CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA
Entre la
REPÚBLICA ARGENTINA
y la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Primera Operación Individual
bajo la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) para el el Programa de Integración Social y Urbana en la Provincia Buenos Aires
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Celebrado en la [Ciudad de Buenos Aires], a los [ ] días del mes de [ ] del año [ ], entre la REPÚBLICA ARGENTINA, representada en este acto por el señor Secretario de Asuntos Estratégicos de Presidencia de la Nación, Doctor Xxxxxxx Xxxxxxx XXXXX , en adelante denominado el “Garante”, y la Provincia de BUENOS AIRES, representada en este acto por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia, Licenciado Xxxxx Xxxxx XXXXX, en adelante denominado el “Prestatario” y junto con el Garante las “Partes”.
ANTECEDENTES
De conformidad con el correspondiente Contrato xx Xxxxxxxx No. 4823/OC-AR en adelante denominado “Contrato xx Xxxxxxxx”, celebrado enla Ciudad de Buenos Aires., Argentina, entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO en adelante denominado el “Banco” y el Prestatario, el Banco acordó otorgar a éste último un préstamo por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (USD 100.000.000), para el
financiamiento del “Programa de Integración Social y Urbana en el Gran Buenos Aires” (el “Programa”), siempre que el Garante afiance las obligaciones de pago estipuladas en el Contrato xx Xxxxxxxx.
El Programa tiene como objetivo general contribuir a mejorar las condiciones de vida de la población de las villas, asentamientos precarios y conjuntos habitacionales de la Provincia de Buenos Aires (PBA) a través de intervenciones de integración social y urbana.
El Garante convino en garantizar las obligaciones de pago contraídas por el Prestatario en el referido Contrato xx Xxxxxxxx, de acuerdo con el Contrato de Garantía celebrado [en esta misma fecha y lugar], entre la República Argentina y el Banco.
POR ELLO, Y EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, LAS PARTES CONTRATANTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1°.- El Prestatario se compromete a cancelar en efectivo, cualquier importe debido en virtud de lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxxx y el Contrato de Garantía, en los plazos previstos en el referido Contrato xx Xxxxxxxx.
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En el caso en que el Prestatario no cumpla con las obligaciones de pago indicadas en el párrafo precedente, y a fin de garantizar la atención de los compromisos financieros asumidos en virtud de lo establecido en el presente Contrato de Contragarantía, el Prestatario autoriza de manera irrevocable al Garante, para que instruya al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para que éste retenga los fondos pertenecientes al Prestatario correspondientes al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos – Ley N° 23.548 y sus modificatorias o el régimen que lo sustituya, por hasta los montos que sean suficientes para atender las obligaciones de pago referidas en el párrafo anterior, y que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA proceda a acreditarlos en la cuenta según los requerimientos que le indique el Garante a tal efecto. En este sentido, el Garante incluirá en dicha instrucción el monto a transferir denominado en PESOS ARGENTINOS. Dicho monto en PESOS ARGENTINOS será calculado tomando el tipo de cambio vendedor que fija el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA al cierre de las operaciones del día anterior a la fecha de la instrucción que envíe el Garante.
Toda vez que en la fecha de pago de las sumas adeudadas, el monto de coparticipación retenido no sea suficiente para cancelar el total de las obligaciones de pago debidas al Banco y que sea necesario que el Garante desembolse suma alguna a dichos efectos para cancelar la totalidad de las sumas debidas, el Garante recuperará las sumas de la coparticipación del Prestatario en el plazo inmediato posterior con más un interés aplicable que será el mismo que se ha acordado en el Contrato xx Xxxxxxxx.
ARTÍCULO 2°.- El Prestatario se compromete a brindar al Garante toda la información que este último le requiera sobre la ejecución física y financiera del Contrato xx Xxxxxxxx No. 4823/OC-AR destinado al financiamiento del Programa, así como la relacionada con el comportamiento fiscal y de endeudamiento en el que se enmarca la operación.
ARTÍCULO 3°.- El Prestatario ha manifestado su adhesión a la Ley Nacional Nº 25.917 y sus modificatorias o el que lo sustituya, por la que se crea el “Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal”, con el objeto de establecer reglas generales de comportamiento fiscal, dotar de una mayor transparencia a la gestión pública, y lograr mantener la sustentabilidad fiscal. En tal sentido, declara que, oportunamente, ha presentado toda la información necesaria a los efectos que el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal verifique su situación fiscal y de endeudamiento.
ARTÍCULO 4°.- Las Partes dejan constancia que la vigencia de este Contrato se inicia en la fecha de su suscripción y se mantendrá vigente hasta la cancelación del monto total por parte del Prestatario de las sumas adeudadas bajo el presente Contrato y el Contrato xx Xxxxxxxx.
ARTÍCULO 5°.- El Prestatario deberá solicitar, mediante comunicación escrita, la conformidad del Garante para realizar cualquier modificación o ampliación de las disposiciones del Contrato xx Xxxxxxxx, contempladas o no en las condiciones del mismo,
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así como también informar el cumplimiento de las condiciones previas al primer desembolso, sus prórrogas y cambios de las fechas de pago de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx. El incumplimiento de lo anteriormente establecido, dará derecho al garante a dejar sin efecto las obligaciones asumidas en virtud del Contrato de Garantía.
ARTÍCULO 6°.- El registro contable y financiero del Programa se realizará utilizando el Sistema de Gestión de Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), desarrollado por la Unidad de Informática del MINISTERIO DE ECONOMÍA de la Nación, específicamente para la gestión de proyectos con financiamiento externo.
ARTÍCULO 7°.- Forman parte integrante del presente Contrato, el Contrato xx Xxxxxxxx y el Contrato de Garantía, que las partes declaran conocer y conformar en todos sus términos.
ARTÍCULO 8°.- Las comunicaciones y avisos establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Contrato de Garantía y en el presente Contrato deberán efectuarse sin excepción alguna por escrito y se considerarán como enviadas por una de las partes a la otra cuando se entregue por cualquier medio usual de comunicación en las direcciones abajo indicadas.
Del Garante:
Presidencia de la Nación Secretaría de Asuntos Estratégicos
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo
Dirección Postal: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 00 xxxx – xxxxxxx 0000 -
Ciudad Autónoma de Buenos Aires C1086AAB, República Argentina Teléfonos: x00 (000) 0000-0000
Correo electrónico: xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Del Prestatario:
Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires Dirección Postal: Xxxxx 0 xxxxx 00 x 00
Ciudad de La Plata.
B1900TGR, República Argentina Tel: + 00 (0000) 000-0000/4489/4400
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Correo electrónico: xxxxxxxx.xxxx@xx.xxx.xxx.xx
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EN FE DE LO CUAL, el Garante y el Prestatario, actuando cada uno por intermedio de sus representantes autorizados, suscriben el presente Contrato en DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la [Ciudad Autónoma de Buenos Aires], República Argentina, a los [ ] días del mes de [ ] del año [ ].
Por el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES
Lic. Xxxxx Xxxxx XXXXX Ministro de Hacienda y Finanzas
Por la REPÚBLICA ARGENTINA:
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx XXXXX Secretario de Asuntos estratégicos
Presidencia de la Nación
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2020 - Año del General Xxxxxx Xxxxxxxx
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2020-51670425-APN-SSRFID#SAE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 xx Xxxxxx de 2020
Referencia: ANEXO II - Contrato de Contragarantia Prestamo BID No. 4823 OC-AR
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Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo Secretaría de Asuntos Estratégicos
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