CONTRATO DE SERVICIOS Procedimiento Abierto VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento Abierto VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN |
Tramitación ordinaria
Tramitación urgente
Tramitación anticipada
Expte. nº A3/2019
P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S P A R T I C U L A R E S
CUADRO RESUMEN
A. PODER ADJUDICADOR
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE | C O N S O R C I O D E L T Ú N E L D E B I E L S A - A R A G N O U E T |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | C O N S O R C I O D E L T Ú N E L D E B I E L S A - A R A G N O U E T |
SERVICIO GESTOR | C O N S O R C I O D E L T Ú N E L D E B I E L S A - A R A G N O U E T |
Fecha Resolución inicio del expediente de contratación: 15/05/2019 | |
Dirección del órgano de contratación y correo electrónico: Ctra. A-138, PK91, 22365 PARZÁN, XXXXXX |
B. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
Contrato de conservación, mantenimiento y explotación del Túnel de Bielsa-Aragnouet y sus accesos 2019-2022, II | ||
CPV: 50230000-6 | ||
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO POSIBILIDAD DE LICITAR POR SUBLOTES/PARTIDAS: SI NO | Limitaciones en lotes: SI, ver Anexo I NO |
C. CONTRATO RESERVADO
SI NO | Centros especiales de empleo. Centros de inserción social. Otros (especificar organización ): |
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (Ver Anexo II)
Importe de licitación (IVA excluido) | Tipo IVA aplicable: Importe IVA | Presupuesto base de licitación (IVA incluido) |
Total: 3.193.289,73 € | Total: 670.590,84 € | Total: 3.863.880,57 € |
Aplicación Presupuestaria: | Presupuesto ordinario 2019, 2020, 2021 y 2022 | |
SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO: El sistema de determinación del precio es por precio global. |
E. VALOR ESTIMADO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA SI NO | |||
TOTAL | |||
Importe de licitación (IVA excluido) | 3.193.289,73€ | ||
Incremento de unidades de ejecución | |||
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido) | 638.657,95€ | ||
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido) | |||
Importe de las opciones eventuales (IVA excluido) | |||
Prórroga (IVA excluido) | 2.128.859,82€ | ||
TOTAL VALOR ESTIMADO (IVA excluido) 5.960.807,50€ |
F. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN
Consorcio túnel de Bielsa-Aragnouet | |
100 % |
G. ANUALIDADES
EJERCICIO | A cargo del Consorcio IVA incluido | |
2019 | 117.997,98€ | |
2020 | 1.287.960,19€ | |
2021 | 1.287.960,19€ | |
2022 | 1.169.962,21€ | |
TOTAL | 3.863.880,57€ |
H. PLAZO DE DURACIÓN
Duración del contrato: 36 meses | ||
Prórroga: SI NO | Duración de la prórroga: 24 meses | Plazo de preaviso: General Específico: |
I. PLAZO DE GARANTÍA
Duración: 1 año
J. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
SI NO
K. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Establecidas en el Anexo nº XIII
L. REVISIÓN DE PRECIOS
SI Fórmula: NO
M. GARANTÍA PROVISIONAL
SI Importe: NO
N. GARANTÍA DEFINITIVA
SI NO 5% del importe de adjudicación IVA excluido % del presupuesto base de licitación, en caso de adjudicación por precio unitarios admitida constitución mediante retención de precio | COMPLEMENTARIA Exigida: % No Exigida |
O. SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO
SI Ver Anexo PPTP NO
P. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS
SI, ver Anexo nº VI NO
Q. SUBCONTRATACIÓN
Condiciones de subcontratación para prestaciones parciales: Ver Anexo VII Tareas críticas que NO admiten subcontratación.
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: SI NO
R. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
SI, ver Anexo nº XVI NO
S. DATOS DE FACTURACIÓN
Entidad contratante | Consorcio túnel de Bielsa-Aragnouet | ||
órgano de contratación | Consorcio del Túnel de Bielsa- Aragnouet | CODIGO DIR 3 | X00000000 |
órgano con competencias en materia de contabilidad (Oficina contable) | Consorcio del Túnel de Bielsa- Aragnouet | CODIGO DIR3 | X00000000 |
Destinatario de la prestación (Unidad tramitadora) | Consorcio del Túnel de Bielsa- Aragnouet | CODIGO DIR 3 | X00000000 |
T. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LOS PLIEGOS
Contrato sometido a recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón Contrato sometido a recurso ordinario
Recurso de xxxxxx
Recurso potestativo de reposición
Órgano ante el que interponer el recurso: Ante el órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, en el plazo de xxxxxx xxxx hábiles. El plazo contará desde el día siguiente al de la publicación en el perfil de contratante.
U. CESIÓN DE CONTRATO
SI, ver Anexo VII NO
V. ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I | LIMITACIONES EN LOTES. |
ANEXO II | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE) |
XXXXX XXX | INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) |
ANEXO IV | DECLARACIÓN RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL |
ANEXO V | SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA O PROFESIONAL |
ANEXO VI | ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO |
ANEXO VII | SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN |
ANEXO VIII | MODELO OFERTA ECONÓMICA (SOBRE TRES) |
ANEXO IX | PRECIOS UNITARIOS |
ANEXO X | ADMISIBILIDAD DE VARIANTES |
ANEXO XI | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE DOS) |
ANEXO XII | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE TRES) |
ANEXO XIII | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
ANEXO XIV | PENALIDADES |
ANEXO XV | OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
ANEXO XVI | MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS |
ANEXO XVII | CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL |
ANEXO XVIII | RENUNCIA / DESESTIMIENTO A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO |
ANEXO XIX | COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN |
ÍNDICE DEL CLAUSULADO
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 6
2. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS 6
2.1. Disposiciones Generales 6
2.1.1. Objeto y necesidad del contrato 6
2.1.2. Valor estimado xxx xxxxxxxx 0
2.1.3. Presupuesto base de licitación 6
2.1.5. Existencia de crédito 7
2.1.6. Plazo de duración del contrato 7
2.1.7. Perfil de contratante 7
2.1.8. Notificaciones telemáticas 7
2.2. Cláusulas especiales de licitación 7
2.2.2. Presentación de proposiciones 7
2.2.3. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial 8
2.2.4. Subsanación de documentos 8
2.2.5. Contenido de las proposiciones 8
2.2.5.1. SOBRE Nº UNO. TÍTULO: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. 8
2.2.5.2. SOBRE Nº DOS: TÍTULO: PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA 9
2.2.5.3. SOBRE Nº TRES: TÍTULO: OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR 9
2.2.5.4. Referencias técnicas 10
2.2.6. Efectos de la presentación de proposiciones 10
2.2.7. Mesa de contratación 10
2.2.8. Apertura y examen de las proposiciones 10
2.2.8.1. Apertura de los Sobres nº UNO y calificación de la documentación administrativa 10
2.2.8.2. Apertura y examen de los sobres nº DOS (sólo cuando exista Sobre nº DOS) 10
2.2.8.3. Apertura y examen de los sobres nº TRES 10
2.2.9. Valoración de las ofertas 11
2.2.10. Ofertas con valores anormalmente bajos 11
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 11
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta. 12
2.4. Formalización del contrato 13
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 14
3.2. Obligaciones del contratista 14
3.2.1. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente 14
3.2.2. Subrogación en contratos de trabajo 14
3.2.3. Mantenimiento de condiciones laborales durante la ejecución de los contratos 15
3.2.4. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación 15
3.2.5. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones 15
3.2.6. Obligaciones de transparencia 15
3.4. Derechos de propiedad intelectual o industrial 15
4.1. Valoración de los trabajos 16
4.2. Condiciones especiales de ejecución del contrato 16
4.4. Responsable del contrato 16
4.6. Evaluación de riesgos profesionales 16
4.7.1. Penalidades por demora 16
4.8. Indemnizaciones en los contratos de elaboración de proyectos de obra 17
5.1. Recepción y liquidación 17
5.2. Plazo y devolución de garantía 17
5.3. Responsabilidad en los contratos de elaboración de proyectos de obra 17
7. PRERROGATIVAS DEL CONSORCIO 17
7.1. Modificaciones previstas 18
7.2. Modificaciones no previstas 18
8. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN 18
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato que se adjudique siguiendo el presente Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares tendrá carácter administrativo, y le resultará de aplicación la normativa sobre contratación de las administraciones públicas.
El presente xxxxxx x xxxxx documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente xxxxxx y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este xxxxxx.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de xx xxxxxxxxxx de cumplirlas
Se adjudicará por procedimiento abierto, a tenor de lo previsto en el artículo 156 de xx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
El presente contrato estará o no estará sujeto a regulación armonizada según se lo previsto en el apartado E del cuadro- resumen en función del valor estimado del mismo.
2. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
2.1. Disposiciones Generales
2.1.1. Objeto y necesidad del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente xxxxxx xx el señalado en el apartado B del cuadro-resumen, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y, en su caso, las modificaciones que puedan tramitarse.
Si así se señala en el apartado B del cuadro-resumen existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente xxxxxx al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso.
Si así se señala en el apartado C la participación quedará reservada a las entidades allí indicadas, a todo el contrato o por lotes según lo indicado en el Anexo I.
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en la resolución administrativa de iniciación del expediente cuya fecha de aprobación consta en el apartado A del cuadro-resumen.
2.1.2. Valor estimado del contrato
El valor estimado del contrato recogido en el apartado E del cuadro-resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse.
Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante unidades de ejecución, se podrá incrementar el número de unidades hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación, recogiéndose en la liquidación del contrato.
2.1.3. Presupuesto base de licitación
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el señalado xxxx xxxxxx en el apartado D del cuadro- resumen. El desglose de costes será el recogido en el Anexo II. Cuando se indique en apartado D del cuadro –resumen que el sistema de determinación del precio sea por precios unitarios y las prestaciones estén subordinadas a las necesidades del Consorcio, el presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo.
Si el sistema de determinación del precio del contrato indicado en el apartado D del Cuadro –Resumen es el de precios unitarios, los precios máximos unitarios de licitación, IVA excluido, serán los establecidos en el Anexo IX.
2.1.4. Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y xxxxxx indicar como xxxxxxx independiente el IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que xxxx de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el xxxxxx.
2.1.5. Existencia de crédito
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por xx Xxxxxxxxx. En los expedientes que se tramiten anticipadamente la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
2.1.6. Plazo de duración del contrato
El plazo de ejecución será el que figure en el apartado H del cuadro-resumen. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación prevista en el apartado H del cuadro resumen, que no podrá ser inferior al plazo general de dos meses, respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
2.1.7. Perfil de contratante
La información relativa al presente contrato que, de acuerdo con lo dispuesto en este xxxxxx, vaya a ser publicada a través del perfil de contratante podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Asimismo, se podrá consultar la información publicada en la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxx/xxxx- public/controlPrincipalPublico?accion=ACCION_SELECCIONAR_ORGANO&organismcode=ORG07794&idTipoSubtipo
Notificaciones telemáticas.
Todas las notificaciones y comunicaciones que realice xx Xxxxxxxxx se practicarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Gobierno de Aragón. Las notificaciones se recogerán en el Servicio de Notificación Telemática – Portal del Ciudadano al que se accede a través de la siguiente dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xx_x0
El envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se realizará a través del Servicio de Soporte a la Tramitación, xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xxx/
En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación.
En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento.
En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Soporte a la Tramitación ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.2.
2.2. Cláusulas especiales de licitación
2.2.1. Garantía provisional
De forma excepcional y justificada en el expediente, el órgano de contratación podrá exigir para el presente contrato la constitución de una garantía provisional cuyo importe será el que figure en el apartado M del cuadro – resumen, que no podrá ser superior al 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. El régimen de la devolución, en su caso, de la garantía provisional será el previsto en el artículo 106.4 LCSP.
2.2.2. Presentación de proposiciones
Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el perfil de contratante y, en su caso, en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Cuando las proposiciones se envíen por correo postal deberán remitirse a la dirección señalada en el anuncio de licitación en el párrafo anterior, indicando con claridad la dirección, el órgano de contratación al que se dirigen y el procedimiento de licitación y cumplirán los requisitos señalados en el artículo 80.4 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación la remisión de la oferta. Sin la concurrencia xx xxxxx requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación
La comunicación al órgano de contratación de haberse remitido la oferta por correo postal podrá realizarse por medios electrónicos a la dirección de correo que figura en el apartado A del cuadro – resumen, indicando el número de expediente, título completo del contrato y nombre del licitador, fecha y hora de presentación en la oficina postal, así como los datos relativos al número del certificado del envío.
2.2.3. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial
Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial xxxxxx reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores
2.2.4. Subsanación de documentos
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le xxxx requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres xxxx, a contar desde el siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación.
Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o la mesa de contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta
2.2.5. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones constarán de los sobres que a continuación se indican, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo representa haciendo constar en cada uno de ellos, de modo visible en el exterior el órgano de contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre su respectivo contenido y el nombre del licitador. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado numéricamente.
No obstante, cuando en los criterios de adjudicación de las propuestas reflejados en los Anexos nº XI y XII se concreten diferentes fases de valoración en que operarán los mismos, se presentarán, además del sobre nº UNO tantos sobres DOS y TRES como fases de valoración se hayan fijado.
Toda la documentación xxxxxx presentarse redactada en xxxxxxxxxx. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
2.2.5.1. SOBRE Nº UNO. TÍTULO: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. CONTENIDO:
1 º . ÍNDICE Y DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA (Se hará constar al menos
un CIF o NIF al que dirigir las notificaciones telemáticas para su acceso mediante certificado electrónico de representante o certificado personal respectivamente).
2º. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACION (DEUC). Cumplimentado conforme a las indicaciones contenidas en el Anexo III, firmado por el licitador o su representante. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, xxxxxx presentarse tantas declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas.
3º. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS (UTE), EN SU CASO. Cuando dos
o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en Unión Temporal, se xxxxxx aportar una declaración indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios. El citado documento xxxxxx estar firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la Unión. En estos casos cada una de las empresas xxxxxx presentar su DEUC.
4º. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL, Si se exige garantía provisional conforme al apartado M del cuadro-resumen, ésta se presentará en alguna de las formas previstas en el artículo 108 LCSP y se presentará de la siguiente forma:
- Cuando xx xxxxx de garantías en efectivo, se depositará en la Caja de Depósitos de la Diputación General de Aragón, debiendo entonces incluir en el “sobre nº UNO” el correspondiente resguardo que acredite dicho
depósito.
- Cuando xx xxxxx de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución, ante el órgano de contratación, mediante su incorporación al “sobre nº UNO”.
En el caso de UTE las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el apartado M del cuadro-resumen y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal
5º. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, conforme al modelo que se acompaña como Anexo
IV. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
6º. ESPECIALIDADES EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS.
Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla.
Todas las empresas no españolas deben aportar:
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (artículo 140.1 f. LCSP).
Las empresas de Estados que no xxxx miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
- Informe que acredite la capacidad de obrar expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que xx xxxx constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables.
Los servicios del órgano de contratación o la Mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
El licitador xxxxxx presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un xxxxxx xx xxxxx xxxx hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
2.2.5.2. SOBRE Nº DOS: TÍTULO: PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA
CONTENIDO: Si en el Anexo XI xx xxx incluido criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que deberán ser objeto de evaluación previa, el licitador xxxxxx aportar un Sobre nº DOS en el que incluya la documentación allí exigida. Se deberán presentar los documentos originales, sellados y firmados junto con índice de todos ellos. En ningún caso deberán incluirse en este sobre documentos propios del Sobre nº TRES.
2.2.5.3. SOBRE Nº TRES: TÍTULO: OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR
En este sobre, se xxxxxx incluir la OFERTA ECONÓMICA y el resto de documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador y que estén considerados de evaluación posterior por ser susceptible de evaluación automática por aplicación de fórmulas, de conformidad con lo indicado en el Anexo XII.
La OFERTA ECONÓMICA será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VIII de este xxxxxx, formando parte inseparable del mismo. Las ofertas de los contratantes deberán indicar, como xxxxxxx independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir una proposición en unión temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio xxxx xxxxx a la exclusión de todas las presentadas.
La proposición económica se presentará en caracteres xxxxxx y no se aceptarán aquéllas que xxxxxx omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que xx Xxxxxxxxx xxxxxx fundamental para considerar la oferta.
2.2.5.4. Referencias técnicas.
Asimismo, el licitador xxxxxx presentar cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración. Se incluirán en el Sobre nº DOS en el caso de que sea obligatoria la presentación de este sobre y en caso contrario en el Sobre nº TRES.
2.2.5.5. Variantes.
En el supuesto de que según el apartado J del Cuadro – resumen, se admita la presentación de variantes, los licitadores podrán ofertar alternativas en la forma establecida en el Anexo X y con los requisitos, modalidades y características técnicas fijadas en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y resumidas en dicho Anexo sin que puedan superar el presupuesto máximo del contrato. Cada licitador en la proposición que presente xxxxxx incluir obligatoriamente la solución al trabajo o servicio básico requerido.
2.2.6. Efectos de la presentación de proposiciones
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con xx Xxxxxxxxx.
2.2.7. Mesa de contratación
La mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa. Su composición podrá estar prevista en el Anexo XIX del presente xxxxxx, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
2.2.8. Apertura y examen de las proposiciones
2.2.8.1. Apertura de los Sobres nº UNO y calificación de la documentación administrativa
Concluido el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura de la documentación administrativa presentada por los licitadores en tiempo y forma en el denominado Sobre nº UNO por la mesa de contratación, verificándose que constan los documentos o en caso contrario realizando el trámite de subsanación.
Finalmente, la mesa de contratación procederá a determinar las empresas, las admitidas a la licitación, las rechazadas, y las causas de su rechazo.
2.2.8.2. Apertura y examen de los sobres nº DOS (sólo cuando exista Sobre nº DOS)
En el caso de que la presentación de los Sobres nº DOS sea obligatoria, se procederá, en un plazo no superior a 7 xxxx a contar desde la apertura de los Sobres nº UNO, a la apertura en acto público de los sobres nº DOS, identificados como “PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA”, al objeto de evaluar su contenido con arreglo a los criterios expresados en el Anexo XI.
Dicho acto se iniciará con un pronunciamiento expreso sobre la calificación de las proposiciones efectuadas por la mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y en este caso, las causas de su rechazo.
Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el Sobre nº DOS documentación que deba ser objeto de evaluación posterior (Sobre nº TRES).
De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se xxxxxx xxxxxxxxxx en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias
2.2.8.3. Apertura y examen de los sobres nº TRES
La apertura pública de los Sobres nº TRES se iniciará, cuando no haya sobres nº DOS, con un pronunciamiento expreso sobre la calificación de las proposiciones efectuadas por la mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y, en este caso, las causas de su rechazo.
En el caso de que existan criterios objeto de evaluación previa (Anexo XI), se dará a conocer en este acto el resultado de la misma.
Seguidamente, la mesa de contratación procederá a la apertura de los sobres nº TRES, denominados “OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR” de los licitadores admitidos, dando lectura a las ofertas económicas.
La documentación contenida en estos sobres será evaluada conforme a los criterios expresados en el Anexo XII.
De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se xxxxxx xxxxxxxxxx en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias.
2.2.8.4. Publicidad del resultado de los actos de la mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados
El resultado de los actos de la mesa de contratación de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil de contratante. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
2.2.9. Valoración de las ofertas
Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este xxxxxx.
Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación.
Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI xxxxxx atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo xx xxxxx constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta xxxxxx ser cuantificada.
Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS.
Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente xxxxxx que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.
2.2.10. Ofertas con valores anormalmente bajos.
En el Anexo XII se establecen los parámetros objetivos, en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja.
Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidad, la mesa o en su defecto, el órgano de contratación, antes de llevar a cabo la valoración de todas las ofertas dará audiencia al licitador afectado y tramitará el procedimiento legalmente previsto. En vista del resultado, se propondrá motivadamente al órgano de contratación su aceptación o rechazo, en cuyo caso se excluirá de la clasificación.
2.3. Adjudicación
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas las ofertas, la mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas por aplicación de los criterios indicados en los Anexos XI y XII e identificando la mejor oferta puntuada.
Cuando se produzca empate entre ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en el Anexo XII. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas.
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta.
Los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta para que en el plazo de 10 xxxx hábiles a contar desde el siguiente a aquel en el que haya recibido el requerimiento, presente para su valoración y calificación por la mesa de contratación, mediante originales o copias compulsadas:
1º. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. Si la empresa fuese persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que xx xxxxxx su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Si se trata de un empresario individual será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del D.N.I.
En caso de que el empresario individual no posea DNI xxxxxx presentar fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del documento que le sustituya reglamentariamente
2º. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Diputación General de Aragón.
Datos de la persona que ostenta la representación del licitador: será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente.
En caso de que el representante no posea DNI xxxxxx presentar fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del documento que le sustituya reglamentariamente
Si la empresa fuera persona jurídica el poder xxxxxx figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
En cualquier caso, la presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Xxxxxx, eximirá al licitador de la presentación de la documentación exigida en los apartados 1º y 2º de la presente cláusula.
La presentación del certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado tendrá los efectos previstos en el artículo 96 LCSP y 19 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Xxxxxx acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
2º. Solvencia económica y financiera, y técnica o profesional. Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en el presente xxxxxx (Anexo V).
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La acreditación de la solvencia mediante medios externos exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el Anexo V. El órgano de contratación podrá prohibir, haciéndolo constar en el Anexo V que un mismo empresario pueda concurrir para completar la solvencia de más de un licitador.
El licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización xx Xxxxxxxxx.
3º. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. Si así xx xxxxx en el Anexo V el licitador xxxxxx aportar los certificados allí indicados, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación.
4º. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato.
Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, xxxxxx aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato.
Si el contrato está reservado, conforme al apartado C del cuadro-resumen, xxxxxx aportar el certificado oficial que acredite su condición como centro especial de empleo, empresa de inserción social, o acreditar las condiciones de organización calificada de acuerdo con la Disposición Adicional Cuadragésima octava LCSP.
5º. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
6º. Documentos acreditativos de la efectiva disposición de los medios que, en su caso, se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. (Cuando así se señale en el apartado P del cuadro-resumen.)
7º. Constitución de la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente.
8º. Documentación acreditativa de la subcontratación con aquellas empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar, de acuerdo con el apartado Q del cuadro-resumen. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por xx Xxxxxxxxx.
9º. Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Cláusula de verificación de la documentación aportada:
La mesa de contratación verificará que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos de participación exigidos y se solicitará a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documentación indicada dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx xxxxxxx clasificadas las ofertas.
2.3.3. Garantía definitiva
La garantía definitiva que figura en el apartado N del cuadro-resumen podrá constituirse en cualquiera de las formas legalmente previstas en el artículo 108 LCSP.
Si así xx xxxxx en el citado apartado del cuadro-resumen podrá constituirse mediante retención en el precio. En este supuesto la garantía definitiva será repercutida al contratista, previa autorización expresa, deduciéndose su importe de la primera factura y sucesivas hasta alcanzar la totalidad de la misma.
2.3.4. Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por xx Xxxxxxxxx
La decisión de no celebrar o no adjudicar el contrato y el desistimiento del procedimiento determinará la compensación a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en los términos señalados en el Anexo XVIII o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad xx Xxxxxxxxx.
2.3.5. Adjudicación
La adjudicación del contrato xxxxxx ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. La notificación contendrá la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
El órgano de contratación xxxxxx adjudicar el contrato dentro de xxx xxxxx xxxx hábiles siguientes a la recepción de la documentación a la que se refiere la cláusula 2.3.2
2.4. Formalización del contrato
El contrato se perfecciona con su formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco xxxx a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. Si se tratara de una UTE, su representante xxxxxx presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 2.3.2.
La formalización se realizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En ningún caso podrán incluirse cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización de los contratos xxxxxx asimismo publicarse en el perfil de contratante y en el Diario de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada.
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1. Abonos al contratista
El pago del trabajo o servicio se efectuará a la realización del mismo previa presentación de factura debidamente conformada, y Acta de Recepción cuando proceda.
Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según aparecen en el apartado S del cuadro-resumen:
El contratista xxxxxx presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de 30 xxxx desde la fecha de la prestación. En el caso de servicios de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el xxxxx xxxxxx de 10 xxxx desde la realización de la prestación en el periodo de que xx xxxxx.
La factura xxxxxx presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. Estarán exentas de dicha obligación las facturas cuyo importe total (IVA excluido) sea igual o inferior a 5.000 euros, de acuerdo con la Orden de 15 de enero de 2015, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que xx xxxxxx el importe mínimo para la remisión de facturas electrónicas al Gobierno de Xxxxxx
Por otra parte,xx Xxxxxxxxx xxxxxx aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, dentro de los treinta xxxx siguientes a la prestación del servicio.
Si en la financiación de este contrato participan otras Entidades u Organismos, al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el trabajo ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en los apartados F y G del Cuadro-resumen.
3.2. Obligaciones del contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
3.2.1. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
El órgano de contratación podrá señalar en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas el organismo u organismos de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
3.2.2. Subrogación en contratos de trabajo
En los casos en que legalmente proceda y así se indique en el apartado O del cuadro – resumen, el adjudicatario xxxxxx subrogarse como empleador en los contratos de trabajo señalados en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. En los supuestos en que proceda la subrogación, se estará a lo dispuesto en el correspondiente convenio colectivo o acuerdo de negociación colectiva de eficacia general.
Los contratistas estarán obligados a mantener actualizada la información relativa a la plantilla vigente durante la ejecución del contrato para ponerla a disposición del órgano de contratación cuando sea requerida.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cláusula xxxx xxxxx al establecimiento de las penalidades señaladas en el Anexo XIV del presente xxxxxx.
3.2.3. Mantenimiento de condiciones laborales durante la ejecución de los contratos
La empresa adjudicataria xxxxxx garantizar a las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato y durante toda su vigencia, la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio colectivo de aplicación.
El contratista xxxxxx pagar a sus trabajadores el salario correspondiente, cuyo importe y modalidades será el establecido en el convenio colectivo de aplicación, así como mantener dichas condiciones mientras dure la ejecución del contrato y sus eventuales prórrogas.
El mismo compromiso se exigirá a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad del contratista principal asegurar su cumplimiento frente a la entidad contratante.
El incumplimiento de los compromisos de mantenimiento de las condiciones laborales será causa de resolución de los contratos. Si quien incumpliera el compromiso fuera un subcontratista, el adjudicatario, a requerimiento del órgano de contratación, resolverá el subcontrato, sin indemnización alguna para el adjudicatario.
El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones de la Seguridad Social devengadas, aunque se resuelva el contrato y los trabajadores xxxx subrogados a un nuevo contratista que no asumirá estas obligaciones en ningún caso.
3.2.4. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
El contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezcan en el
Anexo VII
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que éste comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito la intención de celebrar los subcontratos, junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con xx Xxxxxxxxx.
3.2.5. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida encargarse directamente y así se lo xxxx saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que xxxx necesarias para el inicio y ejecución del servicio, solicitando del Consorcio los documentos que para xxxx xxxx necesarios.
3.2.6. Obligaciones de transparencia
El contratista xxxxxx suministrar a la entidad administrativa, previo requerimiento y en un plazo de xxxxxx xxxx, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de xx Xxx 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, la entidad administrativa podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por períodos de xxxxxx xxxx hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5 % del importe de adjudicación.
3.3. Tributos
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que xxxxxx los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como xxxxxxx independiente de acuerdo con la legislación vigente.
3.4. Derechos de propiedad intelectual o industrial
Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste a contratante.
3.5. Revisión de precios
Si procediera la revisión se indicará así en el apartado L del cuadro-resumen que recogerá la fórmula aplicable.
3.6. Cesión del contrato
Los derechos y obligaciones derivados del contrato podrán ser objeto de cesión por el contratista a un xxxxxxx en los términos del artículo 214 LCSP, cuando así se hubiese establecido en el apartado U del cuadro-resumen y conforme a las condiciones adicionales que se establezcan en el Anexo VII.
4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
4.1. Valoración de los trabajos
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este xxxxxx y en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas aprobados por el órgano de contratación y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste diere al contratista el órgano de contratación o el responsable del contrato
La valoración de los trabajos se realizará, conforme al sistema de determinación de precios fijados en el apartado D del cuadro-resumen, en los vencimientos que se hubieran establecido en los pliegos, y si este fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa, se realizará mensualmente.
Podrán realizarse valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y xxxx autorizados por el órgano de contratación.
4.2. Condiciones especiales de ejecución del contrato
Las condiciones especiales de ejecución se describirán en el Anexo XIII y su incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan. Asimismo, se podrán prever en el Anexo XIV penalidades para el incumplimiento de las mismas.
4.3. Plazo de duración
El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado H del Cuadro-resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
4.4. Responsable del contrato
El órgano de contratación designará un responsable del contrato con facultades de supervisión y capacidad para dictar instrucciones sobre la ejecución del contrato.
4.5. Programa de trabajo
Si xx Xxxxxxxxx estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por el empresario para su aprobación por xx Xxxxxxxxx al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba.
4.6. Evaluación de riesgos profesionales
El contratista en todo xxxx xxxxxx realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados, conforme al artículo 22.bis del Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención.
En función de las prestaciones contratadas, xxxxxx adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda, conforme al Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de xx Xxx 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
4.7. Penalidades
4.7.1. Penalidades por demora
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por xx Xxxxxxxxx. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP.
Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las establecidas en el párrafo anterior, éstas se especificarán en el Anexo XII del presente xxxxxx.
4.7.2. Otras penalidades
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, o el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, xxxx xxxxx a la imposición de penalidades cuando así se indique en el Anexo XIV de este xxxxxx y en la forma en él previstas.
4.8. Indemnizaciones en los contratos de elaboración de proyectos de obra
En los contratos cuyo objeto sea la elaboración de un proyecto de obra el contratista estará obligado a indemnizar al Consorcio en caso de desviaciones en el presupuesto de ejecución de la xxxx xxxxxxx a errores u omisiones imputables al mismo, resultando aplicable el baremo de indemnizaciones establecido en el artículo 315 LCSP
5. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
5.1. Recepción y liquidación
El contratista xxxxxx entregar los trabajos realizados o prestar el servicio dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y propondrá que se lleve a cabo la recepción.
La recepción o conformidad se manifestará en un acto formal y positivo dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato o en el plazo que se establezca en el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas en función de las características del contrato. Asimismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser utilizadas de forma independiente.
En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se realizará a la terminación de la prestación contratada o al término del plazo contractual.
5.2. Plazo y devolución de garantía
El plazo de garantía será el establecido en el apartado I del cuadro-resumen o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario. Transcurrido dicho plazo sin que xx Xxxxxxxxx haya formalizado ningún reparo, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad por razón de la prestación efectuada, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
5.3. Responsabilidad en los contratos de elaboración de proyectos de obra
Si el contrato tiene por objeto la elaboración de un proyecto de obra el contratista responderá de los xxxxx y perjuicios que durante la ejecución o explotación de la obra se causen tanto al Consorcio como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 314 LCSP.
En el caso de que se tenga que realizar un modificado no previsto de la obra cuyo proyecto sea objeto del este contrato, se le dará audiencia al redactor para que en un plazo no inferior a tres xxxx formule las consideraciones que tenga por conveniente, con independencia de las responsabilidades en las que hubiera podido incurrir.
6. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causa de resolución del contrato, además de las legalmente establecidas, las previstas en el Anexo XVII del presente Xxxxxx. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP en el plazo de 8 meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo XV, debiendo figurar de manera precisa, xxxxx e inequívoca.
En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 211 a) y b) LCSP, xx Xxxxxxxxx estará facultado para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales xx xxxxx de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo VI podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o xxxx xxxxx, en xx xxxx, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo XIV.
7. PRERROGATIVAS DEL CONSORCIO
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el apartado R del cuadro-resumen, en el Anexo XVI o en los supuestos y con los límites establecidos en los artículos 204 y 205 LCSP. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil
de contratante y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
7.1. Modificaciones previstas
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista.
El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta 5 xxxx, así como el resto de trámites que resulten preceptivos
En caso de prever modificaciones, el Anexo XXX xxxxxx especificar las circunstancias, las condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que xxxx xxxxxx puedan afectar, así como el procedimiento a seguir. En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje xxxxxx quedar referido a cada una de ellas.
En los contratos en los cuales el empresario se obligue ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de prestaciones xx xxxxxx con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades del Consorcio, en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, xxxxxx tramitarse la correspondiente modificación antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades
7.2. Modificaciones no previstas
Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el apartado anterior por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 LCSP.
Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la conformidad expresa del contratista
8. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN
El presente Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, el Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que describa las prestaciones, así como el resto de documentos contractuales que deba regir la contratación, podrán ser recurridos mediante el recurso indicado en el apartado T del cuadro-resumen.
Si procede la interposición de recurso especial en materia de contratación pública del artículo 44 LCSP, el escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de xx Xxx 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, en el plazo de xxxxxx xxxx hábiles. El plazo contará desde el día siguiente al de la publicación en el perfil de contratante.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
Si procede la interposición de recurso ordinario contra los pliegos que rigen la licitación, el recurso se interpondrá ante el órgano indicado en el apartado T del cuadro-resumen, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de xx Xxx 39/2015.
Alternativamente al recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente modelo de xxxxxx xx sido aprobado por el Presidente del Consorcio con fecha 10 de xxxxx de 2019. Se trata del Xxxxxx tipo del Gobierno de Aragón informado por la Dirección General de Servicios Jurídicos con fecha 20 de febrero de 2018 y por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón con fecha 26 de febrero de 2018, adaptado al Consorcio del Túnel de Bielsa en relación a cuestiones únicamente formales. Xxxxxx, a 10 de xxxxx de 2019 Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Director del Xxxxxxxxx | Xxxxxx, a 10 de xxxxx de 2019 Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio |
Nº Expediente: A3/2019
ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES
NOTA: No se licita por xxxxx, por lo que no hay limitación alguna
Nº lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta
Nº lotes que pueden adjudicarse a un mismo licitador
- Criterios de adjudicación:
Condiciones de participación para UTEs y grupo empresariales
Lotes reservados a las entidades en el apartado C del cuadro-resumen:
-
-
-
Nº Expediente: A3/2019
ANEXO II
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Artículo 100.2 LCSP (Especificar para cada lote, en su caso)
Desglose de costes directos e indirectos.
Costes directos | |
Grupos A, B, C, D, E y G | 646.765,06 € |
TOTAL SIN IVA 1 AÑO | 646.765,06 € |
TOTAL CON IVA 1 AÑO | 782.585,72 € |
TOTAL CON IVA 3 AÑOS | 2.347.757,17 € |
Costes indirectos | |
Grupo F | 417.664,85 € |
TOTAL SIN IVA 1 AÑO | 417.664,85 € |
TOTAL CON IVA 1 AÑO | 505.374,47 € |
TOTAL CON IVA 3 AÑOS | 1.516.123,40 € |
Costes totales (directos + indirectos) | |
Grupos A, B, C, D, E, F y G | 417.664,85 € |
TOTAL SIN IVA 1 AÑO | 1.064.429,91 € |
TOTAL CON IVA 1 AÑO | 1.287.960,19 € |
TOTAL CON IVA 3 AÑOS | 3.863.880,57 € |
Desglose de costes salariales de mano de obra.
Costes por categoria laboral (sin IVA) | |
Personal quitanieves | 49.380,00 € |
Operador de conservación | 54.811,80 € |
Electricista | 54.396,54 € |
Jefe de Conservación | 65.014,56 € |
Jefe de Instalaciones | 54.623,64 € |
Técnico de Instalaciones | 47.453,28 € |
Encargado de Conservación | 54.623,64 € |
Agente de turno (controlador túnel) | 142.359,84 € |
Administrativo (a media jornada) | 12.405,89 € |
Equipo primera intervención | 83.699,10 € |
TOTAL SIN IVA 1 AÑO | 618.768,29 € |
TOTAL CON IVA 1 AÑO | 748.709,63 € |
TOTAL CON IVA 3 AÑOS | 2.246.128,89 € |
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente: A3/2019
ANEXO III
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
1) La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente xxxxxx para participar en este procedimiento de licitación.
El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de xx Xxx 39/2015.
En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DEUC.
El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en las siguientes direcciones electrónicas: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
xxxx://xxx.xxxxxx.xx/Xxxxxxxxxxxx
Mientras no sea posible su tramitación electrónica se presentará en formato papel firmado.
3) Instrucciones.
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo xx Xxxxxxxxx efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, xxxxxx presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Cuando el xxxxxx prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen xxxxxx acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC.
Además del formulario o formularios normalizados del DEUC y del compromiso de constitución de la UTE, en su caso, en el sobre n º UNO xxxxxx incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia o no a un grupo empresarial, conforme al modelo del Anexo IV
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, xxxxxx aportarse mediante la cumplimentación del formulario.
Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes documentos:
▪ Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx
▪ Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016, disponible en: http:xxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/X.X.%00 PATRIMONIO/Junta%20Consultiva/informes/Informes%202016/Recomendación%20de%20la%20JCCA%20sobre%2 0el%20aprobada%20el%206%20abril%20de%202016%20 3.pdf
▪ Recomendación 2/2016 de 21 de junio de 2016, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Xxxxxx, relativa a la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), disponible en:
xxxx://xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxx/XxxxxxxXxxxxxxxxxx/XxxxxXxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxx/Xxxxx/ 02_Informes_Actuaciones/22016B.pdf
Deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo.
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR (Identificación del
contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador)
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
▪ Identificación
Como n º de IVA se xxxxxx indicar el NIF o CIF (ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras).
▪ Información general
▪ Forma de participación
Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS RERESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
▪ Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
▪ Recurso (Sí o No)
Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS
▪ Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos)
PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los xxxxxx de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG. SOCIAL. Pago de
impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL.
Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de
exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto)
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
➢ OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
➢ OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente (cumplimentar todas las secciones)
▪ Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes).
▪ Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones del xxxxxx, anuncio o invitación).
▪ Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones del xxxxxx, anuncio o invitación).
▪ Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS.
PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador)
Nº Expediente A3/2019
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL
D/Dª ………………………. con DNI nº………………………………………………
En nombre propio
En representación de la empresa ………………………………………………………………………………………………
en calidad de…………………………………………………………………………………………………………………...
(Xxxxxxxx xx que proceda)
al objeto de participar en la licitación del contrato denominado……………………………………………………………….
convocado por ………………………………………………………………………………………………………………....
declara bajo su responsabilidad:
Que la empresa (indíquese lo que proceda):
No pertenece a ningún grupo de empresas.
Pertenece al grupo de empresas denominado: …………………………………………………… ……………………..…
del cual se adjunta listado de empresas vinculadas de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio.
En ………….…………, a …….. de …………………….. de …………
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO: …………………………………..
Nº Expediente A3/2019
ANEXO V
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA O PROFESIONAL
(Especificar para cada lote, en su caso)
1- La solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) | Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. |
Criterios: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos. Xxxxxx ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, esto es, 1.596.644,87 €. Se acreditará mediante: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. | |
b) | Seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al exigido en este apartado. |
Criterios: Se acreditará mediante:. | |
c) | Declaración del Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida xx xxxxxxxxxx de aprobación de cuentas anuales. |
Criterios: Patrimonio neto con valor mínimo por importe de €. Ratio mínimo de entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida xx xxxxxxxxxx de aprobación de cuentas anuales. Se acreditará mediante: |
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
* Para los contratos no sujetos a regulación armonizada, las empresas de nueva creación acreditarán su solvencia técnica con otros medios previstos distintos de los establecidos en la letra a).
a) | Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismo, avalados por certificados de buena ejecución. |
Criterios: xxxxx realizado servicios o trabajos de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato (servicios de operaciones de mantenimiento, conservación y explotación en túneles y carreteras) en el curso de xxxx xxxxxx los 3 últimos años Se acreditará mediante: se xxxxxx contar al menos con 2 certificados de la Administración o empresa contratante, indicando que se llevaron a buen término. | |
b) | Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
c) | Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
d) | Cuando xx xxxxx de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. |
Criterios: Se acreditará mediante: |
e) | Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
f) | Medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, con indicación expresa de las normas técnicas o especificaciones técnicas aplicables a la ejecución y a la verificación objetiva de la correcta aplicación de dichas medidas. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
g) | Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
h) | Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. |
Criterios: Se acreditará mediante: | |
i) | Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene el propósito de subcontratar. |
Criterios: Se acreditará mediante: |
2.- El empresario también podrá acreditar su solvencia aportando el certificado que le acredite la siguiente clasificación (artículo 77.1 b LCSP):
GRUPO | SUBGRUPO | TIPO DE SERVICIO | CATEGORÍA |
O | 2 | Conservación y mantenimiento de carreteras | 5 |
3.- Acreditación del cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad, el licitador xxxxxx aportar los certificados siguientes (artículos 93 y 94 LCSP):
4.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 11.5 del Reglamento General de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por el Real Decreto 773/2015, xx xxxxx a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica y profesional. SI NO
5.- Un mismo empresario podrá concurrir para completar la solvencia de más de un licitador SI NO
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO VI
ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
Los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los medios descritos a continuación.
Los licitadores deberán presentar declaración responsable de adscripción de medios. La acreditación de la adscripción de medios se solicitará a la empresa propuesta como adjudicataria.
Compromiso de adscripción de medios personales:
La empresa adjudicataria xxxxxx acreditar estos medios personales mediante la presentación de copia de títulos académicos y formaciones realizadas, así como currículum vitae con experiencia de cada trabajador.
JEFE DE CONSERVACIÓN: 1 persona. Trabajo presencial.
Titulación de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Ingeniero de Caminos o Ingeniero Civil, con más de 3 años de experiencia en labores de conservación de infraestructuras carreteras.
JEFE DE INSTALACIONES: 1 persona. Trabajo presencial.
Titulación universitaria técnica de grado medio o superior, con más de 3 años de experiencia en labores de mantenimiento de instalaciones en infraestructuras, fábrica o ámbitos similares como jefe de mantenimiento de instalaciones.
TÉCNICO DE INSTALACIONES: 1 persona. Trabajo presencial.
Como mínimo debe estar en posesión de un título técnico de FPII o ciclo formativo de grado medio.
AGENTES DE TURNO / CONTROLADORES: 3 personas. Trabajo presencial.
Como mínimo debe estar en posesión del título de FP de 2º Grado o ciclo formativo de grado medio.
TÉCNICO ELECTRICISTA: 1 persona. Trabajo presencial.
Xxxxxx de disponer de titulación técnica de FPII o similar, capacitación de trabajo en Media Tensión y acreditar experiencia como oficial de 1ª con formación y experiencia de 3 años en servicios de similar índole.
ENGARGADO DE VIALIDAD Y CONSERVACIÓN: 1 persona. Trabajo presencial.
Xxxxxx acreditar experiencia como oficial de 1ª de 5 años en empresas de similar actividad y entidad.
OPERADORES DE VIALIDAD Y CONSERVACIÓN / EQUIPO DE PRIMERA INTERVENCIÓN:
4 personas mínimo polivalentes de vialidad, conservación y equipo de primera intervención. Trabajo presencial.
Deben estar capacitados para el correcto manejo de la maquinaria que se empleará en las labores de mantenimiento y conservación.
Compromiso de adscripción de medios materiales:
La empresa adjudicataria xxxxxx acreditar estos medios materiales mediante la presentación de copia de las fichas técnicas, así como contrato de arrendamiento, leasing o justificación de la propiedad del medio.
Medios para el Grupo A: Vialidad invernal
a) Vehículos
- Los operadores de vialidad y conservación de las vías dispondrán de una furgoneta todo terreno tipo ”pick up”, con tracción 4x4, con la parte posterior cubierta.
- El Jefe de Conservación dispondrá de un vehículo tipo SUV con tracción 4x4.
b) Remolques
Se dispondrá de remolques o furgones con la suficiente capacidad para albergar el equipo necesario para realizar un corte completo xx xxxxxx en cumplimiento de la normativa y recomendaciones vigentes de Francia y España.
La Empresa Adjudicataria xxxxxx disponer de al menos 2 juegos completos de señales para utilizar en caso de que se produzca más de una incidencia de forma simultánea.
c) Maquinaria
Todas las máquinas destinadas a la vialidad invernal deberán disponer de un sistema de "hombre muerto" que avise a la persona de guardia en cada momento de cualquier incidencia del personal al cargo de estas máquinas.
La maquinaria propia de este apartado es la siguiente:
- 4 camiones quitanieves de empuje UNIMOG o similar, de potencia >350CV y tracciones 4x4, equipados con cuchilla cerámica rascadora doble. Dispondrán de salero de 5 m3, esparcidor automático de xxx y sistema de prehumectado para uso de salmuera.
- 1 pala cargadora tipo MICHIGAN o similar dotada de una configuración como máquina quitanieves: equipación para limpieza y retirada de nieve (hoja de empuje, alerones, fresa y cazo). Dispondrá de alas laterales para una mejor evacuación de la nieve por encima de los muretes laterales y biondas de la carretera.
- 1 retroexcavadora mixta
Retroexcavadora mixta tipo similar a JCB 3CX-4T o modelo superior, con 3 cazos: 40, 60 y de limpieza.
Medios para el Grupo B: Conservación ordinaria
a) Vehículos
- Furgoneta todo terreno tipo ”pick up” (mismo que el del apartado A), con tracción 4x4, con la parte posterior cubierta.
b) Maquinaria
Xxxxxx estar a disposición exclusiva para el contrato la maquinaria que se detalla a continuación:
- 1 Dispositivo (camión o remolque) polivalente para limpieza de obras de drenaje, impulsor-succionador y bomba de achique.
- 1 Plataforma elevadora (montada sobre vehículo).
- 1 Tractor con brazo telescópico de 6 metros y prepodadora de discos D 600 mm y 1,60 metros de corte o motoniveladora para acondicionamiento de arcenes.
- 1 Equipo de limpieza con agua a presión.
- 1 Equipo oxicorte.
- 2 Bombas de agua.
Medios para el Grupo C: Mantenimiento de instalaciones
a) Vehículos:
- Los operadores de mantenimiento de instalaciones dispondrán de un vehículo todoterreno largo 4X4 con caja cubierta.
- El Jefe de Instalaciones dispondrá de un turismo tipo SUV con tracción 4x4.
b) Maquinaria:
- Camión-grúa.
- Cesta elevadora.
Medios para el Grupo G: Equipo de primera intervención
a) Vehículos
Los operadores que componen el equipo de primera intervención dispondrán de un vehículo todo terreno tipo ”pick up” con la parte posterior cubierta, dotado con dos extintores polivalentes de 25 Kg. cada uno.
ANTIGÜEDAD MÁXIMA
Todos los vehículos y maquinaria utilizados para el desarrollo de las tareas objeto del contrato no superarán individualmente la antigüedad máxima indicada en la siguiente tabla y estarán en perfecto estado de conservación:
MAQUINARIA / VEHÍCULOS | ANTIGÜEDAD MÁXIMA |
Automóvil | 5 |
Todo terreno para vialidad | 5 |
Furgones | 5 |
Camión | 10 |
Tractor Segadora | 10 |
Barredora aspiradora | 10 |
Máquina Limpiadora Túnel | 15 |
Excavadora | 15 |
Además, toda la maquinaria utilizada en los servicios de vialidad invernal xxxxxx xxxxx una antigüedad menor de 9 años y xxxxxx cumplir las directivas europeas sobre seguridad de la maquinaria CEE 89/292 y 91/368.
Seguros
Las empresas licitadoras deberán aportar una declaración responsable de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos por importe no inferior al exigido en este apartado.
Criterios:
- Seguro de indemnización por riesgos por importe superior a 1.500.000€
- Riesgos cubiertos: responsabilidad civil de explotación, responsabilidad civil post-trabajos, responsabilidad civil patronal y responsabilidad civil profesional.
La empresa adjudicataria lo acreditará mediante la presentación del seguro junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción, con fecha de inicio anterior a la de inicio del contrato
Resolución del contrato
Imposición de penalidades según Anexo XIV
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO VII
SUBCONTRATACIÓN / CESIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
Condiciones de subcontratación para la realización parcial de la prestación:
PRESTACIÓN PARCIAL DEL CONTRATO | % DE LA PRESTACIÓN |
Tareas críticas que NO admiten subcontratación
No admiten subcontratación las tareas propias del personal de estructura: Jefe de Conservación y Jefe de Instalaciones |
Condiciones de cesión del contrato adicionales a las establecidas en el artículo 214.2 1:
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
1 No podrán cederse los derechos y obligaciones dimanantes del contrato cuando las cualidades técnicas o personales del cedente hayan sido determinantes para la adjudicación del contrato o resulte una restricción efectiva de la competencia
Nº Expediente A3/2019
ANEXO VIII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (General)
Dº/Dª | con DNI nº |
con domicilio en | |
en nombre 1 | con CIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | |
se compromete, a xxxxx a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2 | |
Importe Base (3 años): | |
Importe IVA (3 años): | |
Importe Total (3 años): |
- Los precios indicados en este anexo han de referirse a la duración completa del contrato, esto es, tres (3) años.
, a de de
Fdo.:
Nº Expediente A3/2019
ANEXO VIII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes)
No aplica
Dº/Dª | con DNI nº |
con domicilio en | |
en nombre 1 | con CIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | |
se compromete, a xxxxx a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2 Lote nº Lote nº Lote nº | |
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue: | |
Lote nº | Importe Base: |
Importe IVA: | |
Importe Total: |
, a de de
Fdo.:
Nº Expediente A3/2019
ANEXO VIII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Precios unitarios)
No aplica
Dº/Dª con DNI nº
con domicilio en
en nombre de 1 con CIF nº
y con domicilio fiscal en
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe Base: Importe IVA: Importe Total:
Descripción | Precio unitario máximo de licitación (IVA excluido)2 | Precio unitario ofertado (IVA excluido) | Importe IVA | Importe total Ofertado |
, a de de
Fdo.:
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Campo a rellenar por la Administración.
Nº Expediente A3/2019
ANEXO IX
PRECIOS UNITARIOS
(Especificar para cada lote, en su caso)
No aplica
Descripción | Precio unitario máximo de licitación (IVA excluido)1 |
, a de de
Fdo.:
1 Campo a rellenar por xx Xxxxxxxxx.
Nº Expediente A3/2019
ANEXO X
ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
(Especificar para cada lote, en su caso)
No aplica
, a de de
Fdo.:
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE DOS)
(Especificar para cada lote, en su caso)
Los criterios de valoración que se tendrán en cuenta en esta fase de evaluación previa (Sobre dos), se relacionan a continuación:
1. ASEGURAMIENTO DE LAS CARRETERAS DE ACCESO AL TÚNEL 20 puntos
2. ASEGURAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEL TÚNEL 30 puntos
3. GESTIÓN DE XXXXXXX, INCIDENTES Y ACCIDENTES 30 puntos
4. APORTACIONES AL AVANCE TECNOLÓGICO E I+D+i 20 puntos A la hora de realizar la puntuación de las ofertas técnicas recibidas, se tendrá en cuenta lo siguiente:
- No se puntuará ninguna información repetitiva que ya se encuentre reflejada en los propios pliegos técnicos y sus
anexos.
- Sólo se evaluará para cada capítulo técnico lo que aparezca en ese capítulo y no información cruzada entre capítulos.
- Se presentará una redacción con una extensión máxima de 20 páginas para cada uno de los cuatro apartados de la oferta técnica, en letra Arial tamaño 11, interlineado sencillo y márgenes superiores a 3 cm. por todos los lados, valorándose la concreción y la inclusión de tablas resumen, fotografías y gráficos explicativos. Pasada esta extensión máxima, no se valorará nada del contenido que sobrepase de la misma.
- Se pueden adjuntar anexos hasta un 20% del número de páginas máximas indicadas para cada apartado, siempre que dichos anexos no contengan propiamente literatura, sino tan sólo fotografías, imágenes, mapas, gráficos y fichas técnicas.
La siguiente tabla resume la puntuación de cada apartado y subapartado sobre un máximo de 100 puntos parciales. Posteriormente, para el cálculo total de las ofertas recibidas (puntuación del sobre dos más sobre tres), esta puntuación será ponderada sobre un máximo de 49 puntos para los criterios de adjudicación subjetivos sujetos a evaluación previa.
OFERTA TÉCNICA | PUNTUACIÓN PARCIAL | |
1. ASEGURAMIENTO DE LAS CARRETERAS DE ACCESO AL TÚNEL | 20 | |
1.1 Operativa vialidad invernal y riesgo de avalanchas | 8 | |
1.2 Operativa conservación carreteras | 5 | |
1.3 Desarrollo de los perfiles humanos, maquinaria y medios materiales implicados | 7 | |
2. ASEGURAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEL TÚNEL | 30 | |
2.1 Gestión del mantenimiento | 10 | |
2.2 Operativa de los xxxxxx xx xxxxxxxx del túnel para mantenimiento | 10 | |
2.3 Desarrollo de los perfiles humanos, maquinaria y medios materiales implicados | 10 | |
3. GESTIÓN DE XXXXXXX, INCIDENTES Y ACCIDENTES | 30 | |
3.1 Gestión de averías de vehículos | 10 | |
3.2 Gestión de otros incidentes en la carretera sin heridos ni incendio | 10 | |
3.3 Gestión de accidentes con heridos o incendio | 10 | |
4. APORTACIONES AL AVANCE TECNOLÓGICO E I+D+I | 20 | |
4.1 Vialidad invernal | 5 | |
4.2 Optimización de semaforización y ventilación | 5 | |
4.3 Eficiencia energética | 5 | |
4.4 Otras aportaciones al contrato | 5 | |
TOTAL PUNTUACIÓN PARCIAL TÉCNICA | 100 |
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA
No se establece umbral mínimo.
Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
La valoración técnica de una oferta (VT) será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios de valoración de este ANEXO, redondeada al segundo decimal.
Aquellas ofertas que incumplan lo exigido en los pliegos que rigen la licitación, serán excluidas y no se valorarán técnicamente.
Comité de Expertos: (Composición)
Organismo Técnico especializado: (Nombre)
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XII
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE TRES)
(Especificar para cada lote, en su caso)
1. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN
Se puntuará en este apartado el precio, que se valorará de 0 a 100 puntos parciales. Esta puntuación será ponderada sobre un máximo de 51 puntos para los criterios de adjudicación objetivos sujetos a evaluación posterior.
Se entiende a estos efectos por precio la cantidad total que figura en la proposición económica para los tres (3) años de servicio del contrato, IVA excluido.
Para la valoración económica de una oferta (PE), se procederá del siguiente modo:
- Se asignarán 100 puntos parciales a la oferta más económica (OEmin), lo cual define el punto (OEmin, 100), en una gráfica bidimensional (X, Y).
- Se asignarán 95 puntos parciales a la oferta que coincida con la oferta media (OM), según el cálculo que se detalla a continuación, lo cual define el punto (OM, 95).
- Se asignarán 85 puntos parciales a la oferta que coincida con la oferta media (OM) más la desviación estándar (DE), según el cálculo que se detalla a continuación, lo cual define el punto (OM+DE, 85).
- Se asignarán 0 puntos parciales al presupuesto de licitación (PL), lo cual define el punto (PL, 0).
Entre cada uno de los dos tramos lineales definidos de (X, Y) ≡ (oferta, PE), se realizará un cálculo lineal entre los puntos arriba definidos.
En cuanto a la oferta media (OM), se calculará como media aritmética de todas las ofertas no excluidas en la oferta técnica, sin IVA.
En lo que se refiere a la desviación estándar (DE), se calculará como la desviación estándar (desviación típica) de todas las ofertas no excluidas en la oferta técnica, sin IVA.
Puntuación económica (PE)
100
95
85
Oferta económica (OE) (sin IVA)
0
OEmin
OM
OM + DE
PL
Donde:
PE= Puntuación económica de la oferta.
OE= Importe de la oferta de cada licitador, sin IVA. PL= Presupuesto de licitación.
OM= Importe de la oferta media, sin IVA.
OM + DE = Importe de la oferta media más la desviación estándar, sin IVA. OEmin= Importe de la oferta más económica, sin IVA.
Se considera “oferta más económica” a la oferta más baja de las presentadas. La puntuación económica de la oferta (PE) se redondeará al segundo decimal.
2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Cuando presenten oferta empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido de art. 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuera más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal.
Se considerarán, en principio, anormalmente bajas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que xxxx inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que xxxx inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que xxxx superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado.
En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Si conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados, se aplicará lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato.
3. CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
En caso de empate entre dos o más empresas, éste se dirimirá, en primer lugar, a favor de la empresa que tenga mejor puntuación en el apartado técnico de “Gestión de averías, incidentes y accidentes” (punto 3 del Anexo XI). Si éste persistiera, en xxxxxxx xxxxx a favor de aquella empresa que haya obtenido la mejor puntuación en el “Aseguramiento de las instalaciones del túnel” (punto 2 del Anexo XI), y si aun así, el empate persistiera, se aplicará el artículo 12 de xx Xxx 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
PUNTUACIÓN TOTAL DE LAS EMPRESAS LICITADORAS
Para la valoración global de las ofertas, se aplicará la siguiente ponderación:
- Los criterios de valoración de las ofertas del Anexo XI se valoran sobre 100 puntos parciales. Posteriormente se ponderan sobre un 49% para obtener la puntuación final.
- Los criterios de valoración de las ofertas del Anexo XII se valoran sobre 100 puntos parciales. Posteriormente se ponderan sobre un 51% para obtener la puntuación final.
Ponderación de la puntuación técnica: (ppt)= 49
Ponderación de la puntuación económica: (ppe)= 51
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XIII
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
Condiciones especiales de ejecución de acuerdo con el artículo 202 LCSP del contrato. Será obligatorio establecer al menos una de las siguientes:
• Social y/o ético:
La empresa adjudicataria xxxxxx realizar un simulacro trimestral interno. El contenido del simulacro xxxxxx ser propuesto por la empresa y aprobado por el director del contrato. La finalidad de estos simulacros será verificar el correcto funcionamiento de las instalaciones del túnel, así como el correcto cumplimiento del protocolo de seguridad por parte del personal de la empresa contratista.
Xxxxxx aportar un informe resumen sobre el resultado de cada simulacro trimestral en español y en xxxxxxx, en un plazo inferior a 1 mes desde la realización del simulacro.
• Innovación:
• Medioambientales:
El incumplimiento de esta condición tendrá la consideración de causa de imposición de penalidades.
También tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución del contrato las siguientes:
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XIV PENALIDADES
(Especificar para cada lote, en su caso)
RÉGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES
Penalidades por incumplimiento de plazos Penalidades: |
Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato Penalidades: El órgano de contratación pondrá la penalidad que considere oportuna en base al capítulo 7.2, deducciones por incumplimiento del Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y Administrativas del Contrato. Cada una de ellas no serán superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superior al 50% del precio del contrato. |
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios Penalidades: |
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato Penalidades: El incumplimiento de la condición especial de ejecución podrá suponer una penalización por importe del 2% de la certificación correspondiente al trimestre en el que debería haberse realizado el simulacro. |
Incumplimiento de características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación Penalidades: El órgano de contratación pondrá la penalidad que considere oportuna según la gravedad del no cumplimiento de características de la oferta vinculadas a los criterios de valoración hasta un máximo del 10% del precio del contrato, IVA excluido. No podrán exceder del 50% del precio del contrato. |
Incumplimiento de obligaciones en materia laboral: Subrogación de trabajadores: Penalidades: El incumplimiento en la subrogación podrá suponer una penalización por importe de 0,01% del precio del contrato por persona no subrogada Cotización en la Seguridad Social Impago de salarios Penalidades: la empresa licitadora, cualquiera que fuera su oferta económica en lo que se refiere a los costes de personal, respetará lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio Provincial de la Construcción en Huesca −que regula asimismo la subrogación del personal en los contratos de conservación de carreteras−, así como el acuerdo de centro publicado en el anexo 9 de los pliegos técnicos, mientras no alcanzara en el futuro otro acuerdo de centro con los trabajadores que sustituyera al actual, sin que ello afectara a la oferta económica presentada por el adjudicatario. El incumplimiento de las obligaciones laborales en relación al pago de los salarios regulados por los acuerdos de centro vigentes y la normativa señalada, al margen de las posibles penalizaciones de otros organismos, podrá suponer una penalización correspondiente al importe no abonado al trabajador (coste de empresa), más una penalización del 20% sobre dicho importe. La dirección del Consorcio podrá solicitar a la empresa adjudicataria la información pertinente en aras a verificar el cumplimiento de la normativa y acuerdos mencionados. |
(Otras)
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XV
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP) |
Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP) |
Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 122.3 LCSP) |
Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecido (artículo 217.1 LCSP) |
(Otras) + |
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XVI
MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
(Especificar para cada lote, en su caso)
CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se produzca la modificación):
- Averías extraordinarias no previstas en el contrato, derivadas de cortocircuitos, incendio, sobretensiones por tormenta eléctrica o picos de tensión de alimentación, que puedan afectar a la integridad de los equipos de baja y media tensión, tanto de los nichos eléctricos, como de los locales técnicos y de la red Profibus de comunicaciones.
- Envejecimiento precoz de las instalaciones u obsolescencia técnica, principalmente en lo referente a la red Profibus, el sistema de Gestión Técnica Centralizada del túnel y los PLCs y servidores principales y redundantes de la instalación.
- Mayor vialidad invernal: mayor necesidad de medios de vialidad invernal a causa de inviernos con precipitaciones mayores a la media habitual sobre la que se dimensionan las unidades de medida del apartado A de los PPTP, lo cual tendrá una relación directa con el número xx xxxx en que se produzcan precipitaciones por nieve y su intensidad.
- Mayor siniestralidad de vehículos que causen daño a las infraestructuras de las instalaciones del túnel y a las carreteras de acceso a dicho túnel, en relación con ejercicios anteriores, así como en relación con la intensidad y gravedad de los siniestros que se puedan producir y sus consecuencias sobre el estado de la carretera y del túnel.
- Ampliación de ámbito: incorporación de nuevos tramos del viario en el Contrato, o de nuevas instalaciones. la Empresa Adjudicataria xxxxxx asumir la incorporación salvo que supongan un incremento de longitud en la red contratada de más del veinte por ciento (20%). En caso de que el incremento de longitud en la red contratada sea menor al cinco por ciento (5%), o el coste de las nuevas instalaciones sea inferior xx xxxx por ciento (10%) del total instalado, no será de aplicación ningún importe suplementario ni ninguna revisión de los recursos asignados o tareas. En caso de superarse estos porcentajes, el importe suplementario se determinará mediante una modificación de contrato que tendrá en cuenta la revisión de medios, tareas o periodicidades que se estimen necesarios.
ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará):
No tendrán la consideración de modificaciones, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, las cuales podrán ser recogidas en la liquidación, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio del contrato (art.309 LCSP).
CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…):
La modificación prevista afecta a un mayor o menor consumo del previsto, no podrá prever nuevos precios. Las condiciones de la modificación vienen reguladas en este Xxxxxx y en la LCSP.
Procedimiento: informe del adjudicatario que describa las características y alcance de modificado, informe del órgano de contratación que justifique la necesidad del modificado y acta de conformidad del contratista.
PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE XXXX XXXXXX PUEDAN AFECTAR:
En función del histórico de necesidades de los últimos 4 años, se calcula un porcentaje máximo sobre el precio de adjudicación del ±20%.
Bielsa, a 10 de xxxxx de 2019
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Presidente del Consorcio
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XVII
CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO SE ESTABLECEN CAUSAS ESPECIFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
, a de de
Fdo.:
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XVIII
RENUNCIA / DESESTIMIENTO A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
NO XX XXXXX
En el caso de que el órgano de contratación renunciara por motivos de interés público a la celebración del contrato o desistiera del procedimiento, con anterioridad a la adjudicación, la compensación de gastos a los licitadores se realizará de la siguiente forma:
CRITERIO:
, a de de
Fdo.:
Nº Expediente A3/2019
ANEXO XIX
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
SE PUBLICARÁ EN EL PERFIL DEL CONTRATANTE
, a de de
Fdo.: