INVITACIÓN PÚBLICA 003-2018
INVITACIÓN PÚBLICA 003-2018
PRE-TÉRMINOS DE REFERENCIA
PARA SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE, POR EL SISTEMA DE PRECIO FIJO SIN FÓRMULA DE REAJUSTE Y DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, DESARROLLE LA INTERVENTORÍA TECNICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA Y JURÍDICA A LA CONSTRUCCIÓN DE LAS SOLUCIONES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL CORRESPONDIENTES A LOS PROYECTOS VIABILIZADOS Y APROBADOS POR EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA CON CARGO A LOS SUBSIDIOS DE LA VIGENCIA 2015, ASÍ:
GRUPO 01: COMPRENDE LOS PROYECTOS: CUN-INC-02, CUN-VIC-01, BOY-INC-02, ARA-VIC-01, MET- VIC-01, CAQ-VIC-01, NAR-VIC-02, CAU-INC-03, CAL-INC-01 Y VIVA DNP SAN XXXX DE URABA ARBOLETES PARA UN TOTAL DE 513 BENEFICIARIOS UBICADOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE CUNDINAMARCA, BOYACÁ, ARAUCA, META, CAQUETA, NARIÑO, CAUCA, CALDAS, ANTIOQUIA.
GRUPO 02: COMPRENDE LOS PROYECTOS: BOL-VIC-02, BOL-VIC-01 Y VIVA DNP CAREPA CHIGORODÓ PARA UN TOTAL DE 423 BENEFICIARIOS UBICADOS EN LOS DEPARTAMENTOS BOLIVAR Y ANTIOQUIA.
GRUPO 03: COMPRENDE LOS PROYECTOS: XXX-XXX-00, XXX-XXX-00, XXX-XXX-00, XXX-XXX-00, MAG- INC-01, VIVA-DNP-SAN XXXXX DE URABA, VIVA-DNP-MUTATA-TURBO PARA UN TOTAL DE 584 BENEFICIARIOS UBICADOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE LA GUAJIRA, ATLANTICO, XXXXX, XXXXXXXXX Y ANTIOQUIA.
GRUPO 04: COMPRENDE LOS PROYECTOS: MAG-VIC-01, BOL-INC-01, COR-INC-01, SUC-INC-01, VIVA- DNP-NECOCLI-APARTADO PARA UN TOTAL DE 467 BENEFICIARIOS UBICADOS EN LOS DEPARTAMENTOS XX XXXXXXXXX, BOLIVAR, CORDOBA, SUCRE Y ANTIOQUIA.
CONTENIDO
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. CONVOCANTE
1.2. OBJETO
1.3. ALCANCE DEL OBJETO
1.4. RÉGIMEN LEGAL
1.5. VALOR UNITARIO POR VIVIENDA
1.6. DURACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
1.7. DESTINATARIOS DE LA INVITACIÓN
1.8 DEFINICIONES
1.9 DEFINICIONES GENERALES
2. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.2.CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES
2.3. MODIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN
2.4. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
2.5. MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS
2.6. CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.7 PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE Y MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA
2.7. DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA INVITACIÓN
2.9 SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.10 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.11 VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES DEL PROPONENTE
2.12 VERIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
2.13PROCEDIMIENTO DE SUBSANABILIDAD
2.14.VIGENCIA DE LA PROPUESTA
2.15.CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
2.16.GASTOS DEL OFERENTE
2.17. DOCUMENTOS QUE DEBE CONSIDERAR EL OFERENTE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y EL DESARROLLO DEL CONTRATO ADJUDICADO
3 CRITERIOS DE SELECCIÓN
3.1. REQUISITOS HABILITANTES DEL PROPONENTE
3.1.1. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO
3.1.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
3.1.1.2. ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL
3.1.1.3. OBJETO SOCIAL
3.1.1.4. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT.
3.1.1.5. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL, EL REPRESENTANTE LEGAL O EL PROPONENTE, SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
3.1.1.6. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP
3.1.1.7. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO
3.1.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
3.1.1.9. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO – SARLAFT
3.1.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO
3.1.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
3.1.2.2. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
3.1.2.3. REQUISITOS DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
3.1.2.4
OTROS ASPECTOS FINANCIEROS
3.1.3.
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO
3.1.3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
3.1.3.2. VERIFICACIÓN TÉCNICA
3.1.3.3. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
3.1.3.4. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
3.1.3.4.1. CONDICIÓN HABILITANTE
3.1.3.4.2. REQUISITOS
3.1.3.5. VEHÍCULOS Y EQUIPOS
3.2.
ANEXO TÉCNICO
3.3.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA
3.4.
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES
4.0. OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES
4.1. OBLIGACIONES GENERALES
4.2. OBLIGACIONES ESPECIFICAS
5.0.
OBLIGACIONES DEL PATRIMONIO VISR
5.1.
FORMA DE PAGO
6.0. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
7.0. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL Y CONTRACTUAL
8.0. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL OFERENTE
9.0. CRITERIOS DE DESEMPATE
10.0. MATRIZ DE RIESGO DE LA CONTRATACIÓN
11.0. FORMATOS
12.0.
ANEXOS
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. CONVOCANTE
FIDUAGRARIA S.A. en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, en cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019 suscrito con el Banco Agrario de Colombia.
1.2. OBJETO
Contratar por el sistema de precio global fijo sin fórmula de reajuste y de conformidad con las especificaciones establecidas en los términos de referencia, la interventoría técnica, financiera, administrativa y jurídica a la construcción de las soluciones de Vivienda de Interés Social Rural correspondientes a los proyectos viabilizados y aprobados por el Banco Agrario de Colombia con cargo a los subsidios de la vigencia 2015, correspondientes a 1987 hogares ubicados en los departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Arauca, Meta, Caquetá, Nariño, Cauca, Caldas, Antioquia, Bolívar, La Guajira, Cesar, Atlántico, Xxxxxxxxx, Córdoba y Sucre, de acuerdo a los siguientes grupos:
GRUPO 1 | ||||||
PROYECTOS | GV DE APROBACIÓN | PROMOTORA | DEPARTAMENTO | MUNICIPIOS | No VISR | Valor Interventoría por Proyecto |
CUN-INC- 02 | GV-001943 | INCODER | CUNDINAMARCA | Choconta | 13 | $36.856.820,00 |
CUN-VIC-01 | GV-002144 | VICTIMAS | Xx Xxxx | 00 | $201.294.940,00 | |
BOY-INC-02 | GV-002000 | INCODER | BOYACA | Venta Quemada | 38 | $107.735.320,00 |
ARA-VIC-01 | GV-002435 | VICTIMAS | XXXXXX | Xxxxx Xxxxx | 00 | $39.691.960,00 |
Tame | 1 | |||||
MET-VIC-01 | GV-002367 | VICTIMAS | META | Xxxxxx Xxxxxxxxx | 00 | $53.867.660,00 |
CAQ-VIC-01 | GV-001999 | VICTIMAS | CAQUETA | La montañita | 57 | $161.602.980,00 |
NAR-VIC-02 | GV-002142 | VICTIMAS | XXXXXX | Xxxxxxx | 19 | $53.867.660,00 |
CAU-INC-03 | GV-002143 | INCODER | CAUCA | Corinto | 11 | $31.186.540,00 |
CAL-INC-01 | GV-002276 | INCODER | XXXXXX | Xxxxxxxxxx | 00 | $164.438.120,00 |
Chinchina | 00 | |||||
Xxxxxxxxx | 00 | |||||
Viterbo | 8 | |||||
VIVA-DNP- SAN XXXX DE URABA- ARBOLETES | GV-1966 | DNP | ANTIOQUIA | Xxx Xxxx xx Xxxxx | 000 | $316.344.436,95 |
Arboletes | 83 | |||||
513 | $1.166.886.436,95 |
GRUPO 2 | ||||||
PROYECTOS | GV DE APROBACIÓN | PROMOTORA | DEPARTAMENTO | MUNICIPIOS | No VISR | Valor Contrato Interventoría |
BOL-VIC-02 | GV-002438 | VICTIMAS | BOLIVAR | Mahates | 60 | $170.108.400,00 |
BOL-VIC-01 | GV-002439 | VICTIMAS | XXXXXXX | Xxxxxx xx Xxxxxxx | 000 | $572.698.280,00 |
VIVA DNP CHIGORODO- CAREPA | GV-001968 | DNP | ANTIOQUIA | Chigorodo | 66 | $239.114.809,15 |
Carepa | 95 | |||||
423 | $981.921.489,15 |
GRUPO 03 | ||||||
PROYECT OS | GV DE APROBACIÓN | PROMOTORA | DEPARTAMENTO | MUNICIPIOS | No VISR | Valor Contrato Interventoría |
LAG-VIC- 02 | GV-002141 | VICTIMAS | LA GUAJIRA | San Xxxx xxx Xxxxx | 104 | $405.425.020,00 |
Fonseca | 00 | |||||
XXX-XXX- 00 | XX-000000 | XXXXXXXXXX | Xxxxxx | 1 | $2.835.140,00 | |
CES-VIC- 01 | GV-001948 | VICTIMAS | CESAR | El copey | 68 | $192.789.520,00 |
ATL-INC- 01 | GV-001949 | INCODER | ATLANTICO | Xxxxxx xx Xxxxxx | 7 | $153.097.560,00 |
Tubara | 39 | |||||
Xxxxxxx | 8 | |||||
MAG-INC- 01 | GV-002060 | INCODER | XXXXXXXXX | Xxxxxxxx | 19 | $204.130.080,00 |
El Banco | 3 | |||||
Xxxxx Xxxxxxx | 00 | |||||
Xxxxx | 0 | |||||
Xxx Xxxxxxxxx | 9 | |||||
Santa Xxx | 18 | |||||
VIVA-DNP- SAN XXXXX DE URABA | GV-001964 | DNP | ANTIOQUIA | Xxx Xxxxx xx Xxxxx | 000 | $178.222.218,00 |
VIVA-DNP- MUTATÁ- TURBO | GV-001967 | DNP | Mutata | 61 | $187.133.328,90 | |
Turbo | 65 | |||||
584 | $1.323.632.866,90 |
GRUPO 4 | ||||||
PROYECTOS | GV DE APROBACIÓN | PROMOTORA | DEPARTAMENTO | MUNICIPIOS | No VISR | Valor Contrato Interventoría |
MAG-VIC-01 | GV-001983 | VICTIMAS | XXXXXXXXX | Xxxxxxxx | 60 | $275.008.580,00 |
Zona Bananera (Cienaga) | 37 | |||||
BOL-INC-01 | GV-002061 | INCODER | XXXXXXX | Xxxxx Xx Xxxx | 00 | $272.173.440,00 |
Xxx Xxxxxxx | 00 | |||||
Xxxxxx xx Xxxxxxx | 32 | |||||
San xxxx xx Xxxxxxxxxx | 24 | |||||
COR-INC-01 | GV-001946 | INCODER | CORDOBA | Lorica | 25 | $243.822.040,00 |
Momil | 5 | |||||
Xxx Xxxxxx | 00 | |||||
Xxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 00 | |||||
Xxx Xxxxxx | 18 | |||||
SUC-INC-01 | GV-002279 | INCODER | SUCRE | Sampues | 28 | $41.585.184,20 |
VIVA-DNP- NECOCLI- APARTADÓ | GV-001965 | DNP | ANTIOQUIA | Necocli | 115 | $237.629.624,00 |
Xxxxxxxx | 00 | |||||
000 | $1.070.218.868,20 |
1.3. ALCANCE DEL OBJETO
Ejecutar en el plazo estipulado, la interventoría hasta su terminación, entrega efectiva de las viviendas de interés social rural objeto de los subsidios otorgados por el Banco Agrario de Colombia y liquidación del contrato de obra, en zona rural de los departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Arauca, Meta, Caquetá, Nariño, Cauca, Caldas, Antioquia, Bolívar, La Guajira, Cesar, Atlántico, Xxxxxxxxx, Córdoba y Sucre, cumpliendo con los parámetros de calidad y eficiencia en los procesos constructivos, garantizando el cumplimiento de las normas que la legislación Colombiana ha establecido para tal fin, y acorde con los estudios, diseños, áreas, especificaciones y presupuestos para el proyecto aprobado.
1.4. RÉGIMEN LEGAL
De conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley 1150 de 2007, FIDUAGRARIA S.A. NO se rige por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, sino por las disposiciones de derecho privado que le son aplicables en razón a su condición de entidad financiera estatal.
Por lo tanto, el presente proceso se rige por las normas civiles y comerciales, por lo establecido en el Decreto 1071 de 2015, modificado por el Decreto 1934 de 2015, el Reglamento Operativo Programa
de Vivienda de Interés Social Rural con sus anexos y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, y por lo señalado en este documento.
1.5. VALOR UNITARIO DE INTERVENTORÍA POR VIVIENDA
El valor unitario por vivienda de interés social rural para el presente proceso es como se señala a continuación, según la estructura de costos definida en la Guía para la Formulación y Presentación de Proyectos de Vivienda de Interés Social Rural del Banco Agrario de Colombia, el valor unitario, fijo y sin formula de reajuste de los costos de interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica por vivienda efectivamente construida, terminada y entregada a satisfacción a los hogares beneficiarios está definido de la siguiente manera:
1.5.1 PROMOTORAS INCODER, VICTIMAS Y MINDEFENSA
DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA PESOS M/CTE ($2.835.140,oo) M/CTE.
1.5.2 PROMOTORA DNP ANTIOQUIA
UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS CON QUINCE CENTAVOS ($1.485.185,15) M/CTE.
1.6. DURACIÓN CONTRATO DE INTERVENTORÍA
El plazo del contrato de interventoría será de ocho (8) meses, que incluye la duración del contrato de obra que es de siete (7) meses y un (1) mes adicional para llevar a cabo la liquidación del contrato de obra, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
1.7. DESTINATARIOS DE LA INVITACIÓN
Personas jurídicas, nacionales legalmente constituidas en Colombia o extranjeras con sucursal en Colombia, y consorcios debidamente conformados únicamente por personas jurídicas, que cumplan con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros señalados en el presente documento, sus anexos y formatos.
Toda persona jurídica o consorcio que participe en el proceso podrá presentar propuesta y ser adjudicatario, bien sea de manera individual o como integrante de un consorcio, solamente para dos (2) grupos de la presente invitación.
1.8.DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento pertenecen en su mayoría al sector de la construcción y deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados.
Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
1.9.DEFINICIONES GENERALES
Acta de inicio: Documento que debe suscribir el Supervisor del contrato adjudicado, el Contratista de Obra seleccionado, a través de su representante legal y el Interventor que se asigne para el desarrollo del proyecto, en el cual se estipulan las consideraciones relacionadas con la ejecución del contrato y principalmente aquellas atinentes a las obligaciones que se desarrollarán durante su vigencia.
A partir de la fecha de suscripción, se comienza a contabilizar el plazo de ejecución del contrato. Para suscribir el Acta de Inicio debe contarse previamente con toda la documentación requerida y aprobada para el efecto.
Adendas: Son los documentos que se expiden dentro de un proceso de selección bajo la modalidad de invitación privada o pública a presentar ofertas, con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos de la invitación y que formará parte de la misma.
Adjudicación: Es el documento a través del cual el Gerente de la Unidad de Gestión VISR de FIDUAGRARIA S.A. S.A., en virtud de recomendación del Comité de Contratación, indica quien es el Proponente seleccionado para ejecutar el contrato que se adjudique.
Adjudicatario: Es el Proponente que resulte seleccionado, luego de haberse surtido el proceso de evaluación y calificación de las propuestas presentadas.
Anticipo: Entrega de dinero por parte del Patrimonio Autónomo VISR al contratista seleccionado el cual no constituye utilidad o ganancia para el contratista. El anticipo se entregará de acuerdo con lo señalado en el contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019 y el Reglamento Operativo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural, el cual deberá ser amortizado con cargo a cada uno los pagos que se realicen al contratista.
Contratante: Es el Patrimonio Autónomo VISR, NIT. 830.053.630-9.
Contrato: Es el acto jurídico que celebra el Patrimonio Autónomo VISR con el proponente seleccionado para el desarrollo de las actividades objeto del presente proceso.
Comité Estructurador: Es la instancia que llevará a cabo la elaboración de los estudios previos y los términos de invitación, para contar con la aprobación de la Gerente de la Unidad de Gestión VISR y posterior conocimiento del Comité de Contratación.
Dicho comité estará conformado por un equipo multidisciplinario de la Unidad de Gestión VISR de FIDUAGRARIA S.A. que para el efecto designe la Gerente de la Unidad.
Comité Evaluador: Es la instancia que llevará a cabo la evaluación de las ofertas y realizará su labor de manera objetiva y ciñéndose exclusivamente a las reglas establecidas en los términos de la invitación.
Dicho comité estará conformado por un equipo multidisciplinario de la Unidad de Gestión VISR de FIDUAGRARIA S.A. que para el efecto designe la Gerente de la Unidad.
Comité de Contratación: Es la instancia en la cual, luego de recibir el informe del Comité Evaluador, emite la recomendación de adjudicación a la Gerente de la Unidad de Gestión VISR de FIDUAGRARIA S.A.
Dicho comité está conformado por: El Vicepresidente Jurídico, el Vicepresidente Administración de Negocios y Operaciones, el Gerente Integral de Riesgos, el Gerente I Financiero y Administrativo, el Gerente de la Unidad de Gestión VISR con voz y sin voto, el Jefe de la Oficina de Control Interno de FIDUAGRARIA S.A. como invitado permanente, con voz y sin voto.
Los cuales podrán delegar su asistencia a las sesiones en las cuales se reúna dicho comité
Invitación a presentar oferta: Procedimiento que realiza FIDUAGRARIA S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, mediante el cual, a través de su página web, informa públicamente sobre el inicio de un proceso de selección para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten su oferta y seleccionar de entre ellas la más favorable que satisfaga la necesidad requerida en cumplimiento del objeto del contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019.
Este documento debe ser elaborado por la Unidad de Gestión VISR y validado por el Comité de Contratación, el cual debe detallar claramente la necesidad, los requerimientos para la presentación de la propuesta, las condiciones de participación, los factores de habilitación y evaluación y las demás reglas del proceso.
Las condiciones y requisitos determinados por FIDUAGRARIA S.A. en sus invitaciones a ofertar no constituirán jurídicamente una oferta de FIDUAGRARIA S.A. dirigida a personas determinadas o indeterminadas, sino que, como su nombre lo indica, constituyen invitaciones a los interesados a presentar oferta a FIDUAGRARIA S.A.
En ese sentido por la invitación a ofertar FIDUAGRARIA S.A. no adquiere compromiso alguno ni de continuar con el procedimiento de selección, ni de concluirlo mediante celebración de un contrato y podrá terminarlos en cualquier momento sin aceptar oferta alguna.
Oferta más favorable: Será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos, jurídicos y financieros de escogencia y una ponderación detallada y objetiva, resulte ser la más favorable para el Patrimonio Autónomo VISR, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.
Plazo de ejecución: Periodo de tiempo definido para la ejecución y cumplimiento del objeto del contrato.
Primer orden de elegibilidad: Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación de los criterios ponderables prevista en la invitación pública.
Proponente: Es la persona natural, jurídica o consorcio que presenta una propuesta u oferta para
participar en un proceso de selección.
Propuesta: Se entiende por tal, la oferta de negocio jurídico presentada por un proponente dentro de un proceso de selección, siempre que reúna los requisitos del artículo 845 del Código de Comercio, así como los términos de la invitación.
Requisitos habilitantes (de verificación): Son aquellos requisitos que serán objeto de verificación de cumplimiento como habilitantes para la participación en el proceso de selección, y no otorgarán puntaje.
Dicha verificación será realizada por la Unidad de Gestión VISR, revisada y aprobada por la Gerente de la Unidad de Gestión VISR de FIDUAGRARIA S.A.
Estos requisitos son los siguientes: la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
SARLAFT: Es el sistema de administración del riesgo para la prevención xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo.
