CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES.
XXXXX XXXXXXXX XXXX ( 1 de 1 ) ADMINISTRATIVO
Data Signatura : 21/03/2024
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES.
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ÍNDICE
CLÁUSULA 1ª. OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.3 CLÁUSULA 2ª. FINALIDAD DEL SERVICIO Y OBJETIVOS A CUMPLIR 4
CLÁUSULA 3ª. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA A REALIZAR 5
3.1. ÃMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE DEL SERVICIO 5
3.2. DIRECCIÓN TÉCNICA, SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA 5
3.3. COSTES ECONÓMICOS A ASUMIR POR EL/LA ADJUDICATARIO/A DEL CONTRATO 5
3.6. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO 6
3.7. DOCUMENTACIÓN DEFECTUOSA O FALTA DE CALIDAD TÉCNICA O IDONEIDAD DE LA MISMA 7
3.8. SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 7
CLÁUSULA 4ª. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE LA ASISTENCIA TÉCNICA A REALIZAR 8
CLÁUSULA 5ª. ASESORAMIENTO TÉCNICO 12
CLÁUSULA 6ª. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A ENTREGAR POR EL AYUNTAMIENTO AL/LA ADJUDICATARIO/A DEL CONTRATO 12
CLÁUSULA 7ª. SOLVENCIA TÉCNICA Y ECONÓMICO-FINANCIERA 12
7.1. EQUIPO FACULTATIVO Y MEDIOS MATERIALES 12
7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL 13
7.3. SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA 13
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CLÁUSULA 9ª. RÉGIMEN JURÍDICO Y NORMATIVA APLICABLE A LA LICITACIÓN 14
CLÁUSULA 10º. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO 15
10.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO 15
10.2. PRESUPUESTO POR PARTIDAS 16
10.3. PAGO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y REVISIÓN DE PRECIOS 16
CLÁUSULA 11ª. CRITERIOS DE VALORACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA 17
11.1. VALORACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA (HASTA UN MÃXIMO DE 70 PUNTOS) 17
11.2. VALORACIÓN DE MEJORAS (HASTA UN MÃXIMO DE 30 PUNTOS) 18
CLÁUSULA 1ª. OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
El objeto de este contrato es la realización de servicios de consultoría y asistencia técnica en materia de medio ambiente y prevención de incendios forestales para el Excmo. Ayuntamiento de Benissa, establecer las prestaciones que forman parte del objeto del contrato, de las condiciones que han de servir de base para la realización de los mismos y definir los documentos que han de ser entregados por el/la adjudicatario/a del contrato.
El objeto del presente Pliego es el de determinar las prescripciones técnicas a cumplir por los/las licitadores/as en el procedimiento de concurrencia competitiva para la adjudicación de una asistencia técnica al Departamento de Medio Ambiente de Benissa en la gestión forestal y la prevención de incendios forestales en el término municipal (redacción de documentos, tramitación, dirección de los trabajos y otra asistencia necesaria para la implementación de las actuaciones propuestas) del conjunto de actuaciones propuestas, relacionadas con la prevención de incendios forestales (en adelante Actuaciones) en el municipio de Benissa, A saber:
1. Asistencia técnica y elaboración memorias e informes para la tramitación de las ayudas del Fondo Estratégico Municipal para la prevención y gestión forestal. Fondo que se establece en el artículo 77 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana. Asistencia que se prestará para las anualidades 2024 y 2025.
2. Asistencia técnica y elaboración memorias e informes para la tramitación de las ayudas para la prevención de incendios forestales de la Diputación de Alicante e incluidas en el PLPIF. Asistencia que se prestará para las anualidades.
3. Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del voluntariado ambiental para la prevención de incendios forestales financiado por la GVA. Asistencia que se prestará para las anualidades del contrato.
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4. Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del Programa de subvenciones Iniciativa Social, destinadas a la contratación de personas desocupadas por corporaciones locales de la Comunidad Valenciana, para la realización de acciones previstas en planes o procedimientos de emergencias en el ámbito forestal. (Avalamos Experiencia). EMERGE. Se realizará para las anualidades del contrato.
5. Revisión parcial del PLPIF en la anualidad 2025 (Plan aprobado en 2020). Tal y como se especifica en la PLPIF, este documento tendrá una validez de 15 años y una revisión parcial cada 5 años.
6. Revisión y mejora de la cartografía IU-F. Cartografía de alta importancia y repercusión normativa.
7. Asistencia técnica al departamento de agricultura del Ayuntamiento de Benissa, así como a otros departamentos en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, medio rural y la gestión forestal. Se creará una bolsa de 80 horas anuales para cada anualidad (2024 y 2025), en la que el Ayuntamiento dispondrá de los servicios de, mínimo, un/a técnico/a con titulación universitaria competente en la materia.
En el caso de no realizarse la asistencia técnica relativa a alguna subvención por no publicarse la concesión de esta durante la anualidad, el importe asignado a esta partida podrá ser destinado a la bolsa de asistencia técnica a razón de 48€/hora (sin impuestos incluidos). Con inclusión del 15% de las horas como presenciales, haciéndose cargos el/la contratista de los gastos de desplazamientos y dietas que suponga. El Ayuntamiento decidirá el destino de la anterior partida; en caso de no decidir que sea destinado a la bolsa de asistencia técnica será descontado del total del precio del contrato para esa anualidad.
