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PUERTO
CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAY ERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
CARÁTULA DEL CONTRATO No. 006-PILARES·DAyF-2024
DATOS GENERALES
Estratificación: MICRO EMPRESA
Nombre del Proveedor XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
R.F.C.
Concepto del contrato ADQUISICION DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS
Area solicitante DIRECCION XX XXXXX PILA
Oficios de solicitud PILARESICG/DPP/001/2024
Oficios de suficiencia oresuouestal PILARES/DAyF/SFyACH/SP/005/2024 Fecha de Adiudicación - - -·- 18 DE ENERO DE 2024
Requisición y/o Solicitud de Compra 010
Partida Presuouestal 2731 "Articulas Deportivos"
Monto con I.V.A. $277,947.60
Lugar de la Lugar para la entrega de los EN EL ALMACEN O CONFORME A LAS CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO, LUGAR, Bienes CONDICIONES Y TÉRMINOS QUE LE REQUIERA EL ÁREA SOLICITANTE, PERO
INVARIABLEMENTE DEBERA ESTAR. PRESENTE EL ALMACEN CENTRAL
Plazo de la Entreaa de los Bienes· - -· A MAS TARDAR EL 24 DE ENERO DE 2024
Vic¡encia del contrato: 19 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Nombre del procedimiento ADQUISICION DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS
Número del orocedimiento AD-001
Fundamento leaal del cantrato 27 INCISO C), 28, 52 Y 55 DE LA LEYDE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
SUFICIENCIA PRESUPUESTAL:
AADJNT
J
A
GESTOR
FI F SF Al pp FF FG FE AD OR PTDA TG DI DG PY
AUT
ORIZADO
ES DE IVA UDICADO
AD UDICADO CON I INCLUIDO
CENTRO MONTO
IMPORTE IMPORTE
VA
6 D02 29 19 15 9,6 00 77,94 .602 77 27 ,00000
4 3 C 2 4 1 2 E 7 o 2 4 o 731 1 1 - S 8 . S 23 10. s 2 7
TOTAL $ 278,000.00 $239,610.00 $ 277,947.60
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SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN COMUNITARIA PILARES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTOS
CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN COMUNITARIA PILARES, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA MAESTRA XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "PILARES", ASISTIDA POR EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTOS Y POR, LA C. XXXXXXXX, XXXXXXX XXXX, DIRECTORA XX XXXXX PILA, EN SU CARÁCTER DE ÁREA SOLICITANTE COMO RESPONSABLE DE LA ACEPTACIÓN SATISFACTORIA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA FISICA "XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX",REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MISMO, PARTE A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL PROVEEDOR", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
l.· "PILARES" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE, DECLARA QUE:
1.1.· LA CIUDAD DE MÉXICO ES UNA ENTIDAD FEDERATIVA INTEGRANTE DE LA FEDERACIÓN, SEDE DE LOS PODERES DE LA UNIÓN Y CAPITAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO PROPIO, CUYO GOBIERNO ESTÁ A CARGO, ENTRE OTROS, DEL EJECUTIVO LOCAL, TITULAR QUE SE AUXILIA DE ÓRGANOS CENTRALES, DESCONCENTRADOS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. LOS CUALES INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD-DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTÍCULOS 1°, 32 APARTADO C NUMERAL 1 Y 33 FRACCIÓN 1, DE LA CONSTITUCIÓN POLiTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; 1, 2, 3, 7,
10, 11, 12, 13, 14, 16 FRACCIÓN VII, 17 Y 18 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y 1', 3 Y 13 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
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1.2.· "PILARES" ES UN ÓRGANO DESCONCENTRADO DE-LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO DfSPUESTO EN LOS ARTICULOS 33 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; 2º, 3 FRACCIÓN 11, 11 FRACCIÓN 1, 14, 16, FRACCIÓN VII Y 32 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; 7 FRACCIÓN VII ÚLTIMO PÁRRAFO, 129, FRACCIONES X Y XVI, Y OCTODECIES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ESTE ULTIMO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD MÉXICO EL DÍA 21 DE JULIO DE 2023.
1.3.· EL ARQUITECTO XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX, ES TITULAR DE LA COORDINACIÓN GENERAL EN "PILARES", COMO SE DESPRENDE DEL NOMBRAMIENTO EXPEDIDO A SU FAVOR POR EL MTRO. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE FECHA 01 XX XXXXXX DE 2023, CON FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 302 OCTODECIES, 302 NOVODECIES Y 302 DUOVICIES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
1.4.· QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 302 DUOVICIES FRACCIÓN·IV DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DENTRO DE SUS
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CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
ATRIBUCIONES, SE ENCUENTRAN LA DE CELEBRAR TODA CLASE DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS, DENTRO DEL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, QUE SE REQUIERAN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS, CON INSTITUCIONES EDUCATIVAS, PÚBLICAS Y PRIVADAS, ORGANIZACIONES, PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX Y OTRAS AUTORIDADES DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA APLICABLE.
