PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO DE AMOREBIETA-ETXANO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
Departamento: CONTRATACIÓN
Nº de Expediente: 17-1901
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS,
POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. ENTE CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El sujeto contratante es el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, ente con personalidad jurídica pública de la Administración Local.
El órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, a tenor del Decreto de Alcaldía nº 538/2015, en relación a la competencia otorgada por la Disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, compuesta de la siguiente forma:
- Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal o miembro en quien delegue.
- Vocales:
- Un concejal del grupo EAJ-PNV.
- Un concejal del grupo EH BILDU.
- Un concejal del grupo HE.
- Un concejal del grupo PSE-EE.
- La Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- La Interventor del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- Secretario: Un Técnico de Administración General o funcionario en quien delegue.
2. OBJETO DEL CONTRATO
Tiene por objeto la contratación de las pólizas de seguro privado del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y sus organismos autónomos, con las características señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el resto de la documentación técnica que figura en el expediente y que tendrá carácter contractual. Las compañías adjudicatarias a su vez deberán designar a un Corredor de seguros, que estará obligado a la prestación de los servicios de asesoramiento y asistencia al tomador y al asegurado o al beneficiario.
A efectos de la adjudicación, el servicio se divide en los lotes que a continuación se indican, siendo posible presentar oferta por uno, varios o todos los lotes:
Lote I:
o Daños a consecuencia de la responsabilidad civil/patrimonial en que puedan incurrir el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y el Organismo Autónomo Ametx frente a terceros, en su condición de titulares de bienes de dominio público y patrimoniales, así como prestadoras de servicios públicos.
o Daños a inmuebles (continente y contenido) y muebles que integran el patrimonio del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y el Organismo Autónomo Ametx.
Lote II: Riesgos personales. Lote III: Vehículos.
Lote IV: Reclamaciones de daños y defensa jurídica. Lote V: Responsabilidad de las autoridades y personal.
Los licitadores no están obligados a licitar por todos los lotes, pero si un lote está constituido por varias pólizas deberá licitar a todas las que integran el lote.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración del presente contrato será de DOS AÑOS, contados desde la fecha de efecto. La previsión es que el contrato se inicie el 1 de enero de 2018. Así, las coberturas se producirán desde el 1 de enero de 2018. No obstante, hay que tener en cuenta que la fecha de efecto de alguno de los seguros mencionados es variable y se establecerá como único vencimiento el 31 de diciembre de 2018.
El plazo contractual será susceptible de prórroga anual, por un máximo de DOS AÑOS, debiendo recaer al efecto acuerdo expreso del órgano de contratación competente.
La entidad aseguradora realizará la solicitud de prórroga del contrato incluyendo la propuesta de revisión de precios, con una antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas.
En el supuesto de que la Administración no acepte la propuesta de revisión realizada por la entidad aseguradora, esta vendrá obligada a prorrogar el contrato en vigor por un tiempo no inferior a tres meses ni superior a seis meses en las mismas condiciones de tasa y cobertura, proporcionalmente al tiempo prorrogado, para que la Administración convoque al efecto otro nuevo procedimiento, en orden a la adjudicación de unos nuevos contratos de seguro.
4. BASE O TIPO DE LICITACIÓN
El presupuesto anual del contrato asciende a:
CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA EUROS (149.990 €)
0%IVA (exento)
Dicho presupuesto se divide en los siguientes lotes:
Lote I: 60.470 €
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano: 49.470 €
Organismo Autónomo Ametx: 11.000 € Lote II: 68.000 €
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano: 55.200 €
Organismo Autonómo Ametx: 12.800 € Lote III: 14.000 €
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano: 13.030 €
Organismo Autónomo Ametx: 970 € Lote IV: 2.340 €
Lote V: 5.180 €
Las cantidades de cada lote podrán ser mejoradas por los licitadores, entendiéndose que en el importe de cada oferta están incluidos la totalidad de los costes necesarios para ejecutar los trabajos objeto de este contrato, no admitiéndose las propuestas que superen dichas bases de licitación.
La administración será realizada por el mediador designado por la entidad aseguradora adjudicataria, cuya retribución será exclusivamente a cargo de la entidad aseguradora.
Valor estimado del contrato (artículo 88 del TRLCSP). Teniendo en cuenta la duración del mismo, sus eventuales prórrogas y la posibilidad de modificación del contrato prevista en los presentes pliegos, el mismo asciende a: 809.946 €.
5. FINANCIACIÓN
Los órganos competentes en materia presupuestaria, del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y del Organismo Autónomo Ametx, se comprometen a consignar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
6. FORMA DE PAGO
La empresa adjudicataria tiene derecho al abono de las primas, con arreglo a los precios convenidos, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por la Administración.
El Ayuntamiento y sus organismos autónomos, formalizados los contratos, deberán efectuar el pago de las primas en los plazos previstos en el artículo 216.4 del TRLCSP, desde la presentación de los correspondientes recibos.
La facturación se realizará por las compañías aseguradoras anualmente, por la totalidad de los servicios prestados, enviándose una factura al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y al Organismo Autónomo Ametx. En los Lotes IV y V, se enviará una factura exclusivamente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
La factura correspondiente deberá presentarse de forma electrónica cuando su importe sea superior a 2.000 euros, I.V.A. incluido, si bien podrá utilizarse la factura electrónica de forma voluntaria en el caso de que la cuantía de la factura sea inferior a dicho importe.
Los códigos DIR 3 necesarios para la confección de las facturas electrónicas son:
A) Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano:
Oficina Contable | Intervención Ayuntamiento Amorebieta-Etxano | L01480031 |
Órgano Gestor | Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano | L01480031 |
Unidad Tramitadora | Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano | L01480031 |
B) Organismo Autónomo Ametx:
Oficina Contable | Intervención Ayuntamiento Amorebieta-Etxano | L01480031 |
Órgano Gestor | Organismo Autónomo Ametx | L01480031 |
Unidad Tramitadora | Organismo Autónomo Ametx | L01480031 |
La factura electrónica se presentará en el PORTAL DEL PROVEEDOR accesible a través de la WEB del ayuntamiento o en la dirección que se indica a continuación: xxxxx://x-xxxxx.xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx:0000/xxxxxxxx.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de este contrato podrá ser objeto de revisión, previa la solicitud escrita remitida por la entidad aseguradora a la Administración, con una antelación mínima de tres meses al vencimiento de este periodo o de cualquiera de las prórrogas que se acuerden por las partes.
Para el cálculo de las primas sucesivas, en el caso de revisión, se tendrá en cuenta exclusivamente:
- Las variaciones que puedan experimentarse en impuestos, tributos repercutibles a las distintas Pólizas Aseguradoras.
- A partir del vencimiento del contrato: las liquidaciones o reajustes xx xxxxxx que con respecto a la siguiente anualidad acuerden las partes.
En el supuesto de que la Administración no acepte la propuesta de revisión realizada por la entidad aseguradora previa al vencimiento del contrato o cualquiera de sus prórrogas, esta vendrá obligada a prorrogar el contrato en vigor por un tiempo no inferior a tres meses ni superior a seis meses en las mismas condiciones de tasa y cobertura, proporcionalmente al tiempo prorrogado, para que la Administración convoque al efecto otro nuevo procedimiento, en orden a la adjudicación de unos nuevos contratos de seguro
8. GARANTÍAS
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que reciba el requerimiento y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. La constitución de la garantía definitiva mediante aval se acreditará por declaración responsable del avalista según el modelo que figura en el Anexo I del presente pliego. La constitución de la garantía definitiva mediante contrato de seguro de caución se acreditará por declaración responsable de la entidad aseguradora según el modelo que figura en el Anexo II de este pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente este requisito en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la licitadora siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Cuando, consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique a la empresa el acuerdo de modificación.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades de la adjudicataria.
9. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la empresa contratada.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego, a las especificaciones técnicas unidas al mismo y a la oferta realizada por la empresa adjudicataria, así como a lo establecido en el TRLCSP y demás normas reglamentarias, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien podrá ejercer estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables a la empresa contratada o a personas de ella dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
El Ayuntamiento se reserva en cualquier momento la facultad de dirección e inspección de la prestación, pudiendo dictar instrucciones a la entidad contratada, que serán de obligado cumplimiento para ésta, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.
10. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATADA
10.1. Obligaciones generales
Las pólizas de los distintos seguros deberán estar debidamente formalizadas por la entidad o entidades aseguradoras y en poder del Ayuntamiento dentro del plazo máximo de 30 días a contar desde la fecha de recepción de la notificación de la adjudicación.
El contenido de las pólizas deberá ajustarse a la Ley del Contrato de Seguro, así como al Reglamento de Ordenación del Seguro Privado y demás disposiciones reglamentarias que regulen los distintos xxxxx.
Las entidades aseguradoras están obligadas a satisfacer las indemnizaciones al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.
Si en el plazo de tres meses desde la reclamación del siniestro la entidad aseguradora no hubiere realizado la reparación del daño o indemnizado su importe en metálico, por causa no justificada o que le fuere imputable, la indemnización se incrementará según lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
La entidad aseguradora no podrá reservarse el derecho de rescindir el contrato tras el acaecimiento de un siniestro.
La entidad aseguradora estará obligada a prestar a esta administración, sin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria, los servicios profesionales que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas.
La entidad aseguradora deberá informar a esta administración, en colaboración con el corredor o mediador sobre la siniestralidad experimentada durante la vigencia de la póliza, sobre las provisiones constituidas por la entidad aseguradora para hacer frente al pago de las indemnizaciones derivadas de las reclamaciones presentadas, así como sobre las cantidades efectivamente abonadas por tal concepto. Dicha información se remitirá semestralmente.
Todas las cuestiones que se den entre las partes contratantes, podrán ser tramitadas por el Ayuntamiento y el Organismo Autónomo a través xxx xxxxxxxx o mediador de seguros que designen en sus proposiciones las entidades aseguradoras adjudicatarias y las notificaciones a éste realizadas se entenderán, en todo caso, efectuadas a las entidades aseguradoras, con sujeción, en todo caso a lo previsto en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Consecuentemente, los avisos, los pagos de las primas, de las indemnizaciones y las comunicaciones que se deriven de los contratos de seguros concertados serán dados por el tomador o el asegurado a las entidades aseguradoras a través del respectivo corredor o mediador designado, considerándose como cursados directa e independientemente a la entidad aseguradora. El mismo trámite se seguirá en la tramitación y liquidación de los siniestros.
Asimismo, toda la información que reciba la entidad aseguradora y el corredor o mediador, de la Administración o de terceros interesados, con motivo de la celebración y posterior ejecución del contrato, será considerada estrictamente confidencial y sólo será utilizada en el marco de este contrato, por lo que no la podrán utilizar para sí ni proporcionar a terceros no interesados. Cualquier infracción en este sentido será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades penales, o de cualquier otro tipo, en que se pudiera incurrir.
10.2. Obligaciones xxx xxxxxxxx o mediador
El corredor o mediador designado por la Compañía informará a la Administración sobre las condiciones de los contratos de seguros a suscribir y velará por la concurrencia de los requisitos que han de reunir éstos para su eficacia y plenitud. Así mismo, y durante la vigencia de los contratos de seguros en que haya intervenido, estará obligado a facilitar la información que se le requiera sobre cualquiera de las cláusulas de la póliza.
El corredor o mediador deberá igualmente hacerse responsable de la tramitación con las compañías aseguradoras de los siniestros ocurridos hasta su definitiva solución, manteniendo la relación con las personas afectadas. El corredor o mediador deberá informar puntualmente a la Administración sobre el resultado de sus gestiones.
Será así mismo responsabilidad xxx xxxxxxxx o mediador llevar las relaciones con las empresas que la Administración contrate para la prestación de servicios propios de su actividad con el fin de comprobar que éstas cuentan con un nivel de aseguramiento adecuado, exigiéndoles si no fuera así la modificación y adaptación de las pólizas de seguro que tuvieran contratadas a las necesidades de la Administración.
En todos estos casos, el corredor o mediador estará obligado a prestar su asistencia, en todas las gestiones o derivaciones que se imputen a los contratos de seguros probados formalizados bajo su mediación, independientemente de la fecha en que se origine la referida gestión.
El corredor o mediador designado por la entidad aseguradora será responsable ante la Administración de las deficiencias o imperfecciones que reduzcan o anulen los efectos de las pólizas concertadas con su intervención y que le sean imputables, aquella podrá exigir del adjudicatario el resarcimiento de los daños y perjuicios que su actuación haya causado. Así mismo estará obligado a entregar a la Administración el
recibo de la prima del contrato de seguro emitido por la compañía aseguradora, como máximo al cabo de 72 horas de haber recibido el importe del mismo.
El corredor o mediador deberá contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil por importe de, al menos, 1.000.000 €.
El personal de toda clase que preste sus servicios en los trabajos de ejecución del contrato por cuenta del mediador, ejecutará su misión bajo la única y exclusiva responsabilidad del mismo.
El mediador quedará obligado con respecto al personal que emplee en la prestación de los servicios objeto de este contrato al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral y Social y de Seguridad y Salud Laboral, así como de las que se promulguen durante la ejecución del mismo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del mismo o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para la Administración.
El mediador será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el contratista utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna sobre ellos, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado, tanto de la información y documentación recibidas de la Administración, como de la ejecución de su trabajo.
10.3. Obligaciones laborales
La empresa contratada está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, o que se dicten durante el período de vigencia del contrato, en materia laboral, previsión, Seguridad Social y seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal a su cargo que se adscriba a la prestación del servicio contratado, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento, y asumiendo la entidad adjudicataria su condición de empresaria.
La empresa adjudicataria asume la completa responsabilidad de los accidentes que por causas imputables a ella pudieran ocurrir a su personal.
La propiedad podrá requerir a la adjudicataria, por cualquier causa o motivo, la acreditación de cualquier extremo relacionado con el correcto cumplimiento de las obligaciones laborales de todo el personal vinculado a la ejecución de los trabajos previstos en este contrato.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta de la empresa adjudicataria todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
Durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se indica en el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a comunicar tal circunstancia al Ayuntamiento y a cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir.
10.4. Obligaciones en materia de Protección de datos de carácter personal
El acceso a datos de carácter personal por parte del adjudicatario no se considera comunicación de los mismos, dado que dicho acceso es necesario para la prestación del servicio que constituye el objeto del contrato.
La empresa adjudicataria del presente contrato tendrá la consideración de encargado del tratamiento de datos de carácter personal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
El encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, y no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en este contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
Por otra parte, la empresa adjudicataria, como encargada del tratamiento, está obligada a implementar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y evite su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana del medio físico o natural.
No se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones que se determinen por vía reglamentaria con respecto a su integridad y seguridad y a las de los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas.
Reglamentariamente se establecerán los requisitos y condiciones que deban reunir los ficheros y las personas que intervengan en el tratamiento de los datos a que se refiere el artículo 7 de la mencionada Ley Orgánica.
Un vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser devueltos al Ayuntamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
11. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
La entidad contratada será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 214 del TRLCSP.
12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 105 a 108 del TRLCSP, así como a lo dispuesto en los presentes pliegos.
El contrato podrá ser modificado cuando concurra alguna de las circunstancias y con los límites previstos en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las haga necesarias.
Asimismo, el contrato podrá ser modificado cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes, pudiendo afectar como máximo al 35% del importe de adjudicación del contrato:
En el supuesto de las pólizas de Responsabilidad civil (lotes I y V), por variación de la cifra de presupuesto liquidado.
En el supuesto de las pólizas de daños a bienes inmuebles y muebles, por modificaciones del capital asegurado, aseguramiento de nuevos riesgos, baja de riesgos asegurados o modificación de los riesgos actuales.
En el supuesto de las pólizas de vida, por variación del tramo de edad, aseguramiento de nuevas altas o bajas o modificación de capital.
En el supuesto de las pólizas de vehículos, por variación en los bienes asegurados.
Cuando se trate de modificaciones no previstas en la documentación que rige la licitación resultará de aplicación lo establecido en los artículos 107 y 108 del TRLCSP.
Cuando se trate de las modificaciones previstas en los presentes pliegos, dichas modificaciones se aprobarán por Decreto de Alcaldía o de Presidente del Organismo Autónomo Ametx, tras presentación de propuesta por el adjudicatario.
13. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
Una vez finalizados los trabajos objeto del presente contrato, de conformidad con las condiciones y términos del mismo, y a satisfacción de la Administración en la totalidad de su objeto, se producirá el acto de recepción o conformidad del mismo.
Respecto del plazo de garantía, dado que los servicios que se contratan agotan sus prestaciones con el final de la ejecución del contrato, no se establece ningún plazo de garantía.
14. PENALIDADES AL CONTRATISTA
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el párrafo primero del artículo 212.4 del TRLCSP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte del Ayuntamiento o sus organismos autónomos.
15. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causa de resolución de este contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP.
16. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponde a la Administración la prerrogativa de interpretar los pliegos reguladores del contrato durante todo el período de preparación y adjudicación del
mismo. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de estas prerrogativas de interpretación serán inmediatamente ejecutivos.
