Contract
RELACIÓN DE PARTICIPANTES INVITADOS
D’SAZON SEGURIDAD ALIMENTARIA, S.A. DE C.V.
ABAGA GRUPO LOGISTICO, S.A. DE C.V.
PROCESADORA Y DISTRIBUIDORA LOS CHANEQUES, S.A. DE C.V.
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX (SAGA)
PIGUDI GASTRONOMICO, S.A. DE C.V.
LA COSMOPOLITANA, S.A. DE C.V.
1. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS: |
Contratante.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., en adelante NAFIN (Ente consolidador), de manera consolidada con el BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., en adelante BANCOMEXT y ambas como LAS INSTITUCIONES, en cumplimiento de las disposiciones que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento (RLAASSP), a través de la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxx Xxx, Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; con teléfono 555325-6000 ext. 8207 celebrarná la citada invitación a cuando menos tres personas, en adelante invitación, bajo la siguiente convocatoria:
Medios que se utilizarán para la Invitación y carácter de la misma.
La presente invitación es de carácter nacional electrónica mediante el uso del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
Número de invitación.
La presente invitación será identificada con el número y código de procedimiento, así como el expediente que se observa en el encabezado.
Ejercicio fiscal de la contratación.
La contratación de la presente invitación corresponde al ejercicio fiscal 2022.
Idioma.
NAFIN recomienda la lectura completa y cuidadosa de la presente convocatoria, con el fin de que elaboren debidamente sus proposiciones, en IDIOMA ESPAÑOL.
Disponibilidad presupuestaria.
Los contratos que se celebren para formalizar la prestación de servicios objeto de la presente convocatoria cuentan con suficiencia presupuestal, en las siguientes partidas del clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal:
NAFIN
Número |
Nombre |
22104 |
Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades |
BANCOMEXT
Número |
Nombre |
22106 |
Productos alimenticios para el personal derivado de actividades extraordinarias |
La presente Invitación cuenta con la autorización de la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas de NAFIN por tratarse de una contratación consolidada (oficio DGAAF / 004 / 2022)
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN. |
Información específica de los servicios a contratar.
Descripción de los servicios:
Servicio integral del suministro de insumos para la elaboración de alimentos de los espacios ejecutivos
La descripción detallada de los servicios se encuentra en el Anexo 1 de esta convocatoria, denominado “Proposición Técnica”.
Agrupación de servicios en partidas. (No aplica para este proceso)
Precio máximo de referencia. (No aplica para este proceso)
Descripción de normas que deben cumplir los licitantes.
En cumplimiento al artículo 31 del RLAASSP; para la prestación de los servicios objeto de la presente Invitación, la Gerencia Administración de Comedores de NAFIN determinó que las normas oficiales mexicanas (NOM), normas mexicanas (NMX), normas internacionales, normas de referencia o especificaciones conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad que se aplicarán serán las siguientes:
El licitante deberá cumplir con la NOM 251 NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios” y los Certificados de Origen Tipo de Inspección Federal (TIF) de cárnicos y salchichonería que se mencionan en el Anexo 1 “Proposición Técnica”.
Método de validación de pruebas de acuerdo al Artículo 29 fracción X de la LAASSP. (No aplica para este proceso)
Cantidades y tipo de contratación.
Un servicio de suministro de insumos, las cantidades de los servicios a contratar son las que se citan en el Anexo A, denominado “Proposición Económica” y en el Anexo 1, denominado “Proposición Técnica”, de la presente invitación.
Los instrumentos que se formalizarán para la prestación de los servicios objeto de esta convocatoria, será un contrato abierto para cada una de LAS INSTITUCIONES, sujetos a las condiciones previstas en los Artículos 45 y 47 de la LAASSP.
Modalidad de contratación.
La modalidad bajo la que se desarrollará este proceso de invitación será la de esquema binario.
Tipo de adjudicación.
NAFIN asignará los contratos correspondientes a esta invitación a un sólo licitante.
Condiciones contractuales
El contrato a celebrar para BANCOMEXT iniciará su vigencia a la fecha de su firma, y de conformidad con el quinto párrafo del artículo 84 del Reglamento de la LAASSP, el inicio de los servicios será a partir del día siguiente del fallo concluyendo ambos al 31 de diciembre de 2022.
El contrato a celebrar para NAFIN iniciará su vigencia el 1 xx xxxxx del 2022.
Los plazos para la entrega de los servicios se encuentran detallados en el Anexo 1 de la presente convocatoria y la entrega de los servicios será realizada en los siguientes domicilios:
BANCOMEXT: Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México.
NAFIN: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México.
Los productos generados por el servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse a la persona que designen NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas.
El licitante ganador deberá entregar los insumos con las especificaciones, características solicitadas por NAFIN, junto con la copia del pedido y remisión correspondiente.
Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de productos en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los insumos.
Una vez recibido el servicio, las áreas requirentes dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales para la revisión y en su caso aceptación de las facturas (CFDI) y en caso de que aplique, su complemento en XLM contra las remisiones correspondientes, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas para que éste realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de generar el CFDI (comprobante fiscal digital por internet) correcto basado en la remisión autorizada, para dar seguimiento al proceso de pago.
La transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el lugar de entrega, serán por cuenta y riesgo del proveedor; por lo que el licitante será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales.
Tipo de cambio (No aplica para este proceso)
Seguros
En virtud de que el personal del licitante que resulte ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de LAS INSTITUCIONES, al personal de LAS INSTITUCIONES y/o a terceras personas.
Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad del proveedor o arrendados por éste, que destine para llevar a cabo la prestación del servicio objeto de esta invitación dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, será de exclusiva responsabilidad del proveedor por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, ya que en ningún caso LAS INSTITUCIONES o su personal serán responsables de los daños o pérdidas que lleguen a sufrir los referidos equipos.
Deducciones (No aplica para este proceso)
Obligación garantizada
Las obligaciones que contraiga el licitante ganador derivadas de los contratos que se formalicen, tendrán el carácter de divisibles.
En caso de incumplimiento por parte del licitante ganador a las obligaciones que tenga pactadas, se aplicará la pena por incumplimiento establecida en el punto 3.9.11 de la presente convocatoria y en su defecto, se hará efectiva la garantía de cumplimiento de los contratos.
Ajuste a la garantía de cumplimiento de contrato
En caso de que llegaran a presentarse cambios en el monto, plazo o vigencia de los contratos el licitante ganador deberá ajustar la garantía otorgada, para lo cual deberá entregar a LAS INSTITUCIONES, el endoso correspondiente dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del convenio modificatorio correspondiente.
Relaciones contractuales
El licitante adjudicado se contituye como único patrón del personal que ocupe con motivo del cumplimiento de las obligaciones objeto de los contratos que se formalicen, y será el único responsable de las obligaciones a su cargo derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social; por lo mismo, responderá de todas las reclamaciones que el personal que ocupe para la prestación de los servicios presente en su contra o en contra de LAS INSTITUCIONES en relación con el objeto de los contratos, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente al personal que utilice para la prestación de los servicios.
Asimismo, el licitante ganador responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil mercantil, penal, profesional, o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en la prestación de los servicios, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad al respecto.
El licitante ganador se obliga a fijar las tareas y supervisar las actividades del personal que utilice en la prestación de los servicios, por lo que LAS INSTITUCIONES en ningún momento serán consideradas como patrones solidarios de acuerdo a lo establecido en el artículo 15A de la Ley del Seguro Social.
LAS INSTITUCIONES se reservan el derecho de solicitar por escrito al proveedor en cualquier momento durante la vigencia de los contratos, la entrega de las altas y las constancias de las aportaciones obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social del personal propio que destine para la prestación de los servicios objeto de los contratos, las cuales se obliga a entregarlas a los 5 (cinco) días hábiles siguientes de la solicitud realizada por LAS INSTITUCIONES.
La comunicación entre LAS INSTITUCIONES y el proveedor se realizará a través de cada Administrador del contrato de LAS INSTITUCIONES, directamente con el representante legal o la persona designada por proveedor para este fin, considerando que deberá ser un empleado de planta de este último.
El licitante responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil mercantil, penal, profesional, o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en la prestación de los servicios, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente a sus trabajadores de planta o de confianza.
Para el caso de que LAS INSTITUCIONES llegaran a erogar alguna cantidad derivada de algún tipo de reclamación o demanda instaurada por el personal que ocupe para prestar los servicios objeto de esta convocatoria, será el proveedor quien estará obligado a cubrir a LAS INSTITUCIONES, el pago de daños y perjuicios a que haya lugar.
En caso de que el proveedor realice la prestación de servicios objeto de esta convocatoria con personal que se encuentre bajo el régimen de servicios profesionales (Honorarios), no le será aplicable la presentación de los documentos señalados en el párrafo anterior. Lo anterior deberá manifestarlo bajo protesta de decir verdad mediante el Formato Anexo C “Manifiesto Tamaño de la Empresa” de esta Convocatoria.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO. |
Calendario de los actos.
Los licitantes únicamente podrán participar de manera electrónica a través del sistema CompraNet.
Acto |
Fecha |
Hora |
NOTA |
Periodo de Aclaraciones
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Fecha de inicio: 22 de febrero de 2022 Fecha de conclusión: 23 de febrero de 2022 9:30 hrs
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Las preguntas que presenten los licitantes en relación con la convocatoria, se les dará respuesta a través del Sistema CompraNet 24 horas después de concluido el periodo de aclaraciones.
Los actos de presentación y apertura de proposiciones, y fallo se llevarán a cabo sin la presencia de los licitantes, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la LAASSP. La firma de los contratos se realizará a través del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet . |
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Visita a las instalaciones |
No se realizarán visitas |
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Límite para registrar propuestas en CompraNet
Apertura de Proposiciones
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28 de febrero de 2022 |
10:59 hrs.
11:00 hrs. |
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Fallo |
1 xx xxxxx de 2022 |
13:00 hrs. |
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Fecha estimada para la firma de contrato (sujeta a ratificación o modificación en el acta de fallo). |
NAFIN: 14/marzo/2022 BANCOMEXT: 14/marzo/2022
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XXXX |
Para todos los efectos las fechas y horas son las que se detallan en el presente calendario.
Aclaraciones a la convocatoria de la invitación.
En caso de dudas deberán enviarlas en el formato “Solicitud de Aclaraciones” identificado como Anexo 2 de esta convocatoria, a través del Sistema CompraNet, preferentemente en formato Word, en la sección mensajes Unidad Compradora/Licitantes, conjuntamente con sus preguntas el escrito a que hace referencia el Artículo 33 bis de la LAASSP en el que expresen su interés de participar en la invitación a través del “Formato de escrito de interés en participar electrónicamente en la presente invitación” identificado como Anexo 3, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y en su caso del representante, a partir del momento de la publicación de la convocatoria y hasta que finalice el periodo de aclaraciones establecido. Las solicitudes de aclaración que se reciban con posterioridad al plazo anterior no serán contestadas por la convocante.
NAFIN considerará la hora de recepción de las solicitudes que registre el sistema CompraNet.
Los licitantes se darán por notificados de las aclaraciones realizadas por la convocante, cuando éstas se encuentren publicadas en la página de CompraNet.
Con el envío del Acta de Aclaraciones a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, se señalará el plazo que éstos tendrán para formular por única ocasión las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Estas aclaraciones no podrán versar sobre aspectos distintos a las originalmente planteadas por lo que deberán referirse a las respuestas emitidas por la convocante
Se podrá modificar la presente convocatoria, mediante publicación de un aviso a través de CompraNet, a más tardar 3 (tres) días naturales previo al acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cualquier modificación a la convocatoria de la invitación, incluyendo las que resulten de las aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
En caso necesario, NAFIN, podrá modificar la fecha y hora en que se realizará el acto de presentación y apertura de las proposiciones de conformidad con el Artículo 33 bis de la LAASSP.
Instrucciones para elaborar las proposiciones “técnicas y económicas”.
Utilizar el formato de "Proposición Técnica" incorporado como Anexo 1 y el formato "Proposición Económica" como Anexo A de la presente convocatoria; estos modelos podrán ser reproducidos por cada licitante en el modo que estimen conveniente, debiendo respetar su contenido y preferentemente el orden indicado.
Deben ser legibles, con membrete del licitante o al menos señalar la denominación, domicilio y teléfonos del licitante.
Los licitantes participantes se sujetarán a lo siguiente:
Los licitantes deberán contar con un certificado digital vigente determinado por la Secretaría de la Función Pública, mediante la Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria como medio de identificación en sustitución de la firma autógrafa para enviar sus proposiciones apegándose a lo siguiente:
a) Reconocerán como propia y auténtica la información enviada a través del sistema CompraNet y que, a su vez, se distinga por el certificado digital de la Firma Electrónica Avanzada o el medio de identificación electrónica que les certifique la Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en dicha información quedará comprendida la proposición, la documentación distinta a ésta y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que les requiera NAFIN.
b) Realizarán oportunamente los trámites para la obtención de la Firma Electrónica Avanzada, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante legal que firme electrónicamente las proposiciones.
c) Aceptarán que el uso de la Firma Electrónica Avanzada por persona distinta al representante legal, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
d) Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por NAFIN, cuando los archivos contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
e) Consentirán que será motivo de que la Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público invalide su certificado digital, cuando hagan mal uso de la red privada de comunicaciones de CompraNet.
f) Sus solicitudes de aclaración a la convocatoria de invitación deberán ser presentadas utilizando el sistema CompraNet en la sección destinada para esta función adjuntando el archivo que contenga el escrito de interés correspondiente, en caso de omisión no se dará respuesta a las aclaraciones presentadas.
Las actas que se deriven de los distintos eventos de la invitación deberán ser consultadas en el Sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx, donde estará a su disposición el mismo día en que se celebre el evento.
h) Los licitantes se sujetarán al ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx de 2011.
