PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SUMINISTRO:
C/ Bell Viste, 2 - 31200 XXXXXXX - LIZARRA
Tfno. 948 552711 - xxx.xxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SUMINISTRO:
“SUMINISTRO DE UN EQUIPO ABREBOLSAS PARA MATERIA ORGÁNICA DE ALTA CALIDAD”
XXXXXXX/LIZARRA- MARZO 2022
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
A.1 OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del contrato con Servicios de Montejurra S.A. (en adelante SMSA o Entidad Contratante) el
“SUMINISTRO DE UN EQUIPO ABREBOLSAS PARA MATERIA ORGÁNICA DE ALTA CALIDAD”
Las condiciones de suministro y las especificaciones técnicas que deben reunir el equipo están descritas en el Pliego de Condiciones Técnicas aprobado por la Entidad Contratante y adjuntado en el Anexo III.
El contrato NO se divide en lotes.
El destino del suministro es la Planta de Tratamiento de Residuos xx Xxxxxx (Carretera Cárcar-Lodosa, km. 61, 5)
CPV:
43411000-7 Máquinas y aparatos para clasificar y cribar
A.2 IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD CONTRANTE Entidad contratante: SERVICIOS DE MONTEJURRA SA. Domicilio social: xxxxx Xxxx-Xxxxx, xx 0. Xxxxxxx/Lizarra.
CIF: A 31 151848
FECHA DE APROBACION POR ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SMSA:
24 xx Xxxxx de 2022.
A.3 TIPO DE CONTRATO
Contrato de Suministro
A.4 VALOR ESTIMADO E IMPORTE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación o valor estimado del contrato asciende a 213.000.- € (DOSCIENTOS TRECE MIL EUROS), IVA excluido.
No se admitirá ninguna oferta que supere dicho importe.
✓ Serán por cuenta de la empresa adjudicataria los gastos derivados de:
-los medios de montaje
-el transporte del equipo
-la preparación de las conexiones a las redes de suministro
-la reparación de averías/desperfectos ocasionados durante el transporte/montaje
-la formación del personal de Servicios de Montejurra, S.A. en el funcionamiento del equipo instalado.
A.5 PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
De acuerdo a la Ley Xxxxx 2/2018, de 17 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC) se utilizará el PROCEDIMIENTO ABIERTO sin publicidad comunitaria recayendo la adjudicación en el licitador que haga la proposición más ventajosa de acuerdo a los criterios establecidos en el punto A.8 xxx xxxxxx y sin perjuicio del derecho de la Entidad Contratante a declararlo desierto.
A.6 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, MESA DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación es la Presidencia de la Entidad Contratante y la Mesa de Contratación estará formada por:
• Presidente: Gerente de SMSA
Suplente: Responsable de la Planta de tratamiento de residuos xx Xxxxxx
• Vocal: Director de Producción de SMSA Suplente: Técnic@ de residuos de SMSA
• Vocal: Director Económico de SMSA Suplente: Contable
• Secretaria: Secretaria Tca. de SMSA Suplente: Directora RRHH.
El responsable del contrato será el Director de Producción de SMSA, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
A.7 ACREDITACIÓN Y UMBRALES DE SOLVENCIA EXIGIDOS
A.7.1 CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA:
Declaración en la que se especifique el volumen anual de negocios global de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles, que deberá ser por lo menos 1.5 veces el precio del contrato.
A.7.2 CRITERIOS DE SOLVENCIA TÉCNICA:
-Relación de los principales suministros efectuados durante los últimos tres años acompañada de certificado de buena ejecución de, al menos, dos equipos suministrados en el citado periodo de características similares al que es objeto del contrato en cuanto a características técnicas, equipamiento y cuantía económica.
-Certificado oficial de calidad que acredite la conformidad de los bienes suministrados mediante referencia a especificaciones o normas.
A.8 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición y no se admitirá la presentación de variantes o alternativas. La infracción de esta condición supondrá la exclusión de todas las ofertas presentadas.
Las solicitudes se presentarán por medio de la plataforma de licitación xx Xxxxxxx (PLENA) y en la forma establecida en la misma. No se admitirán ofertas ni documentación de los contratistas por otra vía o canal de comunicación.
Sin perjuicio de lo anterior, se admitirá la presentación de propuestas por los medios habituales de comunicación administrativa en el supuesto de que por deficiencias exclusivamente imputables a este poder adjudicador resulte imposible la presentación por la Plataforma PLENA. En este caso se presentará la documentación en tres sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: “SUMINISTRO DE UN EQUIPO ABREBOLSAS PARA MATERIA ORGÁNICA DE ALTA CALIDAD”, los datos
del licitador (nombre, dirección, e-mail, teléfono) así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:
• Sobre A: documentación administrativa
• Sobre B: proposición no valorable automáticamente
• Sobre C: proposición valorable automáticamente
A.8.1 SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Contendrá la siguiente documentación:
• Declaración responsable: Conforme al Anexo I y firmada por persona debidamente apoderada. Caso de ser empresas que concurran conjuntamente la declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
• Cuando se prevea la constitución de una unión de empresas de carácter temporal, se aportará el compromiso de constituirla en caso de resultar adjudicatarias.
• Cuando dos o más personas físicas o jurídicas participen de forma conjunta, se aportará un documento privado en el que se manifieste esta voluntad, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo.
A.8.2 SOBRE B: PROPOSICIÓN NO VALORABLE AUTOMÁTICAMENTE
Contendrá la propuesta técnica, que incluirá:
• Toda la documentación necesaria que permita comprobar el cumplimiento de las características exigidas en el Anexo III, o bien reflejar el cumplimiento íntegro de las mismas de modo explícito.
• La documentación necesaria que permita realizar la valoración de los criterios no valorables automáticamente de acuerdo a los criterios de valoración del punto A.9.1.
• También, el Anexo IV debidamente cumplimentado (la presentación de la documentación anterior no exime de cumplimentar esta ANEXO).
• Las fichas técnicas y/o planos necesarios para definir sus características.
• No se valorará ningún atributo, aspecto técnico o mejora que no esté claramente diferenciado y detallado en la oferta. Es decir, no se tendrá en cuenta la información contenida en catálogos, folletos publicitarios, etc. aportados por el licitante.
La inclusión en los sobres A o B de información relativa a la oferta económica, los criterios sociales o la garantía, dará lugar a la exclusión de la empresa de esta licitación.
A.8.3 SOBRE C: PROPOSICIÓN VALORABLE AUTOMÁTICAMENTE.
Contendrá la siguiente información conforme el Xxxxx XX y deberá ser firmada por una persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición será única a nombre de todas las empresas.
• Proposición económica
• Criterios sociales
• Otros criterios valorables automáticamente
La inclusión de información referente a la proposición valorable automáticamente en el Sobre A) o
B) dará lugar a la exclusión de la empresa en esta licitación.
A.9 CRITERIOS DE VALORACIÓN:
A.9.1 CRITERIOS NO VALORABLES AUTOMÁTICAMENTE (Sobre B). HASTA 40 PUNTOS
PROPUESTA TÉCNICA:
- Hasta 20 puntos: se valorará la idoneidad del equipo ofertado y el grado en que se adapte al objeto del contrato expuesto en este condicionado considerándose aspectos como la justificación de la apertura de la bolsa, el modo de carga del material o la adaptación y enlace con la actual instalación de pretratamiento.
- Hasta 20 puntos: se valorará la calidad de los materiales empleados en la fabricación del equipo, su resistencia y vida útil garantizada
Cada uno de los conceptos se valorará conforme a la siguiente calificación y se ponderará según el baremo anterior, redondeando al entero más próximo:
o Óptimo: 5 puntos
o Muy bien: 4 puntos
o Bien: 3 puntos
o Normal: 2 puntos
o Deficiente: 1 puntos
o Muy deficiente: 0 puntos
A.9.2 CRITERIOS VALORABLES AUTOMÁTICAMENTE (Sobre C). HASTA 60 PUNTOS.
OFERTA ECONÓMICA: HASTA 30 PUNTOS
La puntuación de la oferta económica se obtendrá en base a la siguiente fórmula:
a) Si bm ≤ 25 🡪 Pe = (b/25) * P
b) Si bm > 25 🡪 Pe = (b/bm) * P
Se definen:
Plic: presupuesto de licitación (IVA excluido) = 213.000 Euros (IVA excluido)
O: oferta económica (IVA excluido)
b: baja de la oferta en % 🡪 b = 100 * (Plic – O) / Plic bm: baja máxima en %
P: Puntuación máxima = 30
Pe: Puntuación oferta económica
CRITERIOS SOCIALES: HASTA 10 PUNTOS
Se valorará con 10 puntos el compromiso de impartir formación en materia de seguridad y manipulación de los equipos y herramientas a los empleados afectos a la ejecución del contrato. La puntuación se asignará a razón de 2 puntos por cada hora de formación, con un máximo de 10 puntos. Ver Anexo II.
OTROS CRITERIOS VALORABLES AUTOMÁTICAMENTE: HASTA 20 PUNTOS
Se valorarán los siguientes criterios:
Ampliación del plazo de garantía | 8 |
Reducción del plazo de entrega | 12 |
Mediante asignación de las siguientes puntuaciones:
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA | Hasta 8 puntos |
3 años | 2 |
4 años | 5 |
5 años | 8 |
PLAZO DE ENTREGA: | Hasta 12 puntos |
La puntuación se adjudicará de acuerdo al siguiente criterio: 1,5 puntos por cada semana de reducción del plazo de entrega con un máximo de doce puntos. |
OFERTA ANORMALMENTE BAJA
Podrá presumirse que una oferta es anormalmente baja cuando su precio sea inferior al 65% del precio de licitación. Es decir que su baja es superior al 35%. En este caso se procederá según lo dispuesto en la LFC, respecto al procedimiento y consideraciones a seguir para resolver la admisibilidad o rechazo de dicha oferta.
Cuando en un procedimiento de licitación se presente una oferta anormalmente baja respecto de las prestaciones del contrato que haga presumir que no va ser cumplida regularmente, la Entidad Contratante antes de rechazar la oferta comunicará dicha circunstancia a todos los licitadores afectados para que en el plazo de cinco días presenten las alegaciones oportunas.
A la vista de las alegaciones de los licitadores y previo el asesoramiento técnico oportuno se resolverá motivadamente sobre la admisión de la oferta, pudiendo solicitarse un informe de la Junta de Contratación Pública en circunstancias excepcionales.
En el caso de que finalmente se aceptara una oferta con una baja (B) inferior a la baja anormalmente baja, la puntuación (Pe) que se le otorgaría sería la puntuación máxima (P) establecida en el punto A.9.2.
A.10 DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La entidad o persona adjudicataria deberá presentar:
• En el caso de que se trate de una Unión Temporal de Empresas deberán presentar las escrituras de constitución de la misma, cuya duración deberá ser coincidente con la del contrato hasta su extinción, y CIF de dicha unión.
• Seguro de responsabilidad civil. La entidad/persona adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros, incluyendo a MANCOMUNIDAD DE MONTEJURRA y SMSA, como consecuencia de la prestación del contrato.
La entidad/persona adjudicataria contratará y mantendrá en vigor una póliza de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 600.000,00 € incluyendo la Responsabilidad Civil de Explotación, Productos (tanto de Mancomunidad de Montejurra como de SMSA) y Empleados de ambas entidades, terceros frente a la entidad adjudicataria.
Para ello, deberá presentar antes de la prestación del servicio, y en cada uno de los vencimientos que se produzcan durante la realización de este contrato, un certificado de la compañía aseguradora que acredite la vigencia de dicha póliza y de estar al corriente de pago.
La responsabilidad de la entidad/persona adjudicataria en ningún caso quedará condicionada por el límite máximo de indemnización, de las franquicias, exclusiones o limitaciones que establezca el contrato suscrito con su compañía de seguros
• Garantía definitiva mediante aval. 4% del importe de adjudicación del contrato.
A.11 LUGAR DE ENTREGA Y PLAZO DE ENTREGA
A.11.1 LUGAR DE ENTREGA
La maquinaria deberá ser puesta a disposición de la entidad contratante en perfectas condiciones de funcionamiento inmediato en la Planta de tratamiento de residuos xx Xxxxxx.
A.11.2 PLAZO DE ENTREGA
El plazo máximo de entrega será de 28 semanas, contados a partir del día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
La entrega no se considerará realizada hasta la puesta en marcha del equipo y la obtención de un resultado satisfactorio tras el ensayo de eficiencia de apertura a que hace referencia el apartado 6 del Anexo III.
A.12 PRUEBAS DE GARANTIA, RECEPCION Y PLAZO DE GARANTÍA
A.12.1 PRUEBAS DE GARANTIA
La entidad o persona adjudicataria deberá realizar las pruebas de garantías una vez entregado el suministro en el lugar establecido por la Entidad Contratante.
Estas pruebas consistirán en:
• Inspección visual y calidad superficial: Observación de presentación y acabados de los distintos elementos, que deberá resultar satisfactorio.
• Comprobación de cumplimiento de todos los requisitos técnicos exigidos y ofertados.
• Inspección de la documentación para comprobación de garantías de calidad.
• Comprobación de que la funcionalidad general del equipo coincide con los requerimientos técnicos xxx xxxxxx de condiciones mediante el ensayo contemplado en el ANEXO III.
A.12.2 RECEPCION DEL SUMINISTRO:
La recepción del suministro tendrá lugar una vez superadas las pruebas de garantía y entregada toda la documentación requerida en este pliego.
El plazo de garantía comienza cuando el suministro completo se haya recepcionado.
A.12.3 PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía exigido será de dos años, contado a partir de la recepción.
Hasta que se cumpla el plazo de garantía, la entidad o persona adjudicataria responderá de los bienes o productos suministrados, sin que sea eximente que en el acta de recepción no figure observación o disconformidad alguna, con la excepción de aquellos defectos, imperfecciones o anomalías que sean apreciables inmediatamente a simple vista.
Si durante el periodo de garantía se constatase la existencia de vicios, defectos o imperfecciones en los bienes o productos suministrados se exigirá al proveedor la reposición de los elementos que resulten inadecuados o, en los casos en que sea procedente, la reparación de los mismos, siempre y cuando se garantice la equivalencia del elemento reparado con los suministrados a los que no se les ha efectuado reparo alguno.
La entidad contratante podrá ejecutar directamente la responsabilidad incurrida por la entidad o persona adjudicataria, con cargo a la garantía depositada.
Se valora la ampliación del plazo de garantía tal como se refleja en el apartado correspondiente a los criterios de valoración.
A.13 SUBCONTRATACIÓN
En el caso de que la subcontratación no se haya anunciado en el momento de acreditar la solvencia técnica, el contrato deberá ser ejecutado directamente por la entidad o persona adjudicataria, sin que éste pueda concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que la Entidad Contratante lo autorice expresamente con carácter previo y por escrito, respetando los requisitos establecidos en el artículo 107 de la LFC.
En este caso, las entidades o personas subcontratadas no podrán estar incursos en causa de exclusión para contratar con la administración y deberán reunir los requisitos de solvencia económica y técnica adecuados a la prestación objeto de subcontratación.
La entidad o persona adjudicataria será la única responsable del correcto cumplimiento del contrato ante la Entidad Contratante, siendo el único obligado ante las entidades o personas subcontratadas.
A.14 REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato no estará sujeto a revisión de precios.
A.15 FACTURACIÓN
La factura relativa al suministro podrá enviarse después de haber superado las pruebas de garantías y haber enviado la documentación requerida y en todo caso antes del 15 de noviembre de 2022.
A.16 PENALIDADES
Podrán ser objeto de penalización:
• El incumplimiento del plazo de entrega de todos los módulos. Se establece una penalización de 50 € por día natural de retraso en el cumplimiento del contrato, con independencia del número de módulos prefabricados que no hayan sido entregados en plazo.
• El incumplimiento de los compromisos adquiridos en criterios sociales se considerará incumplimiento grave y dará lugar a la imposición de una penalidad por un importe que puede ir desde el 1 al 5 % del importe de adjudicación del contrato.
A.17 PROTECCIÓN DE DATOS
La entidad o persona adjudicataria deberá contemplar todos los aspectos legales e implicaciones relacionados con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), así como con el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o cualquier otra disposición que viniera a sustituir o complementar a las anteriores y que pudiera afectar a los trabajos contratados.
A.18 CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES ESENCIALES
La entidad o persona adjudicataria deberá ejecutar el contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
A.19 RÉGIMEN JURÍDICO
Por tratarse de un contrato a celebrar por entidad señalada en el apartado e) del artículo 4.1. de la Ley Xxxxx 2/2018, de 17 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC), a este contrato le es de aplicación dicha ley en lo que se refiere a su preparación, adjudicación, condiciones especiales de ejecución, modificación y subcontratación siendo sus efectos y extinción regidos por el Derecho civil o mercantil.
La participación en la presente licitación implica la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución hasta la finalización.
A.20 REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
Que la oferta económica deberá ser adecuada para que la entidad o persona adjudicataria haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
El incumplimiento de lo dispuesto anteriormente tendrá carácter muy grave, correspondiéndole una penalización de hasta el 20 % del importe de adjudicación del contrato.
A.21 CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA
Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx.
A.21.1 Solvencia económica y financiera:
Cada persona licitadora deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.8.1. xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente a la persona licitadora a cuyo favor recaiga la
propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto
A.7.1. xxx xxxxxx.
A.21.2 Solvencia técnica:
Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.8.1. xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.7.2. xxx xxxxxx.
Conforme al artículo 18 de la LFC, las personas licitadoras podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Así mismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
A.22 LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las empresas que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas en el plazo que se indicará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de contratación xx Xxxxxxx.
Las ofertas se presentarán por medio del Portal PLENA, en forma telemática. No se admitirá en ningún caso ofertas presentadas por otras vías o formas, de conformidad con lo previsto en la Ley Xxxxx de Contratos.
Las personas interesadas podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del contrato, con una antelación mínima de 6 días naturales a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas a través de la Plataforma de Licitación PLENA. Las contestaciones serán enviadas al interesado directamente y publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
A.23 CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1.
Si la Mesa de Contratación/Unidad Gestora observara que la documentación fuera incompleta u ofreciese alguna duda, podrá conceder un plazo de entre 5 y 10 días naturales para que el licitador lo subsane.
La solicitud de subsanación de documentación se comunicará al correo electrónico indicado por las personas licitadoras en la declaración responsable o en el DEUC.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se rechazará la proposición.
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
A.24 APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora, en acto público a celebrar en el lugar y día que se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación presentada por las personas licitadoras en el sobre 1 indicando, en su caso, aquéllas excluidas y las causas de su exclusión.
A continuación, se procederá a la apertura del sobre Proposición Económica/Proposición valorable Automáticamente, salvo el de aquellas ofertas que hayan sido excluidas.
Seguidamente se dará lectura de las proposiciones formuladas en ellos.
A continuación, se procederá a la apreciación del carácter desproporcionado o anormal de las mismas, tomando como referencia únicamente las ofertas admitidas.
Cuando se identifique alguna oferta anormalmente baja que haga presumir que no va a ser cumplida regularmente, antes de rechazar la oferta la Mesa/Unidad Gestora comunicará dicha circunstancia al licitador/licitadores que la hubiere presentado, conforme a lo previsto en el artículo 98 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Si se considera finalmente que la oferta presenta valores anormales que no garantizan la correcta ejecución o viabilidad del contrato, deberá ser excluida de la licitación. La exclusión de la oferta anormalmente baja no dará lugar a un nuevo cálculo de ofertas anormales, ni se tomará en consideración a la hora de asignar la puntuación económica.
En consecuencia, la puntuación de la oferta económica se realizará en acto interno tomando como referencia todas las proposiciones económicas admitidas y se levantará el Acta correspondiente con la propuesta de adjudicación.
Si se produjera empate en la puntuación entre dos o más licitadores, tal y como establece el art. 99 de la LFC, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad, siempre que la empresa o profesional tenga en plantilla un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad en el momento de acreditar su solvencia; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que
éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
A tal efecto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación, el licitador propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a. Documentación acreditativa de la personalidad:
• Si la persona licitadora fuera física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
• Si fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
• Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre de la persona licitadora y del DNI de la persona apoderada. Si la persona licitadora fuera jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
• De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a esta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.
b. Obligaciones tributarias
• Alta y último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
c. Certificado expedido por la seguridad social
acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
d. Capacidad y solvencia:
El licitador deberá aportar la documentación detallada en el punto A.7. xxx xxxxxx.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar un expediente de prohibición para contratar con la Entidad Contratante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 j) y 23 de la LFC.
En este supuesto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor de la personal licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación prevista en este punto en el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
La solicitud de la documentación necesaria para efectuar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación se comunicará al correo electrónico indicado por las personas licitadoras en la declaración responsable o en el DEUC.
A.25 ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación resolverá la adjudicación, pudiendo declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada.
El plazo para acordar la adjudicación será de 1 mes desde el acto de apertura de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a la licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
La adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 15 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación, cuando el procedimiento de adjudicación utilizado e indicado en el punto A.6 xxx xxxxxx, sea el abierto superior al umbral comunitario.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación utilizado sea el inferior al umbral comunitario, la adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación por medios electrónicos, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación.
Transcurrido el plazo de suspensión y en el plazo máximo de 15 días naturales se formalizará el contrato previa presentación por la entidad o persona adjudicataria de la documentación que se indica en el punto A.11 xxx xxxxxx.
A.26 GARANTÍAS
Las garantías que se exijan en el presente procedimiento podrán constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 70 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos xx Xxxxxxx.
En el caso de que se exija garantía provisional estará afecta a la obligación de formalizar el contrato en el plazo establecido.
La garantía definitiva quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades, así como a
la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
A.27 RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y serán por cuenta de éste las pérdidas, xxxxxxx o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
Serán imputables a la entidad o persona adjudicataria los daños y perjuicios que se causen con motivo de la ejecución de este contrato, con excepción de los que sean consecuencia de una orden inmediata y directa de la Entidad Contratante.
A.28 CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 54 de la LFC, se informa a las empresas licitadoras que la documentación que aporten a la licitación tendrá “carácter de confidencial” en el caso de que la hayan designado como tal. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal, adjuntando un índice con los apartados de la documentación que se consideran confidenciales, sin que sean admisibles declaraciones genéricas que afecten a la totalidad de la oferta.
Igualmente, al amparo del artículo 54, la Entidad Contratante exigirá a la empresa adjudicataria obligación de guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
A.29 APLICACIÓN DE PENALIDADES
Si la entidad o persona adjudicataria incurriera en el incumplimiento de obligaciones que conlleve la aplicación de penalidades, la entidad adjudicadora, previa motivación en la que conste el incumplimiento detectado, y una vez ofrecida audiencia al interesado durante un plazo mínimo de 10 días naturales, podrá imponer las penalizaciones que se hayan indicado en el pliego.
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los pagos pendientes la entidad o persona adjudicataria, así como de las garantías en los casos en que excedieran del importe de aquellos.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización a la entidad adjudicadora como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la demora culpable de la entidad o persona adjudicataria.
A.30 PAGO
El pago se efectuará a 30 días desde la fecha de factura, que deberá ser anterior al 15 de noviembre de 2022.
Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo.
La factura será remitida por correo ordinario a la dirección xxxxx Xxxx-Xxxxx, 0 xx Xxxxxxx - Xxxxxxx
A.31 CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato solo podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la entidad contratante, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 108 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y siempre que ello no implique otras modificaciones sustanciales del contrato o tenga por objeto eludir la aplicación de la Ley Xxxxx o restringir de forma efectiva la competencia en el mercado.
A.32 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Este contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
b. La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de la Administración para la ejecución del mismo.
c. El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista, siempre que no concurra otra causa de resolución imputable al contratista y razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d. La falta de constitución de garantías cuando éstas sean obligatorias.
e. La falta de ejecución en plazo cuando este tenga carácter esencial.
f. Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
g. El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 de la LFC.
h. La demora en el pago por parte de SMSA durante más de 8 meses cuando lo solicite el contratista.
i. El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores y trabajadoras que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento grave de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor para estos trabajadores y trabajadoras también durante la ejecución del contrato.
j. El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
k. El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores y trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
l. Las que se establezcan expresamente en el contrato.
m. Las demás señaladas en la LFC para cada tipo de contrato.
A.33 EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cuando la resolución del contrato obedezca a mutuo acuerdo los derechos de las partes se acomodarán a lo estipulado.
El incumplimiento de las obligaciones del contrato por parte de la entidad adjudicadora determinará, con carácter general, el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen al contratista.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, este deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a la entidad contratante, lo que se determinará en resolución motivada atendiendo a la existencia, entre otros factores, de un retraso en la inversión proyectada o en la prestación del servicio a terceros o al público en general y los mayores gastos que se imputen a los fondos públicos. Cuando se hayan constituido garantías para el cumplimiento de obligaciones, éstas serán incautadas en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado. Si éstas resultasen insuficientes la Entidad Contratante podrá detraer los importes correspondientes de las cantidades de pago pendientes al contratista.
Si la resolución del contrato se produce por incumplimiento de las condiciones de ejecución del contrato dará lugar al inicio del expediente para declarar la prohibición de contratar de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1.m) de esta ley xxxxx. En este caso el plazo de duración de la prohibición será de cinco años.
Acordada la resolución del contrato, la Administración correspondiente podrá adjudicar lo que reste del mismo a la empresa o profesional que en la licitación quedó en segundo lugar, y, en caso de renuncia de esta, a quienes la siguieron en el orden de clasificación.
A.34 JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra los actos que se aprueben en relación con la preparación, adjudicación y, en su caso, con la modificación de este contrato podrá interponerse, la reclamación en materia de contratación pública establecida en los artículos 121 y siguientes de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo o el recurso ante el presidente de la Entidad Contratante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.5 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre los efectos y extinción de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos podrán ser recurridos ante el Presidente de la Entidad Contratante, mediante el recurso citado en el apartado anterior o, directamente ante la jurisdicción civil, de conformidad con las normas procesales de esta jurisdicción.
A.35 INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
Los datos facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de la Entidad Contratante, con la única finalidad del mantenimiento de la relación contractual derivada de la adjudicación de este contrato. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento
de sus datos, dirigiendo un escrito al “Registro” de la Entidad Contratante, sito en la xxxxx Xxxx-Xxxxx, 0 xx Xxxxxxx-Xxxxxxx; o en el e-mail xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre: |
NIF: |
Domicilio: |
E-mail para notificaciones: |
Teléfono de contacto: |
Enterado xxx xxxxxx regulador para la contratación de: “SUMINISTRO DE UN EQUIPO ABREBOLSAS PARA MATERIA ORGÁNICA DE ALTA CALIDAD”,
DECLARA:
Que reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar exigidos en la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos, y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como los exigidos por el presente pliego.
Que no presenta a licitación más de una oferta, ni en su nombre ni mediante empresas vinculadas, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 20 de la Ley Xxxxx de Contratos.
Que no está incurso en causa de prohibición para contratar y se encuentra al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, de los tributos correspondientes a la Hacienda Xxxxx xx Xxxxxxx o aquélla en la que figure el domicilio social y en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Que cumple los criterios de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos en el pliego.
Que en el caso de resultar adjudicatario ejecutará el contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
Que la dirección de correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios
telemáticos es………………………………………………….
En su caso, que declara como documentación confidencial la siguiente , por las siguiente
razones:………………
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en ...................... a …… de de 202.
Firma
ANEXO II. PROPOSICIÓN VALORABLE AUTOMÁTICAMENTE
Nombre: | |
NIF: | en representación de la empresa: |
Nombre: | |
NIF: | |
Domicilio: |
enterado xxx xxxxxx regulador para la contratación de: “SUMINISTRO DE UN EQUIPO ABREBOLSAS PARA MATERIA ORGÁNICA DE ALTA CALIDAD” se compromete a su suministro de acuerdo al pliego, a su oferta y a lo establecido en el contrato, al siguiente importe IVA excluido, en letra y cifra:
A OFERTA ECONÓMICA:
En caso de discrepancia entre las cantidades en letra y las cantidades en cifra, prevalecerán las cantidades en letra.
Objeto | Importe en Euros (IVA excluido) (letra) | Importe (cifra) |
EQUIPO ABREBOLSAS |
B CRITERIOS SOCIALES
Compromiso de impartir formación en materia de seguridad y manipulación de los equipos y herramientas | SI o NO / Nº Horas …… / …… |
C OTROS CRITERIOS VALORABLES AUTOMÁTICAMENTE
ASPECTO | OFERTA |
PLAZO DE ENTREGA | |
PLAZO DE GARANTÍA |
, a de de 20
Firma
ANEXO III. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
ANTECEDENTES:
En la actualidad se dispone de un pretratamiento para la materia orgánica que consiste en un abrebolsas, trómel y separador balístico. Este sistema es correcto para un residuo con un porcentaje de impropios entre el 10% y el 50%. Sin embargo, para bolsas pequeñas de materia orgánica con un porcentaje de impropios inferior al 10%, la apertura de bolsas es deficiente y se pierde gran cantidad de materia orgánica en el pretratamiento.
Por ello, se desea reconfigurar el pretratamiento de materia orgánica para aquellas entradas con una recogida de alta calidad. Se aporta en el Anejo I fotografías del proceso actual, así como del material a tratar.
DESCRIPCIÓN:
Se prevé la compra de un equipo abre-bolsas para bolsas pequeñas de materia orgánica de alta calidad.
Deberá ser capaz de abrir bolsas de cualquier tamaño y en especial las de tamaño reducido de difícil apertura. No triturará el material, sino que sólo abrirá las bolsas lo cual facilitará su posterior separación y aumentará los actuales índices de recuperación.
Tipo de residuo: Materia Orgánica de alta calidad (<10% impropios) Producción: 15t/h
Densidad: 0,5 – 0,7 t/m3
Se deberá asegurar una eficiencia de apertura superior al 95% con bolsas de 10 litros. Una bolsa se considera abierta cuando su contenido ha sido vaciado en el proceso posterior. También será considerada una bolsa abierta cuando al menos unos de los agujeros sean del tamaño de la abertura de una bolsa no utilizada.
En principio se propone el siguiente esquema para el nuevo equipo abrebolsas. Sin embargo, se podrán proponer otros esquemas de proceso previos a la introducción del material a los silos de fermentación.
Esquema de proceso: | Cinta | |
a silos | ||
Cinta transportadora nueva | ||
(exist | ||
Nuevo Abre-bolsas | ente) | |
PROCESO NUEVO
CARACTERISTICAS GENERALES:
1. Componentes
El equipo deberá disponer de los siguientes componentes:
- Tolva de alimentación
- Tambor y contra peine o tambores de rotación con elementos xx xxxxx o rasgadores.
- Sistema de accionamiento
- Sistema de control eléctrico
- Cinta transportadora del material obtenido al siguiente proceso existente (trómel)
- Instalación eléctrica
2. Transporte y puesta en marcha
Se incluirá el transporte, montaje, puesta en marcha y formación del personal.
El montaje y la puesta en marcha se realizará con los medios necesarios, grúas incluidas, bajo responsabilidad de la empresa contratada. Se entregará el plan de seguridad y salud para montaje antes de comenzar el mismo. Se verificará y aceptará el plano de formas de la obra civil correspondiente al emplazamiento de las máquinas y estructuras, previamente a la iniciación del montaje. Una vez finalizado el montaje, se procederá a la realización de pruebas en vacío con verificación de velocidades, consumos, rozamientos, vibraciones, calentamientos anormales, etc. una vez realizadas las pruebas en vacío
Antes de la entrega, la máquina se habrá montado completamente y se habrá llevado a cabo un exhaustivo ensayo de eficiencia de apertura de bolsas. La máquina se entregará completamente montada y lista para funcionar.
3. Instalación eléctrica
Se alimentará cada uno de los nuevos equipos con una línea independiente desde el cuadro de control, integrado en este los elementos de seguridad, mando y protección necesarios.
Tanto las nuevas líneas como las líneas eléctricas que se modifiquen tendrán secciones adecuadas a sus consumos y se instalarán de la misma forma que las existentes, manguera por bandeja tipo regiband y conexiones a cuadro y elementos con manguera bajo tubo xx xxxxx flexible.
Todo el sistema de mando y control se integrará en el autómata existente, modificando la programación del mismo y quedando de una forma similar al funcionamiento actual
Así mismo, se integrarán tanto los nuevos equipos como las modificaciones que puedan realizarse en los existentes, en los autómatas y con la programación actual del sistema, tanto en las maniobras de marcha-paro como los elementos de seguridad y paradas de emergencia.
4. Plazo de entrega
El plazo de entrega máximo será de 28 semanas desde la firma del contrato.
5. Garantía
Se deberá ofrecer un periodo de garantía de un mínimo de dos años.
6. Ensayo de eficiencia de apertura de bolsas
El ensayo al que hace referencia el apartado 2 se realizará previo a la entrega de la máquina. Se deberá comprobar la eficiencia de apertura de bolsas indicada.
7. Visita a Planta
Se establecerá una jornada de visita a la Planta durante el periodo de presentación de ofertas con los licitadores que lo soliciten.
FOTOGRAFÍAS SITUACIÓN ACTUAL:
ANEXO IV: CRITERIOS CUALITATIVOS NO VALORABLES AUTOMÁTICAMENTE
ASPECTO | OFERTA |
IDONEIDAD TÉCNICA: | JUSTIFICACIÓN APERTURA DE BOLSA: |
MODO DE CARGA DEL MATERIAL: | |
CONEXIÓN A LA ACTUAL INSTALACIÓN DE PRETRATAMIENTO: | |
OTROS ASPECTOS: | |
CALIDAD DE LOS MATERIALES: |
(FECHA Y FIRMA)