TÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA LEGAL- REGULATORIA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADA PARA LA ADMINISTRACIÓN, INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y GESTIÓN INTEGRAL DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD: EDENORTE DOMINICANA, S. A. (EDENORTE), EDESUR DOMINICANA, S.
A. (EDESUR) Y EDEESTE DOMINICANA, S. A. (EDEESTE) DGAPP-DAF-CCT-2021-0004
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Distrito Nacional República Dominicana
Julio, 2021
1. NORMAS APLICABLES
El presente procedimiento de selección será regido por los presentes términos de referencias y el reglamento de aplicación de la Ley No. 47-20 de Alianzas Público- Privadas, así como por las siguientes normas:
• Ley No. 22-63 de fecha 10 xx xxxx de 1963, que requiere la redacción en idioma español de documentos sometidos a conocimiento y fiscalización de oficinas públicas.
• Ley No. 200-04, de fecha 25 de febrero de 2005, sobre Libre Acceso a la Información Pública.
• Ley No. 340-06, de fecha 18 xx xxxxxx de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
• Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de Aplicación, instituido mediante el Decreto número 543- 12 de fecha 6 de septiembre de 2012.
• Ley No. 107-13, de fecha 8 xx xxxxxx de 2013, sobre los Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
• Ley No. 125-01, de fecha 26 de julio de 2001, Ley General de Electricidad y sus modificaciones.
• Decreto número 555-02, de fecha 19 de julio de 2002, que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley General de Electricidad y sus modificaciones.
• Ley No. 47-20, de fecha 20 de febrero de 2020, sobre Alianzas Público-Privadas.
2. FUENTE DE RECURSOS
Los fondos para financiar el costo de la contratación provienen del presupuesto de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas (en lo adelante “DGAPP”).
3. IDIOMA
El idioma oficial del presente proceso es el español, por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante el procedimiento que intercambien el oferente y la DGAPP deberán ser presentados en este idioma; de encontrarse en idioma distinto, deberán contar con la traducción al español realizada por un intérprete judicial debidamente autorizado.
4. ANTECEDENTES
En la República Dominicana el crecimiento económico a lo largo de los años ha estado acompañado por un importante incremento en la demanda de energía eléctrica. En el período 2012-2019 el Gobierno desembolsó un monto aproximado de US$10,361 MM al sector eléctrico, destinado en su mayoría para cubrir las deficiencias del sector de distribución de energía.1 Este monto es equivalente, aproximadamente, al 45% de la deuda pública generada por el Sector Público no Financiero (SPNF) durante el mismo período.2
El sector de distribución de electricidad está compuesto por tres grandes empresas públicas no financieras, a saber: EDESUR DOMINICANA (EDESUR), EDENORTE DOMINICANA (EDENORTE) y EDEESTE DOMINICANA (EDEESTE) (en lo
adelante «las EDES»). Estas empresas han venido acumulando considerables déficits en su operación comercial a lo largo de los años. En el período 2017-2019 este déficit fue de alrededor de US$2,980 MM, equivalente a un 1.1% del PIB de 20193.
De acuerdo con las informaciones financieras publicadas por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales en su página web, el déficit en términos generales proviene de la diferencia que existe entre los costos de compra de energía menos los ingresos por venta de electricidad a partir de la tarifa vigente (36.17% del déficit total al 2019); los gastos operativos (29.14% del déficit total al 2019); los gastos financieros (14.30% del déficit total al 2019) y las inversiones en CAPEX para el mantenimiento y expansión de las redes de distribución (20.39% del déficit total al 2019) de las EDES.
Las pérdidas de las EDES por energía comprada y no cobrada son las segundas más altas de la región al 2018. Igualmente, los gastos operativos como proporción de los ingresos se situaron en un 18.5% al 2019.4 En este sentido, es de alta relevancia y prioridad del gobierno la necesidad de inversión en infraestructura en el segmento de distribución, específicamente en la renovación y expansión de los sistemas de distribución y control de pérdidas; así como, la administración eficiente de las EDES para brindar un servicio de electricidad de calidad con menos interrupciones a los usuarios con el fin de garantizar la sostenibilidad del sector de distribución.
La participación privada en estos proyectos es fundamental para lograr estos objetivos debido al limitado espacio fiscal y a las habilidades comerciales que el sector privado puede traer a la mesa. Recientemente fue promulgada la Ley No. 47-20, de Alianzas Público-Privadas, con el objetivo de movilizar recursos desde el sector privado para enfrentar los principales retos de inversión que afronta el país bajo un marco institucional y normativo que permita que la materialización de estas alianzas
1 Ministerio de Hacienda de la República Dominicana. Resultados de las Finanzas Públicas 2019. Febrero 2020. 2 Deuda Pública Consolidada por Fuente de Financiamiento (2000-2019). Dirección General de Crédito Publico. 3 Plan Nacional de Infraestructura de República Dominicana “Nota Sectorial Energía”. Mayo 2020. BID.
4 Plan Nacional de Infraestructura de República Dominicana “Nota Sectorial Energía”. Mayo 2020. BID.
entre los sectores público y privado se realicen de forma transparente, garantizando un clima favorable de inversión y de seguridad jurídica para los agentes privados.
De igual forma, en fecha 1 de septiembre de 2020 se promulgó el Decreto número 433- 20, que aprueba el reglamento de aplicación de la Ley de Alianzas Público-Privadas, con el fin de aclarar y especificar los aspectos esenciales de dicha ley y del proceso de estructuración de una alianza público-privada, para iniciar en lo inmediato con la presentación y evaluación de iniciativas de forma ordenada y transparente. Partiendo de este escenario, es de interés de esta DGAPP contratar los servicios de una consultoría que sirva de soporte para la formulación y diseño de la iniciativa pública que someterán las EDES para su administración, inversión en infraestructura y gestión integral (en lo adelante “APP de las EDES” o por su nombre completo, indistintamente) bajo los lineamientos ya establecidos, así como su evaluación de acuerdo a las metodologías dictadas para estos fines, la estructuración del proceso competitivo para la selección de los agentes privados que se encargarán de la gestión integral de las EDES y la adjudicación de los correspondientes contratos de APP.
5. CONTEXTO Y DESCRIPCIÓN DEL POSIBLE PROYECTO DE APP PARA LA ADMINISTRACIÓN, INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA Y GESTIÓN INTEGRAL DE LAS EDES
La APP de las EDES se desarrollará al amparo de las disposiciones de la Ley No. 47-
20 de Alianzas Público-Privadas y su reglamento de aplicación, así como de conformidad con el marco normativo del subsector eléctrico, regido por la Ley No. 125- 01, General de Electricidad y las disposiciones legales aplicables al mercado eléctrico dominicano. En virtud de las implicaciones regulatorias y propios de los mercados del subsector eléctrico, especialmente en el mercado eléctrico minoristas de la República Dominicana, lo establecido en esta sección puede estar sujeto a cambios a raíz de los análisis y recomendaciones de esta consultoría o por iniciativa del Estado Dominicano.
La APP de las EDES tendrá por objeto la adjudicación de Contratos de Alianzas Público Privada (en lo adelante “CAPP”) por una vigencia estimada de veinte (20) años. En estos CAPP existirán varios socios privados que asumirían todas las responsabilidades, atribuciones y funciones de un prestador del servicio de distribución de electricidad (la gestión técnica, comercial y financiera de la empresa, incluida la recaudación de los ingresos, las inversiones en adecuación, mantenimiento y expansión de las redes, garantizar el suministro de energía electricidad en el sistema eléctrico nacional interconectado, y cualquier otro tema propio del negocio de distribución). En consecuencia, la contraprestación a recibir por parte del socio privado sería el repago de las inversiones realizadas por parte del socio privado, y después de pagadas dichas inversiones en su totalidad por parte de las EDES, el socio privado obtendrá el pago de un canon sobre los beneficios del negocio de distribución.
El originador público y las entidades contratantes de esta APP serán las EDES, las cuales mantendrán la propiedad de los activos, incluyendo los activos adquiridos de las inversiones que realice el o los agentes privados durante la ejecución del o los CAPP.
Los CAPP contendrán los elementos básicos siguientes: cumplimiento de la regulación vigente (calidad del servicio, distribución eléctrica, tarifas, normas de construcción, planes de expansión), compromiso, por parte del o los agentes privados, de inversiones, de reducción de pérdidas, de gradualidad en el ajuste de la nómina; y compromiso de aportes por parte del Estado dominicano, entre otros.
El proceso competitivo, en principio, tendrá como criterio para la adjudicación de los contratos la observación ─sin menoscabo de otras que pudieran surgir o ser cambiadas─ de las premisas siguientes:
a) El oferente cumpla con los criterios mínimos establecidos en los pliegos de condiciones y ofrezca el mayor valor presente neto de pagos al Estado Dominicano.
b) No se adjudicará más de un contrato a empresas relacionadas o conformadas por los mismos socios; en el entendido de que en todo momento estarán prohibidas las prácticas monopólicas más allá de los límites impuestos por la naturaleza de este tipo de negocios.
c) El proceso competitivo deberá culminar con la adjudicación de los contratos antes del treinta y uno (31) xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022). Plazo que pudiera ser variado a la exclusiva discreción de la DGAPP.
6. TIPO DE CONSULTORÍA
La consultoría podrá ser prestada por una firma de abogados que acredite que los abogados que propongan cuentan con experiencia, trayectoria, formación técnica– profesional y académica requerida para la prestación de los servicios en el ámbito de la regulación del subsector eléctrico y, en sentido general, de las contrataciones públicas en República Dominicana o en estructuración de Alianzas Público-Privadas conforme con la mejor decisión de los técnicos de la DGAPP.
7. ACTIVIDADES Y PRODUCTOS ESPERADOS
La propuesta seleccionada será responsable de llevar a cabo las tareas de asesorar, instrumentar y apoyar a la DGAPP en cualquier aspecto involucrado desde el punto de vista legal y regulatorio, ya sea en materia de las alianzas público-privado, contratación pública, así como aquellas propias del sector eléctrico, a fin de lograr el desarrollo y la implementación exitosa del proceso para la participación privada en la administración de las EDES, bajo los términos y condiciones contenidos en este documento.
Para cumplir con dichas responsabilidades, la propuesta seleccionada contará con la colaboración de un equipo técnico designado por el Estado dominicano, quienes colaborarán de manera interactiva con los consultores a fin de tomar las decisiones más convenientes para la estructuración de la APP en cuestión.
Las siguientes son las actividades y productos esperados de esta consultoría:
1. Presentar un Plan de Trabajo detallado que contenga un cronograma de las actividades, así como de la entrega de documentos y el cumplimiento de las tareas bajo su responsabilidad y de terceros. El Plan de Trabajo debe ajustarse a las fechas límites establecidas en estos términos de referencia para los hitos clave del proceso y la fecha límite para la adjudicación de los contratos el 31 xx xxxxx de 2022.
2. Realizar la debida diligencia legal con el fin de proporcionar una evaluación legal de las obligaciones y responsabilidades contractuales de las EDES frente a terceros y las posibilidades e implicaciones de transferir alguna, varias o todas esas obligaciones a los adjudicatarios.
3. Presentar un informe con un análisis regulatorio que parte tanto de las disposiciones legales vigentes como contratos en ejecución de naturaleza pública y privada relacionados al funcionamiento de las EDES.
4. Realizar recomendaciones sobre cambios institucionales y normativos necesarios y/o deseables para asegurar el éxito del proceso;
5. Identificar y proponer soluciones para las condiciones previas pendientes de completar para garantizar el éxito del proceso;
6. Proporcionar recomendaciones para abordar cualquier problema relacionado con la reestructuración que podrían sufrir las Empresas Distribuidoras de Electricidad;
7. Elaborar los pliegos de condiciones, especificaciones técnicas; modelo de contratos APP y cualquier otro documento necesario para el proceso competitivo para la adjudicación de los contratos;
8. Colaborar en la evaluación de las ofertas recibidas en el proceso competitivo para la adjudicación de los contratos APP.
9. Colaborar en la negociación final de los detalles contractuales con los adjudicatarios;
Los productos que se detallan previamente deberán satisfacer los siguientes requerimientos para hacer aceptados:
• Cumplimiento con los lineamientos para la presentación de iniciativas publicados por la DGAPP.
• Cumplimiento con las metodologías para la evaluación de iniciativas elaboradas por la DGAPP.
• Cumplimiento con lineamientos, directrices y regulaciones de los organismos públicos competentes.
• Cumplimiento con lineamientos, directrices y regulaciones de los Organismos de Financiamiento Internacional.
• Cumplimiento con el marco normativo vigente del subsector eléctrico dominicano.
• Implementación de mecanismos de transferencia de conocimientos al personal de la DGAPP y, a requerimientos de esta, al personal de otros organismos públicos relacionados con la elaboración y/o evaluación de estos informes.
8. PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA CONSULTORÍA
El plazo de vigencia de la consultoría será hasta que se realice la adjudicación de los CAPP por parte de la DGAPP, en el entendido de que la mismo deberá ocurrir antes del treinta y uno (31) xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022).
El plazo de vigencia del contrato podrá ser prorrogado por acuerdo de las partes, en función a las posibles modificaciones al cronograma de ejecución.
Los interesados deben tener en cuenta al elaborar sus propuestas que se consideran como fechas límite para el cumplimiento de los hitos Clave del proceso, así como para la presentación de la documentación relacionada, las que figuran en la tabla siguiente:
Hito Clave del Proceso | Fecha límite | Productos Asociados (que deben ser entregados en la Fecha Límite) |
(i) Realizar una debida diligencia que | 15 de octubre de | Informe de la debida |
conlleve el levantamiento de todos los | 2021 | diligencia, conforme lo |
contratos en ejecución, de naturaleza | descrito en el hito (i). | |
pública y privada, o de cualquier otro | ||
documento relacionado a las EDES, que | ||
permita identificar aspectos críticos y su | ||
impacto en la implementación de la | ||
iniciativa pública como APP de las EDES; y, | ||
como resultado de lo anterior, proponer la | ||
estrategia más adecuada para la viabilidad | ||
de dicha iniciativa, tomando en cuenta | ||
dichos contratos o documentos (incluyendo, |
pero no limitado, un potencial esquema de desmonte de aquellos en lo que se entienda necesario). | ||
(ii) Presentar un informe con un análisis regulatorio de las disposiciones legales vigentes que deban ser tomadas en consideración por esta DGAPP para la estructuración de la APP de las EDES, así como de su estructura corporativa vigente y la que debe regir en la APP. | 15 de octubre de 2021 | Informe del análisis regulatorio, conforme lo descrito en el hito (ii). |
(iii) Plan de desmonte definitivo (incluyendo el cronograma de actividades y fechas específicas para ejecutar el desmonte) de los contratos en ejecución de naturaleza pública y privada relacionados al funcionamiento de las EDES. | 10 de noviembre de 2021 | Informe con el plan de desmonte y toda la documentación que haya que tramitar para concretar el desmonte, conforme a lo descrito en el hito (iii). |
(iv) Organización, elaboración y preparación de todo los requerimientos legales y regulatorios necesario para garantizar una correcta estructuración del proceso competitivo de selección de adjudicatario para seleccionar a los socios privados. | 15 de noviembre de 2021 | Toda la documentación exigida en la Ley No. 47-20 y su Reglamento para la evaluación de las iniciativas, siguiendo las metodologías emitidas por la DGAPP. Y en lo que el marco normativo vigente del subsector eléctrico aplique. |
(v) Preparación y elaboración de los pliegos de condiciones y contratos de APP. | 15 de noviembre de 2021 | Toda la documentación necesaria para dar difusión e información sobre el proceso a potenciales interesados, así como para la evaluación de las ofertas recibidas. |
(vi) Lanzamiento del proceso competitivo para la selección de los adjudicatarios de los contratos APP. | 30 de noviembre de 2021 | Todos los documentos de la licitación según lo establecido en la Ley 47-20 y su Reglamento y la normativa emitida por la DGAPP. |
(vii) Adjudicación de los contratos de APP. | 31 xx xxxxx de 2022 | Toda la documentación necesaria para el cierre del contrato de APP. |
No obstante, los plazos antes indicados podrán ser ajustados o variados a discreción de la DGAPP.
9. CONDICIONES DE PRESTACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Y CONTRAPARTE DE LA CONSULTORÍA
La relación de trabajo del adjudicatario será bajo la coordinación y supervisión directa del Subdirector de Gestión y Supervisión de Contratos de la DGAPP, con el apoyo del personal designado a tales fines.
Toda la documentación producida deberá ser entregada por el adjudicatario en formato digital editable y en formato digital final (o impreso, según se solicite), escritos en español y presentados a la Subdirección de Gestión y Supervisión de Contratos de la DGAPP para su validación, aprobación, corrección y revisión por parte de la persona designada por la institución para tales fines, en la forma y plazo establecidos. En ese sentido, la Subdirección de Gestión y Supervisión de Contratos de la DGAPP será la encargada de aprobar los trabajos e informes derivados de la consultoría. La DGAPP podría designar un equipo tiempo completo que dará soporte a la firma y participará en todas las reuniones requeridas para la ejecución del proyecto.