El/La licitador/a que resulte seleccionado/a en el procedimiento de concurrencia competitiva para la adjudicación de la asistencia técnica realizará las tareas de asistencia durante todo el proceso de elaboración de los conceptos definidos anteriormente.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas regula la ejecución de la prestación objeto del contrato, de conformidad con las reglas y límites que, para los contratos de servicios, determina la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
Los documentos técnicos objeto de este Pliego cumplirán en todo momento la estructura fijada por la normativa vigente al respecto, e incluirán tanto la documentación escrita como la documentación gráfica requerida, digitalizada y en editable.
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Una vez elaborada la documentación técnica objeto de este Pliego, y tras una aprobación inicial por el departamento competente del Ayuntamiento de Benissa, bajo informe técnico municipal favorable, será obligación del/la licitador/a seleccionado/a la asistencia durante la solicitud, aprobación y justificación en el proceso de tramitación administrativa y operativa preceptiva ante los organismos competentes en materia.
Será por cuenta del/la seleccionado/a en el procedimiento de concurrencia competitiva los gastos económicos que se deriven de la ejecución de los trabajos contratados (gastos de desplazamiento, dietas, recursos materiales y humanos para el desarrollo de los trabajos, etc).
Las determinaciones establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, constituyen normas vinculantes para el/la seleccionado/a en el procedimiento de concurrencia competitiva, quien realizará las prestaciones que constituyen el objeto del contrato con expresa sujeción a los mismos.
CLÁUSULA 2ª. FINALIDAD DEL SERVICIO Y OBJETIVOS A CUMPLIR
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99º de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, la finalidad del servicio es la contratación de los trabajos técnicos de asistencia en el desarrollo de las actuaciones determinadas en la Cláusula 1ª de este Pliego.
Se trata, por tanto, de un contrato de servicio, en los términos que regula el artículo 17º de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, con el Código CPV 71313000-5 - Servicios de consultoría en ingeniería ambiental; y que tiene como fin el desarrollo del conjunto de las Actuaciones anteriormente mencionadas (Cláusula 1ª).
Las estrategias a seguir en las tareas de asistencia técnica versarán sobre:
- La identificación de las zonas con mayor riesgo por incendios forestales, así como de las actuaciones prioritarias en la prevención de incendios.
- Aprovechamiento de las líneas de ayudas en la prevención de incendios forestales, la gestión forestal y otras de ámbito medioambiental y rural.
- Actualización de la planificación existente en prevención de incendios y lo relacionado con estos.
- Elaboración de una cartografía completa y eficaz de las zonas IU-F.
- Proponer las actuaciones en los diferentes ámbitos que se requieran.
- Ofrecer soluciones, con una repercusión amplia en la población y con un coste razonable, optimizando los recursos dedicados del municipio.
- Asesorar a los responsables municipales en el proceso de mejora continua, en temática forestal y medioambiental.
- Establecer las pautas para la adecuación de las actuaciones, obras y proyectos que se realicen en el municipio, teniendo como referencia los detalles y las pautas desarrolladas en los documentos descriptivos.
- Potenciar la participación y concienciación ciudadana sobre la percepción del riesgo de incendios forestales, la autoprotección y la prevención.
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- Establecer un voluntariado local para la vigilancia preventiva por riesgo de incendio forestal.
- Contratación de personas desocupadas para la reducción del riesgo por incendio forestal.
- Asistir al municipio en la promoción y difusión de la normativa, las responsabilidades compartidas de los propietarios y las actuaciones en prevención de incendios forestales.
CLÁUSULA 3ª. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA A REALIZAR
3.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE DEL SERVICIO
El presente documento es aplicable al contrato que se adjudique. Los trabajos incluidos se desarrollarán dentro del término municipal de Benissa y en las anualidades 2024 y 2025.
3.2. DIRECCIÓN TÉCNICA, SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
El Ayuntamiento de Benissa designará un responsable del contrato que actuará como Director/a Técnico/a, supervisor/a e inspector/a, responsable del cumplimiento por el/la adjudicatario/a de la ejecución del contrato.
El/La responsable del contrato desempeñará una función coordinadora, y establecerá los criterios y líneas generales en la actuación del/la adjudicatario/a del contrato, quien realizará los necesarios trabajos de diseño, análisis, cálculo, detalle y revisión.
El/La responsable del contrato ejercerá, de una manera continuada y directa, la supervisión, control, inspección y vigilancia de la asistencia técnica contratada, teniendo en cuenta este Pliego de Condiciones, la legislación vigente de aplicación, y demás documentos del contrato.
A este fin, el/la adjudicatario/a del contrato facilitará la visita y examen de cualquier proceso o fase de la asistencia técnica, así como los medios necesarios para que se puedan desempeñar en sus oficinas las citadas funciones.
3.3. COSTES ECONÓMICOS A ASUMIR POR EL/LA ADJUDICATARIO/A DEL CONTRATO
El/La adjudicatario/a del contrato está obligado/a a asumir los costes económicos siguientes:
- Los derivados del contrato.
- Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información en organismos oficiales o particulares.
- Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
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- Cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato.
Las actuaciones objeto del contrato, desarrolladas por el/la adjudicatario/a del mismo, serán propiedad del Ayuntamiento de Benissa y éste, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de parte de los trabajos realizados, en el supuesto de que se requiera.
El/La adjudicatario/a del contrato no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos técnicos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del Ayuntamiento de Benissa.
En todo caso el/la adjudicatario/a del contrato será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
El/La adjudicatario/a del contrato tendrá la obligación de proporcionar al Ayuntamiento de Benissa todos los datos, archivos cartográficos, documentos y procedimientos empleados durante la elaboración y desarrollo de las actuaciones objeto del contrato.
El/La adjudicatario/a del contrato informará obligatoriamente al/la Técnico Municipal responsable del cumplimiento del contrato, con una periodicidad quincenal, sobre la marcha general de la asistencia técnica encomendada.
A falta de ésta, como mínimo, el/la adjudicatario/a del contrato informará al Técnico Municipal responsable del cumplimiento del contrato de la finalización de la asistencia técnica correspondiente a cada una de las actuaciones objeto del contrato.
3.6. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración temporal del contrato es de dos años desde el día siguiente a la firma del contrato. El contrato podrá ser prorrogado por otros dos años más.
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Se establecen los siguientes plazos de entrega:
Actuación | Año 2024 | Año 2025 |
Asistencia técnica y elaboración de memorias e informes para la tramitación de las ayudas del Fondo Estratégico Municipal para la prevención y gestión forestal | Plazo establecido en las convocatorias* | Plazo establecido en las convocatori as* |
Asistencia técnica y elaboración de memorias e informes para la tramitación de las ayudas para la prevención de incendios forestales de la Diputación de Alicante e incluidas en el PLPIF | Plazo establecido en las convocatorias* | Plazo establecido en las convocatori as* |
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del voluntariado ambiental para la prevención de incendios forestales financiado por la GVA | Plazo establecido en las convocatorias* | Plazo establecido en las convocatori as* |
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del Programa EMERGE | Plazo establecido en las convocatorias* | Plazo establecido en las convocatori as* |
Revisión parcial del PLPIF | No | 30 de septiembre de 2025 |
Revisión y mejora de la cartografía IU-F. Completa. | 1 mes desde la firma del contrato | No |
Actuación | Año 2024 | Año 2025 |
Asistencia técnica al departamento de medio ambiente en cuestiones relacionadas con el medio ambiente y la gestión forestal. Bolsa de 80 horas anuales. | Desde la firma del contrato y durante anualidad 2024 | Durante anualidad 2025 |
* Se atenderá a los plazos establecidos en las resoluciones de las ayudas. La entrega se realizará como máximo 15 días antes de la finalización de este plazo.
La recurrencia de algunas de las actuaciones en los dos años del contrato no conllevará la extensión del plazo de ejecución de las actuaciones del primer año al segundo, excepto en los supuestos que el/la técnico municipal responsable del contrato apruebe dicha extensión ante situaciones que puedan forzar su necesidad.
Se entenderá por ejecución total de las actuaciones, la entrega y aceptación por parte del Ayuntamiento de Benissa de los documentos e informes finales definitivos generados para cada una de las actuaciones objeto del contrato.
3.7. DOCUMENTACIÓN DEFECTUOSA O FALTA DE CALIDAD TÉCNICA O IDONEIDAD DE LA MISMA
Hasta que tenga lugar la recepción de los documentos técnicos, revisiones, elementos de cartografía y otras tipologías generados en las distintas actuaciones contratadas, el/la adjudicatario/a del contrato responderá de los mismos y de los defectos que en ellos hubiese, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los/las Técnicos Municipales del Ayuntamiento los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.
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3.8. SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La Dirección Técnica del Contrato o responsable del contrato que al respecto designe el Ayuntamiento de Benissa será la encargada de determinar, en los casos que proceda, el conjunto de actuaciones que, de las descritas en el presente Xxxxxx, deberá llevar a cabo el/la adjudicatario/a del contrato en el desarrollo de la ejecución del objeto del contrato.
A la Dirección Técnica del Contrato le corresponderán las siguientes potestades:
1. Dar las instrucciones oportunas con el fin de alcanzar los objetivos del contrato.
2. Velar por el cumplimiento de los términos contractuales y técnicos previstos en el presente Pliego.
3. Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los servicios técnicos que conforman las prestaciones objeto del contrato.
4. Convocar cuantas reuniones considere pertinentes para el buen desarrollo
de los servicios técnicos y para su supervisión.
Si se advierten vicios o defectos en las Asistencias elaboradas, el/la Técnico Municipal responsable del contrato podrá recusar los que estime no satisfactorios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 217º de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La recusación se realizará siempre por informe motivado, y el/la adjudicatario/a del contrato tendrá derecho a alegar lo que estime conveniente, ante el Ayuntamiento de Benissa, en el plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir de la fecha en que reciba la correspondiente notificación.
CLÁUSULA 4ª. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE LA ASISTENCIA TÉCNICA A REALIZAR
La asistencia técnica objeto del contrato incluye las siguientes actuaciones a realizar:
1. Asistencia técnica para la elaboración de las memorias, informes y documentos necesarios para la tramitación de las ayudas del Fondo Estratégico Municipal para la prevención y gestión forestal. Fondo que se establece en el artículo 77 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana. Asistencia que se prestará para las anualidades 2024 y 2025. Se muestran los trabajos a realizar para cada anualidad:
a. Identificación de las actuaciones propuestas en el Plan Local de Prevención de Incendios Forestales de Benissa (PLPIF), en base a la prioridad de actuación en función del riesgo establecido en el PLPIF y del criterio técnico del adjudicatario/a, y al importe asignado en la subvención. Incluye la asistencia en la cumplimentación del Anexo I y trámite de aceptación de la ayuda.
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b. Elaboración de la Memoria técnica valorada que describa los trabajos a realizar, las condiciones de ejecución y la valoración económica de los trabajos según precio xx xxxxxxx mediante precios unitarios y descompuestos. Memoria que servirá de prescripciones técnicas para la contratación de la ejecución de los trabajos y comunicación de esta al órgano competente en la materia.
c. Asistencia en la obtención de las correspondientes autorizaciones para justificar la disponibilidad de los terrenos y los informes favorables de la administración que se vean afectadas por las actuaciones (CHJ, espacios protegidos, etc).
d. Asistencia en la identificación de empresas para ejecutar. El adjudicatario/a dará asistencia al Ayuntamiento en la búsqueda de tres empresas para la ejecución de los trabajos, priorizando por la eficiencia, capacidades y solvencia.
e. Elaboración de la Memoria de actuación descriptiva de las actividades realizadas y de la Memoria económica abreviada justificativa del gasto realizado en las actuaciones y actividades ejecutadas. Según lo establecido en la resolución publicada de la subvención.
f. Dirección de las obras para asegurar la correcta ejecución de estas según lo establecido en el Memoria técnica valorada y el contrato elaborado por el Ayuntamiento. Esta dirección constará como mínimo de replanteo en obra antes del inicio, cumplimentación del acta de inicio, seguimiento de los trabajos mediante visita in situ de los trabajos (se establecen entre 5 y 10 visitas de campo para la correcta ejecución de los trabajos) y acta de final de obra y certificación de los trabajos.
g. Reuniones con los técnicos del Ayuntamiento para la planificación y coordinación de los trabajos y trámites administrativos (4 reuniones presenciales en al Ayuntamiento de Benissa por anualidad, como mínimo)
2. Asistencia técnica para la elaboración de las memorias, informes y documentos necesarios para la tramitación de las ayudas para la prevención de incendios forestales de la Diputación de Alicante e incluidas en el PLPIF. Asistencia que se prestará para las anualidades 2024 y 2025. Se muestran los trabajos a realizar para cada anualidad:
a. Identificación de las actuaciones en base a la prioridad de actuación en función del riesgo establecido en el PLPIF y del criterio técnico del adjudicatario/a, y al importe asignado en la subvención. Incluye la asistencia en la cumplimentación de la documentación para el trámite de la ayuda.
b. Elaboración de la Memoria técnica valorada que describa los trabajos a realizar, las condiciones de ejecución y la valoración económica de los trabajos según precio xx xxxxxxx mediante precios unitarios y descompuestos. Memoria que servirá de prescripciones técnicas para la contratación de la ejecución de los trabajos y comunicación de esta al órgano competente en la materia.
c. Asistencia en la obtención de las correspondientes autorizaciones para justificar la disponibilidad de los terrenos y los informes favorables de la administración que se vean afectadas por las actuaciones (CHJ, espacios protegidos, etc).
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d. Asistencia en la identificación de empresas para ejecutar. El adjudicatario/a dará asistencia al Ayuntamiento en la búsqueda de tres empresas para la ejecución de los trabajos, priorizando por la eficiencia, capacidades y solvencia.
e. Elaboración de la Memoria justificativa de los trabajos según se establezca en la resolución y bases reguladoras de las ayudas.
f. Dirección de las obras para asegurar la correcta ejecución de estas según lo establecido en el Memoria técnica valorada y el contrato elaborado por el Ayuntamiento. Esta dirección constará como mínimo de replanteo en obra antes del inicio, cumplimentación del acta de inicio, seguimiento de los trabajos mediante visita in situ de los trabajos (se establecen entre 5 y 10 visitas de campo para la correcta ejecución de los trabajos) y acta de final de obra y certificación de los trabajos.
g. Reuniones con los técnicos del Ayuntamiento para la planificación y coordinación de los trabajos y trámites administrativos (4 reuniones presenciales en al Ayuntamiento de Benissa por anualidad)
3. Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del voluntariado ambiental para la prevención de incendios forestales financiado por la GVA. Asistencia que se prestará para las anualidades 2024 y 2025. Se muestran los trabajos mínimos a realizar para cada anualidad:
a. Memoria descriptiva de las actuaciones a desarrollar durante el voluntariado. Esta constara del siguiente contenido mínimo:
i. Antecedentes
ii. Objeto y justificación
iii. Ámbito de actuación
iv. Inventario de medios humanos
v. Inventario de medios y recursos materiales
vi. Organización y funcionamiento (descripción de la actividad, desarrollo, organigrama, uso de recursos, comunicaciones)
vii. Cronograma y calendario de las actividades
viii. Itinerarios de vigilancia a realizar
ix. Modelos de formulario de inscripción
b. Presupuesto detallado de las actuaciones a desarrollar y de los medios necesarios para realizar la actividad
i. Presupuesto desglosado
ii. Resumen
c. Cartografía. La cartografía asociada a las actividades se presentará en formato digital (.pdf) y en editable (.shp). Como mínimo se entregará la cartografía de los itinerarios a realizar.
d. Reuniones con los técnicos del Ayuntamiento para la planificación y coordinación de los trabajos y trámites administrativos (2 reuniones presenciales en al Ayuntamiento de Benissa por anualidad)
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4. Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del Programa de subvenciones Iniciativa Social, destinadas a la contratación de personas desocupadas por corporaciones locales de la Comunidad Valenciana, para la realización de acciones previstas en planes o procedimientos de emergencias en el ámbito forestal. (Avalamos Experiencia). EMERGE. Se realizará para las anualidades 2024 y 2025, incluyendo los siguientes trabajos para cada anualidad:
a. Diseño y definición de las actuaciones
b. Memoria explicativa inicial. Se presentará una memoria para cada obra o servicio. Con un máximo de 5 memorias.
c. Asistencia en la tramitación de las autorizaciones necesarias
d. Asistencia en la publicidad de las actuaciones y de la cofinanciación de estas (artículos de prensa, redes sociales, página web, carteles informativos, etc)
e. Informe final de obra o servicios realizados y los trabajadores contratados, según se establezca en las bases reguladoras o indicaciones del órgano competente. Se entregará al
Ayuntamiento en el plazo de un mes desde la finalización de los trabajos.
f. Catálogo fotográfico de las actuaciones (antes, durante y final de las actuaciones)
g. Asistencia durante el proceso de selección de los trabajadores
h. Coordinación de los trabajos. Esta coordinación constará como mínimo de replanteo de las actuaciones antes del inicio, seguimiento de los trabajos mediante visita in situ de los trabajos (se establecen entre 4 y 8 visitas de campo para la correcta ejecución de los trabajos) y certificación de la finalización de los trabajos.
5. Revisión parcial del PLPIF en la anualidad 2025. Plan aprobado a 2020. Tal y como se especifica en le PLPIF, este documento tendrá una validez de 15 años y una revisión parcial cada 5 años. Esta revisión consistirá como mínimo en:
a. Actualización del marco normativo
b. Revisión y actualización de las formaciones forestales y de la superficie forestal según PATFOR
c. Actualización del medio socioeconómico
d. Actualización del estudio histórico de incendios
e. Actualización del riesgo, peligrosidad, áreas de especial protección, prioridad de defensa y prioridad de gestión; en función de las modificaciones de las condiciones de combustible y terreno forestal del término municipal.
f. Actualización del inventario de medios propios y movilizables a los disponibles en la actualidad
g. Actualización de las infraestructuras existentes conforme a la realidad
h. Revisión del análisis DAFO
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i. Revisión de las propuestas de actuación, identificando las ejecutadas, proponiendo nuevas y actualizando los precios de estas, así como el plazo de ejecución.
j. Actualización de la programación económico-temporal
k. Actualización de las fichas técnicas de los núcleos de población en IU-F a la realidad actual del municipio.
l. Actualización de la cartografía atendiendo a los cambios realizando
6. Revisión y mejora de la cartografía IU-F. Cartografía de alta importancia y repercusión normativa.
a. Revisión de la cartografía facilitada por la D.G. de prevención de incendios según la Instrucción Técnica sobre la elaboración de la cartografía prevista en la Disposición Adicional Séptima del Decreto Legislativo 1/2021, de 8 xx xxxxx, del Consell de aprobación del texto refundido de la LOTUP
b. Adaptación de la cartografía a la realidad territorial del término municipal (incorporación de las edificaciones no catastrales,
adaptación a la clasificación del suelo, redefinición, combustible forestal existente, eliminación de errores cartográficos, etc)
c. Diseño preliminar general de las actuaciones en cada zona en función del establecido en la norma técnica del plan de prevención de incendios forestales de la demarcación de Altea y otra normativa vigente.
d. Elaboración de una capa cartográfica en editable (.shp) con el análisis de la cartografía IU-F resultante y la clasificación de esta en función de la priorización del riesgo en base a criterios cartográficos y técnicos. Esta cartografía marcará una priorización para la ejecución de los trabajos silvícolas de prevención de incendios forestales en la IU-F.
e. Redacción de informe completo justificativo de las modificaciones realizadas. Informe que acompañará a la cartografía en editable (.shp)
f. Asistencia durante la aprobación de la cartografía por plenario y su remisión a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales.
7. Asistencia técnica al departamento de medio ambiente del Ayuntamiento de Benissa, así como a otros departamentos en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, medio rural y la gestión forestal. Se creará una bolsa de 80 horas anuales para cada anualidad (2024 y 2025), en la que el Ayuntamiento dispondrá de los servicios de, mínimo, un/a técnico/a con titulación universitaria competente en la materia.
a. Investigación de ayudas
b. Tramitación de ayudas de temática ambiental y forestal
c. Gestión de las obligaciones respecto a los propietarios de viviendas en IU-F
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d. Asesoramiento técnico al personal del departamento competente en medio natural, rural y urbanismo del Ayuntamiento de Benissa
e. Otras funciones solicitadas por los técnicos del Ayuntamiento en relación a las capacidades del perfil técnico solicitadas para completar la bolsa de horas.
f. Mínimo el 12% de las horas serán presenciales en el Ayuntamiento de Benissa u otro lugar elegido por el contratista dentro del término municipal de Benissa
La documentación elaborada por el/la adjudicatario/a del contrato, correspondiente a las Asistencias objeto del contrato, se entregará íntegramente en soporte digital.
La documentación a entregar objeto del contrato se presentará en documento terminado y en formato “.PDT”.
Además de dicho documento terminado se aportarán todos los archivos individuales y complementarios que lo conforman, en formato abierto y accesible.
Los archivos de planimetría georeferenciada, en formato SIG, serán de la extensión “.SHP”, con el modelo de datos y simbología perfectamente definidos.
Toda la información geográfica georreferenciada estará elaborada en el sistema ETRS89, proyección UTM Huso 30.
Toda la información técnica que el/la adjudicatario/a del contrato presente al Ayuntamiento de Benissa será editable y actualizable con una aplicación SIG, integrable en la plataforma SIG municipal para su posterior publicación en Internet.
CLÁUSULA 5ª. ASESORAMIENTO TÉCNICO
El/La adjudicatario/a del contrato prestará asesoramiento y consultoría técnica al Ayuntamiento de Benissa, en relación con las materias y cuestiones relativas a la consecución del objetivo del presente Pliego y del contrato.
En caso de que la legislación y/o normas en vigor sobre este tipo de actuaciones sufran modificaciones, derogaciones o actualizaciones, el/la adjudicatario/a del contrato lo comunicará formalmente al Ayuntamiento de Benissa, aportando un presupuesto desglosado de las modificaciones necesarias.
El asesoramiento técnico descrito en este Apartado no altera el precio del contrato, de acuerdo con las Cláusula 10ª de este Pliego.
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CLÁUSULA 6ª. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A ENTREGAR POR EL AYUNTAMIENTO AL/LA ADJUDICATARIO/A DEL CONTRATO
El Ayuntamiento de Benissa facilitará al/la adjudicatario/a del contrato la cartografía en editable del PLPIF de Benissa. Así como otra cartografía disponible en el Ayuntamiento bajo petición formal por parte del/la adjudicatario/a del contrato.
En caso de utilizar fuentes de información geográfica no facilitadas por el Ayuntamiento, el/la adjudicatario/a del contrato informará y solicitará aprobación de las mismas, previo al inicio de los trabajos técnicos, al/la Técnico Municipal responsable del cumplimiento del contrato.
CLÁUSULA 7ª. SOLVENCIA TÉCNICA Y ECONÓMICO-FINANCIERA
7.1. EQUIPO FACULTATIVO Y MEDIOS MATERIALES
El contratista deberá destinar para la ejecución del contrato del equipo técnico necesarias para su correcta elaboración, en tiempo y forma, así como los medios materiales necesarios para desarrollar los trabajos.
El equipo técnico mínimo de profesionales, integrados en la empresa, que se requiere para poder ser adjudicatario del contrato estará compuesto por:
1) Un Técnico Director, que deberá cumplir los siguientes requisitos:
i) Acreditar titulación académica universitaria competente en prevención de incendios forestales.
ii) Tener una experiencia profesional relacionada con los servicios objetos de esta contratación, superior a cinco (5) años.
2) Un Técnico de Proyectos, que deberá cumplir los siguientes requisitos:
i) Acreditar titulación académica universitaria competente en prevención de incendios forestales.
ii) Tener una experiencia profesional relacionada con los servicios objetos de esta contratación, superior a tres (3) años
Para acreditar lo anterior, se deberán aportar:
- Los títulos académicos requeridos.
- Los CV de cada persona, firmados por ellas mismas, acompañados del informe de vida laboral. Deberá indicarse en el CV, en especial, los períodos de tiempo que acrediten la experiencia profesional, para la debida comprobación de la misma por el órgano de contratación.
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7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
Para acreditar la solvencia técnica o profesional se aportará:
Relación de servicios realizados, de igual o similar naturaleza, en el curso de los últimos 3 años, en el que se indique el importe, la fecha y el destinatario.
Para acreditar la anterior experiencia deberán aportarse certificados de buena ejecución emitidos por el órgano competente del sector Público.
La acreditación de la solvencia técnica cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo
90.4 de la LCSP, mediante los apartados b) y e) de dicho artículo.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del
contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
7.3. SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA
Existencia de un seguro de responsabilidad civil por trabajos profesionales necesarios para la ejecución del contrato por importe igual o superior a 60.000€. El seguro deberá mantenerse durante toda la vigencia del contrato.
Se acreditará mediante copia de la póliza en vigor.
La ejecución de las prestaciones del presente contrato se adecuará a la siguiente planificación temporal:
Actuación | Año 2024 | Año 2025 |
Elaboración de la memoria y asistencia técnica para la tramitación de las ayudas del Fondo Estratégico Municipal para la prevención y gestión forestal | Sí | Sí |
Elaboración memorias y asistencia técnica para la tramitación de las ayudas para la prevención de incendios forestales de la Diputación de Alicante e incluidas en el PLPIF | Sí | Sí |
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del voluntariado ambiental para la prevención de incendios forestales financiado por la GVA | Sí | Sí |
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del Programa EMERGE | Sí | Sí |
Revisión parcial del PLPIF | No | Sí |
Revisión y mejora de la cartografía IU-F. Completa. | Sí | No |
Asistencia técnica al departamento de medio ambiente en cuestiones relacionadas con el medio ambiente y la gestión forestal. Bolsa de 100 horas anuales. | Sí | Sí |
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Primer año (2024):
• En el segundo trimestre del 2024:
• Una reunión inicial donde se establecerán:
- Fechas de las visitas que se requieran realizar para desarrollar los trabajos, según disponibilidad en cada una.
- Criterios técnicos generales a seguir en la planificación de los trabajos.
- Designación de la/s persona/s de contacto de los trabajos de campo a realizar.
- Asesoramiento y asistencia en la obtención de los permisos y autorizaciones de mayor premura dentro de los plazos dispuestos por la administración correspondiente.
• Resto del año 2024:
• Ejecución de las asistencias y servicios correspondientes a la anualidad.
• Reuniones de seguimiento durante la elaboración de las Asistencias.
• Asesoramiento y asistencia en la obtención del resto de los permisos y
autorizaciones necesarias, así como en la justificación de actuaciones realizadas dentro de los plazos propuestos por la administración.
• Dirección de las obras y trabajos objeto del contrato en ejecución durante el año.
Segundo año (2025):
• En el primer trimestre del 2025:
• Una reunión inicial donde se establecerán:
- Fechas de las visitas que se requieran realizar para desarrollar los trabajos, según disponibilidad en cada una.
- Criterios técnicos generales a seguir en la planificación de los trabajos.
• Resto del año 2025:
• Ejecución de las asistencias y servicios correspondientes a la anualidad.
• Reuniones de seguimiento durante la elaboración de las Asistencias.
• Asesoramiento y asistencia en la obtención de los permisos y autorizaciones necesarias, así como en la justificación de actuaciones realizadas dentro de los plazos propuestos por la administración correspondiente.
• Dirección de las obras y trabajos objeto del contrato en ejecución durante el año.
• Primer trimestre año 2026: Realización de certificaciones pendientes, si las hubiere.
En caso de prórroga, se realizarían los mismos trabajos para las anualidades correspondientes.
El Ayuntamiento de Benissa dará por concluidos los trabajos con una reunión final, y con la entrega de los documentos objeto de contrato y registrados en el órgano de la Administración Pública competente.
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El cronograma anterior podrá ser objeto de modificación, por causas y circunstancia sobrevenidas, de interés general, debidamente motivada por el/la Técnico Municipal responsable del cumplimiento del contrato.
CLÁUSULA 9ª. RÉGIMEN JURÍDICO Y NORMATIVA APLICABLE A LA LICITACIÓN
El contrato se rige por el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por el documento de formalización del contrato.
Teniendo en cuenta las características técnicas de la prestación, la duración y el presupuesto base de licitación, la adjudicación del presente contrato se realizará mediante procedimiento abierto simplificado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 159º de la Ley de Contratos del Sector Público, (Ley 9/2017).
Todas las operaciones estarán sujetas a las normas y recomendaciones en vigor, sin carácter limitativo ni excluyente, y deberán ser consideradas por el/la adjudicatario/a del contrato durante la prestación del servicio, con
independencia del ámbito de que se traten, atendiendo especialmente a las siguientes:
- Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, xx Xxxxxx
- Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
- Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunitat Valenciana.
- Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 163/1998, de 6 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Especial Frente al Riesgo de Incendios Forestales de la Comunitat Valenciana.
- Ley 4/2001, de 19 xx xxxxx, del Voluntariado.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Decreto 97/2010, de 11 xx xxxxx, del Consell, por el que se regula el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente de la Comunitat Valenciana.
- Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.
- Resolución de 2 de julio de 2013, del conseller de Gobernación y Justicia, por la que se aprueba el Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Demarcación Forestal de Altea.
- Orden 21/2016, de 2 xx xxxxxx de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al Voluntariado Ambiental en prevención de incendios forestales.
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- Orden 30/2017, de 20 de noviembre, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se unifican y aprueban las normas técnicas para la redacción de planes locales de prevención de incendios forestales (PLPIF).
- Resolución de 2 de septiembre de 2020, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se aprueba el plan local de prevención de incendios forestales del término municipal de Benissa
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 xx xxxxx, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
- Decreto Ley 1/2023, de 13 de enero, del Consell, de modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana para la creación del fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal
- Decreto 91/2023, de 22 xx xxxxx, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana.
Todo el marco normativo que engloban las anteriores, así como con cualquier disposición reglamentaria en vigor que sean de aplicación al objeto del contrato.
CLÁUSULA 10º. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO
10.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
El Presupuesto Base de Licitación para el objeto del presente contrato, de acuerdo con el artículo 100 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, queda determinado en CINCUENTA MIL NOVENTA Y CUATRO (50.094) euros, desglosado del modo siguiente:
- Importe total (IVA excluido): 41.400,00 €
- Importe del IVA: 8.694,00 €
- Importe total (IVA incluido): 50.094,00 €
El Valor Estimado del contrato, en los términos que regula el artículo 101 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, se ha obtenido atendiendo al Precio Medio xxx Xxxxxxx de los honorarios profesionales correspondientes a las actuaciones, tras una actuación de sondeo de honorarios de servicios técnicos.
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El precio del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, será el resultante de la oferta económica de la propuesta más ventajosa seleccionada, tras el procedimiento de concurrencia competitiva correspondiente, y contemplará la totalidad de los gastos para el cumplimiento del objeto del contrato, no pudiendo el/la adjudicatario/a del contrato reclamar cantidad adicional alguna para su correcto cumplimiento.
10.2. PRESUPUESTO POR PARTIDAS
Se desglosa el Presupuesto Base de Licitación por partidas:
Actuación | Primera anualidad contrato | Segunda anualidad contrato |
Asistencia técnica y elaboración documentación para la tramitación de las ayudas del Fondo Estratégico Municipal para la prevención y gestión forestal | 4.598,00 € | 4.598,00 € |
Asistencia técnica y elaboración documentación para la tramitación de las ayudas para la prevención de incendios forestales de la Diputación de Alicante e incluidas en el PLPIF | 3.146,00 € | 3.146,00 € |
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del voluntariado ambiental para la prevención de | 3.025,00 € | 3.025,00 € |
incendios forestales financiado por la GVA | ||
Asistencia en la solicitud y puesta en marcha del Programa EMERGE | 3.630,00 € | 3.630,00 € |
Revisión parcial del PLPIF | - | 5.445,00 € |
Revisión y mejora de la cartografía IU-F. Completa. | 4.235,00 € | - |
Asistencia técnica al departamento de medio ambiente en cuestiones relacionadas con el medio ambiente y la gestión forestal. Bolsa de 100 horas anuales. | 5.808,00 € | 5.808,00 € |
TOTAL | 24.442,00 € | 25.652,00 € |
*Precios con impuestos incluidos
10.3. PAGO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y REVISIÓN DE PRECIOS
Deberá quedar consignado en el presupuesto municipal la cantidad correspondiente al precio del contrato.
Se hará uso de la partida presupuestaria específica que determine la Intervención Económica del Ayuntamiento de Benissa.
El abono de los honorarios profesionales correspondientes a la asistencia técnica objeto de esta licitación se efectuará mediante la emisión de factura por los trabajos realizados, por parte de la empresa adjudicataria.
En el precio del contrato se entiende incluidos los gastos de personal, medios materiales, administración, gastos generales, beneficio industrial, tasas, impuestos y todos los costes derivados de las obligaciones del contrato, incluidos futuros costes de asistencia testifical en vía judicial derivada de posibles reclamaciones patrimoniales, civiles o penales, motivadas por el objeto de la asistencia técnica de este contrato.
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No procede revisión de precios.
En el caso de los conceptos relacionados con ayudas el pago y su justificación se realizará en tiempo y forma para la correcta justificación de estas, en caso de definirse así en las bases y convocatorias al respecto.
CLÁUSULA 11ª. CRITERIOS DE VALORACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
11.1. VALORACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA (HASTA UN MÁXIMO DE 70 PUNTOS)
Partiendo del Precio Base de Licitación, definido en la Cláusula 10, los/las concurrentes en el procedimiento de concurrencia competitiva presentarán una Oferta económica, a la BAJA, respecto del Precio Base de Licitación.
La Oferta económica a la Baja, mejorada, con respecto al Precio Base de Licitación será valorada, en la fase de licitación, de 0 a 70 puntos, atendiendo
a los resultados obtenidos de la aplicación de una fórmula lineal en la que la puntuación atribuida a las distintas ofertas es proporcional a la reducción del Presupuesto Base de Licitación de cada una de ellas.
Dicha fórmula otorga la máxima puntuación (70 puntos) a la mejor oferta económica de uno de los/las concurrentes, y, de manera lineal decreciente, al resto de las ofertas económicas presentadas por el resto de concurrentes.
La fórmula lineal matemática para la valoración de las ofertas económicas presentadas por los/ las concurrentes es la siguiente:
Pi = 70 x (1 - ((Oi - Omin) / (PL - Omin)))
Pi: Puntuación de la oferta a valorar Oi: Importe de la oferta a valorar
Omin: Importe de la oferta más económica PL: Precio de licitación
11.2. VALORACIÓN DE MEJORAS (HASTA UN MÁXIMO DE 30 PUNTOS)
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La siguiente tabla recoge las Mejoras Técnicas propuestas, sin coste económico añadido para el Ayuntamiento de Benissa, más allá del Presupuesto Base de Licitación y del Precio del Contrato, a ofertar por los/las licitadores/as y su correspondiente valoración.
Código Mejora | Descripción Mejora | Valorac ión |
BOLSA_AT | Bolsa adicional de asistencia técnica al departamento de medio ambiente en cuestiones relacionadas con el medio ambiente y la gestión forestal, de 20 horas anuales para 2024 y 2025, con un 20% de estas de manera presencial en el Ayuntamiento de Benissa | 5 puntos |
TRA_DOC | Asistencia completa directa en la tramitación de la documentación elaborada objeto de contrato, mediante disponibilidad telefónica en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas (excepto festivos) | 2,5 puntos |
ACT_PLQ | Actualización del Plan Local de Quemas agrícolas de Benissa a la nueva normativa. Incluye la actualización de la cartografía a la actual situación forestal del municipio. (a elaborar en la anualidad 2024) | 5 puntos |
BD_IUF | Elaboración de una base de datos en editable con relación catastral de los afectados por la cartografía IU-F | 5 puntos |
FOR_IIFF | Jornadas formativas presenciales para los vecinos de núcleos de población en riesgo de incendio forestal de Benissa. La duración mínima de las jornadas será de 2 horas/jornada, impartida por técnico competente en la materia y con proyección de presentación con diapositivas. Incluirá como mínimo los siguientes contenidos: | 7,5 puntos |
- Descripción de la situación de Benissa en relación a los incendios forestales - Problemática de los incendios forestales - Marco normativo y responsabilidades en la prevención - Medidas preventivas y de autoprotección frente a los incendios forestales - Recomendaciones en caso de evacuación - Recomendaciones en caso de confinamiento - Resolución de dudas y preguntas Se realizarán dos jornadas por anualidad (2024 y 2025), una en castellano x xxxxxxxxxx y la otra en inglés. | ||
INF_PLPIF | Elaboración del informe de seguimiento de ejecución del PLPIF de Benissa y asistencia en su tramitación frente a la GVA. Contendrá la información mínima requerida por el órgano competente | 5 puntos |
TOTAL | 30 puntos |
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En caso de que dos o más proposiciones obtengan el mismo número de puntos la oferta se adjudicará a favor de la proposición que hubiera obtenido una mayor valoración económica.