Supervisor del contrato: Es el funcionario de la Unidad de Gestión VISR designado por la Gerente de la Unidad de Gestión VISR o en su defecto por el Vicepresidente de Administración de Negocios y Operaciones de FIDUAGRARIA S.A. como vocera del Patrimonio Xxxxxxxx XXXX, quién será el responsable de efectuar el seguimiento y acompañamiento para su debida ejecución y liquidación del contrato frente al cual fue designado.
La labor de supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo y financiero, de acuerdo con lo establecido en la ley y las demás funciones asignadas.
Vivienda Rural Dispersa: Son aquellas soluciones de vivienda que se ejecutan en diferentes lotes y dada su distancia es posible la construcción xxx xxxx séptico, en donde el tratamiento secundario (campos de infiltración o pozos de absorción) no afecten ninguna de las partes de las viviendas vecinas.
Solución de Vivienda de Interés Social Rural Prioritaria (VISRP): Es la estructura habitacional que permite a un hogar disponer de condiciones mínimas de espacio, salubridad, saneamiento básico y calidad estructural y constructiva. Su diseño debe permitir el desarrollo progresivo de la vivienda, y el valor de ésta no podrá superar los setenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (70 SMMLV).
Tipología de Vivienda de Interés Social Rural: Es la propuesta técnica y financiera de vivienda realizada por la Entidad Otorgante del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural que permite su ampliación por parte del beneficiario para un desarrollo progresivo. Esta tipología deberá cumplir con las condiciones y particularidades climáticas, geográficas, topográficas y culturales de cada zona o región, así como con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.5 del decreto 1934 de 2015.
2.0. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTIVIDAD | FECHA/HORA | UBICACIÓN |
Publicación pre términos | 25 xx xxxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Observaciones a los pre términos | Hasta el 27 xx xxxxx de 2018 hasta las 4:00 p.m. | FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. o xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Sólo serán tenidos en cuenta las observaciones que se reciban hasta la fecha y hora establecida. |
Respuesta observaciones a los pre términos y Publicación términos definitivos | 02 xx xxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Observaciones a los términos | Hasta el 04 xx xxxx de 2018 hasta la 1:00 p.m. | FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. o xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Sólo serán tenidos en cuenta las observaciones que se reciban hasta la fecha y hora establecida. |
Respuesta observaciones a los términos | 07 xx xxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Fecha y hora recepción de propuestas Cierre de proceso de selección | 10 xx xxxx de 2018 desde las 3:00 p.m. hasta las 4:00 p.m. | Sede de FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. Teniendo en cuenta que la sede de Fiduagraria S.A. se encuentra ubicada en una propiedad horizontal y que el acceso de los visitantes se realiza previo registro en la recepción y que la capacidad de operación de los ascensores es limitada, se recomienda a los proponentes llegar con anticipación de la hora del cierre, para prevenir cualquier circunstancia que no les permita hacer entrega de la propuesta en el piso 26 – Gerencia Unidad de Gestión VISR |
ACTIVIDAD | FECHA/HORA | UBICACIÓN |
Luego de la fecha y hora establecidas se levantará un acta la cual será publicada para conocimiento de los proponentes. | ||
Período de revisión requisitos habilitantes | Del 11 al 15 xx xxxx de 2018 | FIDUAGRARIA S.A. |
Solicitud para subsanar requisitos habilitantes | 16 xx xxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Fecha máxima para subsanar requisitos habilitantes | 21 xx xxxx de 2018 hasta 3:00 p.m. | FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. o xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Sólo serán tenidos en cuenta los documentos que se reciban hasta la fecha y hora establecida. |
Publicación evaluación preliminar y propuestas presentadas | 23 xx xxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Presentación de observaciones a la evaluación preliminar | Hasta el 25 xx xxxx de 2018 hasta las 3:00 p.m. | FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. o xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Los proponentes que desean revisar físicamente las propuestas lo podrán hacer los días 24 y 25 xx xxxx de 2018, en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m |
Respuestas a observaciones a la evaluación preliminar y publicación definitiva evaluación | 28 xx xxxx de 2018 | Página Web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ SECOP |
Diligencia de sorteo de desempate, si aplica. | Se determinará en el informe definitivo. | Sede de FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. El sorteo se realizará con la presencia de los representantes legales de los proponentes, la hora se fijará en el informe definitivo. |
Firma del contrato | 31 xx xxxx de 2018 | Sede de FIDUAGRARIA S.A., Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 00, Xxxxxx X.X. |
ACTIVIDAD | FECHA/HORA | UBICACIÓN |
NOTA: Una vez adjudicado el proceso, el proponente seleccionado tendrá dos (2) días para aportar los documentos señalados en el numeral 4.0 del presente documento.
2.2. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES
Los documentos del presente proceso de selección que deban ser comunicados a los interesados, serán publicados en la página xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ de FIDUAGRARIA S.A. y en el SECOP.
Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente proceso de selección deberá ser radicada directamente en la Xxxxx 00 # 0 - 00 Xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, X.X., o presentada a través de la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, esto no aplica para la radicación de las propuestas.
No será atendida la correspondencia entregada en cualquier otra dirección, diferente a la señalada anteriormente.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la subsanabilidad de los requisitos habilitantes de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en la fecha que señale el convocante y que sean suscritos por el representante legal del proponente.
Cualquiera de estas formas de comunicación será válida, al igual que las publicaciones que realice el Patrimonio Autónomo VISR a través de la página web: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ y en el SECOP
Los términos fijados en el presente documento y el desarrollo del proceso de selección, se entenderán en días hábiles, salvo que se indique expresamente que son calendario.
2.3. MODIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN
FIDUAGRARIA S.A., en su condición de vocera del Patrimonio Autónomo VISR, publicará las modificaciones que se realicen a los términos de referencia del proceso de selección, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha prevista para el cierre del proceso de selección, mediante adendas que serán publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx_xxxx/ y el SECOP.
Una vez se haya realizado el cierre y entrega de ofertas, solo se podrá modificar el Cronograma de actividades, caso en el cual se podrá realizar hasta un (1) día hábil antes del vencimiento del término.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad establecida en el numeral 2.7 de este documento, para modificar la fecha de cierre del proceso y el cronograma del proceso de selección.
2.4. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento por parte de su representante legal del proceso de selección, de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente documento y sus anexos, así como también en las modificaciones que se realicen al mismo mediante adenda.
Las propuestas deberán presentarse de la siguiente manera:
Un (1) original en AZ con dos copias en CD, marcada la cual se entregará en sobre cerrado y sellado dentro del plazo fijado en el cronograma.
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma castellano, debidamente legajados, y en el orden que se indique en la presente invitación, con un índice de presentación, foliados en orden consecutivo en su totalidad desde la primera página y hasta la última, incluyendo los planos a que haya lugar, y tanto la carta de presentación de la propuesta como los anexos que así lo requieran deben estar firmados por el representante legal del proponente.
El orden de los documentos de la propuesta deberá ser el siguiente:
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO (SI APLICA)
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O SU EQUIVALENTE
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT.
CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL, EL REPRESENTANTE LEGAL O EL PROPONENTE, SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES.
CERTIFICADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
FORMATO No. 3 – ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
FORMATO No. 4 – EXPERIENCIA ADICIONAL DEL EQUIPO PROFESIONAL
DOCUMENTOS DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
CARTA DE COMPROMISO PROVISIÓN DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS
Si se presenta alguna diferencia entre el original de la propuesta y la copia digital, prevalecerá el texto y contenido de la propuesta original.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan, deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente y del ingeniero que avala la propuesta de acuerdo al artículo 20 de la Ley 842 de 2003.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, correo electrónico ni por cualquier otro medio diferente al previsto en el presente documento.
La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos y de los criterios de selección. Aquellos documentos que presenten alguna irregularidad serán traslados a las autoridades respectivas para que dichos entes realicen las gestiones respectivas.
El proponente deberá diligenciar, para la presentación de la propuesta, los formatos 1, 3 y 4 de tal manera que se permita la verificación de cada requerimiento.
El valor de la propuesta debe expresarse en pesos colombianos y no deberá ni exceder ni ser inferior al valor indicado para cada grupo, so pena de rechazo.
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación, elaboración, presentación y radicación de su propuesta, por lo tanto en ningún caso se podrán atribuir los mismos al convocante o al valor de la propuesta.
2.5. MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS
Después del cierre del proceso de selección FIDUAGRARIA S.A., en su calidad de vocera del Patrimonio Autónomo VISR, no aceptará propuestas complementarias, modificaciones o adiciones a las mismas.
Xxxxxx proponente podrá retirar su propuesta después del cierre del proceso, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
2.6. CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
En el día y hora para el cierre del proceso de selección, señalado en el cronograma, se procederá de la forma como allí se indica.
El día previsto en el cronograma para el cierre del proceso se publicará, en la página web de FIDUAGRARIA S.A. y en el SECOP, el acta de cierre la cual indicará el nombre de los proponentes que radicaron propuestas, indicando el número de folios que radica de cada oferta.
2.7. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE Y MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA
FIDUAGRARIA S.A., en su calidad de vocera del Patrimonio Autónomo VISR, previa decisión en este sentido por parte del Comité de Contratación, podrá prorrogar el plazo del cierre del proceso de selección, y modificar el cronograma del mismo, mediante adendas que serán publicadas para conocimiento de los interesados, en la página web de FIDUAGRARIA S.A. y en el SECOP.
2.8.DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA INVITACIÓN
De conformidad con lo establecido en la normatividad legal vigente, la declaratoria de desierta de la invitación únicamente procederá por motivos o causas que impidan la selección objetiva y se declarará a través de la página web de FIDUAGRARIA S.A. y en el SECOP, en el que se señalará en forma expresa las razones que han conducido a esa decisión.
Igualmente se declarará desierta cuando no se presenten oferentes para los mismos o si presentándose no cumplan con los requisitos aquí señalados.
2.9. SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección podrá ser suspendido, en cualquier momento, por el término que se estime necesario, cuando a juicio del Comité de Contratación se presenten circunstancias que requieran analizarse, y que puedan afectar la normal culminación del proceso.
2.10. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Durante el desarrollo del proceso de selección, FIDUAGRARIA S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, podrá terminar de manera anticipada la presente invitación. Tal circunstancia no constituirá incumplimiento alguno por parte de FIDUAGRARIA S.A., ni dará derecho a indemnización por concepto alguno a los interesados en presentar propuesta ni a los proponentes, quienes con la presentación de su propuesta, aceptan esta condición.
2.11. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES DEL PROPONENTE
El Comité Evaluador será responsable de la revisión de requisitos para la habilitación y evaluación de las propuestas presentadas con sujeción a lo establecido en el presente documento.
La verificación de los requisitos habilitantes y evaluación de los ofrecimientos se basará en el cotejo entre los requisitos, documentación, información y anexos establecidos en la presente invitación, sus adendas y la oferta aportada, por lo cual es requisito indispensable consignar en la propuesta y adjuntar a la misma toda la información detallada que permita su análisis y valoración.
El Comité Evaluador podrá solicitar a los proponentes las complementaciones o aclaraciones que requiera, sobre el contenido de las ofertas, sin que con ello el proponente pueda modificar, mejorar, adicionar o completar los ofrecimientos hechos.
El Comité Evaluador se reserva el derecho de verificar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente documento y para solicitar que se complemente, subsane o aclare, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades de donde provenga la información. En respuesta a la solicitud de complementaciones o aclaraciones, los proponentes no podrán modificar o mejorar su propuesta.
La respuesta a las solicitudes del Comité Evaluador deberá ser presentada por el proponente dentro del término y en las condiciones solicitadas.
El Comité Evaluador, luego de verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes, determinará cuáles proponentes se encuentran habilitados para ser calificados y así lo señalará en el informe.
2.12. VERIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Solo se realizará la calificación de las propuestas, cuando estas sean habilitadas jurídica, financiera y técnicamente, según las condiciones señaladas en este documento, en caso contrario la propuesta no será calificada.
Los proponentes podrán presentar observaciones frente al Informe Preliminar de Evaluación que resulte de la verificación del cumplimiento de las condiciones y requerimientos exigidos a las propuestas, dentro del término establecido en el cronograma.
2.13. PROCEDIMIENTO DE SUBSANABILIDAD
En el presente proceso de selección prima lo sustancial sobre lo formal. Tales requisitos deberán ser requeridos por FIDUAGRARIA S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR en condiciones de igualdad para todos los proponentes y hasta la fecha que se señale en la invitación y en la forma que indique el Comité Evaluador.
Sin perjuicio de lo anterior, será rechazada la oferta del proponente que dentro del término previsto por la entidad no responda al requerimiento que se le realice para subsanarla.
El Comité Evaluador podrá solicitar a los proponentes la información que considere necesaria para subsanar la falta de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos habilitantes. La información deberá ser remitida en la forma y término que se defina.
Los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para el cierre del proceso de selección y de presentación de la propuesta inicial, y en todo caso, no podrán modificar o mejorar su propuesta.
En lo que se refiere a los requisitos técnicos, jurídicos y financieros de las propuestas, los proponentes podrán aportar información complementaria, a solicitud del Comité Evaluador, siempre que no implique modificaciones ni mejoras en su propuesta, y sea entregada dentro de los términos y en las condiciones que defina el Comité Evaluador.
2.14. VIGENCIA DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso de selección.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
En todo caso, el proponente que resulte seleccionado debe mantener la validez de su oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento que ampare el contrato adjudicado.
2.15. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos serán rechazadas:
2.15.1. Cuando dentro del término previsto por la entidad el oferente no responda al requerimiento que se le realice para subsanar o aclarar su propuesta.
2.15.2. Cuando el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijados por la Constitución Política y las normas vigentes, para presentar la propuesta.
2.15.3. Cuando el proponente persona jurídica o su representante legal, alguno de los miembros del proponente plural (Consorcio) o su representante legal, se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, se encuentren reportados en el certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación con una sanción vigente o cuente con antecedentes penales relacionados con delitos contra la administración pública y delitos conexos con el lavado de activos, de acuerdo al certificado que emita la Policía Nacional de Colombia.
2.15.4. Cuando se advierta que los proponentes, alguno de sus miembros o su representante legal han sido objeto de declaratoria de incumplimiento o sanción en por lo menos un (01) contrato a la fecha de cierre del proceso de selección, situación que será verificada en el RUP.
2.15.5. Cuando la Carta de Presentación de la propuesta no este avalada por un Ingeniero Civil de acuerdo con lo indicado al artículo 20 de la Ley 842 de 2003. Esta causal aplicará para las propuestas para las cuáles su representante legal no sea Ingeniero Civil, de acuerdo con lo indicado en el artículo 20 de la Ley 842 de 2003
2.15.6. Cuando no se aporte la póliza de seriedad de la oferta.
2.15.7. Cuando el oferente modifique o altere, después de la radicación de la oferta, el contenido de la información presentada.
2.15.8. Cuando el oferente plural (consorcio) modifique el porcentaje de participación establecido en el acuerdo consorcial o cuando se excluya o adicione a otro miembro luego de haber radicado su propuesta.
2.15.9. Cuando el oferente condicione su oferta.
2.15.10.Cuando el oferente o alguno de los miembros del proponente plural, figure en listas restrictivas relacionadas con actividades xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo.
2.16. GASTOS DEL OFERENTE
Todos los gastos directos o indirectos, tributos y/o contribuciones fiscales que se puedan desprender de la celebración, ejecución y/o terminación de los documentos pre- contractuales y contractuales que suscriba el oferente o del desarrollo y ejecución del proyecto, serán de cargo exclusivo del oferente.
2.17. DOCUMENTOS QUE DEBE CONSIDERAR EL OFERENTE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y EL DESARROLLO DEL CONTRATO ADJUDICADO
Los términos de referencia, con sus anexos, formatos y adendas se considerarán para todos los efectos parte integrante de la propuesta, y, en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas.
Adicionalmente, para el desarrollo de los contratos adjudicados y el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere este documento, el proponente deberá tener en cuenta lo dispuesto dentro del marco normativo vigente establecido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y los Decretos 1071 y 1934 de 2015 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento Operativo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural que puede ser consultado en el enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxx/Xxxxxxxxx/0000/XXXX00_XxxxxxxxxxXxxxxxxxx.xxx
Será responsabilidad de los interesados, consultar y verificar directamente en la página web del Banco Agrario de Colombia el Reglamento Operativo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural.
3.0. CRITERIOS DE SELECCIÓN
3.1.REQUISITOS HABILITANTES DEL PROPONENTE
El cumplimiento de los requisitos habilitantes no otorga puntaje alguno, pero estos serán objeto de verificación para la participación en el proceso de selección.
3.1.2. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá entregar carta de presentación de la propuesta, debidamente diligenciada conforme a lo establecido en el Formato No. 1 de estos términos de referencia, y firmada por el proponente o en caso de ser persona jurídica por el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello y avalada por un ingeniero de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 842 de 2003. En el caso de consorcios, la carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el representante legal y avalada por un ingeniero de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 842 de 2003.
Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
En caso de proponentes singular, tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta, y adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano societario competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta. Adicionalmente, deberá estar facultado para adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar.
En caso de consorcio, tener la calidad de representante del consorcio, con facultad de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta.
De acuerdo con el documento de conformación del consorcio, el representante deberá estar facultado para adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar.
3.1.3. ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL
Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, expedido dentro del mes anterior al cierre del proceso, donde conste su existencia, quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, certificado que deberá ser aportado con la posibilidad de verificación y con el código vigente que le asigne para tal fin la entidad encargada.
En los referidos documentos debe constar: i) que la este tipo de proyectos en su condición de constructor,
iii) sociedad fue constituida por lo menos 5 años antes del cierre de este proceso de selección, ii) que el objeto social le permite desarrollar que el representante legal cuenta con la capacidad para presentar la propuesta respectiva y adelantar todas las demás actuaciones a que haya lugar y iv) que su duración no es inferior a la fecha prevista para el desarrollo del contrato y sus prorrogas y tres años más. Deberá adjuntar fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
En el evento que en el contenido del certificado expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, se haga la remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades del representante legal, el oferente deberá anexar copia de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica para participar en este proceso de selección.
Si la propuesta es presentada por el representante legal de una sucursal, deberá anexar los certificados tanto de la sucursal como de la empresa matriz.
Para todos los efectos, las ofertas de compañías extranjeras sin SUCURSAL en Colombia, se someterán a las leyes colombianas sin perjuicio de lo cual deberán cumplir con las siguientes condiciones:
a) Acreditar su existencia y representación legal para lo cual deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el que conste su existencia, objeto, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tenga la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para presentar la oferta.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado, o si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por un representante autorizado de la persona jurídica y avalado por una autoridad competente del país de origen o en su defecto por el cónsul colombiano, con facultades para el efecto, según sea el caso, con fecha de expedición dentro de los treinta (30) días previos a la fecha de cierre. Estos documentos se entenderán otorgados bajo la gravedad del juramento.
b) Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la oferta, firmar la garantía de seriedad de la oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato a que haya lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con lo previsto en los presentes términos de referencia.
Los documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya deberán ser presentados con la legalización única o Apostilla de La Haya que pondrán las autoridades competentes de cada país.
Los documentos expedidos en el resto de países deberán legalizarse por vía diplomática (Consularización).
Los proponentes plurales (consorcios), deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas que lo conforman, expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, dentro del mes anterior al cierre del proceso.
Cada miembro del consorcio que sea persona jurídica deberá cumplir con las condiciones establecidas en este numeral.
El representante legal o apoderado del proponente singular, deberá aportar:
Su certificado de responsabilidad fiscal emitido por la Contraloría General de la República y de la sociedad que representa.
Su certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación. Su certificado de antecedentes penales emitido por la Policía Nacional de Colombia.
Todos los anteriores certificados deberán ser aportados con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario antes de la fecha de cierre del proceso de selección de la presente invitación.