El adjudicatario evitará cualquier actividad que pudiere generar conflicto de interés y deberá hacer entrega de los productos y servicios profesionales detallados anteriormente, con el alcance descrito, durante la vigencia del contrato. Para tales fines, se brindará acceso a cualquier documentación necesaria y apoyará en la gestión para alcanzar los objetivos de la contratación.
La prestación de los servicios por parte del adjudicatario, se realizará en su domicilio, pudiendo eventualmente solicitar a la DGAPP la utilización de espacios para las reuniones con los actores claves necesarios para llevar a cabo la consultoría. Asimismo, la prestación del servicio podrá realizar, a requerimiento de la DGAPP, tanto de forma remota, a través de revisión y elaboración de documentos compartidos en línea, conversaciones telefónicas y reuniones de trabajo de video conferencia, como de forma presencial según lo requiera el desarrollo de los trabajos en las instalaciones de la DGAPP o en las instalaciones que ésta determine conveniente.
El o los oferentes que resulten adjudicatario se han de comprometer a mantener la prestación de sus servicios a los profesionales designados en su propuesta técnica, durante todo el plazo de vigencia del contrato, cláusula que los oferentes y eventual adjudicatario reconocen que es de naturaleza esencial.
Los profesionales deberán firmar una carta de compromiso de participación en el proyecto mientras éste se mantenga vigente. Lo anterior sin perjuicio, en caso del surgimiento de impedimentos absolutos de cualquier profesional motivados por fuerza mayor. En estos casos, el adjudicatario podrá reemplazarlo por otro de similar capacidad, debidamente calificado y aceptado por la DGAPP.
Sin menoscabo de las disposiciones anteriormente mencionadas, cualquier cambio en el equipo de trabajo propuesto, generará una penalidad de un veinte por ciento (20%) del valor del contrato adjudicado por cada integrante reemplazado, y será descontado de los pagos pendientes.
La DGAPP se reserva el derecho de solicitar a la empresa contratada el reemplazo de uno o más de los profesionales que formen parte del equipo, con expresión de causa o motivo, en tal situación el adjudicatario deberá presentar no menos de tres alternativas, mediante la entrega de antecedentes curriculares que se ajusten a los
requerimientos precisados en los Términos de Referencias y de similares características a las del profesional a reemplazar.
10. CONFIDENCIALIDAD
Toda la información a la que tenga acceso el adjudicatario en el contexto de los trabajos, así como la que generará en el marco de la contratación será de carácter confidencial. El adjudicatario deberá entregar toda la información de respaldo de los documentos generados en el marco de la contratación.
El adjudicatario y sus relacionados no podrán divulgar ninguna información relacionada con las operaciones y procedimientos internos, por ser consideradas como CONFIDENCIALES, sin su consentimiento previo por escrito. En igual sentido, no podrán ser divulgados los documentos e informes generados a raíz de esta contratación.
11. DE LA GARANTÍA A SER PRESENTADA POR LOS OFERENTES/PROPONENTES
Los Oferentes/Proponentes deberán presentar una Garantía de la Seriedad de la Oferta, correspondiente al UNO POR CIENTO (1%) del monto total de la oferta económica, la cual debe ser emitida mediante una Póliza de Seguros expedida por una compañía aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros para operar en la República Dominicana. Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de ciento veinte (120) días calendarios contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Esta garantía será de cumplimiento obligatorio y estará incluida dentro de la Oferta Económica (“Sobre B”). La omisión en la presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta o cuando la misma fuera insuficiente, conllevará la desestimación de la Oferta sin más trámite.
Los importes correspondientes esta garantía debe hacerse en la misma moneda utilizada para la presentación de la Oferta. Cualquier garantía presentada en una moneda diferente a la presentada en la Oferta será descalificada sin más trámite.
La DGAPP procederá a la devolución de la Garantía de la Seriedad de la Oferta tanto al adjudicatario como a los demás oferentes participantes una vez suscrito el contrato luego de la adjudicación.
12. CONSULTAS
Los interesados podrán solicitar a la DGAPP aclaraciones acerca del presente proceso de contratación, hasta la fecha y horario establecidos en el cronograma.
Las consultas las formularán los Oferentes por escrito, sus representantes legales, o quien éstos identifiquen para ello. Las Consultas se remitirán al correo electrónico [xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx], indicando en el asunto “REFERENCIA: CONSULTA PROCESO Núm. DGAPP-DAF-CCT-2021-0004”.
Al responder la(s) Consulta(s), se transcribirá la(s) misma(s) sin identificar al Oferente que la(s) realizó. La(s) respuesta(s) será(n) emitida(s) y dada(s) a conocer a todos los Oferentes, mediante Enmiendas o Circulares, según corresponda, enviadas por correo y publicadas en el portal web de la DGAPP en el plazo indicado en el cronograma.
13. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
El oferente deberá asumir la totalidad de los costos, relacionados a la preparación y presentación de su propuesta. La DGAPP, no reconocerá ninguna exigencia por concepto de gastos de elaboración de ésta.
El sólo hecho de un oferente participar en la presente contratación implica pleno conocimiento, aceptación y sometimiento, por sus miembros, directivos, ejecutivos, representante legal y agentes autorizados, de los procedimientos, condiciones, estipulaciones y normativas, sin excepción alguna, establecidos en el presente documento, el cual tiene carácter jurídicamente obligatorio y vinculante.
Cada oferente tendrá que suplir toda información requerida. En caso de requerírseles, suplirán certificaciones, documentos especiales, muestras o demostraciones como parte de su oferta. Si el oferente omite suministrar alguna información requerida en el presente documento o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser su descalificación o el rechazo de su propuesta.
Los precios no deberán presentar alteraciones ni correcciones y deberán ser dados por la unidad de medida establecida. Los oferentes son responsables de los errores presentados en las propuestas; el precio unitario cotizado prevalecerá para consideraciones en la adjudicación final. Todas las cantidades y cifras totales estarán impresas en números y letras, en caso de diferencia prevalecerá la indicada en letra.
Después de recibidas las propuestas por parte del Comité de Compras y Contrataciones, las mismas no podrán ser modificadas. En caso de que un oferente decida retirar la oferta, éste no podrá́ depositar una oferta sustituta.
El Oferente que resulte favorecido con la adjudicación de la presente contratación, debe mantener durante todo el plazo de ejecución, el precio que proponga en el momento de presentación de la Oferta.
El Oferente será responsable y pagará todos los gastos, incluyendo los costos transporte, acarreo, seguros, todos los impuestos que hubiesen sido fijados por
autoridades municipales, estatales o gubernamentales, dentro y fuera de la República Dominicana, relacionados con los servicios a ofrecer.
Las informaciones relativas al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las Ofertas y las recomendaciones para la Adjudicación del Contrato no podrán ser reveladas a los oferentes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario, a excepción de que se trate del informe de evaluación del propio oferente. Todo intento de un Oferente para influir en el procesamiento de las Ofertas o decisión de la Adjudicación por parte del Contratante podrá dar lugar al rechazo de la Oferta de ese Oferente.
14. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LA CONSULTORÍA
El cronograma de actividades del proceso de contratación de la consultoría legal- regulatoria será el determinado en el oficio que acompaña estos términos de referencia.
15. PERFILES REQUERIDOS PARA LOS MIEMBROS DEL EQUIPO
La propuesta de servicios deberá acreditar tres (3) profesionales para reunir los perfiles siguientes:
Especialista en contratación pública:
• Consultor o consultora con grado universitario en derecho.
• Haber cursado maestría o doctorado en derecho administrativo o contratación pública.
• Al menos 10 años de experiencia en trabajos para la República Dominicana relacionados a la elaboración de pliegos de condiciones y contratos administrativos de legislación dominicana.
• Haber participado en la elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia para la adjudicación de contratos administrativos, al menos, cinco (5) proyectos de servicio o infraestructura pública.
Especialista en alianzas público-privadas:
• Consultor o consultora con grado universitario en derecho.
• Haber cursado maestría o doctorado en derecho administrativo, contratación pública o áreas relacionadas a las alianzas público-privadas o disponer de certificación internacional especializada en APP.
• Experiencia en trabajos para la República Dominicana en consultas relacionadas a temas bajo el esquema jurídico dominicano de alianzas público-privadas.
Especialista en legislación o regulación eléctrica:
• Consultor con grado universitario en derecho.
• Haber cursado maestría o doctorado en derecho administrativo, en energía eléctrica o en sectores regulados.
• Al menos 10 años de experiencia, nacional o internacional, en trabajos relacionados a la consultoría o asesoría en el energía eléctrica o procesos de APP en el sector de energía eléctrica.
• Haber participado desde la perspectiva legal o regulatoria en la asesoría o estructuración de procesos de contratación en el sector de energía eléctrica dominicana en, al menos, cinco (5) proyectos relacionados a concesiones del subsector eléctrico o de compra de energía eléctrica en República Dominicana.
La firma debe presentar y especificar un profesional para cada uno de los perfiles antes indicados. En caso de no cumplir con los requisitos indicados, la oferta será calificada como NO CUMPLE y será inhabilitada para fines de evaluación.
Además de lo anterior, no podrá(n) participar como profesional(es) propuesto(s) aquella(s) persona(s) que figure(n) como socia(s) o accionista(s), presidente(s), gerente(s) o representantes(s) de otra firma de abogados que en primer término esté participando como oferente en este proceso. En estos casos, tendrá preeminencia la oferta que haya sido presentada en primer término y la(s) presentada(s) con posterioridad, será(n) descartada(s) o descalificada(s) en cualquier momento del proceso, sin necesidad de evaluar por completo la(s) oferta(s).
Esta prohibición se extiende hasta el momento de la firma del contrato, de manera tal que, en ninguna circunstancia, una misma persona pudiera participar en más de una oferta por medio de varias firmas, bien sea como socio, accionista o profesional propuesto para formar parte del equipo clave.
16. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Los oferentes deberán presentar dos (2) sobres separados y debidamente identificados como se indica más adelante, uno contentivo de la oferta técnica (“Sobre A”) y el otro contentivo de la oferta económica (“Sobre B”), debiendo contener en su interior, según corresponda, la documentación siguiente:
I. Oferta Técnica. La oferta técnica debe contener los documentos siguientes:
1) Nombre, cargo, correo electrónico, teléfono de contacto y dirección física para envío de correspondencia de un empleado de la firma en caso de que sea necesario contactarle respecto a su propuesta.
2) Carta de presentación de máximo cinco (5) hojas de la propuesta que indique las razones por las cuales está calificada para proveer los servicios solicitados, firmada por el representante legal debidamente designado. La carta debe indicar, además, que la propuesta mantiene las condiciones de costo durante dos (2) meses posteriores al anuncio del ganador del proceso.
3) Un informe de máximo tres (3) páginas con la descripción del perfil de la firma, su estructura accionaria, así como con la indicación de las empresas de las cuales es accionista o socia, en caso de que aplique.
4) Un informe de máximo tres (3) páginas con la descripción del perfil de los profesionales propuestos por la firma, así como con la indicación de las empresas de las cuales los profesionales son accionistas o socios, en caso de que aplique.
5) Un resumen ejecutivo de máximo tres (3) páginas identificando y sustentando las razones por las cuales la propuesta está calificada para proveer los servicios solicitados.
6) Un informe de máximo cinco (5) páginas que demuestre el conocimiento y experiencia que tienen los profesionales propuestos sobre trabajos o consultas relacionadas a temas bajo el esquema jurídico dominicano de alianzas público-privadas más afín a los objetivos de la presente contratación. En dicho informe se deben enlistar y detallar el alcance y objeto, así como anexar las constancias de las experiencias que han tenido los profesionales propuestos como asesores o consultores bajo el esquema jurídico dominicano de alianzas público-privadas. En caso de documentos con informaciones confidenciales, acreditación se pueda realizar mediante documentos o contratos con la información sensible tachada o sanitizada referente con el nombre de la compañía o cliente y otros datos confidenciales, acompañado de una declaración de parte del representante legal que de fe de la realización de los proyectos.
7) Un informe de máximo cinco (5) páginas que demuestre el conocimiento y experiencia que tienen los profesionales propuestos sobre contratación pública. En dicho informe se deben enlistar y detallar el alcance y objeto, así como anexar las constancias de las experiencias que han tenido los profesionales propuestos como asesores o consultores en la elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia para la adjudicación de contratos administrativos en proyectos de servicio o infraestructura pública, acreditando los documentos necesarios, los cuales deben ser, como mínimo, cinco (5) proyectos). En caso de documentos con informaciones
confidenciales, acreditación se pueda realizar mediante documentos o contratos con la información sensible tachada o sanitizada referente con el nombre de la compañía o cliente y otros datos confidenciales, acompañado de una declaración de parte del representante legal que de fe de la realización de los proyectos.
8) Un informe de máximo cinco (5) páginas que demuestre el conocimiento y experiencia que tienen los profesionales propuestos sobre el mercado eléctrico dominicano. En dicho informe se deben enlistar y anexar las constancias de los proyectos en que han tenido experiencia los profesionales propuestos, como asesores o consultores en proyectos relacionados a concesiones del subsector eléctrico o de compra de energía eléctrica en República Dominicana, acreditando los documentos necesarios, los cuales deben ser, como mínimo, cinco (5) proyectos). En caso de documentos con informaciones confidenciales, acreditación se pueda realizar mediante documentos o contratos con la información sensible tachada o sanitizada referente con el nombre de la compañía o cliente y otros datos confidenciales, acompañado de una declaración de parte del representante legal que de fe de la realización de los proyectos.
9) Propuesta de plan de trabajo y cronograma a seguir, que sea consistente con los plazos establecidos en estos términos de referencia para los hitos clave del proceso y con el plazo para la adjudicación de los CAPP del 31 xx xxxxx de 2022.
10) CVs de los miembros del equipo que permita constatar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en los respectivos perfiles y realizar la evaluación de la Oferta Técnica en la forma que se describen en estos Términos de Referencia.
11) En caso de que aplique, como anexo, un reporte de máximo tres (3) páginas donde se enumeren todos los arbitrajes, litigios, conflictos judiciales en cualquier país del mundo o investigaciones penales pendientes o concluidos que han tenido los profesionales propuestos por la firma y la firma en sí misma durante los últimos cinco (5) años, o que se tenga conocimiento que pueden iniciarse en el futuro.
12) Documentos corporativos, consistentes en (i) Estatutos societarios; (ii) Registro Mercantil actualizado (aplica sólo para las entidades registradas en República Dominicana); (iii) Acta de asamblea debidamente registrada ante la autoridad correspondiente, donde se designe a la persona con capacidad de representar a la firma; (iv) Constancia del Registro de Proveedor del Estado (RPE) actualizado, con la actividad comercial correspondiente a la naturaleza de este proceso; (v) Copia de la Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos
(DGII) donde se manifieste que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales pagos de anticipos, ITBIS y otros impuestos los aplicables al oferente (aplica sólo para personas físicas y jurídicas, según corresponda, establecidas en República Dominicana); (vi) Copia de la Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde se manifieste que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales (aplica sólo para personas jurídicas establecidas en República Dominicana); y (vii) cualquier otro documento corporativo que considere necesario.
De los documentos anteriormente indicados, sólo serán subsanables los indicados en el inciso 10) y serán evaluados con CUMPLE / NO CUMPLE.
II. Oferta Económica. La oferta económica debe contener los documentos siguientes:
1) La propuesta económica, que deberá presentarse en pesos dominicanos (RD$), e incluir el monto máximo para la contratación de consultoría, incluyendo los honorarios, impuestos, gastos, tasas aplicables al contrato. El valor total debe desagregarse como mínimo en las partidas siguientes:
i. Honorarios para cada miembro del equipo.
ii. Impuestos y tasas aplicables a los honorarios y gastos del contrato.
iii. Total de gastos que se proyectan.
iv. Cronograma y especificación de partidas equitativas de pagos específicos asociados a la entrega de productos relacionados a los Hitos Clave del Proceso.
2) Garantía de la Seriedad de la Oferta.
Las propuestas que no cumplan con el nivel de detalle o que no desagreguen conforme lo indicado en el punto 1 de las ofertas económicas, podrán ser subsanados o aclarados a solicitud de la DGAPP. Sin embargo, en ninguna circunstancia el monto de la oferta podrá ser modificado.
Las propuestas que no cumplan con estos requisitos, incluso luego de la eventual solicitud de subsanación o aclaración, podrán ser descalificadas sin que sea necesario evaluar cualquier otro aspecto de su oferta.
Al momento de la firma del contrato, la DGAPP tendrá la facultad discrecional de variar el monto de la distribución de los pagos que haya propuesto el oferente que resulte adjudicatario.
17. FORMA DE PRESENTACIÓN PROPUESTAS
Las ofertas técnicas y económicas deben presentarse en dos (2) sobres cerrados y separados (“Sobre A” y “Sobre B”, respectivamente), debiendo estar identificados en su cubierta como se indica más adelante.
Los documentos de la oferta técnica (“Sobre A”) y los documentos de la oferta económica (“Sobre B”) deberán ser presentados en formato físico en original, encuadernado y con todas sus páginas enumeradas.
Cada sobre deberá incluir dentro del mismo en soporte digital un CD/USB con su contenido debidamente organizado de acuerdo la oferta original que se deposita en físico.
Los sobres según corresponda (dependiendo de qué propuesta se trate A o B), deberá tener en su cubierta la siguiente identificación:
El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación:
NOMBRE DEL OFERENTE/PROPONENTE
(Sello Social)
Firma del Representante Legal
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DGAPP
PRESENTACIÓN: OFERTA TÉCNICA REFERENCIA: DGAPP-DAF-CCT-2021-0004
El “Sobre B” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación:
NOMBRE DEL OFERENTE/PROPONENTE
(Sello Social)
Firma del Representante Legal
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DGAPP
PRESENTACIÓN: OFERTA ECONÓMICA REFERENCIA: DGAPP-DAF-CCT-2021-0004
La apertura de sobres se realizará en presencia de un notario público, primero se apertura los sobres de Ofertas Técnicas, cumplido el plazo para la presentación de éstas, luego de evaluados se abrirán los sobres de Ofertas Económicas de aquellas ofertas que cumplan los criterios para avanzar detallados más adelante.
Los “Sobres B” quedarán bajo la custodia del Consultor Jurídico de la DGAPP, en su calidad de Asesor Legal del Comité de Compras y Contrataciones hasta la fecha de su apertura, conforme al Cronograma establecido.
En caso de que sea recibida la propuesta económica sin contar con la formalidad del sobre cerrado o sea recibida conjuntamente con la propuesta técnica, el oferente quedara inhabilitado de forma automática y no se procederá a realizar la evaluación técnica.
18. PRESENTACIÓN PROPUESTAS
Los interesados que hayan sido invitados tienen un plazo xx xxxx (10) días hábiles para presentar las ofertas acordes a los requerimientos indicados, a partir de la fecha invitación remitida inicialmente al primer grupo.
El sólo hecho de un oferente/proponente participar en la licitación implica pleno conocimiento, aceptación y sometimiento por él, por sus miembros, ejecutivos, su representante legal y equipo de profesionales propuestos, a los procedimientos, condiciones, estipulaciones y normativas, sin excepción alguna, establecidos en el presente pliego de condiciones, el cual tienen carácter jurídicamente obligatorio y vinculante.
Los terceros que no hayan sido invitados de manera directa y que estén interesados en participar, deberán dirigir una comunicación [anexa al correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx], solicitando su invitación al Director Ejecutivo de la DGAPP, a más tardar a la fecha y horario límites establecidos en el cronograma. La comunicación debe estar firmada el representante legal de la firma y tener un máximo de tres (3) páginas en las cuales se indique i) la descripción del perfil de la firma; ii) una declaración de que dispone del equipo abogados que cumplan con los perfiles requeridos; iii) una breve descripción de la experiencia de los abogados a proponer en procesos administrativos de contratación pública o en la estructuración de procesos competitivos de alianzas público-privadas; y iv) una breve descripción de la experiencia de los abogados a proponer en el sector eléctrico.
Subsecuentemente, dentro del plazo establecido en el cronograma presentado, el Director Ejecutivo de la DGAPP podrá discrecionalmente hacerle extensiva una invitación para participar en el proceso, si determina que cumple con los requerimientos previamente indicados en este mismo párrafo y estar vinculados con los objetivos de la consultoría, en cuyo caso, el que resulte invitado deberá preparar su propuesta en el plazo restante y presentarla en la fecha y horario habilitados para tales fines en el cronograma, tomando en cuenta que el plazo de los diez (10) días hábiles se mantiene corriendo para todo el proceso a partir de la invitación al primer grupo.
En el eventual escenario de que el Director Ejecutivo de la DGAPP no responda la solicitud del posible oferente, se considerará que no ha sido invitado.
No serán admitidas las solicitudes de invitación remitidas fuera del plazo habilitado para ello en el cronograma.
Sólo podrán presentar ofertas aquellas firmas que hayan recibido invitación para participar de forma escrita. En caso de depositar ofertas técnicas y económicas sin haber sido previamente invitada, las mismas no serán habilitadas para evaluación técnica.
Las propuestas sólo serán recibidas en la fecha y horario previstos en el cronograma a esos fines. Serán descartadas sin evaluar las propuestas que sean recibidas luego de pasada la hora límite de recepción.
La DGAPP descartará o inhabilitará las propuestas cuyos sobres no estuviesen debidamente cerrados, separados e identificados correctamente, según lo dispuesto en los términos de referencia.
19. PRESUPUESTO BASE Y FORMA DE REMUNERACIÓN A LA FIRMA CONSULTORA
El monto máximo para la contratación de consultoría, incluyendo los honorarios, impuestos, gastos, tasas aplicables al contrato, es de OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS DOMINICANOS CON CERO CENTAVOS (RD$8,541,000.00).
Los pagos a la propuesta seleccionada estarán atados a la entrega de los productos asociados a los hitos clave del proceso. Estos pagos serán realizados una vez los productos sean aprobados por la Subdirección de Gestión y Supervisión de Contratos de la DGAPP.
El adjudicatario deberá entregar los informes y demás productos en formato digital editable por parte del adjudicatario y el formato digital final (o impreso, según se solicite), escritos en español y presentados a la Subdirección de Gestión y Supervisión de Contratos de la DGAPP para su validación, aprobación, corrección y revisión por parte de la persona designada por la institución para tales fines, en la forma y plazo establecidos. Las aprobaciones correspondientes servirán de base para el pago del adjudicatario.
Cada pago deberá estar precedido de una factura, la cual será suministrada por el adjudicado con el correspondiente Número de Comprobante Gubernamental y/o con las formalidades típicos de este tipo de servicio para el proveedor de que se trate.
20. SUBSANACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS
Se considerará que una oferta se ajusta sustancialmente a este oficio y a los Términos de Referencia, cuando concuerda con todos los requisitos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos.
No obstante, durante la etapa de subsanación de ofertas técnicas, la DGAPP podrá solicitar al oferente la subsanación de su oferta en el plazo establecido en el
cronograma del proceso mediante correo electrónico, para que, en el plazo definido en el cronograma, corrija cualquier documentación que no haya sido presentada correctamente, siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable.
La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable.
No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la oferta para que mejore.
Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la DGAPP tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad.
La DGAPP rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente a los términos de referencia específicos. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dichos términos, posteriormente se ajuste al mismo.
21. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
CRITERIOS | PUNTAJE |
PROPUESTA TÉCNICA | 60 puntos |
Experiencia los profesionales propuestos por la firma. Para calificar este criterio se utilizará la información suministrada por la firma en su propuesta técnica, relativa a los tres especialistas del equipo clave. Las propuestas que no puedan acreditar la experiencia mínima en alguno de los ítems, tendrán una valoración xx xxxx (0) en su Evaluación Técnica y serán descalificados sin necesidad de evaluar el resto de su oferta técnica y sin proceder a la evaluación de su Oferta Económica. Asimismo, las propuestas en las que se verifique que uno o varios de sus integrantes del equipo no cumplan en algún aspecto con los requisitos exigidos en estos Términos de Referencia, tendrán una valoración xx xxxx (0) en su Evaluación Técnica y serán descalificados sin necesidad de evaluar el resto de su oferta técnica y sin proceder a la evaluación de su Oferta Económica. Para cada especialista requerido, el puntaje a asignar, en base a experiencia previa, será de la forma siguiente: | |
Especialista en alianzas público-privada: 1) 1-5 trabajos o consultas relevantes para el perfil: 7.5 puntos; 2) 6 o más trabajos o consultas relevantes para el perfil: 10 puntos. | Máximo 10 puntos |
Especialista en contratación pública: 1) 5-7 proyectos relevantes para el perfil: 10 puntos; 2) 8-10 proyectos relevantes para el perfil: 15 puntos; 3) 11 o más proyectos relevantes para el perfil: 20 puntos | Máximo 20 puntos |
Especialista en legislación o regulación eléctrica: 1) 5-7 proyectos relevantes para el perfil: 10 puntos; 2) 8-10 proyectos relevantes para el perfil: 20 puntos; 3) 11 o más proyectos relevantes para el perfil: 30 puntos | Máximo 30 puntos |
PROPUESTA ECONÓMICA | 40 puntos |
Para calcular el puntaje de la propuesta económica se utilizará la siguiente fórmula: 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑒𝑐𝑜𝑛ó𝑚𝑖𝑐𝑎 = 1 𝑃𝑚𝑖𝑛 34 × 40 2 𝑃𝑖 Donde: 𝑃𝑚𝑖𝑛: Oferta Económica mínima (en RD$) entre los oferentes cuya Propuesta Técnica cumple con los requisitos mínimos establecidos en estos Términos de Referencia. 𝑃𝑖: Oferta Económica (en RD$) del oferente cuya propuesta se está evaluando. | Máximo 40 puntos |
TOTAL | 100 PUNTOS |
22. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
Las propuestas evaluadas serán calificadas por los peritos que serán designados por la DGAPP, quienes evaluarán siguiendo los criterios de evaluación de las ofertas antes indicados y en la que se considerarán las informaciones y documentaciones solicitados en estos términos de referencia y en el oficio, de forma que se evalúen las capacidades técnicas, experiencia y propuesta económica de cada proponente.
El oferente que obtenga mayor puntuación de la sumatoria de los resultados obtenidos en la oferta técnica y en la oferta económica, según se estableció en el punto anterior, será el beneficiario de la adjudicación. En caso de empate en la puntuación final de ambas ofertas, se adjudicará al oferente que demuestre mayor nivel de especialización técnica relacionada al proyecto en proporción al valor agregado económico será la oferta ganadora. En caso de haber un empate en todos los aspectos de la evaluación tanto la técnica como la económica, se escogerá al adjudicatario de manera aleatoria.
23. RESTRICCIONES PARA LA FIRMA CONSULTORA
Queda establecido que los profesionales propuestos por la firma y la firma en sí misma que resulte seleccionado o seleccionada, quedan imposibilitados de participar, directa o indirectamente, en la elaboración y presentación de ofertas para este mismo proceso de adjudicación de contratos APP, ya sea a nombre propio, a nombre de terceros o
estén ligados a personas jurídicas que, por razones de dirección, participación accionaria o en sociedad, pueda presumirse que son una continuación o que derivan, por transformación, fusión, cesión o sucesión, o de cualquier otra forma.
Cualquier oferta que se vincule a los profesionales propuestos por la firma y/o a la firma en sí misma, será(n) descalificada(s) del proceso competitivo para adjudicar los contratos, así como las prohibiciones contenidas en el oficio.
24. DE LA GARANTÍA A SER PRESENTADA POR EL ADJUDICATARIO GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO:
El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, consistente en una Póliza de Seguros expedida por una compañía aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros para operar en la República Dominicana, siempre y cuando el contrato exceda el equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10,000.00).
Esta garantía deberá tener las condiciones de ser incondicional, irrevocable y renovable y ser presentada en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la Notificación de la Adjudicación, por el importe del cuatro por cierto (4%) del monto total del Contrato a intervenir, a disposición de la DGAPP, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato.
La no presentación del adjudicatario de la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la DGAPP, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación. El nuevo Oferente Adjudicatario deberá depositar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en los términos indicados anteriormente, y suscribirá el Contrato de acuerdo con el plazo que le será otorgado por la DGAPP, mediante comunicación formal.
La DGAPP procederá a la devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato una vez cumplido el contrato a satisfacción de la DGAPP, cuando no quede pendiente la aplicación de multa o penalidad alguna.
Los importes correspondientes esta garantía debe hacerse en la misma moneda utilizada para la presentación de la Oferta. Cualquier garantía presentada en una moneda diferente a la presentada en la Oferta será descalificada sin más trámite.