3.1.4. Entrega de las proposiciones y documentación.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, NAFIN descargará de CompraNet los archivos que integran las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes y verificará que cumplan cuantitativamente con lo solicitado en la presente convocatoria.
Instrucciones para elaboración y envío de proposiciones:
Las proposiciones deberán considerar lo señalado en el punto 6 de esta convocatoria denominado “Documentos y datos que deben registrar los licitantes” preferentemente en formato PDF. Para facilitar su carga en CompraNet se recomienda que los archivos antes señalados no excedan un tamaño de 25 Mb.
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran las proposiciones, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de invitación y número de páginas. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
c) Los licitantes deberán concluir el envío de sus proposiciones y verificar que fueron transmitidas exitosamente.
d) Los licitantes deberán verificar que la firma electrónica durante el envío de sus proposiciones se identifique como a continuación se indica: Archivo con Firma Digital Valida, empleando los medios de identificación electrónica que establece la SFP/SHCP.
En el supuesto que, antes de enviar la proposición el sistema CompraNet indique que las propuestas técnicas y económicas carecen de firma electrónica “sin archivo adjunto” o, el Sistema CompraNet la identifique como “Archivo con Firma Digital No Valido”, los licitantes deberán de realizar nuevamente el procedimiento de firma electrónica de sus proposiciones, hasta que el sistema indique Archivo con Firma Digital Valida, para que se pueda considerar como firma valida.
“NO SE DEBERÁ FIRMAR DE MANERA ELECTRÓNICA CADA ARCHIVO QUE INTEGRA SU PROPOSICIÓN” únicamente se deberá firmar el resumen de su propuesta técnica (TechnicalEnvelopeSummary) y propuesta económica (PriceEnvelopeSummary).
La plataforma no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que éstas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
En caso de requerir mayor información se encuentra a su disposición la “Guía que da a conocer el uso de CompraNet” misma que se puede consultar de manera gratuita y en línea en la siguiente página web:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxx.xxx
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El sistema CompraNet no aceptará registrar proposiciones después de la fecha y hora límite señaladas en el calendario de la presente convocatoria.
Los licitantes aceptarán que se tendrán por notificados con el acta que se levante, cuando ésta se encuentre a su disposición a través del sistema CompraNet el mismo día que se celebre cada evento.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de NAFIN, no sea posible abrir las proposiciones enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación, salvo que las proposiciones en las que se incluya dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo del licitante, el cual admitirá que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por NAFIN.
La Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de la interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en su poder.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, se dejará asentado en el acta, el número de hojas o tamaño de los archivos que integran cada proposición, así como, el importe de las mismas.
En caso necesario, NAFIN podrá señalar la nueva fecha y hora en que se notificará el fallo, de conformidad al Artículo 35 fracción III de la LAASSP y 48 último párrafo del Reglamento.
Firma de acta.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones recibidas en tiempo y forma, y el importe de cada una de ellas; el acta será firmada por los servidores públicos que intervienen y quedará a disposición de los licitantes a través del sistema CompraNet.
En el acta referida anteriormente, se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación.
Presentación de proposiciones por otro medio.
No se aceptarán proposiciones enviadas a través del servicio postal o de mensajería, ni presenciales o por algún otro medio que no sea CompraNet.
No podrán retirarse o dejarse sin efecto las proposiciones recibidas.
Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de invitación hasta su conclusión.
Presentación de una proposición.
Los licitantes que participen sólo podrán presentar una proposición para la presente invitación.
Forma de entrega de las proposiciones.
Las proposiciones técnica, económica y documentación complementaria deben presentarse simultáneamente a través del sistema CompraNet.
Revisión preliminar de la documentación distinta a las proposiciones. (NO APLICA PARA ESTE PROCESO)
Acreditamiento de personalidad.
El licitante deberá presentar escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, documentación electrónica que los licitantes deberán registrar con el objeto de acreditar su personalidad en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el no presentar dicho escrito será motivo de desechamiento, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 48 fracción V del RLAASSP, acompañada de copia por ambos lados de identificación oficial vigente Anexo 4 de esta convocatoria.
El objeto social o giro comercial establecido en la escritura constitutiva o en alguna modificación a ésta del licitante, deberá abarcar la realización de los actos necesarios para cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato materia de esta invitación.
Toda esta documentación solicitada para acreditar el cumplimiento de los requisitos se entregará electrónicamente a más tardar el día del "acto de presentación y apertura de proposiciones” y antes de la hora indicada en el calendario de actos de esta convocatoria. Se recomienda se entregue relacionada conforme al Anexo D de esta convocatoria, denominado “Verificación de la recepción de los documentos requeridos en la convocatoria de la invitación”
Rúbrica de las proposiciones que se reciban.
Se rubricarán por parte de la convocante las proposiciones económicas mismas que formarán parte del acta que se levante.
Acto de fallo y firma del contrato.
3.9.1. Acto de fallo.
Se celebrará Acto de Xxxxx en el que se presentará internamente el dictamen técnico, administrativo y económico. En el fallo se hará constar las razones para admitirlas o desecharlas y se levantará para constancia el acta correspondiente.
Los licitantes se darán por notificados del fallo cuando éste se encuentre a su disposición en el sistema CompraNet.
En el acta del evento se dejará asentado el resultado del análisis de las proposiciones, sirviendo este documento como notificación formal a los interesados de los cumplimientos e incumplimientos determinados en las evaluaciones. Los importes ofrecidos se registrarán en un cuadro comparativo.
El licitante ganador deberá presentar al siguiente día hábil del fallo, ante la Subdirección de Adquisiciones de LAS INSTITUCIONES la documentación que se señala en el cuarto párrafo del punto 3.9.2 de la presente convocatoria, para la formalización del contrato.
3.9.2. Firma de los contratos.
Los contratos se celebrarán en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos conforme al modelo que aparece como Anexo 5 de la presente convocatoria, denominado “Formato de Contrato”. En caso de discrepancia entre lo establecido en éste y la presente convocatoria o en sus juntas de aclaraciones prevalecerá lo dispuesto en éstas.
El o los representantes del licitante ganador que cuenten con facultades suficientes para suscribir el contrato y obligar a su representada haciendo uso de la firma electrónica con la que se formalice dicho contrato, en los términos y condiciones pactadas, deberán firmar los contratos, en la fecha que quede asentada en el acta de fallo, en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet, para tal efecto deberán darse de alta en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet.
Quien firme los contratos deberás tener facultades generales para actos de administración o poder especial que incluya las facultades para la firma de los contratos, debiendo acreditar su personalidad con el testimonio notarial correspondiente, con datos de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio cuando la Ley así lo establezca.
Previamente, para la firma de los contratos el licitante ganador, deberá mostrar original para cotejo de su identificación oficial vigente, así como el Registro Federal de Contribuyentes de la empresa que representa, también deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia fotostática para su archivo de la escritura constitutiva y del poder con el que acredita su personalidad y facultades, y cualquier otra escritura en la que hubiese habido modificación y en el caso de que aplique, deberán contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio que corresponda, o bien la constancia de que la escritura respectiva se encuentre en trámite de inscripción en el citado registro.