El representante legal del proponente plural (Consorcio), deberá aportar:
Su certificado de responsabilidad fiscal emitido por la Contraloría General de la República y del proponente que representa y de todas las personas jurídicas que lo conforman y sus representantes legales.
Su certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación y de todas las personas jurídicas que lo conforman y de todas las personas jurídicas que lo conforman y sus representantes legales.
Certificado de antecedentes penales emitido por la Policía Nacional de Colombia de los representantes legales de los oferentes y los representantes de los integrantes del oferente plural.
Todos los anteriores certificados deberán ser aportados con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario antes de la fecha de cierre del proceso de selección de la presente invitación.
3.1.4. OBJETO SOCIAL
Los proponentes deberán acreditar que su objeto social incluya las actividades de interventoría de construcción de vivienda y/o gerencia de proyectos. Para el proponente plural, todos sus miembros deben acreditar tal calidad.
3.1.5. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT.
El proponente y cada uno de los integrantes del consorcio deberán allegar con su oferta fotocopia de su registro único tributario, del cual se verificará su estado y deberá estar activo.
3.1.6. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL, EL REPRESENTANTE LEGAL O EL PROPONENTE, SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES.
El proponente o miembro del proponente, que sea persona jurídica, deberá adjuntar una certificación expedida por el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, en donde acredite que se encuentra al día con el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. El revisor fiscal debe figurar inscrito en el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la entidad competente.
Si la persona jurídica no está obligada a tener revisor fiscal, conforme a la normatividad legal vigente, el representante legal deberá indicar las razones por las cuales no está obligada a tenerlo, caso en el cual la certificación deberá suscribirla el representante legal.
En caso de consorcio esta certificación debe ser presentada por cada uno de los integrantes.
La certificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha del cierre del proceso de selección.
3.1.7. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP
Los proponentes deberán presentar como parte de su propuesta el certificado del Registro Único de Proponentes (RUP) emitido por la Cámara de Comercio, vigente y en firme, el cual debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso.
El RUP debe contener como mínimo la información actualizada al 31 de diciembre de 2017 y estar en firme al momento del cierre de la convocatoria, con el siguiente clasificador:
Segm | Fami | Clas | Prod | Descripción |
80 | 10 | 16 | 00 | Gerencia de Proyectos |
81 | 10 | 00 | 00 | Servicios Profesionales de Ingeniería. |
81 | 10 | 15 | 00 | Ingeniería civil. |
72 | 11 | 10 | 00 | Servicio de Construcción de Unidades Unifamiliares |
Para el caso de consorcios, cada miembro deberá tener registrado como mínimo un código del Clasificador de Bienes y Servicios de los aquí exigidos.
3.1.8. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO
EL NOMBRE DEL CONSORCIO NO PODRÁ TENER LA MARCA “FIDUAGRARIA”, “FIDUAGRARIA S.A.”, “BANCO AGRARIO”, O “PATRIMONIO AUTÓNOMO VISR” O SIMILARES EN SU NOMBRE, PARA EVITAR EL RIESGO DE CONFUSIÓN Y/O ASOCIACIÓN DE LA ENSEÑA COMERCIAL REGISTRADA.
Cuando la propuesta la presente un consorcio, cada uno de los integrantes deberá presentar, según el caso, los documentos que correspondan a su naturaleza jurídica.
Adicionalmente, deberán aportar el documento de constitución suscrito por sus integrantes, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, además de lo siguiente:
Cada uno de los integrantes deberá indicar que tiene la capacidad para constituir el consorcio.
Indicar en forma expresa su participación como consorcio y expresar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
El objeto del consorcio deberá señalar y permitir cumplir todas las obligaciones y a los términos que se refiere el presente documento y al cumplimiento del contrato de obra en caso de resultar seleccionado.
Señalar la duración del acuerdo consorcial, que no deberá ser inferior a la duración del contrato y tres
(3) años más. Por tanto, deberá indicar que el consorcio no podrá ser disuelto ni liquidado en ningún caso, ni podrá haber cesión de las obligaciones que deban cumplir en el caso de resultar seleccionados, entre quienes integran el consorcio.
Identificar cada uno de sus integrantes, señalando como mínimo su nombre, razón social o denominación social, tipo y número del documento de identidad y domicilio.
Designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio. Deberán constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al proceso de selección, suscribir el contrato en caso de adjudicación, igualmente, deberá designarse un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio y sus respectivas responsabilidades.
El documento será suscrito por todos sus miembros y el representante legal principal y suplente designados, así mismo deberá ir acompañado de aquellos otros documentos que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta, en caso de ser seleccionados.
El oferente deberá tener en cuenta que después de la radicación de la oferta, no podrá modificar o alterar el contenido de la información presentada, ni tampoco los integrantes podrán desistir o ser excluidos en la participación, so pena de incurrir en causal de rechazo.
Nota: Todas las obligaciones que se deriven de la propuesta serán asumidas en forma solidaria por todos los miembros del consorcio, lo cual deberá manifestarse expresamente en el documento de constitución del consorcio.
3.1.9. PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Para garantizar la seriedad de la propuesta, los proponentes deberán adjuntar a la misma, una póliza de seguro emitida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, a favor de FIDUAGRARIA S.A. en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, NIT 830.053.630-9, por una cuantía igual al diez por ciento (10%) del valor señalado al grupo que desee presentar propuesta.
La referida garantía deberá tener vigencia de noventa (90) días calendario, a partir de la fecha del cierre del proceso de selección. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada.
Esta garantía será revisada por el comité evaluador, el cual podrá solicitar las modificaciones o aclaraciones a que haya lugar.
La garantía de seriedad de la propuesta debe amparar:
a. La no suscripción del contrato sin justa causa por el proponente seleccionado.
b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en la invitación se prorrogue.
c. El no otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el contrato.
d. El retiro de la oferta después de vencido el término para presentar la propuesta.
En la póliza debe citarse claramente que está garantizando la seriedad de la propuesta presentada para participar en el proceso de selección a que hace referencia este documento y encontrarse firmada por el garante y por el oferente. Siempre deberá aportar el recibo de pago de la garantía de seriedad de la propuesta.
En el caso que el proponente favorecido se negaré a firmar el contrato adjudicado, dejare pasar el término fijado para su suscripción, no aporte el plan de continuidad del negocio, no suscriba el formato evaluación de seguridad de proveedores, no suscriba el Formato de Inscripción y Conocimiento de Proveedor Persona Jurídica, cuando no constituyere la garantía de cumplimiento para amparar el contrato adjudicado, FIDUAGRARIA S.A., en su condición de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y disponer de su valor, sin perjuicio de las acciones que pueda adelantar, conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
La garantía deberá ser tomada por el proponente, indicando en este evento la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, sin utilizar sigla, a no ser que el mencionado certificado, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio, la garantía de seriedad de la propuesta deberá estipular que el tomador es el consorcio y no su representante legal, y deberá indicar el nombre de cada uno de sus integrantes, NIT, porcentaje de participación y expresar claramente que su valor total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte.
La garantía de seriedad de la propuesta será devuelta a solicitud de los proponentes no seleccionados, previo requerimiento.
3.1.10. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO – SARLAFT
FIDUAGRARIA S.A. como vocera y administradora del Patrimonio VISR, verificará que el proponente adjudicatario, cada uno de sus miembros y su representante legal no se encuentren reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar
esta verificación.
En el caso en que el proponente adjudicatario, alguno de sus miembros o su representante legal se encuentren reportados en el SARLAFT, será una causa sobreviniente para la inhabilidad de la firma del contrato y se procederá con la ejecución de la garantía de seriedad de la oferta y el otorgamiento de la firma del contrato a favor del oferente que se encuentra en el segundo orden de elegibilidad.
3.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO
3.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
Para acreditar la capacidad financiera y capacidad organizacional se verificará la información registrada en el RUP con corte a diciembre 31 de 2017.
La verificación del cumplimiento de la capacidad financiera y capacidad organizacional mínima exigida por Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR es un requisito habilitante para la participación de la propuesta en el proceso de selección y no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores. El comité evaluador realizará la verificación de los requisitos habilitantes con la información financiera actualizada a 31 de diciembre de 2017.
En ningún caso se podrán acreditar circunstancias o hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación.
No cumplir con todos y cada uno de los requisitos de carácter financiero establecidos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE.
La verificación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional se realizará tomando como referencia dos decimales, prescindiendo de cualquier fórmula de redondeo o aproximación.
3.2.2. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA:
Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR requiere los siguientes indicadores que miden la fortaleza financiera del interesado:
Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente Índice de Endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total
Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses
Los proponentes deberán acreditar su Capacidad Financiera teniendo en cuenta los siguientes índices:
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Índice de Liquidez | Mayor o Igual a 1.6 | Activo Corriente/Pasivo Corriente | L = ( Σ (ACn x %n) ÷Σ (PCn x %n)) |
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Índice de Endeudamiento | Menor o Igual a 0.70 | Pasivo Total/ Activo Total | E = ( Σ (PTn x %n) ÷Σ ( ATn x %n)) |
Xxxxx Xxxxxxxxx de Intereses | Mayor o Igual a 4.0 | Utilidad Operacional/ Gastos Intereses | CI = ( Σ (UOn x %n) ÷ Σ (GI n x %n) ) |
Dónde:
ACn = Activo Corriente de cada integrante de consorcio PCn = Pasivo Corriente de cada integrante de consorcio PTn = Pasivo Total de cada integrante de consorcio
ATn = Activo Total de cada integrante de consorcio
UOn = Utilidad Operacional de cada integrante de consorcio GI n = Gastos de intereses de cada integrante de consorcio
%n = Porcentaje de Participación de cada integrante de consorcio PO= Presupuesto estimado de contratación
Para el caso de consorcios, se tomará el promedio ponderado de cada uno de los integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación, así como lo señala la fórmula para oferente plural en la tabla anterior.
Para el indicador de cobertura de intereses, si la totalidad de los integrantes del consorcio presenta como gastos de intereses un valor xx xxxx (0), no podrán calcular dicho indicador, en este caso el oferente plural cumple, salvo que el resultado de este indicador sea negativo, caso en el cual no cumple.
Para la evaluación de proponentes singulares, en el indicador de razón de cobertura de intereses, los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular dicho indicador, en este caso el oferente cumple, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple.
Cada uno de los integrantes del oferente plural aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en el Consorcio.
Gastos de Intereses corresponde al valor de los gastos incurridos o causados durante el periodo por la persona jurídica en la ejecución de diversas transacciones con el objeto de obtener recursos financieros para el cumplimiento de sus actividades y que están representados por los intereses bancarios.
El resultado de las operaciones para determinar los indicadores de la capacidad financiera y capacidad de organización, cuando se trate de divisiones de cifras en donde el divisor es “0” será igual a “indeterminado”. Cuando el dividendo y el divisor sean “0”, su resultado será “indeterminado”.
La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son valores absolutos, como el capital de trabajo y el patrimonio:
(i) Indicador en valor absoluto = Σ indicador
La siguiente es la fórmula aplicable para calcular los indicadores de liquidez, endeudamiento y razón de cobertura de interés, así como los indicadores de la capacidad organizacional:
(ii) Indicador =( Σ Componente 1 del indicador x%n) ÷( Σ Componente 2 del indicador x%n)
Donde n es el número de integrantes del oferente plural (consorcio).
Las personas extranjeras no inscritas en el RUP por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán presentar la certificación firmada por el representante legal, acompañada de traducción simple al idioma castellano, con los valores re-expresados a la moneda oficial colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con tarjeta expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
En caso de no cumplir con alguno de los indicadores exigidos, la propuesta será no hábil.
3.2.3. REQUISITOS DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
De conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.1.5.3, numeral 4, los proponentes deben acreditar su capacidad organizacional a partir de los siguientes índices:
Indicador | Índice Requerido | Formula Individual | Oferente | Formula Plural | Oferente |
Rentabilidad Patrimonio | del | Mayor o igual a 0.05 | Utilidad Operacional/ Patrimonio | RP = (Σ( UOn x %n) ÷ Σ (Pn x %n) ) | |
Rentabilidad Activo | del | Mayor o igual a 0.03 | Utilidad Operacional/ Activo Total | RA = (Σ (UOn x %n) ÷ Σ (ATn x %n) ) |
Dónde:
UOn = Utilidad Operacional de cada integrante de consorcio Pn = Patrimonio de cada integrante de consorcio
ATn = Activo Total de cada integrante de consorcio
%n = Porcentaje de Participación de cada integrante de consorcio
Nota 1: Para el caso de consorcios, se tomará el promedio ponderado de cada uno de los integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación, así como lo señala la fórmula para oferente plural en la tabla anterior.
Nota 2: En el caso que la Utilidad operacional sea negativa para oferente individual, o que el resultado del indicador sea negativo para oferentes plurales, se calificará como no cumple.
Las personas extranjeras no inscritas en el RUP por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán presentar la certificación firmada por el representante legal, acompañada de traducción simple al idioma castellano, con los valores re-expresados a la moneda oficial colombiana, a la tasa de cambio de la fecha
de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con tarjeta expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
En caso de no cumplir con alguno de los indicadores exigidos, la propuesta será no hábil.
3.2.4. OTROS ASPECTOS FINANCIEROS
Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR solicitará de manera complementaria los siguientes indicadores:
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural | |||||
Capital de Trabajo | Mayor del PO | o | Igual | a | 40% | Activo Corriente Pasivo Corriente | - | CT = ( Σ (ACn) - Σ (PCn)) |
Dónde:
ACn = Activo Corriente de cada integrante de consorcio. PCn = Pasivo Corriente de cada integrante de consorcio. PO= Presupuesto estimado de contratación
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Patrimonio | Mayor o igual al 40% del PO | Activo total – Pasivo total | P = (Σ (ATn) – Σ( PTn) |
Dónde:
PTn = Pasivo Total de cada integrante de consorcio. ATn = Activo Total de cada integrante de consorcio. PO= Presupuesto estimado de contratación
Las personas extranjeras no inscritas en el RUP por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán presentar la certificación firmada por el representante legal, acompañada de traducción simple al idioma castellano, con los valores re-expresados a la moneda oficial colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con tarjeta expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
Para el caso de aquellos proponentes que participen en 2 grupos, los indicadores de Capital de Trabajo y Patrimonio serán evaluados de forma conjunta. Es decir, debe cumplir con la sumatoria de Capital de Trabajo y Patrimonio requerido para los grupos a los que se presente.
En caso de no cumplir con alguno de los indicadores exigidos, la propuesta será no hábil.
3.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO
3.3.1. VERIFICACIÓN TÉCNICA
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 20 de la Ley 842 de 2003, la propuesta presentada por el oferente que participa en la presente invitación, debe incluir el aval de un Ingeniero Civil o Arquitecto, debidamente matriculado, del cual se deben adjuntar a la propuesta los siguientes documentos:
Manifestación expresa de que avala la propuesta.
Copia de la tarjeta profesional.
Copia de la cédula de ciudadanía.
Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios emitido por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) o el Consejo Nacional de Arquitectura (CPNAA).
3.3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
El proyecto, objeto de contratación a partir del proceso de selección que se adelanta en virtud de la invitación pública, es de tipo habitacional de vivienda de interés social unifamiliar, localizada geográficamente en zonas rurales, de tipo disperso.
En consecuencia, es necesario que el proponente demuestre y acredite su experiencia en el desarrollo de este tipo de proyectos, lo cual se hace evidente a través de los contratos ejecutados y terminados que se encuentren registrados en el Registro Único de Proponentes – RUP y en el detalle de ellos según el contrato suscrito y perfeccionado, el Acta de Terminación, Liquidación o Recibo Final, y la certificación del contratante sobre el cumplimiento del correspondiente contrato.
Los proyectos objeto de ésta interventoría tiene la característica especial de ser dispersos y encontrarse en zona rural.
El proponente debe acreditar experiencia específica en la que soporte la interventoría igual o mayor al número de las viviendas (VISR) que conforman los grupos objeto de la presente invitación, en máximo ocho (8) contratos suscritos, finalizados y liquidados en los últimos siete años desde la fecha de cierre del proceso de invitación pública.
El proponente debe tener en cuenta las siguientes reglas de carácter general para la evaluación de la experiencia específica exigida:
La experiencia específica debe ser acreditada por parte del proponente o, para el caso de consorcios, por uno o varios de los integrantes del proponente plural.
Para el caso de consorcios, se sumarán las experiencias acreditadas por sus miembros de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
Cuando los contratos presentados para acreditar experiencia específica correspondan a consorcios o uniones temporales en los que el proponente o uno de sus miembros haya participado, esta experiencia se considerará únicamente de acuerdo con su porcentaje de participación. Para este caso, el proponente debe adjuntar el acuerdo consorcial o de unión temporal correspondiente al contrato por el cual acredita experiencia.
El proponente debe acreditar experiencia específica como interventor de proyectos de, Vivienda de Interés Social Rural (VISR) y/o mejoramiento de vivienda (VISR) siempre y cuando estos hayan sido iguales o superiores a tres (3) SMMLV del año que se suscribió el respectivo contrato de mejoramiento, actualizándolo a valor presente.
Para el efecto, se tendrán en cuenta únicamente los contratos que se encuentren registrados en el Registro Único de Proponentes – RUP, para cada uno de los cuáles el proponente debe anexar los siguientes documentos:
• Copia del contrato suscrito y perfeccionado.
• Acta de Terminación o Acta de Liquidación o Acta de Recibo Final.
• Certificación del contratante, la cual debe registrar como mínimo los siguientes datos:
a) Nombre o Razón Social del contratante.
b) Nombre o Razón Social del contratista.
c)Objeto del contrato.
d) Fecha de Inicio del contrato.
e) Fecha de Terminación del contrato.
f) Valor del contrato.
g) Número de viviendas ejecutadas, terminadas y entregadas.
h) Ciudad, Dirección de Correspondencia y Teléfono del contratante.
La experiencia específica se acredita por contrato ejecutado y terminado, y no por certificación. Por tanto, si el proponente presenta una certificación que incluya varios contratos, esta solamente se tendrá en cuenta para el contrato registrado en el RUP que se reseñe en el Formato No. 3 – EXPERIENCIA ESPECÍFICA PROPONENTE.
El proponente debe acreditar experiencia específica en la que soporte la interventoría igual o mayor al número de las viviendas (VISR) que conforman los grupos objeto de la presente invitación, en máximo ocho (8) contratos suscritos, finalizados y liquidados en los últimos siete años desde la fecha de cierre del proceso de invitación pública.
El contrato para acreditar experiencia específica del proponente, debe ser consignado en el Formato No. 3 – EXPERIENCIA ESPECÍFICA PROPONENTE. No será tenida en cuenta la experiencia específica que no esté consignada en este formato, así como tampoco aquella que no tenga los documentos de soporte requeridos en estos términos de referencia.
No se tendrán en cuenta contratos que presente el proponente para acreditar experiencia específica que superen el número máximo establecido para esta invitación. Si el proponente presenta un número mayor de contratos al máximo establecido, solamente se considerará aquel registrado en el Formato No. 3 – EXPERIENCIA ESPECIFICA PROPONENTE, siguiendo el orden desde el primer contrato registrado hasta llegar al número máximo de contratos.
Se tendrán en cuenta para acreditar experiencia específica contratos en ejecución o en proceso de liquidación exclusivamente sobre el número de viviendas que a la fecha de la presentación de la oferta cuenten con certificado de entrega y recibo a satisfacción por parte del contratante. Para
lo cual deberán anexar además de los documentos requeridos, copia de los certificados de recibo a satisfacción.
La experiencia específica se considerará válida si cumple con el siguiente requisito: De los contratos acreditados, el número de soluciones de vivienda (VISR) debe ser igual o mayor al número de viviendas que conforman el grupo para el cual se presenta la propuesta.
