Siempre que no se estipule lo contrarío los alquileres quedan efectuados con arreglo a las siguientes:
Siempre que no se estipule lo contrarío los alquileres quedan efectuados con arreglo a las siguientes:
Condiciones generales de alquiler de maquinaria sin conductor.
1. Propiedad:
Zentromachine S.A. C.I.F. A‐85833911 Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid Hoja: X‐000000, Folio 210, Libro 0, Sección 8, Inscripción 1.
Tanto las maquinas como los accesorios alquilados e incluidos en este contrato son propiedad exclusiva de ZentroMachine S.L. el arrendador podrá dar por finalizado este contrato en el supuesto de impago de una factura, o porque consideren que el uso de la misma se está efectuando de forma negligente o por falta de impericia del personal asignado por el arrendador y retirar los equipos alquilados, sin tener por ellos que acudir a la vía judicial.
El arrendador en este supuesto caso, tiene el deber de facilitar el acceso a sus instalaciones y la devolución del material de forma inmediata al recibo de su petición.
2. Puesta a disposición del material.
El arrendatario declara que la maquina esta conforme a lo dispuesto en el contrato y en perfectas condiciones de uso en el momento de la recepción de la misma y será el albarán de entrega de la maquina el que mediante la firma del receptor de fe, de que esto es cierto.
La persona que firme el albarán de entrega, y recoja la maquina en nombre de la empresa arrendataria o en el suyo propio en caso de ser persona física el titular del contrato, deberá, hacer constar su nombre y D.N.I en dicho albarán de entrega, y asumirá a partir de ese momento la total responsabilidad sobre los bienes alquilados, de acuerdo a los artículos 1555 y 1563 del Código Civil Español.
Se considerara que la persona física o jurídica que firme en su propio nombre o en el de la empresa, la recepción de la maquina y accesorios dispone de la autoridad suficiente para ello, y de no ser así, la persona física o empresa arrendataria titular de este contrato como persona física o empresa arrendataria responderá subsidiariamente de la misma.
3. Duración del alquiler.
El alquiler se contabilizara como día laboral, la duración del alquiler se calcula desde el día que sale la máquina de nuestras instalaciones hasta el mismo día que entra de nuevo en las mismas, ambos días inclusive. Se considerara la finalización del periodo de alquiler, cuando los equipos alquilados estén de nuevo en nuestras instalaciones.
Es obligatorio para el arrendatario conservar los equipos y maquina, además de emplazarlas en un lugar seguro y a salvo de cualquier riesgo que pudiera acarrear la pérdida o deterioro total o parcial de los mismos hasta la finalización del contrato.
4. Condiciones de uso:
El tiempo máximo de uso de las maquinas alquiladas diariamente es de 8 horas, facturándose el exceso de horas como, una hora es igual a 1/8 al precio del día contratado, es decir una hora será facturada entre el precio del día contratado, dividido entre ocho horas que es el máximo diario contratado, el resultante será por el cual se calculara el precio de la hora u horas excedidas.
Para jornadas xx xxxxx o triple turno, el arrendador se compromete a informar al arrendatario, para que este haga una previsión del mantenimiento de la maquina y equipos auxiliares. En concepto de tratamiento de residuos tóxicos derivados de la utilización de la maquina y elementos auxiliares de la maquina alquilada, se facturaran 10 euros por maquina y elementos auxiliares alquilados.
El arrendatario se compromete a cuidar la maquina y equipos auxiliares, y devolver los mismos en el estado en el cual los recibió, salvo los desgastes por el normal funcionamiento. Todas las averías por golpes, negligencias, impericia o mal uso de las maquinas y elementos auxiliares por parte de su personal o de sus subcontratas, serán por cuenta del arrendatario y se facturaran al mismo.
Así mismo les serán facturados cualquier gasto derivado por la reposición de cualquier elemento del sistema de alumbrado, espejos retrovisores, cristales, asientos, y neumáticos en mal estado o con rajas y deterioros evidentes cuando estos así se refleje en el parte de recogida del material.
Esta factura será emitida directamente y sin la previa autorización del cliente por medio de cualquier documento acreditativo de la autorización de la reparación o aceptación de un presupuesto previo. Es decir la reparación de efectuara y se facturara directamente al cliente para su pago posterior.
En resumen el mantenimiento para el correcto funcionamiento de los equipos arrendados, correrán a cuenta del arrendador y todos los demás gastos como reparaciones provocadas por el mal uso de los mismos, serán a cargo del arrendatario.
También serán facturados al arrendatario, cualquier material o bien que desaparezca sin fuerza o violencia, es decir robos o hurtos de los equipos y de sus componentes, y será exclusivamente responsabilidad del arrendatario el pago del bien robado al arrendador.
5. Combustible.
Queda terminantemente prohibido el uso de combustibles no autorizados legalmente.
Además se comprometerá a repostar las maquinas con el Gasoil denominado Tipo A (blanco) y este será responsable de las posibles denuncias recibidas, por el incumplimiento de la misma y en caso de inmovilización del vehículo por este motivo se hará responsable del pago del alquiler de la maquina, hasta la liberalización del vehículo. Y mientras los equipos se encuentren en esta situación, el contrato de alquiler estará vigente en todo momento.
6. Conformidad.
El arrendatario declara que la maquina esta conforme a lo dispuesto en el contrato y en perfectas condiciones de uso en el momento de la recepción de la misma. Y será el albarán de entrega de la maquina el que mediante la firma del receptor de fe, de que esto es cierto.
Se considerara que la persona física o jurídica que firme en su propio nombre o en el de la empresa, la recepción de la maquina y accesorios dispone de la autoridad suficiente para ello, y de no ser así, la persona o empresa arrendataria titular de este contrato como persona o empresa arrendataria responderá subsidiariamente de la misma.
Todas las maquinas, así como los elementos auxiliares, cumplen con las especificaciones del fabricante para cada tipo de maquina o elemento auxiliar, y dispondrán del Certificado C.E. y de aquellos sellos y certificaciones necesarios para en cada caso.
7. Reparación de xxxxxxx
En caso de avería, el arrendatario inmovilizara la maquina en cuestión y avisara inmediatamente a Zentromachine S.A., y esta procederá a su posterior reparación.
Zentromachine S.A., mantendrá su servicio de asistencia técnica gratuita, con visitas periódicas a obra, aunque los gastos derivados por pinchazos y mantenimientos diarios como la limpieza de los mismos y comprobación de niveles, engrase de la maquina y el gasoil serán totalmente abonados por el arrendatario.
No se admitirá, por parte del arrendador, ni petición de responsabilidades, ni reclamaciones de ninguna índole, sobre daños, perdidas o lucro cesante por causa de avería mecánicas.
8. Transportes.
Serán a cargo del arrendatario los gastos de transportes, la carga y descarga de los equipos, incluidos la ida y regreso de los mismos. La responsabilidad que puedan derivarse del transporte, carga y descarga, será de quien lo ejecute o quien lo haga ejecutar.
Pudiendo el arrendador encargarse de estos servicios, si así se lo solicita el arrendatario, previa conformidad de un precio acordado.
9. Responsabilidades.
El arrendatario hará uso de los equipos en el lugar asignado en el albarán del contrato, y no podrá cambiarlo de lugar sin haberlo comunicado previamente y no podrá ceder, ni traspasar a un tercero el uso de los equipos sin conocimiento de la empresa arrendataria. Y en caso de no hacerlo cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de esta norma, serán única y exclusivamente, responsabilidad del alquilador, sin ninguna excusa.
Serán única y exclusivamente responsabilidad del arrendatario, las posibles indemnizaciones reclamadas por terceros y por compañías aseguradoras, por los riesgos derivados del mal uso de los equipos alquilados, por la custodia de los equipos arrendados, durante el transcurso del periodo de alquiler y mientras los equipos estén a cargo del arrendatario.
10. Circulación por las vías públicas o privadas.
Los equipos alquilados y no matriculados, quedan completamente prohibidos que circulen por las vías públicas o privadas, y será únicamente responsabilidad del arrendatario cualquier falta o omisión constitutiva de delito contra la seguridad del tráfico en las que pudiera incurrir.
Además en los equipos debidamente matriculados y que si puedan circular por las vías públicas o privadas, y que hayan recibido cualquier sanción por el incumplimiento de las normas de circulación, o por la falta o omisión constitutiva de delito contra la seguridad del tráfico en las que pueda incurrir, será únicamente responsabilidad del arrendatario el pago de las mismas.
Pudiendo el arrendador identificar al arrendatario como responsable del mismo, ante los organismos oficiales.
11. Seguro.
Los precios incluyen un seguro de circulación obligatoria, por daños causados a terceros por hechos derivados de la circulación de la misma. En los equipos que así lo precisen. Cualquier cobertura o aumento de las indemnizaciones podrá ser ampliada por el arrendatario, directamente con la empresa aseguradora o por su cuenta con cualquier empresa aseguradora de su interés.
Si la maquina alquilada fuese destinada a trabajar en lugares donde la responsabilidad civil, tuviera que aumentarse por normas del lugar de trabajo, como aeropuertos, puertos, organismos oficiales, etc. El arrendatario está obligado a informar al arrendador para contratar las garantías adicionales con estos.
La obligación del arrendador de contratar un seguro para el vehículo arrendado, no exime al arrendatario de contratar un seguro de responsabilidad civil que garantice su actividad empresarial.
Dado que la maquinaria y los vehículos son manejados por personal del arrendatario, este se encuentra obligado a asegurar la responsabilidad civil derivada de la utilización de los mismos y cumplir la normativa legal que tengan establecidos los Ministerio de Industria y Trabajo, así como todo lo relacionado con las normas, en lo que a medidas de seguridad y de prevención, vigentes en cada momento.
El importe del seguro, se cargara al arrendatario a razón de 5% para todas las maquinas, sobre el importe total de la factura. Excepto en puertos, aeropuertos, etc., que serán a consultar.
12. Devolución del material.
Terminado el periodo de alquiler, el arrendador devolverá el material en perfecto estado de uso y completamente limpio, especialmente si ha trabajado con hormigón o asfalto. En caso contrario la maquina será limpiada en nuestras instalaciones y se le pasara un cargo adicional al arrendador por este motivo.
Se emitirá un albarán de recogida del material y en el se reflejaran las observaciones necesarias con respecto al estado del material devuelto. En caso de que el material o parte de este no sea devuelto serán facturados al arrendador a precio de material nuevo.
13. Pagos.
Todos los pagos se efectuaran al contado, salvo que en el contrato de xxxxxxxx se estime lo contrario.
Los pagos aplazados o diferidos, tendrán un plazo máximo de 60 días fecha factura, conforme a lo establecido en la Ley de contratos de administraciones públicas.
El aplazamiento superior a 60 días, por parte del arrendatario, conllevara consigo el cargo de intereses, de acuerdo con el interés legal fijado por el Banco de España en cada momento.
14. Incumplimiento.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el arrendador, especialmente las de pago, facultara al arrendador para resolver inmediatamente este contrato, y la devolución inmediata de los equipos arrendados, así como el pago de las rentas vencidas e impagadas y las pendientes de vencer, con sus debidos intereses de demora.
15. Depósito de garantía y anticipo a cuenta.
En garantía por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el arrendamiento, este realizara un depósito o un aval como fianza, a favor del arrendador, calculada en función del valor del material alquilado así como de los gastos que la operación comporte.
Finalizado el arrendamiento sin que existan obligaciones pendientes, especialmente de pagos, y las de devolver al arrendador el material objeto de este contrato en perfecto estado, el arrendador devolverá este importe al arrendatario.
16. Resolución.
ro Mercantil de Madrid Hoja: X‐000000, Folio 210, Libro 0, Sección 8, Inscripción 1.
En caso de duda en la interpretación de este contrato o de las condiciones generales del mismo, ambas partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Españoles de Madrid, Provincia de Madrid. Renunciando expresamente a su propio fuero.
Firma autorizada del arrendador Firma autorizada del arrendatario.