
7.4. Requisitos mínimos de Carácter Empresarial para la Admisión de los Oferentes. | 18 |
7.5. Requisitos mínimos de Carácter Económico-Financiero para la Admisión de los Oferentes. | 18 |
7.6. Identificación | 19 |
7.7. Representación | 19 |
7.8. UTE – Compromiso | 20 |
8 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS | 20 |
8.1. Lugar | 20 |
8.2. Idioma | 20 |
8.3. Cantidad de Ejemplares – Formalidades | 21 |
8.4. Sobres | 21 |
8.5. Unificación de Personería | 22 |
8.6. Representantes Legales o Apoderados | 22 |
8.7. Contenido del Sobre Nº 1 | 22 |
8.8. Contenido del Sobre Nº 2: Oferta Económica. | 24 |
9. PROCEDIMIENTO DE ADMISION | 25 |
9.1. Trámite | 25 |
9.2. Formulación de Consultas | 26 |
9.3. Información | 26 |
10. APERTURA DE SOBRES | 26 |
10.1. Recepción de Sobre | 26 |
10.2. Apertura de Sobre N° 1 | 27 |
10.3. Apertura de sobre N° 2 | 28 |
11. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PREADJUDICACION | 28 |
11.1. Integración | 28 |
11.2. Funciones | 29 |
12. ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO | 31 |
12.1. Licitación sin efecto | 31 |
12.2. Oferta única | 31 |
12.3. Adjudicación | 31 |
13. CONTRATO. FIRMA | 32 |
14. DE LA CONTABILIDAD | 32 |
15. RÉGIMEN SANCIONATORIO | 32 |
15.1. Principios Generales | 32 |
15.2. Infracciones y Sanciones | 35 |
16. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA | 37 |
16.1. Incumplimiento del Contratista | 37 |
16.2. Incumplimiento del Contratante | 38 |
17. FIN DEL CONTRATO | 39 |
17.1. Deudas del Contratista | 39 |
17.2. Servicios Comprendidos en el Contrato | 39 |
17.3. Contratos en Curso de Ejecución | 39 |
18. CIERRE DE LAS CELDAS | 39 |
19. CESIÓN | 40 |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES | |
APARTADO I: ASPECTOS GENERALES | 41 |
1. Características del Servicio | 41 |
2. Forma de Cotizar | 41 |
3. Representante Técnico | 42 |
4. Iniciación de Servicios | 42 |
5. Inspección de Obras y Control Ambiental | 42 |
6. Presentación de facturas y pago | 42 |
APARTADO II: Proyección, Operación y Construcción del módulo | 44 |
1. Ubicación | 44 |
2. Metodología a emplear | 44 |
3. Parámetros de diseños | 44 |
4. Nociones elementales | 44 |
5. Cercado perimetral | 45 |
6. Fases Operativas | 45 |
7. Plan de Trabajo | 45 |
8. Proyecto y descripción de la Obra | 45 |
9. Instalaciones fijas | 46 |
9.1. Oficinas e instalaciones sanitarias destinadas a la inspección | 46 |
9.2. Oficinas e instalaciones existentes | 46 |
9.3. Señalización | 46 |
9.4. Control de ingreso | 47 |
9.5. Habilitación instalaciones | 47 |
10. Infraestructura de los servicios de las instalaciones fijas | 47 |
10.1. Energía eléctrica | 47 |
10.2. Agua potable | 47 |
10.3. Red vial | 48 |
10.3.1. Ingreso | 48 |
10.3.2. Terraplén perimetral | 48 |
10.3.3. Red de caminos internos | 48 |
10.3.4. Caminos alternativos | 48 |
10.3.5. Estabilidad de Caminos | 48 |
10.3.6. Señalizaciones | 49 |
10.3.7. Riego | 49 |
11. Secuencia de la obra. | 49 |
12. Drenaje | 49 |
13. Preparación del Módulo | 50 |
14. Impermeabilización y drenajes de la base | 50 |
15. Captación y eliminación de líquidos de los módulos | 51 |
15.1. Canal de conducto del percolado | 51 |
15.2. Cámara | 51 |
16. Frentes de Trabajo | 52 |
17. Acondicionamiento, disposición y compactación de residuos | 52 |
18. Venteo de Gases | 53 |
18.1. Procedimiento | 53 |
18.2. Reserva | 54 |
19. Cobertura diaria | 54 |
20. Cobertura Final | 54 |
21. Mantenimiento de las áreas rellenadas | 55 |
21.1. Asentamientos y agrietamientos | 55 |
21.2. Forestación perimetral | 55 |
21.3. Forestación de los módulos terminados | 56 |
21.4. Reposiciones | 56 |
21.5. Tratamiento fitosanitario | 56 |
21.6. Desmalezamiento | 56 |
21.7. Riego | 56 |
22. Controles | 56 |
23. Monitoreo de la calidad de agua subterránea | 57 |
24. Sistema Estación de Pesaje | 57 |
25. Turnos y horarios | 60 |
26. Tratamiento de percolados | 60 |
27. Residuos de otras jurisdicciones | 61 |
28. Equipos a utilizar en el módulo | 61 |
29. Personal | 62 |
30. Instalaciones Complementarias | 63 |
APARTADO III: Precios | 64 |
APARTADO IV: Planillas de Cotización | 66 |
TÍTULO PRELIMINAR
El presente Pliego de Bases y Condiciones es dictado dentro del siguiente marco legal:
Arts. 190, 191 y ccdtes. de la Constitución Provincial, correspondientes al capítulo municipal, por el cual se establece que los servicios de interés local pertenecen a la competencia municipal.
Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto 6769/63 y sus modificatorias).
Ordenanza Xxxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de Procedimiento Administrativo para las Municipalidades (OG 267).
Las leyes de presupuestos mínimos: Ley General del Ambiente N° 25675, Acceso a la Información Pública Ambiental Nº25831 y Gestión Integral de Residuos Domiciliarios Nº 25916.
Ley 11459, Resolución 1143/02 de la Secretaría de Política Ambiental (Hoy Organismo Provincial para el desarrollo sostenible –OPDS-) que determina las pautas que deberán respetarse en la Disposición de Residuos Sólidos Urbanos en Rellenos Sanitarios.
Ley 13.592 de “Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos” y Ordenanza Nº 14509 de adhesión.
Decreto 3395/96 y Resolución Nº 242/97 de la Secretaría de Política Ambiental sobre efluentes gaseosos.
Decreto Provincial Nº 2980/00 sobre la Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal, su supletorio el Reglamento de Contabilidad y disposiciones de administración para las Municipalidades.
1. LA LICITACIÓN: Objeto
El objeto de la presente licitación es la operación del relleno sanitario de Bahía Blanca, en terreno propio del municipio.
El objeto de la presente licitación es contratar la operación del relleno sanitario de Bahía Blanca, en terrenos proporcionados por el municipio para una capacidad de base y considerando para el total del plazo de la locación de servicios el incremento
poblacional y crecimiento proyectado del PBI per cápita en función de las estadísticas locales del INDEC.
La prestación del servicio licitada se otorga con Exclusividad, no pudiendo el Contratante, bajo ningún concepto, dejar de lado dicha cláusula.
La prestación del servicio contratado es a exclusivo riesgo del Contratista.
2. DEFINICIONES
A todos los efectos de este Pliego, los términos que a continuación se indican, sea que se empleen en singular y/o plural, significan:
2.1. Adjudicatario: Oferente cuya oferta haya sido adjudicada.
2.2. Área de prestación del Servicio: Es la zona geográfica sobre la
que el Contratista ejercerá los derechos y obligaciones que surjan del Contrato de Locación de Servicio. La delimitación del área de prestación de servicio surge del croquis que forma parte del presente, como Anexo I.
2.3. Autoridad de Aplicación del Contrato: Es el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bahía Blanca.
2.4. Autoridad de Aplicación del Proceso de Licitación: Es la Comisión de Evaluación y Preadjudicación. La Autoridad de Aplicación de la presente licitación es el órgano encargado de conducir el procedimiento de licitación con las funciones, facultades y prerrogativas previstas en el presente Pliego.
2.5. Comisión de Evaluación y Preadjudicación: Es el órgano encargado de conducir el procedimiento de licitación establecido en el presente pliego.
2.6. Circulares: Las notificaciones o actas de la Comisión de Evaluación y Preadjudicación que signifiquen ampliación, aclaración y/o modificación de cualquier aspecto relacionado con la licitación, ya sea como consecuencia de consulta realizada por algún oferente o por decisión propia del Contratante.
2.7. Cómputo de plazos: Salvo que en el Pliego o en la restante documentación licitatoria se hubiere expresado otra cosa, cuando en el presente Contrato se alude a plazos computables en días, estos se contarán como días hábiles administrativos.
Las notificaciones se realizarán conforme las prescripciones de la OG 000 xx xx
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
2.8. Contratante: La Municipalidad de Bahía Blanca.
2.9. Contratista: El adjudicatario de la Licitación para explotar el contrato de locación de servicios motivo de la presente licitación, que ha firmado el Contrato con el Contratante.
2.10. LOM: Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6768/58 y sus modificatorias).
2.11. Oferente: Sociedad o grupo de sociedades que presente una Oferta en el marco de la licitación reglada por el Pliego.
2.12. Oferta: Declaración de voluntad unilateral e irrevocable efectuada por escrito, por el Oferente, en el procedimiento de la presente licitación.
2.13. Plazo de la Locación de Servicios: Es el tiempo de vigencia del Contrato.
2.14. Plan de trabajo: Documento que contiene el detalle de la metodología a emplear por el oferente para la prestación de los servicios licitados. Dicho plan podrá incorporar ciertas alternativas a las sugeridas por este Municipio mencionadas en APARTADO I: ASPECTOS GENERALES, debiendo fundamentarse, en este caso, la razonabilidad de las técnicas y los medios a utilizar, como así también la experiencia de la contratista en la propuesta presentada. En todos los casos deberá incluirse una Memoria Descriptiva en la que se detalle la organización general del trabajo, las características de la implementación tecnológica, documentos correspondientes al diseño y construcción de cualquier Planta de tratamiento de los residuos, la evaluación del impacto ambiental que los servicios puedan generar y los medios que se emplearán para su mitigación.
2.15. Pliego: Es el presente Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública.
2.16. Preadjudicación: Acto preparatorio no vinculante mediante el cual la Comisión de Evaluación y Preadjudicación en uso de sus facultades recomienda, de acuerdo a su saber y entender, provisionalmente la Oferta más conveniente según lo establecido en el presente Xxxxxx. Este acto no confiere derechos subjetivos para el Oferente.
3. INFORMACIÓN A LOS ADQUIRENTES
3.1. Carácter de la Licitación
La presente licitación, tiene carácter nacional y pueden participar en ella empresas nacionales, públicas o privadas, en forma individual o conjunta.
La Locación de Servicios a contratar, de conformidad con la presente licitación, será a exclusivo riesgo del Oferente.
3.2. Actividades del futuro Contratista
Las obligaciones y responsabilidades del futuro contratista se encuentran contempladas en el presente Xxxxxx y sus Anexos.
Sin perjuicio de ello, el contratista deberá cumplimentar las siguientes obligaciones:
3.2.1. Tomar todas las medidas a su alcance para asegurar que la prestación del servicio sea compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y con la protección del medio ambiente.
3.2.2. Adecuar su accionar al objetivo de preservar y/o mejorar los ecosistemas involucrados con el desarrollo de su actividad, cumpliendo con las normas nacionales, provinciales y municipales destinadas a la protección del medio ambiente actualmente en vigencia, como asimismo, aquellas que en el futuro se establezcan.
3.2.3. Abstenerse de abandonar total o parcialmente las instalaciones destinadas o afectadas a su prestación.
3.2.4. Poner a disposición del Contratante todos los documentos e información de carácter técnico, económico, financiero, o los que este requiera para desarrollar las tareas inherentes a la regulación y verificación del cumplimiento xxx Xxxxxx y sus anexos, del contrato y toda norma aplicable, sometiéndose a los requerimientos que a tal efecto el mismo realice.
3.2.5. Garantizar el ejercicio de las facultades de los organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal, debiendo contemplar la concurrencia con libre acceso de los funcionarios de los organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con el servicio contratado.
3.2.6. Asumir, a partir del comienzo de la ejecución del contrato, la responsabilidad
por todos los daños y perjuicios que se causaren al Contratante o terceros como consecuencia del Contrato de Locación o incumplimiento de las obligaciones en el mismo asumidas.
3.2.7. Cumplir con las sanciones y penalidades que le aplique el Contratante en el ámbito de sus funciones.
3.2.8. Llevar a cabo todas las medidas y acciones necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios cuya explotación se comprenda en los términos de la contratación.
3.2.9. Sin perjuicio del derecho a reclamar las indemnizaciones por despido (art. 245 L.C.T.) y demás créditos emergentes de la relación laboral entablada con la anterior prestataria del servicio, el nuevo prestador incorporará a la totalidad de los trabajadores escalafonados con vinculación laboral celebrada por tiempo indeterminado, que hayan prestado servicios hasta el momento del traspaso del mismo. Ninguna obligación indemnizatoria derivada de la vinculación con los anteriores empleadores del personal pasará a la nueva Contratista.
3.2.10. El contratista deberá prever dentro de su estructura de costos la construcción de un galpón de transferencia e instalaciones complementarias con cercado perimetral a efectos de favorecer el desempeño de los recolectores pertenecientes a la “Asociación 23 xx Xxxxxx”, localizado en un sector exterior al módulo de operación. Los trabajos deberán ser terminados dentro de un plazo máximo de 120 días corridos, contados a partir de la fecha de vigencia del contrato. El contratante acordará con dicha Asociación programas de gestión integral de residuos consolidando un marco de reciclaje con inclusión social.
3.2.11. Los adquirentes xxx Xxxxxx cuentan con el derecho a concertar visitas al Relleno Sanitario, previa solicitud en la Secretaría de Gestión Ambiental.
3.3. Obligaciones del Contratante
Es obligación del Contratante garantizar al Contratista la exclusividad del presente Contrato de Locación por el término y bajo las condiciones que se determinan, en la totalidad de la documentación licitatoria.
El Contratante pondrá a disposición de los adquirentes xxx Xxxxxx la información relativa al estado de la condición operativa del actual emplazamiento del Relleno
Sanitario local.
El Contratante no se responsabiliza por el volumen de toneladas de residuos que ingresan diariamente al Relleno Sanitario, por lo que las Ofertas que se presenten quedarán a exclusivo cargo y riesgo de los Oferentes, quienes tienen a su disposición la información volcada en la documentación licitatoria.
3.4. Plazo de la Locación de Servicios
3.4.1. Período inicial: El plazo de adjudicación será de cinco (5) años y estará determinado por el tipo de propuesta que cada oferente presente y que garantice al Contratante un precio de disposición por tonelada adecuado a los valores xx xxxxxxx.
3.4.2. Prórroga: El Contratante podrá prorrogar el Contrato por un plazo máximo de dos (2) años, si lo considera oportuno y conveniente, siempre que con una anterioridad no menor a seis meses del vencimiento del Plazo de la Locación, el Contratista haya pedido al Contratante la prórroga.