Si en la documentación entregada por el proponente para acreditar experiencia específica no se indica la cantidad de viviendas objeto de construcción, el Comité de Evaluación establecerá el número de viviendas dividiendo el valor total del contrato registrado en el RUP entre 135 SMMLV (el SMMLV será tomado del establecido para el año en que se dio la terminación del contrato).
Para que se considere como válida, toda la documentación que presente el proponente para acreditar experiencia específica debe estar firmada por las partes que intervienen. La documentación que no cumpla con este requisito, no será tenida en cuenta.
No se acepta la acreditación de experiencia mediante SUBCONTRATOS o GERENCIA INTEGRAL de obras en VISR, porque el presente proceso requiere específicamente interventoría a proyectos de construcción de vivienda VISR.
Si el proponente certifica experiencia específica correspondiente a obras propias, debe anexar a la propuesta copia de la respectiva Licencia de Construcción y de sus modificaciones, donde conste la cantidad y el tipo de viviendas aprobadas, junto con copia del Certificado de Permiso de Ocupación expedido por la autoridad competente en los términos establecidos en el Artículo 53 del Decreto 1469 de 2010.
El proponente debe adjuntar toda la documentación necesaria para acreditar legalmente la propiedad del proyecto, su ejecución y terminación. De no aportar estos documentos, esta experiencia no será considerada. Adicionalmente, para que esta experiencia específica pueda ser considerada como válida, debe estar registrada en el RUP.
La experiencia específica del proponente constituye un requisito habilitante y no será tenida en cuenta como requisito ponderable o para adjudicación.
3.3.3. PLAN DE TRABAJO - PROGRAMACIÓN DE OBRA
El Plan de Trabajo y la Programación de Obra son elementos fundamentales para la planeación, dirección, ejecución, seguimiento y control de proyectos. Ellos constituyen herramientas de gestión adecuadas para una correcta gerencia de proyectos y suministran información veraz sobre el nivel de ejecución, avance y/o desfase de un proyecto.
Ahora, teniendo en cuenta que se trata de un programa estratégico para solucionar el problema habitacional de población menos favorecida, campesina, indígena o víctima del conflicto, es imprescindible proveer una solución habitacional de calidad en el menor tiempo posible, razón por la cual se requiere que la entrega de viviendas acorde con los diseños, estudios y especificaciones de construcción y acabados, se dé sobre unidades de vivienda totalmente terminadas durante el plazo de
ejecución del contrato.
En razón de esto, se exige que el proponente que resulte adjudicado del presente proceso de invitación, apruebe el Plan de Trabajo y el Programa de Obra para la ejecución del proyecto que deberá ser presentado por el ejecutor de obra, teniendo en cuenta la información entregada en el Anexo Técnico y sujeto al plazo de ejecución del objeto contractual.
El contratista de interventoría debe hacer seguimiento estricto al Plan de Trabajo y Programa de Obra, entregados por el contratista de obra, implementando medidas correctivas a los hallazgos encontrados durante el desarrollo y ejecución del contrato de obra.
Adicionalmente el proponente que resulte seleccionado, debe entregar Plan de trabajo y distribución de personal para el proceso de validación de diagnósticos de los lotes de cada uno de los beneficiarios para cada grupo, teniendo en cuenta que esta validación no debe tener una duración mayor a quince (15) días calendario.
Posteriormente deberá entregar a EL CONTRATANTE, su Plan de Trabajo y distribución de personal para el seguimiento de la ejecución de las unidades de vivienda, conforme a los frentes de trabajo mínimos requeridos para la construcción de viviendas simultaneas mensual al contratista de obra.
3.3.4. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
Constituye condición habilitante en el criterio de PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO del presente proceso, el cumplimiento de requisitos y presentación de la documentación correspondiente únicamente al cargo de DIRECTOR DE INTERVENTORÍA y COORDINADORES RESIDENTES DE INTERVENTORIA.
Adicionalmente, para el caso del cargo de RESIDENTE DE INTERVENTORÍA, constituye condición habilitante en el criterio de PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO, la presentación por parte del proponente únicamente de una Carta de Compromiso suscrita por el representante legal, en la que se compromete a vincular y contratar a profesionales idóneos que cumplan con los requisitos para desempeñarse en este cargo.
La documentación correspondiente al cargo de Residente de Interventoría, deberá presentarse solamente en caso que el proponente resulte adjudicatario del presente proceso y como requisito para la firma del Acta del Inicio del contrato que se derive del proceso de adjudicación de la presente invitación.
3.3.5. REQUISITOS PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO POR GRUPO
Las características, perfil y requisitos del Personal Mínimo Requerido, corresponden a las que se relacionan a continuación:
GRUPO 01:
Director de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto
Cantidad: Uno (1).
Porcentaje de Dedicación: Cincuenta por ciento (50%).
Experiencia General: Mínimo cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo tres (3) años certificados como Director de Interventoría de proyectos VISR. Coordinador de Residentes de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: Uno (1)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo cuatro (4) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo dos (2) años certificados como Director de Interventoría y/o Coordinador de Residente de Interventoría en proyectos VISR.
Residentes de Interventoría:
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: siete (7)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo tres (3) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo un (1) año certificado como Residente de Interventoría y/o Residente de Obra en proyectos VISR.
GRUPO 02:
Director de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto Cantidad: Uno (1).
Porcentaje de Dedicación: Cincuenta por ciento (50%).
Experiencia General: Mínimo cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo tres (3) años certificados como Director de Interventoría de proyectos VISR. Coordinador de Residentes de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: Uno (1)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo cuatro (4) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta
Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo dos (2) años certificados como Director de Interventoría y/o Coordinador de Residente de Interventoría en proyectos VISR.
Residentes de Interventoría:
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: siete (7),
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo tres (3) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo un (1) año certificado como Residente de Interventoría y/o Residente de Obra en proyectos VISR.
GRUPO 03:
Director de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto Cantidad: Uno (1).
Porcentaje de Dedicación: Cincuenta por ciento (50%).
Experiencia General: Mínimo cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo tres (3) años certificados como Director de Interventoría de proyectos VISR. Coordinador de Residentes de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: Uno (1)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo cuatro (4) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo dos (2) años certificados como Director de Interventoría y/o Coordinador de Residente de Interventoría en proyectos VISR.
Residentes de Interventoría:
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: siete (7)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo tres (3) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo un (1) año certificado como Residente de Interventoría y/o Residente de
Obra en proyectos VISR. GRUPO 04:
Director de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto Cantidad: Uno (1).
Porcentaje de Dedicación: Cincuenta por ciento (50%).
Experiencia General: Mínimo cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo tres (3) años certificados como Director de Interventoría de proyectos VISR. Coordinador de Residentes de Interventoría
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: Uno (1)
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo cuatro (4) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo dos (2) años certificados como Director de Interventoría y/o Coordinador de Residente de Interventoría en proyectos VISR.
Residentes de Interventoría:
Profesión: Ingeniero Civil o Arquitecto. Cantidad: siete (7),
Porcentaje de Dedicación: Cien por ciento (100%).
Experiencia General: Mínimo tres (3) años contados a partir de la fecha expedición de la Tarjeta Profesional.
Experiencia Específica: Mínimo un (1) año certificado como Residente de Interventoría y/o Residente de Obra en proyectos VISR.
Inspectores de Obra:
Cantidad: Uno (1) por cada diez (10) unidades de vivienda en ejecución para cada grupo. Porcentaje de dedicación: Cien por ciento (100%).
Debe tenerse en cuenta que éste es el número mínimo de profesionales requerido, sin embargo, el contratista de interventoría puede disponer de un mayor número de Directores de interventoría y de Coordinadores de Residentes de interventoría vinculados al proyecto, en función de su Plan de Trabajo y el Programa de Obra que defina en forma autónoma, teniendo en cuenta el plazo de ejecución del proyecto, la cantidad de construcciones simultaneas, la localización y demás factores a considerar.
3.3.6. DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR REQUISITOS Y FORMACIÓN ACADÉMICA
La documentación para acreditar requisitos y formación académica de cada uno de los profesionales del PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO será la siguiente:
• Copia del Documento de Identidad.
• Copia de la Tarjeta Profesional.
• Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios expedido por el COPNIA o CPNAA, según sea el caso, con fecha de expedición no mayor 30 días.
• Diploma o Acta de Grado del título de pregrado.
• Diploma o Acta e Grado del título de postgrado.
Nota: Profesionales con especialización o título de postgrado obtenidos en otros países, deberán presentar los correspondientes documentos acorde con lo estipulado en la Ley 842 de 2003.
La documentación que se debe proporcionar para certificar la experiencia de cada uno de los profesionales del PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO, debe contener como mínimo la siguiente información:
• Nombre del Contratante.
• Objeto del contrato.
• Número de viviendas en las cuales realizó la interventoría (para los cargos que corresponda).
• Cargo desempeñado.
• Fecha de expedición de la certificación.
• Fecha de inicio de contrato.
• Fecha de terminación de contrato.
El proponente para el caso de Director de Interventoría, debe adjuntar original de la Carta de Compromiso del profesional propuesto en la cual este manifieste su disponibilidad total para ejercer el cargo en la ejecución del contrato de interventoría del proyecto objeto de invitación, en la dedicación y duración exigida en el presente proceso.
Los tiempos de experiencia serán contabilizados teniendo en cuenta el concepto 104544 de 21 xx xxxxx de 2008 del Ministerio de la Protección Social, que define el mes laboral de treinta (30) días y el año efectivo de trescientos sesenta (360) días.
La experiencia corresponde a los años de ejercicio profesional comprendidos entre la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional y la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de presentar experiencia con simultaneidad en periodos parciales o totales de ejecución donde la suma de las dedicaciones supere el ciento por ciento (100 %), se considerará el tiempo del traslapo en solo una de las certificaciones.
No serán admitidos profesionales que presenten sanción vigente en el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería – COPNIA o en el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares - CPNAA, según corresponda al profesional. El Certificado Judicial de Policía, el de Antecedentes
Disciplinarios y el de Responsabilidad Fiscal deben ser presentados para cada uno de los profesionales del PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO.
En caso de que el proponente o alguno de sus miembros certifiquen experiencia de algunos de los profesionales que proponen para el PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO, deberá anexar junto con la certificación copia del contrato suscrito con el profesional, copia del contrato correspondiente al proyecto para el cual se desempeñó, copia del acta de recibo final o del acta de liquidación del contrato.
En caso de que el proponente, actuando como contratista certifique su desempeño profesional en alguno de los cargos, deberá anexar junto con la certificación copia del contrato correspondiente al proyecto para el cual se desempeñó y copia del acta de recibo final o acta de liquidación.
Toda certificación del PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO debe hacer referencia al desarrollo de las actividades propias del cargo en proyectos ejecutados con posterioridad al 1º de enero de 2002.
3.6.1. VEHÍCULOS Y EQUIPOS
El proponente deberá garantizar la movilidad y el desplazamiento a los frentes de obra y predios objeto de la construcción de las viviendas, para todo su equipo de trabajadores profesionales, de modo que pueda ejecutar adecuada y oportunamente todas las actividades y obligaciones propias del contrato, y toda actividad relacionada con la interventoría a la construcción de las viviendas.
Igualmente debe garantizar el transporte de equipos para la interventoría a las viviendas en cada uno de los frentes de obra y predios objeto de la construcción de las viviendas.
En tal sentido, constituye condición habilitante en el criterio de VEHÍCULOS Y EQUIPOS, la presentación por parte del proponente de una Carta de Compromiso suscrita por el representante legal, en la que se compromete a proveer para su propia gestión y para el desplazamiento a los diferentes frentes de obra y predios objeto de la construcción de las viviendas, para todo su equipo de trabajadores profesionales, así como también para el transporte de equipos, los vehículos automotores que sean necesarios.
3.7. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES
FIDUAGRARIA S.A. en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, evaluará únicamente las ofertas de los Proponentes que hayan acreditado la totalidad de requisitos habilitantes definidos en los términos de referencia de la presente invitación, y que no se hallen incursas en ninguna de las causales de rechazo descritas.
Tratándose de un proceso de selección de consultoría en donde la experiencia mínima del proponente constituye condición habilitante y no puntuable, el criterio de selección del proponente estará dado bajo la experiencia adicional de acuerdo con los siguientes criterios y tendrá un puntaje máximo de NOVECIENTOS (900) puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
3.7.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE
CRITERIO | PUNTAJE |
EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE | 500 |
Experiencia adicional MAYOR a la MINIMA REQUERIDA como criterio habilitante en interventoría de soluciones de Vivienda de Interés Social Rural (VISR) | |
1.5 ≤ (Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) | 500 |
1.3≤(Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) < 1.5 veces | 300 |
1.1 ≤(Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) < 1.3 veces | 200 |
TOTAL PUNTAJE MÁXIMO | 500 |
El puntaje maximo que podrá obtener un proponente sera de quinientos (500) puntos para este criterio. 3.7.2. CRITERIO DE EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL
Para el caso del Director de Interventoría, los criterios de experiencia adicional se evaluaran de conformidad con la siguiente tabla:
CRITERIO | PUNTAJE |
EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL – DIRECTOR DE INTERVENTORÍA | 300 |
Experiencia del Director de Interventoría en proyectos con más de 500 unidades de vivienda VISR | 200 |
Experiencia del Director de Interventoría > a 15 años | 100 |
Experiencia del Director de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR entre 200 y 500. | 100 |
Experiencia del Director de Interventoría ≤ a 15 años | 50 |
TOTAL PUNTAJE MÁXIMO | 300 |
El puntaje maximo que podrá obtener un proponente sera de trescientos (300) puntos para este criterio.
Para el caso del Coordinador de residentes de interventoría, los criterios de experiencia adicional se evaluaran de conformidad con la siguiente tabla:
CRITERIO | PUNTAJE |
EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL – COORDINADOR DE RESIDENTES DE INTERVENTORÍA |
Ingeniero civil o arquitecto con especialización en gerencia y/o administración de proyectos y/o empresas de la construcción con experiencia mayor a 15 años y haber obrado como residente de interventoría o residente de obra de viviendas (VISR) | |
Experiencia del Coordinador de residentes de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR mayor a 500. | 100 |
Experiencia del Coordinador de residentes de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR entre 200 y 500. | 50 |
TOTAL PUNTAJE MÁXIMO | 100 |
El puntaje maximo que podrá obtener un proponente sera de cien (100) puntos para este criterio.
La experiencia adicional del equipo profesional se debe consignar en el formato No 4 EXPERIENCIA ADICIONAL DEL EQUIPO PROFESIONAL.
4.0. OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES
El oferente que resulte seleccionado, dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la adjudicación, previo a la suscripción del contrato, deberá aportar el formato de inscripción y conocimiento de proveedor persona jurídica, el plan de continuidad del negocio que deberá comprender como mínimo los siguientes requisitos:
Objetivo del Plan de Continuidad del Negocio.
Alcance del Plan de Continuidad del Negocio.
Políticas Generales del Plan de Continuidad del Negocio.
Periodicidad de documentación y actualización al Plan de Continuidad del Negocio.
Estructura (Roles y responsabilidades) del Plan de Continuidad del Negocio.
Conformación del comité de emergencia y recuperación para la administración de la crisis.
Plan de Recuperación ante la ocurrencia de eventos.
Frecuencia y Pruebas realizadas al Plan de Continuidad del Negocio.
Capacitación y entrenamiento a los funcionarios y terceros involucrados en su operación. Así mismo, deberá diligenciar el formato de seguridad de la información.
La desatención de dichos requisitos darán lugar a la ejecución de la garantía de seriedad de la oferta y el contrato será asignado a quién ocupe el segundo lugar de elegibilidad.
Adicional a lo anterior, adquirirán las siguientes obligaciones:
4.1.OBLIGACIONES GENERALES
Para el cumplimiento del objeto contractual, el PROPONENTE SELECCIONADO deberá entre otras:
1. Realizar de manera diligente todos los actos necesarios para la cumplida ejecución del objeto del contrato adjudicado.
2. Disponer de la capacidad operativa y técnica y de los recursos propios necesarios para la administración y ejecución del contrato.
3. Garantizar que LA FIDUCIARIA reciba el total de las viviendas de acuerdo al contrato adjudicado, de manera satisfactoria, teniendo en cuenta lo manifestado en la propuesta presentada.
4. Cumplir con todas las especificaciones exigidas en la presente invitación, la cual formará parte integral del contrato.
5. Convocar procesos de selección y contratar recurso humano disponible de la región.
6. Contar mínimo con un frente de obra de tres oficiales y nueve obreros por cada seis soluciones vivienda a construir.
4.2.OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
El PROPONENTE SELECCIONADO, una vez suscriba el contrato adjudicado deberá:
1. Iniciar la ejecución del contrato una vez se suscriba el acta de inicio, sin ser necesario el desembolso del anticipo.
2. Realizar la visita en campo a los lotes en el departamentos donde se ejecutarán las viviendas, realizar el informe correspondiente de viabilidad o no viabilidad del lote, emitir su visto bueno para el inicio de las obras por parte del constructor y presentar informe de la visita ante el comité de validación en un periodo no mayor a quince (15) días calendario.
3. Verificar y analizar la planimetría que hace parte del contrato de obra, planteando su conformidad y/o elaborar de manera conjunta con la supervisión del contrato la información (planimetría) complementaria.
4. Verificar detalladamente las cantidades de obra producto del despiece de la vivienda tipo, en compañía con EL CONSTRUCTOR antes del comienzo de su construcción.
5. Estudiar las especificaciones de construcción y verificar que las mismas corresponden con la descripción clara e inconfundible del material que EL CONSTRUCTOR debe emplear en las diferentes partes de la obra y las normas o procedimientos que deben seguirse; en este aspecto se deben acatar la Norma Sismo Resistente de 2010 (NSR-10), el RETIE, el RAS 2000, las normas Icontec, las especificaciones de construcción y las demás normas aplicables para este tipo de obras, de acuerdo a lo señalado en la Ley 400 de 1997, el Decreto 926 de 2010 y todas aquellas normas que modifiquen, aclaren o deroguen la materia y en especial con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10. Igualmente, atender lo señalado en la Resolución 180398 de fecha 07 xx xxxxx de 2004 emitida por el Ministerio de Minas y Energía mediante la cual se expidió el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE, o las Resoluciones que la modifiquen, complementen o deroguen.
6. Revisar la información que le suministre EL CONTRATANTE con el objeto de garantizar el desarrollo normal de la obra y el cubrimiento total del proyecto.
7. Estudiar y llevar a cabo el seguimiento del contrato con el CONSTRUCTOR de las obras.
8. Verificar que el plan de inversión del anticipo presentado por el contratista de obra se realice en la forma allí indicada. Solicitar aprobación a la supervisión del contrato de todas las solicitudes de desembolso de anticipo realizadas por el contratista.
9. Coordinar con EL CONTRATANTE, el estudio, revisión, análisis de toda la información, técnica, administrativa, financiera y jurídica relacionada con el proyecto y el contrato que regirá su construcción.
10. Llevar el control de programación. El contratista de interventoría debe hacer seguimiento estricto al Plan de Trabajo y Programa de Obra, entregados por el contratista de obra, implementando medidas correctivas a los hallazgos encontrados durante el desarrollo y ejecución del contrato de obra.
11. El contratista de interventoría, debe entregar Plan de trabajo y distribución de personal para el proceso de validación de diagnósticos de los lotes de cada uno de los beneficiarios para cada grupo, teniendo en cuenta que esta validación no debe tener una duración mayor a quince (15) días calendario.
12. El contratista de interventoría debe entregar a EL CONTRATANTE, su Plan de Trabajo y distribución de personal para el seguimiento de la ejecución de las unidades de vivienda, conforme a los frentes de trabajo mínimos requeridos para la construcción de viviendas simultaneas mensual al contratista de obra.
13. Controlar detalladamente el presupuesto de obra, presentando informes semanales al CONTRATANTE.
14. Analizar los estudios técnicos, de construcción de todas las obras que conforman el proyecto, incluidos los elementos no estructurales y recomendar por escrito y oportunamente al CONSTRUCTOR y a la FIDUCIARIA lo que considere pertinente de revisión.
15. Verificar la ejecución adecuada de cada una de las viviendas nuevas rurales ejecutadas por el CONSTRUCTOR de la obra de acuerdo a los diseños y dar visto bueno a estas, teniendo en cuenta que se trata de un contrato por el sistema de precio global fijo.
16. Verificar que la mano de obra, equipos y herramientas dispuestos por el CONSTRUCTOR para la ejecución de las obras sean los adecuados, en cuanto a tipo, calidad y a cantidad se refiere y que su estado sea aceptable; ordenar el retiro de los que encuentre inconvenientes y la incorporación de los que se requieran.
17. Verificar que los materiales que emplee el CONSTRUCTOR en la ejecución de las obras satisfagan las especificaciones técnicas y estén disponibles en la cantidad suficiente.
18. Ordenar la realización de los ensayos y pruebas necesarios para el cumplimiento de las Normas Técnicas y rechazar los materiales objetables cuando así lo solicite la supervisión.
19. Verificar que en todo el proceso de construcción (la preparación previa, la ejecución de las obras y la protección de las obras), el CONSTRUCTOR utilice procedimientos acordes con las especificaciones y la práctica profesional y rechazar las obras ejecutadas de manera objetable.
20. Verificar que el personal empleado por el CONSTRUCTOR, sea suficientemente idóneo y responsable. Ordenar el retiro del personal no apropiado y la incorporación del que considere necesario.
21. Xxxxxxx y resolver las consultas sobre los planos, las especificaciones y la organización del trabajo que le formule el CONSTRUCTOR.
22. Vigilar que el CONSTRUCTOR cumpla con las normas de seguridad que se requiere para este tipo de obras y para la protección del personal que labora en la misma.
23. Verificar en la vivienda terminada, los acabados, los niveles, la apariencia y la consistencia de la obra que el CONSTRUCTOR le someta para su recibo.
24. Ordenar la reparación, la demolición o la reconstrucción de las obras que considere defectuosas, por el no cumplimiento de las especificaciones establecidas en los anexos técnicos
25. Dar al CONSTRUCTOR las instrucciones que considere necesarias para garantizar la continuidad de los trabajos, la organización de los mismos y la calidad de las obras.
26. Realizar una reunión previa, a la iniciación de la obra, con la participación del CONTRATANTE y el CONSTRUCTOR; con el objeto de unificar criterios de ejecución del proyecto.
27. Verificar que el CONSTRUCTOR inicie la obra dentro del plazo acordado.
28. Verificar que el avance las obras, tanto desde el punto de vista de las metas físicas como de la inversión acumulada, se ajuste a la programación.
29. Solicitar al CONSTRUCTOR las acciones necesarias para recuperar los atrasos cuando los haya o para garantizar debidamente la marcha de los trabajos si se encuentran objeciones a la forma como se están realizando.
30. Realizar el comité de obra, que consiste en celebrar reuniones periódicas de coordinación con el CONTRATANTE y el CONSTRUCTOR para evaluar el desarrollo de las obras, adelantar el estudio y solución de los problemas que puedan afectar la marcha del proyecto e introducir los cambios que sean necesarios en la programación.
31. Llevar un registro diario, en la bitácora, del personal que el CONSTRUCTOR tenga en la obra, así como del trabajo realizado en cada jornada, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes impartidas al contratista de obra, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra.
Esta bitácora debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el director de interventoría y los residentes.
32. Realizar de manera conjuntamente con el contratista de obra el acta de recibo parcial de obra para dar trámite a su respectiva factura.
33. De acuerdo al acta de recibo parcial de obra, elaborar su acta parcial de pago adjuntando los documentos requeridos.
34. Vigilar que el CONSTRUCTOR invierta el anticipo recibido del CONTRATANTE, en gastos exclusivamente imputables a la obra y de acuerdo con el plan de inversión del anticipo presentado por el mismo y aprobado por el Contratista de interventoría, y el CONTRATANTE.
35. Elaborar y presentar los informes especiales que solicite el CONTRATANTE.
36. El contratista de interventoría debe ejecutar la liquidación final del contrato de obra, cuyo plazo será de treinta (30) días únicamente. Durante este tiempo el CONSTRUCTOR deberá entregar al INTERVENTOR los paz y salvo de proveedores de materiales, de contratistas de mano de obra, del personal de la obra contratado, de aportes parafiscales, los aportes a salud, pensiones y cesantías y seguridad social, caja de compensación familiar, ICBF y SENA, del mes anterior, debidamente canceladas, como requisito indispensable para el pago de la última cuenta de cobro.
37. Consultar con el CONTRATANTE toda prórroga en el plazo fijado o en los plazos adicionales que el CONSTRUCTOR solicite para compensar las demoras que se puedan causar durante la ejecución de los trabajos de construcción. LA INTERVENTORÍA se abstendrá de pronunciarse hasta tanto el CONTRATANTE decida sobre la petición y defina su posición sobre el término de xx xxxxxxxx.
00. Revisar y aprobar las cuentas mensuales de pago de actas o facturas; verificará que la información económica y financiera acumulada, el valor de la obra ejecutada acumulada, el desembolso del anticipo, y todas las informaciones adicionales estén correctos, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada; las actas y cuentas de obra ejecutada deberán ser remitidas por la INTERVENTORÍA debidamente aprobadas y firmadas para visto bueno y su trámite de pago, por parte del funcionario que designe el CONTRATANTE.
39. Verificar que el CONSTRUCTOR haga la entrega a satisfacción de la vivienda al beneficiario, con su correspondiente acta de recibo y póliza de calidad y estabilidad de obra.
40. Verificar que las instalaciones eléctricas sean realizadas por un profesional competente según RETIE.
41. Todas aquellas otras actividades técnicas que garanticen la ejecución del proyecto con la más alta calidad arquitectónica y estructural.
42. Realizar de manera diligente todos los actos necesarios tendientes a obtener la cumplida ejecución del objeto del presente contrato.
43. Informar oportunamente a EL CONTRATANTE o al supervisor del contrato que se designe para el efecto, cualquier inconsistencia o irregularidad en la ejecución del proyecto.
44. Xxxxxxx y resolver por escrito las consultas y observaciones que formule EL CONTRATANTE a través del Supervisor designado, en relación con los asuntos que forman parte del objeto de este contrato, a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la consulta u observación, según sea el caso.
45. Verificar que el proyecto de vivienda se ejecute de acuerdo con los criterios de calidad exigibles en las especificaciones de construcción, cantidades de obra y normas de construcción.
46. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, de todo el personal vinculado directamente con la interventoría.
47. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
48. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
49. Cumplir a cabalidad con las condiciones pactadas en el Contrato.
50. Presentar la respectiva factura o su documento equivalente cuando esté obligado a ello, de acuerdo con el régimen tributario aplicable al objeto contratado, de las condiciones pactadas, incluido el Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN, requisitos sin los cuales no se podrán tramitar los respectivos pagos. Es obligación de EL INTERVENTOR conocer y presupuestar todos los gravámenes de los cuales es responsable al momento de presentar su propuesta y celebrar el presente Contrato. Por tanto asumirá la responsabilidad y los costos, multas y/o sanciones que se generen por la inexactitud de la información fiscal que haya entregado a EL CONTRATANTE.
51. Mantener indemne a EL CONTRATANTE y al Banco Agrario de Colombia contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por los daños o lesiones causados a terceros por éste durante la ejecución del contrato.
52. Abstenerse de contratar o vincular a las personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato a celebrar.
53. Revisar que el contratista de obra cumpla con todas las actividades descritas en el Anexo Técnico y que hace parte integral de contrato de obra, objeto de esta interventoría.
54. los documentos relativos a organización de la interventoría para el desarrollo del objeto del presente contrato, conforme a los siguientes criterios: -1. El enfoque y metodología de la interventoría que
ejecutará en desarrollo del Contrato.-2. Distribución mensual del personal y demás recursos para la Interventoría consecuente con su propuesta económica, para la aprobación por parte de EL CONTRATANTE. -3. Organigrama en el cual se indique con nombres propios el personal profesional de interventoría que participará en las diferentes actividades del Contrato, acompañado de la descripción general de las actividades que adelante cada uno y de un cuadro en el cual se indique la dedicación y participación de cada uno de los integrantes en el desarrollo de la Interventoría.
55. Ejecutar las actividades del objeto contractual dentro del plazo establecido en el presente contrato.
56. Mantener al frente de los trabajos todos los recursos necesarios (equipos, materiales y personal) para el normal y completo desarrollo del objeto contractual, ello implica tener disponible y emplear en la ejecución del contrato el personal requerido para su correcta ejecución, de conformidad con lo establecido en los requerimientos de personal mínimo. Si durante la ejecución del contrato se requiere el cambio de personal o de alguno de los profesionales, este deberá reemplazarse por otro de igual o de mayor calidad, previamente aprobado por EL CONTRATANTE.
57. Mantener en el lugar de las actividades contractuales todas las medidas de orden y seguridad convenientes para evitar accidentes, tanto en relación con su personal como de terceros.
58. Suscribir conjuntamente con el Contratista de Obra las actas de Inicio, parciales, de Finalización y Liquidación del Contrato, así como las Actas de Suspensión y los demás documentos previstos en el contrato, asumiendo así plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en ellas.
59. Elaborar y entregar a EL CONTRATANTE oportunamente el Informe Final de la Interventoría.
60. Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra las normas de seguridad industrial y de protección en los sitios de ejecución del contrato.
61. Constituir las garantías suficientes y necesarias conforme lo previsto en el presente contrato, y a efectuar las correcciones o ajustes a que haya lugar y que le sean solicitadas por EL CONTRATANTE para su aprobación, sin ello el Contratante no efectuará ningún pago.
62. Realizar y asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de las actividades contractuales, lo mismo que el pago de los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas.
63. Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la celebración del presente contrato, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal de EL INTERVENTOR y/o del revisor fiscal de cada una de las entidades que conforman el Consorcio o Unión Temporal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, o por la persona natural contratista. Así mismo, deberá acreditar dicho requisito para cualquier pago que se realice con ocasión del presente contrato, de conformidad con en el artículo 50 xx xxx 789 de 2002 y demás normas que modifiquen, aclaren o deroguen.
64. Revisar, comentar y aprobar los informes y productos entregados por el contratista de obra, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de los mismos.
65. Xxxxxxx y aprobar el cronograma de obra y sus actualizaciones presentadas por los contratistas de obra.
66. Verificar y aprobar que los contratistas de obra cumplan con los diseños de obra estipulados en el proyecto.
67. Realizar todas las actividades correspondientes a la liquidación del contrato de obra objeto de la interventoría, entregando toda la información requerida y garantizando mediante acta de Recibo Final a Satisfacción que se hayan elaborado las obras de acuerdo al contrato de obra.
68. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por EL CONTRATANTE proponiendo alternativas, generando soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto y suscribir las actas correspondientes a dichas reuniones.
69. Celebrar semanalmente, o cada vez que se estime conveniente, reuniones de seguimiento con el contratista de obra y el Supervisor designado por parte de EL CONTRATANTE, con el fin de analizar y discutir los diferentes aspectos técnicos, financieros y administrativos relacionados con el contrato de obra. Lo tratado en estas reuniones se consignará en un Acta (Acta de Comité de Seguimiento) la cual deberá ser levantada por EL INTERVENTOR. Las cuales se podrán llevar a cabo de manera virtual.
70. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas que se programen. Estas se desarrollarán entre el contratista de obra, la Interventoría y EL CONTRATANTE. Dicha reunión tendrá como propósito la conciliación, unificación de criterios y suscripción de acuerdos que garanticen el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las actas correspondientes. Las cuales se podrán llevar a cabo de manera virtual.
71. Verificar que el contratista de obra del haga entrega de la información requerida de conformidad con lo establecido en el señalado contrato.
72. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con: a) Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra. b) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual. c) Dotación xx xxxxxxx y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual. d) Cumplir con la normatividad vigente para el trabajo de personal en alturas. Entre las cuales deben estar: dotación equipos de seguridad, (arnés, líneas de vida, manila certificada, mosquetones y todos los demás elementos necesarios para realizar el trabajo), suministro de personal calificado y certificado que adopte las medidas de seguridad vigentes.
73. Exigir al contratista de obra implementar todos los frentes de trabajo requeridos en la ejecución de las obras. Lo anterior, para dar cumplimiento al cronograma establecido para la ejecución del objeto del contrato de obra.
74. Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra, el personal profesional y no profesional mínimo requerido para ejecución de las unidades de vivienda con el propósito de dar cumplimiento a los frentes de obra exigidos.
75. Presentar informe mensual en forma documentada, soportada y ordenada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del respectivo mes, los cuales deberán contener, por cada frente de trabajo lo siguiente: a) Avance de cada una de las actividades programadas. b) Cantidades de obra ejecutadas. c) Registros fotográficos. d) Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas. e) Fotocopia de la bitácora o libro de obra. f) Resumen de las actividades realizadas en el mes. g) Relación del personal empleado en la ejecución del presente objeto contractual. h) Informe de seguridad industrial. i) Informe de manejo ambiental. j) Informe de manejo e inversión del anticipo con los respectivos soportes. k) Actualización del programa de ejecución de obra. l) Acreditación que tanto EL INTERVENTOR y el Contratista de Obra se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda. m) Informe acerca del Estado y Actualización de las pólizas que así lo requieran.
76. Presentar informe final en forma documentada, soportada y ordenada, el cual deberá contener: a) Resumen de actividades y desarrollo de la obra. b) Documentación técnica, entre ella: Bitácora de obra; b) Acreditación que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
c) El Estado y la actualización de las pólizas que así lo requieran. d) Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas. f) Registro fotográfico definitivo e Informe con la descripción y resultado de todas las pruebas requeridas por EL CONTRATANTE.
77. Elaborar y presentar conjuntamente con el Contratista de Xxxx, las actas de entrega final de obra y de liquidación.
78. Utilizar, los planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción entregadas por EL CONTRATANTE únicamente para el desarrollo del objeto contractual, sin que por ello se entienda conferido algún derecho de propiedad intelectual y material. Su entrega, en ningún caso, se entenderá como cesión de derechos o licenciamiento.
79. Revisar, junto con el Contratista de Obra, en caso de suministrarse la calidad, cantidad y coherencia de la totalidad de los planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción para la mejor definición del alcance técnico de cada frente.
80. Aprobar, dentro de los ocho (8) días siguientes a la entrega por parte del contratista de obra, lo siguiente: a) Programas Detallados para la Ejecución de la Obra: estos deberán estar elaborados hasta el nivel de capítulos e ítems, teniendo en cuenta la información presentada en la propuesta del contratista de obra, entre otros aspectos, los planos, los documentos técnicos y las condiciones del sitio de los trabajos. Los programas serán como mínimo: Programa general de obra; Programa por
frentes; Programa de compras y suministros y Programa de subcontratos y equipos. b) Programas Complementarios: Programa de Sistema de Gestión de seguridad y Salud del Trabajo.
81. Asesorar al Contratista de obra sobre los objetos de valor arqueológico que encuentre en los sitios de trabajo o que descubra durante la ejecución del contrato, debiendo dar cuenta de ello inmediatamente a EL CONTRATANTE. Deberá evitar que sus empleados o los empleados del contratista de obra invadan o perjudiquen en cualquier forma zonas o monumentos que tengan interés arqueológico, histórico o turístico.
82. De manera expresa, queda prohibido para EL INTERVENTOR y sus dependientes, cualquier tipo de contratación, subcontratación, relación laboral, pago, remuneraciones en especie por colaboración, destajo, apoyo, ayuda para la realización de cualquier actividad del desarrollo del contrato con los beneficiarios del subsidio de vivienda de interés social rural.
83. Obrar con diligencia y profesionalismo en la gestión encomendada, con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones.
84. Dar inmediato aviso a EL CONTRATANTE, acerca de la ocurrencia de cualquier evento o circunstancia que altere el normal desarrollo y/o ejecución del contrato.
85. Acatar de inmediato las recomendaciones u observaciones que le haga EL CONTRATANTE a través del Supervisor designado.
86. Mantener la confidencialidad sobre toda la información de propiedad de EL CONTRATANTE esta obligación igualmente recaerá al representante o dependiente de EL INTERVENTOR durante el desarrollo del contrato, y no podrá utilizarla bajo ninguna circunstancia, salvo requerimiento judicial.
87. No ceder el presente contrato, sin la previa autorización por escrito de EL CONTRATANTE.
88. Alimentar el sistema de información que señale el contratante.
89. Las demás que se desprendan de la legislación aplicable a esta modalidad contractual.
5. OBLIGACIONES DEL PATRIMONIO VISR
En virtud del contrato que se adjudique el Patrimonio Autónomo VISR se obliga a:
1. Realizar los pagos de forma oportuna, correspondientes a las actas parciales que presente el contratista con el visto bueno de la interventoría, siempre y cuando dichos documentos cumplan con los requisitos y soportes establecidos para tal efecto.
2. Informar oportunamente al contratista, sobre quién será la persona jurídica designada para ejecutar la Interventoría, quien tendrá el deber de realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado.
3. Vigilar y supervisar al Contratista en la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual.
4. Disponer de los recursos necesarios que garanticen la ejecución idónea del contrato y realizar los desembolsos en la forma que se pacte en el presente contrato.
5. Notificar por escrito al CONTRATISTA cualquier reclamación relacionada con sus obligaciones contractuales.
6. Xxxxxxxx con el CONTRATISTA en todo aquello que sea necesario y/o conveniente para el adecuado desarrollo del objeto del contrato; en consecuencia, se compromete a suministrar la documentación e información requerida por éste.
6.0 FORMA DE PAGO:
Todo pago está sujeto a la disposición de recursos transferidos por el Banco Agrario de Colombia a las cuentas del Patrimonio Autónomo y se realizará de la siguiente forma:
Teniendo en cuenta los desembolsos que recibirá la Fiduciaria para los proyectos, todo pago a los contratistas estará sujeto al desembolso que realice el BAC a la fiduciaria y se establece la siguiente forma de pago para el contratista de interventoría a) El treinta por ciento (30%) del valor del contrato a título de anticipo, el cual iniciará su trámite a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio y aprobación del desembolso en el comité de validación del proyecto. b) El valor del contrato de interventoría, se empezará a pagar una vez se haya alcanzado un avance de ejecución de obra viviendas terminadas y entregadas a satisfacción por parte del contratista de obra mínimo xxx xxxx por ciento (10%) por proyecto, momento en el cual se cancelará el valor correspondiente a dicho porcentaje; los demás pagos se harán de acuerdo con el avance de obra ejecutada presentado en actas parciales con un mínimo de 10 unidades de vivienda terminadas y entregadas a satisfacción por parte del contratista de obra, de conformidad con el cronograma aprobado por el supervisor del contrato, hasta alcanzar un noventa por ciento (90%) del valor del contrato. c) El diez por ciento (10%) restante del valor del contrato, se reconocerá en el acta de liquidación del mismo. Por cada pago que efectúe la fiduciaria, ésta descontará un treinta por ciento (30%) como amortización del valor del anticipo establecido en el literal a).
Es importante resaltar que el avance de obra y reconocimiento de pago al contratista de interventoría se medirá por las viviendas efectivamente terminadas y recibidas a satisfacción por parte del contratista de obra. Es decir, para un proyecto de 100 viviendas el 10% de avance de obra corresponderá a 10 viviendas totalmente terminadas y recibidas a satisfacción. Sin embargo, el contratista deberá contar con el recurso suficiente para cubrir con recursos propios la ejecución interventoría del proyecto hasta tanto no sea recibido el segundo y tercer desembolso de recursos por parte del Banco Agrario de Colombia.
7.0 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El oferente deberá aportar, dentro del plazo señalado en este documento, una garantía entre particulares, expedida por alguna compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, patrimonio autónomo o garantía bancaria, a favor de FIDUAGRARIA S.A., en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, NIT 830.053.630-9, que contenga los siguientes amparos:
Buen Manejo y correcta inversión del Anticipo: Este amparo será por el 100% del valor del anticipo para garantizar su buen manejo, destinación exclusiva al objeto del presente contrato, amortización y devolución, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo.
Cumplimiento de las obligaciones contractuales: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
Calidad del servicio prestado: Por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
Pago de salarios y prestaciones sociales: Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más.
Responsabilidad Civil Extracontractual: En póliza independiente por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más, por daños a tercero acciones u omisiones imputables al contratista o sus dependientes subordinados o subcontratistas derivada de la ejecución del contrato con una vigencia igual a la ejecución del contrato. El hecho de la constitución de esta garantía, no exonera al contratista de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados
La garantía deberá ser tomada por el proponente seleccionado, indicando la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, sin utilizar sigla, a no ser que el mencionado certificado, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio, en la garantía deberá estipularse que el tomador es el consorcio y no su representante legal, y deberá indicar el nombre de cada uno de sus integrantes, porcentaje de participación y expresar claramente que su valor será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente.
El oferente entiende y acepta que, si no entrega la garantía dentro del término establecido para su aprobación o no ajusta la misma para ser aprobada, esto será causal de incumplimiento y terminación inmediata del contrato y por lo tanto, se ejecutará la póliza de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones que pueda adelantar, conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
Nota 1: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la póliza a partir de la suscripción del acta de inicio, así como ampliar su vigencia, en el evento en que se prorrogue el término del contrato.
Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del contratista, el Patrimonio Autónomo VISR debe estar cubierta de los perjuicios derivados por la no inversión y/o uso indebido y/o apropiación indebida del anticipo; por el incumplimiento total o parcial a cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el cumplimiento de las obligaciones laborales derivadas de la contratación de personal para la ejecución del contrato y los perjuicios derivados por la deficiente calidad de los bienes y el daño o deterioro imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a
satisfacción.
La responsabilidad civil extracontractual ampara al Patrimonio Autónomo VISR de eventuales reclamaciones derivados de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas autorizados.
8.0 EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL Y CONTRACTUAL
El proponente favorecido ejecutará el contrato adjudicado como resultado del presente proceso de selección con plena autonomía técnica, financiera y administrativa, razón por la cual queda entendido que no habrá vínculo laboral ni contractual alguno entre FIDUAGRARIA S.A., ni el Patrimonio Autónomo VISR, ni con el Banco Agrario de Colombia.
9.0 INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL OFERENTE
Se considerará que hay incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista seleccionado en los siguientes casos:
a) Cuando el supervisor o el Interventor que designe el Patrimonio Autónomo VISR adviertan que se está incumpliendo el término establecido para la terminación de las viviendas de acuerdo con la propuesta y en el cronograma de obra.
b) Cuando el oferente seleccionado no cumpla con la entrega de: i) el cronograma de ejecución del proyecto y ii) la garantía de cumplimiento.
10.0 CRITERIOS DE DESEMPATE
Existe empate entre dos o más propuestas, en esta invitación, cuando éstas obtengan el mismo puntaje de acuerdo con los CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES; de presentarse esta situación, se utilizarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido.
1. Se definirá a favor del proponente que NO haya sido objeto de reclamación antes las autoridades judiciales, administrativas o con entidades que ejerzan funciones de regulación, registro y control, por parte de FIDUAGRARIA S.A. o del Patrimonio Autónomo VISR.
2. Se definirá a favor del proponente que acredite ser o estar conformado por empresas 100% nacionales.
3. Se definirá a favor del proponente individual o plural que haya acreditado la interventoría al mayor número de Soluciones de Vivienda de Interés Social Rural VISR. Para el efecto se tendrá en cuenta, previa verificación contra los documentos soporte, la información certificada por el proponente en el FORMATO No. 3 - EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE de los términos de referencia de la presente invitación.
4. Si aún continúa el empate, este se resolverá por el sistema de balotas, cuyo procedimiento se explicará en el informe definitivo de evaluación.
11.0 ANEXO TÉCNICO
Con la presentación de la propuesta se entenderá que el oferente conoce todas las especificaciones y condiciones establecidas en el Anexo Técnico.
12.0 VALIDEZ DE LA PROPUESTA
Se entiende que la Propuesta presentada por el Proponente es hábil si cumple con la totalidad de los requisitos de capacidad jurídica, financiera, técnica y de experiencia y demás requisitos habilitantes contemplados en la Invitación, que son objeto de verificación.
13.0. MATRIZ DE RIESGO DE LA CONTRATACIÓN Se anexa a la presente invitación como el anexo.
14.0. FORMATOS
Formato No. 1: Carta de Presentación de la propuesta. Formato No. 2: Modelo contrato.
Formato No. 3: Experiencia Específica del Proponente. Formato No. 4: Experiencia Adicional Equipo Profesional.
15.0. ANEXOS Técnico
Matriz de Riesgo
Ciudad y fecha Señores FIDUAGRARIA S.A.
FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
UNIDAD DE GESTIÓN VISR.
Ciudad.
REFERENCIA: INVITACIÓN PÚBLICA XXXXX DE 2018 PARA LA SELECCIÓN DEL INTERVENTOR DE OBRA.
GRUPO:
VALOR DE LA PROPUESTA: $
Los suscritos , de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los
documentos del proceso de selección de la referencia, hacemos la siguiente oferta y en caso de ser seleccionado, nos comprometemos a cumplir todas las obligaciones incorporadas en los términos de referencia y sus anexos.
Declaramos así mismo:
1. Que esta oferta compromete al proponente que represento, el cual tiene la capacidad jurídica para cumplir todas las obligaciones que se derivan de términos de referencia del proceso de selección.
2. Que en mi condición de representante legal del proponente tengo la capacidad de actuar en nombre y representación del mismo, y de adelantar todas las actuaciones necesarias para dar cumplimiento a todas las obligaciones que se derivan de términos de referencia del proceso de selección.
3. Que conocemos toda la información general y especial, y demás documentos del proceso de selección junto con sus anexos, y aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
4. Que en caso de ser seleccionado nos comprometemos a dar cumplimiento a lo establecido en nuestra propuesta y en los documentos del presente proceso de selección.
5. Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés de las señaladas en la ley y la Constitución Política.
6. Que ni el suscrito ni el proponente que represento, ni los miembros del proponente (según sea el caso) hemos sido sancionados por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción.
7. Que ni el suscrito ni el proponente que represento, ni los miembros del proponente (según sea el caso) hemos sido objeto de medidas administrativas de incumplimiento por parte de las entidades otorgantes
de subsidios dentro de los 10 años anteriores a la fecha de cierre del proceso.
8. Que la presente oferta tiene una vigencia de noventa (90) días calendario a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección.
9. Que manifestamos nuestro compromiso de no ejercer prácticas colusorias o restrictivas de la competencia y que en nuestra participación dentro del presente proceso no realizaremos ofrecimientos por comisiones o dádivas para obtener favorecimientos y mantendremos probidad a lo largo del mismo.
10. Certifico bajo la gravedad de juramento, que toda la información y documentos que reposa en la presente propuesta es veraz, autentica y goza de legalidad, por tal motivo, en caso de existir inconsistencias y/o falsedades FIDUAGRARIA informará a las autoridades o instituciones públicas o privadas que considere pertinente y realizará las respectivas denuncias penales.
11. Que con la presente propuesta entrego (incluir el número) AZ´s selladas que consta de
folios y sus respectivas copias en 2 cd´s.
12. Que conozco las especificaciones y condiciones establecidas en el anexo técnico de los términos de referencia.
13. Que conocemos y aceptamos que las viviendas que se desarrollen deben cumplir con lo señalado en el del marco normativo vigente establecido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y los Decretos 1071 y 1934 de 2015 y el Reglamento Operativo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural.
14. Que autorizo a Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR a publicar, en la página web de la fiduciaria y en el SECOP, todos los documentos que integran nuestra propuesta, en el momento señalado en el cronograma del presente proceso, para efectos de preservar el principio de publicidad.
Atentamente,
Nombre Representante Legal
Cédula de Ciudadanía No. de Oferente
Nit. (Si aplica)
Dirección - Teléfono Fax Correo electrónico
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
Nombre Ingeniero que avala la propuesta
Cédula de Ciudadanía No. de Número tarjeta profesional Dirección Teléfono
Correo electrónico Ciudad
FORMATO No. 2 MODELO CONTRATO DE INTERVENTORÍA
CONTRATO DE INTERVENTORÍA No. XXXXXX-2018 SUSCRITO ENTRE LA SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. FIDUAGRARIA S.A. ACTUANDO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTONOMO VISR XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Entre los suscritos a saber XXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía N°. XXXXXXXXXX de Bogotá D.C, que mediante poder otorgado por escritura pública No. xxxxx de fecha XXXXX de XXXX de 2017 de la Notaría XXXX del Circulo Notarial de Bogotá D.C., actúa en su calidad de apoderado del Patrimonio Autónomo VISR, NIT 830.053.630-9 cuya vocera y administradora es la SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. - FIDUAGRARIA S.A., Sociedad de
Economía Mixta del Orden Nacional, sometida al Régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, constituida mediante Escritura Pública número 1199 del 18 de febrero de 1992 otorgada por la Notaría Veintinueve del Circulo de Bogotá, autorizada para funcionar por la Superintendencia Financiera de Colombia, por medio de la Resolución N° 4142 de 6 de octubre de 1992, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, quien en adelante y para todos los efectos se denominará el CONTRATANTE, de una parte, de otra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía número XXXXXXX de Bogotá, en su calidad de Representante Legal del XXXXXXXXXXXXX, constituido mediante documento XXXXXXX de fecha XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con NIT. XXXXXXXXXXXXXXX, constituida mediante XXXXXXXXXXX No. 000000 del XXXXXXXXXXX e inscrita en la (cámara de comercio o autoridad competente) de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX bajo el número 0000000 del Libro XXXXXXXX y quien para los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordamos celebrar el presente contrato de obra, previas los siguientes:
I. CONSIDERACIONES
1. Que el 24 de diciembre de 2015 entre el Banco Agrario de Colombia y Fiduagraria S.A., se suscribió el contrato xx xxxxxxx mercantil No. CONV-GV2015-019 cuyo objeto consiste que “(…) La FIDUCIARIA se compromete con el Banco a constituir un patrimonio autónomo de administración y pagos de los subsidios de VISR asignados por el Comité de Adjudicación de Subsidios de Vivienda de Interés Social del BANCO, destinados al diagnóstico, estructuración y desarrollo de los proyectos estratégicos de vivienda, conforme a los recursos entregados por el BANCO. (…)”.
2. Que para el desarrollo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural, el Banco Agrario de Colombia, como entidad otorgante de los subsidios, tiene un estipulado un reglamento operativo cuyo objetivo “(…) es regular la actuación funcional del Banco Agrario desarrollada través de la Gerencia de Vivienda, de tal manera que se ajuste al marco legal vigente de vivienda rural, en cuyo contexto se ordena la expedición de una reglamentación operativa que fije las condiciones, requisitos y procedimientos que demanda la operación de las actividades relacionadas con el Programa de Vivienda Rural.(…)” .
3. Que los subsidios administrados corresponden a la vigencia 2015 y por lo tanto no son objeto de reajuste.
4. Que Fiduagraria S.A., mediante comunicación VNO-10797 de fecha 17 xx xxxxxx de 2017, presentó al Banco Agrario de Colombia la radicación del Proyecto VISR INCODER PASTOS Y QUILLASINGAS – MUICIPIO XX XXXXXX – RESGUARDO PASTAS ALDANA.
5. Que el Banco Agrario de Colombia, mediante comunicación GV-06643 de fecha 2 de octubre de 2017 dio viabilidad al Proyecto VISR INCODER PASTOS Y QUILLASINGAS – MUICIPIO XX XXXXXX – RESGUARDO PASTAS XXXXXX.
6. Que Fiduagraria S.A., actuando como Vocera y Administradora del Patrimonio Autónomo VISR, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019 requiere contratar al interventor de obra de acuerdo a lo señalado en el numeral 2 del artículo 30 del Reglamento Operativo Programa de Vivienda de Interés Social Rural.
7. Que para la presente contratación Fiduagraria S.A., actuando como Vocera y Administradora del Patrimonio Autónomo VISR se acogió a lo dispuesto en el numeral 4.5.3 Invitación Pública del Manual de Contratación de bienes y servicios del Patrimonio Autónomo VISR.
Que Fiduagraria S.A. actuando como Vocera y Administradora del Patrimonio Xxxxxxxx XXXX realizó la invitación pública 0XXX-2018, cuyo objeto consistió: “(…) Contratar por el sistema de precio global fijo sin fórmula de reajuste y de conformidad con las especificaciones establecidas en los términos de referencia, la interventoría técnica, financiera, administrativa y jurídica a la construcción de las soluciones de Vivienda de Interés Social Rural correspondientes al proyecto viabilizado y aprobado por el Banco Agrario de Colombia con cargo a los subsidios de la vigencia 2015, correspondientes a 103 hogares de la Comunidad Indígena de los Pastos y Quillasingas del departamento xx Xxxxxx, en el municipio xx Xxxxxx, Resguardo de Pastas Aldana. (…)”, mediante la cual el Comité de Contratación recomendó la contratación de XXXXXXXXXXX.
8. Que XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX aportó los documentos que demuestran que NO tiene deudas con el Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y Parafiscales, ni aparece registrado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República y no le asiste inhabilidad o incompatibilidad en los términos xx xxx para suscribir el presente contrato.
Por lo anterior, las partes acuerdan las siguientes:
DEFINICIONES:
Las expresiones utilizadas en el presente Contrato con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se asigna a continuación. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo con el contexto en el cual son utilizados. Los términos no definidos en los documentos referenciados o en la presente cláusula, deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
Acta de inicio: Documento que debe suscribir el supervisor del contrato adjudicado, el contratista seleccionado, a través de su representante legal y el interventor que se asigne para el desarrollo del proyecto, en el cual se estipulan las consideraciones relacionadas con la ejecución del contrato y principalmente aquellas atinentes a las obligaciones que se desarrollarán durante su vigencia.
A partir de la fecha de suscripción, se comienza a contabilizar el plazo de ejecución del contrato. Para suscribir el acta de inicio debe contarse previamente con toda la documentación requerida y aprobada para el efecto.
Adendas: Son los documentos que se expiden dentro de un proceso de selección bajo la modalidad de invitación privada o pública a presentar ofertas, con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos de la invitación y que formarán parte de la misma.
Adjudicación: Es el documento a través del cual al Gerente de la Unidad de Gestión VISR en virtud de recomendación del Comité de Contratación se indica quien es el Proponente seleccionado.
Adjudicatario: Es el proponente que resulte seleccionado, luego de haberse surtido una evaluación y calificación de una propuesta presentada, dentro de un proceso de selección privada o pública.
Anticipo: Entrega de dinero por parte del Patrimonio Autónomo VISR al contratista para que inicie la ejecución del contrato. No constituye utilidad o ganancia para el contratista, el cual se entregará de acuerdo a lo señalado en el contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019 y el Reglamento Operativo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural, el cual deberá ser amortizado con cargo a cada uno los pagos que se realicen al contratista.
Contratante: Es el Patrimonio Autónomo VISR, NIT. 830.053.630-9.
Contrato: Es el acto jurídico que celebra el Patrimonio Autónomo VISR para el desarrollo de las actividades relacionadas con la administración de los recursos para el desarrollo del objeto del contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019 y suscribe con los contratistas seleccionado.
Comité Evaluador: Es la instancia que llevará a cabo la evaluación de las ofertas y realizará su gestión de manera objetiva y ciñéndose exclusivamente a la reglas establecidas en la presente invitación. Dicho comité estará conformado por los subgerentes de la Unidad de Gestión VISR.
Comité de Contratación: Es la instancia en la cual, luego de recibir el informe del Comité evaluador, emite la recomendación de adjudicación al Gerente de la Unidad de Gestión VISR. Dicho comité estará conformado por: El Vicepresidente Jurídico o su delegado, el Vicepresidente Administración de Negocios y Operaciones, el Gerente Integral de Riesgos, el Gerente I Financiero y Administrativo, el Gerente de la Unidad de Gestión VISR con voz y sin voto, el jefe de la Oficina de control interno de FIDUAGRARIA S.A. como invitado permanente, con voz y sin voto.
Invitación a presentar ofertas: Procedimiento que realiza Fiduagraria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, mediante el cual, a través de su página web, informa públicamente sobre el inicio de un proceso de selección para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccionar entre ellas la más favorable que satisfaga la necesidad requerida en cumplimiento del objeto contractual del contrato xx xxxxxxx mercantil CONV-GV2015-019. Este documento debe ser elaborado por la Unidad de Gestión VISR y validado por el Comité de Contratación, el cual debe detallar claramente la necesidad, los requerimientos para la presentación de la propuesta, las condiciones de participación, los factores de habilitación y evaluación y las demás reglas del proceso.
Las condiciones y requisitos determinados por Fiduagraria en sus invitaciones a ofertar no constituirán jurídicamente una oferta de Fiduagraria dirigida a personas determinadas o indeterminadas, sino que, como su nombre lo indica, constituyen invitaciones a los interesados a presentar ofertas a Fiduagraria. En ese sentido, por la invitación a ofertar Fiduagraria no adquiere compromiso alguno de continuar con el procedimiento de selección, ni de concluirlo mediante celebración de un contrato y podrá dar por terminado en cualquier momento un procedimiento de contratación sin aceptar oferta alguna.
Oferta más favorable: Será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos, jurídico y financieros de escogencia y una ponderación detallada y objetiva , resulte ser la más favorable para el Patrimonio Autónomo VISR, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.
Plazo de ejecución: Periodo de tiempo pactado por las partes, en el cual debe cumplirse el objeto del contrato.
Primer orden de elegibilidad: Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación de los criterios ponderables prevista en la invitación pública.
Proponente: Es la persona jurídica o consorcio conformado únicamente por personas jurídicas que presenta una propuesta u oferta para participar en un proceso de selección.
Propuesta: Se entiende por tal, la oferta de negocio jurídico presentada por un proponente dentro de un proceso de selección, siempre que reúna los requisitos del artículo 845 del Código de Comercio, así como los términos de la invitación.
Requisitos habilitantes (de verificación): Son aquellos requisitos que serán objeto de verificación de cumplimiento como habilitantes para la participación en el proceso de selección, y no otorgarán puntaje. Dicha verificación será realizada por la Unidad de Gestión VISR, revisada y aprobada por el Gerente de la Unidad de Gestión VISR. Estos requisitos son los siguientes: la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
SARLAFT: Es el sistema de administración del riesgo para la prevención xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo.
Supervisor del contrato: Es el funcionario de la Unidad de Gestión VISR designado por el Gerente de la Unidad de Gestión VISR o en su defecto por el Vicepresidente de Administración de Negocios y Operaciones de Fiduagraria S.A. como vocera del Patrimonio Xxxxxxxx XXXX, quién será el responsable de efectuar el seguimiento y acompañamiento para su debida ejecución y liquidación del contrato frente al cual fue designado. La labor de supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico de acuerdo con lo establecido en la ley y las demás funciones asignadas.
VISR: Vivienda de Interés Social Rural.
CLÁUSULAS:
PRIMERA.-OBJETO: Realizar la interventoría técnica, administrativa y financiera a la ejecución de las obras de construcción de vivienda rural para el VISR INCODER PASTOS Y QUILLASINGAS – MUNICIPIO XX XXXXXX – RESGUARDO PASTAS XXXXXX el cual consta de 103 soluciones de Vivienda de Interés Social Rural de forma nucleada, en el municipio que a continuación se indica:
DEPARTAMENTO | NOMBRE DEL PROYECTO | MUNICIPIO | VIVIENDAS |
NARIÑO | VISR INCODER PASTOS Y QUILLASINGAS – MUNICIPIO XX XXXXXX – RESGUARDO PASTAS XXXXXX | XXXXXX | 103 |
TOTAL | 103 |
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR: En virtud del presente contrato EL INTERVENTOR se compromete a dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
1. Iniciar la ejecución del contrato una vez se suscriba el acta de inicio, sin ser necesario el desembolso del anticipo.
2. Realizar la visita en campo a los lotes en el departamentos donde se ejecutarán las viviendas, realizar el informe correspondiente de viabilidad o no viabilidad del lote, emitir su visto bueno para el inicio de las obras por parte del constructor y presentar informe de la visita ante el comité de validación en un periodo no mayor a quince (15) días calendario.
3. Verificar y analizar la planimetría que hace parte del contrato de obra, planteando su conformidad y/o elaborar de manera conjunta con la supervisión del contrato la información (planimetría) complementaria.
4. Verificar detalladamente las cantidades de obra producto del despiece de la vivienda tipo, en compañía con EL CONSTRUCTOR antes del comienzo de su construcción.
5. Estudiar las especificaciones de construcción y verificar que las mismas corresponden con la descripción clara e inconfundible del material que EL CONSTRUCTOR debe emplear en las diferentes partes de la obra y las normas o procedimientos que deben seguirse; en este aspecto se deben acatar la Norma Sismo Resistente de 2010 (NSR-10), el RETIE, el RAS 2000, las normas Icontec, las especificaciones de construcción y las demás normas aplicables para este tipo de obras, de acuerdo a lo señalado en la Ley 400 de 1997, el Decreto 926 de 2010 y todas aquellas normas que modifiquen, aclaren o deroguen la materia y en especial con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10. Igualmente, atender lo señalado en la Resolución 180398 de fecha 07 xx xxxxx de 2004 emitida por el Ministerio de Minas y Energía mediante la cual se expidió el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE, o las Resoluciones que la modifiquen, complementen o deroguen.
6. Revisar la información que le suministre EL CONTRATANTE con el objeto de garantizar el desarrollo normal de la obra y el cubrimiento total del proyecto.
7. Estudiar y llevar a cabo el seguimiento del contrato con el CONSTRUCTOR de las obras.
8. Verificar que el plan de inversión del anticipo presentado por el contratista de obra se realice en la forma allí indicada. Solicitar aprobación a la supervisión del contrato de todas las solicitudes de desembolso de anticipo realizadas por el contratista.
9. Coordinar con EL CONTRATANTE, el estudio, revisión, análisis de toda la información, técnica, administrativa, financiera y jurídica relacionada con el proyecto y el contrato que regirá su construcción.
10. Llevar el control de programación. El contratista de interventoría debe hacer seguimiento estricto al Plan de Trabajo y Programa de Obra, entregados por el contratista de obra, implementando medidas correctivas a los hallazgos encontrados durante el desarrollo y ejecución del contrato de obra.
11. El contratista de interventoría, debe entregar Plan de trabajo y distribución de personal para el proceso de validación de diagnósticos de los lotes de cada uno de los beneficiarios para cada grupo, teniendo en cuenta que esta validación no debe tener una duración mayor a quince (15) días calendario.
12. El contratista de interventoría debe entregar a EL CONTRATANTE, su Plan de Trabajo y distribución de personal para el seguimiento de la ejecución de las unidades de vivienda, conforme a los frentes de trabajo mínimos requeridos para la construcción de viviendas simultaneas mensual al contratista de obra.
13. Controlar detalladamente el presupuesto de obra, presentando informes semanales al CONTRATANTE.
14. Analizar los estudios técnicos, de construcción de todas las obras que conforman el proyecto, incluidos los elementos no estructurales y recomendar por escrito y oportunamente al CONSTRUCTOR y a la FIDUCIARIA lo que considere pertinente de revisión.
15. Verificar la ejecución adecuada de cada una de las viviendas nuevas rurales ejecutadas por el CONSTRUCTOR de la obra de acuerdo a los diseños y dar visto bueno a estas, teniendo en cuenta que se trata de un contrato por el sistema de precio global fijo.
16. Verificar que la mano de obra, equipos y herramientas dispuestos por el CONSTRUCTOR para la ejecución de las obras sean los adecuados, en cuanto a tipo, calidad y a cantidad se refiere y que su estado sea aceptable; ordenar el retiro de los que encuentre inconvenientes y la incorporación de los que se requieran.
17. Verificar que los materiales que emplee el CONSTRUCTOR en la ejecución de las obras satisfagan las especificaciones técnicas y estén disponibles en la cantidad suficiente.
18. Ordenar la realización de los ensayos y pruebas necesarios para el cumplimiento de las Normas Técnicas y rechazar los materiales objetables cuando así lo solicite la supervisión.
19. Verificar que en todo el proceso de construcción (la preparación previa, la ejecución de las obras y la protección de las obras), el CONSTRUCTOR utilice procedimientos acordes con las especificaciones y la práctica profesional y rechazar las obras ejecutadas de manera objetable.
20. Verificar que el personal empleado por el CONSTRUCTOR, sea suficientemente idóneo y responsable. Ordenar el retiro del personal no apropiado y la incorporación del que considere necesario.
21. Xxxxxxx y resolver las consultas sobre los planos, las especificaciones y la organización del trabajo que le formule el CONSTRUCTOR.
22. Vigilar que el CONSTRUCTOR cumpla con las normas de seguridad que se requiere para este tipo de obras y para la protección del personal que labora en la misma.
23. Verificar en la vivienda terminada, los acabados, los niveles, la apariencia y la consistencia de la obra que el CONSTRUCTOR le someta para su recibo.
24. Ordenar la reparación, la demolición o la reconstrucción de las obras que considere defectuosas, por el no cumplimiento de las especificaciones establecidas en los anexos técnicos
25. Dar al CONSTRUCTOR las instrucciones que considere necesarias para garantizar la continuidad de los trabajos, la organización de los mismos y la calidad de las obras.
26. Realizar una reunión previa, a la iniciación de la obra, con la participación del CONTRATANTE y el CONSTRUCTOR; con el objeto de unificar criterios de ejecución del proyecto.
27. Verificar que el CONSTRUCTOR inicie la obra dentro del plazo acordado.
28. Verificar que el avance las obras, tanto desde el punto de vista de las metas físicas como de la inversión acumulada, se ajuste a la programación.
29. Solicitar al CONSTRUCTOR las acciones necesarias para recuperar los atrasos cuando los haya o para garantizar debidamente la marcha de los trabajos si se encuentran objeciones a la forma como se están realizando.
30. Realizar el comité de obra, que consiste en celebrar reuniones periódicas de coordinación con el CONTRATANTE y el CONSTRUCTOR para evaluar el desarrollo de las obras, adelantar el estudio y solución de los problemas que puedan afectar la marcha del proyecto e introducir los cambios que sean necesarios en la programación.
31. Llevar un registro diario, en la bitácora, del personal que el CONSTRUCTOR tenga en la obra, así como del trabajo realizado en cada jornada, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes impartidas al contratista de obra, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la
programación detallada de la obra. Esta bitácora debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el director de interventoría y los residentes.
32. Realizar de manera conjuntamente con el contratista de obra el acta de recibo parcial de obra para dar trámite a su respectiva factura.
33. De acuerdo al acta de recibo parcial de obra, elaborar su acta parcial de pago adjuntando los documentos requeridos.
34. Vigilar que el CONSTRUCTOR invierta el anticipo recibido del CONTRATANTE, en gastos exclusivamente imputables a la obra y de acuerdo con el plan de inversión del anticipo presentado por el mismo y aprobado por el Contratista de interventoría, y el CONTRATANTE.
35. Elaborar y presentar los informes especiales que solicite el CONTRATANTE.
36. El contratista de interventoría debe ejecutar la liquidación final del contrato de obra, cuyo plazo será de treinta (30) días únicamente. Durante este tiempo el CONSTRUCTOR deberá entregar al INTERVENTOR los paz y salvo de proveedores de materiales, de contratistas de mano de obra, del personal de la obra contratado, de aportes parafiscales, los aportes a salud, pensiones y cesantías y seguridad social, caja de compensación familiar, ICBF y SENA, del mes anterior, debidamente canceladas, como requisito indispensable para el pago de la última cuenta de cobro.
37. Consultar con el CONTRATANTE toda prórroga en el plazo fijado o en los plazos adicionales que el CONSTRUCTOR solicite para compensar las demoras que se puedan causar durante la ejecución de los trabajos de construcción. LA INTERVENTORÍA se abstendrá de pronunciarse hasta tanto el CONTRATANTE decida sobre la petición y defina su posición sobre el término de xx xxxxxxxx.
00. Revisar y aprobar las cuentas mensuales de pago de actas o facturas; verificará que la información económica y financiera acumulada, el valor de la obra ejecutada acumulada, el desembolso del anticipo, y todas las informaciones adicionales estén correctos, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada; las actas y cuentas de obra ejecutada deberán ser remitidas por la INTERVENTORÍA debidamente aprobadas y firmadas para visto bueno y su trámite de pago, por parte del funcionario que designe el CONTRATANTE.
39. Verificar que el CONSTRUCTOR haga la entrega a satisfacción de la vivienda al beneficiario, con su correspondiente acta de recibo y póliza de calidad y estabilidad de obra.
40. Verificar que las instalaciones eléctricas sean realizadas por un profesional competente según RETIE.
41. Todas aquellas otras actividades técnicas que garanticen la ejecución del proyecto con la más alta calidad arquitectónica y estructural.
42. Realizar de manera diligente todos los actos necesarios tendientes a obtener la cumplida ejecución del objeto del presente contrato.
43. Informar oportunamente a EL CONTRATANTE o al supervisor del contrato que se designe para el efecto, cualquier inconsistencia o irregularidad en la ejecución del proyecto.
44. Xxxxxxx y resolver por escrito las consultas y observaciones que formule EL CONTRATANTE a través del Supervisor designado, en relación con los asuntos que forman parte del objeto de este contrato, a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la consulta u observación, según sea el caso.
45. Verificar que el proyecto de vivienda se ejecute de acuerdo con los criterios de calidad exigibles en las especificaciones de construcción, cantidades de obra y normas de construcción.
46. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, de todo el personal vinculado directamente con la interventoría.
47. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
48. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
49. Cumplir a cabalidad con las condiciones pactadas en el Contrato.
50. Presentar la respectiva factura o su documento equivalente cuando esté obligado a ello, de acuerdo con el régimen tributario aplicable al objeto contratado, de las condiciones pactadas, incluido el Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN, requisitos sin los cuales no se podrán tramitar los respectivos pagos. Es obligación de EL INTERVENTOR conocer y presupuestar todos los gravámenes de los cuales es responsable al momento de presentar su propuesta y celebrar el presente Contrato. Por tanto asumirá la responsabilidad y los costos, multas y/o sanciones que se generen por la inexactitud de la información fiscal que haya entregado a EL CONTRATANTE.
51. Mantener indemne a EL CONTRATANTE y al Banco Agrario de Colombia contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por los daños o lesiones causados a terceros por éste durante la ejecución del contrato.
52. Abstenerse de contratar o vincular a las personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato a celebrar.
53. Revisar que el contratista de obra cumpla con todas las actividades descritas en el Anexo Técnico y que hace parte integral de contrato de obra, objeto de esta interventoría.
54. los documentos relativos a organización de la interventoría para el desarrollo del objeto del presente contrato, conforme a los siguientes criterios: -1. El enfoque y metodología de la interventoría
que ejecutará en desarrollo del Contrato.-2. Distribución mensual del personal y demás recursos para la Interventoría consecuente con su propuesta económica, para la aprobación por parte de EL CONTRATANTE. -3. Organigrama en el cual se indique con nombres propios el personal profesional de interventoría que participará en las diferentes actividades del Contrato, acompañado de la descripción general de las actividades que adelante cada uno y de un cuadro en el cual se indique la dedicación y participación de cada uno de los integrantes en el desarrollo de la Interventoría.
55. Ejecutar las actividades del objeto contractual dentro del plazo establecido en el presente contrato.
56. Mantener al frente de los trabajos todos los recursos necesarios (equipos, materiales y personal) para el normal y completo desarrollo del objeto contractual, ello implica tener disponible y emplear en la ejecución del contrato el personal requerido para su correcta ejecución, de conformidad con lo establecido en los requerimientos de personal mínimo. Si durante la ejecución del contrato se requiere el cambio de personal o de alguno de los profesionales, este deberá reemplazarse por otro de igual o de mayor calidad, previamente aprobado por EL CONTRATANTE.
57. Mantener en el lugar de las actividades contractuales todas las medidas de orden y seguridad convenientes para evitar accidentes, tanto en relación con su personal como de terceros.
58. Suscribir conjuntamente con el Contratista de Obra las actas de Inicio, parciales, de Finalización y Liquidación del Contrato, así como las Actas de Suspensión y los demás documentos previstos en el contrato, asumiendo así plena responsabilidad por la veracidad y calidad de la información contenida en ellas.
59. Elaborar y entregar a EL CONTRATANTE oportunamente el Informe Final de la Interventoría.
60. Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra las normas de seguridad industrial y de protección en los sitios de ejecución del contrato.
61. Constituir las garantías suficientes y necesarias conforme lo previsto en el presente contrato, y a efectuar las correcciones o ajustes a que haya lugar y que le sean solicitadas por EL CONTRATANTE para su aprobación, sin ello el Contratante no efectuará ningún pago.
62. Realizar y asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de las actividades contractuales, lo mismo que el pago de los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas.
63. Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la celebración del presente contrato, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal de EL INTERVENTOR y/o del revisor fiscal de cada una de las entidades que conforman el Consorcio o Unión Temporal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, o por la persona natural contratista. Así mismo, deberá acreditar dicho requisito para cualquier pago que se realice con
ocasión del presente contrato, de conformidad con en el artículo 50 xx xxx 789 de 2002 y demás normas que modifiquen, aclaren o deroguen.
64. Revisar, comentar y aprobar los informes y productos entregados por el contratista de obra, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de los mismos.
65. Xxxxxxx y aprobar el cronograma de obra y sus actualizaciones presentadas por los contratistas de obra.
66. Verificar y aprobar que los contratistas de obra cumplan con los diseños de obra estipulados en el proyecto.
67. Realizar todas las actividades correspondientes a la liquidación del contrato de obra objeto de la interventoría, entregando toda la información requerida y garantizando mediante acta de Recibo Final a Satisfacción que se hayan elaborado las obras de acuerdo al contrato de obra.
68. Participar en las reuniones de seguimiento y visitas de campo convocadas por EL CONTRATANTE proponiendo alternativas, generando soluciones y demás acciones para el buen desarrollo del proyecto y suscribir las actas correspondientes a dichas reuniones.
69. Celebrar semanalmente, o cada vez que se estime conveniente, reuniones de seguimiento con el contratista de obra y el Supervisor designado por parte de EL CONTRATANTE, con el fin de analizar y discutir los diferentes aspectos técnicos, financieros y administrativos relacionados con el contrato de obra. Lo tratado en estas reuniones se consignará en un Acta (Acta de Comité de Seguimiento) la cual deberá ser levantada por EL INTERVENTOR. Las cuales se podrán llevar a cabo de manera virtual.
70. Asistir y participar en las mesas de trabajo conjuntas que se programen. Estas se desarrollarán entre el contratista de obra, la Interventoría y EL CONTRATANTE. Dicha reunión tendrá como propósito la conciliación, unificación de criterios y suscripción de acuerdos que garanticen el buen desarrollo del proyecto. Suscribir las actas correspondientes. Las cuales se podrán llevar a cabo de manera virtual.
71. Verificar que el contratista de obra del haga entrega de la información requerida de conformidad con lo establecido en el señalado contrato.
72. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con: a) Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra. b) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual. c) Dotación xx xxxxxxx y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual. d) Cumplir con la normatividad vigente para el trabajo de personal en alturas. Entre las cuales deben estar: dotación equipos de seguridad, (arnés, líneas de vida, manila certificada, mosquetones y todos los demás elementos necesarios para realizar el trabajo), suministro de personal calificado y certificado que adopte las medidas de seguridad vigentes.
73. Exigir al contratista de obra implementar todos los frentes de trabajo requeridos en la ejecución de las obras. Lo anterior, para dar cumplimiento al cronograma establecido para la ejecución del objeto del contrato de obra.
74. Cumplir y hacer cumplir al contratista de obra, el personal profesional y no profesional mínimo requerido para ejecución de las unidades de vivienda con el propósito de dar cumplimiento a los frentes de obra exigidos.
75. Presentar informe mensual en forma documentada, soportada y ordenada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del respectivo mes, los cuales deberán contener, por cada frente de trabajo lo siguiente: a) Avance de cada una de las actividades programadas. b) Cantidades de obra ejecutadas. c) Registros fotográficos. d) Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas. e) Fotocopia de la bitácora o libro de obra. f) Resumen de las actividades realizadas en el mes. g) Relación del personal empleado en la ejecución del presente objeto contractual. h) Informe de seguridad industrial. i) Informe de manejo ambiental. j) Informe de manejo e inversión del anticipo con los respectivos soportes. k) Actualización del programa de ejecución de obra. l) Acreditación que tanto EL INTERVENTOR y el Contratista de Obra se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda. m) Informe acerca del Estado y Actualización de las pólizas que así lo requieran.
76. Presentar informe final en forma documentada, soportada y ordenada, el cual deberá contener:
a) Resumen de actividades y desarrollo de la obra. b) Documentación técnica, entre ella: Bitácora de obra; b) Acreditación que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
c) El Estado y la actualización de las pólizas que así lo requieran. d) Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas. f) Registro fotográfico definitivo e Informe con la descripción y resultado de todas las pruebas requeridas por EL CONTRATANTE.
77. Elaborar y presentar conjuntamente con el Contratista de Xxxx, las actas de entrega final de obra y de liquidación.
78. Utilizar, los planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción entregadas por EL CONTRATANTE únicamente para el desarrollo del objeto contractual, sin que por ello se entienda conferido algún derecho de propiedad intelectual y material. Su entrega, en ningún caso, se entenderá como cesión de derechos o licenciamiento.
79. Revisar, junto con el Contratista de Obra, en caso de suministrarse la calidad, cantidad y coherencia de la totalidad de los planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción para la mejor definición del alcance técnico de cada frente.
80. Aprobar, dentro de los ocho (8) días siguientes a la entrega por parte del contratista de obra, lo siguiente: a) Programas Detallados para la Ejecución de la Obra: estos deberán estar elaborados hasta el nivel de capítulos e ítems, teniendo en cuenta la información presentada en la propuesta del
contratista de obra, entre otros aspectos, los planos, los documentos técnicos y las condiciones del sitio de los trabajos. Los programas serán como mínimo: Programa general de obra; Programa por frentes; Programa de compras y suministros y Programa de subcontratos y equipos. b) Programas Complementarios: Programa de Sistema de Gestión de seguridad y Salud del Trabajo.
81. Asesorar al Contratista de obra sobre los objetos de valor arqueológico que encuentre en los sitios de trabajo o que descubra durante la ejecución del contrato, debiendo dar cuenta de ello inmediatamente a EL CONTRATANTE. Deberá evitar que sus empleados o los empleados del contratista de obra invadan o perjudiquen en cualquier forma zonas o monumentos que tengan interés arqueológico, histórico o turístico.
82. De manera expresa, queda prohibido para EL INTERVENTOR y sus dependientes, cualquier tipo de contratación, subcontratación, relación laboral, pago, remuneraciones en especie por colaboración, destajo, apoyo, ayuda para la realización de cualquier actividad del desarrollo del contrato con los beneficiarios del subsidio de vivienda de interés social rural.
83. Obrar con diligencia y profesionalismo en la gestión encomendada, con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones.
84. Dar inmediato aviso a EL CONTRATANTE, acerca de la ocurrencia de cualquier evento o circunstancia que altere el normal desarrollo y/o ejecución del contrato.
85. Acatar de inmediato las recomendaciones u observaciones que le haga EL CONTRATANTE a través del Supervisor designado.
