ARTICULO 1º: Convalidase la Adenda al Contrato de Locación de Servicios para la provisión de los servicios de uso de la Plataforma URBETRACK para la gestión de dispositivos GPS portátiles, suscripta el día 2 de Enero de 2Q19, entre la Municipalidad de...
Xxxxxxx, 0 xx Xxxxx xx xx 0000
XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX
REF. EXP. Nº 7559/19
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2557/2019 =
ARTICULO 1º: Convalidase la Adenda al Contrato de Locación de Servicios para la provisión de los servicios de uso de la Plataforma URBETRACK para la gestión de dispositivos GPS portátiles, suscripta el día 2 de Enero de 2Q19, entre la Municipalidad xx Xxxxxxx y la firma PAGUSTECH S.R.L, que tiene por objeto prorrogar la vigencia del Contrato mencionado por el plazo de doce (12) meses, como así también modificar los Anexos II y III a través de los cuales se establece la contraprestación del servicio brindado, y que expresa: ADDENDA PRORROGA CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
En la ciudad de San Xxxxxx xx Xxxxxxx, a los 02 días del mes de Enero del año 2019, entre la Municipalidad xx Xxxxxxx, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxx Xx 00 xx xx xxxxxx xxxxxxxxxx, representada en este acto por su Intendente Municipal Interina Xxx. Xxx Xxxxx XXXXXXXX, DNI 00.000.000, en delante denominada "EL CONTRATANTE" y por la otra parte PAGUSTECH S.R.L. con domicilio en la xxxxx Xxxxxxx 000 Xxxx 0x X (0000), Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representada en este acto por el Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx con DNI 00.000.000 en su carácter de apoderado de la misma, en adelante denominado "EL PRESTADOR", convienen en celebrar la presente prórroga al contrato de locación de servicios firmado el día 04 de enero de 2016 sujeto a las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES:
Que en fecha el día 04 de Enero de 2016, los firmantes suscribieron un contrato de locación de servicios mediante el cual el PRESTADOR proveyó al CONTRATANTE, la provisión de los servicios de uso de la Plataforma URBETRACK acordados para la gestión de dispositivos GPS portátiles, por el término de
(12) doce meses contados a partir del día 01 de Enero de 2016, pudiendo ser renovado por períodos de doce (12) meses en forma automática, salvo comunicación fehaciente en contrario.
PRIMERA: PRÓRROGA.-
Las partes convienen en prorrogar la ejecución del contrato por el plazo de doce (12) meses, desde el día 02 de Enero de 2019, venciendo el día 31 de Diciembre de 2019.....................-............................
SEGUNDA: CONDICIONES.-
Subsistirán a todos los efectos regales, las condiciones establecidas en el contrato de servicios de fecha 04 de Enero de 2016 y sus anexos que no fueran particularmente modificadas en la presente prórroga................
TERCERA: MONTOS.-
Como contraprestación por los servicios objeto del presente, la Locadora percibirá los montos que se detallan en los Anexos del contrato "Condiciones Comerciales y de Prestación del Servicio"......................
CUARTA: DOMICILIOS ESPECIALES. COMPETENCIA.-
Las partes constituyen domicilios en los indicados en el encabezamiento para todos los efectos del presente contrato, sometiéndose en caso de conflicto a la jurisdicción de los Tribunales del Departamento Judicial Azul y renunciando a cualquier fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad xx Xxxxxxx, a los 02 días del mes de enero de 2019
ANEXO IV
(Reemplaza Anexos II y III) Condiciones Comerciales y de Prestación del Servicio.-
PRECIO: El CLIENTE abonará al PRESTADOR como contraprestación por el servicio brindado,
descripto en el presente Anexo IV del contrato vigente, los cargos MENSUALES correspondientes a los servicios de abonos para "AVL", dispositivos de evento "Vía pública" y Dispositivos de evento "Portables". Servicio de soporte / mantenimiento de la Plataforma URBETRACK de los mencionados. El valor unitario por cada móvil para el servicio de AVL será de $943,80 - (Pesos novecientos cuarenta y tres con 80/100).
Para el servicio de dispositivos de evento en "Vía pública" el valor unitario será de $1.485.- (Pesos Un mil cuatrocientos ochenta y cinco). Para el servicio de dispositivos de evento "Portables" el valor unitario será de $592,90 (Son pesos quinientos noventa y dos con 90/100).-
Estos valores entrarán en vigencia partir del día 1o de Febrero de 2019, en carácter de ajuste semestral. Durante el mes de Enero de 2019 se mantendrán vigentes los montos detallados en los Anexos II y III.- Todos los valores están expresados con el I.V.A. incluido.
FORMA DE PAGO: Los precios definidos en la cláusula anterior como cargos MENSUALES, serán abonados en forma mensual. Los importes determinados precedentemente serán abonados mes adelantado por el CLIENTE dentro de los cinco (5) días de recepcionada la correspondiente factura en el domicilio de ésta última.
Costo de rescisión de contrato anticipado:
Transcurridos 365 (trescientos sesenta y cinco) días desde la instalación, cualquiera de las partes podrá resolver el presente Contrato por causa imputable a la contraparte; ello previa intimación fehaciente que en tal caso nunca inferior a 10 (días) tendiente a que regularice su situación. EL importe de rescisión anticipada corresponde al 20 % del saldo del contrato.-
SERVICIOS GENERALES: Mesa de Ayuda: Incluye soporte sobre el uso de la plataforma, sus módulos y acceso a reportes. 'Servicio a realizar de lunes a viernes y de 9:00 a 18 Hs.-Todos los importes descriptos en el presente documento son y/o serán actualizados tomando como referencia las variaciones salariales de Empleados de Comercio y serán ajustados a partir de la firma del mismo cada seis meses o de inmediato en el caso de un incremento en la moneda de referencia superior al veinte por ciento.-
En prueba de conformidad/se firman dos (2) ejemplares de un/mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad xx Xxxxxxx a los 2 días del mes de enero de 2019
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.------------------------