3.4.3. Extensión: Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos precedentes la Municipalidad de Bahía Blanca está facultada a requerir al Contratista la continuación (extensión) del Contrato, por un plazo de un (1) año contado a partir del vencimiento del Plazo de la Locación (contratación). A tal efecto el Municipio deberá notificar fehacientemente tal requerimiento al Contratista, con una antelación no inferior a sesenta días al vencimiento del Plazo de la Locación (contratación).
En caso de prorrogarse la Locación (contratación), el Contratante considerará la incidencia de esa prórroga en la ecuación económico-financiera de la Locación, teniendo en cuenta para ello que la recuperación de las inversiones debió operar durante el plazo original de la Licitación.
3.4.4. Retribución durante la prórroga: Los servicios correspondientes al lapso de prórroga, serán retribuidos de la misma manera que durante el plazo original, rigiendo las mismas estipulaciones y condiciones contractuales.
3.4.5. Crecimiento: Atento a las perspectivas de crecimiento de la ciudad el contratista deberá prever un crecimiento aproximado de un diez por ciento (10 %) anual en el volumen ingresado de toneladas, tomando como punto xx xxxxxxx, un volumen de 230.000 toneladas a la fecha de inicio de contrato. Este porcentaje no
se tomará como fijo sino como estimado.
3.5. Facultad de Disposición de los Residuos
La Municipalidad de Bahía Blanca conserva la propiedad y facultad de disposición de todos los residuos sólidos urbanos, cualquiera sea su tipo y procedencia.
En ningún caso el Contratista tendrá derecho a resarcimiento alguno por modificación en el volumen o peso de las cargas que resultan del accionar de recuperadores informales o terceras personas físicas y/o jurídicas.
3.6. Seguros y responsabilidades
El contratista deberá celebrar un contrato de seguro por todo el plazo de la locación que ampare el rubro responsabilidad civil contra cualquier daño, pérdida o lesión que pueda sobrevenir a bienes o personas a causa de la prestación de los servicios contratados, de forma tal de mantener indemne al contratista y al contratante por todo el lapso contractual. El monto mínimo a asegurar por este concepto señalado no será inferior a la suma de PESOS Cinco millones trescientos mil ($ 5.300.000) monto que deberá ser actualizado en forma anual, de acuerdo a los índices que a tal efecto indique el contratante.
Asimismo, el contratista deberá celebrar un contrato de seguro de responsabilidad civil en relación a cada uno de los vehículos, equipos y maquinarias afectadas a la prestación del servicio a efectos de mantener indemne a la Municipalidad de Bahía Blanca con cláusula de no repetición a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca. Dichos seguros deberán tener, como mínimo, la cobertura exigida por la normativa vigente para los seguros obligatorios de responsabilidad civil por el uso de automotores y por contaminación ambiental. También deberá celebrar las contrataciones respectivas referentes a las coberturas de riesgo de trabajo establecidas por la Ley 24.447, sus disposiciones complementarias y modificatorias con la cláusula de no repetición a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Todos los seguros contemplados en el presente numeral, y sus renovaciones, deberán ser contratados en compañías aseguradoras de reconocido prestigio, y a satisfacción del Contratante.
Las pólizas de seguros no podrán ser modificadas, enmendadas y/o anuladas sin el previo consentimiento del Contratante.
Las pólizas de seguros y sus renovaciones preverán expresamente la obligación del asegurador de notificar al Contratante ante cualquier omisión de pago en que incurriese el Contratista. Cualquier omisión del Contratista en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo relativas a la contratación de seguros facultará al Contratante a contratar y mantener vigentes los seguros de que se trate, por cuenta de aquél. En tal sentido, el contratante podrá abonar las primas respectivas, las que deberán ser reintegradas por el Contratista en un plazo no mayor de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ejecución de la garantía respectiva.
Todas las pólizas contratadas deberán también ser endosadas a favor del Contratante.
El Contratante no será responsable por los daños y perjuicios que se irroguen a terceros, aún en caso de falta de cobertura debida a la negligencia activa u omisiva del Contratista en la contratación de seguros.
De acuerdo con la Ley de Medio Ambiente 25675 en su Art. 22, se exige al contratista la determinación mediante los instrumentos de autoevaluación previstos, la contratación de una póliza de Caución Ambiental.
3.7. Régimen impositivo
El Contratista estará sujeto al pago de todos los tributos establecidos por las leyes nacionales y provinciales y ordenanzas municipales aplicables.
En consecuencia, cualquier excepción, liberación o tratamiento preferencial, exenciones de tributos o estabilidad tributaria, deberá ser otorgada expresamente por la autoridad competente.
3.8. Medio Ambiente
A partir del inicio de sus actividades, el Contratista será responsable de la contaminación ambiental producida por prestar su actividad en forma irregular, y deberá adecuar su accionar al objetivo de preservar y mejorar los ecosistemas involucrados con el desarrollo de su actividad, cumpliendo con las normas destinadas a la protección del medio ambiente actualmente en vigencia, como a asimismo aquellas que en el futuro se establezcan.
3.9. Comunicaciones: A los fines de la mejor comunicación de la información relativa al proceso licitatorio, el Departamento de Compras pondrá a disposición del
público los actos pertinentes. Los adquirentes xxx Xxxxxx proporcionarán al momento de retirarlos una dirección de correo electrónico donde se comunicarán las circulares emitidas. Las mismas serán, además, publicadas en internet en la página xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
3.10. Oficial:
Fíjese el presupuesto oficial del Servicio licitado en la suma final de pesos cuatrocientos setenta y cinco millones IVA incluido ($ 475.000.000 IVA incluido).
3.11. Estudio de Impacto Ambiental.
Dicha documentación se encontrará a disposición de los Adquirentes xxx Xxxxxx para su Consulta en la Secretaría de Gestión Ambiental del Municipio. Asimismo podrá consultarse la documentación referida al análisis y monitoreo de los pozos freáticos, lixiviados y muestreos de aire relacionados con el predio lindante donde se instalarán las futuras instalaciones. También se contará con el EIA correspondiente al último módulo operativo.
4. GARANTÍAS
4.1. Garantía de mantenimiento de oferta
4.1.1. Plazo de mantenimiento de oferta. La oferta deberá ser mantenida por un plazo no inferior a 100 (cien) días corridos contados a partir de la fecha de apertura del Sobre N° 1. Se considerará sostenida la oferta por un término adicional de 50 días corridos, si el oferente no la retirase expresamente comunicando para ello a la Municipalidad de Bahía Blanca su voluntad de un modo fehaciente.
4.1.2. Constitución. La propuesta deberá estar acompañada de una garantía de mantenimiento de oferta, por el importe equivalente al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial y por un plazo de duración igual al plazo de mantenimiento de la oferta, con más sus eventuales prórrogas.
4.1.3. Devolución de Garantía de Mantenimiento de Oferta. Una vez que el Departamento Ejecutivo se hubiere expedido respecto de la Adjudicación, se dispondrá la devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, a los oferentes no adjudicados, a partir del momento que se firme el contrato con el Contratista.
Al Oferente que resulte Adjudicatario se le devolverá la Garantía de Mantenimiento de Oferta una vez que se reciban y aprueben las Garantías de Cumplimiento del Contrato.
La devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será el importe nominal originalmente depositado sin ningún tipo de ajuste.
4.2. Garantía de Cumplimiento del Contrato
El Adjudicatario deberá otorgar una garantía de cumplimiento de contrato por un valor equivalente al 10 % (diez por ciento) del monto de la Orden de Compra Para este cálculo se tomará en consideración el monto estimativo de toneladas a procesar fijada en el presente pliego.
Esta garantía deberá constituirse en igual forma que la garantía de oferta, y deberá presentarse con anterioridad a la firma del contrato.
En el supuesto que la adjudicación sea dejada sin efecto sin culpa del Adjudicatario o al término del contrato, el depósito será devuelto dentro de los 30 (treinta) días contados a partir del cese, siempre que el Adjudicatario no resulte deudora de la Municipalidad por cualquier concepto emergente de ésta licitación o de cualquier otro concepto.
El Adjudicatario se obliga a mantener indemne la garantía de contrato mientras dure la prestación de servicio sin restricciones ni condicionamientos, debiendo arbitrar todos los medios para que no sea embargada en todo o en parte, por cuestiones ajenas a la presente licitación o prestación del servicio.
La garantía siempre debe estar libre de todo gravamen y expedita para la Municipalidad.
La garantía, cualquiera fuera la especie en que el Adjudicatario la constituyó, no devengará ningún tipo de interés o acreencia.
4.3. Forma de constitución de las garantías
Las garantías a que se refieren los incisos anteriores deberán ser constituidas a satisfacción y a la orden de la Municipalidad de Bahía Blanca mediante fianza bancaria, giro, títulos nacionales o provinciales a sus valores nominales, seguro de caución o boleta de depósito efectuado en el Banco de la Provincia de Buenos Aires en la Cuenta de Terceros - Nro. 23.772/5. La fianza bancaria o por póliza de seguros,
deberá cumplir las condiciones establecidas en las circulares 1751/84 y 1720/83 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, todo ello bajo pena de rechazo de la propuesta.
Tanto la póliza de seguro de caución como la fianza bancaria deberán estar certificadas ante escribano público y si el escribano es de otra jurisdicción deberá contar con la certificación del colegio de escribanos.
Deberá quedar indicado que es fiador liso, llano y principal pagador, de no cumplirse estos requisitos se rechazara la propuesta.
4.4. Instrumentación
La garantía deberá constituirse con referencia expresa al Contrato de Locación a suscribirse.
El documento constitutivo original deberá ser entregado al Contratante previo al inicio de la prestación del servicio. Las firmas de quienes suscriban las fianzas o los seguros de caución deberán estar certificadas por escribano público. Como recaudo previo al inicio de la prestación del servicio el Contratista deberá contar con la aprobación de la garantía por parte del Contratante.
4.5. Afectación de la Garantía
Previa intimación al Contratista para que de cumplimiento a cualquier obligación en la que se hallare en xxxx dentro del plazo de quince (15) días, el Contratante podrá afectar la porción de la garantía que sea suficiente para procurar por sí o a través de terceros, con cargo al Contratista, la ejecución de las obligaciones omitidas por ésta y atender a la reparación de los daños y perjuicios, incluidos los intereses legales derivados de la xxxx. El Contratante podrá afectar al monto de la garantía para atender el pago de multas impuestas al Contratista o de cualquier otra suma que el Contratista pueda adeudar por cualquier concepto al Contratante.
4.6. Reconstitución de la garantía
En caso que el Contratante afectase la garantía en todo o en parte, el Contratista tendrá un plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de afectación de la garantía para reconstituir el importe total de la misma mediante el depósito de un importe igual al que se hubiera afectado. El Contratista deberá al Contratante el importe de los intereses que se devengaren a partir xxx xxxxxx día de producida la
afectación y hasta la fecha en que se realice el depósito que reconstituya íntegramente la garantía.
Dichos intereses serán calculados de acuerdo a la tasa activa del Banco Nación Argentina Cartera General en pesos.
4.7. Devolución de la Garantía
El monto correspondiente a la Garantía será liberado una vez que se acredite que se encuentran solventadas todas las obligaciones a cargo del contratista y hayan transcurrido seis meses desde la recepción conforme que haga la Municipalidad de Bahía Blanca del inmueble del relleno sanitario.
Si la extinción de la Locación se produjera por culpa o negligencia del Contratista, éste perderá definitivamente el importe total de la garantía, el cual se sumará a la compensación de daños y perjuicios debida al Contratante. Se aclara que en este caso la garantía funcionará como una cláusula penal que deberá ser pagada automáticamente, a la que se deberán adicionar los daños y perjuicios causados.
5. REGLAS GENERALES DE LA LICITACIÓN
5.1. Normativa aplicable
La Licitación Pública Nacional se regirá por el presente Pliego, sus Anexos, las circulares aclaratorias y/o modificatorias emitidas vinculadas al presente pliego y las demás normas del Derecho Público Provincial, Nacional y Municipal que le sean aplicables. En especial se regirá por:
5.1.1. Ordenanza General 267.
5.1.2. Decreto Ley 6768/58 y sus modificatorias, Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
5.1.3. Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
5.1.4. El pliego de bases y condiciones y sus anexos.
5.1.5. Las Circulares que emitiere la Municipalidad.
5.2. Compra xxx Xxxxxx
La presentación de los interesados como Oferentes implica, sin admitir prueba en contrario, conocimiento y aceptación de todas las disposiciones contenidas en el Pliego, sus anexos, circulares, contratos y documentos, así como de las normas aplicables contenidas en los mismos.
5.3. Conformidad
La presentación como Oferentes implica la declaración de conformidad y expresa aceptación de todos los documentos que integran el Pliego.
La presentación como Oferentes también entraña la renuncia a plantear cualquier tipo de reclamo basado sobre la falta de correspondencia entre los documentos, inventarios o estados de los bienes a cuyo respecto la conformidad se ha prestado.
5.4. Jurisdicción
Los Oferentes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso Administrativos de la Provincia de Buenos Aires, con competencia en la ciudad de Bahía Blanca, para todos los conflictos que pudieren suscitarse como consecuencia xxx Xxxxxx, sus Anexos, Circulares y demás cuestiones vinculadas con la licitación, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles. La presentación de la Oferta implica la aceptación de dicha jurisdicción. Todas las notificaciones judiciales serán válidas cuando se efectúen en los domicilios constituidos en la presentación.
5.5. Definiciones
Las palabras definidas en singular y mayúsculas incluyen también el plural y viceversa cuando el contexto así lo requiera.
5.6. Títulos
Los títulos y subtítulos de los capítulos, subcapítulos y numerales que figuran en el Pliego se incluyen al solo efecto de facilitar la referencia y no deberán considerarse como formando parte de los mismos ni deberán tenerse en cuenta en la interpretación de su contenido.
5.7. Discrecionalidad del Contratante
La presentación de Ofertas no obliga a la Municipalidad de Bahía Blanca a contratar
quedando entendido que la Comisión podrá no aceptar ninguna de las Ofertas presentadas si a su juicio las mismas no satisfacen adecuadamente el interés público y la garantía de servicio para los que se efectúa esta licitación. Asimismo, la Comisión de Evaluación y Preadjudicación podrá sugerir al Departamento Ejecutivo que se deje sin efecto o se declare desierta la licitación sin derecho a reclamo alguno por parte de los Oferentes hasta el momento de la Adjudicación invocando razones de oportunidad, mérito y conveniencia. La adjudicación podrá efectuarse, en los términos del presente Xxxxxx, aún en el caso que existiera un único Oferente.
5.8. Legislación
El Oferente y el Contratista deberán observar el pleno respeto de las normas constitucionales argentinas, tratados internacionales de los que el país sea parte, y legislación y reglamentaciones dictadas por las autoridades nacionales, provinciales y locales, en particular del o los órganos que resulten designados para las tareas de fiscalización y control de obras y de actividades del contratista, con expresa renuncia a toda pretensión de extraterritorialidad legislativa, judicial o arbitral.
5.9. Ofertas Alternativas
Las ofertas a presentarse deberán respetar acabadamente las especificaciones técnicas previstas.
Pueden presentarse ofertas alternativas. Se aclara que se entiende por ofertas alternativas aquellas que, cumpliendo en un todo con los requisitos xxx xxxxxx, ofrecen distintas soluciones técnicas o financieras para el desarrollo de la contratación.
