CONTRATO NÚMERO CERO OCHENTA Y DOS GUIÓN DOS MIL OCHO (082-2008) FONDOS PROVENIENTES DEL CONVENIO NUMERO DOS GUIÓN DOS MIL SIETE (No.2-2007) APOYO A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE FRIJOL NEGRO
CONTRATO NÚMERO CERO OCHENTA Y DOS GUIÓN DOS MIL OCHO (082-2008) FONDOS PROVENIENTES DEL CONVENIO NUMERO DOS GUIÓN DOS MIL SIETE (No.2-2007) APOYO A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE FRIJOL NEGRO
SUSCRITO ENTRE EL CENTRO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA LA PREINVERSIÓN AGRÍCOLA -CIPREDA-
Y
AGROINDUSTRIAS ALBAY, SOCIEDAD ANONIMA
En Xxxxxxx, Municipio xx Xxxxx Nueva, Departamento de Guatemala, el día quince de diciembre del año dos mil ocho, Nosotros: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, de cuarenta y nueve años de edad, casado, guatemalteco, Contador Público y Auditor, de este domicilio, me identifico con la Cédula de Vecindad número de Orden A guión uno (A-1) y de Registro quinientos setenta y ocho mil novecientos noventa y ocho (578,998) extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, Departamento de Guatemala, actúo en mi calidad de Director Ejecutivo y Representante Legal del Centro de Cooperación Internacional para La Preinversión Agrícola -CIPREDA-, personería que acredito con el Acta Administrativa número cero cero seis guión dos mil ocho (006-2008) de fecha veintiuno de octubre del año dos mil ocho (21/10/2008) de la Junta Directiva del Centro de Cooperación Internacional para La Preinversión Agrícola -CIPREDA-; el Acuerdo Ministerial de nombramiento número cuatrocientos noventa y uno guión dos mil ocho (491-2008), de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil ocho; y el Acta Administrativa de toma de posesión número doscientos ochenta guión dos mil ocho (280-2008), de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil ocho. Y XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, de cincuenta años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, me identifico con la Cédula de Vecindad número de Orden A guión uno (A-1) y de Registro quince mil ochocientos diecisiete (15,817) extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, actúo como Gerente general y Representante Legal de la entidad denominada, AGROINDUSTRIAS ALBAY, SOCIEDAD ANÓNIMA, lo que acredito con el Acta Notarial de mi nombramiento autorizada en la ciudad de Guatemala, el día veintidós de noviembre del año dos mil dos por el Notario Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, inscrita en el Registro Mercantil con el número ciento noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y uno (199,461), folio trescientos setenta y ocho (378) del libro ciento veintiséis (126) de Auxiliares de Comercio. Manifestamos ser de las generales consignadas, hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que tuvimos a la vista los documentos con que se acreditan las representaciones que se ejercitan, las que de conformidad con la ley son suficientes para la celebración del presente CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE FRIJOL NEGRO. En lo sucesivo ambas partes nos denominaremos EL CIPREDA Y EL PROVEEDOR y convenimos suscribir el presente contrato de conformidad con las siguientes cláusulas. PRIMERA: BASE LEGAL. El presente contrato se suscribe con fundamento en lo que al respecto determinan el Reglamento Orgánico del CIPREDA, y su Reglamento número cero uno guión dos mil ocho (01-2008) Reglamento para La Adquisición de Bienes y Servicios, que norma procedimientos Institucionales, Artículos 1517,1518, 1593,1595 y 1596, del Código Civil y las Bases de Cotización
Km. 22 Carretera al Pacífico, Edificio La Ceiba, 2do. Nivel, Xxxxxxx, Villa Nueva – Guatemala, C.A.
PBX: 630-5908 / e-mail: xxxxxxx@xxxxxxx.xx.xx - 1 -
número cero sesenta guión dos mil ocho (060-2008) y la Oferta presentada por EL PROVEEDOR que forman parte integral del presente contrato. SEGUNDA: ANTECEDENTES. A través de oficio Xxxxxxxx VISAN Oficio un mil ciento setenta y uno guión dos mil ocho (Despacho VISAN Oficio 1171-2008) de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil ocho (27/11/2008), suscrito por el Coordinador Nacional de Seguridad Alimentaria, con visto bueno del señor Viceministro de Seguridad Alimentaria y Nutricional, solicitan se realice el proceso de cotización para la compra de frijol negro, por lo que el -CIPREDA- realizó el proceso de cotización número cero sesenta guión dos mil ocho (060-2008) con Número de Operación Guatecompras (NOG) seiscientos noventa y cinco mil ochocientos setenta y cuatro (NOG. 695874), el cual mediante Resolución número ciento sesenta y dos guión dos mil ocho (162-2008) de fecha doce de diciembre del año dos mil ocho (12/12/2008) de la Dirección Ejecutiva del CIPREDA aprueba la adjudicación realizada por la Comisión de Recepción Evaluación y Adjudicación de Ofertas en Acta Administrativa Número trescientos sesenta y seis guión dos mil ocho (No. 366-2008) con fecha de inicio el día diez de diciembre del año dos mil ocho (10-12-2008) y fecha de cierre el día once de diciembre del año dos mil ocho (11-12-2008), a favor de la empresa AGROINDUSTRIAS ALBAY, SOCIEDAD ANÓNIMA.----
TERCERA:OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO. EL PROVEEDOR se compromete por medio de
este contrato a vender al Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión Agrícola
-CIPREDA-, para el Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria y Nutricional del Viceministerio de Seguridad Alimentaria y Nutricional -VISAN- del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación
-MAGA- la cantidad de dos mil cuarenta (2,040,000) quintales de frijol negro a un precio unitario de
quinientos treinta y nueve quetzales exactos (Q.539.00).---------------------------------------------------------
CUARTA: MONTO DEL CONTRATO. El CIPREDA conviene en pagar a EL PROVEEDOR la cantidad de UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA QUETZALES
EXACTOS (Q.1,099,560.00), monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), EL PROVEEDOR deberá cubrir los impuestos de cualquier otra carga impositiva que resulte de la operación. QUINTA: FORMA DE PAGO. El pago se efectuará a través de cheque bancario expresado en quetzales, conforme a las normas y contrataciones del -CIPREDA-. En cada solicitud de pago para EL PROVEEDOR, el Viceministerio de Seguridad Alimentaria y Nutricional -VISAN-, del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, -MAGA-, deberá enviar al -CIPREDA- la documentación siguiente: a) Factura en original a nombre de: CIPREDA-APOYO A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL, NIT:321449-4, haciendo referencia al número de contrato, la cual deberá traer el Visto Bueno del Coordinador Nacional de Seguridad Alimentaria del -VISAN-, b) Acta extendida por el Coordinador de Programa de Asistencia Alimentaria del Viceministerio de Seguridad Alimentaria y Nutricional -VISAN- del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación -MAGA-, (de entregas parciales o total) en donde se exponga que se ha recibido a cabalidad y entera satisfacción el frijol negro en la bodega de INDECA, del Municipio de Fraijanes, Departamento de Guatemala y c) Documentos de envío firmados y sellados por la persona responsable de la recepción del frijol negro en la bodega asignada. El pago se efectuará en un plazo xx xxxx (10) días hábiles, después de haber recibido la solicitud de entera conformidad los documentos arriba mencionados en las oficinas del Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión -CIPREDA- ubicadas en el Kilómetro veintidós (22) carretera al Pacífico, Xxxxxxxx Xx Xxxxx, xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx.
SEXTA: ORIGEN DE LOS FONDOS. Los fondos para cubrir el pago de los servicios de EL PROVEEDOR provienen del Convenio Administrativo número dos guión dos mil siete (2-2007) Apoyo a la Seguridad Alimentaria y Nutricional, suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA- y el Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión Agrícola
-CIPREDA-.
SEPTIMA: PLAZO DEL CONTRATO. De acuerdo con la oferta presentada por EL PROVEEDOR y el oficio CC guión ciento veintiséis guión dos mil ocho (CC-126-2008), la vigencia del presente contrato será de quince días calendario, contados a partir del quince de diciembre del año dos mil ocho (15/12/2008).
