UA CD392/16
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CD392/16
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO PORLOS CC. C.P. Y M.A.P. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, C.P. XxXX XXXXXX XXXXXXX XXXxXX, Y C.P. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARAcTERES DE OFICIAL MAYOR, TESORERA MUNICIPAL, Y REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE HACIENDA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHIHUAHUA (EN LO SUCESIVO EL "MUNICIPIO") Y, POR OTRA, EL C. XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX, (EN LO SUCESIVO EL "ARRENDADOR"), CONJUNTAMENTE DENOMINADAS COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAuSULAS:
ANTECEDENTES
1. Que la Oficialia Mayor esta facultada para programar, coordinar, adquirir y proveer oportunamente los elementos materiales y servicios requeridos por la dependencias del \-. Municipio para el desarrollo de sus funciones; esto de acuerdo al articulo 66 del Codiqo del Municipio de Chihuahua, 43 fraccion II, inciso c, 44, fraccion IV del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua;
2. EI ARRENDADOR es el legltimo propietario del lote de terreno denominado "Baldio de ~ Xxxx Xxxxxxxx" ubicado en la calle Pila Junta de los Xxxx/San Xxxxx, en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua, en 10 sucesivo el "INMUEBLE"i
3. EI MUNICIPIO esta interesado en ocupar una fracdon dellNMUEBLE, consistente en l,330.49m m2 (Mil Trecientos Treinta punta Cuarenta y Nueve Metros Cuadrados), toda vez que se encuentran ahi instaladas antenas de trasmlsion, tanto repetidoras como de servicio; una caseta de vigilancia, aSI como la subestadon electrica para los variados servicios de radiocornunicacion de las diferentes dependencias Municipales, con el proposito de disponer de una adecuada red de comunicacion para los servicios publicos Municipales;
4. Consecuentemente, en dias pasados las PARTES mantuvieron contacto a fin de negociar los terrninos y condiciones del presente contra to, de conformidad con el articulo 2,296 y dernas relativos del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
CONTRATO CD392/16, DE ARRENDAMIENTO, SUSCRITO ENTRE EL MUNICIPIO DECHIHUAHUA Y XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX, CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX0000. YNC/NSLP/VRM
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OFICIALIA MAY Urud ad JundiV
DECLARACIONES
I. Declara el MUNICIPIO, por conducto de sus representantes legales y bajo protests de decir verdad que:
1. De conformidad con 10 dispuesto por los artfculos 115, fraccion II, de la Constltuclon Politica de los Estados Unidos Mexicanos; 132 de la Constitudon Polftica del Estado de Chihuahua, 8 y 11 del Codigo Municipal para el Estado de Chihuahua, es una mstttuclon de orden publico con la personalidad jurfdica y patrimonio propio, siendo considerada parte integrante del Estado de Chihuahua, al igual que los otros 66 (sesenta y sels) municipios de la entidad, asf como base de su orqanizacion territorial, polftica y administrativa;
2. Sus representantes cuentan con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente convenio, atendiendo a 10 prescrito por los artfculos 2; 35 fracclon: 64, fraccion XX, x 00, xxxxxxxx XXX, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx;
3. Requiere disfrutar del uso del INMUEBLE con el proposito de albergar antenas de trasrnision, tanto repetidoras como de servicio; una caseta de vigilancia, asf como la subestadon electrica para los variados servicios de radtocomunlcadon de las diferentes dependencias Municipales, con el proposito de disponer de una adecuada red de cornunlcaclon para los servicios publicos Municipales;
4. Cuenta con los recursos, solvencia y Iiquidez necesarios a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que contrae por virtud de la suscripcion del presente, manifestando que las erogaciones respectivas se encuentran debidamente previstas por las disposiciones rpresupuestales vigentes y aplicables; espedficamente en la cuenta 01-51321010001 999999-04-13031-131-000-02ROI03-32101-1-4-GCAM-000i \~
5. Se encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con la Cedula de Identificacion Fiscal MCI-651010-V22, estando a la fecha al corriente de los impuestos y dernas contribuciones que Ie han correspondido de conformidad con la leqislacion fiscal vigente y aplicable, y; ~
6. Es voluntad de su adrninistraclon suscribir el presente contrato, a fin de que el ARRENDADOR Ie otorgue el usa del INMUEBLE y el mobiliario en su interior para los fines anteriormente indicados, atendiendo en todo momenta a los terrntnosy condiciones descritos en el c1ausulado siguiente.
II. Declara el ARRENDADOR, por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad, que:
1. Es mexicano, mayor de edad, estando en pleno goce y usa de sus facultadesfisicas y mentales, por 10 que cuenta con la capacidad necesaria y suficiente a fin de suscribir el presente instrumento;
2. EI INMUEBLE se encuentra Iibre de toda carga, gravamen 0 lirnitacion en su dominio que pueda afectar directamente las obligaciones que asume por virtud de la suscripcion del presente instrumento;
3. Que es propietaria y se encuentra en posesion del INMUEBLE ubicado en la xxxxx Xxxx xx xxx Xxxx/Xxx Xxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxxxx. denominado
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"Baldfo de Xxxx Xxxxxxxx", con clave catastral nurnero 000-000-000, Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que tal derecho real no Ie ha side revocado ni limitado por motive alquno;
4. EI INMUEBLE cuenta con una superficie de 103,557.00 m2 (Ciento Tres Mil Quinientos Cincuenta y Siete Metros Cuadrados) otorgando al MUNICIPIO unicarnente el uso de una fraccion de aproximadamente 1,330.49 m2 (Un Mil Trescientos Treinta Punto Cuarenta y Nueve Metros Cuadrados) y compartiendo un derecho de acceso de entrada por una superficie aproximada a 3,748.19m2 (Tres Mil Setecientos Cuarenta y Ocho Punto Diecinueve Metros Cuadrados);
5. EI INMUEBLE se encuentra al corriente del Impuesto Predial que Ie corresponde;
6. EI INMUEBLE cuenta con las autorizaciones administrativas necesarias a fin de ser destinado al uso convenido en el presente instrumento;
7. Se encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con Cedula de Identficacion Fiscal MUTJ-230825-JQA estando al corriente del pago de las contribuciones e impuestos que Ie han correspondido a la fecha;
8. Se encuentra debidamente autorizado ante las autoridades fiscales competentes para expedir los comprobantes a ser otorgados al MUNICIPIO contra el pago de las rentas y dernas contraprestaciones acordadas en este contrato, y;
9. Es su voluntad suscribir el presente contrato, a fin de otorgar a favor del MUNICIPIO el uso del INMUEBLE para los fines anteriormente indicados, atendiendo en todo momenta a los terrninos y condiciones descritos en el c1ausulado siguiente. i-.,
III. Declaran las PARTES, por conducto de sus respectivos representantes legales, el primero y por su propio derecho el segundo, bajo protesta de decir verdad, que se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, adernas de concurrir a la suscrlpcion del ~ presente contrato de buena fe, encontrandose libres de dolo, violencia, error, lesion 0 cualesquiera otros vicios en su consentimiento, con el proposito de obligarse al tenor de las siguientes:
CLAuSULAS
PRIMERA. OBJETO. En terrrunos del artfculo 2,296 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por virtud de la suscrtpcion del presente contrato el ARRENDADOR concede el uso y goce temporal del INMUEBLE a favor del MUNICIPIO, institudon que acepta expresamente que se Ie conceda el uso y disfrute del mismo en arrendamiento, por el periodo comprendido entre el dfa 10 de Octubre y el 31 de Diciembre de 2016, dandose por recibido de su posesion con esta misma fecha en el estado que se encuentra.
SEGUNDA. PRECIO. La renta estipulada por el uso y goce temporal del INMUEBLE por parte del MUNICIPIO, en atencon a 10 dispuesto por el articulo 2,298 del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, sera la cantidad mensual de $7/827.17 M.N. (Siete Mil Ochocientos Veintisiete Pesos 17/100 Moneda Nacional), mas el correspondie Impuesto al Valor Agregado, es decir, la cantidad de $1/252.35 M.N. (Mil Doscien
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Cincuenta V Dos Pesos 35/100 Moneda Nacional), menos la retendon del 10% por concepto del Impuesto Sobre la Renta, es decir, $782.71 (Setecientos Ochenta V Dos Pesos 71/100 M. N.) resultando la cantidad mensual total de $8,296.80 M. N. (Ocho Mil Doscientos Noventa V Seis Pesos 80/100 Moneda Nacional). Por los veintiun dias del mes de Octubre se pagara la cantidad de $5,479.01 M.N (Cinco Mil Cuatrocientos Setenta V Nueve Pesos 01/100 Moneda Nacional), mas 10 correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, es decir la cantidad de $876.64 (Ochocientos Setenta V Seis Pesos 64/100 Moneda Nacional) menos la retencion del 10% por concepto de Impuesto sobre la Renta, es decir $547.90 M.N (Quinientos Cuarenta y Siete Pesos 90/100 Moneda Nacional) resultando la cantidad por los veintiun dias de $ 5,807.76 M.N (Cinco Mil Ochocientos Siete Pesos 76/100 Moneda Nacional).
Por 10 que el monto total que paqara por los dos meses y veintiun dfas del mes de Octubre el MUNICIPIO al ARRENDADOR como contraprestacton sera la cantidad de $22,401.36 (veinttdos Mil Cuatrodentos Un Pesos 36/100 Moneda Nacional).
En cumplimiento a 10 dispuesto por la Ley de Impuesto Sobre la Renta, el MUNICIPIO retendra al ARRENDADOR el correspondiente Impuesto Sobre la Renta por el uso y goce temporal del inmueble, cornprometiendose el MUNICIPIO a enterarlo al Servicio de Adrmnistracion Tributaria.
Las PARTES convienen expresamente que dicho monto sera el mismo en cualquier caso, independientemente que el MUNICIPIO disfrute del uso del INMUEBLE parcialmente en el transcurso de determinado mes, por 10 que bajo ninqun supuesto podra disminuirse alegando que no se utilize todos los dias que correspondieran.
TERCERA. TIEMPO, LUGAR Y FORMA DE PAGO. La RENTA debera ser pagada par I anticipado dentro de los primeros 15 (Quince) dias habiles, a favor del ARRENDADOR, mediante cheques nominativos 0 transferencia electronlca xx xxxxxx, que deberan ser entregados en el ~~ domicilio de la Tesorerfa Municipal, ublcado en Xxxxx Xxxx 000, Xxx. Xxxxxx. C. P. 31000, Ciudad
I' de Chihuahua, Estado de Chihuahua, previa presentadon de la factura correspondiente.
CUARTA. COMPROBANTES DE PAGO. A fin de que el MUNICIPIO se encuentre en la posibilidad de pagar la RENTA, el ARRENDADOR debera expedir a favor del MUNICIPIO los ~ comprobantes respectivos, mismos que deberan reunir los requisitos fiscales contemplados por la leqisladon fiscal vigente y aplicable al momenta del pago, y ser entregado en el domicilio de la Oficialfa Mayor del Municipio ubicado en Calle Victoria e Independencia SIN "Edificio del Real", Sexto Piso, Colonia Centro, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, dentro de los ultimos 15 (Quince) dfas naturales de cada mes anterior a la fecha efectiva del pago.
Los comprobantes descritos deberan expedirse atendiendo a los siguientes datos:
Contribuyente: Municipio de Chihuahua
:1R. F. C.: MCI-651 010-V22
Domicilio Fiscal: Xxxxx Xxxx 000 Xxx. Xxxxxx, X. X. 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx ~ . \
QUINTA. REPARACIONES NECESARIAS. En cumplimiento a 10 dispuesto por el articulo 2,311, fraccion III, del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, el ARRENDADOR se compromete a realizer las reparaciones mayores que sean necesarias sobre el INMUEBLE, con el proposito de conservarlo en las mismas condiciones en que se encuentr~~.
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en esta fecha durante todo el tiempo que dure el presente arrendamiento. EI MUNICIPIO se obliga a poner en conocimiento del ARRENDADOR, a la brevedad posible, la necesidad de dichas reparaciones, bajo pena de pagar dafios y perjuicios que su omision cause, sequn dispone el articulo 2,314 del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
SEXTA. REPARACIONES ORDINARIAS. EI MUNICIPIO se obliga a efectuar las reparaciones de deterioros originados por el usa normal del inmueble que hayan sido causados por el 0 por las personas a las que permita el uso del INMUEBLE, sequn dispone el articulo 2,343 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
SEPTIMA. OBRAS Y MEJORAS. EI ARRENDADOR entrega el INMUEBLE al MUNICIPIO en el estado en el que se encuentra a la fecha, concediendo desde ahora a favor de este ultimo la autorizacion necesaria para que desarrolle las obras y mejoras que sean necesarias, exceptuando aquellas que puedan afectar la estructura y fachada del INMUEBLE. .
Las PARTES acuerdan expresamente que la totalidad de las obras y mejoras que realice el MUNICIPIO sabre el INMUEBLE, inc/uyendo las que realice con el proposito de adecuarlo para el fin al que sera destinado, pasaran a formar parte del patrimonio del ARRENDADOR al terrnino del presente contrato, salvo aquellas que sean susceptibles de retirarse previa autorizacion del ARRENDADOR al momenta de la terrninaclon de este instrumento. EI ARRENDADOR solamente estara obligado al paqo de las mismas cuando aSI se haya convenido expresamente con anterioridad a su realizacion, en terrninos del articulo 2,322 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
OCTAVA. SUMINISTRO DE SERVICIOS. Queda expresamente convenido que la totalidad de los gastos que se causen por concepto del surninistro de electricidad, agua, telefono, gas, entre otros servicios instalados en el INMUEBLE, sean cubiertos por el MUNICIPIO, demostrando los pagos respectivos con los comprobantes correspondientes, copias de los cuales deberan ser entregados al ARRENDADOR cuando asf 10 solicite. La obligacion anterior subsistira aun y cuando algunos de los servicios suministrados en el INMUEBLE se encuentren contratados a favor del ARRENDADOR.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL MUNICIPIO. sequn dispone el artfculo 1,809 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, el MUNICIPIO estara obligado a responder de los cafios y perjulcios causados por sus trabajadores, empleados 0 dependientes en el ejercicio de sus funciones dentro del INMUEBLE. Esta responsabilidad xxxxxx si demuestra que en la cornision del dana no se les puede irnputar ninguna culpa 0 negligencia.
En adicion, el MUNICIPIO se obliga a responder plenamente de cualesquiera sanciones que las autoridades competentes Ie puedan imputar derivado de violaciones a las disposiciones legales vigentes y aplicables en materia ambiental, ecoloqica y de urbanismo, entre otras, por las actividades que se desarrollen dentro del INMUEBLE.
DECIMA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. EI ARRENDADOR se compromete, en adicion al resto de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, a:
1. No estorbar, de rnanera alguna, el usa del INMUEBLE, nl a mudar su forma, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, al tenor de los artfculos 2,311, fracdon IV, y 2,313 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;
2. Garantizar el usa 0 goce padfico del INMUEBLE por todo el tiempo de que dure el contrato, en cumplimiento del articulo 2,311, fraccion V, del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;
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3. Responder de los defies y perjuicios que sufra el MUNICIPIO por los defeetos 0 vicios ocultos del INMUEBLE, al tenor del articulo 2311, fracdon VI, del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;
4. Responder de los defies y perjuicios en caso que el MUNICIPIO sufra la evicdon total o parcial deIINMUEBLE, y;
5. A cumplir con todas las de mas obligaciones que el Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua impone a los arrendadores de fincas urbanas.
DECIMA PRIMERA. OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO. EI MUNICIPIO se compromete, adernas del resto de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, a:
1. Pagar en forma y tiempo las contraprestaciones estipuladas por el uso del INMUEBLE, en cumplimiento del articulo 2,324, fraccion I, del Codigo Civil para el Estado de Chihuahua;
2. Utilizar ellNMUEBLE exclusivamente para el fin descrito en la Dedaracion I.3 anterior, sequn el articulo 2,324, fracdon III, del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;
3. Realizar regularmente el aseo del INMUEBLE, a fin de mantenerlo en lasmejores condiciones de Iimpieza posibles;
4. Abstenerse de introducir en el INMUEBLE sustancias explosivas 0 inflamables que constituyan un riesgo para cualquier persona;
I " 5. Abstenerse de introducir en ellNMUEBLE objetos que por su peso rebasen el limite de I~
carga del piso; \ \ ('\6. Abstenerse de instalar en el INMUEBLE equipo electrlco 0 electronlco que sobrecargue
las lineas de corriente electrica: 7. Evitar que se realicen dentro del INMUEBLE aetos ruidosos, insalubres, molestos,
xxxxxxxx, perjudiciales 0 ilegales; ~ 8. Abstenerse de establecer vendimias en la acera publica y pasillos del centro comercial;
9. Sujetarse a los parametres que determine el ARRENDADOR para la rotulacion 0 instaladon del anuncio correspondiente;
10. Responder de los dafios y perjuicios que ellNMUEBLE sufra por su culpa 0 negligencia, la de sus trabajadores, empleados, visitantes 0 usuarios, en cumplimiento al articulo 2324, fraccion II, del Codlqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua;
11. Dar aviso al ARRENDADOR en el breve terrnino posible, atendiendo al articulo 2,318 del Codlqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, de cualquier usurpacion o novedad dafiosa que otro haya hecho 0 abiertamente prepare contra el INMUEBLE, ya que en caso de no hacerlo sera responsable de los dafios y perjuicios que pudieran ocasionarse por este motivo, y;
12. A cumplir con todas las dernas obligaciones que el CodiqoCivil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua impone a los arrendatarios de fincas urbanas.
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DECIMA SEGUNDA. SUBARRENDAMIENTO. EI MUNICIPIO se compromete a no subarrendar, ni a ceder a terceras personas, parcial0 totalmente, el uso del INMUEBLE, a menos de que cuente con el consentimiento por escrito del ARRENDADOR. En case de hacerlo sin dicha autorizadon, el MUNICIPIO sera responsable solidariamente con el subarrendatario 0 subarrendatarios respectivos por los dafios y perjuicios causados al ARRENDADOR, sequn dispone el artfculo 2,377 del Codiqo Civil parael Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
DECIMA TERCERA. TRANSMISION DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE. En terrninos del articulo 2,308 del Codiqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, si durante la vigencia del presente contrato por cualquier motive se verificara la transmision de la propiedad del INMUEBLE, el arrendamiento subsistira de conformidad con sus propios terrninos y condiciones, subroqandose el adquirente en los derechos y obligaciones del ARRENDADOR.
EI MUNICIPIO tendra la obliqacion de pagar al nuevo propletarlo la renta estipulada en el presente contrato, desde la fecha en quese Ie notifique extrajudicialmente ante 2 (dos) testigos la transrnlsior: respectiva, aun y cuando alegue haber pagado al primer propietario.
Segun dispone el articulo 2,309 del Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, si la transrnlsion de la propiedad del INMUEBLE se hiciera por causa de utilidad publica, el contrato terrnlnara anticipadamente, perc las PARTESdeberanser indemnizadas por la autoridad en la que recaiga la responsabilidad de la expropiacion respectiva.
DECIMA CUARTA. DURACION Y TERMINACION ANTICIPADA. Las PARTES convienen que la duradon del presente contrato sera por el periodo comprendido entre el 10 de Odubre de 2016 y el 31 de Diciembre de 2016. r:
! No obstante 10 anterior, cualquiera de las PARTES podra dar por terminado anticipadamente I . este contrato sin responsabilidad alguna, previa aviso por escrito otorgado con 10 (Diez) dfas I~\ I naturales de antidpacion. La adopclon de esta medida por alguna de las PARTES no lasIiberara del cumplimiento de las obligaciones que deban honrar con anterioridad a la fecha de terrninadon \definitiva del presente contrato. DECIMA QUINTA. INCUMPLIMIENTO Y RESCISION. Las PARTES acuerdan que, en caso que alguna xx xxxxx xxxxxxxx alguna de las obligaciones asumidas por virtud de la suscripcion del presente instrumento, y no subsane dicho incumplimiento en el transcurso del plazo de 10 (diez) dias naturales siguientes a la fecha en que la PARTE afectada Ie demande su cumplimiento por escrito, esta ultima tendra derecho a exigir el cumplimiento forzoso de la obliqacion incumplida, por un lado, 0 la rescision del convenio, por otro, asf como el pago de una indemnizadon por los dafios y perjuicios que el incumplimiento haya causado, en ambos casos.
La rescision de este contrato por los motives anotados no liberara a ninguna de las PARTES del cumplimiento de las obligaciones que deban realizarse con anterioridad a la fecha efectiva de resdsion, DecIMA SEXTA. INCUMPLIMIENTO POR CASO XXXXxxx 0 FUERZA MAYOR. Ante el advenimiento de alguna causa 0 circunstancia que razonablemente pueda ser considerada como Caso Fortuito 0 evento de Fuerza Mayor, misma que impida a cualquiera de las PARTES el cumplimiento total 0 parcialde lasobligaciones asurnldas por virtud de la suscripcion del presente instrumento, este podra darse por terminado por anticipado y de forma inmediata por cualquiera de las PARTES, notificando dicha circunstancia a la otra dentro de los 10 (diez) dfas naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido la causa 0 circunstancia mencionada. En tal supuesto, las PARTES se obligan a saldar las cantidades pendientes de pago a la brevedad posible.
DecIMA SEPTIMA. DEVOLUCION DELINMUEBLE. Las PARTES acuerdan expresamente y de buena fe que, al termlno de la vigencia de este contrato, ya sea por terrninadon 0 resdsion
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del mismo, el MUNICIPIO, sin necesidad de resolucion judicial 0 administrativa alguna, entregue al ARRENDADOR la posesion del INMUEBLE.
DECIMA OCTAVA. OBLIGACIONES FISCALES. AI encontrarse dadas de alta y regularizadas ante el Registro Federal de Contribuyentes, asi como al corriente del pago de los lmpuestos que les corresponden, las PARTES convienen en que cada una xx xxxxx xxxxxxxxx por separado el pago de los impuestosque individualmente les correspondan por el cumplimiento de los termincs y condiciones del presente instrumento, atendiendo a la leqislaclon fiscal vigente y aplicable, obliqandose a dejar en paz y a salvo a la otra con respecto a cualquier responsabilidad fiscal que pudiera ser imputada de forma en contravencton a esta Clausula por lasautoridadescompetentes.
Entre otros irnpuestos, el ARRENDADOR se obliga expresamente a pagar anualmente el Impuesto Predial que les corresponda por la propiedad del INMUEBLE, asi como a entregar copia de los recibos respectivos a favor del MUNICIPIO cuando asi se los solicite.
DECIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD. Las PARTES se obligan expresamentea mantener con el caracter de confidencial la totalidad de la informacion pasada, presente y futura que se relacione con este instrumento, otorqandole para tal efecto dicho caracter al ser revelada a cualquier persona fislca 0 moral.
La PARTE que reciba la informacion confidencial debera limitar el acceso a la misma a sus representantes 0 empleados que, bajo una causa justificada y razonable, lIegaren a sollcitar acceso a tal informacion. En dichos supuestos, las PARTES deberan hacer partlcipesy obligados solidarios con respecto a las obligaciones de confidencialidad acordadas a los sujetos a los que se revele la informacion confidencial.
Para efectos de la presente dausula, no sera considerada como informacion confidencia/: 1. La informacion que hubiera side legftimamente conocida y obtenlda por la PARTE receptora con '-..', anterioridad a la suscripdon de este contrato; 2. La informacion que sea a la fecha 0 en el futuro considerada del dominio publico, siernpre y cuandotal constderacion no derive del incumplimiento de alguna de las PARTES de 10 estipulado en esta dausula, 0; 3. La informacion que deba ser revelada conforme a derecho por mandata administrativo 0 judicial emitido por las autoridades competentes, incluyendo aquella que el MUNICIPIO deba revelar al publico en. general ~ atendiendo a los principios de transparencia y acceso a la informacion publica.
Las PARTES convienen que la vigencia de las obligaciones contraidas por virtud de la presente dausula subsistira indefinidamente, incluso despues de terminada la duracion de este instrumento.
En caso de incumplimiento, las PARTES se reservan expresamente las acciones que conforme a derecho les correspondan, tanto administrativas como judiciales, a fin de reciamar las indemnizaciones conducentes por los dafios y perjuicios causados, as! como la aplicacion de las sanciones a que haya lugar.
VIGESIMA. AVISO DE PRIVACIDAD. Se sefiala al ARRENDADOR que MUNICIPIO cuenta con un sistema de datos personales y que los datos obtenidos en virtud del presente contrato, son para efecto de ejecutar las acciones necesarias para su suscripcion, por 10 que la finalidad de la obtencion de los datos personales es para verificar la viabilidad de la informacion proporcionada para la continuidad del trarnlte que corresponda.
Los datos personales que se solicitan son exciusivamente los necesarios para la realtzadon de los fines rnencionados, por 10 que es obligatorio el proporcionar la informacion requerida.
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AI proporcionar de manera exacta su informacion, se tendra por satisfecho un requisito indispensable para la suscripcion del acto jurldico y subsecuentes, y por 10 tanto la atendon que se Ie brinde por la Unidad Juridica de Oficialia Mayor sera mas eficaz; en contravendon con 10 anterior, la negativa a suministrar la informacion que de manera obligatoria u opcional Ie fue solicitada, tiene como consecuencia la imposibilidad de la autoridad de ejecutar la solicitud recibida no solo para la elaboradon del contrato, si no para los trarnltes posteriores a este, y en los casos en que los datos personales proporcionados sean inexactos, acarrea efectos como la imposibilidad de atendon de los trarnites yjo servicios solicitados.
Los datos que el ARRENDADOR haya proporcionado seran transferidos a la Unidad de Datos Personales, y de ahi se Ie dara el manejo adecuado y difusion en los casos necesarios para el rnejor funcionamiento de esta institucion y la proteccion de los mismos.
De acuerdo con 10 sefialado en la Ley de Protecdon a los Datos Personales del Estado de Chihuahua, los titulares de los datos personales tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectlflcadon, canceladon u oposldon sobre sus datos personales, sin necesidad de que una solicitud Ie preceda a otra, ante la unidad de informacion de esta lnstltudon
EI nivel de medidas de seguridad para efectos de resguardo de los datos personates es considerado MEDIO conforme a 10 establecido por el articulo 27, tracclon II, inciso b) de la Ley de Proteccion de Datos Personales del Estado de Chihuahua, toda vez se cuentan con medidas de orqanizacion y acceso restringidas para efecto de que los datos que nos ha proporcionado, sean utilizados unica y exclusivamente para los fines anteriormente mencionados.
Como eneargado del sistema de datos personales es el Lie. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx como Jefe de la Unidad Juridiea con domicilio oficial en la Xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxx, "Xxxxxxxx xxx Xxxx" Xxxxxxx Xxxxxx, X.X 00000, nurnero de telefono 072, extension 6358.
VIGESIMA PRIMERA. RELACIONES LABORALES. Para el cumplimiento de las obligaciones que cada una de las PARTES contrae por virtud de la suscrfpcion de este contrato, manifiestan que actuaran como entidades totalmente independientes, por 10 que bajo ninqun motivo debera entenderse que existe una relacion de caracter laboral entre xxxxx, descartando la posibilidad de la ap'icadon de la legislacion laboral y de seguridad social vigente. ~j En consecuencia, las PARTES bajo ninqun supuesto podran comprometer a la otra en convenio o contrato alguno, ni contratar empleados 0 trabajadores en nombre 0 representacion de su contraparte.
En cuanto a sus respectivos trabajadores y empleados, las PARTES manifiestan que no existe relacion laboral alguna entre los trabajadores y empleados del MUNICIPIO con el ~ ARRENDADOR, ni entre los propios de este con aquel. Xxx, las PARTES manifiestan ser los patrones de sus respectivos trabajadores y empleados en cumplimiento de la leqislacion laboral y de seguridad social vigente y aplicable, siendo las unicas y exclusivas responsables por 10 que respecta a las obligaciones laborales y de prevision social a ser cumplidas a favor de dichos sujetos. Consecuentemente, las PARTESse obligan a liberar a la otra de cualquier responsabilidad laboral o de seguridad social que pudiera irnputarseles en contravencion a esta Clausula con relacion a sus respectivos trabajadores y empleados, en terrninos de la leqislacion laboral y de seguridad social vigente y aplicable.