5.10. Precios
Los precios fijados en el contrato respectivo no podrán ser objeto de aumento unilateral durante todo el plazo de la contratación, prohibiéndose expresamente otra actualización, indexación, ajuste o cualquiera otra medida que intente introducir, en dichos valores, aumentos en razón de la variación de las condiciones externas al acuerdo. Las eventuales redeterminaciones a implementarse se efectuarán conforme las prescripciones del Presente Pliego.
Cuando cualquiera de las partes considere que se ha producido un incremento en los costos totales del servicio de al menos en un 7,5% (siete y medio por ciento), o
se reduzca en un porcentaje similar, el precio se redeterminará conforme metodología descripta en el Apartado III del presente pliego.
5.11. Facultades del Contratante
5.11.1. La prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, decretar su caducidad, rescisión o resolución y determinar los efectos de éstas.
5.11.2. La revocación, modificación o sustitución del contrato por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que esta circunstancia genere derecho a indemnización en concepto de lucro cesante.
5.11.3. El poder de control, inspección y dirección de la contratación.
5.11.4. La prerrogativa de proceder a la ejecución directa del objeto del contrato, cuando el Contratista no lo hiciere dentro de plazos razonables, pudiendo disponer para ello de los bienes y medios del Contratista incumplidor.
5.11.5. La facultad de inspeccionar las oficinas y los libros que esté obligado a llevar el Contratista.
5.11.6. Las decisiones que se tomen en el curso de la contratación revestirán la condición de actos administrativos, debiendo ser eventualmente recurridos en los términos y condiciones establecidos en la Ordenanza General 267. Vencidos los plazos pertinentes dichas decisiones harán cosa juzgada administrativa.
6. LLAMADO A LICITACIÓN
6.1. Difusión
El llamado a licitación se difundirá por medio de anuncios que se publicarán por dos
(2) días en el sitio de Internet del Contratante, en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y de la República Argentina, en el diario de mayor circulación en la ciudad de Bahía Blanca, y al menos en un diario de amplia circulación en la República Argentina.
Por cuestiones de costos, el llamado a publicar podrá contener solamente las pautas básicas, remitiendo para mayor información a la página web de la Municipalidad o a la Oficina de Compras de la Municipalidad.
6.2. Consulta y Adquisición
Los interesados podrán adquirir el Pliego, de lunes a viernes de 8 a 13 horas, en la Oficina de Compras, en el domicilio del Contratante, sito en calle Xxxxxx 65 de la ciudad de Bahía Blanca. Las consultas podrán ser realizadas por medio del sitio web del Municipio.
6.3. Valor
El valor xxx Xxxxxx se fija en la suma de pesos veinticinco mil ($25.000).
7. REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN
7.1. Sujeto Activo
Solo serán admitidos en calidad de Oferentes en esta licitación las personas jurídicas de derecho privado o público, nacionales, con arreglo al derecho argentino, que habiendo adquirido el Pliego, reúnan las condiciones requeridas y se sometan a sus reglas.
Los Oferentes podrán presentarse en forma individual o en forma conjunta o asociada. En todos los casos deberán designar un representante con facultades para obligarlos en todos los actos correspondientes a la licitación, inclusive para firmar el Contrato de Locación.
Cuando un Oferente esté integrado por dos o más personas es necesario y suficiente la adquisición de un (1) ejemplar xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones de referencia.
En el caso de personas jurídicas que hayan adquirido juntas un (1) ejemplar xxx Xxxxxx en cuestión, no están obligadas a presentarse juntas como Oferentes, y en el caso que se presenten en forma independiente o asociadas con otras personas jurídicas, deberán cumplimentar el requisito de adquirir un (1) ejemplar xxx Xxxxxx por cada Oferta.
Los Oferentes deberán acreditar estar inscriptos o con tramites de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Bahía Blanca.
7.2. Presentación Conjunta o Asociada
Los Oferentes podrán presentarse en forma asociada. Deberán presentar en el
Sobre Nº 1 el documento asociativo que los vincule, en el cual deberá constar:
7.2.1. La acreditación por parte de cada integrante del cumplimiento de las exigencias establecidas por la Ley 19.550 y las Resoluciones de la Inspección General de Justicia que resulten aplicables, especificando la composición accionaria de cada Co-oferente.
7.2.2. La xxxxxxxx de responsabilidad solidaria e ilimitada de todos los integrantes, quedando cada uno de los Co-oferentes obligado ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la oferta y la adjudicación, debiendo así declararlo expresamente en su carta de presentación y en los poderes acordados al representante común.
7.2.3. La designación de un representarte único con facultades para obligar a todos los integrantes.
7.2.4. Fijar un domicilio especial único en la Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de la presente licitación.
7.3. Requisitos mínimos de carácter técnico para la Admisión de los Oferentes
7.3.1. Antecedentes. Podrán ser oferentes aquellos sujetos que certifiquen fehacientemente haber prestado servicios relacionados con gestión de residuos, o empresas que posean un responsable técnico con formación y experiencia acreditada y capacidad operativa aprobada.
En todos los casos deberán incluir como mínimo la siguiente información:
- Fecha de inicio y de terminación de contrato o prestación de servicios.
- Área geográfica bajo contrato.
- Tipo de prestación realizada.
- Cuantificación de los servicios según corresponda.
- Certificación de calidad y desempeño en la prestación de los servicios.
La Comisión podrá requerir ampliaciones o aclaraciones al oferente sobre estos puntos en caso de considerarlo conveniente, o de certificar o requerir información a terceros en relación a las calificaciones del oferente.
7.3.2. Asistente Técnico. Asimismo, los Oferentes pueden ser admitidos mediante
la acreditación de un Asistente Técnico, en los términos del presente Xxxxxx, entre los integrantes de la Sociedad, o a través de un Compromiso de Asistencia Técnica a ser firmado de acuerdo con el modelo que luce como Anexo II de este Pliego, debiendo aquel contar con la capacidad técnica y experiencia necesaria para desarrollar los servicios licitados.
Xxxxxxx presentarse los documentos pertinentes que a juicio de la Comisión avalen lo declarado por el oferente en este aspecto. La Comisión podrá requerir ampliaciones o aclaraciones al Oferente sobre estos puntos en caso de considerarlo conveniente, o de certificar o requerir información a terceros en relación a las calificaciones del Oferente.
7.3.3. Representante Técnico. Se debe incluir currículum del Representante Técnico propuesto quien deberá contar con título profesional universitario, especializado en Higiene Urbana, Ingeniería, Ciencias del Medio Ambiente, o similar.
7.4. Requisitos mínimos de Carácter Empresarial para la Admisión de los Oferentes.
7.4.1. Documentación que acredite la naturaleza o modalidad de la organización empresarial, incluyendo la estructura orgánica del personal ejecutivo y el organigrama que se afectará al servicio licitado.
7.5. Requisitos mínimos de Carácter Económico-Financiero para la Admisión de los Oferentes.
A los efectos de su evaluación se acompañará:
7.5.1. Balance de los últimos tres ejercicios económicos certificados por Contador Público autenticado o refrendado debidamente por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas con jurisdicción en el domicilio del oferente. Los balances deberán presentarse acompañados de un estado patrimonial actualizado a sesenta
(60) días de la fecha de presentación, en el que se destacarán las deudas previsionales, tributarias y con entidades financieras.
7.5.2. Para cotizar el servicio aquí licitado se deberá acreditar un mínimo del 80% de la facturación promedio del período 2015 a 2017 de la Municipalidad de Bahía Blanca.
7.5.3. Los oferentes de la totalidad de los servicios licitados deberán acreditar un
patrimonio neto superior a pesos veinticinco millones ($25.000.000) de acuerdo al último balance cerrado con anterioridad a la fecha de apertura de la presente licitación. Si el oferente es una UTE, se efectuará un promedio entre el total de todos los patrimonios netos pertenecientes a los distintos integrantes del oferente y la cantidad de integrantes, ponderado por sus participaciones en la asociación.
7.5.4. Se presentarán referencias bancarias, financieras y comerciales.
En el caso de presentarse dos o más empresas integradas en una UTE, toda la documentación citada deberá presentarse por cada una de ellas.
7.6. Identificación
Las sociedades oferentes deberán adjuntar con sus ofertas las nóminas de los integrantes de sus directorios u órganos de dirección y administración y de los órganos de fiscalización mediante certificación notarial legalizada.
El contratista dentro de los dos (2) primeros años de la vigencia de la relación contractual no podrá alterar la composición de la sociedad y el estatuto social sin contar con la previa autorización del Contratante.
7.7. Representación
La presentación de ofertas deberá ser efectuada por el representante legal del oferente o a través de apoderado, que firmará al pie de la oferta y documentación presentada.
En todos los casos, el representante o apoderado deberá acreditar su personería mediante:
7.7.1. Testimonio notarial del contrato y estatuto social en vigencia, con la constancia de su debida registración pública.
7.7.2. Certificación notarial actualizada que acredite la integración del directorio u órgano de dirección y administración y la distribución de cargos, así como de la autorización al representante legal para la presentación de la oferta por sí o mediante apoderado.
7.7.3. Si el Oferente actuara a través de apoderado, éste deberá acreditar su calidad de tal con el testimonio o copia certificada de la escritura pública del poder, debidamente legalizada.
7.8. UTE – Compromiso
Si dos o más sociedades decidieran presentarse a la licitación integrando una Unión Transitoria de Empresas (UTE), deberán agregar, además de la documentación exigida de cada una de las empresas integrantes, testimonio notarial o instrumento privado certificado y legalizado del contrato de constitución de la Unión Transitoria de Empresas, no siendo necesario el cumplimiento del requisito registral mientras no se produjera la adjudicación definitiva de la licitación y sólo respecto de las sociedades adjudicatarias definitivas.
En el instrumento definitivo de constitución de la UTE se deberá dejar expresa constancia que las empresas que la conforman asumen las responsabilidades que por cualquier circunstancia se puedan derivar del contrato en forma solidaria. Además se deberá dejar expresa constancia que las consecuencias de los actos administrativos o resoluciones que se dicten en relación a la UTE serán extendidos en forma directa e inmediata a cada una de las empresas, entendiéndose que la bilateralización de los procedimientos o intimaciones que se haya realizado con la UTE alcanza en forma directa a los integrantes de la UTE. Asimismo, las eventuales acciones judiciales de apremio o de cualquier naturaleza que se lleven adelante podrán ser dirigidas tanto a contra la UTE como contra sus miembros en forma solidaria, pudiendo ser demandados los miembros en forma indistinta.
8 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. Lugar
La presentación de los Sobres Nº 1 y 2 deberá efectuarse en el Departamento de Compras ubicado en xxxxx Xxxxxx 00 de esa ciudad de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 h, en los plazos que se establezcan en el llamado a licitación. Las ofertas pueden ser admitidas hasta el día y la hora fijado para la apertura de sobres – ART. 169 Reglamento de Contabilidad.
8.2. Idioma
Las Ofertas así como toda solicitud o presentación deberán estar redactadas en idioma español, debiéndose salvar toda testadura, enmienda o palabra interlineada.
La documentación extranjera podrá estar redactada en idioma extranjero, siempre
que se adjunte la correspondiente traducción al idioma español, efectuada por traductor público y debidamente certificada. Tal documentación deberá estar certificada por Escribano Público o funcionario o autoridad equivalente, legalizada y consularizada o legalizada mediante el procedimiento de la apostilla. En caso de adjuntarse folletos o catálogos para una mejor comprensión de la Oferta, estos también podrán estar redactados en idioma extranjero, en cuyo caso la Comisión podrá solicitar al oferente las traducciones correspondientes que deberán ser presentadas dentro del plazo de cinco (5) días después de haber recibido la notificación al efecto. La falta de presentación de la traducción habilitará a la Comisión a no considerar tales folletos o catálogos en el análisis que efectúe de la Oferta.
8.3. Cantidad de Ejemplares – Formalidades
La Documentación a incluir en el Sobre Nº 1 (Antecedentes para la Admisión) se emitirá en original y dos copias marcando con claridad el “Original” y las “Copia Nº 1” y “Copia Nº 2”. Todos los ejemplares se incluirán en el Sobre Nº 1. En caso de duda o discrepancia, el texto del “original” prevalecerá sobre el de las copias.
La documentación a ser incluida en el Sobre Nº 2 (Oferta Técnica y Económica) se emitirá en dos ejemplares.
La totalidad de las hojas de la Oferta y sus copias, deberán estar firmadas y foliadas correlativamente en el ángulo superior derecho. La Oferta deberá ser firmada al pie, por los representantes legales de los integrantes del Oferente o por el apoderado en el cual se ha unificado personería. Las Ofertas incluirán un índice con indicación de los folios en que se desarrolla la misma y una hoja en la que se identificarán el o los integrantes del Oferente y un domicilio único constituido, fax, correo electrónico y teléfono designado para notificaciones en la Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
En todos los casos, cada oferente deberá encabezar la oferta indicando su razón social, dirección postal, telegráfica, teléfono, fax y correo electrónico.
8.4. Sobres
El Sobre Nº 1 (Antecedentes para la Admisión y Oferta Técnica), y el Sobre Nº 2 (Oferta Económica) se presentarán cada uno en un sobre cerrado, lacrado y debidamente firmado por el o los representantes legales o apoderados.
Los Sobres en su exterior indicarán lo siguiente:
“Sobre Número …. – Licitación para la contratación del Servicio De Proyecto, Construcción y Operación del Relleno Sanitario de Bahía Blanca”.
Deberán indicar también el nombre del Oferente en su caso.
La entrega de los Sobres implica la transmisión de la propiedad sobre todo lo que en los mismos se halle contenido, no teniendo los Oferentes, en ningún caso, derecho de su devolución, sin perjuicio de la facultad de la Autoridad de Aplicación del Proceso de Licitación de devolverlos en los casos en que lo juzgue pertinente.
La entrega de los Sobres también implica la conformidad irrevocable para que se proceda a la destrucción del Sobre Nº 2 (Oferta Económica) sin abrir o a su reserva, en caso de no resultar admitido como Oferente.
8.5. Unificación de Personería
Las Ofertas deberán incluir la unificación de personería de todos los Integrantes del Oferente, debiendo este designar el representante o apoderado al efecto, con facultades suficientes para actuar frente a la Comisión y las Autoridades de Aplicación, en todo lo relativo a la presente licitación.
8.6. Representantes Legales o Apoderados
Los representantes legales o apoderados deberán contar con facultades suficientes para firmar las Ofertas y actuar hasta la iniciación de los servicios. Los apoderados o representantes legales deberán estar especialmente facultados para firmar el Contrato de Locación de Servicios.
Todas las firmas que fuesen puestas en ejercicio de representación, deberán estar debidamente aclaradas, con mención del nombre y apellido, así como la calidad del representante.
8.7. Contenido del Sobre Nº 1
8.7.1. Nota de presentación, en la que figurará el nombre completo del oferente y domicilio real. En el caso de ofertas presentadas por una Unión Transitoria, se indicará CUIT de cada una de las empresas que la integran.
8.7.2. Un ejemplar xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones con todas sus hojas firmadas con la aclaración pertinente respecto de la identidad y cargo del firmante.
