COMPARECEN
“XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXX Y LA FEDERACIÓN XX XXXX LATINA CANARIA XX XXXXX PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA VELA LATINA CANARIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA”
Las Palmas de Gran Canaria, mediante fecha y firma electrónica.
COMPARECEN
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:46:07 +01'00'
De una parte, Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en calidad de Concejal del Área de Gobierno de Movilidad, Promoción Económica y Xxxxxx xx Xxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, con CIF X0000000X y domicilio en la xxxxx xx Xxxx y Xxxxxxxx, 270 de esta ciudad, conforme se dispone en el Decreto xxx Xxxxxxx núm. 29036/2019, de 26 xx xxxxx y el Decreto xxx Xxxxxxx núm. 30457/2019, de 19 de julio por el que se establecen los sectores funcionales atribuidos al Área de Gobierno de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad de Mar, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración.
Expresamente facultado para este acto en virtud de acuerdo de la Xxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx en fecha 9 de septiembre de 2021, en aprobación del presente Convenio.
Asistido por el Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria Xxx Xxxxxxx Xxxx Muñecas Xxxxxxx, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional octava letra d) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
De otra parte, D/Dña Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, en calidad de Presidente de la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx (FVLCB), CIF X-00000000, con domicilio en la calle Explanada del Muelle Deportivo, S/N, conforme se dispone en el Acta de Toma de Posesión, celebrada el día 10 de diciembre de 2018.
En la representación que ostentan, las partes mutuamente se reconocen capacidad legal y de obrar para formalizar el presente documento y, a tal fin:
EXPONEN
I. La Concejalía de Gobierno de Ciudad de Mar del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx (FVLCB), en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la intención de colaborar en la promoción de la vela la- xxxx canaria, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Al respecto, los artículos 110 al 119 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, xx Xxxxxx, preceptos integrantes de su Título VI, se ocupan de la distribución de competencias en materia de dominio público marítimo-terrestre entre las distintas administraciones públicas.
En concreto, el artículo 116 de la citada Xxx xx Xxxxxx establece que las Administraciones públicas cuyas competencias incidan sobre el ámbito espacial
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:47:22 +01'00'
contemplado en la presente Ley, ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a aquéllas.
Por otra parte, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP, en adelante) permite la actuación de las administraciones públicas, en su caso, estructurándose esta mediante convenios de colaboración según el artículo 47.2.c., al tiempo que el artículo 48 destaca que la suscripción de los convenios debe servir para:
1. Mejorar la eficiencia de la gestión pública.
2. Facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos.
3. Contribuir a la realización de actividades de utilidad pública.
4. Cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
En una línea similar, la LRJSP señala que cuando el convenio instrumente una subvención deberá cumplir la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la normativa autonómica que, en su caso, resulte aplicable (art. 48.7); y que deberá cumplir las disposiciones de la LRBRL, al tiempo que el decreto 1/2009 del gobierno de Canarias fija además que los convenios no tendrán carácter contractual.
La Vela Latina Canaria es un deporte tradicional que solo se practica, con características propias y distintas del resto de las islas, en la bahía de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Su origen data del final del siglo XIX. Como cualquier otra modalidad de la vela, se basa en completar un recorrido establecido, en el menor tiempo posible, en una embarcación hecha en madera. Se diferencia de la vela ligera en que el recorrido siempre es el mismo, se navega contra el viento, o sea, en ceñida y dadas las condiciones meteorológicas existentes, las regatas se efectúan de sur a norte.
La tripulación es un equipo individual con funciones y responsabilidades que, coordinadamente, debe sacar el mejor partido a su embarcación, manteniéndola plana, estable y con velocidad. El aparejo utilizado en las embarcaciones es de origen latino, lo que explica el nombre del deporte, con características propias y diferenciales como es el tamaño de la vela.
El desarrollo y la práctica de la Vela Latina Canaria están vinculados a un importante patrimonio intangible asociado a técnicas y conocimientos de navegación y al que se añaden las actividades asociadas a la práctica del deporte, como la desarrollada por los carpinteros xx xxxxxx, con una amplia trayectoria y presencia en la xxxxx de la Isla, en especial en la zona del antiguo Puerto de Las Palmas y que se encuentra en una situación de escaso conocimiento y práctica reducida, que podría ocasionar su desaparición.
De hecho, la encuesta de cultura de mar, desarrollada por la Concejalía competente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en marzo de 2020, acreditó que sólo el 48% de los jóvenes de 11 a 19 de la ciudad conocen la vela latina canaria, mientras que quiénes alguna vez la han practicado alcanza el 11,6% del total.
Los antecedentes de la vela latina sitúan su origen en la cuenca mediterránea. En Canarias su uso estuvo asociado a la práctica de la pesca. En Gran Canaria se adquiere un modelo diferencial y propio, derivado de la presencia británica en la isla y su relación con la intensa actividad comercial del entorno portuario de la ciudad y en especial con la
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Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:47:41 +01'00'
figura del "cambullón" como intermediario entre tierra y las embarcaciones fondeadas en la bahía.
La primera regata organizada fue probablemente en 1904, el 24 de julio, con motivo de las fiestas patronales del barrio de San Xxxxxxxxx. La prensa anunciaba regata de xxxxx xx xxxx desde la puntilla hasta el Puerto de la Luz con regreso al Xxxxxxxx de San Xxxxxxxxx. Desde 1962 el campeonato xx Xxxx Latina aglutina una importante afición hasta nuestros días. Este es el mismo año en el que la sociedad de la Vela pasa a llamarse Club de Vela Latina Canaria.
El Decreto 43/2016, de 25 xx xxxxx, del Gobierno de Canarias, declara Bien de Interés Cultural (en adelante, BIC), con categoría de ámbito local, "La Vela Latina Canaria de Las Palmas de Gran Canaria", promovido inicialmente desde esta Concejalía de Ciudad de Mar. En la presente edición de la Feria Internacional del Mar de Las Palmas de Gran Canaria – FIMAR 2019, que organiza esa misma Concejalía, la Vela Latina Canaria ha sido homenajeada, en compañía de modalidades hermanas de Lanzarote y Cartagena (Murcia). Como lo fue también en la Grand Pavois de La Xxxxxxxx (Francia), el 12 junio 2019, una de las más importantes ferias náuticas de Europa, donde acudió para exhibición dentro del programa de actuación conjunta que se viene desarrollando entre la citada ciudad francesa y la de Las Palmas de Gran Canaria. Al tiempo que, en colaboración de este ayuntamiento con la citada Federación, se trabaja en la presencia de la vela latina en otras ferias y acciones náuticas dónde promocionar nuestras tradiciones culturales náuticas y, a su vez, reforzar la imagen de Las Palmas de Gran Canaria como escala náutica entre África, Europa y América.
II. A la vista de lo expuesto, y en aras a colaborar en la promoción y desarrollo de la activi- dad náutica tradicional denominada vela latina canaria, teniendo en cuenta que concurre el carácter de interés público perseguido por las organizaciones involucradas, ACUER- DAN formalizar el presente Convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. – Objeto y ámbito de actuación.
El presente Xxxxxxxx tiene por objeto establecer el marco de colaboración y coordinación entre la concejalía de Ciudad de Mar del ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx (FVLCB) para incentivar la cultura de mar y el desarrollo de acciones de promoción de la vela latina canaria, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, orientados a su difusión y preservación.
SEGUNDA. – Actuaciones objeto del Convenio.
Las actuaciones a desarrollar, a efectos del cumplimiento del objeto del Convenio, agrupadas en dos ámbitos, se concretan en las siguientes:
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036
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Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:48:04 +01'00'
I. Ámbito de gestión: Cultura de Mar
a. Promover el desarrollo y conservación de la cultura de mar ligada a la Vela Latina Canaria, Bien de Interés Cultural único de nuestra capital.
b. Promover la realización de actividades de difusión, conocimiento y bautizos de mar ligados a esta práctica deportiva tradicional.
c. Abrir las instalaciones de la vela latina canaria a toda la sociedad conforme los fines ante dichos y facilitar la generación de acciones náuticas que maximicen su potencial y generen sinergias con otras regatas, u otras actuaciones de promoción de la náutica, de interés estratégico nacional e internacional para la ciudad.
II. Ámbito de gestión: Promoción Económica
a. Generar riqueza y empleo en el sector xxxxxx marítimo y en el subsector económico asociado a la vela ligera, de crucero y, más específicamente, a la vela latina canaria.
b. Apoyar la difusión exterior de nuestra ciudad como escala atlántica marítima y cooperar con la organización de regatas nacionales e internacionales de interés estratégico que favorezcan el desarrollo sostenible de Las Palmas de Gran Canaria y la vela latina canaria.
c. Fomentar los activos intangibles de la vela latina canaria como elemento tractor del empleo, directo e indirecto, ligado a la vela en la economía de la ciudad.
TERCERA. – Vigencia y eficacia.
La vigencia del presente Convenio hasta 15 de diciembre de 2021, adquiriendo plena validez y eficacia desde el momento de su firma por las partes y su publicación según la normativa aplicable, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CUARTA. – Obligaciones de las partes.
Las obligaciones y compromisos de las partes para la ejecución del convenio se concretan en:
La FVLCB se compromete a:
- Aportar personal experto necesario.
- Impartir formación y/o asesorar técnicamente a profesionales vinculados con el mun- do de la náutica deportiva y, específicamente, sobre la Vela Latina Canaria.
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:48:26 +01'00'
- Asesorar a la Concejalía de Ciudad de Mar en aspectos técnicos conducentes a la promoción y desarrollo de la Vela Latina Canaria de Las Palmas de Gran Canaria.
- Colaborar en la organización de eventos vinculados con la actividad náutica de / en Las Palmas de Gran Canaria, en concreto aquellos relacionados con la vela ligera y vela latina canaria.
- Organizar seminarios y/o charlas sobre materias específicas relacionadas con la Vela Latina Canaria que contribuya al desarrollo de los programas de Cultura de Mar desarrollados por la concejalía de Ciudad de Mar, y más concretamente, todos aque- llos relacionados con el proyecto semana azul y difusión de la cultura de mar.
- Participar en la elaboración de materiales didácticos destinados a la promoción y desarrollo de la Vela Latina Canaria.
- Abrir las instalaciones de la Vela Latina Canaria a toda la sociedad y facilitar la gene- ración de acciones turísticas náuticas que maximicen su potencial y generen xxxxx- gias con otras regatas de interés estratégico internacional.
- Posibilitar el desarrollo de actividades de difusión de la cultura de mar y la vela latina canaria, preferentemente, entre los jóvenes de 11 a 19 años de la ciudad, permitien- do la visita a su centro, embarcaciones, así como la participación de aquellos en bau- tizos de navegación u otras acciones que faciliten la difusión y puesta en valor de es- te bien de interés cultural de nuestra ciudad.
- A la valorización de la vela latina canaria como producto de interés turístico, ayudan- do al Ayuntamiento a la difusión del mismo entre turoperadores y turistas, así como de prensa especializada.
- Al acompañamiento y asesoramiento a la Concejalía en aquellas actuaciones que ayuden a la difusión de la vela latina canaria como atractivo náutico para navegantes que hagan escala en la ciudad, en especial, asociada a la regata internacional ARC y aquellas que se integren en la Semana Olímpica Internacional xx Xxxx y las restantes que se consideren de interés.
- Aportar recursos humanos y materiales necesarios para la adecuada implementación de los objetivos planteados en el presente Convenio, por importe no inferior a 16.395,14.-€.
- A la cesión de embarcaciones de apoyo para la práctica de bautizos y otros en el desarrollo de eventos que organice la Concejalía de Ciudad de Mar en 2021 que se orienten a la difusión de la cultura de mar y la vela latina canaria.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria compromete a:
- Cofinanciar los trabajos a ejecutar y aportar personal experto necesario para el desa- rrollo de los mismos.
- Diseñar estrategias y políticas destinadas a promover la actividad tradicional de la Vela Latina Canaria como actividad náutica deportiva.
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Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:48:48 +01'00'
- Diseñar estrategias y políticas destinadas a promover el desarrollo de la Economía Azul vinculada a la actividad tradicional de la Vela Latina Canaria.
- Implementar cuantos conocimientos se deriven del presente Convenio en la difusión exterior de nuestra ciudad como escala atlántica marítima y cooperar con la organi- zación de regatas internacionales que favorezcan el desarrollo sostenible de Las Palmas de Gran Canaria y la Vela Latina Canaria.
- Potenciar la difusión de la vela latina canaria entre toda la ciudadanía, en especial a poner en valor en la población de 11 a 19 años las cualidades y especificidades de este bien de interés cultural, único de nuestra capital.
Las obligaciones y compromisos asumidos podrán modificarse por mutuo acuerdo de las partes firmantes, para lograr los fines perseguidos por el referido Convenio, según lo previsto en la cláusula décima.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, podrá originar la resolución del mismo, según lo previsto en la cláusula décima.
QUINTA. – Financiación.
Las aportaciones financieras que se comprometen a realizar los firmantes para la ejecución del Convenio ascienden a la cantidad total de quince mil (15.000) euros, distribuyéndose de la forma siguiente:
Anualidad | FVLCB | Ayto. LPGC | Total € |
Año 1 | – | 15.000 € | 15.000 € |
TOTAL € | – | 15.000 € | 15.000 € |
% | – | 100 | 100 |
La falta de cumplimiento de las obligaciones económicas adquiridas por las partes dará lugar a la adopción de las medidas legales que resulten oportunas.
Partidas presupuestarias
Las actuaciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se realizarán con cargo a la aplicación 2021/08059/170.00/489.47, de los Presupuestos de la Corporación Municipal, por un total de15.000,00 € (quince mil euros).
Código Seguro de verificación:ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg==. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxx-xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FIRMADO POR | Xxxxxxx Xxxx Muñecas Xxxxxxx (Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno-AJMR) | FECHA | 03/11/2021 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Concejal de Gobierno del Área de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad de Mar) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ID. FIRMA | xxxxxx.xxxxxxx.xx | ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg== | PÁGINA | 6/12 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg== |
Las aportaciones no financieras que se comprometen a realizar los firmantes para la ejecución del Convenio ascienden a la cantidad total de dieciséis mil trescientos noventa y cinco euros con catorce céntimos (16.395,14 €), distribuyéndose de la forma siguiente:
Anualidad | FVLCB | Ayto. LPGC | Total € |
Año 1 | 16.395,14 € | - | 16.395,14 € |
TOTAL € | 16.395,14 € | - | 16.395,14 € |
% | 000 | - | 000 |
00000000X XXXXXXXX XXXXX (X: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Fecha: 2021.10.21
11:49:10 +01'00'
El presente convenio se acompañará de una memoria de ingresos y gastos previstos para el desarrollo del mismo, que detallará dichas previsiones y la aportación específica de la FVLCB, firmada por persona competente.
El total del convenio es de 31.395,14 euros, esto es, el 100% que resultan de sumar los importes citador del Ayuntamiento (aportación financiera de 15.000 €) y de la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx (Aportación en especie, 16.395,14 €). Así, conforme la base número 35 de Ejecución del Presupuesto Municipal del ejercicio 2021, apartado 2.4.2., supondría que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aportaría el 47,78% como subvención del total del Convenio y la FVLCB, el restante 52,22%.
Anualidad | FVLCB | Ayto. LPGC | Total € |
Año 1 | 16.395,14 € | 15.000,00 € | 31.395,14 |
TOTAL € | 16.395,14 € | 15.000,00 € | 31.395,14 |
% | 52,22% | 47,78% | 100 |
SEXTA. – Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento de las actuaciones se crea la Comisión de Seguimiento que estará formada por un (1) representante de cada una de las partes intervinientes y, entre otras, las siguientes funciones:
- Realizar la programación y seguimiento de la ejecución, proponiendo, en su caso, las variaciones que se consideren precisas.
- Asegurar la coordinación durante el período de ejecución.
- Garantizar el intercambio de información entre las administraciones.
- Resolver las dudas y controversias que pudieran originarse en la interpretación, ejecu- ción o aplicación del Convenio o en los acuerdos de desarrollo.
Código Seguro de verificación:ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg==. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxx-xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FIRMADO POR | Xxxxxxx Xxxx Muñecas Xxxxxxx (Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno-AJMR) | FECHA | 03/11/2021 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Concejal de Gobierno del Área de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad de Mar) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ID. FIRMA | xxxxxx.xxxxxxx.xx | ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg== | PÁGINA | 7/12 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ATDSNYvUG7M4qaSqMUMyrg== |
- Supervisar la actuación en su globalidad en lo referente a las aportaciones comprometi- das por todas las Administraciones en este Convenio.
- Adoptar los acuerdos que procedan para el buen término del objeto del Convenio.
La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá cuantas veces se estime necesario a convocatoria de cualquiera de las partes.
En todo caso, el funcionamiento de la Comisión se ajustará al régimen de funcionamiento de los órganos colegiados y se regirá por lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Xxxxxx Xxxxxxx.
00000000X XXXXXXXX XXXXX (X: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:50:34 +01'00'
SÉPTIMA. – Información y publicidad.
En toda difusión o referencia a las actuaciones amparadas en el presente Convenio se hará mención expresa de la colaboración entre las partes intervinientes.
En todos los elementos de promoción y difusión pública (inserciones en prensa, folletos, comunicaciones, etc.) y en cuanta documentación se genere durante la ejecución del Convenio figurarán de forma destacada el nombre y logo de todas las instituciones participantes, de acuerdo con las disposiciones sobre imagen institucional que les resulten de aplicación.
OCTAVA. – De las notificaciones.
Toda notificación que pueda o deba hacerse conforme a este Convenio, se hará por cualquier medio que permita dejar constancia de envío, de su recepción efectiva y de su contenido, con preferencia a la utilización del correo electrónico.
Para la práctica de cualquier notificación o requerimiento las partes señalan como domicilios los recogidos en el presente Convenio de Colaboración que solo podrán ser modificados mediante comunicación fehaciente.
Cualquiera variación de las cláusulas establecidas en el presente Convenio de Colaboración tendrán que consignarse necesariamente por escrito careciendo de toda eficacia o validez hasta el cumplimiento de este requisito.
NOVENA. – Régimen jurídico.
El presente Xxxxxxxx tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el Capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público de España, publicada mediante la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por no tener carácter
contractual su contenido, si bien, en defecto de normas específicas, serán de aplicación los principios de la misma para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036
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Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:50:59 +01'00'
DÉCIMA. – De la modificación y resolución del Convenio.
El presente Convenio podrá sufrir modificaciones, a propuesta de la Comisión de Seguimiento constituida a tal efecto, con el acuerdo unánime de los firmantes.
Además de las causas de resolución de los convenios establecidas en el art. 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, serán causa de resolución del Convenio el mutuo acuerdo de las partes, así como el acuerdo motivado de una de ellas debido al incumplimiento grave o reiterado de alguna de las otras de alguna de sus cláusulas, debiendo ser comunicado el incumplimiento mediante preaviso de, al menos, un mes de antelación a la fecha de la propuesta de resolución.
UNDÉCIMA. – Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por la Comisión de Seguimiento, se entenderán sometidas a la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
DUODÉCIMA. – Confidencialidad y protección de datos.
Cualquier información o material relacionado con la ejecución del presente Convenio tendrá carácter confidencial, y será tratado como tal por los representantes, personal contratado al efecto y en su caso, subcontratados, comprometiéndose a hacer respetar dicho carácter, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y procedimientos de seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación confidencial, de acuerdo con lo establecido en la Legislación sobre Propiedad Industrial, Intelectual y Protección de datos de carácter personal.
Con independencia de la extinción del presente Convenio, el compromiso de confidencialidad permanecerá cinco años desde la fecha de terminación del Convenio o hasta que esa información, por otro medio, pase a ser dominio público sin contravenir una obligación de confidencialidad.
Asimismo, las partes acuerdan expresamente que en la ejecución del presente Convenio se comprometen a cumplir con la normativa en vigor sobre protección de datos, así como al resto de normas específicas que regulan la propiedad intelectual y el tratamiento electrónico de la información, autorizándose de forma expresa el uso de sus correos electrónicos y demás medios para alcanzar los fines del Convenio.
43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:52:18 +01'00'
DECIMOTERCERA. – De la colaboración entre los firmantes.
Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de la buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
En todos los casos, los firmantes colaborarán y actuarán con diligencia para garantizar el estricto cumplimiento de las normas sanitarias que apliquen a las actividades aquí reseñadas, tanto en espacios cerrados, como abiertos, siguiendo las indicaciones efectuadas por las Autoridades Públicas para mitigar los riesgos a la salud causados por el Covid-19.
DECIMOCUARTA. – Plazo de ejecución
Conforme a la temporalización establecida el plazo máximo de ejecución se fija a 15 de diciembre del año en curso. En lo posible, se tratará de ejecutar el convenio con antelación al plazo máximo indicado.
DECIMOQUINTA.- Forma de justificación. Plazo de presentación de la documentación. Memoria evaluativa.
El beneficiario deberá justificar el 100% de la realización de la actividad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos recibidos antes del 15 de diciembre de 2021. Deberá presentar la documentación a través del registro electrónico municipal.
Se podrán justificar fondos y actuaciones realizadas desde el 01 de enero del año en vigor, no pudiendo contraerse gastos en fechas posteriores al plazo de justificación establecido.
El importe a justificar corresponderá a la totalidad del proyecto subvencionado y de conformidad con el articulado del presente convenio, forma de ejecución del mismo, memoria y presupuesto presentado.
Deberá presentar en la memoria evaluativa:
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resulta- dos obtenidos, debiendo detallar, como mínimo:
a. Objetivo inicial y alcanzado.
b. Cumplimiento de la finalidad para la que se concedió y grado de cumplimiento
c. Cumplimiento de la normativa legal aplicable
d. Que la actuación se ejecutó en el plazo señalado en la resolución y sus poste- riores modificaciones si las hubiera
e. Se deberá acompañar documentación gráfica de su ejecución y desarrollo.
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f. Se deberá acompañar documentación, notas de prensa, cartelería, copia de post en redes sociales u otros dónde se acredite que la presencia de las insti- tuciones firmantes se ajusta a lo establecido en este convenio.
- Cuenta justificativa con certificado del interventor, o auditor jefe, de esa institución en el que deberán acreditarse los siguientes extremos:
a. Cumplimiento de las finalidades de la subvención.
b. Gasto total efectuado señalando la fecha de aprobación así como el pago ma- terial del mismo incluyéndose una relación clasificada de los gastos e inver- siones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su im- porte, fecha de emisión así como fecha y forma de pago.
XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036)
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21
11:52:40 +01'00'
c. Subvención recibida e incorporación de la misma al presupuesto, señalando la aplicación presupuestaria de gastos.
d. Cuenta final de ingresos y gastos para las actuaciones asociadas al presente convenio.
DECIMOSEXTA.- Abono de la subvención.
El pago del importe total de la subvención se realizará a favor de la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx por la totalidad de la subvención para el ejercicio 2021, 15.000 euros (quince mil euros), una vez se ejecute y justifique la misma de la forma aquí requerida.
Conforme las bases de ejecución presupuestaria municipal, no se efectuará el pago de ninguna subvención a aquellos que habiendo transcurrido los plazos otorgados tengan pendientes de justificar pagos de subvenciones anteriores, o de parte de la misma subvención otorgada previamente.
DECIMOSEPTIMA.- Sobre el seguimiento, control y fiscalización
El Ayuntamiento efectuará el seguimiento del cumplimiento de lo establecido en este convenio mediante las comisiones técnicas oportunas, así como a través de los mecanismos adicionales que mejor considere, lo que incluye la aplicación debida de las bases municipales de ejecución presupuestaria del año 2021, según número 35.2.5.6. Por el que la Intervención General Municipal realizará actuaciones de control financiero permanente de las subvenciones y ayudas concedidas a entidades privadas, instituciones, y asociaciones sin ánimo de lucro con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión.
DECIMOCTAVA.- Sobre la compatibilidad con otras ayudas.
Se establece la compatibilidad de esta subvención con todas las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, o similares, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
En este sentido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones, el importe de todas las subvenciones percibidas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
Y en prueba de conformidad con el contenido íntegro del presente Convenio, lo suscriben todas las partes, firmando todas sus páginas, por cuadriplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicado.
Las Palmas de Gran Canaria, mediante fecha y firma electrónica.
Presidente de la Federación xx Xxxx Latina Canaria xx Xxxxx
Concejal de Gobierno de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad de Mar
(Resolución nº 30457/2019, de 19 de julio)
43753202A
Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXX XXXXX (R: G35254036)
(R: G35254036)
Fecha: 2021.10.21
11:56:43 +01'00'
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Secretario General Técnico de la Xxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx
Xxx.: Xxxxxxx Xxxx Muñecas Xxxxxxx