Contract
BASES DE CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO Y APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO Y DE PERSONAL DE APOYO EN MONTAJES Y DESMONTAJES EN EVENTOS EN EL XXXXXXX DE CONGRESOS DE VALENCIA
PROCEDIMIENTO: ABIERTO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: ☒SI ☐NO
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN Nº: 20180720
Fecha de publicación: 00 xx xxxxx 0000
A. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de la presente contratación es la prestación del servicio SERVICIO DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO Y APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO Y DE PERSONAL DE APOYO EN MONTAJES Y DESMONTAJES EN EVENTOS EN EL XXXXXXX DE CONGRESOS DE
VALENCIA que se realizará en el Xxxxxxx de Congresos de Valencia, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 00.
B. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS (ART. 28 LCSP)
La necesidad de contratación de este servicio deriva de la actividad propia del Palacio de Congresos de Valencia. Toda la información detallada sobre las características del servicio queda expuesta en el PLIEGO TÉCNICO.
C. PLAZO DE EJECUCIÓN
PLAZO DE EJECUCIÓN (art. 29.4 y 29.7 LCSP):
El adjudicatario del presente concurso lo será en virtud de un contrato que tendrá una duración máxima de un año prorrogable de común acuerdo por ambas partes por otros dos años, y luego por otros dos, hasta un máximo de cinco años.
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Presupuesto Base Licitación IVA excluido | Importe IVA y Tipo de aplicable | Presupuesto Base Licitación IVA incluido |
260.000€ | 21% | 314.600€ |
E. PRESUPUESTO MÁXIMO DEL CONTRATO
Presupuesto Base Licitación IVA excluido | Importe IVA y Tipo de aplicable | Presupuesto Base Licitación IVA incluido |
1.300.000€ | 21% | 1.573.600€ |
El cálculo se ha realizado en base a la experiencia propia xxx Xxxxxxx de Congresos a lo largo de sus últimos tres ejercicios, así como de la previsión de los siguientes ejercicios.
En base a esta información, los licitadores deben de tener en cuenta que, en sus precios y ofertas han de quedar incluidos todos los costes directos, indirectos, los otros eventuales gastos y los costes salariales a partir del convenio laboral aplicable, a los que hace referencia el art. 1000 LCSP.
F. PRECIO DEL CONTRATO
Precio formulado en término de precios unitarios:
El modelo de proposición económica se ajustará en todos sus términos al siguiente cuadro. En el mismo se distingue entre trabajos de limpieza normal o habitual en el edificio, parking y exteriores, trabajos de limpieza de las zonas de restauración, los trabajos de limpieza extra por evento, trabajos de montaje y desmontaje, trabajos de eventos y colocación de moqueta ferial, realizados en función de la actividad:
CATEGORIAS LABORALES | PRECIO HORA | ESTIMACIÓN HORAS AL AÑO | Ponderación | |
LIMPIEZA HABITUAL PERSONAL FIJO | Peón limpieza edificio | 3.388 | 24% | |
14% |
Peón limpieza restauración | 1.936 | |||
Especialista limpieza edificio | 1.936 | 14% | ||
Especialista restauración | 1.452 | 10% | ||
LIMPIEZA Y MONTAJE EVENTO | Peón limpieza extra evento | 3.270 | 11% | |
Peón montaje evento (mozo) | 970 | 7% | ||
Especialista montaje evento (*) | 970 | 20% |
(*) El coordinador montaje evento deberá ser una persona que coordine, planifique y ejecute los montajes y desmontajes para los eventos según indicaciones recibidas por el personal xxx Xxxxxxx. Este cometido implica, tanto el montaje y desmontaje de mobiliario requerido según las especificaciones de cada evento, como también, el traslado de dispositivos y equipos necesarios para el correcto desarrollo del evento, desde el almacén a cada espacio concreto.
EL PRECIO MÁXIMO PARA LOS CINCO AÑOS ES DE 1.300.000 DE € + IVA. ESTO QUIERE DECIR QUE EL CONTRATO SE EXTINGUIRÁ:
- TRAS UN AÑO, SI ALGUNA DE LAS PARTES NO QUIERE CONTINUAR
- TRAS TRES AÑOS, SI ALGUNA DE LAS PARTES NO QUIERE CONTINUAR
- A LOS CINCO AÑOS
- EN CUALQUIER MOMENTO, SI SE ALCANZA LA CANTIDAD MÁXIMA DE 1.300.0000 € +IVA
Se establece como base estimada la cantidad de horas realizadas durante ejercicios anteriores. El Xxxxxxx de Congresos no se compromete a alcanzar este número de horas.