8.7.3. Constancia de la adquisición de dicho pliego.
8.7.4. Constancia de Inscripción o iniciación de trámite en el Registro de Proveedores de la Municipalidad.
8.7.5. Constitución de domicilio legal y especial y prorroga de jurisdicción en la forma indicada en el Pliego.
8.7.6. Constancia de haber constituido la garantía de oferta de alguna de las formas previstas en el Pliego.
8.7.7. La realización de prestaciones similares a la licitada, o convenio de asistencia técnica y antecedentes del asistente técnico.
8.7.8. En caso que el Oferente sea una persona de existencia ideal deberá acompañar el Acta constitutiva y el Contrato social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio. La duración de la sociedad determinada en su contrato social deberá ser como mínimo igual al término previsto para el contrato y su eventual prorroga. Además se agregará el acta de directorio autorizando a la presentación a la licitación.
8.7.9. Poderes otorgados mediante escritura pública, de las que resulte que los mandatarios se hallan facultados para obligar a sus representados a contratar en sus nombres.
8.7.10. Balance de los tres últimos ejercicios (o manifestación de bienes en caso de tratarse de una empresa unipersonal), certificados por Contador Público Nacional y legalizados por el Consejo profesional de Ciencias Económicas.
8.7.11. Referencias Bancarias y Comerciales.
8.7.12. Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la AFIP en los términos de la Resolución General Nº 1814/2005, y certificado de cumplimiento fiscal emitido por la Dirección de Ingresos y Política Fiscal de la Municipalidad de Bahía Blanca, si la empresa ha operado u opera en Bahía Blanca.
8.7.13. Indicación del Representante Técnico propuesto, y sus antecedentes.
8.7.14. Proyecto y Descripción de la Obra a realizar de conformidad a las prescripciones xxx Xxxxxx.
8.7.15. Plan de Trabajos en un todo de acuerdo a lo establecido en este pliego,
respecto de las características del servicio licitado y en el que conste la memoria descriptiva sobre el método de tareas propuesto, detalle del personal y equipos a emplear, horarios de prestación del servicio, etc. de conformidad con lo establecido en los numerales respectivos de este Pliego.
Se podrán presentar propuestas alternativas, las que deberán contar con los planes de trabajos claramente individualizados.
A efectos de agilizar el proceso de recepción de la documentación contenida en el Sobre Nº1, se requiere la presentación de la oferta con un índice que detalle los puntos arriba solicitados.
8.7.16. En el acto de apertura del sobre N° 1 se realizará una simple constatación de la documentación presentada. El análisis sustancial de las mismas será realizado en el estudio posterior que realice la Comisión de Evaluación y Preadjudicación, quien se encuentra plenamente facultada para expedirse sobre el cumplimiento cabal de los requisitos xxx xxxxxx.
8.7.17. Sobre Nº 2 con la oferta económica. En el acto de apertura de los sobres se realizará una simple constatación de la documentación presentada. El análisis sustancial de las mismas será realizado en el estudio posterior que realice la Comisión de Evaluación y Preadjudicación, quien se encuentra plenamente facultada para expedirse sobre el cumplimiento cabal de los requisitos xxx xxxxxx.
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar ampliamente todos los datos y constancias suministradas por el Oferente, pudiendo la Comisión de Evaluación y Preadjudicación requerir las aclaraciones e información complementaria que estime pertinente.
8.8. Contenido del Sobre Nº 2: Oferta Económica.
8.8.1. La oferta deberá encontrarse individualizada con el nombre del Oferente.
8.8.2. En caso de presentarse ofertas alternativas, cada una de ellas deberá contar con un sobre de oferta independiente. No se aceptarán ofertas alternativas si no se presenta la oferta básica.
8.8.3. También se adjuntará en este sobre el análisis de precios ofertados, mediante la presentación de una completa estructura de costos de la que resulte con claridad el origen de la cotización, especificando cada componente del precio en su valor
absoluto y en su participación porcentual relativa.
8.8.4. Separadamente se detallará cada rubro, indicándose su composición y metodología de cálculo, no pudiéndose expresarse en porcentajes sobre el resto, con excepción de los ítems: impuesto, costo financiero y beneficio.
La oferta deberá estar acompañada de una planilla discriminativa de los costos considerados a los fines de su formulación, mediante análisis de precios detallados. Este artículo, en cuanto requiere planilla discriminativa de costos considerados a los fines de formular las propuestas, alude al procedimiento por el cual el Oferente arriba al precio final cotizado. La oferta deberá permitir establecer la racional correspondencia entre los precios cotizados y los costos considerados. Asimismo, la cotización del servicio previsto en el presente artículo, será tenida en cuenta para la comparación de las ofertas presentadas.
8.8.5. El rubro mano de obra deberá indicar los sueldos individuales por especialidad y la discriminación de cargas sociales.
8.8.6. Sin perjuicio de la información sobre costos que el oferente considere apropiado aportar para cumplir con los requerimientos establecidos en las cláusulas precedentes, se deberá presentar la estructura de costos de acuerdos a los lineamientos fijados en el Apartado IV: Planillas de cotización
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar ampliamente todos los datos y constancias suministradas por el oferente, pudiendo la Comisión de Evaluación y Preadjudicación requerir las aclaraciones e información complementaria que estime pertinente.
9. PROCEDIMIENTO DE ADMISION
9.1. Trámite
Sólo luego de verificado el cumplimiento de las condiciones del Sobre Nº 1 se podrá continuar con el análisis de las ofertas presentadas en el Sobre Nº 2.
Se verificará el cumplimiento de los requisitos y de los aspectos técnicos y legales de las Ofertas.
En caso que alguna de las Ofertas presentare errores u omisiones, siempre que
sean de forma, no sustanciales, podrán ser subsanados en un plazo que fije la Comisión bajo apercibimiento de desechar la Oferta en caso contrario.
9.2. Formulación de Consultas
Los Adquirientes podrán formular consultas sobre la licitación ante la Comisión de Evaluación y Preadjudicación, hasta cinco (5) días hábiles anteriores a fecha fijada para la apertura de las Ofertas. Las consultas serán evacuadas mediante circulares, que se agregarán al pliego, y se que serán notificadas a los adquirentes xxx xxxxxx a la dirección de correo electrónico que hayan denunciado al momento de la adquisición de los pliegos, y mediante su publicación en la página de Internet del Municipio. Los adquirentes podrán notificarse también en forma personal en el expediente.
9.3. Información
Los Oferentes tendrán acceso a la información relevante y análisis de todos los antecedentes relativos a los servicios objeto de esta licitación, y demás aspectos vinculados a la prestación de los servicios.
La Oferta que formulen los Oferentes se basará en su propia evaluación e investigación, sin derecho a reclamo alguno. Asimismo, se entiende que el Contratante no asume responsabilidad alguna, en caso que las proyecciones en las que se basen sus ofertas, en el futuro no se verificaren.
Se deberá poner a disposición de los oferentes toda la información que la Comisión de Evaluación y Preadjudicación estime de interés.
La Autoridad fijará al momento del llamado a Licitación fecha y hora en que los Oferentes deberán realizar una visita al lugar de operación del relleno y de las instalaciones existentes. No podrá alegarse el desconocimiento del real estado de las instalaciones ni al momento de la presentación de las ofertas, ni con posterioridad durante el transcurso del contrato de locación de servicios.
10. APERTURA DE SOBRES
10.1. Recepción de Sobres
En el momento de la presentación de las ofertas en la Oficina de Compras, se
entregará a los oferentes una constancia de recepción de sobres, con indicación de fecha y hora firma de autoridades de la oficina de Xxxxxxx.
10.2. Apertura de Sobre N° 1
En el día y hora fijada como límite para la presentación de las Ofertas, se deberá labrar por parte de la Oficina de Compras un Acta de Apertura. En dicho acta se deberá consignar claramente el orden de llegada de los sobres, designación de los oferentes y el material entregado, fecha y horario. Luego, se entregarán los sobres (las ofertas) a la Comisión de Evaluación y Selección, que procederá del siguiente modo:
Respecto del sobre N°1 se procederá a su apertura en la fecha y hora indicada, labrándose Acta y dejándose constancia del contenido del mismo.
El acta será firmada por los miembros de la Comisión que se encuentren presentes, y los oferentes que lo deseen. En el acta se le asignará a cada Oferente un número de orden.
Durante el acto de apertura no se admitirán pedidos de aclaración por parte de los Oferentes. Una vez finalizada la apertura de los sobres, los Oferentes que lo deseen podrán dejar las constancias que consideren. Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al acto de apertura de los “Sobres Nº 1”, los Oferentes podrán tomar vista de toda la documentación presentada, y hacer por escrito las observaciones e impugnaciones que consideren oportunas. Si la Comisión lo estima conveniente, podrá dar traslado de las mismas a los restantes Oferentes, por un plazo no mayor de tres días.
Transcurrido ese plazo los oferentes no podrán acceder a las actuaciones hasta que se dicte el acto administrativo de precalificación.
Respecto del “Sobre Nº 2” (Oferta Económica), en el mismo acta se dejará constancia de su recepción y del número de orden asignado al Oferente.
Luego del análisis de la documentación por parte de la Comisión Evaluadora, se emitirá un dictamen respecto a las ofertas que serán susceptibles de apertura del Sobre N°2. Dicho dictamen se notificará fehacientemente a todos los oferentes y se otorgará un plazo de 72 horas para efectuar observaciones al mismo se resolverá en un plazo de 48 horas.
10.3. Apertura de sobre N° 2
La apertura del Sobre N° 2 (Oferta Económica) se realizará en un acto a celebrarse
3 días hábiles posteriores a la apertura del Sobre N° 1 de acuerdo al siguiente procedimiento:
Lectura de acta de la Comisión de Evaluación de las ofertas consideradas válidas de acuerdo a la evaluación preliminar de la documentación presentada en Sobre N° 1.
Verificación de la existencia de todos los sobres que correspondan.
Se verificará el correcto estado de sus cerramientos y lacrado.
Se abrirán los sobres de los oferentes preseleccionados, labrándose un acta en la que se consignarán los valores iniciales por tonelada dispuesta de cada oferta.
Los Oferentes que lo deseen suscribirán el acta.
Los sobres N° 2 correspondientes a las empresas o asociaciones cuya documentación haya sido insuficiente o inadecuada según evaluación de contenido del Sobre N°1 serán puestos a disposición de los interesados.
Luego de transcurridas 3 días hábiles tras la apertura del Sobre N° 2, la Comisión de Evaluación abrirá un periodo de 10 días hábiles para revisión de documentación y presentación de observaciones e impugnaciones. Estas consultas podrán ser realizadas en horarios fijados por la Autoridad.
11. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PREADJUDICACION
11.1. Integración
El proceso de la licitación estará a cargo de la Comisión de Evaluación y Preadjudicación que estará integrada por cinco miembros titulares y tres suplentes que designe el Departamento Ejecutivo.
La Comisión podrá ser asistida por los asesores que fuesen menester que sus miembros designen.
La Comisión podrá establecer un sistema de evaluación de las ofertas.
11.2. Funciones
La Comisión tendrá a su cargo:
11.2.1. La conducción de todo el procedimiento de licitación establecido en el Pliego, con facultades para proponer resolución al Departamento Ejecutivo de todas aquellas cuestiones que se planteasen de cualquier tipo que fuesen.
La Comisión Evaluadora debe emitir un Dictamen, el cual no tiene carácter vinculante, cuyo fin es brindar fundamentos a la autoridad competente para decidir el destino del proceso licitatorio.
Su función es únicamente preparatoria de la voluntad estatal.
Entre las principales funciones de la Comisión pueden enumerarse las siguientes: verificar los aspectos legales (Ley, reglamentos y pliegos); habilidad de los oferentes para cotizar; determinar la admisibilidad y elegibilidad; establecer el sistema de evaluación de las ofertas.
El sistema de evaluación de ofertas estará definido por indicadores que faciliten el orden de mérito de las propuestas presentadas, teniendo en cuenta las tarifas por toneladas con destino a relleno sanitario, experiencia en las ofertas presentadas, tecnología presentada, patrimonio, equipamiento acorde a la propuesta, experiencia acreditada del profesional responsable, otros antecedentes y aspectos que considere la comisión.
11.2.2. Solicitar todas las aclaraciones pertinentes y evacuar todas las consultas que le formulen los Oferentes, y requerir el cumplimiento de los requisitos que faltasen para hacer viable la admisión y en general tomar cuenta otra medida que fuere conducente al logro del objeto de la licitación.
Las exigencias formales deben ser aplicadas teniendo en cuenta su objeto o finalidad, y teniendo presente que el principio rector de la licitación pública debe ser el facilitar la mayor concurrencia de oferentes. Dicha actividad de saneamiento, no podrá alterar las condiciones de las Ofertas, en resguardo del principio de igualdad de los Oferentes.
11.2.3. Evaluar la justicia y razonabilidad de los montos incluidos en la Oferta encontrándose facultada, en ambos casos, a proponer la inadmisibilidad de aquellas ofertas que no se ajusten a los valores razonables xx xxxxxxx.
11.2.4. Verificar el cumplimiento de los recaudos legales y de las exigencias del presente Xxxxxx, analizar los documentos presentados, sugerir la aceptación o rechazo de las garantías ofrecidas y de la admisión de los Oferentes.
11.2.5. Proponer al Departamento Ejecutivo el rechazo de las Ofertas que no presenten consistencia con la documentación oportunamente acompañada en los Sobres Número 1 y 2.
11.2.6. Una vez efectuada la apertura de los Sobres Número 1, emitir el dictamen de precalificación. Este dictamen será una sugerencia no vinculante a fin que el Departamento Ejecutivo, antes de la apertura de los Sobres Número 2, dicte acto administrativo de precalificación donde se rechacen o admitan las propuestas de los oferentes presentados. El dictamen será fundado y por simple mayoría, pudiendo emitirse votos disidentes o efectuarse alguna reserva.
11.2.7. Elevar al Departamento Ejecutivo el dictamen de precalificación según el resultado de la apertura de los Sobres 1” y suscribir todos los documentos, informes, actas y realizar cuantos demás actos fuesen menester.
11.2.8. El Acto Administrativo de precalificación será notificado a cada uno de los Oferentes. Los Oferentes presentados podrán deducir impugnación contra el acto administrativo de precalificación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de la notificación. La impugnación sólo podrá versar sobre aspectos vinculados a la legitimidad del procedimiento o del acto. La introducción de cuestiones referidas al mérito del acto impedirá dar trámite a la impugnación. Previo dictamen del Servicio Jurídico de la Municipalidad de Bahía Blanca, el Intendente Municipal resolverá la impugnación. La resolución que se dicte causará estado.
11.2.9. Solo podrán presentar impugnaciones aquellos Oferentes que acrediten haber depositado el importe equivalente a un sueldo básico de un empleado administrativo 05.4-A de la Municipalidad de Bahía Blanca a la orden del Contratante, depositados en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires en la Cuenta de Terceros - Número 23.772/5, el que solo será devuelto en el caso que la impugnación prospere.
Las impugnaciones que no acrediten haber realizado el depósito, en los términos indicados en el párrafo precedente, serán rechazadas in límine.
11.2.10. Luego de efectuada la apertura de los Sobres Número 2, la Comisión de
Evaluación y Preadjudicación podrá solicitar a los Oferentes aclaraciones respecto de la documentación financiera acompañada en los mismos.
11.2.11. Evacuadas las consultas del numeral anterior, si las hubiere, la Comisión emitirá un Dictamen donde opinará sobre el resultado del contenido de las propuestas de los Sobres Número 2, y sugerirá al Departamento Ejecutivo qué Oferta considera más beneficiosa para el interés público. El dictamen será fundado y por simple mayoría, pudiendo emitirse también votos en minoría. Este dictamen no será vinculante, ni generará derecho alguno para los oferentes. La Comisión podrá realizar sugerencias para la mejora de la Oferta, o de los programas o planes propuestos por los Oferentes.
12. ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
12.1. Licitación sin efecto
El Departamento Ejecutivo podrá dejar sin efecto el presente llamado a licitación en cualquier momento previo a la adjudicación, o declararla desierta por no presentarse ninguna oferta o declararla fracasada por considerar inadmisibles o inconvenientes las Ofertas presentadas, sin que ello acuerde derecho alguno a los Oferentes para ser reembolsados de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de su Oferta, el retiro xxx Xxxxxx, o a ser indemnizados por cualquier otro motivo.
12.2. Oferta única
La circunstancia que exista una única oferta presentada o una única oferta declarada admisible no modificará el procedimiento de selección previsto en el presente Xxxxxx.
12.3. Adjudicación
Luego de recibido el Dictamen de la Comisión de Evaluación y Preadjudicación sobre el resultado de las Ofertas presentadas, el Departamento Ejecutivo Municipal estará en condiciones de realizar la adjudicación a la oferta que considere más conveniente.
El servicio se adjudicará al Oferente que, habiendo resultado su Oferta admisible y satisfecho los recaudos legales y reglamentarios, a criterio del Ente Licitante haya presentado la Oferta más conveniente.
El Departamento Ejecutivo podrá gestionar mejoras de Ofertas, incluso en el caso de existir una sola oferta válida admisible, teniendo presente las recomendaciones que al respecto pueda formular la Comisión de Evaluación y Adjudicación.
El acto de adjudicación será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes, por alguno de los medios previstos en el art. 9.2 de este pliego.
13. CONTRATO. FIRMA
Una vez cumplidos los trámites indicados, el Sr. Intendente Municipal de Bahía Blanca suscribirá con el Adjudicatario el contrato en el que se establecerán todas las condiciones de la Locación de Servicios de acuerdo a la oferta adjudicada, según el presente Xxxxxx y demás disposiciones vigentes en la materia. El contrato será firmado en un plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de la notificación del acto de adjudicación.
14. DE LA CONTABILIDAD
La contabilidad de todo aquello que se relacione con la prestación del Servicio que por el presente se licita deberá llevarla el Contratista en forma separada e independiente de sus restantes actividades.
El Departamento Ejecutivo podrá reglamentar el Plan de Cuentas y el respectivo Manual de Imputación a utilizar en los estados contables del contratista.
Deberá poner a disposición del Contratante los comprobantes respaldatorios de la Contabilidad vinculada al Servicio en el domicilio especial que deberá constituir en la ciudad de Bahía Blanca.
15. RÉGIMEN SANCIONATORIO
15.1. Principios Generales
15.1.1. El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas en el presente Xxxxxx, sus documentos complementarios, el Contrato de locación o las normas vigentes que resulten aplicables a su actividad, dará lugar a la aplicación por parte del contratante de penalidades contractuales, sin perjuicio de las que para el
caso de incumplimiento de normas y reglamentaciones de carácter general determinen las correspondientes autoridades de aplicación.
15.1.2. El contratista no estará exento de responsabilidad, aún en los casos en que los incumplimientos sean consecuencia de la actividad de terceros con los que se encuentre vinculado contractualmente para el cumplimiento o relacionados con el objeto de la locación.
15.1.3. A los fines de la aplicación de sanciones derivadas de incumplimientos enumerados en los dos párrafos que anteceden el Contratante se encuentra facultado a establecer por medio de reglamentación un sistema sancionatorio adicional a las sanciones aquí previstas, que deberán respetar los principios básicos establecidos en el presente pliego, y la proporcionalidad con las sanciones establecidas en el mismo. En forma previa a la emisión del nuevo sistema, deberá poner el proyecto a consideración del Contratista por un plazo mínimo xx xxxx días, para que realice sus sugerencias y propuestas en torno al mismo.
15.1.4. El Contratante llevará un Registro de los actos administrativos firmes mediante los cuales se hubieren aplicado sanciones al Contratista.
15.1.5. El Contratista deberá someterse a las medidas fiscalizadoras que el Contratante considere necesarias para el mejor cumplimiento de los servicios.
A tal efecto, queda expresamente establecido que la inspección municipal estará a cargo de la Secretaria de Gestión Ambiental o de la dependencia del Municipio que el Ejecutivo disponga y comunique fehacientemente al contratista.
15.1.6. Los pedidos o comunicaciones que realice el contratista se harán por intermedio del “Libro de Notas de Pedido” que se llevará al efecto de acuerdo al siguiente régimen:
El Libro de Notas de Pedido consistirá en un cuaderno foliado por triplicado provisto por el Contratista y visado por su Representante Técnico.
Las Notas de Pedido se extenderán escribiendo con bolígrafo en la hoja original y con redacción precisa a fin de evitar cualquier duda en su interpretación y alcance. Se empleará papel carbónico y no deberán contener tachaduras, enmiendas, ni intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.
El contratista entregará a la inspección el duplicado y triplicado de la Nota de Xxxxxx
en la fecha que la formula, debiendo la inspección acusar recibo en el original.
La inspección deberá estudiar las Notas de Xxxxxx y resolverlas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corridas subsiguientes a su entrega en el caso que está dentro de sus atribuciones la solución de la solicitud planteada. En su defecto, dentro del referido plazo deberá remitir el triplicado a la Superioridad para su conocimiento y trámite administrativo, debiendo comunicar al contratista esta circunstancia.
El Contratante podrá cambiar cuando lo estime conveniente, el sistema establecido para las comunicaciones y pedidos, previa notificación al Contratista.
15.1.7. Las órdenes e instrucciones que emanen de la inspección, se harán por intermedio del libro de “Órdenes de Servicio” que se llevará al efecto conforme al siguiente régimen:
El libro de Órdenes de Servicio consistirá en un cuaderno foliado por triplicado que será provisto por el Contratante.
La inspección extenderá las Órdenes de Servicio escribiendo con bolígrafo y redacción precisa a fin de evitar cualquier duda en su interpretación y alcance. Se empleará papel carbónico y no deberán contener tachaduras, enmiendas ni intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.
La inspección entregará al contratista el duplicado de la Orden de Servicio en la fecha que la formula, debiendo el contratista acusar recibo original.
Ninguna de las partes podrá negarse a recibir las comunicaciones de la otra parte.
Las comunicaciones entre el Contratante y el Contratista, se efectuarán mediante “Ordenes de Servicios” que expedirá el primero y “Notas de Pedido” que formulará el Contratista. Dichas comunicaciones se instrumentarán por escrito y deberán ser registradas cronológicamente por el contratista, en un registro especial que será habilitado y rubricado al efecto.
El Contratista no podrá excusarse de cumplimentar “Ordenes de Servicio”, bajo pretexto de no adecuarse a los términos y condiciones del contrato, debiendo en todo caso ejecutar la tarea requerida y formular dentro de los cinco (5) días subsiguientes el reclamo que estime pertinente. Vencido dicho término, no será procedente reclamo alguno.
Considerando las características de los servicios contratados, el Contratante podrá, asimismo, en casos especiales impartir instrucciones verbales por intermedio de la “Inspección del Servicio” cuando se refiera a las modalidades de la prestación o cuando se trate de situaciones que probadamente reclamen soluciones urgentes debiendo el Contratista acatarlas de inmediato. Las instrucciones verbales, serán luego expresamente ratificadas por “Orden de Servicio”, a requerimiento del contratista mediante “Nota de Pedido” respectiva.
El Contratante podrá cambiar cuando lo estime conveniente, el sistema establecido en torno a las órdenes de servicio, previa notificación al Contratista.
15.2 Infracciones y Sanciones
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el Contratante podrá aplicar sanciones pecuniarias al Contratista, en los casos que se describen en los siguientes apartados.
Las infracciones se computarán por periodos mensuales y la multa a aplicar se establecerá de acuerdo a un módulo cuyo valor se fija en el 0.001 del total de la factura mensual que deba abonarse al contratista.
CAUSAS:
A. Por no usar el personal las prendas reglamentarias:
Por cada obrero… desde 4 módulos Por día
B. Por no mantener o no colocar carteles del tipo de residuos a admitir y no admitir: Por cada unidad desde 4 módulos Por día
C. Por no colocar la señalización o por no mantener la señalización dentro del predio donde se gestionen los residuos:
Por cada unidad……………………………………….desde 4 módulos Por día
D. Por no funcionamiento o mal funcionamiento del sistema de pesaje y no registrar carga o tara en las oportunidades exigidas:
Por día y por camión desde 25 módulos Por día
E. Por no mantenimiento o no instalación de alambre perimetral:
Por unidad desde 5 módulos Por día
F. Por desobediencia a órdenes de servicio a consideración a la Inspección Municipal:
Por unidad desde 20 módulos Por día
G. Por no mantenimiento o reemplazo de ejemplares de la barrera forestal: Por unidad desde 5 módulos Por día
H. Por no compactación diaria de la celda:
Por unidad desde 5 a módulos Por día
I. Por no mantenimiento de los accesos y caminos internos del predio de gestión de residuos:
Por unidad desde 4 módulos Por día
J. Prestación de servicios con dotación insuficiente de personal:
Por cada operario faltante desde 2 módulos Por día
K. Falta de conservación, limpieza y mantenimiento de las instalaciones fijas estipulados en el pliego:
Por cada uno y por día desde1 módulo Por día
L. La falta de mantenimiento actualizado del sistema de informática solicitado en el pliego:
Por día desde1 módulo Por día
M. Por no realizar la forestación de los módulos terminados:
Por día desde1 módulo Por día
N. Por incumplimiento de otras obligaciones contractuales
Por unidad desde1 módulo Por día
O. Por disposición de residuos no permitidos en el frente de trabajo
Por unidad.................................................................desde 30 módulos Por día por
camión.
El Contratista deberá graduar la sanción a aplicar establecida, teniendo en cuenta las circunstancias en las que se produjeron los hechos que le den fundamento, tales como la reincidencia en las infracciones detectadas, su gravedad, y la actitud del
Contratista en cada caso.
La Dependencia del Municipio que el Ejecutivo disponga, emitirá un informe mensual sobre las órdenes de servicios que se hubieran labrado al contratista, acompañando las Actas respectivas. De dicha documentación se dará traslado al contratista por el término de cinco (5) días hábiles para que efectúe las consideraciones que estime pertinentes. Presentado el descargo, o vencido el plazo para hacerlo, la Dependencia que en el futuro se determine, resolverá mediante el dictado de acto administrativo y previo dictamen legal, sobre la procedencia de la aplicación de sanciones. Esta Resolución podrá ser recurrida por el Contratista en los términos establecidos por la Ordenanza General 267.
El importe de la multa que eventualmente se considere aplicable será descontado de las facturaciones que la Contratista tenga a percibir del Contratante, una vez firme el acto en sede administrativa. El Contratante podrá emitir título ejecutivo conforme la normativa respectiva.
16. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA
16.1. Incumplimiento del Contratista
El Contratante podrá, sin perjuicio de otros derechos que le asistan en virtud del Contrato, rescindir el presente Contrato, en los siguientes casos:
16.1.1. Cuando el Contratista incumpliese en forma reiterada sus obligaciones contractuales sustanciales y habiendo sido intimado por el Contratante a regularizar tal situación dentro de un plazo, no lo hiciere. Se entenderá por incumplimiento sustancial a aquel que se vincule en forma directa con el regular cumplimiento del servicio contratado, o constituya un peligro actual para las personas o las cosas objeto de la locación.
16.1.2. Cuando el Contratante considere al Contratista responsable, en forma dolosa o culposa, por graves deficiencias en el desarrollo de las tareas a su cargo y por ello se afecte la eficiencia o continuidad del servicio.
16.1.3. Cuando el Contratista no inicie el servicio dentro de los plazos que establece este pliego.
16.1.4. Cuando el total de las multas aplicadas en el término de tres (3) meses
corridos alcance el diez (10) por ciento del monto contractual anual. Para el cómputo de las multas, las mismas deberán encontrarse firmes en sede administrativa.
16.1.5. Si los accionistas gravaran o permitieran que se gravaran de cualquier modo las acciones de la sociedad prestataria del servicio sin la intervención del Contratante, y no procedieran a obtener el levantamiento del gravamen dentro del plazo que determine el Contratante.
16.1.6. Si una Asamblea del Contratista aprobara, sin la intervención del Contratante, una reforma de los Estatutos de la Sociedad o una emisión de acciones que altere, o permita alterar la participación accionarla vigente al momento de la constitución de la sociedad, en los términos establecidos en el Pliego.
16.1.7. Si se transfieren acciones de la sociedad prestataria del servicio en contradicción con lo establecido en el Pliego o sin contar con la aprobación previa del Contratante.
16.1.8. Destinar los bienes afectados al cumplimiento de las obligaciones emergentes de la locación, a un uso o goce distinto del estipulado.
16.1.9. Cometer infracciones reiteradas en el cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el presente Xxxxxx.
16.1.10. Provocar interrupciones reiteradas de las obligaciones emergentes de la locación.
Producido cualquiera de los incumplimientos que se mencionan en el presente artículo, el Contratante podrá intimar al Contratista a regularizar la situación, bajo apercibimiento de rescindir el presente Contrato. La intimación deberá ser por un plazo de cinco días, salvo que razones graves hicieran imprescindible para cumplir su objeto que el plazo fuera menor, en especial si se vincula con la suspensión o interrupción del servicio.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente en caso de rescisión del Contrato por incumplimiento del Contratista, el Contratante podrá ejecutar las garantías instrumentadas para el cumplimiento del Contrato.
16.2. Incumplimiento del Contratante
Cuando el Contratante incurra en incumplimiento de sus obligaciones de forma tal que impidan al Contratista la prestación del servicio objeto del presente Contrato o
afecten gravemente al mismo en forma permanente, el Contratista podrá intimar al Contratante para que regularice dicha situación, no rigiendo en el ámbito de la contratación la posibilidad que el Contratista invoque la excepción de incumplimiento, para evitar dar cabal observancia a las obligaciones a su cargo.
Asimismo se entiende que son causales de incumplimiento grave la suspensión en los pagos en forma consecutiva de tres (3) meses de los servicios objeto de la presente licitación. Para que esta cláusula sea operativa, producida la condición indicada deberá intimar previamente al cumplimiento por un plazo xx xxxx días hábiles para que el Contratante abone las sumas adeudadas.
17. FIN DEL CONTRATO
A la finalización del Contrato se generarán las siguientes consecuencias:
17.1. Deudas del Contratista
El Contratista deberá asumir el pago de todas sus deudas y bajo ningún concepto se las podrá transferir al Contratante.
17.2. Servicios Comprendidos en el Contrato
El Contratista deberá restituir al Contratante al término del Contrato el servicio comprendido en la contratación, con los desarrollos y adelantos tecnológicos incorporados y los nuevos servicios conexos a los anteriores, sin derecho a resarcimiento alguno.
17.3. Contratos en Curso de Ejecución
Como principio general se establece que ningún contrato en curso de ejecución será trasladado al Contratante al finalizar el Contrato. Sin perjuicio de lo expuesto, el Contratista deberá prever en sus contrataciones cláusulas que obliguen a quienes le presten servicios o le provean bienes a continuar los contratos en curso de ejecución por un plazo no inferior a los ciento ochenta (180) días a partir de la restitución de la locación, con la facultad de rescisión por parte del Contratante.
18. CIERRE DE LAS CELDAS
El Contratista será responsable del cierre de las celdas operadas en el transcurso de
la locación de servicios de acuerdo a las técnicas ofrecidas en el punto 2.14.
19. CESIÓN
Los derechos y obligaciones del Contratista emergentes del presente Xxxxxx, vinculados directa o indirectamente a las actividades contratadas, no podrán ser cedidos a ningún tercero sin el consentimiento previo del Contratante.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
APARTADO I: ASPECTOS GENERALES
1. Características del Servicio:
En el período de transición, que finaliza al iniciarse la segunda mitad del primer año de operación durante el tiempo de transición el contratista iniciaría el servicio utilizando la celda facilitada por el municipio. El valor de la inversión se recuperará con un cargo de depreciación lineal durante el primer año de contrato a descontar de las facturas que emita el contratista en el mismo plazo. La empresa adjudicataria deberá ejecutar la construcción y operación de un módulo en el relleno sanitario local respetando las características establecidas en el Punto 1 del Anexo I de la Resolución N° 1143/02 de la SPA (con sus modificatorias y normas que la reemplacen), para una carga aproximada diaria a disponer de 550 toneladas entre residuos inorgánicos y orgánicos. El mismo deberá estar operativo a partir del 1 xx xxxxx de 2018.
Las fracciones de áridos y verdes no pasarán por balanza y se dispondrán en un predio cercado contiguo debiendo ser construido por el contratista quedando a disposición del Municipio de Bahía Blanca para su molienda y uso (escombros) y/o chipeado (ramas). Los residuos que no puedan ser recuperados por medio de la separación in situ, serán dispuestos en el módulo de operación, pesados en la balanza y facturados por el contratista.
Concluido el contrato, todas las construcciones realizadas, pasarán a propiedad del Municipio de Bahía Blanca.
2. Forma de Cotizar:
Las cotizaciones deberán ser presentadas de acuerdo a la planilla presentada en el Apartado V. En la misma se deberá informar la estructura de costos y el precio por tonelada al momento de presentar la oferta. La estructura de costos representa un detalle mínimo requerido de información, quedando a criterio del oferente la mayor apertura de información posible conforme lo establecido en cláusulas 8.8.4 y 8.8.5.
3. Representante Técnico:
La empresa designará un representante técnico que deberá contar con título profesional universitario habilitante para el desarrollo de las tareas inherentes. El representante técnico o a quién la empresa delegue la responsabilidad, deberá estar presente en los horarios en los cuales el Complejo Ambiental de gestión de residuos esté abierto y operando.
4. Iniciación de Servicios:
Al momento del inicio del servicio se labrará el “Acta de inicio de servicios”. En el contrato que se suscriba con el adjudicatario se dejará establecida la fecha de iniciación del servicio, la que no podrá exceder de quince (15) días corridos contados a partir de la firma de dicho contrato.
5. Inspección de Obras y Control Ambiental:
El Contratante ejercerá la inspección de obra de los trabajos contratados, así como las tareas de control ambiental que resulten de aplicación pudiendo realizar cuantas inspecciones y controles considere necesarios, tanto sea directamente a través de su personal o por terceros contratados a tal efecto. El contratista deberá dar estricto cumplimiento a las directivas que se emitan en la inspección de obra, documentándose las comunicaciones entre las partes en el libro de órdenes de servicio y en el de notas de pedido.
6. Presentación de facturas y pago:
El contratista efectuará la liquidación mensual del servicio, a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la prestación. De las facturaciones que se presenten al pago podrán descontarse los importes que correspondan por eventuales servicios no prestados y multas aplicadas con anterioridad. En caso que el importe que se perciba no sea suficiente para cubrir el crédito del Contratante contra el contratista, el mismo podrá percibirlos por la vía de apremio, sin necesidad de intimación previa.
El pago de la facturación se efectuará dentro de los quince (15) días corridos a partir
de su aprobación por parte del funcionario que la Municipalidad designe.
Ninguna factura será considerada válida a los fines del presente artículo si previamente no hubiese sido respaldada por la certificación de servicios prestados del periodo de facturación, intervenida por la autoridad de aplicación.
APARTADO II: PROYECCIÓN, OPERACIÓN, CONSTRUCCIÓN DEL MÓDULO E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS
1. Ubicación:
La construcción del módulo se efectuará en el terreno municipal denominado catastralmente como Circunscripción IV, Xxxx 0x xxxxxxx xxx xxxxx 0- - 0000 aprobado por la Dirección de Geodesia el 23 de diciembre de 2002 y registrado en el Legajo 318 Folio 13 con fecha 08-03-2004 (Anexo I).
2. Metodología a emplear:
La ejecución de la Disposición Final de los Residuos Sólidos Urbanos, se hará aplicando el método de “Relleno Sanitario”.
La base del relleno en ningún caso podrá invadir el nivel del acuífero libre, debiendo estar ubicado como mínimo a 0,50 metros sobre el nivel del mismo. Para el caso que la capa freática supere el valor mencionado se deberán presentar medidas de mitigación que permitan cumplir con lo establecido.
Se deberá garantizar que no se producirá ninguna alteración a la calidad del agua superficial, subterránea y al suelo adyacente como consecuencia de la disposición final de los residuos, tomando como referencia el estado de la calidad previo al inicio de la obra de rellenamiento.
3. Parámetros de diseños:
De conformidad a la metodología definida, la Contratista deberá ajustarse a normas y parámetros técnicos sanitarios acordes a la legislación vigente, tanto en el proyecto como en su ejecución, debiendo ser dirigido y supervisado permanentemente por el Representante Técnico de la Empresa.
4. Nociones elementales:
Para la ejecución de la obra de “Relleno Sanitario” es fundamental el conocimiento y aplicación de todas las fases de descomposición y estabilización de las basuras, los
factores que actúen sobre los mismos como así también adoptar las máximas previsiones técnicas y operativas que anulen los riesgos potenciales de alteración de los ciclos de contaminación del medio ambiente.
5. Cercado perimetral:
La Contratista deberá efectuar el cercado perimetral de la fracción de terreno para el Emplazamiento de la Obra y su mantenimiento permanente. Asimismo deberá efectuar el mantenimiento del cerco perimetral instalado con anterioridad sobre los predios lindantes. Para tal fin deberá utilizar alambre tejido tipo romboidal o similar, postes de material no combustible de una altura mínima de 1,80 metros y respetar las reglamentaciones que disponga el poder ejecutivo sobre el particular.
6. Fases Operativas:
Todas las fases, desde la selección del área, la preparación del terreno, las obras de infraestructura, la ejecución propiamente dicha, el control, el uso previsto de las áreas recuperadas y la integración al área circundante, deben ser estudiadas y planificadas adecuadamente, respetando los términos de la Resolución Nº 1143/02 de la SPA en cuanto a las condiciones para una carga a disponer de más de 50 toneladas diarias.
7. Plan de Trabajo:
La contratista presentará un Plan de Trabajo para la ejecución del presente módulo debiendo detallar cada una de las tareas a ser ejecutadas, especificando personal a afectar a cada una de ellas, así como las cantidades y tipos de equipos a emplear en cada frente de trabajo.
8. Proyecto y descripción de la Obra:
En base a las condiciones generales y particulares previstas en el presente Xxxxxx, la Contratista deberá presentar, junto a la propuesta, el proyecto definitivo y memoria descriptiva de la obra de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos.
9. Instalaciones fijas:
9.1. Oficinas e instalaciones sanitarias destinadas a la inspección:
La Contratista deberá realizar un relevamiento de las instalaciones existentes y realizar las tareas que sean necesarias para dejar las mismas en óptimas condiciones de operación y habitabilidad dotándolas de mobiliario, arreglos xx xxxxxxx y mampostería, pintura, aberturas, elementos de calefacción y aire acondicionado, electricidad y accesorios eléctricos, sanitarios y grifería dentro de los sesenta (60) días posteriores a la adjudicación de la presente licitación y manteniendo las mismas en estas condiciones operativas hasta culminación de la relación contractual.
9.2. Oficinas e instalaciones existentes:
La Contratista deberá mantener y mejorar las edificaciones existentes, entre las que se incluye un edificio con material tradicional, dotado de tres dependencias distribuidas del siguiente modo; una oficina, un salón/aula con una capacidad para veinte (20) personas sentadas y dotado con mobiliario y todos los medios audiovisuales correspondientes (computadora, proyector, pantalla) y sanitarios. La oficina deberá estar acondicionada para el trabajo de la inspección municipal, garantizándose el equipamiento con medios tecnológicos y de comunicación (PC, internet, teléfono, radio VHF).
9.3. Señalización:
El acceso principal al Relleno Sanitario deberá estar indicado y anunciado con carteles diagramados. En ellos se indicarán los centros de recepción, horarios establecidos para descarga, etc. En el acceso deberá estar indicado y anunciado con carteles de similares características que los anteriores el tipo de residuo que está permitido y el que no lo está, en un todo de acuerdo con las prescripciones de la Resolución Nº 1143/02 de la SPA. Se preverá la colocación de postes, barreras y señales para dirigir el tránsito dentro de la obra hacia las oficinas de control y trámites y hacia la zona de descarga, con carteles que indiquen las normas y disposiciones de circulación dentro del predio, como así también las de Higiene y
Seguridad en el Trabajo. La Contratista deberá proveer y colocar las señales dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio. Las dimensiones, altura, colores y leyendas serán acordadas con la Inspección Municipal.
9.4. Control de ingreso:
Deberá preverse la infraestructura edilicia necesaria para efectuar las tareas de control de ingreso y egreso de residuos, personas, vehículos y equipos.
9.5. Habilitación Instalaciones: Las instalaciones que el Contratista necesite para el desarrollo de sus tareas (taller, estación de combustible, lavadero industrial y/o de máquinas y equipos, etc.) que se encuentren dentro del predio del Relleno Sanitario u otra ubicación que el Contratista disponga dentro del Partido de Bahía Blanca, deberán cumplir con todas las condiciones vigentes para su correspondiente habilitación y deberán estar en un todo de acuerdo con las leyes vigentes.
10. Infraestructura de los servicios de las instalaciones fijas:
La obra del relleno sanitario deberá contar con los suministros de la siguiente infraestructura de servicios:
10.1. Energía eléctrica:
Dotará de iluminación a todas las instalaciones fijas, entrada principal, red y sector de operaciones. Deberá contar con un equipo generador propio instalado en el predio y que abastezca de energía a todas las áreas mencionadas con anterioridad para los casos en donde se produzcan cortes de energía eléctrica, pudiendo de este modo continuar con la operación normal del Relleno Sanitario.
Por otra parte, deberá contemplar el uso xx xxxxxxx renovables de energía, destinadas a la producción de energía eléctrica.
10.2. Agua potable:
Deberá suministrar agua para duchas, baños, cocina, lavado de vehículos y demás instalaciones fijas.
Ambos servicios deberán ser gestionados por la Contratista ante las empresas prestatarias de cada uno de ellos. También podrá construir instalaciones propias
para proveerlos. En todos los casos correrán por cuenta del Contratista los gastos que se originen para prestar los mencionados servicios.
10.3. Red vial
10.3.1. Ingreso: El ingreso al Relleno Sanitario deberá encontrarse transitable durante todo el período de la contratación debiendo la Contratista efectuar tareas de nivelación, cunetado, abovedado y aporte de material periódico, manteniendo las cotas adecuadas para permitir el normal escurrimiento de las aguas de lluvia y/o riego, evitando posibles anegamientos en todo su trayecto, como así también deberá mantener libre de malezas y/o residuos dicho acceso en toda su extensión.
10.3.2. Terraplén perimetral: Deberá cumplir la normativa que la Dirección de Vialidad disponga al efecto. Los terraplenes perimetrales se deberán construir de forma tal que la cota de coronamiento mínima se encuentre a 0,40 metros por encima de la cota de inundación del área correspondiente a una recurrencia de 50 años. El ancho de coronamiento deberá ser tal que permita la construcción de una carpeta de rodamiento que garantice la doble circulación (mano y contramano) de vehículos recolectores cargados, equipos y maquinarias aún bajo condiciones climáticas adversas, con banquinas laterales a los efectos de realizar cunetas para la evacuación de aguas superficiales.
10.3.3. Red de caminos internos: La Contratista deberá considerar, para el diseño de los módulos, un trazado de caminos que se ajuste a las dimensiones a dar a las celdas, teniendo en cuenta además la metodología operativa a emplear y las condiciones climáticas; todo ello con el objeto de asegurar una correcta circulación de vehículos de transporte y equipos durante todo el periodo de relleno.
10.3.4. Caminos alternativos: Si alguna red vial se materializa sobre áreas rellenadas se deberá para ello ejercer un trabajo de compactación resistente al tránsito, debiendo contar con permanente atención para que la superficie de rodamiento no se deteriore.
10.3.5. Estabilidad de Caminos: La superficie de rodamiento de los caminos principales y secundarios estarán constituidos con material de granulometría adecuada. Será condición básica de los mismos permitir un rápido escurrimiento de las aguas de lluvia mediante un abovedamiento adecuado y zanjas o cuneta paralela a su eje que enlace a un sistema de desagüe acondicionado para tal fin.
10.3.6. Señalizaciones: La Contratista deberá proveer y colocar las señalizaciones preventivas, informativas y reglamentarias, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio, indicando correctamente las direcciones y sentido que deben respetar en el interior y/o exterior del predio.
10.3.7. Riego: Durante toda la operación del Relleno Sanitario se deberá prever el riego permanente con agua a fin de evitar la dispersión del polvo por el constante tránsito vehicular, esto se materializará tanto en la red vial primaria como en la secundaria y el acceso.
11. Secuencia de la obra.
Será considerada como la prognosis entre la etapa de disposición actual y su transición a la implementación de las nuevas tecnologías.
12. Drenaje:
La Contratista preverá una adecuada red de escurrimientos superficiales. Para ello deberá considerar que el predio tiene un comportamiento hidrológico asimilable a una subcuenca, por lo que deberá prever obras que aseguren un rápido escurrimiento, evitando en todo momento zonas de anegamiento.
Deberán diseñarse y mantenerse los drenajes superficiales a fin de asegurar el acceso de vehículos, la maniobrabilidad de equipos, permitiendo reducir al mínimo la penetración del líquido y la consecuente generación de lixiviados. El objetivo es proporcionar un rápido escurrimiento de las aguas mediante cunetas perimetrales y alcantarillas que servirán a las zonas ya terminadas del relleno y a las que se encuentran en operación.
Se deberán construir alcantarillas perimetrales al relleno, conectadas al sistema de escurrimiento o terreno natural. La separación, diámetros, pendiente, tapada y material deberán ser definidos en el Proyecto Hidráulico, que deberá ser aprobado por la autoridad competente.
13. Preparación del Módulo:
La preparación para su posterior uso de los módulos estará sujeta a las siguientes condiciones, las cuales la Contratista deberá tener en cuenta para la elaboración del proyecto:
a. Desmonte del terreno en caso de ser necesario.
b. Demarcación de las superficies
c. Excavación hasta nivel de diseño. Cuando las condiciones geológicas e hidrogeológicas del sitio lo permitan será posible la excavación del interior xxx xxxxxxx estanco o módulo bajo las siguientes pautas:
a. La cota de fondo de la excavación será como mínimo 0,5 metros superior a la cota del acuífero libre.
b. Los taludes de excavación xxx xxxxxxx deberán cumplir con las Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, Edición 1994 publicación 101/01, sección B III, Terraplenes y las Normas de Ensayo, edición actualizada 1993.
d. Deberá tener una compensación entre el suelo a extraer y a utilizar, respetando el diseño final del proyecto. De quedar material excedente, el Contratante dispondrá el uso previsto para este.
14. Impermeabilización y drenajes de la base:
Los requerimientos mínimos a respetarse son:
a. Aislación de base y taludes laterales xxx xxxxxxx: La aislación de base y taludes laterales deberá estar constituida por una Barrera Compuesta. La barrera superior que es una Membrana Flexible de Polietileno de Alta Densidad (PEAD), que debe poseer como mínimo 1,5 milímetros (1500 micrones) de espesor y la barrera inferior (fondo de celda), que debe estar formado por lo menos por 0,60 metros de suelo compactado, con una permeabilidad vertical Kf menor o igual a 1x10-7 cm/seg. Luego de los ensayos en campo (que deberán efectuarse a través de Organismos Públicos o Privados que otorguen debida certificación del requerimiento) si se comprueba que la barrera natural o suelo compactado no
cumple con las condiciones indicadas en el presente ítem, podrá lograrse o completarse en forma xx Xxxxxxx Artificial (geológica mineral) con aquellos elementos que proporcionen una barrera equivalente de protección. Sobre la capa de 0,60 metros se aplicará la Membrana Flexible de Polietileno de Alta Densidad (PEAD) la misma deberá estar instalada por especialistas, realizándose todos los ensayos de juntas y destrucción reglamentarios para asegurar la estanqueidad del fondo de celda.
b. Resistencia del Fondo de excavación: Por medio de un estudio pertinente deberá garantizarse que el sustrato es suficientemente estable para evitar asentamientos que puedan causar daños a la barrera.
15. Captación y eliminación de líquidos de los módulos:
La captación y evacuación del líquido residual percolado se materializará por medio de conductos que convergerán a una cámara a construirse en el extremo más bajo del relleno teniendo en cuenta las pendientes proyectadas en la base.
15.1. Canal de conducto del percolado:
En correspondencia a la pendiente dada a la base soporte, se construirá/n el/los conducto/s de escurrimiento del líquido residual percolado, su base y paredes laterales serán impermeabilizadas adecuadamente estableciéndose como regla básica tener el mismo tratamiento que se adopta para la Aislación de Bases y Taludes xxx Xxxxxxx (Punto 15 inciso a. del presente pliego). En su interior se podrá colocar un xxxx de 0,10 metros, preferentemente de PVC, con orificios en la mitad superior de toda su longitud, una vez colocado se debe cubrir con piedra partida, grava o material similar hasta el de la rasante de la base soporte.
15.2. Cámara:
Su construcción será de hormigón armado dándose el carácter de recipiente hermético para evitar fuga del líquido residual percolado a receptar: Su capacidad mínima será de 5 metros cúbicos su ubicación será el extremo más bajo del módulo de relleno y de recepción directa del canal colector.
El nivel superior de la tapa de la cámara no superará los 0,15 metros con relación a la rasante de la base soporte del relleno.
La tapa deberá contener un orificio que permita acuñar verticalmente un xxxx, preferentemente de PVC de 0,15 metros de diámetro, cuya altura será igual o superior a 2,20 metros con relación al nivel de tapada final del módulo; la parte superior del conducto tendrá un sombrerete con ventilación lateral.
Por el citado conducto se ejercerá la extracción del líquido para su análisis, control de niveles y el bombeo del percolado para su tratamiento correspondiente para asegurar su inocuidad.
El sistema de canalización y almacenamiento del líquido percolado y sus accesorios será uno por módulo de relleno, pudiendo el oferente proponer sistemas alternativos que se ajusten a las normas y legislación vigente.
16. Frentes de Trabajo:
La contratista adoptará las medidas tendientes a asegurar la operatividad de/los frente/s de trabajo en todo momento, especialmente en la descarga y tratamiento final de los residuos, aún en épocas de intensas lluvias, asegurando para ello el inmediato drenaje de las aguas. Las dimensiones de los frentes de trabajo deberán permitir la rápida operación de los equipos, tratando que la demora de las descargas en las horas pico sea reducida al mínimo. Independientemente de lo descripto, la Contratista indicará en su propuesta la descripción de los frentes de trabajo.
17. Acondicionamiento, disposición y compactación de residuos:
Los residuos serán descargados en el fondo del módulo. Será requisito ineludible acondicionar y compactar a un valor igual o mayor a 800 kilos por metro cúbico.
Para lograr el grado de compactación deseada la máquina trabajará en pendientes suaves y la distribución de los residuos no superará los 0,30 metros de espesor. Esta tarea se llevará a cabo sucesivamente hasta lograr una altura de residuos compactados de 1,50 metros como máximo. Culminada esta capa se deberá colocar un sustrato de tierra cuyo espesor, una vez compactado, se encuentre entre 0,10 y 0,20 metros. Pudiendo reanudarse el proceso hasta la altura tope.
Según el sistema de rodamiento de la máquina (ruedas metálicas u oruga) y el peso de la misma, se considerará la cantidad de pasadas, dependiendo de este factor
conseguir un aumento adecuado de la densidad y un buen aprovechamiento del equipo.
La cota de fondo de la excavación será como mínimo 0,5 metros superior a la cota del acuífero libre, desde allí podrá elevarse hasta la mayor cota topográfica registrada para un módulo cerrado (22 metros). De este modo se minimizará el impacto visual provocado por alturas mayores de celdas.
El Contratista deberá presentar con la propuesta la marca, modelo, tipo de maquinaria, tipo de rodamiento, peso y toda especificación técnica del equipo que utilizará para esta tarea así como también el número de pasadas que realizará con el mismo para lograr la compactación de los residuos.
Los residuos y tapada diaria se deberán compactar asegurando una densidad adecuada. La compactación de residuos y tapadas diarias deberán asegurar la transitabilidad de los equipos que operen en el sector. Si los equipos sufrieran desperfectos mecánicos o de otro tipo la Contratista deberá prever equipamiento de similares características para continuar con el normal desenvolvimiento de las tareas.
Se deberá garantizar que la calidad del agua subterránea aguas arriba del nuevo módulo presente las mismas características que aguas abajo del mismo. Para ello se construirá una red de monitoreo que lo verifique a lo largo del mismo.
La inspección podrá indicar a la contratista el aumento de la cantidad de freatímetros, si así lo considera.
18. Venteo de Gases:
El proceso de estabilización biológica de los residuos genera gases orgánicos en volúmenes apreciables. Para la evacuación de los mismos la Contratista procederá a la colocación de al menos una (1) chimenea cada mil (1000) metros cuadrados de superficie de relleno; como así también deberá mantener la red de venteo existente en todo el predio.
18.1. Procedimiento: se utilizarán caños de 0,15 metros a 0,20 metros al que se le practicarán orificios distribuidos en todo su diámetro a una distancia de 0,05 metros entre sí y hasta el nivel superior de la última capa de residuos. Este conducto se
asentará en la base del relleno y sobrepasará como mínimo 2,20 metros del nivel superior de la cobertura final. En el extremo superior se colocará un sombrerete con ventilación a los cuatro vientos.
18.2. Reserva: La Municipalidad de Bahía Blanca se reserva el derecho para implementar, cuando exista la factibilidad técnico-económica, un sistema de extracción activo que permita su tratamiento o recuperación para la producción de energía.
Asimismo se reserva el derecho de concretar programas de bonos de carbono.
En todos los casos se deberá dar cumplimiento a la legislación vigente para efluentes gaseosos (Decreto Provincial N° 3395/96 – Resolución de la SPA N° 242/97).
19. Cobertura diaria:
La Contratista adoptará las previsiones necesarias para que los residuos sean tapados con tierra o geomembrana.
Esta operación se efectuará diariamente y al término de los servicios de recolección, cuando se hayan procesado los residuos, se procederá a cubrir con tierra en un espesor no mayor de 0,15 metros y no inferior a 0,10 metros en toda la superficie operada o con cobertura sintética. Cuando se efectúe la operación de distribución del manto de cobertura, se deberá tener especial atención de no remover los residuos ya procesados.
20. Cobertura Final:
La cobertura superficial final del Relleno Sanitario estará constituida por un sistema multicapa. Estas capas, detalladas en sentido ascendente desde la cota final de los residuos dispuestos, se constituyen por:
20.1. Una capa de ecualización de 0,20 metros de espesor con alto coeficiente de permeabilidad.
20.2. Una capa de suelo compactado de baja permeabilidad vertical (Kf)menor o igual a 1x10-7 centímetros por segundo de 0,40 metros de espesor mínimo. De no
contar con suelo de estas características, deberá proponerse una solución técnica adecuada a fin de lograr la permeabilidad equivalente, la misma será presentada junto con la oferta para su evaluación y aprobación por parte de la Municipalidad de Bahía Blanca.
20.3. Una capa de cultivo que facilite la germinación, crecimiento y desarrollo de especies herbáceas constituida por suelo de elevado contenido en materia orgánica de 0,20 metros de espesor mínimo, colocada sobre las capas anteriormente indicadas.
La topografía y las pendientes de la cobertura final en cualquier punto del Relleno Sanitario, deberán ser diseñadas de modo de lograr el escurrimiento de las aguas pluviales alejándolas del módulo y evitar la acumulación de agua en la superficie.
21. Mantenimiento de las áreas rellenadas:
21.1. Asentamientos y agrietamientos: La Contratista está obligada al mantenimiento permanente de todas las áreas rellenadas, debiendo respetar el orden, espesor y calidad de la cobertura final establecida en el presente Pliego en aquellos sectores que manifiesten asentamientos o bien se produzcan agrietamientos; estos trabajos se harán respetando las cotas definitivas con las pendientes otorgadas a las zonas aledañas.
21.2. Forestación perimetral: Dentro de los diez (10) días del Inicio de la Prestación del Servicio, la Contratista presentará un plan de forestación con finalización de su ejecución en un plazo de 12 (doce) meses de iniciada la mencionada forestación. La Contratista estará obligada a reponer, reforestar y mantener la cortina que actualmente se encuentra en los terrenos del Relleno Sanitario que se ha operado hasta la actualidad.
Se deberá establecer una barrera perimetral dentro del área cercada a modo xx xxxxxxx forestal constituida por tres hileras de especies de buen desarrollo en la zona para el nuevo módulo que comenzará a operar. Los ejemplares deberán ser fuertes, derechos, con un solo fuste, con la forma propia que caracteriza a la especie y de una altura mínima de 1,50 metros. No se deberán colocar ejemplares que presenten el ápice deteriorado y/o roturas en el tronco y/o ramas, la sanidad de los mismos debe ser perfecta, rechazándose todo ejemplar que muestre signos de enfermedad o
presencia de plagas. Todos los ejemplares deberán contar con un tutor; cuando los forestales deban plantarse fuera de la época de forestación, todos los ejemplares deberán encontrarse en envases de hojalatas o polietileno. Las especies a implantar deberán ser aprobadas por la autoridad de aplicación.
21.3. Forestación de los módulos terminados: En el módulo terminado y sellado la Contratista está obligada a sembrar gramíneas (pudiendo ser esta con semillas y estolones).
21.4. Reposiciones: La Contratista está obligada a la reposición de especies arbóreas de la barrera forestal y el resembrado de las gramíneas si se detecta que no están en buenas condiciones. Se podrá aplicar sanciones por el no cumplimiento de dichas reposiciones.
21.5. Tratamiento fitosanitario: La Contratista deberá efectuar el tratamiento fitosanitario de las especies atacadas por cualquier tipo de plagas.
21.6. Desmalezamiento: La Contratista deberá desmalezar las zonas del relleno terminadas, manteniendo permanentemente las gramíneas a una altura no mayor de 0,05 m. Está totalmente prohibido la quema de los productos de corte de césped o de cualquier otro tipo de residuo.
21.7. Riego: La Contratista está obligada a efectuar el riego periódico de las especies plantadas. Para ello deberá presentar con la oferta el sistema xx xxxxx que utilizará (por goteo, por aspersión, automático, semiautomático o cualquier otro que considere), el cual será evaluado por la Municipalidad de Bahía Blanca por personal idóneo, el mismo respetará los tiempos de colocación del Punto 24 inciso b) del presente pliego para la nueva barrera forestal y tendrá un plazo máximo de 90 a partir de la operación del relleno para extender el sistema xx xxxxx a lo forestado con anterioridad.
22. Controles:
La Contratista deberá tomar medidas para reducir al máximo las molestias y riesgos procedentes del Relleno Sanitario para lo cual deberá presentar junto con la oferta los procedimientos que realizará para el control de material particulado en suspensión, materiales transportados por el viento, aves, insectos y roedores
(conforme Ordenanza N° 7932/94) e incendios, los cuales serán aprobados por Municipalidad de Bahía Blanca pudiendo pedir opinión de los mismos a consultores externos o a las casas de altos estudios si fuese necesario. A los efectos de preservar elementales condiciones sanitarias y ambientales la Contratista está obligada a:
22.1. Efectuar el tratamiento diario de la totalidad de los residuos receptados. No se permitirá, que dichos residuos sean tratados al día siguiente o sub siguiente.
22.2. Permanentemente deberá recoger todos los elementos que fueran dispersados por acción del viento u otro móvil.
23. Monitoreo de la calidad de agua subterránea:
Previo al inicio de las obras, se deberán analizar las características iniciales de las aguas subterráneas y aguas superficiales si hubiere. El cual como mínimo deberá cumplir e incluir los parámetros para la caracterización que figuran en el punto 2.2.13 de la Res. 1143/02 de la SPA - Red de Monitoreo Para Aguas Subterráneas para una carga diaria a disponer mayor de 50 toneladas y si hubiese aguas superficiales deberá también presentar el plan de monitoreo para las mismas el cual deberá incluir como mínimo los parámetros para la caracterización que figuran n el punto 2.2.14 de la Res. 1143/02 de la SPA Red de Monitoreo Para Aguas Superficiales para una carga diaria a disponer mayor de 50 toneladas. Los análisis de dichos parámetros deberán ser realizados por laboratorios habilitados, inscriptos y enmarcados dentro de la Res. 504/00 de la SPA, los cuales se enviarán copias a Municipalidad de Bahía Blanca para su conocimiento y seguimiento.