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
17. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará por el órgano de contratación a propuesta de la Mesa de contratación, mediante tramitación ordinaria y procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato, divididos en criterios no cuantificables automáticamente y criterios cuantificables automáticamente, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, son los siguientes, para todos los lotes (aunque se deberá presentar un sobre B independiente por cada lote al que se opte):
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE:
De 0 a 25 puntos
OFERTA TÉCNICA:
MEJORAS
Se presentarán las mejoras específicas previstas en los pliegos de prescripciones técnicas de cada lote que el licitador proponga.
Lote I
A) Daños
- Ampliación de coberturas 5 puntos
- Eliminación de exclusiones 2,5 puntos
- Mejora de las franquicias 2,5 puntos
- Incremento de límites y sublímites (p. ej. Honorarios de peritos) 2,5 puntos
B) Responsabilidad Civil
- Ampliación de coberturas e incremento de límites y sublímites 5 puntos
- Eliminación de exclusiones 2,5 puntos
- Mejora de las franquicias 2,5 puntos
- Mejora de la retroactividad 2,5 puntos
Lote II
- Ampliación de coberturas 15 puntos
- Eliminación de exclusiones 10 puntos
Lote III - Eliminación de exclusiones 10 puntos - Incremento de los capitales de accidentes del conductor 10 puntos - Ampliación de coberturas 5 puntos Lote IV - Ampliación de coberturas 10 puntos - Incremento de los gastos jurídicos 10 puntos - Eliminación de exclusiones 5 puntos Lote V - Ampliación de coberturas 15 puntos - Eliminación de exclusiones 10 puntos | |
Calidad del Servicio - Organización, metodología de trabajo, recursos materiales y humanos puestos a disposición de esta administración, grado de especialización de las personas que la entidad aseguradora se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, así como plazos para la gestión y emisión de la documentación de la póliza y para la gestión, tramitación y resolución de siniestros 7,5 puntos - Organización, metodología de trabajo, recursos materiales y humanos puestos a disposición de esta administración, grado de especialización de las personas que el corredor o mediador se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, así como plazos para la gestión de la documentación de la póliza y para la gestión, tramitación y resolución de siniestros 7,5 puntos | De 0 a 15 puntos |
CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE (se deberá presentar un sobre C independiente por cada lote al que se opte):
De 0 a 60 puntos
OFERTA ECONÓMICA:
La distribución de puntos se hará con arreglo a la siguiente fórmula:
PO = MaxP X BO
BM
Tal que:
PO = Puntos de la oferta MaxP = Máximo de puntos
BO = Baja de la oferta respecto del precio base de licitación BM = Baja de la mejor oferta sobre el precio base de licitación
18. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultada para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además las empresas licitadoras deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo. En concreto, deberán estar inscritas en el Registro de entidades aseguradoras de la Dirección general de Seguros y Fondos de pensiones.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos: Registros de Estados miembros de la Comunidad Europea y signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Asimismo, será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
En cualquier caso, los documentos que presenten las empresas no españolas acreditativos de su capacidad de contratar deberán presentarse traducidos, de forma oficial, al castellano o al euskera.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único. Asimismo, los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas en contravención de las mismas.
19. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo estará de manifiesto en las oficinas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, de 8:30 a 14:30 horas, todos los días hábiles a partir de la fecha de envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea y hasta el vencimiento del plazo para la presentación de proposiciones. Asimismo, dicha documentación estará disponible en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano (www.amorebieta- xxxxxx.xxx).
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, en el mismo horario arriba señalado y dentro del plazo de 40 días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea. Si el último día de presentación de ofertas fuera sábado o inhábil, se prorrogará hasta el lunes o el día hábil siguiente respectivamente.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX, o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos 7 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Las empresas licitadoras deberán presentar tres sobres cerrados ( A, B y C), en cada uno de los cuales figurará la inscripción: “ PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS”. Se deberá presentar un sobre B y un sobre C independientes por cada lote al que se opte.
El sobre "A", subtitulado "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR", y contendrá la Declaración Responsable de acuerdo con el modelo que se acompaña como Anexo III, que sustituirá a la aportación inicial de la documentación prevista en el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
A la Declaración Responsable, le acompañarán:
a) En caso de constituir una unión de empresarios, el documento de compromiso de constitución en U.T.E., de acuerdo el modelo que figura en
el Anexo III indicando los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
b) En caso de integración de la solvencia o clasificación exigida con las condiciones de solvencia o clasificación y medios de otras entidades, el documento de declaración de integración de la solvencia o clasificación, suscrito por ambas entidades de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III.
c) Documento acreditativo de su inscripción en el Registro de entidades aseguradoras de la Dirección general de Seguros y Fondos de Pensiones para operar en las ramas de seguro objeto de esta contratación al que presente la oferta. En el caso de entidades aseguradoras domiciliadas en otros países miembros del Espacio Económico Europeo que ejerzan sus actividades en España presentarán la autorización para operar en el Estado miembro de origen y acreditarán el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
d) Documento en el que el licitador designe un corredor/mediador de seguros, debidamente suscrito por este, que participará en la gestión y desarrollo del contrato.
e) Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil xxx xxxxxxxx/mediador de seguros por importe de, al menos, 1.000.000 €.
La documentación cuya aportación inicial es sustituida por la declaración responsable incluida en el Anexo III es la siguiente:
i. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la oferta.
ii. Cuando el licitador sea una persona jurídica, además de la fotocopia del DNI de la persona que presenta la oferta, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
iii. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para comparecer
ante el órgano de contratación y contratar con él en nombre y representación de la persona o entidad que se trate.
iv. Acreditación de la solvencia económica mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o depositadas en el registro oficial en el que deban inscribirse. En tales cuentas deberá acreditarse que, de entre los últimos tres ejercicios concluidos en, al menos, uno de ellos se ha alcanzado un volumen anual de negocios igual o superior a 2.000.000 Euros.
v. Justificantes de la solvencia técnica o profesional: Será requisito mínimo para acreditar la solvencia técnica o profesional haber suscrito en los últimos tres años tres pólizas de seguro cuyo importe individual sea igual o superior al presupuesto de cada lote al que se opte. Dichos servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente.
Acreditación mediante certificado del Registro de Licitadores. La documentación señalada anteriormente, excepto la recogida en el apartado i), podrá ser sustituida por el certificado que expida cualquiera de los registros siguientes: Registro de Licitadores del Territorio Histórico de Bizkaia; Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi; Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado; certificado comunitario de clasificación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
En todo caso la certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
vi. En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el órgano de contratación, debiendo nombrar representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
vii. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional.
Esta documentación habrá de ser presentada necesariamente por el licitador que sea propuesto como adjudicatario, con carácter previo a la adjudicación del contrato.
Asimismo, la Administración podrá requerir a los licitadores que presenten la documentación indicada, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, con carácter previo a la apertura del sobre que contenga la oferta económica. En este caso, los licitadores requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que subsanen el error.
El sobre "B", se subtitulará “CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE”. SE PRESENTARÁ UN SOBRE INDEPENDIENTE POR CADA LOTE AL QUE SE OPTE, INDICANDO EN DICHO SOBRE EL
LOTE AL QUE SE OPTA. Contendrá la siguiente documentación:
a) Condiciones del contrato de seguro (póliza) que se ofrece incluyendo las condiciones generales, especiales y particulares que deberán cumplir los mínimos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas.
b) Mejoras específicas previstas en los pliegos de prescripciones técnicas de cada lote que el licitador proponga.
c) Propuesta relativa a la calidad del servicio de acuerdo con los criterios establecidos en la cláusula 17.
El sobre C se subtitulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE”. SE PRESENTARÁ UN SOBRE INDEPENDIENTE POR CADA LOTE AL QUE SE OPTE, INDICANDO EN DICHO SOBRE EL LOTE AL QUE SE OPTA.
Contendrá la proposición económica, ajustada a los modelos que se adjuntan como Anexo IV.
Serán rechazadas las ofertas que no respeten el contenido de cada sobre por no haber diferenciado la documentación correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente de la correspondiente a los cuantificables automáticamente.
La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación, y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido, debiendo indemnizar además a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que los mismos se hayan formalizado, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados que no resulten adjudicatarios. A partir de esa fecha, en caso de que no se proceda a la solicitud de devolución en el plazo de un mes, se procederá a su destrucción.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autentificada por esta Administración o por notario.
20. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
20.1. Calificación de la documentación, efectos subsanables.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el denominado sobre A.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, la Mesa de Contratación lo comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles, contados desde la fecha de la comunicación, para la subsanación de las deficiencias no esenciales detectadas.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Concluidos estos trabajos, la Mesa de contratación realizará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
20.2. Apertura de proposiciones.
Primer acto. La apertura de la documentación obrante en el SOBRE B: CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE, se llevará a cabo en el
día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx- Etxano.
En este acto se dará cuenta de las proposiciones presentadas, nombre de los licitadores, resultado de la calificación de los documentos y de la subsanación, en su caso, de deficiencias de éstos. Después, la mesa procederá a la apertura de los sobres que contienen las ofertas técnicas por el orden de su presentación, dando a conocer el contenido de cada una.
Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
Segundo acto. Concluida la valoración y evacuado, en su caso, el informe técnico oportuno, se convocará nuevo acto público, que se celebrará en el día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
En primer lugar, se dará a conocer el resultado de la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente.
En segundo lugar, se procederá a la apertura de la documentación obrante en el SOBRE C: CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE, dándose
lectura a las proposiciones económicas.
En caso de empate entre las ofertas más ventajosas, la adjudicación se llevará a cabo en favor de la empresa que acredite tener un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100.
Si persistiera el empate, la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitador que haya presentado la oferta económica de menor importe.
En caso de persistir el empate, la adjudicación del contrato se efectuará mediante sorteo realizado por la Mesa de contratación.
Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
21. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
21.1 Clasificación de ofertas
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Documentación administrativa, cuya presentación inicial sustituye la declaración responsable, según lo previsto en la Cláusula 19.
Justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Constitución de la garantía definitiva por importe equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato.
Cuando resulte adjudicataria una UTE, además de los documentos anteriormente indicados habrá de aportarse, dentro del mismo plazo, escritura pública de su constitución, CIF asignado a la Unión Temporal y nombramiento de representante o apoderado con poder bastante.
De no cumplirse adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la empresa licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Además, la empresa adjudicataria deberá abonar los gastos de publicidad oficial, hasta un máximo de 900 €.
21.2 Adjudicación del contrato
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación y en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones (sobres B).
Transcurridos los plazos establecidos sin que se haya dictado acuerdo resolutorio, los interesados podrán retirar sus ofertas y, en su caso, las garantías depositadas.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
Acordada, por resolución motivada, la adjudicación del contrato se procederá a efectuar la correspondiente notificación a los licitadores. La adjudicación se publicará, simultáneamente, en el perfil de contratante del órgano de contratación. En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
21.3. Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
Si el contrato no es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización del contrato deberá efectuarse dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiere levantado la suspensión, el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de formalización.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo correspondiente arriba indicado, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá un ejemplar xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
Tendrá asimismo carácter contractual la oferta presentada por el contratista en todo lo referente a mejoras, propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos hayan determinado la adjudicación del mismo.
El documento en el que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite la empresa contratada, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratado viene obligado a la entrega de una copia autorizada al órgano de contratación.
III. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
22. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter privado y se regirá:
a) En cuanto a su preparación, competencia y adjudicación, por el presente pliego, el pliego de prescripciones técnicas, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2007, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/01, de 12 de octubre, en todo lo que no se oponga al TRLCSP, y demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas, la Ley 50/1980, de
8 de octubre, de Contratos de Seguros, la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, así como cualquier otra disposición que regule los Contratos de Seguros Privados y la contratación que resulte aplicable al contrato en cuestión.
b) En cuanto a sus efectos y extinción, por lo dispuesto en el Código Civil y restantes disposiciones de Derecho privado.
23. JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo de acuerdo con la normativa reguladora de dicha jurisdicción.
ANEXO I: MODELO DE AVAL
La entidad ……………….( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…….., con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………., y en su nombre …………..( nombre y apellido de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
…………….(nombre y apellidos o razón social del o de la avalada), NIF…….., en virtud de lo dispuesto por el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para la adjudicación del contrato que tiene por objeto LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, por importe de (en letras y en cifras).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
El presente documento de garantía ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número…………………………..
En …………….., a ………. de de 2017
(Razón social de la entidad) ( Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
( Provincia/Fecha/Número o código)
ANEXO II: MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ………………. ( razón social de la entidad aseguradora), certificado número …………. ( en adelante aseguradora), con domicilio en y
NIF:……………., debidamente representado por …………….(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A
……………. ( nombre y apellidos o razón social de la entidad aseguradora), NIF , en concepto de tomador del seguro, ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-
Etxano, ( en adelante asegurado), hasta el importe de ( en letras y en cifras), en los
términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato que tiene por objeto LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS
ORGANISMOS AUTÓNOMOS para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado o asegurada.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho a la entidad aseguradora a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura de la entidad aseguradora suspendida ni éste o ésta liberada de su obligación, caso de que la entidad aseguradora deba hacer efectiva la garantía.
La entidad aseguradora no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
La entidad aseguradora asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria
En ……………., a …………….de de 2017
(Razón social de la entidad aseguradora) ( Firma de los o las apoderadas)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
( Provincia)
ANEXO III: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARA
a) Que la empresa a la que representa cumple las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar y que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, relacionadas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Que en la elaboración de su oferta ha tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
c) Que se compromete a aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de dichos requisitos en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
d) Que para la presente licitación declara que en caso de resultar adjudicatario del contrato, el Convenio Colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato será el siguiente:
………………………………………………………………………...(indicar el sector y ámbito territorial)
e) Que en relación a los datos relativos a grupo empresarial la empresa a la que representa (SÍ/NO) se encuentra en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
En caso de respuesta afirmativa,
NO concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales.
SI concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos
establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales, y en concreto con la empresa…………………..
f) Que la empresa a la que representa SI/NO tiene relación laboral en su plantilla con personas trabajadoras con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100.
g) Que manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la Ley, son los siguientes:
Persona de contacto…..……………………………………………….
Domicilio Social……………………………………..……………..…
C.P……………….…Población………………………………………
Teléfono 1……………………
Dirección de correo electrónico:………………………………………
En ……………… a …….. de de 2017
Fdo.
Sello de la empresa
(En caso de U.T.E. se aportará una declaración responsable por cada miembro de la UTE y se anexará la declaración que se enuncia a continuación).
MODELO DE DECLARACIÓN DE U.T.E.
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
Y
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARAN
Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas de..........% y de.........% y que nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Xx ..........................................................................................con domicilio
a efectos de notificaciones para esta licitación en
………………………………………………………………………
Y como prueba de conformidad de esta declaración, la firmamos.
En ..........................., a ........ de de 2017
Fdo.
Sello de la empresa Fdo.:
LOTE I: RESPONSABILIDAD CIVIL Y DAÑOS
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto/a de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, declaro:
1º. Que me comprometo a la ejecución del LOTE I DEL CONTRATO DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, por el precio de:
Póliza | Prima Neta | Consorcio | Impuestos | Prima Total |
Daños Materiales - Ayuntamiento | ||||
Daños Materiales – Organismo Autónomo | ||||
Responsabilidad Civil - Ayuntamiento | ||||
Responsabilidad Civil - Organismo Autónomo | ||||
TOTAL |
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
LOTE II: RIESGOS PERSONALES
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto/a de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, declaro:
1º. Que me comprometo a la ejecución del LOTE II DEL CONTRATO DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, por el precio de:
Póliza | Prima Neta | Consorcio | Impuestos | Prima Total |
Vida - Ayuntamiento | ||||
Vida– Organismo Autónomo | ||||
Accidentes - Ayuntamiento | ||||
Accidentes - Organismo Autónomo | ||||
TOTAL |
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
LOTE III: VEHÍCULOS
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto/a de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, declaro:
1º. Que me comprometo a la ejecución del LOTE III DEL CONTRATO DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, por el precio de:
Póliza | Prima Neta | Consorcio | Impuestos | Prima Total |
Ayuntamiento | ||||
Organismo Autónomo | ||||
TOTAL |
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
Fdo.:
LOTE IV: DEFENSA JURÍDICA
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto/a de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, declaro:
1º. Que me comprometo a la ejecución del LOTE IV DEL CONTRATO DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, por el precio de:
Póliza | Prima Neta | Consorcio | Impuestos | Prima Total |
Ayuntamiento | ||||
TOTAL |
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
Fdo.:
LOTE V: RESPONSABILIDAD CIVIL
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto/a de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS, declaro:
1º. Que me comprometo a la ejecución del LOTE V DEL CONTRATO DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, por el precio de:
Póliza | Prima Neta | Consorcio | Impuestos | Prima Total |
Ayuntamiento | ||||
TOTAL |
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
Fdo.: