Contrato de productos y servicios
Contrato de productos y servicios
Proyecto de contrato
Condiciones del contrato
CONDICIONES PARTICULARES CUENTA CORRIENTE ESTRELLA |
1. Cuota de la cuenta |
2. Servicios que incluye el pago de la cuota |
3. Exclusiones |
4. Decisiones sobre el contrato |
5. Intereses que le paga CaixaBank |
6. Descubiertos |
7. Otros |
CONDICIONES GENERALES 1. Quién se responsabiliza del contrato y quién toma las decisiones 2. Si usted autoriza a otra persona para operar en su nombre 3. Quién puede cancelar el contrato, cuándo y cómo 4. Cómo y cuándo CaixaBank puede modificar las condiciones, y qué puede hacer usted al respecto 5. Cuánto cuestan servicios que contrata 6. Cuándo y cómo puede renunciar a un servicio 7. Qué ocurre con las deudas que pueda tener con nosotros 8. Cómo puede hacernos llegar sus quejas y reclamaciones 9. Cómo nos comunicaremos 10. Qué avisos le enviaremos a su teléfono móvil |
CONDICIONES DE LA CUENTA 1. Qué es el IBAN y para qué sirve 2. Cómo puede usar su cuenta 3. Cómo puede gestionar que paguemos o cobremos en su nombre 4. Qué plazos tiene CaixaBank para ejecutar (realizar) las órdenes de pago que usted solicite 5. Circunstancias en las que CaixaBank puede negarse a realizar una orden de pago 6. Circunstancias en las que CaixaBank puede revocar (anular) una orden de pago ya iniciada 7. Transferencias. Qué son y qué tipos hay 8. Qué hacer si observa irregularidades 9. Cómo se gestiona el cobro de cheques, pagarés y otros documentos, y cuándo puede disponer de los fondos 10. Pagos y cobros en una divisa diferente del euro 11. En qué consisten el «descubierto tácito» y el «descubierto expreso» o Disponible Nómina, y qué precio tienen 12. Quién responde si se incumplen las obligaciones del contrato 13. Cuánto cuesta mantener la cuenta y los servicios vinculados, y cómo se realiza el pago |
ANEXO DE PRECIOS. Tabla de precios de los servicios más utilizados |
PL0071-200710 001-002 (PS)
cenprast02 2020-10-28 13:24:22,636
1 / 27
Por una parte, usted | |
Primer titular NIF: | Dirección: Teléfono: |
Por otra parte, nosotros |
CaixaBank, S.A. (en adelante, CaixaBank) |
Formalizamos este contrato de Cuenta Corriente Estrella, de acuerdo con las Condiciones que se detallan en este documento. |
Datos de la cuenta en la que vamos a cobrar | Datos del contrato | |||||||||||||||
BIC / Código SWIFT | Contrato n.º | echa (validez desde el día) | ||||||||||||||
IBAN |
F
Cuenta Corriente Estrella
Datos del contrato
Proyecto de contrato
CONDICIONES PARTICULARES
Qué regulan estas Condiciones Particulares
Estas condiciones regulan los aspectos económicos más relevantes del contrato.
1. CUOTA DE LA CUENTA | |||
Xxxxxx | |||
Si el titular cumple los 2 requisitos de bonificación o si todos los titulares tienen menos de 26 años | > 0 EUR | ||
Si el titular cumple el requisito de la nómina/pensión/ingresos | > Trimestral: 15 EUR | ||
Si el titular no cumple los requisitos | > Trimestral: 60 EUR | ||
(Continúa en la siguiente página) >>
Proveedor de este servicio |
CaixaBank, S.A. / CaixaBank • Prestación de servicios financieros • Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000-Xxxxxxxx • xxx.XxxxxXxxx.xx • NIF: A08663619 • Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10370, folio 1, hoja número V-178351, inscripción 2ª • Registro Administrativo Especial del Banco de España: número 2100 • Autoridad de supervisión: Banco de España • xxx.xxx.xx |
Le cobraremos la cuota por cada agrupación de cuentas con la misma combinación de titulares. Las combinaciones de titulares pueden estar formadas por una o distintas personas. En la condición 13.3 de las condiciones de la cuenta le explicamos un ejemplo de lo que son las combinaciones de titulares y las agrupaciones de cuentas. Aplicamos la reducción de la cuota a las agrupaciones de cuentas en las que sea único titular. AUTORIZACIÓN PARA FACILITAR INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE REDUCCIÓN EN LA CUOTA: si quiere que se extiendan las reducciones en la cuota a una agrupación de cuentas que usted comparta con otros cotitulares, va a ser necesario que nos autorice a informar a los demás cotitulares con los que comparta cuentas de aspectos económicos u operativos personales en los que se basan los requisitos que dan derecho a la obtención de reducciones en la cuota. Por ejemplo: si usted tiene domiciliada su nómina o pensión y quiere que ese requisito se tenga en consideración para reducir la cuota en una agrupación de cuentas que comparta con un mismo compañero o familiar, es necesario que haya otorgado la “Autorización” para que esos compañeros o familiares puedan acceder a esa información (que tiene domiciliada una nómina). La “Autorización” se podrá prestar a través de su oficina gestora o en CaixaBankNow. | |||
Requisitos para la reducción de la cuota de la cuenta | |||
Traer la nómina/pensión/saldos | > Nómina domiciliada en CaixaBank superior a 600 EUR al mes o nómina anual superior a 6.000 EUR anuales (si hay un ingreso de nómina al mes durante un mínimo de 3 meses y un máximo de 10). > Pensión domiciliada en CaixaBank superior a 300 EUR al mes. > Saldo superior a 20.000 EUR en determinados productos (fondos de inversión, carteras de fondos, carteras gestionadas, estructurados, seguros de ahorro y planes de pensiones individuales contratados con una empresa del grupo CaixaBank). | ||
Operar con nosotros | > Tiene que realizar 3 pagos con una tarjeta de crédito comercializada por CaixaBank o domiciliar 3 recibos (de distintos emisores y que no provengan de entidades del grupo CaixaBank) al trimestre. | ||
Cuándo y cómo le vamos a cobrar | |||
Cobraremos por anticipado en los trimestres del año | > En enero, xxxxx, xxxxx y octubre | ||
Para reducirle la cuota del trimestre en curso miraremos si en el último día del trimestre anterior cumplía o no con los requisitos para la reducción | |||
Le cobraremos la cuota en la cuenta con los mismos titulares que, en la fecha de la primera liquidación, presente un mayor saldo a favor del cliente | > Podrá solicitar que se sustituya por otra con idénticos titulares. > En caso de saldo insuficiente, el cargo podrá efectuarse en cualquier otra cuenta de la que sea titular el cliente. | ||
2. SERVICIOS QUE INCLUYE EL PAGO DE LA CUOTA | |||
Mantenimiento de sus cuentas | > Siempre que los titulares de las cuentas sean iguales. > Siempre que no sean cuentas excluidas. | ||
(Continúa en la siguiente página) >> |
Proyecto de contrato
Emisión y mantenimiento de todas sus tarjetas de crédito estándar Visa Classic y Visa&Pay (emitidas por CaixaBank Payments&Consumer)
Emisión y recepción de transferencias SEPA estándar en euros con origen o destino en la UE
Negociación y compensación de cheques
> Siempre que estén vinculadas a las cuentas incluidas en el paquete.
> Para menores de 26 años también se incluye una tarjeta de débito.
> La concesión de la tarjeta de crédito está sujeta al análisis de solvencia del cliente según la política de la entidad emisora de la tarjeta
> Siempre que los datos que nos facilite sean correctos y completos (en caso de que no lo sean le podremos cobrar el 0,55% de la operación con un mín. de 19 EUR).
> En euros, domiciliados en una entidad financiera en España.
Uso de la Banca digital CaixaBankNow y de la red de cajeros CaixaBank
Proyecto de contrato
Emisión de certificados
> Siempre que los pida por CaixaBankNow.
No usar estos servicios no da derecho a pagar una comisión de mantenimiento menor.