24. Sistema Estación de Pesaje
24.1. Con el objetivo de automatizar el ingreso y egreso de vehículos, sin la intervención humana, la contratista proverá, configurará e instalará equipos, materiales y software necesarios para el correcto funcionamiento del un sistema de pesaje, compuesto de básculas piezoeléctricas sin transmisión mecánica con capacidad mínima de 30 toneladas, que garantice el control de las toneladas brutas de residuos ingresadas, el porcentaje de material recuperado y porcentaje de
rechazo generado a disponer en el/los módulo/s.
24.2. El sistema de pesaje se diseñará de forma tal que permita una utilización en forma eficiente durante el plazo previsto para operar. A fin de lograr un óptimo funcionamiento, el tráfico de los camiones se deberá realizar en sentido del eje longitudinal del sistema de tratamiento.
24.3. El sistema a instalarse será operado desde los recintos necesarios provistos de amplias aberturas para asegurar una clara visualización de las operaciones de pesaje.
24.4. Deberá contar con las obras viales necesarias para ingresar y egresar de la misma, de manera tal de no entorpecer el normal tránsito y agilizar así la operación de pesaje. Para ello construirán desvíos y rampas de circulación adecuadas y dotadas de la correspondiente señalización.
24.5. El sistema de pesaje será operado por personal de la Contratista. La operación será supervisada por la inspección asegurando un control en tiempo real de pesaje.
24.6. La Contratista será la única responsable del mantenimiento total del sistema de pesaje y de su sistema informático de control debiendo asegurar su operación en forma continua, caso contrario se aplicarán las penalidades correspondientes. También, la contratista, queda comprometida a actualizar y/o mejorar el equipamiento y software de acuerdo a los avances tecnológicos existentes, sin que ello represente erogación alguna por parte de la Municipalidad, mientras dure la contratación.
24.7. En la Casilla de Control de Pesaje, la Contratista instalará un equipo transceptor de potencia adecuada, incluyendo antena transmisora y fuente de reserva y se integrará a la frecuencia municipal, que oportunamente la Inspección Municipal le hará conocer. Además contará con servicio de internet.
24.8. La contratista estará obligada a ejercer estricta vigilancia y control a fines de no permitir el acceso y/o permanencia de personas ajenas al servicio y de animales de cualquier naturaleza.
24.9. La contratista deberá presentar semestralmente certificado de calibración homologado por organismo habilitado.
24.10. El funcionamiento del sistema, será tal como se detalla a continuación:
24.10.1. Ingreso/Egreso. El ingreso a la zona de pesaje deberá ser autorizado mediante la utilización de una tarjeta de proximidad que permitirá identificar de manera unívoca al vehículo a pesar, ya sean pertenecientes a la empresa dedicada a la recolección de residuos domiciliarios, empresas privadas de contenedores (volquetes) y/o vehículos municipales.
La(s) báscula(s) deberán estar conectadas directamente a un servidor en el que estará ejecutándose un software de operación cuya principal función será registrar en tiempo real los pesos de entrada y salida en una base de datos tipo SQL. Esto permitirá calcular el peso exacto de la carga ingresada. Una vez realizado un ciclo de entrada/salida a través de una máquina cliente local e impresora se extenderá una constancia impresa que será entregada al chofer del vehículo correspondiente.
24.10.2. Equipo servidor / clientes. Este servidor estará conectado a Internet y en línea con al menos una computadora cliente ubicada en la oficina municipal encargada de realizar el monitoreo del sistema de pesaje. A través de un software cliente se podrá, durante todo el plazo que dure la contratación, realizar consultas/reportes sobre los diferentes registros, por ejemplo: pesos entre rangos de fechas y horas, por vehículo, por empresa, etc.
El software de operación deberá generar reportes diarios en algun formato de tipo abierto (CSV, por ejemplo) de los vehículos ingresados, patentes, pesos, tipo de recolección (residuos domiciliarios, de espacios verdes, barrido de calles, volquetes, etc.) los que serán tomados por Municipalidad para su posterior análisis.
Los datos registrados deberán resguardarse mediante un sistema de backup, que tendrá un resguardo incremental diario y uno total mensual.
24.10.3. Sistema de grabación de video. Se instalará un sistema de cámaras de video HD (720p), de tipo infrarrojo, para poder contar con un registro fílmico de la entrada de los camiones, realización de pesajes, etc. conectadas a un grabador de video digital (DVR) conectado a Internet que permitirá a través de un software el monitoreo remoto, exportación de video, etc.
Una vez obtenido cada pesaje se capturará una imagen en donde aparezca de manera visiblemente clara la patente del vehículo con la sobreimpresión de la fecha y hora. Esta imagen formará parte de la base de datos que llevará el registro de
cada transacción.
Las filmaciones en video deberán almacenarse por un plazo no inferior a noventa
(90) días.
24.10.4. Sistema ininterrumpido de energía. Todo el sistema deberá contar con un sistema ininterrumpido de energía (UPS) que permita operar por al menos veinte
(20) minutos.
25. Turnos y horarios:
Los turnos y horarios de la disposición final de residuos serán concordantes con los días, turnos y horarios de los servicios de recolección, ajustando la misma a las necesidades de un adecuado Plan de Trabajos que deberá ser presentado por la Contratista para su respectiva aprobación. La recepción de residuos transportados por particulares con un volumen no mayor a los 2 metros cúbicos será permitida permanentemente, por lo cual el Contratista dispondrá un guardia en los horarios en los que no se opera con los servicios de recolección.
26. Tratamiento de percolados:
Los líquidos percolados deberán ser conducidos mediante el sistema descripto supra a una pileta de decantación, la que se ubicará en un lugar conveniente del relleno teniendo en cuenta su topografía. Esta pileta será construida en material y deberá ser absolutamente impermeable con una capacidad acorde para recolectar los lixiviados de la cantidad de residuos estimados que se depositarán por día (550 toneladas por día aproximadamente). La Contratista deberá prever que, si se produjera un incremento de residuos, la citada pileta debe operar con normalidad en la recolección de los líquidos lixiviados de las celdas. El líquido percolado acumulado en la pileta de decantación podrá recircularse por medio de su riego sobre la superficie del relleno. La Contratista deberá presentar un plan de monitoreo con frecuencia y tipo de ensayos para los líquidos lixiviados.
Los ensayos que realizará a los mismos serán los exigidos por la legislación vigente y por los que considere el contratante.
27. Residuos de otras jurisdicciones:
La Municipalidad de Bahía Blanca se reserva el derecho de admisión y los permisos correspondientes para depositar residuos de otros municipios o regiones. En su caso, se celebrarán convenios tendientes a registrar y acotar la cantidad y calidad de residuos que puedan ingresar para no afectar el normal desenvolvimiento ni comprometer la gestión de residuos del Municipio de Bahía Blanca. Las condiciones de servicio y pagos serán en un todo equivalentes a las acordadas por el presente contrato.
28. Equipos a utilizar en el modulo
La maquinaria pesada a emplear en el enterramiento sanitario podrá tener como máximo seis mil (6.000) horas de uso, a la fecha de su incorporación y/o contar con una certificación de aptitud por organismo o entidad calificada por el contratante.
La vida útil estimada para estos elementos es xx xxxx mil (10.000) horas, a cuyo término la Municipalidad podrá autorizar la continuidad de su uso si el estado de las maquinarias, a su exclusivo juicio, lo permitiera.
Los conductores deberán estar provistos de su licencia de conductor habilitante para el tipo de vehículo a conducir otorgada por el Municipio.
El contratista suministrará en calidad y cantidad todos los elementos necesarios para la realización de los trabajos descriptos. Deberá mencionar, según la metodología de trabajo, la cantidad de cada elemento que le toca a cada obrero, los que serán renovados cuando su uso así lo indique.
El contratista deberá discriminar la cantidad de maquinarias y equipos necesarios para llevar a cabo los trabajos de destino final, detallando marca, modelo, capacidad, potencia, horas de uso, ancho de las hojas y/o cuchillas, baldes, etc., y todo otro dato que permita realizar con eficiencia los trabajos descriptos precedentemente, como así también proveer de GPS (comunicado con la computadora a la que tiene acceso la inspección municipal) a cada una de las unidades.
Los equipos y maquinarias deberán estar provistos de accesorios que permitan una eficaz protección a los obreros, que faciliten operación en condiciones climáticas adversas como así también en horario nocturno.
No podrá retirar los equipos sin previa autorización de la Inspección Técnica Municipal mientras dure el contrato.
El equipamiento mínimo necesario estará compuesto por: topadora para ser utilizada en distribución y compactación de los residuos, equipo compactador para el frente de trabajo, camión volcador para extraer y trasladar el material de cobertura, una motoniveladora para mantenimiento de caminos, perfilado de canaletas, etc., una pala cargadora frontal para extraer el material de cobertura, un tractor con tanque regador de agua para regar caminos y en caso de incendios aislados trasladar agua.
29. Personal
29.1. El personal afectado a los servicios será, en todos los casos, mayor de dieciocho (18) de años de edad.
29.2. El contratista proveerá la cantidad necesaria de personal por especialización y categorías para efectuar satisfactoriamente los servicios.
Todo el personal deberá ajustarse a lo exigido por las normas de legislación laboral, provisional y de seguridad e higiene. El personal deberá usar uniforme obligatoriamente, tipo overol y campera o chaleco para tiempo frió de ser necesario. Llevaran en la espalda el logotipo y nombre de la empresa prestataria.
29.3. El contratista deberá realizar dos capacitaciones anuales, a todo el personal, en las áreas de medio ambiente, seguridad e higiene, rol de incendio y manejo de maquinaria pesada, según corresponda a la actividad que desarrolla en la planta.
29.4. El personal deberá vestir correctamente y deberá cuidar su aseo personal.
29.5. El personal deberá observar un comportamiento considerado y respetuoso en su trato con los funcionarios e inspección Municipal, así como también en su trato con los vecinos.
29.6. Está prohibido al personal recibir o solicitar dádivas. Muy especialmente deberá abstenerse de vender bienes de cualquier tipo a los vecinos, siendo especial responsabilidad de la empresa el evitar este tipo de conductas.
29.7. Está prohibido al personal efectuar o permitir la selección, clasificación o
comercialización de los residuos recolectados, los que deberán transportarse a los lugares de disposición final en el mismo estado en que hubiesen sido recogidos.
29.8. La Inspección podrá solicitar al Contratista el reemplazo del personal que por incapacidad, negligencia o dolo en el desempeño de sus tareas, causen perjuicios que afecten la buena marcha del trabajo.
29.9. Bajo ningún concepto el contratista podrá suspender, aunque sea temporalmente, la prestación del servicio. Por ello, el contratista arbitrará los medios necesarios elaborando un plan alternativo de trabajo en caso de huelgas, quitas de colaboración, etc., que afecte la normal prestación del servicio objeto del presente. Queda terminantemente prohibido al contratista adherirse a lock-out.
30. Instalaciones complementarias
El contratista deberá llevar a cabo todas las medidas y acciones necesarias para asegurar y acondicionar las instalaciones complementarias necesarias para la implementación del tratamiento de las fracciones de poda y áridos independiente del área de operación del relleno sanitario. Dichas instalaciones deberán contemplar cercado, nivelación de suelo, construcción de platea y galpón, conexión a red eléctrica, agua e instalaciones complementarias: vestuario, baño, kitchenette y comedor.
APARTADO III: PRECIOS
Como base de la actualización se tomarán los índices al momento de la firma del contrato. El valor del precio ajustado es el que resulte de la aplicación de la metodología que se desarrolla a continuación, empleando la siguiente fórmula:
Pci = 0,10 * Pc0 + 0,9 * Pc0 * FRi Dónde:
FRi = aMO × MOiMO0 + aMa + MaiMa0 × aGG × GGiGG0
1. Pc0= Precio por tonelada al momento de firma del contrato.
2. Pci = Precio por tonelada redeterminado al momento i.
3. FRi = Factor redeterminación al momento i.
4. MOiMO0= Factor de variación de los precios del componente Mano de Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al último valor publicado al momento de la redeterminación (MOi) y el indicador de precio correspondiente al momento de la firma del contrato (MO0).
5. MaiMa0= Factor de variación de los precios del componente Materiales. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al último valor publicado al momento de la redeterminación (Mai) y el indicador de precio correspondiente al momento de la firma del contrato (Ma0).
6. GGiGG0= Factor de variación de los precios del componente Gastos Generales. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al último valor publicado al momento de la redeterminación (GGi) y el indicador de precio correspondiente al momento de la firma del contrato (GG0).
7. aMO, aMa, aGG= Coeficientes de ponderación. Representan la incidencia del costo de los componentes en el costo directo total del servicio obtenido de la planilla de estructura de costos de explotación a un volumen de 250 mil toneladas, conforme planilla presentada por el oferente de acuerdo a pautas establecidas en el Apartado III.
8. Mes de Redeterminación i= la redeterminación se calculará adoptando como valores de cada mes de redeterminación los últimos publicados al día 15 del mes
inmediato anterior.
9. Los precios e indicadores a utilizar son los publicados en el Índice del Coxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxx Xxxxxx Xxxxx (ICC), base 1993=100 que mensualmente informa el Instituto de Estadísticas y Censos (INDEC). En particular las variaciones producidas en los tres capítulos principales del Nivel General: Materiales, Mano de Obra y Gastos Generales.
APARTADO IV: PLANILLAS DE COTIZACIÓN.
AÑOS DE CONCESION | |||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | |
2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | |
1. Oficinas e instalaciones | |||||
Reacondicionamiento instalaciones existentes | |||||
Construcción nuevas instalaciones | |||||
2. Galpón | |||||
3. Señalización | |||||
4. Control de ingreso | |||||
5. Infraestructura de servicios | |||||
Energía eléctrica | |||||
Agua potable | |||||
6. Red vial | |||||
Ingreso | |||||
Terraplén perimetral | |||||
Red de caminos internos: | |||||
Caminos alternativos: | |||||
Señalizaciones. | |||||
7. Instalaciones para riego y drenaje | |||||
8. Cerco perimetral | |||||
9. Preparación de módulos | |||||
10. Impermeabilización y drenajes de bases | |||||
11. Sistemas de captación y eliminación de líquidos de módulos | |||||
12. Sistema de tratamiento de percolados | |||||
13. Sistema estación de pesajes | |||||
14. Sistema provisión energía | |||||
15. Maquinaria y equipos | |||||
16. Instalaciones de venteo | |||||
17. Gastos pre operativos* | |||||
18. Instalaciones complementarias | |||||
19. Otros gastos de inversión | |||||
INVERSION TOTAL |
APARTADO V: PLANILLAS DE COSTOS Y PRECIO POR TONELADA.
Toneladas ingresadas (en miles por año) | ||||||
150 | 200 | 250 | 300 | 350 | 400 | |
a. Porcentaje destinado a relleno (%) | ||||||
b. Personal (Agregar detalle en Planilla aparte) | ||||||
c. Depreciaciones | ||||||
d. Materiales e insumos | ||||||
e. Combustibles, lubricantes y cubiertas | ||||||
f. Mantenimiento de equipos | ||||||
g. Alquiler de equipos | ||||||
h. Seguros | ||||||
i. Electricidad, agua y gas | ||||||
j. Comunicaciones y servicios informáticos | ||||||
k. Forestación y riego | ||||||
l. Otros costos de explotación | ||||||
m. Impuestos | ||||||
COSTO TOTAL DE EXPLOTACION |
PRECIO POR TONELADA ($/TON)