Consecuentemente, las PARTESse obligan a liberar a la otra de cualquier responsabilidad laboral o de seguridad social que pudiera irnputarseles en contravencion a esta Clausula con relacio sus respectivos trabajadores y empleados, en terminos de la legislacion laboral y xx xxxxx.
CONTRATO CD392/16, DEARRENDAMIENTO, SUSCRITO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA Y XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX,
CON FECHA 10 DEOCTUBRE DE 2016. YNC/NSLPjVRM ~~~ll:t1J'J~~r::~~J":~"~ Uf :. J''l.''t::~:-!.'!:.,,-r.):;::, ..._.... :~~,~~,. ) ~oE:t'2!~;~;~;~~:~\lr~1~(OR (IJ /'J Ur'lldad .j u rroic a
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social vigente y aplicable; no sin antes establecer ciertos terrninos y condiciones que aplicaran para ambas PARTES suscriptorasdel presente contrato:
1. En terminos de 10 establecido por el articulo 15-A de la Ley Federal del Trabajo "EI Arrendador" manifiesta que Ileva a cabo el objeto del presente instrumento con empleados y recursos propios. As! mismo reconoce que cuenta con elementos propios, y con la suficiente liquldez y solvencia para cumplir con las obligaciones laboralesque se deriven de las relaciones con sustrabajadores en terrninos del articulo 15-8 de la citada Ley.
2. Sequn 10 sefialado en el numeral 15-C del mismo ordenamiento legal, "EI Arrendador" debera presentar ante la dependencia contratante la docurnentacion necesaria para acreditar que cumpie con sus obligaciones patronales de la Leqislacion Laboral y de Seguridad Social Vigente respecto a los empleados que asigna para el objeto motive del presentecontrato.
3. Las partes reconocen que las atribuciones del "Municipio", como lnstitucion de orden publico, son diversasa las actividades de la empresa "EI Arrendador" y sus facultades se encuentran debidamente reguladas por la Constituclon Polftica de los Estados Unidos Mexicanos, Codiqo Municipal para el Estado de Chihuahua y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua.
VIGESIMA SEGUNDA. ENTIDADES SEPARADAS. Ningunode los terrninos y condiciones del presente instrumento debera interpretarse en el sentido de que las PARTES han cohstituido alguna reladon de sociedad 0 asociaclon, por 10 que no se conjuntan ni se unen activos para efectosde responsabilidades fiscales 0 frente a terceros, ni de cualquierotra naturaleza.
VIGESIMA TERCERA. CESION. Las PARTES convienen en que ninguna xx xxxxx estara en la posibilidad de transmitir 0 ceder en forma alguna los derechos y obligaciones derivados de la suscripclon de este convenio, a rnenos que se cuente con el consentimiento previo y por escrito de la otra.
, ; VIGESIMA CUARTA. DOMICILIOS YTELEFONOS DE CONTACTO. Las PARTES convienen 1 que, para todo 10 referente a la ejecucion y cumplimiento de los terrninos y condiciones del presente instrumento, as!como para efectuar los avisos, notificaciones y demas comunicaciones 1" \ en relacion con el mismo, sefialan como sus domicilios y telefonos de contacto los siguientes:
-. \\.. ~\ EI MUNICIPIO: EI ARRENDADOR:
Calle Victoria e Independencia 5/ N 5exto Piso, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx000-X Xxxxxxx Xxxxxx, X. X. 00000 Xxxxxxx Xxxxxx c.P. 31000 \
Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx
Tel. 072 Tel. 000-000-00-00
En caso de cambio de domicilio, las PARTES convienen en notificar a la otra sobre tal circunstancia con cuando rnenos 5 (cinco) dias naturales de anticipaci6n a la fecha en que efectivamente sea realizado el cambio. EI incumplimiento de la obliqacion descrita irnpllcara que los avisos, ( notificaciones 0 comunicaciones entregados en el domicilio original de la PARTE que realice el
$~,cambio, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya side notificada oportunamente, a partir de la fecha de entrega y mientras subsista el incumplimiento.
CONTRATO CD392/16, DEARRENDAMIENTO, SUSCRITO ENTRE ELMUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX, CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX0000. XXX/XXXX/XXX
VIGESIMA QUINTA. AVISOS, NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. Las PARTES convienen que cualesquiera avlsos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar a la otra deberan elaborarse por escrito.
EI envfo de dichos documentos podra efectuarse por 3 (tres) medios: 1. Por mensajerfa simple entregada en propia mana 0 por correo certificado, ambos con acuse de recibo; 2. Por fax, 0; 3. Parcorreo electronico. En este ultimo caso, el envfo solamente se considerara validoy legalmente realizado cuando la recepcion del correo electronico respectivo sea confirmada electronicarnente dentro de los 3 (tres) dias naturales slquientes al envfo, ya sea de forma automatlca por algun programa de software, 0 de forma expresa, mediante un mensaje de contestacion y conflrrnadon enviado per el destinatario.
Las PARTES convienende igual forma que los avisos, notificacionesy comunicaciones efectuadas con reladon al presente instrumento surtiran los efectos respectivos el dia de su recepcion, En caso de que dichas misivas incluyan alqun tipo de terrnino, el mismo cornenzara a correr al dia siguiente en que se confirme su recepcion, independientemente de que sea laboral 0 natural.
VIGESIMA SEXTA. PERSONAS DE CONTACTO. Las PARTES convienen en que la totalidad de los avisos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar a la otra derivado de los terrnmos y condiciones del presente instrumento deberan destinarse indistintamente a las siguientes personas:
EI MUNICIPIO: EI ARRENDADOR:
ARQ. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX X. XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
En caso que sea su voluntad cambiar a las personas de contacto, las PARTES convienen en notificar a la otra sobre tal circunstancia con cuando menos 5 (cinco) dfas naturales de anticpacion a la fecha en que efectivamente sea realizado el cambio. EI incumplimiento de la obliqacion descrita .rnplicara que los avisos, notificaciones 0 comunicaciones enviados y entregados a nombre de los destinatarios originales de la PARTE que realice el cambio, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya side notificada oportunamente, a partir de la fecha de entrega y mientras subsista el incumplimiento.
VIGESIMA SEPTIMA. TOTALIDAD DEL CONTRATO. Las PARTES aceptan que el presente contrato contiene la totalidad de los acuerdos entre xxxxx con respecto a su objeto, dejando sin efecto y cancelando la totalidad de los convenios, informes, negociaciones, correspondencia, compromisos y comunicaciones desarrollados con anterioridad entre xxxxx, ya fueran escritos 0 verbales relacionados.
VIGESIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. Los terminos y condiciones del presente instrumento solamente podran ser modificados por vlrtud de la suscripdon de convenios modificatorios entre las PARTES. A dichos convenios deberan agregarse como anexos copia simplede este contrato, buscando una completa interpretacion de los terminos y condiciones que las PARTES hayan acordado.
VIGESIMA NOVENA. INDEPENDENCIA DE LAS CLAUSULAs. En caso de que alguna clausula del presente instrumento sea declarada invalida por la autoridad competente, el resto del c1ausulado contenido en el mismo sequira siendo valldo, no siendo afectado por la resolucion respectiva en forma alguna.
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CONTRATO XX000/00, XX XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX Y XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX, .' ~ '" ~ ~ Pi mf\ CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX0000. YNC/NSLPjVRM C~U~4'!~,;~!~Jt''&'''j'~
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TRIGESIMA. LEY APLICABLE. EI presente instrumento se regira y sera interpretado de conformidad con el Codlqo Civil para el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, entre otras disposiciones legales vigentes y aplicables en los Estados Unidos Mexicanos.
TRIGESIMA PRIMERA. JURISDICCION. En caso de que surjan cualesquiera controversias relacionadas con la validez, intencion, interpretacion, ejecucion 0 cumplimiento de este contrato, las PARTES se obligan a intentar, de buena fe, la resolucion amigablede las mismas a traves de negociaciones privadas, a ser desarrolladas dentro de los 30 (treinta) dfasnaturales siguientes a la fecha en que alguna xx xxxxx haya notificado a la otra sobre la existencia de tales diferencias.
De no ser posible la amigable resolucion de las controversias en el plazo descrito, las PARTES acuerdan expresamente someter las mismas ante los Tribunales comunes del Distrito Judicial Morelos, en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua, renunciando desde ahora a cualquier otra jurisdiccion 0 fuero que pudiera corresponderles por razon de sus domicilios presentes 0 futuros, 0 por cualesquiera otras circunstancias.
PARA LO EFECTOS LEGALES CONDUCENTES, HABIENDO CONSTATADO QUE ESTE INSTRUMENTO INCLUYE LAS ESTIPULACIONESMINIMAS QUE TODO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE FINCAS URBANAS DEBE CONTENER SEGUN EL ARTICULO 2,349 DEL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTicuLO 2,305 DEL MISMO CUERPO LEGAL, SE SUSCRIBE POR ESCRITO Y POR TRIPLICADO EL PRESENTE CONTRATO, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, ESTADO DE CHIHUAHUA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
EI MUNICIPIO: (""
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CONTRATO CD392/16, DE ARRENDAMIENTO, SUSCRITO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA Y XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX, W CON FECHA 10 DEOCTUBRE DE 2016, YNC/NSLP/VRM C ~{! ~ ~"'~ ~J ,if~l!!u!l ~\,,~$l'tl.
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EI ARRENOAOOR:
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POR SU PROPIO DERECHO
CONTRATO CD392/16, DEARRENDAMIENTO, SUSCRITO ENTRE ELMUNICIPIO DECHIHUAHUA Y XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX0000. YNC/NSLP/VRM
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