3. EXCLUSIONES
No están incluidas dentro de la cuota las cuentas:
> ImaginBank, Social, HolaBank-Living Solutions, Privilegia, la Cuenta de Pago Básica y las de divisa distinta del Euro, así como las cuentas que pertenecen a colectivos con acuerdos especiales y las cuentas que se utilicen para actividades profesionales o empresariales.
No están incluidas dentro de la cuota las tarjetas:
> De crédito estándar, incluyendo las Visa & Pay, que se coemitan con otras entidades.
> Cualquier otra modalidad de tarjeta de crédito no estándar.
> De débito
No están incluidas dentro de la cuota:
> Los servicios distintos a los incluidos, que se cobrarán por separado en la cuenta corriente en la que se hayan prestado.
4. DECISIONES SOBRE EL CONTRATO
Modalidad
Solidaria (si tiene dudas diríjase a la cláusula 1 de las condiciones generales).
5. INTERESES QUE LE PAGA CAIXABANK
Intereses
Trimestral: 0,00%
Se abonarán según el saldo medio del periodo.
6. DESCUBIERTOS
"Descubierto expreso (Disponible nómina)"
(Continúa en la siguiente página) >>
Límite del descubierto | Hasta el 50 % del importe de la nomina (minimo de 50 EUR y maximo de 1.000 EUR). El importe del descubierto se puede destinar a las siguientes finalidades: Pago de recibos domiciliados en la cuenta. Disposiciones de dinero: hasta el 15 % del total del descubierto (maximo de 300 EUR). | ||
Límite del descubierto para colectivos determinados según criterios CaixaBank | Hasta el 100 % del importe de la nómina (mínimo de 50 EUR y máximo de 3.000 EUR). El importe del descubierto se puede destinar a las siguientes finalidades: Pago de recibos domiciliados en la cuenta. Disposiciones de dinero: hasta el 30 % del total del descubierto (máximo de 400 EUR). | ||
Precio del descubierto (también se aplica al descubierto tácito) | El cálculo de la TAE (Tasa Anual Equivalente) y el coste del servicio de descubierto, que usted tiene que reembolsarnos en el plazo máximo de 1 mes, se basa en los siguientes supuestos: Importe: 1.000 EUR (límite máximo permitido). Duración: un mes. Tipo de interés: 0,00 % TIN 7,50 % TAE Precio del servicio: 1,824% (Caixabank no aplica un tipo de interés que dé lugar a una TAE superior a 2,5 veces el tipo de interés legal del dinero). | ||
Plazo para el pago del descubierto | Máximo de (1) mes. | ||
7. OTROS | |||
Recargo por uso de ventanilla en servicios que se puedan realizar por autoservicio | > 2 EUR por operación |
Proyecto de contrato
CONDICIONES GENERALES
Qué regulan estas Condiciones Generales
Estas condiciones son comunes a todos los servicios bancarios que usted está contratando.
Las Condiciones Generales regulan estos servicios y, por tanto, el conjunto del contrato, en los siguientes aspectos: (a) titularidad; (b) actuación por poderes; (c) duración y cancelación del contrato; (d) modificación de las condiciones contratadas; (e) precio de los servicios; (f) desistimiento (renuncia) al contrato; (g) compensación o pago de deudas; (h) quejas y reclamaciones y (i) comunicaciones.
1.TITULARIDAD
Quién se responsabiliza del contrato y quién toma las decisiones
Tenga en cuenta que la opción de
«titularidad solidaria» solo es recomendable si usted tiene un alto grado de confianza con el resto de los titulares. Por tanto, si tiene dudas al respecto, le recomendamos que la titularidad sea individual.
Proyecto de contrato
1.1. Con la firma de este contrato, que está dirigido a consumidores, usted adquiere la condición de «titular» y asume los derechos, obligaciones y responsabilidades que le indicamos a continuación.
1.2. La titularidad de los servicios que recoge este contrato se indica en el encabezamiento de este documento.
1.3. Usted puede ser único titular (titularidad individual) o compartir cotitularidad con otras personas. Si comparte cotitularidad con otras personas, puede hacerlo en la modalidad de responsabilidad «solidaria» o en la de responsabilidad «mancomunada».
1.4. La responsabilidad solidaria es la que aplicaremos si no nos dice lo contrario; significa que cada uno de los titulares puede operar por sí solo y ejercitar todos los derechos del contrato, incluso cancelarlo, excepto que una ley indique lo contrario.
1.5. Solo si nos lo pide expresamente, y consta en las condiciones particulares, aplicará la modalidad de responsabilidad mancomunada. Esto significa que será necesaria la firma y aceptación de todos o de varios titulares para realizar cualquier operación.
1.6. Si XxxxxXxxx recibe de los titulares reiteradamente órdenes contradictorias que dificulten la gestión de la cuenta, podemos vernos obligados a bloquear el dinero y a suspender los servicios que le ofrecemos, hasta que los titulares resuelvan de mutuo acuerdo sus diferencias, o bien la autoridad judicial determine lo que proceda.
En determinados casos, podríamos incluso tener que consignar el dinero depositado, es decir, entregárselo a la autoridad judicial competente. De ser así, CaixaBank comunicará a los titulares el motivo concreto del bloqueo.
2. ACTUAR POR PODERES
Si usted autoriza a otra persona para operar en su nombre
2.1. Usted puede autorizar a una persona para que actúe como su apoderado o representante legal, con el fin de que pueda gestionar en su nombre los servicios contratados.
Este representante legal podrá ejercer ante CaixaBank los derechos que nos hayan comunicado. Si los derechos han sido modificados en un documento público o en un registro oficial, pero no se nos han comunicado los cambios, CaixaBank no considerará las modificaciones.
3. DURACIÓN Y CANCELACIÓN
Quién puede cancelar el contrato, cuándo y cómo
3.1. Este contrato tiene una duración indefinida. Por tanto, mantendrá su vigencia a menos que usted o CaixaBank decidan cancelarlo.
3.2. Tanto usted como CaixaBank pueden solicitar la cancelación del contrato en cualquier momento, sin ninguna razón especial para ello y sin necesidad de explicar los motivos.
Proyecto de contrato
3.3. Si es XxxxxXxxx quien solicita cancelar, le avisaremos por escrito al menos dos meses antes de que la cancelación sea efectiva.
Una vez cancelado el contrato, el saldo de su depósito queda a su disposición en su oficina habitual (salvo que le comuniquemos lo contrario), pero sin producir intereses. Usted tiene que asumir los gastos que se generen hasta que recupere el saldo. También tendrá que devolvernos los instrumentos de pago, como tarjetas, y talonarios o similares que le hayamos entregado.
3.4. Si usted no cumpliera las obligaciones de este contrato, CaixaBank puede cancelarlo de forma inmediata. En este caso, le comunicaremos los motivos de la cancelación, a menos que esté prohibido por la ley.
3.5. Si es usted quien cancela, tiene que avisarnos solo con 24 horas de antelación. Para recuperar su saldo, es necesario que usted esté libre de deudas con nosotros. CaixaBank se reserva la posibilidad de utilizar ese dinero para compensar posibles deudas pendientes (puede consultar la condición general 7).
3.6. Si se cancela el contrato, podemos cobrarle la parte proporcional de los precios y gastos correspondientes a los servicios que haya utilizado. Si hubiéramos cobrado la totalidad de los precios y gastos de manera anticipada, le devolveríamos la parte proporcional.
Si hubiera deudas pendientes derivadas de descubiertos, precios de servicios, intereses u otros gastos a su cargo, tendría que pagarlas inmediatamente.
4. MODIFICACIONES
Cómo y cuándo CaixaBank puede modificar las condiciones, y qué puede hacer usted al respecto
Le comunicaremos con antelación las modificaciones de las condiciones de este contrato por el medio que hayamos acordado con usted y con cada titular, de acuerdo con la cláusula
“ comunicaciones”.
4.1. CaixaBank puede proponer con preaviso la modificación de las condiciones de este contrato. Para ello, si la modificación se aplica a un servicio bancario, como el servicio de CaixaBankNow, desde CaixaBank tenemos la obligación de comunicarle la modificación un mes antes de que entre en vigor. Si el servicio es uno de los regulados por la Ley de Servicios de Pago, como la cuenta corriente, tenemos que avisarle dos meses antes.