86. Mantener la confidencialidad sobre toda la información de propiedad de EL CONTRATANTE esta obligación igualmente recaerá al representante o dependiente de EL INTERVENTOR durante el desarrollo del contrato, y no podrá utilizarla bajo ninguna circunstancia, salvo requerimiento judicial.
87. No ceder el presente contrato, sin la previa autorización por escrito de EL CONTRATANTE.
88. Alimentar el sistema de información que señale el contratante.
89. Las demás que se desprendan de la legislación aplicable a esta modalidad contractual.
TERCERA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: En virtud de este contrato el Contratante se obliga a:
1. Realizar los pagos de forma oportuna, correspondientes a las actas parciales que presente EL INTERVENTOR, siempre y cuando dichos documentos cumplan con los requisitos y soportes establecidos para tal efecto.
2. Informar oportunamente al Contratista de Obra, sobre quién será la persona natural o jurídica designada para ejecutar la Interventoría al Contrato de Obra, quien tendrá el deber de realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado.
3. Vigilar y supervisar a EL INTERVENTOR en la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual.
4. Disponer de los recursos necesarios que garanticen la ejecución idónea del contrato y realizar los desembolsos en la forma que se pacte de conformidad a lo establecido en la Cláusula Sexta del presente contrato.
5. Notificar por escrito a EL INTERVENTOR cualquier reclamación relacionada con sus obligaciones contractuales.
6. Cooperar con EL INTERVENTOR en todo aquello que sea necesario y/o conveniente para el adecuado desarrollo del objeto del contrato; en consecuencia, se compromete a suministrar la documentación e información requerida por éste.
CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será el mismo tiempo de la duración del contrato de obra No. 001-2018 (6 meses) y un mes más para su liquidación, es decir SIETE
(7) meses en total, dicho plazo se contará a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las garantías exigidas por EL CONTRATANTE en el presente documento. La liquidación del contrato podrá realizarse de común acuerdo por las partes, mediante la suscripción del acta de liquidación final del contrato. De no mediar acuerdo podrá efectuarse por EL CONTRATANTE en forma unilateral dejando las constancias que sean del caso.
QUINTA.- VALOR DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales el valor del presente contrato corresponde a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTE PESOS ($292.019.420,oo) MONEDA CORRIENTE incluido IVA.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATANTE NO reconocerá ningún valor adicional al pactado en la presente cláusula.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para todos los efectos legales, presupuestales y fiscales, se entenderá que el valor de la propuesta presentada por EL INTERVENTOR incluye IVA, cuando el bien y/o servicio contratado no éste excluido de tal gravamen por la Ley. No realizará ningún pago a favor de EL INTERVENTOR sin la correspondiente aprobación a las pólizas o garantías exigidas en el presente contrato.
PARÁGRAFO TERCERO: Todos los pagos se efectuarán previa presentación y aprobación de la factura por el servicio prestado y del informe del supervisor y visto bueno del Interventor, así como la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales, riesgos profesionales y de seguridad social de sus empleados dentro de los últimos seis (6) meses de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
PARÁGRAFO CUARTO: El valor correspondiente al pago será consignado por EL CONTRATANTE en la cuenta que indique EL INTERVENTOR dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la factura o documento equivalente junto con todos los documentos requeridos para el efecto por parte de EL INTERVENTOR, previa aprobación por parte del supervisor.
SEXTA.- ANTICIPO: El Contratante ha establecido un anticipo del veinticinco (25%) por ciento del valor del presente contrato, previa aprobación de las garantías por parte del Contratante, de la entrega del
plan de trabajo y firma del acta de inicio.
SÉPTIMA.- FORMA DE PAGO: Todo pago está sujeto a la disposición de recursos transferidos por el Banco Agrario de Colombia a las cuentas del Patrimonio Autónomo y se realizará de la siguiente forma:
Teniendo en cuenta los desembolsos que recibirá la Fiduciaria para los proyectos, todo pago a los contratistas estará sujeto al desembolso que realice el BAC a la fiduciaria y se establece la siguiente forma de pago para el contratista de interventoría a) El treinta por ciento (30%) del valor del contrato a título de anticipo, el cual iniciará su trámite a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio y aprobación del desembolso en el comité de validación del proyecto. b) El valor del contrato de interventoría, se empezará a pagar una vez se haya alcanzado un avance de ejecución de obra viviendas terminadas y entregadas a satisfacción por parte del contratista de obra mínimo xxx xxxx por ciento (10%) por proyecto, momento en el cual se cancelará el valor correspondiente a dicho porcentaje; los demás pagos se harán de acuerdo con el avance de obra ejecutada presentado en actas parciales con un mínimo de 10 unidades de vivienda terminadas y entregadas a satisfacción por parte del contratista de obra, de conformidad con el cronograma aprobado por el supervisor del contrato, hasta alcanzar un noventa por ciento (90%) del valor del contrato. c) El diez por ciento (10%) restante del valor del contrato, se reconocerá en el acta de liquidación del mismo. Por cada pago que efectúe la fiduciaria, ésta descontará un treinta por ciento (30%) como amortización del valor del anticipo establecido en el literal a).
Es importante resaltar que el avance de obra y reconocimiento de pago al contratista de interventoría se medirá por las viviendas efectivamente terminadas y recibidas a satisfacción por parte del contratista de obra. Es decir, para un proyecto de 100 viviendas el 10% de avance de obra corresponderá a 10 viviendas totalmente terminadas y recibidas a satisfacción. Sin embargo, el contratista deberá contar con el recurso suficiente para cubrir con recursos propios la ejecución interventoría del proyecto hasta tanto no sea recibido el segundo y tercer desembolso de recursos por parte del Banco Agrario de Colombia.
La INTERVENTORÍA, por tratarse de un proyecto con características rurales, debe disponer de los medios de transporte necesarios para el desplazamiento de su personal a cada una de las viviendas en construcción, le corresponde realizar la dotación de las líneas telefónicas con destinación exclusiva para su uso, Internet, equipos de cómputo y muebles de oficina que llegare a necesitar. Los pagos se harán de acuerdo con el porcentaje de la obra ejecutada, entiéndase como obra ejecutada la entrega y recibo a satisfacción de las obras, presentado en actas parciales.
El CONTRATANTE realizará los pagos en un término no superior a días (10) días hábiles después de recibida la factura o documento equivalente acompañada de los documentos necesarios.
Para el pago correspondiente, el INTERVENTOR deberá anexar a la respectiva factura o documento equivalente, informe físico y magnético del mes correspondiente del avance de las obras, copia de las cuentas de los aportes a la Salud, Pensiones y Cesantías y Seguridad Social: Caja de Compensación Familiar, ICBF y SENA, del mes anterior, debidamente canceladas, como requisito indispensable para el pago.
Cada pago realizado incluye entre otros los gastos de administración, honorarios, salarios y prestaciones sociales del personal, incrementos salariales y prestacionales, horas extras nocturnas, diurnas, festivas,
desplazamiento, dotación, trasporte, arriendos, alojamiento, alimentación, funcionamiento y apoyo de la oficina central. Dotación de campamentos, mobiliario, cámaras, papelería, fotocopias, copias heliográficas planos, caja menor, baños, instalación y sostenimiento de la seguridad industrial y salud ocupacional, computadores e impresoras con su software, pólizas y sus ampliaciones, todos los impuestos, deducciones, contribuciones a cargo del contrato, en general todo costo en que incurra EL INTERVENTOR para el cumplimiento del objeto del contrato en su ejecución y administración. Los valores totales contenidos en el presente contrato NO se actualizarán.
PARÁGRAFO PRIMERO: En concordancia con lo establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003, el Supervisor deberá en el momento de autorizar los pagos, verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL INTERVENTOR frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, durante la vigencia del contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas. En el Evento que no se hubieran realizado la totalidad de los aportes, el supervisor deberá informar y dejar constancia en el acta de liquidación a fin de retener las sumas adeudadas al Sistema en el momento de la liquidación; el CONTRATANTE efectuará el giro de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de Salud y Pensiones conforme lo establece la Ley.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor correspondiente al pago será consignado por EL CONTRATANTE en la cuenta que indique EL INTERVENTOR dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la factura o documento equivalente junto con todos los documentos requeridos para el efecto por parte del CONTRATANTE, previa aprobación por parte del supervisor.
OCTAVA.- SUPERVISIÓN: EL CONTRATANTE ejercerá la vigilancia de la ejecución del Profesional Técnico de la Unidad de Gestión VISR designado por la Gerencia de la Unidad de Gestión VISR o quien haga sus veces, quien como supervisor, deberá verificar que el servicio suministrado y la calidad del mismo sea óptimo e impartir el visto bueno respectivo para efectos del pago a EL INTERVENTOR y realizar las gestiones establecidas en el instructivo de supervisores que tiene implementado EL CONTRATANTE.
PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATANTE podrá designar un supervisor diferente al designado en la presente cláusula, dicha designación deberá realizarse por escrito y deberá ser comunicada esa circunstancia a EL INTERVENTOR sin que este hecho requiera modificación del presente contrato.
NOVENA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Existe la correspondiente partida presupuestal para atender el gasto que genera esta contratación, de acuerdo con la aprobación del proyecto realizada por el Banco Agrario de Colombia a través de la Gerencia de Vivienda, mediante comunicación GV-06643 de fecha 2 de octubre de 2017 para el proyecto VISR INCODER PASTOS Y QUILLASINGAS – MUNICIPIO XX XXXXXX – RESGUARDO PASTAS XXXXXX; sin embargo, los pagos están supeditados a los desembolsos que realice el Banco Agrario de Colombia a las cuentas del Patrimonio Autónomo VISR, hecho que conoce y acepta el CONTRATISTA.
DÉCIMA.- NORMATIVIDAD APLICABLE: El presente contrato se rige por las normas del derecho privado.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍAS: El INTERVENTOR para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, se obliga a constituir en una compañía de seguros legalmente constituida
en Colombia, la Garantía de Cumplimiento en formato para Entidades Particulares a favor del Patrimonio Autónomo VISR Nit. 830.053.630-9, que contemple los amparos que se señalan a continuación:
1. Buen Manejo y correcta inversión del Anticipo: Este amparo será por el 100% del valor del anticipo para garantizar su buen manejo, destinación exclusiva al objeto del presente contrato, amortización y devolución, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) meses más. 2. Cumplimiento de las obligaciones contractuales por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más. 3. Calidad del servicio prestado por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia por el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de recibo y entrega final de la obra. 4. Responsabilidad Civil Extracontractual: En póliza independiente por el 20% del valor del contrato, para amparos de responsabilidad extracontractual civil extracontractual por daños a tercero acciones u omisiones imputables al INTERVENTOR o sus dependientes subordinados o subcontratistas derivada de la ejecución del contrato con una vigencia igual a la ejecución del contrato. El hecho de la constitución de esta garantía, no exonera a El INTERVENTOR de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
PARÁGRAFO PRIMERO: La garantía debe ser aprobada por EL CONTRATANTE, como requisito para la suscripción del acta de inicio e iniciación del contrato. EL INTERVENTOR quedará obligado a efectuar las correcciones a que haya lugar y aportar el recibo o certificación de pago de la póliza.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de que el contrato se prorrogue, suspenda o en cualquier otro evento en que fuere necesario, EL INTERVENTOR se obliga a ampliar las garantías de acuerdo con las normas vigentes.
DÉCIMA SEGUNDA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. b) Por mutuo acuerdo, siempre que de ello no se deriven mayores costos para EL CONTRATANTE, ni se causen otros perjuicios. c) Por la suspensión del contrato de obra No. 001-2018. La suspensión se hará constar en acta motivada, suscrita por las partes. El término de la suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato
DÉCIMA TERCERA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato podrá darse por terminado por las siguientes causas:
1. Por vencimiento del plazo inicialmente pactado en el contrato de obra No. 001-2018 o el de alguna de sus prórrogas.
2. Por vencimiento del plazo inicialmente pactado o el de alguna de sus prórrogas.
3. Por cumplimiento del objeto contractual.
4. Por mutuo acuerdo de las partes, en cualquier momento.
5. Unilateralmente por parte de la FIDUCIARIA en cualquier momento, sin lugar a generar indemnizaciones, multas, la imposición de la cláusula penal o cualquier otro tipo de erogación a favor del CONTRATISTA. En este evento, LA FIDUCIARIA deberá notificar al CONTRATISTA su intención de terminación, con una antelación no menor a (30) días calendario.
6. Por encontrarse EL CONTRATISTA o su(s) representante(s) legal(es) en cualquier tipo de investigación o proceso relacionado con delitos fuente de lavado de activos y de la Financiación del Terrorismo en cualquier lista inhibitoria.
7. Por encontrarse EL CONTRATISTA reportado en el Boletín de Responsables Fiscales.
8. Por la vinculación del Contratista y/o de sus socios en listas nacionales o extranjeras que reporten actividades relacionadas con el lavado de activos o financiación del terrorismo.
9. Por la renuencia del contratista en actualizar la información relacionada con el Sarlaft.
10. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, a opción de la parte cumplida.
11. Por la no constitución o modificación de la garantía solicitada en el presente contrato.
12. Por no cumplir cualquiera de las partes la obligación de confidencialidad.
13. Por las causales xx xxx.
DÉCIMA CUARTA.- CESIÓN: Ni el presente contrato ni los derechos y obligaciones que de él surjan, podrán ser cedidos por EL INTERVENTOR a ningún título a otra persona natural o jurídica sin el consentimiento previo, expreso y escrito de EL CONTRATANTE.
El contratante en cualquier tiempo podrá ceder el presente contrato sin autorización previa de EL INTERVENTOR, para lo cual, bastará con la notificación realizada a éste, informándole de la cesión y los términos de la misma.
DÉCIMA QUINTA: INDEPENDENCIA DEL INTERVENTOR: EL INTERVENTOR es una persona
independiente de EL CONTRATANTE, y en consecuencia no tiene calidad de representante, agente o mandatario. EL INTERVENTOR no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos, ni tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a cargo de EL CONTRATANTE.
DÉCIMA SEXTA.- AUSENCIA DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD: EL INTERVENTOR manifiesta bajo
la gravedad de juramento, que no le asiste ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad en los términos xx xxx para suscribir el presente contrato, el cual se entenderá prestado con la firma del presente contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL INTERVENTOR responderá por haber ocultado al contratar, inhabilidad, incompatibilidad o prohibición legal para celebrar o ejecutar el presente contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL INTERVENTOR, éste cederá el contrato previa autorización escrita de ELCONTRATANTE o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero previa autorización escrita de la entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
DÉCIMA SÉPTIMA.- PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y SEGURIDAD INDUSTRIAL: EL INTERVENTOR
deberá tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su servicio y de terceros, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes sobre la materia. Será responsable por todos los accidentes que pueda sufrir su personal o la comunidad como resultado de la negligencia o descuido en tomar las
medidas de seguridad necesarias. Por consiguiente todas las indemnizaciones correspondientes serán a cargo de EL INTERVENTOR.
DÉCIMA OCTAVA.- DECLARACIONES DEL INTERVENTOR: EL INTERVENTOR declara:
Que conoce y acepta las condiciones aquí establecidas.
Que tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones y recibió del CONTRATANTE respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
Que se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente Contrato.
Que conoce y acepta que los pagos que realice el CONTRATANTE se realizarán en la medida que el Banco Agrario de Colombia coloque los recursos en las cuentas del Patrimonio Autónomo VISR.
Que al momento de la celebración del presente contrato no se encuentra en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad.
Que se encuentra x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral.
Que el valor del contrato incluye todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento del objeto del presente contrato.
Que durante la ejecución del presente Contrato realizará todas las actividades necesarias para la ejecución final de la obra, cumpliendo con el Cronograma presentado.
Que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
Que se compromete a no contratar menores de edad para el ejercicio del objeto contractual, así como a no permitir que se subcontrate a menores de edad para tales efectos, dando aplicación a la Resolución 1677 de 2008 del Ministerio de la Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
DÉCIMA NOVENA.- MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las controversias o diferencias que ocurran entre las partes, por razón del presente Contrato, en su perfeccionamiento, ejecución, desarrollo o liquidación, podrán ser resueltas entre éstas mediante cualquier método de arreglo directo. Para tales efectos, las partes podrán disponer de un término de cinco (5) días hábiles para resolver la controversia, contados a partir del momento en el cual la parte que suscitó el conflicto, lo haya puesto en conocimiento de la otra parte.
Si transcurrido el anterior término, subsisten las diferencias entre las partes, las mismas podrán ser sometidas, por un término xx xxxx (10) días hábiles adicionales, a la decisión extrajudicial de dos amigables componedores, nombrados por la Cámara de Comercio de Bogotá.
Si transcurrido el anterior término, subsisten las diferencias, éstas podrán ser sometidas, por un término xx xxxx (10) días hábiles adicionales, a la etapa de conciliación del Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Si la etapa anterior también se frustra, las diferencias, en forma definitiva serán sometidas al conocimiento y decisión de la Jurisdicción Ordinaria o Contencioso Administrativa, según corresponda.
VIGÉSIMA.- INDEMNIDAD: Los daños y perjuicios que EL INTERVENTOR ocasione a terceros o a EL CONTRATANTE en desarrollo del presente contrato, bien sea a las personas o a las cosas, serán reconocidos y pagados directamente por EL INTERVENTOR, totalmente a sus expensas.
VIGÉSIMA PRIMERA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Las partes manifiestan y dejan expresa constancia que el presente contrato no genera ninguna relación laboral entre EL INTERVENTOR y/o el personal que éste destine para la ejecución del mismo y EL CONTRATANTE. El personal destinado por EL INTERVENTOR para la prestación del servicio pactado será dirigido y supervisado en forma directa y constantemente por éste, quien se hace responsable de su buen rendimiento e idoneidad, así como por el pago de sus salarios y demás prestaciones a que tengan derecho, asumiendo en consecuencia la calidad de empleador.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD: EL INTERVENTOR, durante el plazo de ejecución del contrato y cinco años más, se obliga con EL CONTRATANTE a mantener en absoluta reserva, y a abstenerse de comunicar, divulgar, reproducir o utilizar, para sí o para terceros por cualquier medio, los documentos y/o la información respecto de los cuales tenga conocimiento en desarrollo de la gestión encomendada. El incumplimiento, por acción u omisión, de la presente obligación, implicará responsabilidad de EL INTERVENTOR por los perjuicios que se puedan derivar para EL CONTRATANTE.
VIGÉSIMA TERCERA.- AFILIACIÓN Y PAGO DE SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: EL
CONTRATISTA se obliga a mantenerse al día en el pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
VIGÉSIMA CUARTA.- LIBRE DISCUSIÓN: El presente contrato de INTERVENTORIA que se suscribe, fue discutido y consentido libremente por el CONTRATISTA y EL CONTRATANTE, concertando todas y cada una de las cláusulas, en armonía a los principios fundamentales de igualdad, razonabilidad y proporcionalidad, por lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo ordenado y manifestado.
VIGÉSIMA QUINTA- DOMICILIO: Para todos los efectos legales, las partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C., para lo cual registran en este documento su dirección, así:
El CONTRATANTE: Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 Xxxx 00 Xxxxxxxx Xxxxxxx
Teléfono: 000 00 00 Bogotá D.C.
EL INTERVENTOR:
VIGÉSIMA SEXTA.- DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Contrato de obra 0XXXX-2018 y su cronograma. b) Anexo técnico. c) Actas y demás documentos que se produzcan durante la ejecución del contrato.
Los documentos del contrato definen y complementan igualmente las actividades y obligaciones a realizar por parte de EL INTERVENTOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- PERFECCIONAMIENTO: El presente Contrato de Interventoría se perfecciona con la firma de las partes.
Las partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del presente documento, por lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo ordenado y manifestado.
Para constancia de lo anterior, suscribimos el presente contrato en dos (2) ejemplares originales con destino a EL CONTRATANTE y a El INTERVENTOR, en la ciudad de Bogotá, D.C.,
Por el contratante, Por el Interventor,
XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX