CONTRATO FIANZA
CONTRATO FIANZA
Cumplimiento de Contrato Especificado
Fianza No.: 345291
Vigencia: Desde 24/11/2022 Hasta 24/11/2023
1.- POR CUANTO: PROYECTOS Y SERVICIOS AMBIENTALES PROYSA, S.R.L.
Ha solicitado en fecha 25/11/2022 a GENERAL DE SEGUROS., una fianza por una suma de: 19,079.73 (diecinueve mil setenta y nueve RD$ con 73/100)
Para responder a las obligaciones siguientes:
El cumplimiento de parte del deudor de las obligaciones que tiene asumidas en virtud del contrato celebrado con el Beneficiario en fecha 25/11/2022 GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO EN LA ADJUDICACION DE LA COMPARACION DE PRECIOS NO. JDMCA-CCC-CP- 2022-0008, QUE CORRESPONDE A: “CONSTRUCCIÓN DE ACERAS Y CONTENES SEGUNDA PARTE EN EL DISTRITO MUNICIPAL DE
CANABACOA”., que genere un daño y/o perjuicio al Beneficiario, en relación a cualquier hecho del deudor relativo al objeto de dicho contrato señalado en el artículo 0 del mismo.
2.- POR CUANTO: La presente fianza se emite a favor y en beneficio exclusivo de:
DISTRITO MUNICIPAL CANABACOA.
Y tiene como fecha de vigencia desde el Desde 24/11/2022 Hasta 24/11/2023, o antes si el afianzado ha cumplido su obligación.
3. POR CUANTO: GENERAL DE SEGUROS, S. A., no acepta ni reconoce ninguna transferencia que de la presente se haga a persona natural o jurídica.
4. POR CUANTO: No obstante lo que en contrario se indique en la presente Fianza y/o Endosos adheridos a la misma, la Compañía no será responsable bajo esta Fianza en caso de pérdidas o daños directa o indirectamente ocasionados o que resulten a consecuencia de: obligaciones extracontractuales que no estén amparadas en el presente Contrato, o indemnizaciones por los así llamados daños punitivos, daños ejemplares, por compensaciones de daños y perjuicios o por daños indirectos. Confiscación o nacionalización o requisición o destrucción de o daños a los bienes materiales causados u ordenados por cualquier gobierno o autoridad pública o local, actos de terrorismo de cualquier naturaleza, guerras sean declaradas o no, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones militares (exista o no declaración xx xxxxxx), guerras civiles, insubordinación, motín, levantamiento militar o popular, insurrección, rebeliones, huelgas, motines, conmociones civiles que alcancen proporciones o tengan carácter de alzamiento popular, alzamientos militares, revueltas, revoluciones, poder militar o usurpación de poder, xxx xxxxxxx o estado de sitio, o cualquiera de los eventos o causas que determinen la proclamación o el mantenimiento de la xxx xxxxxxx o estado de sitio. Tampoco será responsable La Compañía en caso de pérdidas o daños, que directa o indirectamente, sean ocasionados por o resulten de o sean consecuencia de, o a que haya contribución, material para armas nucleares, la emisión de radiaciones ionizantes o contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio radioactivo de la combustión nuclear, sin que importe si alguna otra causa ha contribuido al daño en forma concurrente o en cualquier otra secuencia, obligaciones de cualquier clase proviniendo de o en conexión con actos fortuitos o de fuerza mayor, riesgos o peligros no incluidos expresamente, o si existe en el país una determinada situación anormal en la cual el orden público no pueda ser garantizado por las fuerzas públicas que impida a El Afianzado cumplir con las obligaciones contractuales asumidas por éste y garantizadas por la presente FIANZA.
5. POR CUANTO: GENERAL DE SEGUROS, S. A., se compromete a responder a quien sea de derecho de todos los daños y perjuicios que ocurran a consecuencia del incumplimiento de las obligaciones contractuales del afianzado, hasta el límite de la presente FIANZA y siempre que haya sido previamente declarada ejecutoria de acuerdo con La ley No. 146-02 de seguros privados de la República Dominicana. El Asegurador sólo estará obligado a hacer pagos con cargo a la FIANZA cuando se le notifique una sentencia judicial con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
CONTRATO FIANZA
Cumplimiento de Contrato Especificado
Fianza No.: 345291
Vigencia: Desde 24/11/2022 Hasta 24/11/2023
A.-) Se hace constar que: cualquier reclamo a cargo de esta FIANZA debe hacerse dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que legalmente sea declarada ejecutoria. Esta FIANZA no es aplicable a primer requerimiento y está sujeta a las condiciones particulares establecidas.
6. POR CUANTO: El Asegurado pagará a la COMPAÑIA al otorgarse la FIANZA la cantidad establecida por concepto de prima aun cuando se produzca el vencimiento antes del plazo anteriormente indicado.
7. POR CUANTO: GENERAL DE SEGUROS, S. A., No realizará devolución de la prima pagada ni de los gastos incurridos, por ningún concepto que alegue el afianzado.
8. POR CUANTO: El afianzado ha pagado la prima de seguros de la fianza y abonado los gastos exigidos por las leyes vigentes.
9. POR CUANTO: La ley No. 146-02 de fecha 26 de Septiembre del año 2002 de seguros privados vigente capacita a las Compañías de Seguros, legalmente autorizadas a las prestaciones de fianzas en favor del Estado, los Municipios, El Distrito Nacional o sus dependencias.
10. POR CUANTO: GENERAL DE SEGUROS, S. A., legalmente constituida y autorizada a ejercer el negocio de seguros en general en todo el Territorio Nacional de acuerdo con disposiciones legales vigentes, otorga la presente fianza por el monto de 19,079.73 (diecinueve mil setenta y nueve RD$ con 73/100)
Exigida a: PROYECTOS Y SERVICIOS AMBIENTALES PROYSA, S.R.L.
Conforme a las estipulaciones del presente contrato.
Este documento es emitido en fecha 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx y tiene una efectividad a partir del Desde 24/11/2022 Hasta 24/11/2023, dejando sin efecto cualquier otro documento de este tipo.
Firma Autorizada
Asegurado