4.2. Si usted no estuviera de acuerdo con alguna de estas modificaciones, tiene derecho a cancelar el contrato del servicio afectado por la modificación, pero tiene que hacerlo antes de la fecha en la que se aplique el cambio. De lo contrario se le aplicarán las nuevas condiciones. En cualquier caso, recuerde que siempre tiene el derecho a solicitar la cancelación del contrato.
Recuerde que al final de este contrato usted tiene el Anexo de Precios en el que se recogen los precios de los servicios más utilizados.
5. PRECIO
Cuánto cuestan los servicios que contrata
5.1. Los precios y la forma en que se pagan los servicios se indican en las Condiciones Particulares y en el Anexo de Precios. En caso que contrate una cuenta también se indican en su condición 13.
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Pueden existir servicios específicos que no estén recogidos en el Anexo de Precios y que también tengan un precio. En ese caso, le informaremos de esos precios antes de que contrate el servicio, y si está de acuerdo, tiene que aceptar el precio de ese servicio en un documento aparte.
6. DESISTIMIENTO
Cuándo y cómo puede renunciar a un servicio
6.1. Cuando usted haya contratado un servicio de forma electrónica (online) o a través de un cajero, tiene derecho a desistir, es decir, a finalizar o a dejar sin efecto su contrato durante los primeros 14 días naturales desde que lo contrató, sin necesidad de comunicarnos el motivo.
6.2. Usted puede desistir por tres medios: (a) en cualquier oficina comercial de CaixaBank; (b) a través del servicio de banca digital CaixaBankNow; y (c) a través de un cajero automático, si es por este medio como ha contratado el servicio.
Si lo hace a través de CaixaBankNow, los pasos que tiene que realizar son los siguientes:
> Acceder a la pestaña «Configuración personal», que encontrará en la parte superior de la pantalla de inicio.
> Escoger la opción «Desistir productos contratados», a la derecha de la pantalla.
> Rellenar el formulario que aparece con los datos sobre el contrato que quiere finalizar. Para ello, necesita usar su Tarjeta de Coordenadas y el número del contrato.
Si desiste a través de un cajero automático, las acciones necesarias son estas:
> Clicar el apartado «Productos y servicios de CaixaBank» en la pantalla inicial xxx xxxxxx.
> Acceder a la pestaña «Desistimiento de productos o servicios».
> Rellenar el formulario que aparece con los datos sobre el contrato que quiere finalizar. Para ello, necesita su tarjeta y su número de contrato.
7. COMPENSACIÓN CONVENCIONAL
Qué ocurre con las deudas que pueda tener con nosotros
7.1. La compensación es una forma de saldar las deudas que usted pueda tener pendientes con CaixaBank. Estas deudas pueden ser consecuencia de que usted haya contratado otro servicio de CaixaBank (un préstamo, un aval bancario, otra cuenta, etc.), o de que haya prestado una fianza, aval o garantía a favor de otra persona.
7.2. Para que CaixaBank aplique la compensación en la reducción o extinción de una deuda, es necesario que se den dos requisitos:
> Usted debe tener dinero en su cuenta.
Proyecto de contrato
> Usted debe tener impagada una deuda, que sea al mismo tiempo:
i. Vencida: ya ha finalizado el plazo pactado con usted para el pago.
ii. Líquida: el importe de la deuda debe estar fijado.
iii. Exigible: le podemos pedir que pague la deuda, porque no existe ninguna circunstancia jurídica que lo impida.
Si se dan estas circunstancias, XxxxxXxxx puede utilizar el saldo de su cuenta, hasta donde alcance, para reducir o cancelar la deuda impagada sin necesidad de solicitarle una autorización específica.
7.3. Si, además de usted, en la cuenta hay otros titulares, CaixaBank puede recurrir a la totalidad del saldo depositado para compensar una deuda de uno solo de ellos.
7.4. Si la deuda deriva de este contrato y no hay dinero suficiente en la cuenta para pagarla, CaixaBank puede compensarla con los saldos de otras cuentas en las que usted sea titular o cotitular.
También puede compensarla, hasta donde la deuda alcance, cancelando anticipadamente un contrato de depósito a plazo en el que usted sea titular o cotitular indistinto, o vendiendo valores depositados a su nombre en CaixaBank, siempre que los gastos o los perjuicios ocasionados no resulten desproporcionados respecto del importe de la deuda impagada.
Le corresponde a usted asumir los gastos derivados de estas operaciones.
7.5. Le notificaremos la compensación a través de los canales de comunicación que hayamos acordado con usted.
8. LEY APLICABLE A ESTE CONTRATO. QUEJAS Y RECLAMACIONES
Cómo puede hacernos llegar sus quejas y reclamaciones
8.1. Este contrato está sujeto a la ley española y sometido a la competencia de los tribunales españoles.
8.2. Usted puede dirigir sus quejas o reclamaciones a través de los siguientes canales:
> el Servicio de Atención al Cliente de CaixaBank, ubicado en xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000 -Xxxxxxxx
> la dirección de correo electrónico:
xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx
> en cualquiera de nuestras oficinas abiertas al público.
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8.3. Si quince días después de que usted haya presentado su reclamación (o hasta 1 mes en caso que CaixaBank le comunique la ampliación del plazo explicándole los motivos), CaixaBank no la ha resuelto; o bien si no la ha admitido o la ha desestimado, usted tiene derecho a presentarla ante el Servicio de reclamaciones del Banco de España, xxxxx Xxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, o a través de la página web de esta institución: www
.xxx.xx.
9. COMUNICACIONES
Cómo nos comunicaremos
Debe consultar como mínimo una vez al mes los comunicados que le enviamos mediante el servicio de banca digital CaixaBankNow. Son 5 minutos, y puede ahorrarle muchas sorpresas.
9.1. CaixaBank le enviará los comunicados relacionados con los servicios que contrata a través del servicio de banca digital CaixaBankNow. También le podremos enviar comunicados a su correo electrónico o teléfono si nos los ha informado en caso de que no tenga CaixaBankNow o que consideremos que, por motivos de seguridad, inmediatez o normativos debemos usarlos.
9.2. En caso de que no disponga de CaixaBankNow, correo electrónico o número de teléfono, le enviaremos los comunicados al domicilio que nos haya indicado. Podrá pedirnos que le enviemos los comunicados a su domicilio en papel. En tal caso le cobraremos los gastos de envío el comunicado en papel.
9.3. Cualquiera de los canales que hemos nombrado anteriormente será un medio válido para enviar comunicados fehacientes como pueden ser los burofax. Tenga en cuenta que estos comunicados nos permitirán probar ante terceros, como los tribunales de justicia u otras autoridades que usted ha recibido el comunicado.
9.4. Usted se compromete a comunicar a CaixaBank, a la mayor brevedad, cualquier variación relacionada con sus datos personales, y en especial, sobre sus datos de contacto: número de teléfono, dirección de correo electrónica y dirección postal.
9.5. Tiene a su disposición un teléfono gratuito de atención al cliente para que pueda hacernos llegar cualquier incidencia o queja: 900 40 40 90.
10. ALERTAS MÓVILES
Qué avisos le enviaremos a su teléfono móvil
10.1. Mediante el servicio de alertas, usted recibirá en su teléfono móvil avisos sobre las operaciones, movimientos, variaciones, etc. que afectan a su dinero o sus posiciones.
10.2. Existen alertas para distintos servicios que le ofrecemos: su cuenta, su tarjeta, sus activos en bolsa, etc.
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10.3. Las alertas tienen un precio. Solo algunas pueden ser gratuitas.
CONDICIONES DE LA CUENTA
Qué regulan estas condiciones de la cuenta
Estas condiciones regulan la apertura de la cuenta. Esta cuenta le permite ingresar dinero en efectivo, que CaixaBank se compromete a custodiar, y a devolverlo de inmediato, si usted lo solicita. Si se pacta expresamente, XxxxxXxxx le pagará intereses por el dinero depositado.
Estas condiciones también regulan los servicios que habitualmente se vinculan a la cuenta (en adelante:
«servicios vinculados»). Estos servicios son de tres tipos:
> Servicios estándar (en adelante: «servicios de pago»): (a) ingreso o retirada de dinero en efectivo, realizados por usted; (b) emisión de transferencias; (c) pago de recibos domiciliados o de otras operaciones de pago que usted ordene; (d) órdenes de pago destinadas a usted, como ingresos de efectivo de otras personas, transferencias o traspasos. Todos estos servicios quedan reunidos en la etiqueta legal de
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«servicios de pago».
> Servicios de financiación: (a) descubierto tácito; (b) descubierto expreso o Disponible Nómina.
> Otros servicios complementarios: (a) emisión de cheques y de pagarés de cuenta corriente; (b) emisión de cheques bancarios; (c) emisión de certificados y duplicados de documentación.
1. IBAN
Qué es el IBAN y para qué sirve
Cuando efectuamos una orden de pago, no verificamos el nombre del destinatario o el concepto, ni si hay coincidencia entre el titular de la cuenta y el nombre del destinatario indicado en la orden. Solo pagamos o cobramos fondos con el IBAN que usted nos haya proporcionado.
1.1. El código que identifica una cuenta es el IBAN (identificador único). Por tanto, el IBAN es el código que las entidades financieras y otros proveedores de servicios de pago le solicitarán para ejecutar órdenes de pago. Para esta finalidad no se utilizan otros datos como el nombre del destinatario o el concepto, con la única excepción de que se hubiera indicado así de manera expresa.
Si usted, por ejemplo, desea transferir fondos desde su cuenta, tendrá que proporcionarnos el IBAN de la cuenta destinataria del dinero. A su vez, si usted quiere domiciliar pagos a otras personas o entidades, les tendrá que proporcionar el código IBAN de la cuenta que usted tiene.
1.2. El IBAN de su cuenta se indica en el encabezamiento, la página donde se detallan los datos de este contrato.
Si no está seguro de conocer con exactitud el IBAN de la cuenta del destinatario, le recomendamos que no inicie la orden de pago hasta que usted haya verificado este dato.
En la condición 12 de la cuenta se regula el reparto de responsabilidades si hay errores en la ejecución de órdenes.
1.3. CaixaBank ofrece otros servicios de pago, como Bizum (pagos a través del teléfono móvil) o el servicio de retirada de dinero en cajeros mediante código, que utilizan el número del teléfono móvil del titular de la cuenta u otros códigos para identificar la cuenta destinataria o a su destinatario. Estos servicios tienen sus propias condiciones y contratos.
2. ACCESO A LA CUENTA
Cómo puede usar su cuenta
2.1. Usted puede usar su cuenta para ingresar y retirar dinero,
acceder al resto de los servicios de pago y consultar el saldo y los movimientos:
Proyecto de contrato
> en las oficinas comerciales de CaixaBank que disponen de servicio de caja. El servicio de caja en ventanilla, es decir, el servicio por el que te atendemos personalmente en oficinas para hacer los cobros y pagos que nos ordenas relacionados con tus cuentas, como por ejemplo ingresos, retiradas de dinero en efectivo, transferencias, etc. puede variar según la oficina a la que acudas. Con carácter general este servicio está limitado a partir de las 11h en todas nuestras oficinas y no se presta en nuestras oficinas Store. Por tanto, para evitarte desplazamientos innecesarios, te recomendamos que si quieres usar el servicio de caja en ventanilla acudas a una oficina que no sea Store antes de las 11h. Esto no afecta a las operaciones que puedas realizar a través de nuestra red de cajeros automáticos y de nuestra banca digital CaixaBanknow. Tampoco quedan afectadas las operaciones en las que actuamos como entidad colaboradora de un organismo público;
> en los cajeros automáticos de CaixaBank;
> a través de CaixaBankNow;
> en los cajeros automáticos de otras entidades financieras que pertenecen a los sistemas de pago con los que CaixaBank ha alcanzado acuerdos de colaboración como, actualmente, Sistema de Tarjetas y Medios de Pago. Las entidades financieras propietarias de estos cajeros pueden cobrarle una comisión por retirar dinero. En ese caso, se le informará del precio de este servicio antes de realizar la operación.
2.2. Si usted quisiera usar su cuenta o dar su consentimiento para realizar operaciones de cualquier otra forma distinta de las que acordamos en este contrato, necesitará que CaixaBank lo acepte de manera expresa.
3. CONSENTIMIENTO DE PAGO O DE COBRO
Cómo puede gestionar que paguemos o cobremos en su nombre
3.1. Para que nosotros podamos usar su cuenta para pagar en su nombre, o para gestionar cobros, usted nos lo tiene que consentir.
Le facilitaremos un justificante en papel o en otro soporte duradero, que usted tendrá que firmar después de haber proporcionado los datos que le pediremos.
3.2. Cuando se trate de adeudos domiciliados (recibos) será necesario que firme la correspondiente orden de domiciliación.
4. PLAZOS DE EJECUCIÓN DE UNA ORDEN DE PAGO
Qué plazos tiene CaixaBank para ejecutar (realizar) las órdenes de pago que usted solicite
4.1. Las órdenes de pago se ejecutan en plazos diferentes, según donde esté ubicada la cuenta del destinatario:
> Si la cuenta está abierta en CaixaBank , se realiza de forma inmediata.
> Si está abierta en otra entidad de servicios de pago del territorio nacional, el dinero se enviará a esa entidad durante el día hábil siguiente.
Proyecto de contrato
> Si está abierta en una entidad de servicios de pago en otro país de la UE, el dinero se enviará a esa entidad dentro de los cuatro días hábiles siguientes.
> Si está abierta en una entidad de servicios de pago situada en un país no perteneciente a la UE, el dinero se enviará de acuerdo con lo pactado en cada caso. Infórmese antes de iniciar la orden de pago.
En el caso de los pagos a cuentas abiertas en otras entidades, si la orden se inicia en papel, la ampliación del plazo puede ser de un día hábil más. La entidad financiera del destinatario tiene la obligación de entregarle el dinero de forma inmediata, una vez que lo ha recibido de CaixaBank .
Un mismo destinatario solo puede recibir por el sistema de ingreso de dinero en un sobre en un cajero automático un máximo de 999 € mensuales. Si los ingresos se realizan con un medio de pago emitido por CaixaBank o por cualquier sociedad del grupo, el límite es de 3.000 €.
4.2. El plazo de las órdenes de pago empieza a contar desde que recibimos la orden.
Entendemos que hemos recibido una orden de pago cuando usted nos lo comunica a través de los procedimientos acordados en este contrato. Si recibimos la orden en un día festivo o durante el fin de semana, consideramos que recibimos la orden en el siguiente día hábil.
En el caso de los recibos domiciliados u otras operaciones de pago análogas, desde CaixaBank daremos por recibida la orden de pago en cuanto nos la haga llegar el propio destinatario o el proveedor del servicio de pago.
4.3. Si usted u otra persona ingresan dinero en su cuenta a través de los sobres de los cajeros automáticos que así lo permiten, el dinero ingresado se anota en la cuenta como un «apunte condicional». Ello se debe a que es necesario realizar un recuento y que la cantidad ingresada puede no coincidir con la inicialmente registrada. Basándose en lo anterior, CaixaBank se reserva el derecho de rectificar el ingreso. Usted no podrá disponer del dinero hasta el siguiente día hábil, cuando CaixaBank haya realizado el recuento. La fecha valor será la del día en que se realizó el ingreso en el cajero.
4.4. Si desea retirar una cantidad de dinero muy elevada, es necesario que usted comunique su intención a su oficina con una antelación suficiente, ya que, por razones de seguridad, las oficinas disponen de cantidades limitadas de dinero en efectivo.
5. RECHAZO DE UNA ORDEN DE PAGO
Circunstancias en las que CaixaBank puede negarse a realizar una orden de pago
5.1. Cuando se cumplen las condiciones establecidas en este contrato, CaixaBank no puede negarse a realizar una operación de pago que usted haya autorizado.
5.2. CaixaBank solo puede negarse a realizar una operación de pago cuando se da uno de los siguientes 4 casos:
> El saldo disponible de la cuenta no es suficiente para realizar una orden de pago, como el pago de un recibo, de una transferencia o retiradas de dinero.
