EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A ESP ADENDA 6
EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A ESP ADENDA 6
INVITACIÓN PÚBLICA No. 10465317
OBJETO: Contratar: Grupo I: Herramienta de integración y gestión de APIs en ambientes Cloud y On-premise, incluidos los servicios de instalación y configuración de la solución en esquema SaaS y Grupo II: Fábrica de desarrollo para la herramienta de integración y Gestión de APIs, seleccionada en Grupo I.”
Conforme a lo dispuesto en el numeral 1.10. - ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, se expide la presente adenda, mediante la cual se modifica el numeral 3.9.3 de la siguiente manera:
3.9.3 ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO
Todos los servicios estarán sujetos al cumplimiento de compromisos específicos en el desempeño de estos. Estos podrán actualizarse en la ejecución del contrato.
El objetivo del presente apartado es informar al OFERENTE los indicadores y el método para el cálculo de estos, sobre el cual se evaluará la gestión de los servicios prestados por el OFERENTE.
La definición de los Acuerdos de Nivel del Servicio permite especificar las expectativas reales que ETB tiene acerca de la prestación del servicio, y tener elementos que habilitan a ETB a medir parámetros de calidad y servicio.
El esquema de especificación de los niveles de servicio debe estar orientado tanto al usuario final, para determinar la calidad del servicio recibido, como al OFERENTE para determinar si la operación del servicio efectivamente permite garantizar el alcance del contrato.
Dado que la percepción de los niveles de servicio puede variar entre el OFERENTE y las áreas usuarias, el OFERENTE deberá contar con herramientas y recursos para realizar y gestionar pruebas periódicas cuyos resultados permitan señalar el cumplimiento (o incumplimiento) de los niveles establecidos.
Condiciones para la medición de Indicadores:
• La medición, captura de información y el cálculo de los indicadores estará a cargo del CONTRATISTA, esta información deberá estar almacenada en las herramientas que ETB defina para tal fin.
• El CONTRATISTA deberá facilitar a ETB y/o a quien designe para tal fin, la información que permita hacer la verificación y/o validación del cálculo de los indicadores.
• La verificación, validación y aprobación del cálculo de los indicadores, estará a cargo del Supervisor Técnico del contrato.
• ETB y/o a quien designe para tal fin, podrá realizar auditorías a la información reportada por el asignatario, requerida para la medición de los indicadores de calidad. En razón a lo anterior, el CONTRATISTA deberá permitir para tal fin realizar mediciones, incluso si estas requieren conectar equipos a elementos pertenecientes al CONTRATISTA, involucrados en la prestación del servicio.
ETB informa que los parámetros de nivel de servicio iniciales para tener en cuenta para evaluar la calidad de los servicios proporcionados, serán los que ofrezca el CONTRATISTA en modalidad SaaS.
ETB requiere que la disponibilidad del servicio SaaS con sus herramientas sea 7x24 y mínimo 99.9%.
Para esto es necesario que se relacionen los diferentes ítems que se comprometen en la prestación del servicio, la descripción, la manera de medirlo, la periodicidad y los ANS comprometidos. Se debe indicar en la Descripción el manejo por el incumplimiento del ANS. Por tanto, se debe diligenciar la siguiente tabla.
Ítem | Descripción | Medición | Periodicidad | ANS |