OCTAVA: CONDICIONES GENERALES. a) Si en los primeros treinta (30) días de almacenamiento del grano adquirido apareciera un brote de gorgojo, la fumigación para el control de la plaga correrá a cuenta del proveedor; b) si el frijol negro, no llena los estándares de calidad establecidos en las especificaciones técnicas en la fase de entrega, EL PROVEEDOR asume la responsabilidad y correrá por su cuenta el cambio del producto en un período que no exceda de tres (3) días hábiles; c) la carga, descarga y estiba del frijol correrán a cuenta de EL PROVEEDOR; d) si se considera necesario utilizar montacargas, el costo de la máquina, del operador y del combustible correrá a cuenta de EL PROVEEDOR; e) la calidad y volumen o peso exacto de los productos adquiridos será verificado y monitoreado por parte de INDECA, a la hora de la recepción en la bodega de INDECA, debiendo la empresa brindar toda la colaboración a las personas designadas para dicha actividad; f) se realizarán pruebas de pureza física en el momento de la entrega, con la finalidad de corroborar que la calidad de los granos se encuentran dentro de los estándares de calidad especificados, si alguna de las entregas resultará alterada, será rechazada y los gastos de transporte correrán a cargo de EL PROVEEDOR y
g) los productos no se podrán descargar de sus respectivos transportes sin la presencia de los
encargados de las Bodegas de INDECA así como representantes xxx XXXX, ni en lugares ajenos a los designados en su oportunidad. Cualquier modificación se deberá notificar con anticipación, de infringir lo estipulado, la responsabilidad será exclusivamente de EL PROVEEDOR.-------------------------
NOVENA: CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO. El frijol deberá contar con las siguientes especificaciones técnicas requeridas en las bases de cotización número cero sesenta guión dos mil ocho (060-2008): Frijol (negro) cosecha dos mil siete guión dos mil ocho (2007-2008), de primera calidad, producido en Guatemala, de cosecha reciente.---------------------------------------------------------------
DECIMA: EMBALAJE DEL PRODUCTO. Se requiere saco tubular de polipropileno con capacidad para cien (100) libras (45.36 Kg.), el cual será proporcionado por EL PROVEEDOR. En presentación de cien (100) libras. DECIMA PRIMERA: LUGAR DE ENTREGA. La entrega del producto se realizará en la Xxxxxx xx XXXXXX, xxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, lugar que manifiesta conocer EL PROVEEDOR. DECIMA SEGUNDA: DE LAS GARANTIAS. a) FIANZA DE CUMPLIMIENTO. EL PROVEEDOR
después de haber firmado el contrato deberá presentar al CIPREDA una fianza equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, la que estará emitida por una entidad afianzadora debidamente autorizada para operar en Guatemala. Esta fianza tendrá vigencia hasta el plazo establecido en el presente contrato. Si EL PROVEEDOR incumple con este contrato en forma total o parcial se hará efectiva dicha fianza y b) FIANZA DE CALIDAD: EL VENDEDOR deberá otorgar a favor del CIPREDA una fianza de calidad del producto, como requisito previo a la recepción de los
mismos, equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato por un plazo de noventa
(90) días calendario. DECIMA TERCERA: CONDICIONES ESPECIALES. La Empresa AGROINDUSTRIAS ALBAY, SOCIEDAD ANONIMA, adicionalmente a la obligación de venta de frijol negro, descritos en la Cláusula Tercera del Presente contrato que por este acto contrae se obliga a cubrir el costo por transporte incurrido en el traslado de los mismos hacia las Bodegas de INDECA Fraijanes en el Departamento de Guatemala. DECIMA CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES. EL PROVEEDOR, a) se obliga a fectuar el transporte del Frijol según Xxxxxxxx Tercera del presente contrato, en el plazo establecido, salvo caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento del mismo, debiendo comunicarlo inmediatamente y por escrito al -CIPREDA-, quien no cubrirá ninguna indemnización por esta causa. La demora o incumplimiento de las obligaciones de EL PROVEEDOR será motivo suficiente para que el CIPREDA haga efectiva la fianza de cumplimiento que establecida en la Cláusula Décima Segunda de este contrato; b) Corre por cuenta de EL PROVEEDOR el pago de salarios, materiales, equipo y otros elementos que sean necesarios para la ejecución del presente contrato y c) Se prohíbe a EL PROVEEDOR, ceder los derechos provenientes del presente contrato, así como proporcionar a terceras personas datos e informes sobre el mismo.--------------------------------------------------------------------
DECIMA QUINTA: RATIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA OFERTA. Xx XXXXX
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, en la calidad con que actúo, sabido de las penas relativas a la comisión del delito de perjurio, bajo juramento solemnemente prestado de conformidad con la ley, declaro que toda la información presentada en la Oferta con que participó mi representada en el concurso que sustenta la celebración del presente contrato, es verídica y sabido estoy de los efectos legales de la presente declaración; así mismo, en la calidad con que actúo ratifico el contenido de dichas ofertas. DECIMA SEXTA: DE LA TERMINACION. EL CIPREDA, sin responsabilidad alguna de su parte, podrá dar por terminado el presente contrato, por las causas siguientes: a) En caso de evidente negligencia de EL PROVEEDOR en incumplir con las condiciones de este contrato y con las obligaciones derivadas del mismo; se embargarán las sumas que debieran pagársele al EL PROVEEDOR, cuando no cumpla con sus obligaciones y en el monto que incumpliere b) Por vencimiento del plazo; c) Por casos de fuerza mayor o fortuitos. EL CIPREDA dictará providencia, señalándole un plazo de tres días para que EL PROVEEDOR, justifique y acompañe la documentación que estime pertinente en su defensa, vencido el mismo EL CIPREDA resolverá de acuerdo a las pruebas presentadas, dando por terminado el contrato o en su caso por desvanecida la causa; d) Por falta de presupuesto de CIPREDA según artículo número cincuenta y seis (56) del Reglamento para La Adquisición de Bienes y Servicios número cero uno guión dos mil ocho (01-2008) del -CIPREDA- y e) Por mutuo acuerdo entre las partes. -------------------------------------------------------------
DECIMA SEPTIMA: DE LA SUJECIÓN A LA LEY. EL PROVEEDOR, se somete expresamente a las
leyes de Guatemala en todo lo relacionado al presente contrato señalando como lugar para recibir notificaciones la dirección ubicada en Xxxx xxxx xxxx xxxxx xxxxxxxxxxxx xxxx xxxxxx (Xxxx 0 0-00 xxxx 0) Xxxxxxxxx, teniendo por bien hechas las que se le hagan en dicho lugar mientras no indique por escrito al -CIPREDA- de algún cambio. Ambas partes convenimos que cualquier divergencia o reclamación que surgiere de la aplicación y cumplimiento del presente contrato se someterá a la vía
conciliatoria agotada la misma se acudirá a la vía judicial correspondiente renunciando desde ya al fuero de su domicilio sometiéndose a los tribunales del Departamento de Guatemala.-----------------------
DECIMA OCTAVA: ACEPTACIÓN: Ambas partes en la calidad con que actuamos aceptamos expresamente el contenido del presente contrato, el que leemos íntegramente y enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, aceptamos todas y cada una de sus cláusulas, ratificamos y firmamos en cinco (5) hojas de papel bond, la primera en hoja membretada del Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión Agrícola -CIPREDA-, útiles únicamente en su lado anverso.
AUTENTICA: En Xxxxxxx, municipio xx Xxxxx Nueva, departamento de Guatemala, el día quince de diciembre del año dos mil ocho, YO: La Infrascrita Notaria, DOY FE: Que las dos firmas que anteceden puestas en un contrato de Compra-Venta de Frijol Negro, que consta en cinco (5) hojas de papel bond, incluyendo la presente, la primera en hoja membretada del Centro de Cooperación Internacional para la Preinversión Agrícola -CIPREDA-, útiles únicamente en su lado anverso, son AUTENTICAS, por haber sido puestas el día xx xxx en mi presencia por el Señor XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, quien es persona de mi anterior conocimiento y por el Señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, quien se identifica con la Cédula de Vecindad número de Orden A guión uno (A-1) y de Registro quince mil ochocientos diecisiete (15,817) extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, quienes vuelven a firmar juntamente conmigo la presente acta de legalización
ANTE MI: