CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Y
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX Y
--------------------------, S.L.
En Almería,
REUNIDOS
De una parte, el D. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, Sr. Rector Magnífico de la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, en nombre y representación de la citada Institución con domicilio social en Almería, Xxxx. Xxxxxxxxxx, x/x, Xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx, 00000.
Y de otra parte , como representante legal de
---------., con C.I.F.: ----------------- y domicilio en actuando en nombre y
representación de la misma, para lo cual manifiesta estar debidamente facultado.
Por la Universidad
Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y
EXPONEN
1.- Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo.
Por la Empresa
2.- Que de acuerdo con el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, las universidades y, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades colaboradoras previstas en el art. 2.2 del citado Real Decreto. Estos convenios establecerán el marco regulador de las relaciones entre estudiante, entidad colaboradora, Universidad y en su caso la entidad gestora de prácticas vinculada a ésta última y fomentarán que éstas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
Por ello, deciden concertar el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Del objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco regulador para la realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares en la entidad------------------------------
--------------. de los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza universitaria oficial impartida por la Universidad o por los centros adscritos a la misma.
SEGUNDA.- Del desarrollo de las prácticas académicas externas.
1.- La oferta realizada por la entidad deberá contener un proyecto formativo en el que se fijarán los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo los contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados.
2.- Para las prácticas extracurriculares, el número, perfil, duración, dotación económica se recogerá en la oferta que será introducida en el programa ICARO.
3.- La duración de las prácticas será la siguiente:
a) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración máxima de 6 meses o 600 horas en cómputo global. Sólo en casos excepcionales y siempre en aras de un mejor aprovechamiento por parte del alumno, se podrá hacer una prórroga de tres meses como máximo, previa petición razonada de la empresa, en la que se exprese el compromiso de contratación a la finalización de dicha práctica.
c) Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora, y quedarán reflejados en los documentos correspondientes. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la universidad.
Por la Universidad
4.- La ejecución de las Prácticas no supondrá detrimento ni en la dedicación académica de las personas beneficiarias ni en la actividad empresarial, en todo caso tendrán derecho a la asistencia a exámenes y pruebas finales sin que estos días sean recuperables. Tampoco lo serán las faltas de asistencia derivadas de enfermedad común que estén debidamente justificadas y que no supongan en cómputo global más de 15 días naturales o 5 consecutivos.
5.- En el supuesto de que una o más personas beneficiarias renuncien a la ayuda concedida, ésta percibirá el importe que le corresponda, en función del número de horas de prácticas realizadas, con la condición de haber efectuado un mínimo de 15 días naturales.
6.- El desarrollo de las Prácticas será supervisado por la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA en la forma que reglamentariamente se determine. En el caso de reconocimiento de créditos de libre configuración arbitrará un procedimiento de tutorización de las prácticas por parte de las Facultades o Escuelas universitarias.
Por la Empresa
7.- La persona beneficiaria estará sujeta al horario y régimen que determinen las partes (Entidad-Universidad-Alumno), bajo la supervisión del/la tutor/a de la Entidad.
8.- Las personas beneficiarias no tendrán, en ningún caso, vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria. La suscripción del presente Convenio no supondrá la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo.
9.- La Universidad podrá conceder la interrupción del disfrute de la práctica a petición razonada del/la interesado/a o de la Entidad, previo informe del Vicerrector con competencias en la materia. El período máximo de interrupción será de dos meses, debiendo incorporarse el/la beneficiario/a a la Entidad una vez transcurrido dicho período y, en consecuencia, prolongando el período de prácticas hasta completar el establecido inicialmente.
El régimen de permisos y de rescisión anticipada será el reflejado en la normativa de prácticas, y necesariamente tendrá que incluir la regulación que permita a los estudiantes cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, y a conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
10.- En el caso de que concurran varios alumnos, los/as universitario/as serán seleccionados, por una Comisión compuesta por representantes de la Entidad y la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, que tendrá en cuenta tanto el currículum del aspirante como su adecuación a las Prácticas a desarrollar.
Esta Comisión elevará al Rector, o persona en quien delegue, la propuesta de concesión de las prácticas para su Resolución definitiva, que se hará pública por los medios disponibles en el Servicio de Empleo de la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, en ella deberá hacerse constar lo siguiente:
a) Denominación de la Entidad en la que la persona beneficiaria realizará la
práctica.
b) Nombre y N.I.F. de las personas beneficiarias seleccionadas.
c) Cuantía de la ayuda.
d) Fecha de inicio y conclusión de las prácticas.
TERCERA.- De las obligaciones de la empresa o entidad.
La Entidad estará obligada a:
1.- Designar un/a Tutor/a de Prácticas que deberá ser una persona vinculada a la Entidad, con experiencia profesional y con los conocimientos adecuados. asistiéndoles en lo que fuere preciso y evaluando su aprovechamiento. El tutor tendrá los derechos y deberes que establece el artículo 11 del Real Decreto 1707/2011.
2.- No cubrir con la persona beneficiaria ningún puesto de trabajo ni tener ningún tipo de vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria.
Por la Universidad
3.- Cumplir las normas vigentes en todo lo relativo a la prevención de riesgos laborales e informar a las personas beneficiarias de las mismas.
4.- Comunicar a la Universidad previo a la incorporación de las personas beneficiarias, la ubicación en los distintos departamentos de la Entidad y el horario de permanencia en la misma, con el fin de que la Universidad ponga en conocimiento de la Inspección de Trabajo el inicio y duración de la ayuda.
5.- Abonar, en el caso de las prácticas extracurriculares, a la persona beneficiaria el importe mensual asignado de ayuda o bolsa de gastos mediante transferencia a la cuenta bancaria que se especifique en el impreso de aceptación de la práctica.
6.- Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a criterio del/la Tutor/a de Prácticas, puedan cometer las personas beneficiarias durante el tiempo de realización de las mismas, lo que podría conllevar la cancelación del disfrute de la ayuda.
Por la Empresa
7.- Comunicar las renuncias que puedan producirse antes de haberse cumplido el período de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha renuncia o incomparecencia.
8.- Comunicar el número de contratos de trabajo que realice, en su caso, a las personas beneficiarias antes o inmediatamente después de haber cumplido el período de prácticas.
9.- Certificar a la persona beneficiaria y a la Universidad las funciones realizadas y el número total de horas de asistencia a las Prácticas.
10.- Emitir el informe final al que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 1707/2011, según modelo facilitado por la Universidad.
La Entidad transferirá a la Fundación Mediterránea de la Universidad De Almería, en concepto de donación con el fin de estimular y apoyar la inserción laboral de los universitarios, con anterioridad a la incorporación de la persona beneficiaria, la cantidad correspondiente al importe bruto de la ayuda y la cantidad de 90,15 euros trimestral, por persona beneficiaria, a la cuenta bancaria que indique la Fundación Mediterránea de la Universidad de Almería. No obstante, la Universidad de Almería, podrá acordar que la Entidad abone el importe mensual de la ayuda directamente a la persona beneficiaria.
La Entidad deberá abonar en caso de desplazamiento ocasionado por las tareas derivadas de las prácticas, las dietas que con carácter general le correspondan al resto de sus empleados.
CUARTA.- De las obligaciones de la Universidad:
La Universidad estará obligada a:
1.- Facilitar a la entidad el Proyecto Formativo correspondiente y seleccionar a los estudiantes que intervendrán en las prácticas curriculares.
2.- Designar un tutor académico que actuará de forma coordinada con el tutor de la entidad colaboradora y que tendrá los derechos y deberes recogidos en el artículo 12 del Real Decreto 1707/2011.
3.- Comunicar a la persona seleccionada la concesión de la ayuda para que comparezca en el Servicio de Empleo de la Universidad al objeto de firmar la aceptación.
4.- Cubrir a través de la Fundación Mediterránea con un seguro de accidentes y de responsabilidad civil a quienes estén realizando las Prácticas.
Por la Universidad
5.- Emitir un certificado a la Entidad a través de la Fundación Mediterránea de la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, en el cual quedará reflejado las cantidades desembolsadas por la Entidad en concepto de colaboración con la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA para la gestión del Programa de Prácticas en Empresas. Dicha cantidad tendrá carácter de ayuda económica irrevocable en concepto de colaboración empresarial a los efectos previstos en el art. 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo y demás normativa vigente sobre cuestiones del régimen de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general.
6.- Remitir a la Inspección de Trabajo los datos de las personas beneficiarias que estén realizando Prácticas Formativas.
7.- Emitir un certificado a cada uno de los/as beneficiarios/as al finalizar el periodo de prácticas, especificando sus datos personales, Entidad y duración de las mismas.
Por la Empresa
QUINTA.- De la protección de datos.
De conformidad con La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal le informamos que los datos personales facilitados, para los casos en que éste sea una persona física, o en el caso de representantes de una persona jurídica, ya sea pública o privada, serán incorporados a un fichero titularidad de la UNIVERSIDAD DE ALMERÍA.
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión del acuerdo suscrito en el cuerpo del presente escrito, así como el mantenimiento del contacto de ambas partes. En cumplimiento de la normativa vigente, La UNIVERSIDAD DE ALMERÍA garantiza que ha adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados. Asimismo, La UNIVERSIDAD DE ALMERÍA informa que no cederá o comunicará los datos personales almacenados en sus ficheros a terceros, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio.
En cualquier momento puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición respecto de sus datos personales, enviando un escrito, acompañado de una fotocopia de su DNI, o documento acreditativo equivalente a: UNIVERSIDAD DE ALMERÍA -. Secretaría General de La Universidad de Almería. Edificio Central, Planta baja. Xxxx. Xxxxxxxxxx x/x, Xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx. XX 00000 Xxxxxxx.
SEXTA.- De la jurisdicción.
El presente convenio posee naturaleza administrativa y se regirá en su interpretación y desarrollo por el Ordenamiento Jurídico Administrativo con especial sumisión de las partes a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SÉPTIMA.- De la vigencia del Convenio.
El presente Convenio tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de su firma, y se renovará tácitamente por períodos similares, a no ser que una de las partes notifique a la otra el deseo de darlo por concluido.
La firma del presente convenio deroga los suscritos con anterioridad, siempre que los mismos se amparen en el desarrollo del R.D. 1497/81, de 19 xx xxxxx, modificado por el R.D. 1845/94, de 9 de septiembre de Cooperación Educativa.
OCTAVA.- Del régimen jurídico.
Para todo lo no previsto en el presente convenio, regirán las disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico vigente, siendo la Universidad de Almería competente para adoptar los acuerdos que sean necesarios ante cualquier eventualidad, recabando informe previo de la empresa correspondiente.
Por la Universidad
Los representantes de ambas partes firman el presente Convenio en dos originales igualmente válidos, en prueba de conformidad, en el lugar y fecha mencionados ut supra.
POR LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA POR ………………………………...
Por la Empresa