Los precios ofertados incluyen los productos necesarios para limpieza, herramientas, utensilios, accesorios, indumentaria, maquinaria y todo lo necesario para la prestación del servicio. También incluirán los gastos generales y el beneficio industrial que la empresa estime oportunos, sin tener que especificar su cuantía.
En cualquier caso, tanto en el servicio normal u ordinario, como en el de refuerzos y montajes y desmontajes, cada mes sólo se facturarán las horas que realmente se hayan trabajado.
Los licitadores acompañarán relación de la plantilla del personal de la empresa existente o prevista destinada al servicio objeto del contrato, con especificación de la categoría y relación laboral con la empresa, extremos todos ellos convenientemente justificados.
Cada licitador incluirá en su propuesta descripción detallada de todos los equipos que ofrezcan para la realización del servicio, locales, materiales, máquinas que vaya a utilizar, etc. Estos equipos deberán ser suficientes en calidad y número, para efectuar la totalidad de los distintos servicios dentro del intervalo horario que se cita en la cláusula correspondiente. En particular, la adjudicataria dispondrá en propiedad o en régimen de alquiler de elevadores motorizados que permitan el acceso de personas a trabajos en altura. Serán dos elevadores diferentes: uno para exterior, con una altura de trabajo mínima de 19 mts.; y otro para interior del edificio, con una altura de trabajo mínima de 15 mts., con una anchura máxima para pasar por la puerta de 1,70 mts. Estos elevadores estarán a disposición de los operarios de mantenimiento cuando realicen los trabajos que los requieran. El contratista no podrá usar las instalaciones xxx Xxxxxxx como lugar permanente de almacenaje de estos elevadores
El precio final del contrato será el presentado en la oferta del adjudicatario, en base a los precios unitarios de la tabla expuesta en este apartado.
Para una información más pormenorizada, consúltese el pliego técnico.
G. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede, conforme al art. 103 LCSP
X. XXXXXXXXX DE LA CONTRATACIÓN
El adjudicatario, según el art. 107.1 LCSP, hará efectiva una garantía definitiva por un 5% del
precio final ofertado, XXX excluido
Si, a la firma del contrato, el adjudicatario no depositara la fianza, el Xxxxxxx retendrá un 25% de las facturas en cada uno de los pagos hasta cubrir el aval. El Xxxxxxx abonará en su integridad todas las cantidades retenidas en el momento en que cuente con la fianza.
I. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
☐CRITERIO 1. OFERTA ECONÓMICA:
CRITERIO ÚNICO: MEJOR OFERTA ECONÓMICA | |
PONDERACIÓN: 80 PUNTOS | |
VALORACIÓN: La puntuación por precio se calculará en base a varias simples operaciones: 1) En cada uno de los precios solicitados en el apartado E (precio del contrato), se otorgará 80 puntos a la oferta más económica. A las restantes, se les asignará la puntuación correspondiente en base a la fórmula: 80 x precio más competitivo/ precio licitador en cada casilla. 2) Cada casilla será aumentada según su factor ponderación correspondiente. 3) Cada licitador obtendrá una puntuación inicial, que consistirá en la suma de todas las puntuaciones obtenidas en cada casilla, una vez ponderadas 4) Finalmente, cada licitador obtendrá una puntuación final: se adjudicarán 80 puntos a la mejor puntuación inicial, y a los demás, según la fórmula: 80 x puntuación ponderada del licitador/ mejor puntuación ponderada | |
OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS | |
Se considerarán, en principio, ofertas anormalmente bajas, aquellas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es |
inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando la mesa de contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, deberá requerir al licitador o licitadores que las hubieren presentado dándoles plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos.
La petición de información que la mesa de contratación dirija al licitador se formulará con claridad de manera que estén en condiciones de justificar plena y oportunamente la viabilidad de la oferta.
Concretamente, la mesa de contratación podrá pedir justificación a estos licitadores sobre aquellas condiciones de la oferta que sean susceptibles de determinar el bajo nivel del precio o costes de la misma y, en particular, en lo que se refiere a los siguientes valores:
a) El ahorro en los servicios prestados.
b) Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para prestar los servicios.
c) La innovación y originalidad de las soluciones propuestas para prestar los servicios.
d) El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación.
e) O la posible obtención de una ayuda de Estado.
La mesa de contratación evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y, en el caso de que se trate de la mesa de contratación, elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la mesa de contratación en este sentido esté debidamente motivada.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuatro, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
J. CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR
: Memoria descriptiva del servicio. |
PONDERACIÓN: Máximo de 20 puntos. |
VALORACIÓN: Lo que el Xxxxxxx valorará particularmente en esta memoria técnica, en la que los licitadores tendrán que exponer su forma de entender y llevar a cabo el servicio, cuya extensión no debe de exceder los diez folios a una cara es, en orden de preferencia: - En cuanto al personal del servicio: detalle y desarrollo de las labores del encargado o encargados seleccionados, con currículo profesional en los responsables de los puestos más relevantes. - Experiencia demostrada trabajando en portales de proveedores en los que se reciben los pedidos, se elaboran y se envían los presupuestos, y, en definitiva se trabaja en un espacio virtual común en el que el propio proveedor pueda llegar a preparar sus órdenes de trabajo para la validación por parte xxx Xxxxxxx. - Infraestructura de base, para dar respuesta a imprevistos (tiempo de traslado |
y desplazamiento desde sus almacenes al Xxxxxxx, capacidad de respuesta inmediata, posibilidad de contratación de personal adicional…) - Maquinaria y medios técnicos utilizados, valorándose la puesta al día desde el punto de vista tecnológico y de optimización de los recursos humanos utilizados en términos de eficiencia. - Medidas y prácticas ecológicas que contribuyan a la preservación del Medio Ambiente. - Criterios de selección y formación del personal. - Emisión de informes puntuales que colaboren con el Xxxxxxx en la toma de decisiones, coordinación del personal, con ejemplos concretos. |
K. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de proposiciones finalizará el 18 de septiembre de 2018 a las 14:00 h.
FORMA DE PRESENTACIÓN
TRES SOBRES. Dado que en la valoración se atiende tanto a criterios evaluables de forma automática como a criterios sometidos a un juicio de valor, las proposiciones constarán de tres sobres cerrados: “SOBRE Nº 1” (documentación administrativa), “SOBRE Nº 2” (documentación relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor), “SOBRE Nº 3” (documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente).
Las ofertas deben entregarse o remitirse por correo postal a la dirección: Xxxxxxx de Congresos de Valencia, Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, 00; 46015 de Valencia a la atención de Xxxxxx Xxxxxxx, Director Administrativo-Financiero. Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (00-0000000) en el mismo día.
Los licitadores incluirán dentro del sobre 1 el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC). Solo el adjudicatario, junto con el aval definitivo, tendrá que presentar en su integridad la siguiente documentación:
a. Copia legalizada por notario del DNI del firmante de la proposición.
b. Escritura de poder otorgado a su favor, bastanteada por el Servicio Jurídico Municipal, acompañado de declaración de vigencia del mismo.
c. Si el licitador fuere persona jurídica presentará fotocopia bastanteada por notario de la escritura de constitución o modificación.
d. Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en estas bases.
e. Certificación de estar al corriente en el pago de las obligaciones en materia de tributos locales (los referentes a Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y demás gravámenes municipales)
f. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias autonómicas
g. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias estatales
h. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones de Seguridad Social.
i. Ultimo recibo del pago del I.A.E.
j. Escrito detallando nombre, domicilio, número de teléfono, email y número de fax a efectos de comunicaciones oficiales de cuanto se relacione con este concurso y su adjudicación.
k. Póliza de responsabilidad civil que cubra las posibles eventualidades.
l. Certificación de estar dado de alta el licitador en la Agencia Tributaria e inscrito en el Registro Mercantil.
m. Acreditación del volumen anual de negocio descrito en la cláusula relativa a la solvencia económica, mediante las cuentas anuales de los tres últimos años presentadas en el Registro Mercantil.
n. Acreditación de los suministros mencionados en la cláusula correspondiente a la solvencia técnica, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
o. Plan de Prevención de Riesgos Laborales, seguro y fianza y cuantas otras obligaciones correspondan al adjudicatario.
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original, admitiéndose también copias compulsadas por organismo público competente.
PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LOS PLIEGOS:
Las personas o empresas interesadas, deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de al menos 12 días del transcurso del plazo de presentación de proposiciones (plazo legal).
COMISIÓN DE CONTRATACIÓN:
La comisión de contratación la constituirán los directores de área y el coordinador de calidad y procesos. Quien se responsabilice del seguimiento y control de la prestación del servicio y será quien firme el “informe técnico”; el resto de los directores de área y el coordinador de calidad y procesos, que formarán la “mesa de contratación” y emitirán el informe de la mesa de contratación, avalando el informe técnico y expresando, en su caso, las objeciones o puntualizaciones pertinentes, y la dirección-gerencia quien, en atención a los mencionados informes, propondrá la adjudicación a la Presidenta xxx Xxxxxxx para que el órgano de contratación adjudique el servicio.
Una vez abiertos, estudiados y valorados los sobres 1 y 2, se procederá a la apertura pública del sobre 3, comunicando lugar, fecha y hora a todos los licitadores.
L. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) | Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato. Referido a los tres últimos ejercicios |
Criterio de selección: El adjudicatario ha de contar con entidad empresarial suficiente para poder prestar el servicio. Tal como se describe en el pliego técnico. Además tal entidad se demostrará mediante: Volumen de facturación de la empresa especificando por separado el de España y en la provincia de Valencia. Se exige un mínimo de facturación nacional, durante los últimos tres años, que sea veinte veces el valor anual de este contrato, es decir, un mínimo de 5.200.000 anuales + IVA. | |
b) | Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. |
c) | Oficina en Valencia con una antigüedad implantada, como mínimo, desde enero de 2016. |
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
a) | Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años |
Criterio de selección: Número de servicios o trabajos en el año de mayor ejecución: Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos 3 años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Al menos, deberá acreditar un contrato anual de características similares. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos del código/s CPV. |
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Al margen de acreditar su solvencia técnica, por los medios antes indicados, las personas o empresas licitadoras, se comprometen a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, los medios personales y materiales descritos en el PLIEGO TÉCNICO de estas bases.
La disposición efectiva de tales medios deberá acreditarse documentalmente por la persona o empresa licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato (art. 211 LCSP)
M. SUBCONTRATACIÓN
Las personas o empresas licitadoras deben indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En el caso de que el adjudicatario prevea la necesidad o conveniencia de subcontratar parte de su prestación, deberán tenerse en cuenta las siguientes indicaciones:
- El importe máximo de la subcontratación no superará el 60% del importe del contrato firmado entre el Xxxxxxx y el adjudicatario
- Las condiciones de solvencia profesional y técnica de los subcontratistas a los que se les encomiende la realización de los trabajos serán las mismas que las exigidas al adjudicatario, y deberán dejar constancia de ello mediante los mismos medios que el adjudicatario
- En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Xxxxxxx su intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
Ñ. OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. En cuanto al deber de confidencialidad se estará a lo dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, durante el plazo legal de 5 años.
El contratista nunca podrá trabajar en el Xxxxxxx de Congresos contratado por un tercero, sino siempre bajo el encargo y supervisión xxx Xxxxxxx, según las condiciones del contrato, de la misma manera que el Xxxxxxx no podrá encargar este servicio a ningún otro proveedor.
El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años.
El adjudicatario estará a las consideraciones previstas en el artículo 130 – 1 de la Ley 9/2017 de contratos del Sector Público sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo. En el caso xxx Xxxxxxx de Congresos, al personal de limpieza le resulta aplicable el convenio provincial de limpieza de edificios y locales (subrogación) y, en el caso de los mozos, es de aplicación el convenio de empresa Eulen de SSAA (sin subrogación).
N. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y representación del personal.
O. OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS
Las infracciones y los incumplimientos cometidos por el adjudicatario serán clasificadas como faltas muy graves, graves y leves.
1. Se considerarán faltas muy graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. El incumplimiento de las obligaciones esenciales derivadas del contrato y las establecidas en el presente documento, entre las que figura la demora injustificada en la ejecución del contrato.
b. La reiteración o reincidencia en dos faltas graves consecutivas.
c. Falta notoria de calidad de los equipos objeto del contrato
2. Se considerarán faltas graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. Falta de calidad, higiene o limpieza en los productos manipulados o servidos.
b. Abandono del servicio por más de 24 horas durante el tiempo de ejecución del contrato sin la previa autorización del órgano competente xxx Xxxxxxx.
c. La reiteración de dos faltas leves.
3. Se considerarán faltas leves los siguientes incumplimientos y conductas:
Todas aquellas infracciones del presente pliego de condiciones y el incumplimiento de las obligaciones contenidas en la proposición del adjudicatario no tipificadas como faltas graves o muy graves, y en particular:
a. Incumplimiento del horario establecido.
b. Trato irrespetuoso al público, cuando haya lugar.
c. Falta de calidad en los productos manipulados o servidos.
d. Reducción del personal en horario de prestación de servicio al público.
4. Por razón de las faltas tipificadas en los anteriores apartados el Xxxxxxx de Congresos podrá imponer las siguientes sanciones: las faltas muy graves se sancionarán con multas contractuales entre 2000 y 4000 € o con la resolución del contrato y pérdida de fianza. Las falta o infracciones graves podrán sancionarse igualmente con la resolución del contrato o con multas contractuales de entre 1000 y 2000 €. Y las faltas o infracciones leves con apercibimiento o multas de hasta 1000 €. Las sanciones y, en su caso, la resolución del contrato, se adoptarán por el órgano competente xxx xxxxxxx previa audiencia al contratista por un plazo xx xxxx días.
Son causas de resolución de los contratos de servicios, además de las generales, las siguientes:
a) El desistimiento antes de iniciar la prestación del servicio o la suspensión por causa imputable al órgano de contratación de la iniciación del contrato por plazo superior a cuatro meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor ( a lo mejor, dadas las necesidades perentorias xxx Xxxxxxx se puede disponer un plazo menor) .
b) El desistimiento una vez iniciada la prestación del servicio o la suspensión del contrato por plazo superior a ocho meses acordada por el órgano de contratación, salvo que en el pliego se señale otro menor (ídem).
c) Los contratos complementarios quedarán resueltos, en todo caso, cuando se resuelva el contrato principal.
P. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El incumplimiento de la obligación esencial de la persona o empresa adjudicataria de no minorar las condiciones de trabajo (jornada, salario y mejoras sobre legislación laboral básica), de las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, señalado en el apartado T del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, será causa de resolución del contrato.
Asimismo, se considerará causa de resolución del contrato:
a. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b. La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c. El mutuo acuerdo entre la Entidad Xxxxxxx de Congresos y el contratista.
d. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista
e. La demora injustificada en el pago por parte xxx Xxxxxxx por plazo superior a 6 meses.
f. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público xxx Xxxxxxx de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
g. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios, acuerdos, reglamentaciones y demás normas aplicables en el caso, así como la comisión de falta muy grave o grave.
Q. FORMA DE PAGO
FORMA DE PAGO:
Para los servicios relacionados con eventos, una vez finalizado el servicio para cada evento y que el responsable del Palacio de Congresos de Valencia haya dado su visto bueno, el adjudicatario emitirá una factura por el 100%, que el xxxxxxx pagará una vez transcurridos 30 días de su emisión, el primer día laborable del mes siguiente.
Para los trabajos relacionados con el mantenimiento del edificio, el adjudicatario emitirá una factura por el 100%, que el xxxxxxx pagará transcurridos 30 días de su emisión, el primer día laborable del mes siguiente
R. PLAZO DE GARANTÍA
NO hay plazo de garantía, por tratarse de un servicio cuya prestación ha de mantenerse durante toda la duración del contrato con los máximos niveles de calidad.
RELACIÓN DE PERSONAL DE LIMPIEZA EN EL XXXXXXX DE CONGRESOS DE VALENCIA
CATEGORIA | ANTIGUEDAD | JORNADA | TIPO DE CONTRATO | SALARIO |
Encargada | 21/09/1998 | 39 | 100 | 15.941,55 € |
Limpiadora | 02/11/1999 | 20 | 200 | 7.791,75 € |
Limpiadora | 07/08/1998 | 39 | 100 | 15.191,55 € |
Especialista | 01/04/1994 | 39 | 100 | 17.325,15 € |
Limpiadora | 07/07/1998 | 39 | 100 | 15.186,15 € |
Tipo de contrato:
100: indefinido a tiempo completo 200: indefinido a tiempo parcial
Vencimiento de los contratos: no tienen fecha de fin
Jornada:
Cuatro personas tienen 39 horas semanales. La otra, 20 horas semanales
Posibles pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación:
No hay ninguno