INFORME TRIMESTRAL AL
INFORME TRIMESTRAL AL
31-03-2013
CONTRATO DE AGENTE
FINANCIERO
UNIDAD OPERATIVA DE CONTROL DEL AGENTE FINANCIERO
RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
I - Cálculo
El Contrato de Agente Financiero suscripto en fecha 16 de Septiembre de 2005, establece que el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., en contraprestación por los servicios que debe brindar a la Provincia de Entre Xxxx, percibirá una comisión que surgirá de aplicar a cada una de las prestaciones el porcentaje que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Anexo “C” del mencionado contrato.-
El cálculo de la comisión resulta de aplicar los siguientes parámetros:
1. Cero coma quince porciento (0,15%) de los Recursos de Coparticipación Nacional de Impuestos, por las prestaciones de los siguientes servicios:
• Servicio de Caja Obligada.
• Percepción de Recursos de Coparticipación de Impuestos Nacionales.
• Transferencia de los Recursos de Coparticipación Provincial a los Municipios.
• Transferencias entre las diferentes xxxxxxx xxx Xxxxxx Provincial y Organismos Provinciales.
• Administración del Fondo Unificado.
• Pago de Cheques Intersucursales.
• Pago a Proveedores, Contratistas y demás beneficiarios.
• Apertura y Mantenimiento de Cuentas Bancarias.
2. Cero coma cinco porciento (0,5%) del Pago de Haberes activos y pasivos del Sector Público Provincial, por el servicio de apertura y mantenimiento de cuentas y pago de los haberes respectivos.-
3. Uno porciento (1%) de la Recaudación de Impuestos Provinciales (incluye: servicios, tasas y contribuciones provinciales) administrados por la Dirección General xx Xxxxxx, por la prestación del servicio de recaudación mencionado.-
II – Liquidación
Durante el primer trimestre del año 2013 los parámetros y comisiones liquidadas por el Agente Financiero y controladas por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero (U.O.C.A.F.) fueron las siguientes:
PARÁMETROS - 2013 (*)
PERÍODO | Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Enero | $ 728.351.938,44 | $ 658.084.748,08 | $ 137.538.711,25 | $ 1.523.975.397,77 |
Febrero | $ 712.392.422,27 | $ 667.352.554,26 | $ 183.511.397,95 | $ 1.563.256.374,48 |
Marzo | $ 748.927.126,54 | $ 670.480.412,40 | $ 204.056.277,37 | $ 1.623.463.816,31 |
TOTAL | $ 2.189.671.487,25 | $ 1.995.917.714,74 | $ 525.106.386,57 | $ 4.710.695.588,56 |
COMISIONES - 2013 (*)
PERÍODO | Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Enero | $ 1.321.958,77 | $ 3.865.721,54 | $ 1.664.218,41 | $ 6.851.898,72 |
Febrero | $ 1.292.992,25 | $ 3.923.839,26 | $ 2.220.487,92 | $ 7.437.319,43 |
Marzo | $ 1.359.302,73 | $ 3.940.614,18 | $ 2.469.080,96 | $ 7.768.997,87 |
TOTAL | $ 3.974.253,75 | $ 11.730.174,98 | $ 6.353.787,29 | $ 22.058.216,02 |
(*) Aclaración: Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros liquidadas por el NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
III – Análisis
Se expone en los siguientes gráficos el comportamiento de los parámetros considerados en las comisiones durante el período objeto del presente informe:
INGR. POR COPARTICIPACIÓN Y OTROS CONCEPTOS
$ 750.000.000
$ 500.000.000
$ 250.000.000
$ 0
Enero
Febrero
Marzo
Promedio 1er. Trim Promedio 1er. Trim 2013 2012
APERTURA Y MANTENIMIENTO DE CUENTA, Y PAGO DE HABERES
$ 750.000.000
$ 500.000.000
$ 250.000.000
$ 0
Enero
Febrero
Marzo
Promedio 1er. Trim Promedio 1er. Trim 2013 2012
RECAUDACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
$ 250.000.000
$ 200.000.000
$ 150.000.000
$ 100.000.000
$ 50.000.000
$ 0
Enero
Febrero
Marzo
Promedio 1er. Trim Promedio 1er. Trim 2013 2012
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
PARÁMETROS - 2013
PERÍODO | Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Enero | 47,80% | 43,18% | 9,02% | 100,00% |
Febrero | 45,57% | 42,69% | 11,74% | 100,00% |
Marzo | 46,13% | 41,30% | 12,57% | 100,00% |
Promedio Trim. | 46,50% | 42,39% | 11,11% | 100,00% |
100%
80%
60%
40%
20%
0%
Enero Febrero Marzo Promedio
Trim.
Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
COMISIONES - 2013
PERÍODO | Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos | Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | Recaudación Provincial de Impuestos | TOTAL |
Enero | 19,29% | 56,42% | 24,29% | 100,00% |
Febrero | 17,38% | 52,76% | 29,86% | 100,00% |
Marzo | 17,50% | 50,72% | 31,78% | 100,00% |
Promedio Trim. | 18,06% | 53,30% | 28,64% | 100,00% |
100%
80%
60%
40%
20%
0%
Enero Febrero Marzo Promedio
Trim.
Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
Recaudación Provincial de Impuestos
COMISIÓN MENSUAL PROMEDIO:
La comisión mensual promedio (IVA incluido) correspondiente al ejercicio 2013 resultó un monto de $ 7.352.738,68 conformada de la siguiente manera:
Ing. por Coparticipación Federal y otros conceptos | $ 1.324.751,25 | 18% |
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes | $ 3.910.058,33 | 53% |
Recaudación de Impuestos Provinciales | $ 2.117.929,10 | 29% |
% PARTICIPACIÓN - COMISIONES
Recaudación Provincial de Impuestos 29%
Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes
53%
Ingr. por Coparticipación Federal y otros conceptos
18%
IV - Control
• El Contrato de Agente Financiero dispone en la cláusula Décima Sexta que el cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios a cargo del AGENTE FINANCIERO será fiscalizado en forma permanente por la PROVINCIA, a través de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”. Entre otras funciones se encargará de “recepcionar y controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta liquidación y efectuar los reclamos que considere pertinentes...”.-
• Asimismo, el Reglamento Orgánico de la Unidad Operativa, aprobado por Decreto N° 9.187/05 M.E.H.F., establece entre sus funciones “controlar las liquidaciones de las retribuciones mensuales presentadas por el Agente Financiero, verificando su correcta aplicación y efectuar los reclamos que considere pertinentes”.-
• A continuación se detallan los ajustes efectuados y/o pendientes de confirmación, correspondientes a las bases de cálculo de la retribución del Agente Financiero durante el primer trimestre del 2013:
Enero 2013:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
• Código de Descuento NBERSA :
-$ 320.577,81, importe computado en más en comisiones de Diciembre de 2012. Reclamado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 14.409,64, correspondiente a recaudación de meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
Febrero 2013:
Anexo “C2”: Apertura y Mantenimiento de Cuenta, y Pago de Haberes.-
• Consejo General de Educación :
- $ 9.692,60, importe correspondiente a Retenciones de Impuesto a las Ganancias a docentes, computado en comisiones de Enero de 2013. Reclamado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero por no estar comprendido en el concepto “haberes” establecido en el Contrato de Agente Financiero. Fue ajustado por el NBERSA.-
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 987.414,07, correspondiente a recaudación de meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
Marzo 2013:
Anexo “C3”: Recaudación Provincial de Impuestos.-
- $ 21.104,24, correspondiente a recaudación de meses anteriores no incorporada a este anexo oportunamente por el Agente Financiero. Este importe fue controlado por la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero y ajustado por el NBERSA.-
CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO
“La PROVINCIA contrata a NBERSA, y este acepta prestar los servicios de Caja Obligada y Agente Financiero de la PROVINCIA, con carácter exclusivo, debiendo a ese fin brindar los siguientes servicios: ...“.-
Se cumple normalmente con los servicios de caja obligada y agente financiero.-
PUNTO 0.0.0.:
Como Agente Financiero, el NBERSA deberá por cuenta y orden de la Provincia, respecto al “Sector Público”, en forma exclusiva:
“ Percibir los impuestos, servicios, tasas, y contribuciones
provinciales a abonar en moneda de curso legal o en la forma que se determine como medio de pago incluyéndose así cualquier medio electrónico, facilitando su recaudación y brindando un servicio de atención al contribuyente ágil y eficiente...”.
“...Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D”, se continuarán prestando en las mismas condiciones por el término de un año, contado a partir de la firma del presente Contrato, debiendo los Entes y/o Municipios Recaudadores depositar en el AGENTE FINANCIERO los importes recaudados dentro de las veinticuatro (24) horas de percibido culminado el plazo de vigencia previsto, estos Convenios podrán ser prorrogados por acuerdo entre las entidades y/o municipios recaudadores con el AGENTE FINANCIERO”.-
Los convenios de recaudación suscriptos por la PROVINCIA con las entidades y/o Municipalidades enumeradas en el Anexo “D” se continúan prestando en las mismas condiciones, habiéndose informado sus correspondientes prórrogas en informes trimestrales anteriores.-
PUNTO 0.0.0.:
Como Agente Financiero, el NBERSA deberá por cuenta y orden de la Provincia, respecto al “Sector Público”, en forma exclusiva: “Efectuar la apertura y mantenimiento de las cuentas bancarias a los empleados, jubilados y pensionados del sector público y abonar los sueldos a través de la acreditación de las remuneraciones...”.
A partir del 1º de Noviembre de 2012 el NBERSA ha discontinuado el cobro de comisiones por los movimientos que superen las siete transacciones monetarias y cuatro no monetarias por cuenta y mes calendario, efectuados por los agentes provinciales activos y pasivos en los cajeros automáticos propios y de otras redes del país.-
PUNTO 0.0.0.:
“Pagar a proveedores, contratistas y demás beneficiarios del SECTOR PÚBLICO por el sistema de acreditación en cuentas abiertas a tales
efectos en el AGENTE FINANCIERO, sin perjuicio de la utilización por parte de la PROVINCIA de otros medios alternativos de pago.”.-
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero, en el trimestre analizado se han realizado por ventanilla los siguientes pagos:
- Subsidios otorgados por el Ministerio de Salud y Acción Social.-
- Planes de Emergencia Ocupacional y Capacitación Laboral otorgados por la Subsecretaría de Empleo.-
- Becas a beneficiarios otorgadas por el IN.AU.BE.PRO.-
- A los representantes del I.O.S.P.E.R. en el interior de la Provincia.-
- Honorarios y contratos a los beneficiarios de la Unión Empleados Ferroviarios de Entre Xxxx.-
- Compensación especial a docentes otorgadas por el C.G.E..-
- Contribuciones económicas otorgadas por el M.G.E.O.S.P..-
- Contratos pertenecientes al Ministerio de la Producción.-
- Contribuciones y servicios otorgados por el Ministerio de Planeamiento.-
- Haberes que se cobran por primera vez o por intermedio de tutor o curador de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.-
CLÁUSULA SEGUNDA – SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS PUNTO 2.1.:
“Cada uno de los Organismos y Personas Jurídicas comprendidos en los Grupos “A” y “B” de la Cláusula 1, Punto 1.1.1. podrá suscribir con el AGENTE FINANCIERO “Convenios Operativos”, en tanto resulte conveniente para regular la correcta prestación de los servicios, para ello deberán contar previamente con dictamen favorable de la “Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”.-
El 26 xx Xxxxx de 2103 se ha suscripto, en el marco de condiciones de esta cláusula, Convenio entre la Administradora Tributaria de Entre Xxxx y el NBERSA. La implementación del mismo brindará a los contribuyentes la posibilidad de realizar presentaciones y pagos de declaraciones juradas por Internet, con débito a cuentas bancarias existentes en el NBERSA o en cualquier otra entidad, lo que facilitará el pago de tributos provinciales y la percepción de recursos por parte del Estado Provincial.-
PUNTO 2.2.:
“Los Organismos y Personas Jurídicas integrantes del Grupo “C” podrán suscribir con el Agente Financiero convenios específicos que regulen la prestación de los servicios que requiera su operatoria...”
“Respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Xxxx (I.A.P.S.E.R.), podrán acordarse alianzas estratégicas que contemplen la comercialización por parte del Agente Financiero de seguros de venta en plataforma comercial y la contratación de seguros y por parte del I.A.P.S.E.R., canalizar su operatoria bancaria (pago de haberes a sus empleados, pago a proveedores, liquidación de pólizas, etc.) en el Agente Financiero”.-
“Respecto del Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. XX.XX.XXX.XX. S.A., se podrán acordar alianzas estratégicas...”
“ Respecto de la Empresa de Energía de Entre Xxxx S.A. – EN.E.R.S.A. -, se ratificarán los siguientes Convenios suscriptos con fecha 02-06- 05...”.-
De acuerdo a lo informado por el Agente Financiero:
No se han contratado nuevos servicios con el I.A.P.S.E.R. durante el trimestre informado.-
No se han acordado alianzas estratégicas con el Sistema de Crédito de Entre Xxxx S.A. – XX.XX.XXX.XX. S.A.-
CLÁUSULA TERCERA – OBLIGACIONES DEL AGENTE FINANCIERO PUNTO 3.1.:
“Mantener al día, en las Sucursales de la Provincia, el pago de las obligaciones previsionales que le correspondieren en relación con sus empleados y cumplir en tiempo y forma con todas las leyes aplicables en materia laboral y previsional. En caso de apertura de nuevas Sucursales o Agencias en la Provincia, al menos el 65 % del personal que contrate o destaque para desempeñarse en dichas nuevas casas deberá ser residente en la Provincia”.-
De acuerdo al control llevado a cabo por la U.O.C.A.F. sobre constancias de pago en la Administración Federal de Ingresos Públicos, el NBERSA se encuentra al día con sus obligaciones previsionales.-
Desde la firma del vigente Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco Entre Xxxx S.A. ha habilitado los Centros de Cobros y Pagos “La Rioja” (Paraná) y “Uruguay III” (Concepción del Uruguay); y el Centro de Pagos “Concordia IV” (Concordia). El NBERSA ha informado a la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero la nómina de personal afectado a las nuevas agencias habilitadas, alcanzando a cubrir el porcentaje de residentes en la Provincia según lo establecido en esta cláusula.-
PUNTO 3.2.:
“...No cerrar unilateralmente Sucursales con servicios bancarios completos (recaudaciones, cuentas corrientes, cajas de ahorro, valores al cobro, plazo fijo, préstamos, pagos de sueldos y jubilaciones y tarjetas de crédito); Agencias (recaudaciones y pagos a jubilados al menos dos días a la semana) y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales; las cuales se detallan en el Anexo A del presente Convenio, salvo disposiciones del B.C.R.A. (Banco Central de la República Argentina) que no sean consecuencia de políticas implementadas por el AGENTE FINANCIERO. Además mantener como mínimo la cantidad de cajeros automáticos que integran la red que se detalla en el Anexo “A” del presente Convenio”.-
No se constatan cierres de sucursales, agencias y/o centros especiales de recaudación de impuestos provinciales y pagos a empleados, jubilados, y pensionados provinciales.-
En el primer trimestre del 2013 no se informaron nuevas habilitaciones de Cajeros Automáticos, por lo que el Agente Financiero cuenta, al 31 xx Xxxxx de 2013, con una red de 246 unidades. Desde la fecha de suscripción del Contrato de Agente Financiero se han instalado un total de 144 dispositivos.-
PUNTO 3.3
El Agente Financiero se obliga “en el término de dos (2) años, contados a partir de la firma del presente convenio:
• Habilitar un Centro de Pago en la Ciudad de Concordia, un Xxxxxx xx Xxxx x Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx;
• Instalar Cajeros Automáticos en las localidades de San Xxxxxx, San Xxxxx de la Frontera y Hernandarias;
• Brindar facilidades adicionales para mejorar la atención de servicios de recaudación y pago a empleados, jubilados y pensionados provinciales en las ciudades de La Xxx, Xxxxxxxx, Chajarí y Villaguay.”
El Centro de Pago de la Ciudad de Concordia y el Xxxxxx xx Xxxx x Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx se encuentran operativos, habiéndose mencionado sus habilitaciones en el informe trimestral del período Julio- Septiembre de 2007. –
Las instalaciones de Cajeros Automáticos en las localidades de San Xxxxxx, San Xxxxx de la Frontera y Hernandarias han sido realizadas en el año 2006, y mencionadas en informes trimestrales anteriores.-
En lo que respecta al último inciso del punto 3.3., el Agente Financiero informa los siguientes refuerzos xx xxxxx:
• Enero: * La Paz: una caja.
* Villaguay: una caja.
* Chajarí: dos cajas.
• Febrero: * La Paz: una caja.
* Villaguay: dos cajas.
* Chajarí: tres cajas.
• Marzo: * Villaguay: una caja.
* Chajarí: cuatro cajas.
Adicionalmente, para el cobro de impuestos, Victoria, Chajarí y Villaguay cuentan con puestos que operan bajo la modalidad denominada “Entre Xxxx Servicios”.-
Cabe recordar la habilitación de nuevos Cajeros Automáticos en estas ciudades en los años 2006 y 2007, oportunamente mencionados en informes anteriores.-
PUNTO 3.4.
El Agente Financiero se obliga a “prestar los servicios objeto del presente Convenio en condiciones de eficiencia y transparencia y de acuerdo con los estándares xxx xxxxxxx para las instituciones de primera línea. En particular:
• En la prestación del servicio de recaudación de impuestos, tasas y contribuciones: implementar sistemas alternativos de cobro, mantener actualizada la tecnología utilizada para la prestación del servicio y prever en las fechas de vencimientos un incremento de las cajas recaudadoras y/o extensión de horarios de atención al público.-
• En relación al servicio de pago de haberes a través de la red de cajeros automáticos: implementar los mecanismos necesarios a efectos de lograr una mejora permanente en el nivel de disponibilidad de los cajeros automáticos de la red.”.-
Según lo informado por el Agente Financiero:
Tecnología:
Se continúa con el proceso de recambio tecnológico así como con las mejoras de infraestructura en Sucursales.-
Para el caso de los impuestos a cargo de la Dirección General xx Xxxxxx (ATER) y vinculado con las "multas" y el redondeo de los "intereses" para el cobro de estos últimos en las Sucursales, se ha incorporado un nuevo vector fiscal que permite administrar esta operatoria.-
Respecto al “sitio FTP” (en español: Protocolo de Transferencia de Archivos), se reciben los archivos para la base de impuestos (Inmobiliario y Automotor) con Red Link y los archivos para débitos directos del Sistema Nacional de Pagos.-
Se ha puesto en producción el "Sitio Seguro" basado en tecnología Web que reemplaza el sistema de transmisión telefónica para la comunicación con los Entes recaudadores externos.-
Sistemas alternativos de cobro:
Continúa vigente el convenio con la Dirección General xx Xxxxxx (ATER) para el cobro de los impuestos Automotor, Inmobiliario Urbano, Ingresos Brutos Régimen Simplificado, a las Embarcaciones a través de la red de cajeros automáticos (exclusivamente Red Link), homebanking, banca telefónica y link celular.-
Se ha implementado el pago de impuestos y servicios en forma on line para las empresas adheridas al Canal Empresa.
Continúa operativo el sistema alternativo de cobro extrabancario denominado “Entre Xxxx Servicios”, a través del cual entidades públicas y privadas, mediante la firma de un convenio con el Banco, acceden a la recaudación de impuestos y servicios que se cobran en el NBERSA. Con la implementación de “Entre Xxxx Servicios” se cuenta con 192 puestos de cobros distribuidos en toda la provincia.-
Refuerzo de personal en líneas xx xxxxx en épocas de concentración de vencimientos:
Se ha contratado una dotación de recursos humanos que integran un grupo de cajeros que se asignan en fechas de concentración de vencimientos a las distintas sucursales del Banco en la Provincia logrando así una mejor atención. Durante este trimestre el dispositivo se aplicó en las siguientes sucursales: Basavilbaso, Bovril, Chajarí, Cerrito, Cinco Esquinas, Centro de Cobros y Pagos La Rioja (Paraná), CirMe (Paraná), Colón, Concordia Centro, Concordia Peatonal, Concordia IV, Corrales (Paraná), Crespo, Diamante, Xxx Xxxxx (Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Federación, General Xxxxxxx, Hasenkamp, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, La Paz, Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Mercedes, Nogoyá, Oro Verde, Paraná Centro, Paraná Peatonal, Parque, Xxxxxxx, Xxxxxxx del Tala, Sab Xxxxxxx, San Xxxx, San Xxxxxxxx, Santa Xxxxx, Seguí, Tribunales (Paraná), Urdinarrain, Uruguay Centro, Uruguay Peatonal, Xxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx. Xx xx xxxxxxxxx de Santa Fe: Centro de Pagos Corrientes, Centro de Pagos Xxx Xxxxxx x Xxxxx Xx Xxxxxxxx; Xxxxxxx XX. Xxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx: sucursal Corrientes.-
Extensión del horario de atención al público:
El NBERSA informa que en el trimestre la extensión de horario de atención al público se realizó en el mes de octubre con atención desde las 7:30 horas en el Centro de cobros y pagos La Rioja (Paraná), el día 9; y en la Sucursal Concordia Centro los días 9, 15, 16 y 31. En el mes de diciembre, en el Centro de cobros y pagos La Rioja (Paraná), en Sucursal Concordia Centro, en Sucursal Uruguay Centro, en Sucursal Gualeguaychú y Centro de pagos Gualeguaychú se realizó apertura a las 7:00 horas los días 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20 y 21; y en el Centro de cobros y pagos La Rioja (Paraná) se atendió el día 28 a partir de las 7:30 horas..-
Red de Cajeros Automáticos:
En cuanto al pago de haberes a través de la red de Cajeros Automáticos, tal como se consigna en el punto 3.2, el NBERSA cuenta al 31 xx Xxxxx de 2013 con 246 Cajeros Automáticos, habiendo instalado un total de 144 unidades desde la suscripción del contrato de Agente Financiero.-
PUNTO 3.5.
“Informar a la Provincia, “Unidad Operativa de Control del
Agente Financiero” y Tesorería General de la Provincia en forma inmediata, las trabas de embargos contra alguna de sus cuentas habilitadas en el Agente Financiero”.-
En normal cumplimiento.-
PUNTO 3.7.
“Efectuar el cambio de domicilio legal y mantenerlo durante la vigencia del presente Convenio, como así también la sede central o casa matriz del Agente Financiero en la Provincia”. -
En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha 23 de Noviembre de 2005, se procedió a cambiar el domicilio. Por Resolución de la
I.G.P.J. con fecha 4 de Noviembre de 2009 se inscribió al Banco en jurisdicción Paraná, Provincia de Entre Xxxx, con el número 2100.-
PUNTO 3.8.
“Designar como Director Titular del NBERSA, a la persona que designe la Provincia, mediante el dictado del correspondiente Decreto, cuya designación deberá recaer en una persona que reúna los requisitos exigidos por normas legales, societarias y del B.C.R.A., quien deberá a su vez para asumir sus funciones contar con la aprobación previa del Banco Central de la República...”. -
Por Decreto N° 537 M.E.H.F. de fecha 19 xx Xxxxx de 2012 se designó para el cargo de Director Titular del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., para los ejercicios económicos 2012, 2013 y 2014 al Señor Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.-
En Asamblea General Ordinaria de Accionistas del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., celebrada el 20 xx Xxxxx de 2012, se designó por Acta Nº 25 como Director Titular del Banco a la persona propuesta por la Provincia de Entre Xxxx en el Decreto antes mencionado.-
CLÁUSULA CUARTA – COMPROMISOS DE LA PROVINCIA Y DEL AGENTE FINANCIERO
“El Agente Financiero compromete sus mejores esfuerzos para destinar las financiaciones que otorgue al Sector Privado en el ámbito de la Provincia de Entre Xxxx, a aquellas actividades productivas que permitan el desarrollo de la economía provincial, elaborando a tales efectos las líneas crediticias que estimulen la actividad económica personal, de pequeñas y medianas empresas, la construcción y la adquisición de vivienda, la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos de la Provincia”.-
El Agente Financiero informa las siguientes líneas de créditos disponibles:
• Que estimulen la actividad económica personal:
o Préstamos Personales con débito en Cuenta Ingreso para sector público y privado.-
o Préstamos Personales con Código de Descuento para sector público provincial.-
o Préstamos Personales – Limpieza de Haberes.-
o Línea a través xx xxxxxxx electrónicos al Sector Público Provincial y Privado.-
o Préstamos Personales referidos.-
o Línea para pasivos nacionales con débito en cuenta.-
o Préstamos Personales con Código de Descuento para sector público municipal.-
o Tarjeta Crédito VISA.-
o Tarjeta Crédito Mastercard.-
o Fianza Bancaria para locación de inmuebles.-
• Para pequeñas y medianas empresas:
o Adelantos en Cuenta Corriente.-
o Valores Negociados.-
o Tarjeta de Créditos Visa Entre Xxxx Agro.-
o Retención de granos.-
o Para siembra de granos finos y gruesos.-
o Para aumento del rodeo y calidad genética del sector ganadero.-
o Fideicomiso para instalación y/o conexión de gas entre el Banco, CFI y ENERSA.-
o Línea para Sector Construcción – Financiamiento de Capital de Trabajo mediante cesión de derechos de cobro sobre certificados de obra en garantía prendaria.-
o Para micro, PyMEs agropecuarias – con garantía Warrant.-
o Línea para adquisición de bienes de capital nuevos para personas físicas y jurídicas de actividad principal desarrollada en sector agropecuario .-
o Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva, para productores apícolas radicados en Entre Xxxx y hortícolas de los departamentos de Paraná y Gualeguay al sur de la ruta provincial N° 16.-
o Línea con Fondos del CFI para Reactivación Productiva y Asistencia Financiera por Emergencia, a productores citrícolas radicados en Entre Xxxx.-
o Línea para MiPyMES socios partícipes de Vínculos SGR dedicadas a producción avícola.-
o Línea de fondos para giro comercial de clientes bajo modalidad Call Money.-
o Línea para comerciantes con acreditaciones por tarjeta de crédito.-
o Línea para financiamiento de aguinaldos de empresas que acreditan haberes a través del NBERSA.-
o Pago Íntegro – Financiación de Capital de Trabajo.-
o Leasing.-
o Cesión de Certificados de Obra.-
o Otros destinos para Comercios y empresas agropecuarias.-
o Recomposición del Capital de Trabajo.-
o Empresas del Sector Privado con convenio de pago de haberes.-
o Cesión de derecho de cobro sobre Prendas.-
o Adelanto en cuenta corriente con garantía Hipotecaria.-
o Financiación de importación de bienes de capital.-
o Préstamos en dólares con recursos propios.-
o Prestamos para agencieros oficiales del IAFAS.-
o Agroactivas 2012.-
• Para la incorporación y mejoramiento tecnológico de los sectores productivos:
o Línea para Municipalidades de 1era categoría, con garantía de coparticipación para financiar adquisición de bienes de capital nuevo.-
o Línea Préstamos para adquisición de camiones nuevos a través de concesionarios.-
o Línea para la Inversión Productiva – Com “A” 5380 del BCRA.-
o Convenio Gobierno Provincia de Entre Xxxx “Diciembre 2010” tasa bonificada para los siguientes segmentos: Transporte, Medio Ambiente, Sector citrícola, Agricultura, Turismo, Sector Ganadero, Infraestructura eléctrica, Parques industriales, Acopios y Cooperativas, Sector Avícola y Porcino, Micro y Pyme, sector Tambero, Aceites y Biodiesel, Productores Avícolas nuevas zonas y Construcción.-
o Agronuevas.-
o Financiación a Productores procesadores o acopiadores de Bienes para la Exportación con Cesión Forward.-
o Programación de dinamización productiva regional.-
o Prefinanciación de Exportaciones.-
o Apoyo a la producción exportable.-
Evolución de las financiaciones al Sector Privado
SALDO DE PRESTAMOS POR SEGMENTOS (en miles de $) | ||||
SEGMENTO | 31/12/2012 | 31/03/2013 | Variación | |
IMPORTE | % | |||
Banca Individuo | 929.526 | 1.002.571 | 73.045 | 7,9% |
Tarjetas de Crédito | 316.254 | 341.104 | 24.850 | 7,9% |
Agronegocios | 474.422 | 493.971 | 19.549 | 4,1% |
Banca Empresa | 906.606 | 979.565 | 72.959 | 8,0% |
Comercio Exterior | 80.975 | 97.765 | 16.790 | 20,7% |
Leasing | 1.479 | 1.259 | -220 | -14,9% |
Líneas en Moneda Extranjera | 31.712 | 6.719 | -24.993 | -78,8% |
Total General | 2.740.974 | 2.922.954 | 181.980 | 6,6% |
Se observa que durante el primer trimestre del ejercicio económico 2013 el saldo de préstamos otorgados por el Agente Financiero al sector privado, se incrementó un 6,6%, alcanzando una cifra de $2.922.954.000 al 31 xx Xxxxx de 2013.-
“Asimismo el Agente Financiero se obliga, respecto del Instituto Autárquico Provincial del Seguro a:
Contratar, en el caso de que su oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguros sobre todos sus bienes inmuebles, seguro de vida obligatorio y seguro de riesgo de trabajo de sus empleados.-
Contratar, en el caso en que su oferta se encuentre en igualdad de condiciones que el resto de las aseguradoras, la totalidad de las coberturas de seguro de todas las operaciones de crédito que se otorguen con fondos de la Provincia (en donde la misma asume el carácter de acreedor) como así también, todas aquellas operaciones de crédito, en que cualquiera de los Organismos que integran los Grupos “A”, “B” y “C”, tal como lo define el Punto 1.1.1 del presente Contrato, revista el carácter de xxxxxx y deban contratarse seguros sobre bienes ofrecidos en garantía”.-
El Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. ha contratado con el I.A.P.S.E.R. los seguros de vida obligatorio y seguros de riesgo de trabajo de sus empleados.-
CLÁUSULA QUINTA – FINANCIACIÓN A EMPLEADOS PÚBLICOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS PROVINCIALES
En la Cláusula Quinta – Financiación a Empleados Públicos, Jubilados y Pensionados Provinciales – del Contrato de Agente Financiero, el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. se compromete a implementar líneas de crédito y financiación destinadas a préstamos personales para empleados públicos, jubilados, pensionados, amas de casa; a través del uso de la modalidad “Código de Descuento” para percibir los importes correspondientes a cuotas de los préstamos que éste otorgue.-
El 9 xx Xxxxx de 2006, se firmó el Convenio “Código de Descuento sobre Haberes para Préstamos Personales”, entre el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx. Este convenio tiene como finalidad acordar entre las partes, el cobro de las cuotas de préstamos personales que otorgue el Agente Financiero a los agentes activos y pasivos provinciales cuya liquidación efectúe la Dirección de Ajustes y Liquidaciones.-
Para poder llevar adelante el cumplimiento de la Cláusula Quinta anteriormente mencionada, es necesaria también la firma de Convenios Operativos entre el Agente Financiero y aquellos organismos integrantes del Sector Público, cuya liquidación de haberes es descentralizada.-
La Cláusula Segunda, punto 2.1. del Contrato de Agente Financiero establece que los Convenios Operativos “deberán contar previamente con dictamen favorable de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero”.-
Desde la suscripción del Contrato de Agente Financiero hasta la fecha del presente informe se han firmado – previo dictamen favorable por parte de esta Dirección - los siguientes convenios de Códigos de Descuento:
o Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx
o Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Xxxx
o Instituto Autárquico Becario Provincial
o Ente Provincial Regulador de la Energía
o Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Xxxx
o Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Xxxx
o Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social
o Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Xxxx
o Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Xxxx
XXXXXXXX XXXXXX – RETRIBUCIÓN DEL AGENTE FINANCIERO
Aplicación de Topes –
“...La retribución acumulada durante el año calendario, no podrá tener una tasa de incremento respecto de la retribución acumulada durante el año calendario inmediato anterior, superior a la tasa de aumento nominal del PBI (Producto Bruto Interno)...”
Control de Tasa de Incremento Comisiones 2013:
$ 6.851.898,72 |
$ 7.437.319,43 |
$ 7.768.997,87 |
$ 22.058.216,02 |
Enero Febrero Marzo Total
Los montos expuestos corresponden a Comisiones y Parámetros liquidadas por el NBERSA, controladas por la
U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una de las funciones de la Unidad Operativa de Control del Agente Financiero según definición de la cláusula Décimo Sexta del Contrato de Agente Financiero es “calificar y verificar la suficiencia de los títulos públicos prendados para mantener el valor de la garantía de cumplimiento”.-
La cláusula Décimo Segunda del mencionado contrato establece una garantía de cumplimiento del mismo por un importe equivalente a $6.000.000 (pesos seis millones), la cual se liberará parcialmente a los cinco años por un importe equivalente a la mitad de la misma. A estos efectos el Agente Financiero constituyó en la Caja de Valores S.A. prenda sobre Notas del Banco Central
Interna en pesos –Vencimiento 15/08/2012. Vencidas éstas, la garantía ha sido constituida sobre Letras del Banco Central Interna en pesos, con vencimiento el 24/07/2013 -.
Habiendo transcurrido cinco años de la suscripción del Contrato de Agente Financiero, se tramitó la liberación mencionada en el párrafo inmediato anterior mediante Expediente Nº 1.150.059.-
Se informa la valuación (en pesos) de la prenda a favor de la Provincia de Entre Xxxx:
Fecha | Denominación | Valor Nominal (V$N) | Cotización ($) | Valuación Total ($) |
00 xx xxxxx xx 0000 | XXXXX Interna $ Vto. 24/07/2013 | 3.600.000 | $ 0,9419 | $ 3.390.968 |
00 xx xxxxxxx xx 0000 | XXXXX Interna $ Vto. 24/07/2013 | 3.600.000 | $ 0,9616 | $ 3.461.846 |
00 xx xxxxx xx 0000 | XXXXX Interna $ Vto. 24/07/2013 | 3.600.000 | $ 0,9513 | $ 3.424.605 |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA – MODIFICACIONES
“...El presente Contrato no podrá ser modificado, enmendado o complementado, en todo o en parte, a menos que dichas modificaciones, enmiendas o complementos fueren acordadas entre LAS PARTES y sometidas a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, con comunicación a la Honorable Legislatura, en la medida que no modifiquen elementos o condiciones sustanciales del presente Convenio y respondan a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero.”.-
Con el objeto de complementar e interpretar algunas de las cláusulas del Contrato de Agente Financiero suscripto entre la Provincia y el NBERSA en fecha 16 de Septiembre de 2005, cuya necesidad de modificación responde a cuestiones exclusivamente operativas y de funcionamiento del servicio de Agente Financiero; se han llevado a cabo en el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas diversas reuniones con la participación de funcionarios provinciales y del NBERSA.-
Producto de estas reuniones, se ha elaborado un borrador de Convenio Complementario.-
Luego de correcciones realizadas por la Contaduría General de la Provincia y la aprobación de la Fiscalía de Estado, el mismo ha sido remitido al NBERSA, encontrándose a la fecha pendiente de suscripción.-
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA – FONDO UNIFICADO
“LA PROVINCIA compromete que la utilización del Fondo Unificado creado por Ley Nº 7390 y modificatorias, no exceda del Ochenta por Ciento (80 %) de los fondos a la vista que lo integran.
Así mismo la Provincia se compromete en relación a los saldos utilizados a la fecha pesos: Ochenta Millones ($80.000.000), a la regularización del uso transitorio de los mismos, en reintegro anuales contados a partir del primero de enero del 2.007, y durante los ocho (8) años subsiguientes
Las nuevas utilizaciones del Fondo Unificado (máximo de utilización 30 días) sólo serán posibles, en la medida en que se cumpla con el límite establecido en el primer párrafo de la presente Cláusula con el consentimiento del AGENTE FINANCIERO.”.-
El artículo 1º de la Ley Nº 10.184 aprobada por la Legislatura de la Provincia el 4 de Diciembre de 2012 expresa: “Autorízase al Poder Ejecutivo para convenir con el NBERSA la modificación de esta Cláusula Décimo Novena del Contrato de Agente Financiero, celebrado conforme lo autorizado por ley Nº 9645, a efectos de contemplar que, en caso de necesidad financiera xxx Xxxxxx Provincial, pueda disponerse la utilización por hasta el cien por ciento (100%) del Fondo Unificado, creado por Ley Nº 7390 y su complementaria Ley Nº 8094; y adecuar las condiciones de operatividad fijadas en esta Cláusula.”.-
Por Decreto Nº 8.870 del 28 de Diciembre de 2006 se ratificó el convenio de regularización del Fondo Unificado suscripto en dicha fecha entre el Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx y el Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., a fin de realizar la cancelación en 9 cuotas anuales, siendo el saldo al 31 xx Xxxxx de 2013 de
$25.781.250, de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha | Concepto | Importe | |
31/12/2006 | Saldo original - Dto. 8870/06 | $ 80.000.000,00 | |
Total | Pagos 2007 | $ -5.000.000,00 | |
Total | Pagos 2008 | $ -9.375.000,00 | |
Total | Pagos 2009 | $ -9.375.000,00 | |
Total | Pagos 2010 | $ -9.375.000,00 | |
Total | Pagos 2011 | $ -9.375.000,00 | |
Total | Pagos 2012 | $ -9.375.000,00 | |
13/02/2013 | Cuota - Pago parcial | $ -2.343.750,00 | |
Total | Pagos 2013 | $ -2.343.750,00 | |
Saldo pendiente al 31/03/2013 | $ 25.781.250,00 |
En el primer trimestre del ejercicio 2013, según lo informado por la Tesorería General de la Provincia, como fuente transitoria de financiamiento para la cobertura de los compromisos xxx Xxxxxx, se han realizado las siguientes utilizaciones del Fondo Unificado:
Fecha | Utilización | Devolución | Saldo | Tasa | Interés s/Saldo * |
02/01/2013 | $ 100.000.000 | $ - | 15,2500% | $ 1.081.849 | |
03/01/2013 | $ 290.000.000 | $ - | 15,2500% | $ 160.890 | |
03/01/2013 | $ 400.000.000 | $ 400.000.000 | 15,2500% | $ - | |
09/01/2013 | $ 100.000.000 | $ 500.000.000 | 15,0625% | $ 1.319.178 | |
15/01/2013 | $ 50.000.000 | $ 550.000.000 | 15,1250% | $ 1.654.110 | |
25/01/2013 | $ 100.000.000 | $ 450.000.000 | 15,2500% | $ 3.051.370 | |
28/01/2013 | $ 50.000.000 | $ 400.000.000 | 14,6875% | $ 728.168 | |
Enero | $ 7.995.565 | ||||
01/11/2012 | $ 400.000.000 | $ - | 14,6875% | $ 863.014 | |
05/11/2012 | $ 500.000.000 | $ 500.000.000 | 14,6875% | $ - | |
08/11/2012 | $ 100.000.000 | $ 600.000.000 | 14,5625% | $ 1.607.877 | |
30/11/2012 | $ 150.000.000 | $ 450.000.000 | 13,9375% | $ 6.537.329 | |
Febrero | $ 9.008.220 | ||||
03/12/2012 | $ 450.000.000 | $ - | 14,6250% | $ 1.209.760 | |
05/12/2012 | $ 600.000.000 | $ 600.000.000 | 14,6250% | $ - | |
10/12/2012 | $ 60.000.000 | $ 660.000.000 | 14,9375% | $ 655.479 | |
28/12/2012 Marzo | $ 250.000.000 | $ 410.000.000 | 14,8750% | $ 7.187.671 | |
$ 9.052.910 |
$ 26.056.695
Total trimestral
• Información y determinación de la significación financiera informado por la Tesorería General de la Provincia bajo Expediente Nº 1.436.967.-
Se puede apreciar una importante significación financiera en términos de intereses no desembolsados, por una suma que asciende a los $26.056.695.-
OTROS TEMAS DE INTERÉS
Incidencia económica y financiera del Contrato
En la comparación económica del Contrato de Agente Financiero vigente con el anterior Contrato aprobado por Ley Nº 9376, resulta necesario considerar en dicho análisis la incidencia de las exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 dispuestas por la ley mencionada anteriormente en su artículo 3º - CAPITULO III – De las exenciones tributarias.-
De haberse mantenido la exención impositiva en el Contrato vigente, la Provincia hubiera dejado de percibir durante el ejercicio 2013 los siguientes montos:
IMPUESTOS PROVINCIALES:
Mes | Ley 4035 | Ingresos Brutos | Total Mensual |
ene-12 | $ 311.958,75 | $ 3.168.792,72 | $ 3.480.751,47 |
feb-12 | $ 547.723,74 | $ 2.920.223,07 | $ 3.467.946,81 |
mar-12 | $ 312.607,02 | $ 3.321.750,94 | $ 3.634.357,96 |
Total | $ 1.172.289,51 | $ 9.410.766,73 | $ 10.583.056,24 |
Por lo tanto, para analizar la incidencia económica y financiera del Contrato de Agente Financiero vigente, respecto al anterior Contrato (Ley Nº 9376), se considera la retribución abonada al Agente Financiero menos el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Patronales Ley Nº 4035 que este último tributa a la Provincia. Para completar la información se detallan los conceptos señalados:
INCIDENCIA:
Mes | Retribución (*) | Ingresos Brutos + Ley 4035 | Incidencia Económica |
ene-12 | $ 6.851.898,72 | $ 3.480.751,47 | $ 3.371.147,25 |
feb-12 | $ 7.437.319,43 | $ 3.467.946,81 | $ 3.969.372,62 |
mar-12 | $ 7.768.997,87 | $ 3.634.357,96 | $ 4.134.639,91 |
Total | $ 22.058.216,02 | $ 10.583.056,24 | $ 11.475.159,77 |
$ 3.825.053,26
Promedio Mensual
(*)Los montos expuestos corresponden a Comisiones liquidadas por el NBERSA, controladas por la U.O.C.A.F. y ajustadas de acuerdo a las diferencias detectadas. Dichas comisiones incluyen IVA.-
En consecuencia, la incidencia económica y financiera neta del contrato de agente financiero en el primer trimestre del año es de $3.825.053,26 promedio mensual.-
Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Provinciales
La Resolución Nº 16/12 de la Administradora Tributaria de Entre Xxxx (A.T.E.R.) establece que los proveedores, contratistas y similares de la Provincia, Municipalidades y sus Entes Autárquicos, Descentralizados y Empresas del Estado, deberán presentar, para actuar como tales y recibir pagos, un Certificado de Libre
Deuda de Impuestos Provinciales de los que sean contribuyentes y/o responsables, por los años no prescriptos.-
La Dirección del Interior de la A.T.E.R. ha emitido el día 7 de diciembre de 2012 (con validez hasta el 5 xx xxxxx de 2013) el Certificado de Libre Deuda Fiscal para proveedores del Estado, según el cual el NBERSA no registra deuda alguna por los impuestos, tasas y/o derechos a su cargo en los que se encuentra inscripto con vencimiento a Diciembre de 2012.-
Ranking de Entidades Financieras
Sobre un total de noventa (90) entidades financieras, al mes de Diciembre de 2012, el NBERSA se ubica en las siguientes posiciones:
o Teniendo en cuenta el activo: ubicación Nº 21.-
o Teniendo en cuenta el monto de los préstamos otorgados: ubicación Nº 20.-
o Considerando el monto de los depósitos captados: ubicación Nº 21.-
o Considerando el patrimonio neto: ubicación Nº 22.-
Se adjunta a continuación cuadro correspondiente al ranking de las veinticinco primeras posiciones:
NUEVO BANCO ENTRE XXXX S.A. EN EL SISTEMA FINANCIERO ARGENTINO (en miles de $)
ACTIVO | S | PRESTAM | OS | DEPOSIT | OS | PATRIMONIO | NETO |
1 NACION ARGENTIN | 222.413.721 | 1 NACION ARGENTIN | 92.851.141 | 1 NACION ARGENTIN | 178.293.085 | 0 XXXXXX XXXXXXXX | 00.000.000 |
0 XX XXXXXX XXXXX | 55.621.073 | 0 XXXXXXXXX XXX | 00.000.000 | 0 XX XXXXXX XXXXX | 49.093.342 | 2 SANTANDER RIO | 6.693.467 |
3 SANTANDER RIO | 53.225.880 | 3 GALICIA Y BS AS | 31.974.747 | 3 SANTANDER RIO | 40.733.983 | 3 MACRO SA | 6.199.095 |
4 XXXXXXX X XX XX | 00.000.000 | 0 XX XXXXXX XXXXX | 28.993.401 | 4 GALICIA Y BS AS | 39.188.320 | 4 FRANCES SA | 5.131.936 |
5 MACRO SA | 43.998.658 | 5 MACRO SA | 28.788.524 | 5 FRANCES SA | 34.171.042 | 5 GALICIA Y BS AS | 4.903.949 |
6 FRANCES SA | 43.784.098 | 6 FRANCES SA | 27.518.491 | 6 MACRO SA | 32.493.971 | 6 HSBC BANK | 3.991.958 |
0 XXXX XXXX | 34.121.096 | 7 CIUDAD DE BS AS | 19.179.920 | 7 HSBC BANK | 26.135.351 | 7 CITIBANK N.A. | 3.615.629 |
8 CREDICOOP COOP | 27.440.644 | 0 XXXX XXXX | 18.465.702 | 8 CREDICOOP COOP | 23.512.286 | 8 CIUDAD DE BS AS | 3.546.959 |
9 CIUDAD DE BS AS | 26.006.288 | 9 PATAGONIA SA | 16.031.418 | 9 CIUDAD DE BS AS | 20.836.016 | 9 HIPOTECARIO | 3.455.985 |
10 PATAGONIA SA | 25.823.352 | 10 CREDICOOP COOP | 14.032.558 | 10 PATAGONIA SA | 18.645.169 | 10 PR BUENOS AIRES | 3.422.837 |
11 CITIBANK N.A. | 20.824.486 | 00 XXXXXXXX XXXX | 11.924.788 | 11 STANDARD BANK | 15.705.012 | 11 PATAGONIA SA | 3.366.786 |
00 XXXXXXXX XXXX | 20.768.809 | 12 CITIBANK N.A. | 9.748.143 | 00 XXXXXXXX X.X. | 00.000.000 | 00 XXX XXXX XX | 2.169.656 |
13 HIPOTECARIO | 15.191.087 | 13 HIPOTECARIO | 9.109.497 | 13 PROV XX XXXXXXX | 10.278.877 | 00 XXXXXXXXX XXXX | 0.000.000 |
00 XXXX XX XXXXXXX | 11.994.770 | 14 ITAU ARGENTINA | 7.349.838 | 14 SUPERVIELLE SA | 9.031.842 | 14 BICE SA | 1.909.902 |
15 SUPERVIELLE SA | 11.748.882 | 15 XXXX XX XXXXXXX | 0.000.000 | 00 XXX XXXXX XX SA | 8.354.239 | 00 XXXXXXXX XXXX | 1.890.507 |
16 NVO XXXXX XX XX | 00.000.000 | 00 XXX XXXXX XX SA | 6.831.721 | 16 HIPOTECARIO | 8.135.052 | 16 NVO XXXXX XX XX | 0.000.000 |
00 XXXX XXXXXXXXX | 9.953.249 | 17 SUPERVIELLE SA | 6.426.784 | 17 ITAU ARGENTINA | 7.261.405 | 17 SUPERVIELLE SA | 1.186.956 |
00 XXX XXXX SA | 8.718.572 | 18 COMAFI SA | 3.521.959 | 00 XXX XXXX XX | 0.000.000 | 00 XXXX XXXXXXXXX | 1.103.884 |
19 COMAFI SA | 6.315.859 | 19 BANCO INDUSTRIA | 3.376.878 | 19 COMAFI SA | 4.841.163 | 19 ARGENTINA CFSA | 970.609 |
20 LA PAMPA S.E.M. | 4.918.219 | 20 NVO ENTRE XXXX | 2.782.314 | 20 LA PAMPA S.E.M. | 4.156.339 | 20 XXXX XX XXXXXXX | 000.000 |
00 XXX XXXXX XXXX | 4.779.923 | 21 LA PAMPA S.E.M. | 2.585.298 | 00 XXX XXXXX XXXX | 3.708.610 | 21 AMERICA NAT ASS | 716.383 |
22 BANCO INDUSTRIA | 4.487.674 | 22 DEL TUCUMAN S.A | 2.316.774 | 22 BANCO INDUSTRIA | 3.515.961 | 22 NVO ENTRE XXXX | 680.354 |
23 BICE SA | 4.128.916 | 23 ARGENTINA CFSA | 2.280.162 | 23 SGO.ESTERO SA | 3.328.441 | 23 COMAFI SA | 614.455 |
24 SGO.ESTERO SA | 4.085.521 | 24 BICE SA | 2.171.132 | 24 DEL TUCUMAN S.A | 2.901.368 | 24 XXXX XXX XXXXXX | 000.000 |
00 XXX XXXXXXX S.A | 3.845.333 | 00 XXX XXX XXXXX | 2.115.236 | 25 NVO BCO CHACO | 2.817.087 | 25 SGO.ESTERO SA | 558.677 |
Fuente: página web del Banco Central de la República Argentina.-
ACLARACIÓN:
Ranking correspondiente a las 25 primeras posiciones de un total de 90 entidades financieras - Diciembre 2012.-