CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONEXIÓN A INTERNET (INCLUIDO EL SERVICIO EN RED ASTURCON)
CONDICIONES GENERALES
SERVICIO DE INTERNET
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONEXIÓN A INTERNET (INCLUIDO EL SERVICIO EN RED ASTURCON)
CONECTA-T SERVICIOS XX XXXXX ANCHA, S.L.
1.- OBJETO
1.1.- OBJETO.
Las presentes Condiciones Generales de Contratación disponen las obligaciones y derechos de ConectaT Servicios xx Xxxxx Ancha, S.L. con domicilio en Avd. xxx Xxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx 00, XX 00000 Xxxxx (Xxxxxxxx), y CIF X00000000 (en adelante “ConectaT”) y de sus Clientes, en ocasión de la contratación de los productos y servicios de ConectaT.
La utilización y/o la prestación de cualesquiera de los servicio de ConectaT supone la aceptación como cliente, sin reservas de ninguna clase, a todas y cada una de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
1.2.- DEFINICIÓN DE LOS SERVICIOS.
Servicio de internet: Acceso integral a Internet, a la velocidad de acceso que el cliente haya elegido en la solicitud de servicios, en caso de existir distintas modalidades en el domicilio donde el usuario causa alta.
ConectaT proporcionará al cliente una dirección IP pública. Dicha dirección quedará asociada al dispositivo habitual de conexión del cliente (habitualmente un router wifi). El cliente deberá notificar cualquier cambio del dispositivo habitual de conexión a ConectaT, de no hacerlo, ConectaT se reserva el derecho a la desconexión del nuevo dispositivo hasta que el cliente haya notificado dicho cambio.
ConectaT no proporcionará correo electrónico ni espacio Web.
1.3.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SERVICIO
Los servicios se suministran al Cliente en su calidad de usuario final de los mismos, estando prohibida cualquier actividad tendente a la reventa o comercialización del servicio suministrado.
2.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN
2.1.- ENTRADA EN VIGOR
El contrato entrará en vigor en el momento de la aceptación del mismo por el Cliente (ya fuera esta presencial mediante su firma, telemática o telefónica). El cliente faculta expresamente a ConectaT a verificar los datos, y documentos aportados por el cliente en la contratación del servicio.
La correcta cumplimentación del contrato en el que se recaban los datos personales, bancarios y oferta comercial aplicable, así como la aceptación, sin reservas, de las presentes Condiciones Generales deviene condición indispensable para la prestación del servicio por ConectaT.
En caso de imposibilidad de instalación técnica del servicio en condiciones razonables, según los criterios técnicos del personal de ConectaT en el momento de alta en la dirección de suministro, el contrato previamente firmado quedaría cancelado, por lo que la prestación del servicio y aceptación del contrato por ambas partes, queda supeditado a la posibilidad real de poder prestar el servicio en la dirección de suministro.
Por ello el cliente manifiesta haber leído, entendido y aceptado las presentes Condiciones Generales, puestas a su disposición por ConectaT con carácter previo a la contratación, y a las cuales podrá acceder, junto con las tarifas en vigor, en su página web oficial: www.conecta- x.xx.
2.2.- DURACIÓN
El contrato tendrá una duración de un (1) año, renovable de forma automática por idéntico periodo, salvo previa renuncia expresa del mismo según se establece en la cláusula séptima.
En el supuesto de que el cliente tenga intención de recibir los servicios en un domicilio distinto del determinado contractualmente, el cliente deberá firmar un nuevo acuerdo con ConectaT.
2.3.- PERMANENCIA
En la prestación del servicio de Internet bajo la Red Asturcón, existe una permanencia de 12 meses desde la fecha de instalación efectiva del servicio.
En la prestación del servicio de Internet en el resto de la red no perteneciente a Asturcón, como norma general no existe compromiso de permanencia. En casos excepcionales, como promociones especiales, si podría existir compromiso de permanencia, en cuyo caso constará de forma clara en las condiciones particulares del contrato del cliente, y estará sujeto a las condiciones de penalización del punto 3.5
3.- PRECIO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS
3.1.- PRECIO
ConectaT cobrará al cliente por la prestación de los servicios el precio de los servicios contratados, considerándose como precio las cuotas de alta, otros tipos de cuotas que pudieren predisponerse, cuotas mensuales, tarifas planas, así como cualquier otro importe, asumido por el cliente y de conformidad con las tarifas de ConectaT vigentes en cada momento.
Los precios se actualizarán anualmente, con efectos al primero de enero de cada año, con arreglo al Índice de Precios al Consumo establecido para la Comunidad Autónoma por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que asuma esa función. Dicha variación será repercutida al cliente, sin previa notificación personal.
El cliente declara de manera expresa que, con carácter previo a la contratación, ConectaT le ha informado de las tarifas aplicables al servicio contratados, informándole al mismo tiempo que puede acceder a las mismas en la dirección electrónica xxx.xxxxxxx-x.xx. A dichas tarifas les serán de aplicación los tributos vigentes en cada momento.
Cualquier modificación tarifaria, será comunicada por ConectaT al cliente con al menos quince
(15) días de antelación a la fecha de entrada en vigor. Transcurrido dicho plazo sin que ConectaT haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el cliente acepta las modificaciones.
3.2.- FACTURACIÓN
ConectaT facturará al cliente las cantidades que correspondan por el servicio contratados, según la modalidad elegida por el cliente. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los servicios contratados, los descuentos y promociones ofertados y aplicados por ConectaT, así como los impuestos que resulten legalmente aplicables.
Las facturas se remitirán en soporte electrónico a la dirección de correo electrónico facilitada a tal fin por el cliente, garantizando la autenticidad del origen y la integridad del documento. No obstante, si el cliente lo solicita expresamente la facturación se enviará en soporte papel a la última dirección indicada por este. Las facturas telemáticas tendrán los mismos efectos que las facturas en soporte papel.
El cliente se compromete a notificar a ConectaT,en el menor plazo posible, los cambios en los datos de facturación.
3.3.- FORMA DE PAGO
Las facturas deberán ser abonadas por el cliente a su vencimiento, mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente nacional que el cliente haya designado para su pago. No obstante, el cliente podrá solicitar a ConectaT la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial.
La fecha en la que se debe realizar el pago será aquella en la que la entidad de crédito en la que esté domiciliada la cuenta reciba notificación de ConectaT con el importe a abonar por el cliente.
Las facturas no abonadas en las fechas previstas por causas no imputables a la entidad de crédito, devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero según la normativa aplicable y tendrán la consideración, a todos los efectos legales, de deuda impagada, cierta, líquida, vencida y exigible.
Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro, el cliente vendrá obligado al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, sin perjuicio de las demás consecuencias y costes que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada.
ConectaT podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada en efectivo o con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo. La negativa será causa de resolución del contrato.
3.4.- DEPOSITO DE GARANTIA
ConectaT por razones justificadas podrá exigir la constitución de depósitos de garantía y/o fianzas, indicando motivo, cuantía y plazo. Se entenderá, entre otras, por razones justificadas la omisión del cliente de entregar de forma veraz los datos personales necesarios para el alta en el servicio, la existencia de cantidades impagadas por el cliente, la falta de acreditación de solvencia suficiente para atender las obligaciones del cliente establecidas en el presente documento o la existencia de un alto grado de morosidad.
La constitución de un depósito de garantía, en su caso, deberá realizarse, a elección de ConectaT, mediante transferencia bancaria a la cuenta que ConectaT le indique en su momento o mediante aval bancario sin coste alguno para ConectaT. La falta de constitución del depósito facultará a ConectaT para dar de baja al cliente o desestimar su solicitud de alta de conformidad todo ello con la normativa vigente.
3.5.- PENALIZACION POR INCUMPLIMIENTO DE PERMANENCIA
Si el cliente tiene contratado el servicio de Internet con compromiso de permanencia, y desea cancelar el servicio antes de la finalización de dicha permanencia acordada, debe hacerse cargo de la penalización correspondiente, cuyo valor será igual al importe que restaría pagar hasta cumplirse el total de permanencia en el servicio, más un importe añadido de 50 euros, impuestos indirectos incluidos.
4.- INSTALACIONES
4.1.- EQUIPOS
ConectaT entregará al cliente, en perfectas condiciones de uso, los equipos necesarios para la prestación del servicio bajo una de las siguientes modalidades:
- Régimen de compra: el dispositivo pasa a ser propiedad del cliente tras abonar la cantidad establecida junto a la primera cuota de servicio.
- Régimen de alquiler: implica una cesión de uso a favor del cliente a cambio de la contraprestación fijada, cuya duración será igual al periodo de vigencia del presente contrato.
- Régimen de cesión: implica una cesión de uso a favor del cliente durante el periodo de vigencia del contrato de forma gratuita, debiendo el cliente devolverlo al finalizar el contato.
Los precios de compra y/o alquiler dependerán del equipamiento y serán especificadas en las condiciones particulares del contrato.
El equipamiento básico a instalar para la prestación de servicios incluyen:
- Los metros de cable necesarios para la instalación.
- Las grapas o bridas necesarias para la instalación.
- Router Wifi, en régimen de xxxxxxxx, cesión o compra cuando sea solicitado por el cliente.
- Dispositivo para servicio de telefonía fija en régimen de cesión, cuando el cliente solicite dicho servicio
- Dispositivo ONT para servicio de Internet en régimen de cesión, cuando el cliente solicite el servicio de Internet dentro de la Red Asturcón
No forman parte del equipamiento a instalar el empotrado de tubos y las canaletas o tubos de superficie, que de ser necesarios o requerir su ejecución el cliente, deberán ser abonados por el mismo adicionalmente.
El régimen de alquiler implica una cesión de uso a favor del cliente, cuya duración será igual al periodo de vigencia del presente contrato. Estos equipos no podrán ser cedidos, subarrendados o entregados a terceros, debiendo el cliente mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado.
Si el cliente elige la opción de comprar los equipos, deberá abonar en el primer pago la cantidad establecida.
ConectaT tiene como responsabilidad ofrecer un único cable final/PTR con conexión a internet en el domicilio del cliente. La instalación y configuración de dispositivos conectados a este punto final no son responsabilidad ni labor del personal técnico de ConectaT, excepto los routers wifi cedidos por ConectaT en régimen de alquiler.
El cliente es responsable de los daños producidos por el uso o manipulación inadecuado o no autorizado de los equipos entregados, así como por el extravío, robo, hurto, destrucción o deterioro de los mismos, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse o reparación que tuviera que llevarse a efecto. Por ello ConectaT se reserva el derecho en estos casos de exigir al cliente una compensación económica por dichos daños en el equipamiento, por valor máximo de los importes definidos en el punto 4.5 (casos de no devolución del equipamiento).
4.2.- INSTALACIÓN
La instalación de los equipos se realizará en el domicilio indicado por el cliente y en el lugar acordado por las partes.
Será por cuenta de ConectaT la instalación de los equipos hasta el Punto de Terminación de Red (PTR), considerando como tal el punto físico en el que finaliza el cable instalado por ConectaT.
A petición del cliente se podrán realizar a su xxxxx obras instalaciones siempre que técnicamente sea posible y previa aceptación del presupuesto de la instalación adicional.
4.3.- MANTENIMIENTO Y AVERIAS
ConectaT realizará, sin coste para el cliente, el mantenimiento ordinario de los equipos entregados en alquiler durante toda la vigencia del presente contrato. No obstante, serán a cargo del cliente todos los costes y gastos ocasionados por la reparación de la instalación, materiales y/o equipos que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por personal no autorizado por ConectaT, o usados para un fin distinto del contratado.
ConectaT velará por la continua actualización de equipos o sistemas entregados, y podrá sustituirlos por otros de superior tecnología y prestaciones más avanzadas, siendo de aplicación al nuevo equipo o sistema, desde que finalice su instalación, las tarifas vigentes en dicho momento, salvo que el cliente manifieste expresamente su deseo de mantener equipos anteriores y siempre que técnicamente sea posible.
El cliente tendrá a su disposición mecanismos de comunicación de averías en los teléfonos designados para ello o a través de la dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxx-x.xx. ConectaT atenderá en un plazo máximo de 72 horas (salvo los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos) cualquier avería notificada que suponga la interrupción del servicio.
4.4.- ACCESO A LA DIRECCIÓN DE SUMINISTRO
En caso de que fuera necesario para configurar y/o activar correctamente, el realizar una instalación en el domicilio del cliente o en las zonas comunes del edificio (RITI, RITS), este deberá permitir y/o realizar las gestiones necesarias para facilitar el acceso a estas zonas del personal técnico de ConectaT o autorizado por ella. Dicha instalación podrá conllevar un coste asociado, en cuyo caso se informará previamente al cliente.
Igualmente en los casos en que fuera necesario realizar trabajos de mantenimiento, inspecciones, localización o reparación de averías, desmontaje o retirada de equipos propiedad
de ConectaT, el cliente igualmente deberá permitir el acceso del personal técnico a su domicilio o a las zonas comunes de la edificación (RITI, RITS).
Si por motivos ajenos a ConectaT, los técnicos no disponen de acceso al domicilio del cliente o a las zonas comunes de la edificación, el cliente no tendrá derecho a ningún tipo de compensación en caso de interrupción del servicio durante ese periodo de tiempo.
4.5.- DEVOLUCION DE EQUIPAMIENTO A LA FINALACIÓN DEL CONTRATO
Cuando el cliente causa baja en el servicio, por cualquiera que sea el motivo, debe proceder a devolver todo el equipamiento previamente entregado por ConectaT para la prestación del servicio. Queda excluido de devolución todo aquel equipamiento que el cliente haya adquirido en régimen de compra, y por tanto sean de su propiedad.
Las formas de devolución serán gratuitas para el usuario, pudiendo ser estas:
- Entrega del equipamiento en las oficinas de ConectaT por parte del cliente
- Recogida del equipamiento por personal de ConectaT en el domicilio del cliente, estando este obligado a indicar un horario de recogida de lunes a vienes entre las 9:00 y 19:00 horas
Si el cliente rechaza las dos opciones gratuitas anteriores, puede enviar el equipamiento mediante mensajería a las oficinas de ConectaT, con costes a cargo del propio cliente.
El equipamiento deberá ser devuelto en perfectas condiciones y con los embalajes correspondientes. En caso contrario ConectaT se reserva el derecho de reclamación de daños, cuyo importe no puede ser nunca superior a los importes fijados al de la no devolución del equipamiento.
Si tras 15 días naturales después de la baja, por cualquiera que sea el motivo, el equipamiento no ha sido devuelto, ConectaT podrá facturar al cliente los importes siguientes para cada uno de los servicios:
- Servicio de conexión a Internet (excluidos clientes de la red Asturcon): 40 euros impuestos indirectos incluidos en concepto del router en posesión del cliente en la modalidad de alquiler o cesión
- Servicio de Telefonía fija (excluidos clientes en la red Asturcon): 60 euros impuestos indirectos incluidos. Este servicio utiliza equipamiento electrónico en la modalidad de cesión únicamente, por lo que es aplicable en la totalidad de los casos de clientes que disfruten este servicio
- Servicio de conexión a Internet en la Red Asturcon: 180 euros impuestos indirectos incluidos. Este servicio utiliza equipamiento electrónico en la modalidad de cesión únicamente, por lo que es aplicable en la totalidad de los casos de clientes que disfruten este servicio
5.- CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
5.1.- CALIDAD DEL SERVICIO
ConectaT prestará el servicio conforme a los niveles de calidad establecidos en las presentes Condiciones Generales.
La calidad del servicio podría verse afectada por la ejecución de los procedimientos que ConectaT tiene dispuestos para medir y gestionar el tráfico a fin de evitar agotar o saturar el
enlace de la red. ConectaT garantiza una calidad en la conexión que permita una correcta navegación, dependiendo la velocidad de la cobertura en la zona del domicilio del cliente, y siendo siempre al menos lo legalmente exigible.
ConectaT podrá realizar cortes ocasionales del servicio de corta duración para operaciones de mantenimiento y calidad, sin que ello dé lugar a indemnización al cliente.
En los supuestos de interrupciones o perturbaciones en la prestación del servicio por causas no imputables a ConectaT, esta quedará exonerada de cuantas responsabilidades de todo tipo pudieran derivarse al respecto.
No habrá lugar a indemnización alguna por la interrupción del servicio debida a incumplimiento grave del cliente de las Condiciones Generales, por fraude, por xxxx en el pago, por daños en la red debido a la conexión por el cliente de terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo a la normativa vigente. ConectaT no responsabilizará del correcto funcionamiento de las instalaciones y aparatos propios del cliente, salvo que la venta y/o instalación de los mismos haya sido efectuada por ConectaT.
En caso de fuerza mayor o de otros hechos excepcionales ajenos a la responsabilidad de ConectaT que impidan o dificulten considerablemente el servicio, ConectaT podrá suspender el servicio de manera temporal y en ningún caso se podrá responsabilizar por reclamaciones en relación con prestaciones no realizadas debidamente o en los plazos acordados.
Se consideran “fuerza mayor”, entro otros sucesos: guerra, disturbios, rebeliones, actos de sabotaje, huelgas y otros conflictos laborales, nuevas leyes y ordenanzas, retrasos debidos a las medidas tomadas o a las acciones omitidas por un gobierno o sus autoridades, incendios, explosiones u otros hechos imprevistos, inundaciones, temporales, terremotos u otras catástrofes naturales excepcionales.
En ningún caso, ConectaT compensará por daños por pérdidas económicas, y en concreto por cualquier daño emergente o lucro cesante que el cliente pudiera sufrir en caso de interrupción o prestación deficiente de los servicios contratados.
Sin perjuicio de lo anterior, ConectaT realizará sus mayores esfuerzos para dotar de la máxima calidad a todas las comunicaciones objeto del servicio.
5.2.- USO CORRECTO DEL SERVICIO
ConectaT ofrece una conexión para uso residencial, no empresarial. El uso del servicio por parte de un cliente, cuyo consumo sea superior a 20 veces el uso medio de los clientes en ConectaT, podrá ser considerado como uso no razonable del servicio.
El cliente se obliga a hacer un uso razonable de los servicios contratados conforme a lo dispuesto en las Condiciones Generales, todo ello bajo el principio de buena fe y con respeto a la legislación vigente, a la moral, al orden público, a las buenas costumbres y a los derechos de terceros y de la propia ConectaT. El cliente respetará las restricciones de uso que para el servicio pudiera determinar ConectaT.
En caso de incumplimiento ConectaT podrá, a su exclusivo criterio y sin que dé lugar a indemnización o compensación alguna, modificar, suspender o cancelar de forma inmediata la prestación del servicio.
El cliente conoce y acepta que, con sujeción a lo previsto en la Ley, y en casos de reclamación fundada de terceros, ConectaT podrá revelar los datos personales del cliente a las autoridades policiales, administrativas y/o judiciales al objeto de que puedan ejercitar las acciones que en derecho procedan.
El cliente se obliga a no introducir, almacenar, o difundir ningún programa de ordenador, datos, virus, código, o cualquier otro instrumento o dispositivo electrónico o físico que sea susceptible de causar cualquier tipo de alteración o impedir el normal funcionamiento de los servicio de ConectaT, comprometiéndose a no ceder su uso ni a permitir el acceso a ellos de terceros, asumiendo la responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran derivarse de un uso indebido de los mismos.
Igualmente, el cliente se compromete a comunicar a ConectaT, con la mayor rapidez, cualquier riesgo de acceso al servicio por un tercero.
6.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO
6.1- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR IMPAGO
En el caso de que el cliente no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas, ConectaT podrá suspender, previo aviso y de forma temporal, la prestación del servicio.
ConectaT requerirá el pago y notificará la suspensión mediante una comunicación, que se practicará con al menos cinco (5) días de antelación a la fecha en que vaya a tener lugar la suspensión del servicio.
Para evitar la suspensión temporal o, en su caso, la interrupción definitiva del servicio, el cliente deberá justificar la presentación de reclamación ante las instancias administrativas o judiciales apropiadas y la consignación fehaciente del importe adecuado.
El servicio suspendido se restablecerá dentro del día laborable siguiente al que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho.
6.2.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO POR EL CLIENTE
El cliente tendrá derecho a la suspensión temporal de los servicios contratados por un periodo determinado que no será menor de quince (15) días ni superior a noventa (90) días por año natural, previa solicitud por el Cliente con quince (15) días hábiles de antelación en la dirección general xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-x.xx.
En caso de suspensión, se deducirá de la cuota de abono, la mitad del importe proporcional correspondiente al tiempo al que afecte.
6.3.- INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO
Cuando durante un periodo de facturación, el cliente sufra interrupciones temporales y significativas del servicio, de manera continua o discontinua, y sea superior a dos (2) días, ConectaT compensará al cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas correspondiente al mes en que se produjeron las incidencias, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
A estos efectos, se indemnizará automáticamente al cliente en la factura correspondiente al periodo inmediato al considerado, haciendo constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al cliente.
No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
- Incumplimiento grave por el cliente de las condiciones contractuales.
- Daños producidos en la red debido a la conexión por el cliente de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
- Funcionamiento defectuoso de equipos y/o dispositivos, propiedad del cliente, conectados más allá del PTR.
7.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá o resolverá por las causas previstas en estas Condiciones Generales, de acuerdo con las causas generales de extinción de las obligaciones.
El cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento, comunicándolo previamente al Servicio de Atención al Cliente de ConectaT con una antelación mínima de dos
(2) días hábiles al momento en que ha de surtir efectos.
ConectaT podrá resolver el contrato en los siguientes supuestos:
a) Cese de actividad total, o parcial de las líneas de actividad que afecten al servicio prestado
b) El retraso en el pago del Servicio por un período superior a dos meses
c) La suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por xxxx en el pago de los servicios correspondientes
d) En caso de que el Cliente no haya devuelto el Contrato debidamente firmado y cumplimentado dentro de los treinta días siguientes desde que lo hubiera recibido
e) Cuando el cliente realice actividades ilícitas, ilegales o contrarias a la buena fe y/o al orden público, así como cuando utilice el servicio contraviniendo la normativa vigente y atente contra el respeto e intimidad de las personas.
f) Acciones fraudulentas del cliente que permitan a personas ajenas a este contrato recibir los servicios objeto del mismo
g) Incumplimiento grave por parte del cliente de las obligaciones previstas en el presente contrato.
h) En los supuestos de fuerza mayor y caso fortuito.
i) Actos realizados por el cliente que puedan perjudicar el buen nombre o imagen de ConectaT
j) En caso xx xxxx en el pago del servicio, transcurridos veinte (20) días naturales desde que se hubiera producido la suspensión del servicio, previo requerimiento al cliente, concediéndole un plazo adicional xx xxxx (10) días naturales para satisfacer la deuda.
La eficacia de la resolución del contrato por cualquiera de las causas antes enunciadas tendrá lugar en la fecha en que se produzca la desconexión efectiva del servicio.
En ningún caso, la resolución del presente contrato exonerará al cliente de hacer frente al cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones, incluida la de pago, que se deriven de la utilización del servicio contratados hasta el momento en que se produzca la definitiva desconexión del servicio.
ConectaT podrá reclamar judicialmente las cantidades adeudadas, los intereses devengados, los equipos entregados propiedad de ConectaT y cuantos daños y perjuicios le sean ocasionados como consecuencia de la actuación del cliente.
Terminada la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones Contractuales, ConectaT facturará en su caso, el importe correspondiente a la parte proporcional de la última cuota mensual, en función de la fecha de efectividad de la baja.
Asimismo, a la finalización del presente contrato, el cliente se obliga a devolver el equipamiento a ConectaT, dentro de los quince días naturales siguientes a la resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4.5.
8.- RECLAMACIONES
El cliente, previa su identificación y acreditación de sus datos personales, podrá dirigirse a ConectaT a través de su Servicio de Atención al Cliente al número 985321127; al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-x.xx o por escrito al ConectaT (Avd. del Jardín Botánico 408, Oficina 14, 33.203 – Gijón - Asturias) indicando Ref.: RECLAMACIONES, o en las oficinas comerciales, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, responsabilidades por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive.
Formulada una reclamación por el cliente, si la misma no hubiese sido resuelta en un plazo de un (1) mes o si resuelta no hubiese sido resuelta satisfactoriamente, podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo, a la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones, o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
Las reclamaciones en ningún caso serán justificación para la demora en el pago de las facturas.
9.- COMUNICACIONES
9.1.- COMUNICACIONES CON EL CLIENTE
A efectos de las comunicaciones que sea preciso realizar con motivo de lo previsto en este contrato, para la ejecución y/o mantenimiento del mismo, se considerará valida la dirección de correo electrónica comunicada por el cliente en el momento de la firma del contrato.
Cualquier cambio o modificación en el correo electrónico expresado en el contrato, deberá ser comunicado a la otra parte.
9.2.- COMUNICACIONES CON CONECTA-T
El cliente, previa su identificación y acreditación de sus datos personales, podrá dirigirse a ConectaT a través de las siguientes vías:
a) Correo postal a la dirección indicada en el presente contrato con la referencia del asunto de que se trate (Baja, Reclamaciones, etc.)
b) Al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-x.xx adjuntado escrito con firma electrónica legamente válida.
10.- PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, el usuario reconoce haber sido informado de que sus datos personales serán incorporados en un fichero perteneciente a ConectaT Servicios xx Xxxxx Ancha, S.L. con el fin de prestarles los servicios solicitados.
El usuario reconoce haber sido informado de forma expresa que dicha información puede ser cedido a agentes colaboradores de ConectaT necesarios para prestar el servicio. ConectaT Servicios xx Xxxxx Ancha, S.L. adoptará, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley
Orgánica de Protección de Datos Personales, las medidas técnicas y organizativas pertinentes para garantizar la seguridad e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
En este sentido, ConectaT Servicios xx Xxxxx Ancha, S.L. manifiesta expresamente que dispone de las medidas de seguridad correspondientes establecidas por el R.D. 1720/2007, en función del nivel de seguridad aplicable a los datos a los que habrá de acceder para la prestación del servicio.
Asimismo, el usuario reconoce haber sido informado de que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por correo postal a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-x.xx
11.- SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
ConectaT se compromete a adoptar e instalar las medidas y medios técnicos exigibles por la legislación sectorial vigente en función de las infraestructuras utilizadas para garantizar el secreto de las comunicaciones en su tránsito a través de la red de ConectaT.
En concreto en lo relativo a la interceptación Legal de las comunicaciones se estará a lo dispuesto en el Capítulo II del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de Comunicaciones Electrónicas, el servicio Universal y la Protección de los Usuarios o normativa que la sustituya.
12.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
La firma del presente contrato no implicará en ningún caso la adquisición por el cliente de los derechos de propiedad intelectual o industrial relacionados con los servicios o con sus contenidos, que en todo caso se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en el presente contrato.
El cliente será el único responsable de las infracciones cometidas por él o por personas a su cargo que afecten a los derechos de otro cliente de ConectaT, o de un tercero, incluyendo los derechos referentes al copyright, marcas, patentes, información confidencial y a cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial.
13.- MODIFICACIÓN CONTRACTUAL
El presente contrato podrá ser modificado de conformidad con la legislación vigente y previa notificación escrita al cliente. En caso de que las modificaciones supongan una mejora de las condiciones contractuales o respondan a cambios regulatorios, no será de aplicación lo establecido en el art. 9.3 del Real Decreto 899/2009, de 22 xx xxxx.
Si el cliente no estuviera conforme con la modificación, podrá comunicar a ConectaT su voluntad de resolver el contrato en un plazo de treinta (30) días desde que reciba la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que ConectaT haya recibido notificación alguna, se entenderá que el cliente acepta las modificaciones.
14.- LEGISLACIÓN Y REGIMEN JURIDICO APLICABLE
14.1.- LEGISLACION APLICABLE
La relación contractual establecida entre ConectaT y el cliente se regirá en todo caso por la legislación española aplicable en el momento de la prestación del servicio correspondiente.
14.2.- JURISDICCIÓN
Para la resolución de las discrepancias que pueda plantear la interpretación de las mismas, las partes se someten a la jurisdicción y tribunales del lugar de celebración del contrato.
14.3.- RESERVA DE DERECHO
ConectaT se reserva el derecho a promover las acciones legales que estime pertinentes como consecuencia de los incumplimientos y/o infracciones dispuestas en el presente documento.
La falta de ejercicio por parte de ConectaT de cualquier acción, derecho o disposición contempladas en este documento o en los distintos pliegos de condiciones particulares o del servicio, no constituirá una renuncia a las mismas, salvo reconocimiento escrito y expreso por su parte.