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No obstante, en determinadas circunstancias, XxxxxXxxx puede asumir el cargo y admitir el descubierto (puede consultar la condición 11 de la cuenta).
> El IBAN o la información necesaria están incompletos o son
deficientes.
> La orden no resulta conforme con la política que CaixaBank tiene aprobada para cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
> Existen dudas razonables sobre la identidad del titular o de la persona autorizada en la cuenta, o está comprometida la seguridad de los instrumentos de pagos (libreta, tarjeta, etc.) o del servicio de banca digital CaixaBankNow.
En todos estos casos, desde CaixaBank le comunicaremos la negativa a realizar la operación. El medio por el que lo haremos es el que hayamos pactado en la cláusula de comunicaciones. Si la causa está objetivamente justificada (por ejemplo, que no tenga saldo en la cuenta) podremos cobrarle por ello.
Los adeudos domiciliados (también conocidos como
«recibos») son un tipo de órdenes de pago que se caracterizan por que la gestión de la operación la inicia quien emite el recibo. Son órdenes para transferir fondos de su cuenta a la cuenta del destinatario, normalmente para el pago de un bien o un servicio que usted ha adquirido del emisor (por ejemplo, luz, agua, teléfono, seguros, etc.) o de otras obligaciones (por ejemplo, tributos, comunidad de propietarios, etc.).
Usted tiene que dar autorización expresa al emisor y proporcionarle el número IBAN de su cuenta antes de que se inicie la orden de pago, para que esta orden pueda tramitarse.
6. REVOCACIÓN DE UNA ORDEN DE PAGO
Circunstancias en las que CaixaBank puede revocar (anular) una orden de pago ya iniciada
6.1. Como principio general, cuando CaixaBank haya recibido una orden suya de pago, esta orden no puede revocarse; es decir, no puede anularse (para saber cuál es el momento de recepción de una orden, puede consultar la condición 4.2. de la cuenta).
CaixaBank no podrá devolverle los fondos transferidos sin el consentimiento del destinatario del dinero o sin una orden de la autoridad competente.
Proyecto de contrato
6.2. Usted sí puede anular para el futuro una orden de pago domiciliada. En ese caso, la anulación de la orden se aplicará a los recibos que se emitan a partir de entonces, pero no afectará a los cargos que ya se hayan producido. Esta posibilidad no debe confundirse con el derecho de devolución (puede consultar la condición 6.5. de la cuenta).
6.3. En cuanto a las órdenes de pago en las que hayamos acordado una fecha de recepción determinada, como es el caso de las transferencias periódicas, usted podrá revocar su consentimiento hasta antes del día hábil anterior a la fecha de pago.
Usted puede pedirnos que no paguemos un recibo domiciliado (orden de impago):
> Si el recibo es de un importe superior al que usted espera y nos ha comunicado (por tanto, no tiene que preocuparse por que le cobren de más).
> Si el recibo es de una periodicidad concreta y cree que le están cobrando más veces de las que ha pactado.
También puede pedirnos que no paguemos a un emisor concreto, por ejemplo, porque se ha cambiado a otra compañía y la antigua le sigue cargando recibos.
6.4. Cuando se trata de adeudos domiciliados (recibos) para que el pago pueda tramitarse, usted tiene que dar autorización expresa al emisor del recibo y proporcionarle el número IBAN de su cuenta.
Si considera que nunca ha prestado su consentimiento al emisor, usted puede oponerse al pago del recibo. También puede anular ese consentimiento y evitar que se paguen nuevos recibos en lo sucesivo.
6.5. Usted tiene derecho a devolver recibos que haya pagado desde su cuenta, siempre que no hayan transcurrido más de 8 semanas desde el día en el que el pago se cargó en su cuenta.
6.6. Si los recibos son en euros, podrá devolverlos sin tener que indicar ninguna causa, incluso cuando el emisor disponga de su consentimiento expreso y usted no lo haya anulado.
6.7. Si los recibos son en otras divisas, podrá devolverlos siempre que:
> En la autorización para el cargo no conste el importe exacto del recibo.
> El importe del recibo sea muy superior al esperado, teniendo en cuenta sus pautas de gasto y otras circunstancias que resulten pertinentes.
Si fuera necesario, podemos pedirle información o documentación para comprobar que su caso cumple estas condiciones.
6.8. Después de que le hayamos informado de sus condiciones específicas (importe, fecha de cargo, emisor), usted no tendrá derecho a solicitarnos que devolvamos un recibo si ha autorizado expresamente a CaixaBank
el cargo con 4 semanas de antelación.
6.9. Le corresponde a usted asumir los costes derivados de anular una orden de pago.
7. TRANSFERENCIAS
Qué son y qué tipos hay
7.1. Las transferencias son órdenes de pago que consisten en el envío de fondos desde su cuenta a otra cuenta de la que usted nos indique el IBAN.
7.2. CaixaBank pone a su disposición las siguientes modalidades de transferencias:
> Estándar (Transferencia SEPA). La principal característica de esta modalidad es que el plazo máximo de entrega de los fondos a la entidad bancaria del beneficiario será de 1 día hábil desde el momento en que recibimos la orden.
Proyecto de contrato
> Orden permanente (transferencias periódicas). Este servicio le permite realizar periódicamente transferencias de un importe determinado a otra cuenta bancaria.
Si faltara saldo disponible en la cuenta en las fechas previstas para la transferencia, no podremos realizar el pago hasta que usted proporcione los fondos necesarios.
Cuando el día previsto para realizar la transferencia sea inhábil, esta se realizará el día hábil siguiente.
Las transferencias que recibamos a partir de las 11h se considerarán recibidas el día hábil siguiente.
> Valor mismo día. Su principal característica es que el plazo máximo de entrega de los fondos a la entidad bancaria del destinatario será el mismo día hábil desde el momento en que recibamos la orden.
Esta modalidad solo es posible en determinadas operaciones, por lo que no siempre la tiene disponible.
> Inmediata. Se caracteriza por que el plazo de entrega de los fondos a la entidad bancaria del destinatario será de, como máximo, 20 segundos desde el momento en que recibamos la orden.
Sin embargo, no puede garantizarse que todos los sistemas informáticos de las entidades destinatarias soporten esta modalidad de transferencia, ni tampoco que, en caso de que sí la soporten, la acepten. Por ello, podría darse que antes e incluso después de que desde CaixaBank hayamos emitido la transferencia, no se pueda ejecutar. En ese caso, le informaremos inmediatamente de la imposibilidad de llevar a cabo la orden y le reembolsaremos los fondos emitidos, y también el coste del servicio.
> Urgente Banco de España. La principal característica de esta modalidad es que el traspaso de fondos a la entidad de crédito del beneficiario se produce a través de las cuentas que esta y CaixaBank tengan abiertas en el Banco de España. El traspaso de fondos entre las entidades se produce inmediatamente, si bien será la entidad del beneficiario quien, una vez recibidos los fondos, los deba abonar en la cuenta del beneficiario, lo que habitualmente se realiza de inmediato. Esta modalidad solo será posible en determinadas operaciones, por lo que no siempre estará disponible para usted.
7.3. Puede ver en la condición 12 de la cuenta cómo se repartirían las responsabilidades si se produjeran errores al realizar las órdenes de pago, incluidas las transferencias.
8. INCIDENCIAS
Qué hacer si observa irregularidades
8.1. Si usted percibe una irregularidad relacionada con una operación de pago o con otro servicio, porque no ha autorizado la operación o porque esta se ha realizado incorrectamente, debe comunicárnoslo lo antes posible por cualquiera de los siguientes medios:
> en su oficina habitual;
> llamando al teléfono gratuito de incidencias y reclamaciones:
900 40 40 90.
9. NEGOCIACIÓN Y COMPENSACIÓN DE DOCUMENTOS
Proyecto de contrato
Cómo se gestiona el cobro de cheques, pagarés y otros documentos, y cuándo puede disponer de los fondos
9.1. Usted puede disponer de los fondos correspondientes a documentos cambiarios, como cheques o pagarés, o a otros documentos que nos entregue para que gestionemos su cobro solo cuando en CaixaBank los hayamos cobrado en firme, de acuerdo con las condiciones que resulten aplicables en cada caso. Esto se aplica incluso si su importe aparece en su cuenta como un abono.
9.2. Usted se responsabiliza del buen fin de estos documentos. Si finalmente el pagador (por ejemplo, quien firma un pagaré o quien entrega un cheque) no atendiera al pago:
> CaixaBank retiraría de su cuenta el importe que le hayamos abonado. Esta condición se aplicaría incluso si usted ha podido disponer de los fondos de manera anticipada.
> Usted autoriza a la entidad financiera que haya emitido el documento para que reclame el pago. También le otorga el derecho a que informe sobre el incumplimiento del pago a entidades especializadas en servicios sobre solvencia patrimonial y crédito.
Si, posteriormente, el pagador cumpliera con su obligación, usted tiene que informarnos de este pago lo antes posible. Si usted se retrasara de forma injustificada en comunicárnoslo, tendría que asumir las responsabilidades derivadas de incumplir esa obligación y del mantenimiento inexacto de datos en los ficheros de CaixaBank y en los de los prestadores de servicios antes indicados.
10. DIVISAS
Pagos y cobros en una divisa diferente del euro
10.1. La divisa de este contrato es el euro. En CaixaBank no estamos obligados a prestar servicios de pago vinculados a la cuenta ni a gestionar cobros en divisas distintas del euro.
10.2. Cuando CaixaBank sí acepta prestar servicios que implican un cambio de divisa, el plazo de ejecución de estos servicios se inicia el primer día hábil inmediatamente posterior a la fecha en que se ha podido realizar el cambio de divisa.
10.3. Cuando la prestación de servicios de pago vinculados a la cuenta o la gestión del cobro de documentos implica conversión de divisas, en CaixaBank aplicamos el tipo de cambio vigente en el mercado en el momento en que se realiza la operación. A ello se le suma o se le resta el porcentaje establecido en el Anexo de Precios de este contrato.
Este tipo de cambio se aplica tanto en el caso de la conversión de una determinada divisa a euros, como en el caso contrario (conversión de euros a otra divisa).
10.4. Puede consultar los tipos de cambio en las oficinas de CaixaBank, en el portal web de CaixaBank y a través del servicio CaixaBankNow.
11. DESCUBIERTOS
En qué consisten el «descubierto tácito» y el
Proyecto de contrato
«descubierto expreso» o Disponible Nómina, y qué precio tienen
11.1. CaixaBank le ofrece el servicio de dos tipos de descubiertos: el
«descubierto tácito» y el «descubierto expreso» o Disponible Nómina
La concesión de un descubierto tácito no implica necesariamente que CaixaBank vuelva a concedérselo en un futuro.
11.2. El descubierto tácito es un servicio de financiación que CaixaBank pone a su disposición en caso de que en su cuenta no haya saldo suficiente para atender una orden de pago.
11.3. La concesión del descubierto tácito es discrecional. Esto quiere decir que CaixaBank valorará en cada caso si se puede o no conceder, dependiendo de su solvencia, su interés o utilidad y de nuestras políticas de riesgo vigentes en cada momento.
La legislación vigente limita el precio del descubierto, de forma que el coste del servicio (TAE) nunca puede ser superior a 2,5 veces el tipo del interés legal del dinero vigente en cada momento. Puede consultar el tipo de interés legal del dinero en:
xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/ es/areas/Tipos_de_Interes/ Tipos_de_interes/Otros_tipos_ de_i/otrostipos/Tabla_tipos_de_ interes_legal.html
11.4. El descubierto tácito debe devolverse de forma inmediata. De lo contrario, usted tendría que asumir los gastos relativos a la
«Reclamación de impagados» (puede consultar la condición 13.3. de la cuenta).
11.5. CaixaBank tiene derecho a cobrarle el precio del servicio del descubierto tácito, que se indica en las condiciones particulares. Este precio se calcula tomando como referencia el mayor saldo en descubierto que presente su cuenta en cada trimestre y multiplicando este número por el precio del servicio. El precio del descubierto tácito se pagará al final de cada trimestre con dinero de la propia cuenta.
11.6. La Tasa Anual Equivalente (TAE) del descubierto tácito es una magnitud que expresa el coste anual del servicio de descubierto. Su valor se indica en las Condiciones Particulares de este contrato, junto al precio del servicio de descubierto.
La TAE del descubierto tácito sirve para comparar el coste de este servicio con el de otros servicios de financiación que ofrece CaixaBank o el resto de las entidades financieras, a fin de ayudarle a tomar una decisión sobre si contratar o no el servicio.
11.7. Usted puede solicitarnos que no admitamos descubiertos tácitos en su cuenta.
Para que podamos tomar en consideración la condición de tener la nómina domiciliada, usted tiene que percibir ingresos periódicos como persona que trabaja por cuenta ajena o como funcionario.
Además, debe recibir el dinero mediante transferencia bancaria ordenada por el pagador de la nómina o mediante un cheque nómina que este emita.
Es imprescindible que usted no tenga embargados ni pignorados (retenidos) ni la nómina ni el dinero de la cuenta.
11.8. El descubierto expreso o Disponible Nómina (en adelante: «Disponible Nómina») es un servicio de financiación por el que desde CaixaBank atendemos pagos relacionados con su cuenta, aun cuando no haya saldo suficiente en ella. Este servicio se presta a cambio de un precio. A diferencia del caso del descubierto tácito, aquí nos comprometemos a realizar el pago siempre que cumpla con las condiciones que le indicaremos.
11.9. Usted puede disponer del servicio Disponible Nómina cuando se cumplen las siguientes condiciones desde que la cuenta está vigente:
> Tener la nómina domiciliada en la cuenta en la que se ha producido el descubierto.
> Haber sido cliente de CaixaBank durante un mínimo de siete meses ininterrumpidos.
Proyecto de contrato
> No tener contratados otros servicios de financiación similares, como la cuenta corriente de crédito u otras posibilidades de descubierto.
> Estar al corriente de pago de las obligaciones contraídas con CaixaBank o con las entidades de su grupo.
> Cumplir con las condiciones que usted y la entidad hayan pactado.
11.10. Las condiciones de pago y precio son las mismas para los servicios de descubierto tácito y Disponible Nómina. También se calculan con las mismas condiciones la TAE del descubierto tácito y la de Disponible Nómina.
11.11. Usted tiene que devolver el crédito del Disponible Nómina en el plazo de un mes. De no ser así, podría tener que asumir gastos adicionales (puede consultar las condiciones 11.4. y 13 de la cuenta).
El crédito del servicio Disponible Nómina tiene los siguientes límites:
> La suma de todo el dinero prestado por CaixaBank para cubrir el descubierto nunca podrá rebasar el 50 % de su nómina. Si usted percibe dos nóminas, sus importes se sumarán para calcular el límite. Si hay más de un titular en la cuenta con la nómina domiciliada, se sumarán todas las nóminas para el cálculo del límite. En cualquier caso, el límite máximo disponible es de 3.000 €.
> El dinero prestado por CaixaBank mediante esta modalidad de descubierto, y que usted use para retirar dinero, pagar con tarjetas de débito o hacer transferencias a otras cuentas, no podrá superar el 15
% del límite total del Disponible Nómina, hasta un máximo de 300 €.
> El Disponible Nómina no se concede si se trata de recibos emitidos por otras entidades no financieras, financieras o similares; o si usted tiene deudas contraídas con CaixaBank , como cuotas de préstamos, comisiones o gastos.
11.12. CaixaBank puede cancelar de manera inmediata el servicio Disponible Nómina en las siguientes circunstancias:
> Si usted incumple cualquiera de las condiciones de acceso al servicio (puede consultar la condición 11.9. de la cuenta).
> Si fallece cualquiera de los titulares con nómina domiciliada.
> Si usted pide la reestructuración o la refinanciación de cualquier deuda que tenga con CaixaBank .
11.13. Si cancelamos su servicio Disponible Nómina, se lo comunicaremos a la mayor brevedad a través de medios como un SMS o un mensaje push (mensaje emergente en su teléfono móvil). Siempre que se lo comuniquemos con, al menos, un mes de antelación, no es necesario que le indiquemos la causa.
11.14. Usted también puede pedir en cualquier momento cancelar de forma inmediata el servicio Disponible Nómina. En tal caso, tendrá que abonar el precio correspondiente por utilizar este servicio, si tiene pendiente hacerlo.
No se considera defectuosa una orden de pago realizada con un IBAN equivocado, si usted nos ha facilitado este IBAN.
12. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
Proyecto de contrato
Quién responde si se incumplen las obligaciones del contrato
Tenga en cuenta los siguientes conceptos:
> Actuar fraudulentamente: actuar maliciosamente aprovechándose de una situación para obtener un beneficio que en una situación normal no correspondería. Por ejemplo, decirnos que no ha autorizado una operación cuando sí lo ha hecho.
> Incumplimiento grave: actuar de forma contraria al más básico sentido común. Por ejemplo, dar sus claves a otra persona o no cumplir con cualquiera de las medidas básicas de seguridad que le hemos explicado en el apartado seguridad.
> Incumplimiento leve: descuidos que pueden ocurrir de forma aislada. Por ejemplo, tardar un poco más de lo razonable en comunicar una incidencia o no actualizar el antivirus.
12.1. Si usted o CaixaBank incumplen las obligaciones que establece este contrato, tendrán que indemnizar a la otra parte por los daños y perjuicios causados.
12.2. Desde CaixaBank nos hacemos responsables de las posibles órdenes de pago realizadas de forma defectuosa. Esto ocurre cuando no hemos seguido alguna de las instrucciones que usted nos haya dado. En ese caso, le devolvemos su cuenta al estado en que se encontraba antes de realizar la operación defectuosa.
12.3. Si hemos realizado un pago o un cobro que usted no ha consentido (autorizado), dispone de 13 meses para comunicárnoslo. Esos 13 meses empiezan a contar desde la fecha en que se ha realizado la operación no autorizada.
En el momento en que usted nos realice esta comunicación, CaixaBank analizará las operaciones que haya especificado como no autorizadas para comprobar si las mismas han cumplido con todos los requisitos legales y de autenticación y no han sido afectadas por ningún error operativo o fallo técnico. De no cumplirse lo anterior, le devolveremos el importe a su cuenta, a más tardar, el día hábil siguiente a su comunicación. Ello no implica que este abono sea definitivo, puesto que, si observamos que usted ha cometido una negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones (por ejemplo, ha revelado a un tercero sus claves de seguridad), le reclamaremos que nos devuelva el importe.
En el caso que las operaciones cumplan con todos los requisitos legales y de autenticación, consideraremos que usted las ha realizado. Ello implicará que no le devolveremos el importe el día hábil siguiente a la comunicación de la operación, sino que al tener motivos razonables para sospechar la existencia de fraude, le comunicaremos estos motivos por escrito a Banco de España. Esto no quiere decir que definitivamente no le devolveremos el importe de la operación, sino que se estudiará en profundidad el caso previamente a tomar una decisión.
En cualquiera de los casos nos pondremos en contacto con usted para transmitirle la decisión definitiva.
12.4. Aun cuando CaixaBank no sea responsable de un pago realizado de forma defectuosa o sin autorización, llevaremos a cabo gestiones razonables para averiguar el estado de la operación e intentar recuperar
los fondos. Podremos cobrarle por los gastos que nos haya causado gestionar la recuperación de los fondos.
12.5. CaixaBank no se hace responsable de los daños que pueden ocasionarse si existen circunstancias excepcionales e imprevisibles, fuera de nuestro control, o deberes u obligaciones legales, que hacen imposible prestar los servicios vinculados a esta cuenta.
Los daños pueden ser, por ejemplo, recargos que lleguen a su cuenta por impagos de usted a terceros, como impagos a la administración tributaria o a proveedores de servicios que usted haya contratado.
Se consideran circunstancias excepcionales e imprevisibles: xxxxxx xx xxx, fenómenos naturales como inundaciones o terremotos, actos de terrorismo o de vandalismo, ocupación ilegal de oficinas o de otras instalaciones, etc.
Proyecto de contrato
Las circunstancias originadas por deberes u obligaciones legales son, por ejemplo, el bloqueo de cuentas por defunción del titular o por discrepancias entre las órdenes de distintos titulares solidarios; o la aplicación de medidas derivadas de la normativa de blanqueo de capitales.
CaixaBank le informará inmediatamente de estas circunstancias para que usted pueda prevenir y disminuir los daños que ello le puede causar.
13. PRECIO DE ESTA CUENTA
Cuánto cuesta mantener la cuenta y los servicios vinculados, y cómo se realiza el pago
13.1. CaixaBank tiene derecho a aplicar unos precios al mantenimiento de la cuenta y a los servicios vinculados a ella. Puede consultar las Condiciones Particulares y el Anexo de Precios para conocer el detalle de estos precios.
13.2. Todos los costes que se generen por los servicios prestados por este contrato se cargan en la propia cuenta. En caso de falta de saldo, CaixaBank puede cargarlos en otra cuenta de la que usted sea titular.
13.3. Los precios de los principales servicios de la cuenta son los siguientes:
Le advertimos que la modificación de los titulares de una cuenta puede conllevar el pago de otro precio de mantenimiento de la cuenta.
> Cuota de la cuenta
(a) Concepto: permitir que pueda disfrutar de los servicios que están incluidos en las agrupaciones de cuentas que tengan la misma combinación de titulares. No usar alguno de los servicios no le da derecho a una reducción en el precio.
(b) Tarifa: importe determinado en las Condiciones Particulares.
(c) Periodicidad del pago: trimestral, según trimestres naturales (de enero a marzo, de xxxxx x xxxxx, de julio a setiembre y de octubre a diciembre).
(d) Fecha de pago: por anticipado, durante el primer mes de cada trimestre natural.
(e) El precio de la cuota puede tener reducciones. Los supuestos y el importe definitivo se indican en las condiciones particulares.
(f) Cómo y en qué momento se agrupan las cuentas con una misma combinación de titulares: El día anterior al inicio de cada trimestre, se incluyen en una misma agrupación todas aquellas cuentas cuyo número e identidad de titulares sean idénticos.
Ejemplo: Xxxxx tiene varias cuentas en CaixaBank y en algunas comparte titularidad con otras personas: Xxxx y Xxxxxxxx.
Los clientes Xxxx, Xxxxx y Xxxxxxxx tienen abiertas varias cuentas en CaixaBank con distintas combinaciones de titulares:
Agrupación cuentas A, formada por 3 cuentas, núm. 1, 2 y 3 en las que solo Xxxxx xxxxxx como titular
Agrupación de cuentas B formada por 2 cuentas, núm. 4 y 5, en las que Xxxxx y Xxxxxxxx figuran como cotitulares.
CaixaBank le mandará cada año, durante el mes de enero, el "Estado de comisiones". En este documento le indicaremos detalladamente los precios de los servicios que le hemos cobrado durante el año anterior. Le mandaremos este documento por su Banca digital o a su domicilio.
Proyecto de contrato
Agrupación de cuentas C formada por 1 cuenta, núm. 6, en la que Xxxx, Xxxxx y Xxxxxxxx figuran como cotitulares.
Del ejemplo, resultan 3 conjuntos de cuentas con una misma combinación de titulares. En consecuencia, se cobrarían 3 cuotas trimestrales distintas: una por las cuentas 1, 2 y 3, otra por las cuentas 4 y 5, y otra por la cuenta 6.
Si, además, Xxxxx cumpliera con todos los requisitos de reducción, no le cobraríamos la cuota en la combinación de cuentas en la que es titular única.
Y si, finalmente, Xxxxx cumple con todos los requisitos de reducción y nos autoriza a que el resto de titulares puedan conocer la información sobre el cumplimiento de sus requisitos de reducción (los de Xxxxx), todas las cuotas de sus cuentas serían gratuitas.
> Conversión de divisas
(a) Concepto: conversión de otra divisa a euros o de euros a otra divisa.
(b) Tarifa: porcentaje que se indica en el Anexo de Precios sobre el importe de la operación antes de que se realice el cambio de divisa.
Se paga una vez realizada la conversión.
(c) Periodicidad del pago: cada vez que se realiza una conversión de divisas.
(d) Fecha de pago: en el momento de la conversión.
> Compensación por costes de cobro ante un impago
Si usted incumple su obligación de pago, nos obliga de inmediato a destinar recursos para poner al día la deuda impagada.
1º) Se le reclamará por i) comunicaciones telemáticas (p. ej. SMS o similares medios), ii) correo electrónico y/x xxxxx de banca electrónica (como el actual CaixaBankNow), cuando Vd. haya acordado estas vías de comunicación con CaixaBank y iii) una o varias llamadas telefónicas (el número y progresión se adaptará a las circunstancias particulares de cada impagado y cada cliente -siempre se realizarán al menos dos (2) intentos para intentar establecer
contacto personal con Vd.-) o cualquier otro método personalizado que nos permita ponernos en contacto con Vd. La compensación de costes de cobro por las anteriores gestiones es de 40€.
2º) Si el impago persistiere tras 15 días, se podrá remitir adicionalmente un burofax o equivalente con certificación de contenido y recibo. La compensación actual de este coste es 24€. La 1ª compensación no se devengará nunca antes de realizarse efectivamente las concretas gestiones de cobro descritas y un mismo impago no podrá generar más de una compensación. La misma regla aplica a la 2ª compensación, con respecto al efectivo envío. Costes de cobro e Interés de demora son diferentes. Los recursos efectivamente destinados para poner al día la deuda impagada, son los Costes de cobro; el beneficio dejado de percibir que ocasiona el impago, es el Interés de demora.
Proyecto de contrato
> Descubierto tácito y descubierto expreso (Disponible Nómina)
(a) Puede consultar la condición 11 de la cuenta.
> Otros servicios vinculados a la cuenta
(a) Concepto: prestación de servicios de pago y de otros servicios accesorios.
(b) Tarifa: se cobrarán los precios establecidos en el Anexo de Precios.
(c) Fecha de cobro: en el momento en el que se realice la operación de pago solicitada o el servicio prestado.
Oficina atención:
Firma y aceptación del contrato | ||
Después xx xxxx este contrato, acepto las condiciones que se incluyen aquí. Por parte de CaixaBank, S.A., nos comprometemos a cumplir las condiciones que hemos pactado con usted en este documento. | ||
El titular | ||
Por parte de CaixaBank, S.A. | ||
Director Ejecutivo de Medios |
Proveedor de este servicio |
CaixaBank, S.A. / CaixaBank • Prestación de servicios financieros • Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000-Xxxxxxxx • xxx.XxxxxXxxx.xx • NIF: A08663619 • Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10370, folio 1, hoja número V-178351, inscripción 2ª • Registro Administrativo Especial del Banco de España: número 2100 • Autoridad de supervisión: Banco de España • xxx.xxx.xx |
Proyecto de contrato
ANEXO DE PRECIOS
Tabla de precios de los servicios de CaixaBank a la fecha de la firma del contrato
PRECIOS | |||
SERVICIOS | fijo o mínimo | % | OBSERVACIONES |
EXTRACTO DE DEPÓSITOS | |||
Adicional, del año en curso o de años anteriores | 12,00 € | Por año o por fracción | |
Con periodicidad distinta de la mensual | 3,00 € | Por extracto | |
TRANSFERENCIA NACIONAL Y UE1 | |||
EMISIÓN | |||
Transferencia estandar : con cargo en cuenta | 3,95 € | 0,40 % | Con datos incompletos o incorrectos: 0,55 % (mínimo 19,00 €) |
Transferencia inmediata | Se suma el complemento de 1,99€ (persona física) o 4,05€ (persona jurídica) al precio del servicio de transferencia estándar con cargo en cuenta | ||
Transferencia estandar: periódica orden permanente | 2,75 € | 0,30 % | Por transferencia, con periodicidad solicitada y mismos datos |
Transferencia valor mismo día | 6,00 € | 0,50 % | Entrega de fondos a la entidad del beneficiario el mismo día de la orden |
Transferencia urgente vía Banco de España | 20,00 € | 1,00 % | Traspaso inmediato entre cuentas abiertas en Banco de España |
Envío de aviso al beneficiario: sms o e-mail individual A una cuenta de CaixaBank de otro titular (traspaso) | 0,30 € 0,80 € | 0,025 % | Cuando el emisor es persona jurídica |
Gestión de incidencias | 25,00 € | ||
RECEPCIÓN | |||
Con abono en cuenta (> 25.000 €) | 3,00 € | 0,20 % | Cuando el receptor es persona jurídica |
TRANSFERENCIA INTERNACIONAL2,3 | |||
EMISIÓN | |||
Con cargo en cuenta - gastos compartidos | 15,00 € | 0,60 % | Con datos incompletos o incorrectos: 0,65 % (mínimo 18,00 €) |
Con cargo en cuenta - gastos ordenante | 27,00 € | 0,70 % | Con datos incompletos o incorrectos: 0,80 % (mínimo 36,00 €) |
Individual en cuenta CaixaBank de otro titular (traspaso) | 0,80 € | 0,025 % | |
CaixaBank HomePay | Consultar en oficina | ||
Gastos SWIFT | 15,00 € | Gastos por acuse de recibo SWIFT: 3,00 € | |
Gestión de incidencias | 25,00 € | ||
RECEPCIÓN | |||
Con abono en cuenta | 15,00 € | 0,40 % | Con datos incompletos o incorrectos: 0,50 % (mínimo 18,00 €) |
EMISIÓN DE CARTAS DE PAGO | |||
Con justificante de transferencia | 2,00 € | ||
Con cheque | 2,00 € | 0,30 % | Incluye también cheques bancarios y pagarés |
CHEQUES Y PAGARÉS DE CUENTA (€) |
(Continúa en la siguiente página) >>
Proyecto de contrato
Contrato de Contrato de productos y servicios | Anexo de precios
Ingreso en la cuenta de un cheque | 3,00 € | 0,30 % | No normalizado: 0,30 % (mínimo 7,50 €) | ||
Devolución | 18,00 € | 4,50 % | |||
Emisión de cheque bancario | 10,00 € | 0,40 % | |||
Conformado (registrado) | 6,00 € | 0,40 % | |||
Pago de carburante | 2,50 € | Por cheque/petición de talonario: 10,00 € | |||
Petición de talonarios de pagarés de cuenta | 7,00 € | Por talonario | |||
Envío de talonario a domicilio | 4,00 € | ||||
RECIBOS DOMICILIADOS | |||||
Orden de impago | 2,00 € | ||||
MONEDA EXTRANJERA | |||||
Compra/venta de billetes (> 3.000 €) | 30,00 € | 1,00 % | |||
Ingreso de cheque de entidad extranjera (en otra divisa) | 12,00 € | 0,80 % | Devolución cheque: 0,45 % (mínimo 18,00 €) | ||
Emisión cheque en moneda extranjera | 18,00 € | 1,00 % | |||
CERTIFICADOS | |||||
Estándar | 15,00 € | De deuda, complejos o auditorías: 35,00 € | |||
No residencia | 25,00 € | ||||
DUPLICADOS | |||||
Comunicados | 6,00 € | ||||
Comunicado fiscal último año | 6,00 € | Ejercicios anteriores: 10,00 € | |||
Libretas | 6,00 € | Expediente por extravío | |||
OTROS | |||||
Custodia de documentación o de libretas en oficina | 12,00 € | Trimestral | |||
Gestiones con desplazamiento | 24,00 € | ||||
Diferencial en el tipo de cambio: 2,50 % sobre el tipo de cambio: divisa/euro; euro/divisa (1) Incluye transferencias nacionales, además de todas las transferencias con el exterior entre estados miembros de la UE regulados por el Regla¬mento Europeo CE924/2009 (en euros, coronas suecas x xxx rumano). (2) Incluye: todas las transferencias entre estados miembros de la Unión Europea distintas de las reguladas por el Reglamento Europeo CE924/2009; restantes transferencias con el exterior; y transferencias en moneda extranjera en el mercado interior. (3) Transferencias realizadas con carácter urgente: recargo adicional de 4 € (también aplicable a transferencias EU). | |||||