1.5.- QUE LA MAESTRA XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, ES LA TITULAR bE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y · FINANZAS, CONFORME AL NOMBRAMIENTO QUE LE FUE OTORGADO EL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2023, SUSCRITO POR LA MAESTRA XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, TITULAR DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LO QUE CUENTA CON LAS FACULTADES PARA ASISTIR EN LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULOS 7 FRACCIÓN ti Y 129 FRACCIONES X Y XIV DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
1.6.- QUE EL CIUDADANO XXXXXXX-XXXXXX XXXXXXXXX�ES EL TITULAR DE LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTOS, CONFORME AL NOMBRAMIENTO QUE LE FUE OTORGADO EL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DE 2023, SUSCRITO POR LA MAESTRA XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, TITULAR DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LO QUE CUENTA CON LAS FACULTADES PARA ASISTIR EN EL PRESENTE INSTRUMENTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 237 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
1.7.- QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE DERIVAN DEL MISMO, LA CUAL FUE OTORGADA MEDIANTE EL OFICIO NÚMERO PILARES/DAyF/SFyACH/SP/005/2024, EMITIDO POR LA SUBDIRECCIÓN DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DE CAPITAL HUMANO, .DE ACUERDO A LA REQUISICIÓN DE COMPRA NÚMERO 010 / 2024 CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL: 2731 "ARTÍCULOS DEPORTIVOS" DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO VIGENTE A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
1.8- EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DIRECTA PARA LA ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS, ASÍ COMO EN LA FORMALIZACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO NO MEDIÓ NINGUNA FORMA DE DISCRIMINACIÓN, SEA POR ACCIÓN U OMISIÓN, POR RAZONES DE ORIGEN ÉTNICO O NACIONAL, GÉNERO, EDAD, DISCAPACIDAD, CONDICIÓN SOCIAL, CONDICIONES DE SALUD, RELIGIÓN, OPINIONES, PREFERENCIA O IDENTIDAD SEXUAL O DE GÉNERO, ESTADO CIVIL, APARIENCIA EXTERIOR O CUALQUIER OTRA ANÁLOGA.
1.9- PARA PREVENIR EL CONFLICTO DE INTERESES, EN EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS, PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE EFECTUÓ UNA CONSULTA EN EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE LA QUÉ SE DESPRENDE QUE NO MEDIÓ CONFLICTO DE INTERESES.
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CONTRATO No. 006-PILARES·DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
1.10· SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL , REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO BAJO LA CLAVE DE IDENTIFICACIÓN GDF-971205·4NA.
1.11.· PARA EFECTOS LEGALES DE.RIVADOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURIDICO, SEÑALA COMO DOMICILIO DE SU PARTE EL UBICADO EN XXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXX 00, XXXX 0, XXXXXXX XXXXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX._ _ .
1.12.· QUE DERIVADO DE LA NECESIDAD DE "PILARES" DE CONTAR CON LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL SE CELEBRA EL PRESENTE CONTRATO DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA NÚMERO AD-001, DENOMINADO "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS" CON "EL PROVEEDOR", CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 27 INCISO C), 28 Y 55, DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, TAL Y COMO SE ACREDITA CON EL OFICIO QUE FUE HECHO DE_SU .CONOCIMIENTO DE FECHA 18 DE ENERO DE 2024.
1.13.· QUE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA FORMALIZACIÓN DE ESTE INSTRUMENTO LEGAL, ASÍ COMO LA DETERMINACIÓN Y APLICACIÓN DE SANCIONES, SE LLEVÓ A CABO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS NUMERALES 5.1.1 Y 5.1.2 DE LA CIRCULAR UNO 2019 NORMATIVIDAD EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS.
1.14.· QUE PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTENDERÁ COMO "ÁREA SOLICITANTE" A LA: DIRECCIÓN XX XXXXX PILA.
1.15.· QUE CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 302 DUOVICIES DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SE SUSCRIBE EL PRESENTE CONTRATO A PETICIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE CON EL FIN DE EJERCER LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS ASIGNADOS A "PILARES".
11.· DECLARA "EL PROVEEDOR" A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE:
11.1.· EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE "PROVEEDOR", MANIFIESTA QUE CUENTA CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO ACREDITANDO SU PERSONALIDAD CON ACTA DE NACIMIENTO OBTENIDA EN LINEA CON NÚMERO DE ACTA , LIBRO IDENTIFICADOR ELECTRÓNICO _CQN FIRMA ELECTRÓNICA DEL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, EL LICENCIADO XXXXXX· XXXXXXX XXXXXX Y QUE EL PROVEEDOR SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR EXPEDIDA A SU FAVOR POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CON NUMERO DE CLAVE DE ELECTOR
11.2.· QUE CONFORME A SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL TIENE POR OBJETO ENTRE OTROS: COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTICULOS Y APARATOS DEPORTIVOS.
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CONTRATO No. 006-PILARES.DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
11.3.- ES UNA PERSONA FÍSICA QUE PARA CUMPLIR CON SUS ACTIVIDADES FISCALES SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES EXPEDIDO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ES:
11.4.- MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE ÉL, Y DEMÁS PERSONAL DE SUS PROCESOS DE. VENTAS, COMERCIALIZACIÓN, RELAC-IONES PÚBLICAS O SIMILARES, NO TIENEN O VAN A TENER EN EL SIGUIENTE AÑO O HAN TENIDO EN EL ÚLTIMO AÑO, RELACIÓN PERSONAL, PROFESIONAL, LABORAL, FAMILIAR O DE NEGOCIOS; ASÍ COMO LOS CÓNYUGES DE TODOS ELLOS NO TIENEN LAZOS DE CONSANGUINIDAD NI DE AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO, CON PERSONA ALGUNA QUE LABORE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y ENTRE CUYAS FUNCIONES SE ENCUENTRA LA DE PARTICIPAR EN ACTIVIDADES RELATIVAS A LA ENTREGA DE LOS BIENES QUE SON MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO .
ASÍ MISMO, DECLARA QUE LA..S P-E·R-· -S-ONA-S Y FUNCIONARIOS MENCIONADOS EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE, TAMPOCO TIENEN RELACIONES DE CARÁCTER COMERCIAL CON EL PERSONAL DE "PILARES".
11.5.· CUENTA CON LA EXPERIENCIA PROFESIONAL, PERSONAL CAPACITADO, ASÍ COMO CON CAPACIDAD TÉCNICA, MATERIAL, FINANCIERA Y LEGAL SUFICIENTE, QUE LE PERMITE OBLIGARSE Y CUMPLIR TODOS LOS REQUERIMIENTOS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
11.6.- QUE PARA EFECTOS DE io SEÑALADO EN EL ARTICULO 58 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECl)RSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, "EL PROVEEDOR" MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE HA CUMPLIDO EN DEBIDA FORMA CON LAS OBLIGACIONES FISCALES A SU CARGO.
11.7.- ASIMISMO DECLARA QUE ÉL Y LAS PERSONAS ANTES MENCIONADOS NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS QUE ESTABLECEN _L9S_ARTÍCULOS 49,_F8ACCIÓN_XV, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES . ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y 39 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, POR LO QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE IMPEDIMENTO LE.GALES CORRESPONDIENTES, NI INHABILITADO O SANCIONADO POR LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL O AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS O MUNICIPIOS PARA CELEBRAR O AUTORIZAR LA FORMALIZACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
11.8.- QUE SEÑALA COMO DOMICILIO FISCAL, ASÍ CO..MO--· D..O-MICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE DOCUMENTOS Y NOTIFICACIONES, INCLUSO LAS DE CARÁCTER PERSONAL Y EN GENERAL PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES EL UBICADO EN:
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CONTRATO No. 006-PILARES·DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
11.9.- CUENTA CON CONSTANCIA DE REGISTRO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FOLIO DE REGISTRO NÚMERO 8TPDXHX-6DZLZJV.
11.10.- SE COMPROMETE AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y TÉRMINOS SEÑALADOS EN ESTE INSTRUMENTO JURIDICO Y EN SUS ANEXOS, DE LOS CUALES CONOCE PLENAMENTE SU CONTENIDO.
111.- DECLARAN "LAS PARTES" QUE:
111.1.· EL PRESENTE CONTRATO SE REGULA POR LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SU REGLAMENTO Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES.
111.2.· EN ESTE ACTO SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD JURIDICA CON QUE SE OSTENTAN Y QUE CUENTAN CON LA CAPACIDAD LEGAL, TÉCNICA Y ECONÓMICA PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
111.3.· MANIFIESTAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE EN ESTE CONTRATO NO EXISTE DOLO, LESIÓN NI MALA FE Y QUE LO CELEBRAN DE ACUERDO CON SU LIBRE VOLUNTAD.
EXPRESADO LO ANTERIOR, "LAS PARTES" SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA. -OBJETO.
"PILARES" ENCOMIENDA A "EL PROVEEDOR" Y ESTE SE OBLIGA A SUMINISTRAR PARA AQUELLA LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONSISTENTES EN LA "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS", DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ESTE INSTRUMENTO, CONFORME A SU COTIZACIÓN PRESENTADA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICAION DIRECTA Nº AD-001, QUE FIRMADO F'OR LAS PARTES FORMA PARTE INTEGRAL DEL MISMO.
LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DEBERA CUMPLIR CON LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN EL ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ESTE INSTRUMENTO, QUE DEBIDAMENTE FIRMADO POR LOS CONTRATANTES FORMA PARTE INTEGRAL DEL MISMO.
SEGUNDA. -IMPORTE DEL CONTRATO.
"PILARES" PAGARA A "EL PROVEEDOR" POR Los BIENES PACTADOS EN LA CLAUSULA "PRIMERA.· OBJETO" DEL PRESENTE CONTRATO, UN TOTAL DÉ $277,947.60 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 60/100 M.N., EL IMPORTE SERA CUBIERTO CONFORME A LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL QUE SE INDICA EN LA CARATULA DE ESTE INSTRUMENTO LEGAL.
LOS PRECIOS OFERTADOS POR ,;EL PROVEEDOR" SERAN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y A ENTERA SATISFACCIÓN DE "PILARES".
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CONTRATO No. 006-PILARES.DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
TERCERA. - INCREMENTO EN LACANTIDAD DEL SERVICIO.
CENANCTAIDSAOD DDE LQOUSEBLIEONESSO,LMICEITDEIAN"TPEILAMROEDSIF",IC"AECLIOPNREOSVAELEDCON"TRASETOOVBILGIGEANTAE, RSEAIEMLPIZARERYINCCURAENMDEONTELOMEONNTLAO TTOOTAL DEELLAVSALMOORDDIFEICLACCOINOTNRAESTNOO, SREEEBNACSUENENETNRESUN CENONEJLUNMTIOSMOELE2J5E%RC(VICEIOINTPICRIENSCUOPUPEOSRTACLIEYNTQOU)EDEELL PMROENCTIO YAJDUESMÁTARS ECNOSNUDICCAIOSNOESLADGEALARANRTEÍA-STDAECCIÓUNMDPELLIMSIEENRTVOICDIOE,ESSEATEICGOUNATLRAALTOIN.ICIALMENTE PACTADO, DEBIÉNDOSE
EL DISTRITO FEDERAL.
TLOÉSRMCINOONSVEYNCIOOSNDQIUCEIONSEESCESLTEBARBELENCIPDAORAS PEOLRPLROESSEANRTÍCUCLOONSTRA65,T6O7 YSE68FDOERMLAALLIEZAYRÁDENADDEQUAICSUICEIRODNOESAPALORAS
CUARTA. - CONDICIONES DE P.A. GO-.·---
CLAOSNTPRAARTTOE,SSCERÁONVLIIEQNUEIDNAEDNO QAU"EELELPRIMOPVOERETDEORD"E; ULANAAVDEQZUQISUICEIÓENL ÁDREEALOSOBLIIECNITEASN,TMAE DTEELRIAMISDMEOLSP,RBEASJEONTSEU IRNESSTPROUNMSEANBTIOLID; CAOD,MPHRAOYABADVOERLIFOICAANDTOERFIOERH,AECLIEPNLATEZMOEPNATRAE SEUFECCTUUMAPRLIMDIIECNHTOOPAEGNOLSOESRÁTDÉERMAICNUOESRDDOE AELSOTSE
LACUENTA POR LIQUIDAR CERTIFTCADA (CLC) DEBIDAMEÑTE REQUISITADA.
TEISETMEPOPLAS ZEOSTPAOBDLRÁECIDSEORS DPEONRTRLAO DSECLROETS AVREIÍNATEDEDÍAASDMHIÁNIBSILTERAS CPIOÓSNTEYRFIOINRAENSZAASLADFEECLAHACDIUEDAACDEPDTEAMCIÉXÓNICDOE, .
EN EL PÁRRAFO PRIMERO DE ESTA CtÁUSULA.
"EL PROVEEDOR" DEBERÁ FACTURAR A NOMBRE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SUBSISTEMA DE
7E7D,UCCAOCLIOÓNNIACOCMEUNNTIRTAORIÁAREAPILAR1,ESA,LCCOANLDDÍAOMCICUIALIUOHTENÉMAOVCE,NIDCA.P.FRA06Y000S,ERRV.FA.CN.DOGDTFE-R9E7S12A05-DE4NMAI.ERDENBÚIMEENRDOO I PCROENSTERANTTAARDOS,UENFACCATSUORACODNETNRATRROIODE"PILLAOSREPSR"IMNEOROESSTACRÁINCOOBDLIÍAGSADHAÁABILCEUSMEPNLIRQCUEONSEELPTRÉERSMTEINOELSSEEÑRAVLAICDIO
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CUANDO ASÍ PROCEDA.
LPORSESIEMNPTUEESCTOONSTRAY TDOE,RSEECRÁHONSPQOURECPURENOTCAE,DCAANRGCOONYMROIETSIGVO DDE "LAEL EPNRTORVEEGEADODRE";L"OPSILABRIEENSE"SSOMALOTECRUIABRDIRÁEL
ADEMÁS DE LA FACTURA, "EL PROVEEDOR", DEBERÁ PRESENTAR:
1) REQUISICIÓN DE COMPRA, DEBIDAMENTE SOLICITADA Y FIRMADA.
2IN)TERFBAACNTCUARARIA, QFUIREMAINDCELLUYTAITULANÚRM(ESR)ODEDLEÁRCEAO(NST)RAUSTUOA,RIAN(ÚSM),XXXXX CADSEO DREEQAUPISLIICCAIÓRN,SACNLACIÓSNE MSEISRÁMANCOOTNIFFICOARDMOE MALEDCIOANNTRAE OTFOI.CIO POR EL ÁREA USUARIA, EN EL QUE INCLUYA EL CÁLCULO\DkE LA
3) COPIA DEL CONTRATO SUSCRITO. //
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CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
4) DICTAMEN, CUANDO SE TRATE DE COMPRAS MENORES A $50,000.00
5) CONVENIO MODIFICATORIO (CUANDO APLIQUE);
6) COPIA DE LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO (FIANZA, CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA, EN CASO DE SER PRIMER PAGO CUANDO APLIQUE);
7) COPIA DEL FORMATO DE INFORMACIÓN. PARA DEPÓSITO .. INTERBANCARIO EN CUENTA DE CHEQUES CON SELLO DE 1:A SUBDIRECCIÓN DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DE CAPITAL HUMANO O CARTA DE CONFIRMACIÓN DE "EL PROVEEDOR" DE CUENTA BANCARIA (EN CASO DE SER PRIMER PAGO).
EN CASO DE QUE EL "PROVEEDOR" NO PROPORCIONE EL SERVICIO DE ACUERDO A LAS "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", EL ÁREA SOLICITANTE COMO RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL MISMO SERÁ LA ENCARGADA DE NOTIFICAR POR ESCRITO A LA SUBDIRECCIÓN-DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTOS DEL INCUMPLIMIENTO, PARA QUE ESTA DETERMINE EL MONTO DE LAS PENAS CONVENCIONALES O SANCIONES EN TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL, PARA TAL EFECTO EL ÁREA SOLICITANTE DEBERÁ ANEXAR A LA FACTURA LA SANCIÓN RESPECTIVA.
LAS PARTES CONVIENEN QUE PARA EL SUPUESTO DE QUE "PILARES" REALICE PAGOS EN EXCESO A "EL PROVEEDOR", ÉSTE DEBERÁ REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, LOS QUE SE CALCULARÁN CONFORME A UNA TASA QUE.SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICOPARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, PARA LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, DICHOS CARGOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARÁN POR DIAS NATURALES DESDE LA FECHA DEL PAGO, HASTA LA FECHA EN QUE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE "PILARES".
QUINTA.· LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES.
---·- -
"EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EN EL ALMACÉN CENTRAL DE "PILARES", UBICADO EN XXXXX XXXXXXX Xx 000 X, XXX. GRANJAS MÉXICO, ALCALDIA IZTACALCO, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 08400, DE LUNES A VIERNES (DIAS HÁBILES), EN UN HORARIO DE 09:00 A 14:00 HRS. EL TRASLADO DE LOS BIENES SERÁ POR CUENTA Y RIESGO DE "EL PROVEEDOR".
NO OBSTANTE, LO ANTERIOR, "PILARES" SE RESERVA EL DERECHO PARA DESIGNAR UN DOMICILIO DISTINTO AL ANTES SEÑALADO, PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LAS NECESIDADES DE LAS ÁREAS SOLICITANTES EN CUYO CASO, "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES EN ESTE ÚLTIMO DOMICILIO.
SEXTA.· CALIDAD DE LOS BIENES.
LOS BIENES QUE ENTREGUE "EL PROVEEDOR" EN CUMPLIMIENTO AL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁN SER DE PRIMERA CALIDAD Y NUEVOS, SIN QUE DICHA CIRCl,JNSTANCIA LE DE _QE_R�CHO A "EL PROVEEDOR" PARA
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RECIBIR UN PAGO ADICIONAL POR ESE CONCEPTO, EN RAZÓN DE QUE SU PRECIO SE ENCUENTRA INCLUIDO EN LA CANTIDAD QUE "PILARES" SE OBLIGA A PAGAR COMO CONTRAPRESTACIÓN POR EL SUMINISTRO DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO.
SÉPTIMA.· RESPONSABILIDAD DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL O INTELECTUAL.
LAS PARTES CONVIENEN QUE "EL PROVEEDOR", SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA UTILIZACIÓN DE LAS PATENTES, MARCAS, CERTIFICADOS-DE INVENCIÓN -Y-TODO LO .RELACIONADO CON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL O INTELECTUAL DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DESLINDANDO DE TODA RESPONSABILIDAD POR SU USO A "PILARES".
OCTAVA.· SUPERVISIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS BIENES.
CON EL FIN DE VERIFICAR EL CONTROL, CALIDAD, CUMPLIMIENTO Y CONCLUSIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LOS BIENES QUE ENTREGUE "EL PROVEEDOR" SERÁN REVISADOS POR PERSONAL QUE. DESIGNEN PARA TAL EFECTO DE LAS ÁREAS REQUIRENTES MENCIONADAS EN LA DECLARACIÓN 1.14 DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y/O PERSONAL DESIGNADO XXX XXXXXXX CENTRAL DE "PILARES".
EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO POR PARTE DE "PILARES" NO LIBERA A "EL PROVEEDOR" DE LA RESPONSABILIDAD DE SUPERVISAR EL MISMO DURANTE LA ENTREGA DE LOS BIENES, EN CONSECUENCIA, LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LOS BIENES CON MAL FUNCIONAMIENTO O EL EMPLEO DE PRODUCTOS DE MALA CALIDAD O INADECUADOS, SUBSISTE EN TODO MOMENTO PARA "EL PROVEEDOR". ·
SI "PILARES" LLEGARE A ADVERTIR ALGUNA IRREGULARIDAD POR PARTE DE "EL PROVEEDOR" EN CUANTO A LA CALIDAD, AVANCE DE LOS BIENES Y/O INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN ESTE INSTRUMENTO, INCLUSO POR LOS MATERIALES DE MALA CALIDAD QUE SEAN UTILIZADOS, SERÁ NOTIFICADA A "EL PROVEEDOR" POR ESCRITO, A FIN DE QUE PROCEDA A SUBSANARLA Y CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO.
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LO ANTERIOR, NO LIBERA A "EL PROVEEDOR" DE LA RESPONSABILIDAD SOBRE LA ENTREGA DE LOS BIENES. EN CONSECUENCIA, ESTE QUEDA OBLIGADO A RESPONDER POR LOS BIENES CQN MAL FUNCIONAMIENTO O DEL EMPLEO DE PRODUCTOS DE MALA CALIDAD O INADECUADOS, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN CIVIL, POR LO TANTO, "PILARES", EN LOS MISMOS TÉRMINOS, PODRÁ EJERCITAR LAS ACCIONES PERTINENTES PARA RECLAMAR y OBTENER LA REPARACIÓN, EL PAGO DE LOS DAÑOS y LOS PERJUICIOS QU.E SUFRA; ASÍ COMO �N SU CASO, PROMOVER Y DECLARAR LA RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO, ASI COMO LA PROMOCION DE LAS ACCIONES LEGALES A QUJ;;J:IAY.A LUGAR. .. _ . .
NOVENA. - RELACIONES LABORALES. '
"EL PROVEEDOR" SE CONSTITUYE COMO PATRÓN ÚNICO DEL PERSONAL CUYOS BIENES LLEGARE A OCUPAR PARA DAR CUMPLIMIENTO AL PRESENTE CONTRATO Y SERÁ RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE SUS TRABAJADORES, POR LO TANTO, EXIME A "PILARES" DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD, Y SE OBLIGA A
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SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN COMUNITARIA PILARES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y ABASTECIMIENTOS
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CONTRATO No. 006-PILARES·DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
RESPONDER DE TODAS Y CADA UNA DE LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTEN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE "PILARES" EN RELACIÓN CON LOS BIENES DEL PRESENTE CONTRATO.
NO OBSTANTE LO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, Y EN CASO DE QUE "PILARES", SEA CONDENADA Y/O SE VEA OBLIGADA A CUBRIR ALGUNA CANTIDAD DERIVADA DE CUALQUIER RECLAMACIÓN, HECHA POR LOS TRABAJADORES DE "EL PROVEEDOR", ANTE AUTORIDADES LABORALES Y/O DE SEGURIDAD SOCIAL, TALES COMO SON: JUNTAS LOCALES. DE CONCILIACIÓN y· ARBITRAJE, TRIBUNÁL- FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, FONDO DE LA VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES A LISTA XX XXXX Y/O CUALQUIERA OTRA QUE EN SU ÁMBITO DE COMPETENCIA FACULTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, LEY DEL INSTITUTO DE SEGUROS Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LAS CUALES 'ss "CliAN DE MANERAENÜNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A RESTITUIR DE INMEDIATO A "PILARES" LA CANTIDAD EROGADA, INCLUSO LA AUTORIZA DESDE ESTE MOMENTO A DESCONTARLA DEL PAGO DEL MONTO PACTADO POR CONCEPTO DE CONTRAPRESTACIÓN POR LOS BIENES SUMINISTRADOS EN LA CLÁUSULA "SEGUNDA.· IMPORTE DEL CONTRATO" DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
ASIMISMO, "EL PROVEEDOR" OTORGA A "PILARES" LA FACULTAD PARA VERIFICAR ALEATORIAMENTE LA DEBIDA OBSERVANCIA DE LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL ANTE EL-INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS), ASI COMO LOS MOVIMIENTOS DE ALTA ANTE DICHO ORGANISMO DE LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS CON LA PRESTACIÓN DE LOS BIENES, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA.· VIGENCIA.
LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ DEL 19 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024. DÉCIMA PRIMERA.- VICIOS OCULTOS.
"EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A RESPONDER POR LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO Y POR CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EN LOS TÉRMINOS DE ESTE INSTRUMENTO Y DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEMÁS NORMATIVIDAD VIGENTE.
DÉCIMA SEGUNDA.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO _
CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 74 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL "PILARES" EXIME A "EL PROVEEDOR" DE PRESENTAR LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO TODA VEZ QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO SE SITÚA EN LA HIPÓTESIS DEL ARTICULO 55 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
DÉCIMA TERCERA.· JNTUITU PERSONAE._
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CASO DE HACERLO SERÁ CONSIDERADO CAUSA DE RESCISIÓN.
XXXXX VSIRPATSUADRDEO SURBCEOLNPTRRAESTEANRTELOUSNDCEORNETCRAHOTSOYINOTUBILTIGUPAECRIOSNOENSADEE"REILVAPDROOSVEDEEDLOPRR"ESSEENOTBELIGCAONATRANOTCOEYDEERN,
DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES.
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UNNEACEVSEAZRIOFI,NACLOIZAMEDNOZAERÁL PERLOCCÓEMBPIMUITEONTDOELDEPLAZAPLOICEASCTIÓANBLDEECIDPOENEANS ECLOANRVTEÍNCCUILOONA63LEPSÁRYRADEFOCTOENRSCIDEERRAO RDSEEL
RREEGSCLAISMIÓENNTAODMDEINILASTRALEYTIVDAE.ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE
A"PPILLAICRAECSIÓ"NPODEDRÁLASSINPENNINASGUCNOANRVEESNPCOIONNSAALBEISLIDCAODRRDESSPUONPADRIETNETERSE,SACSINIMDIIRSMEOL,PLAREFSAELNTTAEDCEONOTBRASETROV,APNRCEIAVIAY CPAURAMPLDIMARIELNOTPOORDERESSUCCINODNIDTOE.NIDO �OR PARTE DE "EL PROVEEDOR" FACULTA EXPRESAMENTE A "PILARES"
DÉCIMA QUINTA.· RESCISIÓN.
LASS CPAARUSTAESS ADCEUREERSDCAINSIOQNUEQUSEI "SPEILACROENSS"IGCNOAN EIDNERAESTQEUDEO"CEULMPERNOTOVE, EPDOODRRA". HDAECINRCEUTRARRIDLAO RENESACLISGI�ONNADDELE� RMEISSMPOONDSEANBTIRLIODADDELPAPRAROC"PEIDLAIMRIEENST".O.ADMINISTRATIVO QUE SE INICIE, QUE OPERARÁ DE PLENO DERECHO Y SIN
"PILARES" RESCINDIRÁ EL CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE Á CONTINUACIÓN SE SEÑALAN:
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CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
1.- SI "EL PROVEEDOR" NO CUMPLE CON LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, ESPECIFICADO EN LA CLÁUSULA "PRIMERA.· OBJETO" DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y EN LOS TÉRMINOS, CONDICIONES Y CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE SE ESTABLEZCAN.
2.· SI "EL PROVEEDOR" NO REALIZA LA ENTREGA DE LOS BIENES CONTRATADOS CON LA CALIDAD, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
3.- SI "EL PROVEEDOR" ES DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL.
4.- SI "EL PROVEEDOR" SUBCONTRATA, CEDE O TRASPASA EN FORMA TOTAL O PARCIAL LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 61 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
5.-SI EXISTEN DERECHOS Y OBLIGACIONES PENDIENTES DE CUMPLIR POR [AS "PARTES, "PILARES", PODRÁ RESCINDIR EN CUALQUIER MOMENTO EL CONTRATO AÜN CUANDO HAYA LLEGADO A SU TÉRMINO LA VIGENCIA, CONFORME AL ARTICULO 42 PÁRRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
6.- EL QUE SE DESCUBRA Y ACREDITE QUE "EL PROVEEDOR" NO CUMPLA EL REQUISITO DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES PREVISTAS POR EL ÜLTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 58 DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. , -
7.- EN GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A "EL PROVEEDOR" QUE LESIONE LOS INTERESES DE "PILARES".
DÉCIMA SEXTA.- INFORMACIÓN.
'.'PILARES" TENDRÁ EN TODO MOMENTO Y DENTRO DE LAVIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, LA FACULTAD DE CORROBORAR LA AUTENTICIDAD Y VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR "EL PROVEEDOR".
EN EL CASO DE QUE SE ADVIERTA QUE "EL PROVEEDOR", HAYA FALSEADO LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO QUE GENERÓ EL PRESENTE INSTRUMENTO, SE PROCEDERÁ DE CONFORMIDAD A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, PARA EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.
DÉCIMA SÉPTIMA.· TERMINACIÓN ANTICIPADA.
LAS PARTES CONVIENEN EN QUE, SI SE PROCEDE A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PRESENTE CONTRATO, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MISMO, YA SEA DE COMÜN ACUERDO, POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR, INTERÉS SOCIAL O AFECTACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SERÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA "PILARES".
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CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
PARA LOS CASOS DE TERMINACléN ANTICIPADA O SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE ESTE CONTRATO INDICADOS EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE, SE DETERMINARÁ LA CANTIDAD DE BIENES ENTREGADOS Y EN GENERAL DE OBLIGACIONES CUMPLIDAS, PARA PROCEDER AL PAGO DE SU CONTRAPRESTACIÓN. POR CUANTO A LO QUE HAYA QUEDADO PENDIENTE, SIN REALIZAR O CUMPLIR, PARA QUE SE PROCEDA CON ELLO SE ATENDERÁ LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD APLICABLE EN MATERIA DE ADQUISICIONES.
PARA EL CASO DE QUE SE HAYA DETERMINADO POR RESOLUCIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE, LA TERMINACIÓN ANTICIPADA o LA susgENSIÓN DEFINITIVA-DE QUE SE. TRATE, SE ESTARÁ A LO PREVISTO EN EL MANDAMIENTO DE LA RESPECTIVA AUTORIDAD.
DÉCIMA OCTAVA.- JURISDICCIÓN.
PARA TODO LO RELACIONADO CON LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, AMBAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD_DE_MÉ�X.XX, POR LO TANTO.."EL PROVEEDOR" RENUNCIA AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.
ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MARGEN DERECHO Y AL CALCE EN TODAS Y CADA UNA DE LAS FOJAS QUE INTEGRAN ESTE INSTRUMENTO, TOMANDO ASI EL CARÁCTER DE DOCUMENTO LEGAL Y OFICIAL.
SIN NADA MÁS QUE HACER CONSTAR, SE FIRMA EL PRESENTE CONTRATO EL DÍA 19 DE ENERO DE 2024 FIRMÁNDOLO POR TRIPLICADO-QtJIENES EN ÉL INTERVINIERON, EN LAS OFICINAS DE "PILARES", UBICADA EN XXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXX 00, XXXXXXX XXXXXXXXX XXX, XXXXXX XXXXXX 00000, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX.
POR "PILARES" POR "EL PROVEEDOR"
V -XXXXXXX STRACIÓN Y FINANZAS
C. XXXXXXX AfW'ATCABRERAOONZALEZ PERSONA FÍSICA
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POR "PILARES
CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
EN ASISTENCIA DE "PILARES"
C. XXXXXXX XXXXXX XXXXxX.UEZ SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y
ABASTECIMIENTOS
POR " b:-Á�EASOI:ICl'T-A,NTE"
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Xxxxxx Xxxxxxxx .
PUERTO
CONTRATO No. 006-PILARES-DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
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REVISIÓN JU 1DICA DEL PRESENTE INSTRUMENTO
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#f%111�4/��- . _ :. _
LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX SUBdlRECTORA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA
EL PRESENTE INSTRUMENTO SE REVISA EN CUANTO A
LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS
-- SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRAClóN, ASI COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS Y PRESUPUESTALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA
�������--��-���������--��--�-----�-·
ESTA FOJA ES PARTE INTEGRAL DEL CONTRATo" DE ADQUISICIÓN-DE BIENES-DENOMINADO ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS", No. 006-PILARES-DAyF-2024, SUSCRITO CON LA PERSONA FÍSICA "XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXX"----
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CONTRATO No. 006-PILARES·DAyF-2024. "ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA-LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS".
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PROVEEDOR: "XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX"
RFC:
"ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS"
ÁREA SOLICITANTE: DIRECCIÓN XX XXXXX PILA (REQUISICIÓN Nº 010 / 2024)
!.·ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIÓN, CANTIDAD Y MONTO:
PARTIDA DESCRIPCIÓN DE MATERIAL -MARCA CANTIDAD· UNIDAD DE.
PRECIO IMPORTE
- . --M-E-D-XXX XXXXXXXX
PLAYERA TIPO DRY Fil CUELLO REDONDO, MATERIAL TIPO POLIÉSTER 100%, TEXTURA POROSA, COSTURAS REFORZADAS, CON REFUERZO EN LOS COSTADOS Y EN DOBALDILLO, USO DEPORTIVO, PESO APROXIMADO 18' GRS., CON IMPRESO EN SUBLIMADO EN ANVERSO Y REVERSO, EN
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COLOR BLANCO CON MANGAS COLOR VINO, ASI COMO EL J,eREMYK 2,282 CUELLO, TAL Y COMO SE ESPECIFICA EN EL DISEÑO,
TALLAS DE ADULTO EXTRA CHICAS 582 PIEZAS CHICA 500 PIEZAS MEDIANAS 700 PIEZAS GRANDE 500 PIEZAS
__ PIEZA $105.00 $ 239,610.00
SUBTOTAL: s 239,610.00
. . . - -·- I.V.A. $ 38,337.60 TOTAL: $ 277,947.60
EL IMPORTE TOTAL ADJUDICADO EN ESTE CONTRATO ES DE $277,947.60 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 60/100 M.N.), I.V.A. INCLUIDO.
CONDICIONES GENERALES
PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES: A MÁS TARDAR EL 24 DE ENERO DE 2024
/PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES: MÉXICO .
CONTENIDO DE INTEGRACIÓN NACIONAL: CUMPLEN CUANDO MENOS CON EL 50% DE GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL
LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES DENOMINADO ADQUISICIÓN DE PLAYERAS PARA LA CARRERA CAMINATA LOS DINAMOS", No. 006-XXXXXXX·XXxX-2024, SUSCRITO CON LA PERSONA FISICA "XXXXXXX
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX" ································-·········-·································-···-······················-···············-···········-····················
.-··--·········-······································-··-·······--·······- _. SIN TEXTO_EN LO SUBSECUENTE··-· ... ··-·.. ---······-·····-••··········-··--···············-·········
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