Si el interesado no firmase los contratos por causas imputables al mismo, en la fecha o plazo previsto, LAS INSTITUCIONES podrán, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar los contratos al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del 10% (diez por ciento) de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 46 de la LAASSP.
El licitante deberá presentar una declaración bajo protesta de decir verdad (Anexos 17 o 17 Bis), en la que manifieste por escrito que su representante legal y socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad a la que representa, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización de los contratos que deriven de la presente invitación, no se actualiza un Conflicto de Interés, además de tener pleno conocimiento que dicha manifestación que hace constar por escrito, se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control de NAFIN, previo a la celebración de los contratos que deriven de este procedimiento de contratación.
En caso de discrepancia entre el modelo de contrato y la presente convocatoria, así como lo establecido en el acta de la junta de aclaraciones, prevalecerá lo estipulado en ésta última de acuerdo a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 45 de “LA LEY”.
Adicionalmente deberá acreditar que ha requisitado la información a que se refiere la siguiente liga relacionada con el numeral 8 del Anexo Segundo del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” a que se refiere la siguiente liga:
xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxx/xxxxxXxxx.xxx
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 xx xxxxxx de 2015; así como sus modificatorios del 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017, de las Reglas Generales para el Contacto con Participantes, en particular al punto 6, que señala lo siguiente:
Las Dependencias y Entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el Protocolo y que este puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, e indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos video grabados, así como que dicha información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y de ser utilizada como elemento de prueba.
Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
El derecho que tienen de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto de los servidores públicos.
3.9.3. Vigencia del contrato.
La vigencia de los contratos será conforme a lo siguiente:
BANCOMEXT: La vigencia del contrato será a partir de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022.
NAFIN: A partir de 0 xx xxxxx x xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000.
3.9.4. Garantía contractual.
Las garantías relativas al cumplimiento de los contratos, deberán constituirse por el licitante ganador mediante la expedición de una fianza a favor de cada una de LAS INSTITUCIONES, ya sea física o por medios electrónicos, por el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del contrato de cada una de LAS INSTITUCIONES, sin considerar el I.V.A. Es indispensable que dicha fianza contenga por lo menos el texto contenido en el Anexo 6 de esta convocatoria, denominado “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento del Contrato”, aceptando expresamente que la afianzadora se somete al procedimiento de ejecución previsto en los Artículos 178, 279, 280 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, póliza que estará vigente hasta el total cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los contratos recibidas a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES.
Entrega de la garantía.
Las garantías de cumplimiento de los contratos deberá entregarlas el licitante ganador, vía electrónica o en la Subdirección de Adquisiciones de NAFIN, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx X.X. 01020, Ciudad de México y en la Subdirección Adquisiciones de BANCOMEXT, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México; debiendo entregar a cada una de LAS INSTITUCIONES dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato respectivo, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato. Para cubrir el pago de los servicios, la póliza de garantía deberá estar autorizada por el área jurídica de LAS INSTITUCIONES.
Liberación de las garantías.
LAS INSTITUCIONES otorgarán la aceptación de la entrega de los servicios en el momento en que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a su entera satisfacción; por lo anterior, se extenderá y entregará la autorización expresa de cada una de las instituciones, emitida por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios o por quien este designe, junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar su cancelación.
Vicios ocultos o defectos de fabricación. (No aplica para este proceso)
Prórrogas.
Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.9.3. de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor, que a juicio de LAS INSTITUCIONES esté debidamente justificado o por causas atribuibles a LAS INSTITUCIONES ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar los contratos; si el diferimiento modifica la vigencia de los contratos, será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso.
En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
Sanciones.
Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de la LAASSP, podrán ser sancionados por la Secretaría de la Función Pública, conforme a las disposiciones normativas aplicables.
Penalización.
La penas que LAS INSTITUCIONES aplicarán al licitante que resulte ganador, por causas imputables a éste, serán las siguientes:
La penalización que se aplicará por atraso en los plazos de entrega de los insumos son:
5% (cinco por ciento) por cada hora de atraso en el plazo señalado en el punto 2.9 de esta convocatoria calculado sobre el precio total de los insumos respecto de los cuales se hubiera generado el atraso.
El pago de la penalización la deberá cubrir el proveedor al 5° (quinto) día natural siguiente a la fecha en que LAS INSTITUCIONES le notifique por escrito de la(s) penalización(es) y el (los) importe(s) correspondiente(s) a la(s) misma(s), debiendo efectuar dicho pago mediante cheque de caja en favor de LAS INSTITUCIONES.
El pago del importe que corresponda al mes en el que se generó el atraso, quedará supeditado proporcionalmente al pago que deba hacer el proveedor de la penalización por atraso en que incurra.
La(s) penalización(es) a que se hace referencia este numeral, no podrá(n) rebasar individual o acumulativamente el equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo total del contrato que cada una de LAS INSTITUCIONES celebren y, en el evento de que el prestador de servicios alcance dicho máximo LAS INSTITUCIONES podran rescindir el contrato que se celebre y aplicarán la pena por incumplimiento correspondiente.
Estas sanciones se establecen por el simple atraso en la entrega de LOS SERVICIOS, a cargo del licitante ganador, sin perjuicio del derecho que tienen LAS INSTITUCIONES de optar por el cumplimiento del contrato que se celebre o rescindirlo, aún sin llegar al porcentaje maximo establecido en el párrafo anterior.
Pena por incumplimiento del contrato.
En caso de rescisión del o los contratos por causas imputables al licitante ganador, éste se compromete a pagar a LAS INSTITUCIONES según corresponda, por concepto xx xxxx por incumplimiento, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la rescisión que le hagan LA INSTITUCION correspondiente por escrito, una cantidad equivalente al importe de la garantía de cumplimiento del contrato, o en su defecto se hará efectiva de manera proporcional la garantía de cumplimiento de los contratos.
Rescisión de contrato.
Podrá ser motivo de rescisión del contrato, el incumplimiento por parte del licitante ganador, de cualquiera de los compromisos específicamente señalados en la presente convocatoria de la invitación y contraídos en el correspondiente contrato; así como, cuando haya transcurrido el plazo convenido para la prestación de los servicios sin que esto se haya llevado a cabo en su totalidad.
Para efectos de lo anterior, se aplicará el procedimiento descrito en el Artículo 54 de la LAASSP.
En este supuesto, se aplicará la pena por incumplimiento de conformidad con lo previsto en el punto 3.9.11 de la presente convocatoria.
Terminación anticipada del contrato.
Cada una de LAS INSTITUCIONES podrá dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a LA INSTITUCIÓN correspondiente o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 Bis de la LAASSP.
Suspensión.
Cuando en la prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, LAS INSTITUCIONES, bajo su responsabilidad, podrán suspender la prestación de los mismos aplicándose en lo conducente lo establecido en el Art. 55 Bis de la LAASSP y en su caso el Art. 102 de su Reglamento.
Características económicas.
Precios:
Los precios deberán cotizarse en moneda nacional y presentarse conforme al modelo de “Proposición económica” Anexo A de la presente convocatoria.
Vigencia de le proposición económica
La vigencia de la proposición económica deberá ser de 90 (noventa) días naturales, contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
c) Vigencia de precios
Los precios no estarán sujetos a incremento alguno durante la vigencia del contrato correspondiente e incluso durante sus posibles ampliaciones.
d) Condiciones de pago que se aplicarán.
Una vez recibidos LOS SERVICIOS a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES, el pago de los mismos se cubrirá en Moneda Nacional, de manera quincenal para el caso de NAFIN y de manera mensual para el caso de BANCOMEXT, conforme a lo siguiente:
Los pagos serán de conformidad a lo señalado en el punto 3.1 del ANEXO 1 denominado “Propuesta Técnica” y se efectuarán a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la entrega de los estados de cuenta debidamente requisitados y recibidos los servicios a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES. En caso de que el vencimiento del vigésimo día sea inhábil el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste.
Dichos pagos se efectuarán a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de que el licitante ganador suba al sistema el Comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente, debidamente requisitado.
e) Pago interbancario
En el caso de que el proveedor manifieste su conformidad para que sus pagos se efectuarán de manera interbancaria, para tal efecto el licitante ganador deberá requisitar a la firma del contrato el formato que se incluye como Anexo 8 de esta convocatoria, denominado “Solicitud de Pago Interbancario”.
En este caso, LAS INSTITUCIONES harán la transferencia electrónica a la cuenta CLABE que el proveedor le indique por escrito. En caso de que éste cambie su cuenta CLABE, deberá notificarlo igualmente por escrito a LAS INSTITUCIONES a la persona que designe NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas., con 5 (cinco) días hábiles de anticipación al vencimiento de los 20 (veinte) días naturales establecidos para el pago.
En el caso de que el proveedor no notifique a LAS INSTITUCIONES por escrito el cambio de su cuenta CLABE en el plazo de anticipación señalado en el párrafo anterior, o bien, si LAS INSTITUCIONES no puede realizar transferencia electrónica en la cuenta CLABE del proveedor que tenga registrada para efectos de pago, por causas no imputables a LAS INSTITUCIONES, está última contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a los 20 (veinte) días naturales para realizar el pago correspondiente mediante cheque de caja, sin que lo anterior se considere como un atraso en el pago por los servicios, por lo que el proveedor estará de acuerdo en que no procederá solicitarle a LAS INSTITUCIONES el pago de gastos financieros en los supuestos mencionados en este párrafo.
f) Programa xx Xxxxxxx Productivas
Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 5 (cinco) días naturales posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda adelantar el cobro de sus facturas ejerciendo la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en apego a los términos del último párrafo del Artículo 46 de la LAASSP, ver Anexo 9 de esta convocatoria, denominado “Cadenas Productivas”
g) Afiliación a Cadenas Productivas
NAFIN requiere que el licitante ganador, con base en la información que se indica en el Anexo 9 de esta convocatoria, denominado “Cadenas Productivas”, inicie su afiliación en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 00.00.00.00.00 o al 00.000.XXXXXXX (00-000-000000000), o acudiendo a las oficinas de NAFIN donde se le atenderá para el proceso de afiliación.
Afiliarse al programa es por única vez por lo que no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tiene ningún costo.
h) Otorgamiento de anticipo (no aplica para este proceso)
i) Impuestos y derechos.
Los impuestos y/o derechos que procedan serán pagados por:
NAFIN, el Impuesto al Valor Agregado I.V.A. y el Impuesto Especial a Productos y Servicios I.E.P.S. que se deriven de la facturación.
b) El proveedor todos los demás impuestos y/o derechos que deriven de la prestación de los servicios, exceptuando los incluidos en el inciso anterior.
j) Criterios que se aplicarán para adjudicar el contrato:
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, los contratos se adjudicarán al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos administrativos, legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas:
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
De subsistir el empate entre las personas de la micro, pequeña y mediana empresa nacionales, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que se realice en términos del RLAASSP.
3.9.16 Patentes, marcas y derechos de autor.
El licitante que se resulte adjudicado de los contratos asumirá la responsabilidad total para el caso en que al suministrar los servicios a LAS INSTITUCIONES infrinjan patentes o marcas, o viole registros de derechos de autor, obligándose a sacar a LAS INSTITUCIONES en paz y a salvo de cualquier reclamo al respecto.
3.9.17 Declarar desierta la invitación.
Se declarará desierta la invitación, en los siguientes casos:
Si no se registran proposiciones el día del acto de presentación y apertura de proposiciones en el sistema CompraNet.
Si al evaluar las proposiciones ninguna cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria de la invitación.
Si después de efectuada la evaluación no fuese posible adjudicar el contrato a ningún licitante porque sus precios rebasan el presupuesto máximo establecido para este proceso.
Cuando sus proposiciones económicas estén por arriba del precio aceptable de conformidad con el Artículo, 37 fracción III o 38 (primero y segundo párrafo) de la LAASSP, conforme a la investigación xx xxxxxxx realizada o del cálculo para determinar la inaceptabilidad del precio ofertado. Dicha determinación, se hará del conocimiento de los licitantes en la propia acta de fallo.
Cuando se determine que el precio no es conveniente
Si la invitación se declara desierta, NAFIN podrá adjudicar directamente el contrato respectivo de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 43 de la LAASSP.
3.9.18 Cancelación de invitación.
NAFIN podrá cancelar la invitación, por caso fortuito o fuerza mayor, de igual manera, podrá cancelar cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación de los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a LAS INSTITUCIONES. La determinación de dar por cancelada la invitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno atendiendo lo dispuesto por el Artículo 38 de la LAASSP.
4. ENUMERACIÓN DE LOS REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR, EN ESTE PROCESO. |
NO. |
PUNTO DE CONVOCATORIA |
DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO |
DOCUMENTOS INDISPENSABLES PARA EVALUAR Y LA NO PRESENTACIÓN SERÁ CAUSA PARA DESECHAR LA PROPUESTA |
1 |
3.1.5 |
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran las proposiciones, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de invitación y número de páginas. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. |
SI |
2 |
6.1 |
Escrito de acreditamiento de personalidad. |
SI |
copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
NO |
||
3 |
6.2 |
Manifiesto que el proveedor es de nacionalidad mexicana |
SI |
4 |
6.4 |
Dirección de correo electrónico |
NO |
5 |
6.5 |
Manifiesto de no encontrarse en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP |
SI |
6 |
6.6 |
Carta de declaración de integridad |
SI |
7 |
6.7 |
Estratificación de la empresa |
SI |
8 |
3.1.6. |
Presentación de la proposición técnica y económica |
SI |
Se desecharán las proposiciones que hubieren omitido alguno de los documentos indispensables y obligatorios señalados en esta tabla.
4.1 Desechamiento de una proposición.
Se desecharán las proposiciones en los siguientes casos:
4.1.1 Será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos especificados en la convocatoria de la invitación y de la Proposición Técnica (Anexo 1) en cualquiera de sus puntos, que afecte la solvencia de la proposición.
4.1.2 Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de la invitación.
4.1.3 Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 de la LAASSP (Excepto la fracción II del art. 50 de la LAASSP siempre y cuando cuenten con autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública y se acredite con el documento correspondiente).
4.1.4 Cuando se compruebe que tiene cualquier otro acuerdo que tenga como fin, obtener ventaja sobre los demás licitantes.
4.1.5 Cuando las propuestas presentadas no sean firmadas electrónicamente, o bien, que el Sistema CompraNet reporte como Firma Digital no válida.
4.1.6 Si no entrega su propuesta económica.
4.1.7 Si no se puede abrir sus archivos desde CompraNet o si estos contienen virus.
4.1.8 Cuando se presente la falta absoluta de foliado en su proposición.
4.1.9 Cuando se solicite una manifestación “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
Para estos casos, se incluirán las observaciones que corresponda en el acta de fallo.
5. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO RESPECTIVO. |
Criterios de evaluación de la capacidad administrativa, técnica y económica de las proposiciones aceptadas mediante el criterio de evaluación binario (cumple–no cumple).
NAFIN por conducto del área de la Gerencia de -administración de Comedores responsable de la contratación de los servicios, quien evaluará las proposiciones en términos del Artículo 36 de la LAASSP.
5.1 Aspectos administrativos a evaluar
Se realizará evaluación de la documentación administrativa mediante la revisión, análisis y verificación del cumplimiento de todos los requerimientos de esta invitación señalados en el Anexo 10 de esta convocatoria, denominado “Cédula de evaluación administrativa”.
5.2 Aspectos técnicos a evaluar
El personal de la Gerencia Administración de Comedores adscrita a la Subdirección de Servicios de NAFIN, verificará el cumplimiento de la documentación técnica; así como, el cumplimiento de los datos registrados en las proposiciones a evaluar respecto de las especificaciones técnicas solicitadas, de este modo, se realizará la evaluación de las especificaciones técnicas de la presente convocatoria.
Para la evaluación de los puntos administrativos y técnicos se considerará lo siguiente:
Cumplimiento de la totalidad de los requerimientos establecidos en la convocatoria de la invitación y sus anexos.
Las proposiciones técnicas se evaluarán en el esquema binario "cumple- no cumple" conforme se señala en los Anexos 10 y 11 de esta convocatoria, denominados "Cédula de evaluación administrativa” y “Cédula de evaluación técnica” respectivamente.
Si un licitante ofrece un número de servicios menor al solicitado, no se considerará su proposición.
5.3 Aspectos económicos a evaluar.
El personal de la Gerencia Administración de Comedores adscrita a la Subdirección de Servicios de NAFIN, efectuará la evaluación económica de al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de conformidad con el artículo 36 de la LAASSP, de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio hasta en tanto se encuentre la que haya cumplido con todos los requisitos establecidos y con la totalidad de las especificaciones técnicas y que además hubieran entregado la totalidad de los documentos que conforman la proposición económica, aplicando para estos efectos lo siguiente:
Se verificará que las operaciones aritméticas sean correctas con relación los precios unitarios ofrecidos, en caso de error se realizarán los ajustes respetando los precios unitarios de acuerdo al modelo de “Proposición económica” del Anexo A de esta convocatoria. La sumatoria de estos totales permitirá determinar cuál es la proposición más baja.
La evaluación de las proposiciones se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, los precios ofertados por los licitantes y los resultados se asentarán en un resumen comparativo de precios ofertados conforme al modelo de proposición económica.
Verificará que los volúmenes de los insumos estimados se encuentren multiplicados por el precio unitario de cada uno de ellos que se pretenden adquirir.
Aquellas proposiciones que rebasen el presupuesto máximo establecido serán declaradas como insolventes.
El cálculo de los precios no aceptables y los precios convenientes se aplicará de la siguiente manera:
5.5.1 Precio no aceptable
Se consideran como referencia los precios de las ofertas presentadas en este proceso, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas proposiciones se obtendrá de la siguiente manera:
Se sumarán todos los precios ofertados en el presente proceso que se aceptaron técnicamente.
El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados.
El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.
Las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se le sumará el porcentaje del 10% (diez por ciento). Cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, será considerado como no aceptable.
5.5.2 Precio conveniente
El cálculo del precio conveniente se llevará a cabo para acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del precio conveniente.
Para este proceso será aplicado el precio conveniente, de las proposiciones que cumplan técnicamente de conformidad con lo siguiente:
Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas serán aquellos que se ubican dentro de un rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.
De los precios preponderantes determinados se obtendrán el promedio de los mismos. En caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos.
Al promedio señalado en la fracción anterior se restará un porcentaje del 40% (cuarenta por ciento).
Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes.
5.6 No serán causales de desechamiento.
No serán objeto de evaluación y por lo tanto no serán causales de desechamiento, los aspectos que tienen como propósito facilitar la presentación de las proposiciones, tales como:
Que no vengan foliadas en su totalidad las hojas de los apartados técnico, económico y administrativo, salvo que presenten la falta absoluta del folio.
Cuando la proposición sea presentada en un formato distinto al establecido por la convocante, siempre que ésta contenga de manera clara la información requerida.
Proponer un plazo de prestación de los servicios menor al solicitado, en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la presente convocatoria.
El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con la información contenida en la propia proposición técnica o económica.
6. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN REGISTRAR LOS LICITANTES |
6.1. Escrito de acreditamiento de personalidad.
Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad” acompañado de copia, por ambos lados, de identificación oficial vigente.
6.2. Manifiesto que el proveedor es de nacionalidad mexicana .
Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana .
6.3. Copia de los documentos de las normas que le aplican.
Copia de los documentos mediante los cuales el licitante acredita el cumplimiento de la NOM 251 NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios” y a los Certificados de Origen “TIF” de cárnicos y salchichonería. Así como el escrito en el que manifieste su conformidad respecto a que no se suscriba el contrato en el caso de no presentar los originales o copias de dichos documentos al momento de la firma.
6.4. Dirección de correo electrónico.
Señalar, ratificar o rectificar, en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones.
6.5. Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Arts. 50 y 60 de la LAASSP” Anexo 13 de esta convocatoria.
6.6. Carta de declaración de integridad.
Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de NAFIN, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, en términos del Anexo 14 de esta convocatoria.
6.7. Estratificación de la empresa.
Manifestación del tamaño de la empresa conforme al Anexo C de esta convocatoria. En caso no pertenecer a la MIPYMES, deberá presentar el escrito manifestando dicha situación.
6.8. Convenio de participación conjunta. (No aplica para este proceso)
6.9. Opinión del SAT sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales (únicamente aplica para el licitante ganador).
Para los efectos del Artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar y hacer público el resultado de la opinión de cumplimiento favorable de las obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y obtenida a través del portal (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxx.xxxx), conforme lo establece la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, esto deberá efectuarse a más tardar al día hábil siguiente al fallo.
6.10 Opinión del Instituto Mexicano del Seguro Social (únicamente aplica para el licitante ganador).
En términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas que vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vaya a celebrar el contrato se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y no se ubican en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del citado artículo.
Los particulares que pretendan celebrar las contrataciones podrán obtener del Instituto Mexicano del Seguro Social la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Anexo Único del ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, publicado en el DOF el día 27 de febrero de 2015.
Dicha opinión en caso de ser positiva, tendrá una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión.
6.11 Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos
El licitante adjudicado previo a la firma del contrato deberá presentar la Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, que expide el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), previsto en la regla Primera de las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento (Reglas) o aquella que en el futuro la sustituya. Deberá presentar dicha Constancia “Sin adeudo o con garantía”, “Con adeudo, pero con convenio celebrado” o “Sin antecedente”, previo a la firma del contrato. En ningún caso se contratará con personas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, obtenidas a través del portal institucional del INFONAVIT (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
Es recomendable que los licitantes participantes gestionen con la debida anticipación las opiniones sobre el cumplimiento de encontrarse al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y fiscal emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el SAT respectivamente para que el licitante ganador las presente al día hábil siguiente al fallo.
El licitante ganador que no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o en materia de Seguridad Social o que no firme el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública, en los términos de los Artículos 59 y 60 de la LAASSP y 109 de su Reglamento.
6.12 Declaración relativa al artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. (DOF 18 de julio de 2016)
El licitante presentará una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste por escrito que su representante legal y socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad a la que representa, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato que derive de la presente invitación, no se actualiza un Conflicto de Interés, además de tener pleno conocimiento que dicha manifestación que hace constar por escrito, se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control de NAFIN, previo a la celebración del contrato que derive de este procedimiento de contratación (Anexo 16).
Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
El licitante adjudicado deberá requisitar la información a que se refiere la siguiente liga relacionada con el numeral 8 del Anexo Segundo del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”:
xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxx/xxxxxXxxx.xxx
7. INCONFORMIDADES. |
Conforme a lo establecido en los Artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad ante el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en NAFIN, ubicado en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxxxx XX xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, por actos del procedimiento de contratación que estime contravienen las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP, o bien, presentarla a través de la dirección electrónica de CompraNet en: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/
7.1 Las condiciones de esta convocatoria y las proposiciones presentadas no podrán ser negociadas
De conformidad con el Artículo 26 séptimo párrafo de la LAASSP, ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
8. SANCIONES A LICITANTES O PROVEEDORES |
8.1 Infracciones y Sanciones al amparo de la LAASSP y RLAASSP
Los licitantes o proveedores que se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en el artículos 59 y 60 de la LAASSP o 109 de su Reglamento, podrán ser sancionados por la Secretaría de la Función Pública.
FIN DE TEXTO
9. FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES |
|
Anexo A |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA BANCOMEXT.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA NAFIN. |
Anexo B |
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA |
Anexo C |
MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
Anexo D |
VERIFICACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN |
Anexo 1 |
PROPOSICIÓN TÉCNICA |
Anexo 2 |
SOLICITUD DE ACLARACIONES |
Anexo 3 |
FORMATO DE ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR ELECTRÓNICAMENTE EN LA PRESENTE INVITACIÓN |
Anexo 4 |
FORMATO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO |
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Anexo 6 Bis |
FORMATO DE TEXTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PLURIANUAL Y CON RENOVACION EN CADA EJERCICIO FISCAL |
Anexo 7 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO DEL CONTRATO (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
Anexo 8 |
SOLICITUD DE PAGO INTERBANCARIO. |
Anexo 9 |
CADENAS PRODUCTIVAS |
Anexo 10 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
Anexo 11 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN TÉCNICA |
Anexo 12 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN DE VISITA A LAS INSTALACIONES (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
Anexo 13 |
CARTA DE LA NO PARTICIPACIÓN DE PERSONAS IMPEDIDAS DE ACUERDO A LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP. |
Anexo 14 |
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DEL LICITANTE |
Anexo 15
|
ENCUESTA PARA DETERMINAR Y MEJORAR LA ATENCIÓN A PROVEEDORES (ESTE DOCUMENTO DEBERÁ SER REQUISITADO POR TODOS LOS PARTICIPANTES AL FINALIZAR EL EVENTO Y ENVIARLO POR CORREO ELECTRÓNICO A xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx A MÁS TARDAR TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL FALLO) |
Anexo 16 |
MANIFIESTO ARTÍCULO 49 FRACCIÓN IX DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS |
Anexo A |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Gerente Administración de Comedores
Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición económica de los bienes solicitados conforme a lo siguiente
El importe total se deberá precisar con número y letra.
1.- NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. (NAFIN)
No. |
PRESENTACION |
PRODUCTO |
PRECIO UNITARIO |
CONSUMO ANUAL |
COSTO ANUAL |
1 |
LITRO |
ACEITE DE GIRASOL |
|
8 |
|
2 |
LATA / LITRO |
ACEITE DE XXXXX XXXXXXXXX |
|
60 |
|
3 |
LITRO |
ACEITE VEGETAL COMESTIBLE 123 |
|
400 |
|
4 |
FRASCO 1 kg |
ACEITUNA VERDE DESHUESADA VERMEX |
|
15 |
|
5 |
XXXX |
XXXXXX |
|
00 |
|
0 |
XXXXXXX 0 kg |
ACHIOTE EN PASTA LA XXXXX |
|
20 |
|
7 |
Frasco 100 gms |
ACIDO CITRICO XXXXX XXXXXX |
|
35 |
|
8 |
PAQUETE |
AGUA MINERAL CIEL DE LATA (PAQUETE DE 12 LATAS DE 355 ml) |
|
200 |
|
9 |
KILO |
AGUACATE XXXX MADURO-DURO |
|
350 |
|
10 |
KILO |
AJO BLANCO |
|
50 |
|
11 |
KILO |
AJONJOLÍ BLANCO BOLSA DE 1 KILO |
|
20 |
|
12 |
KILO |
ALBAHACA FRESCA |
|
8 |
|
13 |
KILO |
ALITAS DE POLLO |
|
15 |
|
14 |
KILO |
ALMENDRA ENTERA (BOLSA DE 1 kg) |
|
15 |
|
15 |
KILO |
ALUBIAS SECAS VERDE XXXXX (BOLSA DE 1 kg) |
|
10 |
|
16 |
KILO |
AMARANTO NATURAL (BOLSA DE 1 KILO) |
|
10 |
|
17 |
KILO |
ANÍS ENTERO (BOLSA DE 1 kg) |
|
3 |
|
18 |
KILO |
APIO AMERICANO TIERNO |
|
40 |
|
19 |
KILO |
ARRACHERA DE RES MARINADA |
|
100 |
|
20 |
KILO |
ARROZ IMPEGABLE VERDE XXXXX |
|
100 |
|
21 |
KILO |
ARROZ PARA SUSHI A GRANEL |
|
50 |
|
22 |
KILO |
ARROZ SUPER EXTRA VERDE XXXXX |
|
50 |
|
23 |
Lata de 700 g ms |
ATE DE MEMBRILLO Y/O GUAYABA LA COSTEÑA |
|
50 |
|
24 |
KILO |
ATE DE SABORES A GRANEL |
|
20 |
|
25 |
Lata 130 gms. |
ATUN EN ACEITE HERDEZ |
|
150 |
|
26 |
Lata 130 gms. |
ATUN EN AGUA HERDEZ |
|
150 |
|
27 |
BOTE 1,190 gms |
AVENA QUAKER |
|
20 |
|
28 |
BOLSA 1 KILO |
AZÚCAR GLASS BREMEN |
|
50 |
|
29 |
KILO |
AZÚCAR MASCABADA METCO |
|
25 |
|
30 |
BOLSA 1 KILO |
AZÚCAR REFINADA (BULTO) |
|
250 |
|
31 |
KILO |
BERENJENA |
|
70 |
|
32 |
KILO |
BERROS |
|
45 |
|
33 |
XXXXXX |
XXXXX |
|
5 |
|
34 |
KILO |
BETABEL ROJO MEDIANO |
|
70 |
|
35 |
Bote 200 gms |
BICARBONATO |
|
30 |
|
36 |
Bolsa 450 gms |
BIMBOLLOS CON AJONJOLI EXTRA GRANDE BIMBO |
|
60 |
|
37 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXX XX XXX |
|
000 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX |
|
50 |
|
39 |
Botella 2 litros |
BLANQUEADOR CLORALEX |
|
50 |
|
40 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 1 KILO TRANSPARENTE de 20 x 30 cm. |
|
50 |
|
41 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 2 KILOS TRANSPARENTE de 25 x 35 cm. |
|
50 |
|
42 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 5 KILOS TRANSPARENTE de 40 x 60 cm. |
|
50 |
|
43 |
KILO |
BRÓCOLI |
|
85 |
|
44 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE ENCHILADO MAFER |
|
20 |
|
45 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE JAPONES MAFER |
|
20 |
|
46 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE XXXXXX XXXXX |
|
20 |
|
47 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE SURTIDO MAFER |
|
20 |
|
48 |
KILO |
CAFÉ AMERICANO JEKEMIR (BOLSA DE 1 kg) |
|
400 |
|
49 |
FRASCO 170 gms. |
CAFÉ DESCAFEINADO DECAF |
|
8 |
|
50 |
KILO |
CAFÉ EN GRANO JEKEMIR |
|
50 |
|
51 |
FRASCO 300 gms. |
CAFÉ INSTANTANEO NESCAFÉ CLASICO |
|
10 |
|
52 |
FRASCO 180 gms |
CAFÉ SOLUBLE CAFEINADO LOS PORTALES |
|
10 |
|
53 |
FRASCO 660 gms |
CAJETA XXXXXXXX |
|
30 |
|
54 |
XXXX |
XXXXXXXX XX XXXXXXXX |
|
0 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXX |
|
250 |
|
56 |
LATA 300 ml. |
CALDO DE RES XXXXXXXX´S |
|
2 |
|
57 |
KILO |
CAMOTE ROJO |
|
5 |
|
58 |
KILO |
CANELA EN RAMA (BOLSA DE 1 kg) |
|
10 |
|
59 |
FRASCO 63 gms. |
CANELA MOLIDA MC XXXXXXX |
|
5 |
|
60 |
PAQUETE 500 Xx |
XXXXXXXXXX # 0 |
|
0 |
|
00 |
XXXXXXX 000 Xx |
XXXXXXXXXX # 00 |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX XXXXXX XX XXXXX |
|
50 |
|
63 |
KILO |
CARNE XXXXXX XX XXX |
|
00 |
|
00 |
XXXXXXX 000 |
CÁTSUP DEL MONTE |
|
70 |
|
65 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXX CAMBRAY |
|
30 |
|
67 |
KILO |
CEBOLLA MORADA |
|
50 |
|
68 |
XXXXXX |
XXXXXXXX |
|
80 |
|
69 |
KILO |
CECINA ADOBADA DE CERDO DE 150 gms. |
|
50 |
|
70 |
XXXX |
XXXXXX XX XXX XX 000 gms. |
|
70 |
|
71 |
Caja de 465 gms |
CEREAL ALL BRAN DE KELLOGG'S |
|
4 |
|
72 |
Caja de 500 gms |
CEREAL CORN FLAKES DE KELLOGG'S |
|
3 |
|
73 |
FRASCO 4 KG. |
CEREZAS EN JARABE DE MARRASQUINO XXXXX |
|
2 |
|
74 |
FRASCO 3.6 KG |
CEREZAS EN JARABE DE MARRASQUINO VERDES XXXXX |
|
2 |
|
75 |
KILO |
CHAMBARETE DE RES SIN HUESO |
|
50 |
|
76 |
KILO |
CHAMPIÑÓN BLANCO |
|
20 |
|
77 |
LATA 800 gms |
CHAMPIÑONES REBANADOS HERDEZ |
|
20 |
|
78 |
KILO |
CHAYOTE |
|
50 |
|
79 |
KILO |
CHÍCHARO JAPONÉS |
|
6 |
|
80 |
BOLSA 500 GM |
CHICHAROS CONGELADOS LA XXXXXX |
|
40 |
|
81 |
KILO |
CHICHARRÓN DE CERDO SECO XXXXXXX |
|
35 |
|
82 |
KILO |
CHICHARRON PRENSADO |
|
15 |
|
83 |
KILO |
CHILE DE ÁRBOL SECO (BOLSA DE 1 kg) |
|
1210 |
|
84 |
BOTE 142 gms |
CHILE EN POLVO CON SAL Y LIMÓN MARCA TAJIN |
|
10 |
|
85 |
KILO |
CHILE GUAJILLO DEL QUE NO PICA |
|
10 |
|
86 |
KILO |
CHILE ANCHO ENTERO (BOLSA DE 1 kg) |
|
10 |
|
87 |
KILO |
CHILE CASCABEL (BOLSA DE 1 kg) |
|
10 |
|
88 |
LATA 380 gms. |
CHILE CHIPOTLE ADOBADO LA COSTEÑA |
|
20 |
|
89 |
KILO |
CHILE CUARESMEÑO |
|
12 |
|
90 |
KILO |
CHILE HABANERO |
|
8 |
|
91 |
KILO |
CHILE XXXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX MECO SECO |
|
10 |
|
93 |
KILO |
XXXXX XXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX MULATO |
|
10 |
|
95 |
KILO |
CHILE XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX X XXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX PIQUÍN XXXXXX X XXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX POBLANO |
|
100 |
|
98 |
KILO |
CHILE XXXXXXX |
|
30 |
|
99 |
LATA 400 gms |
CHILES GÜEROS XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
CHILORIO MARCA LA CHATA |
|
15 |
|
102 |
PAQUETE 540 gms. |
CHOCOLATE ABUELITA DE NESTLE |
|
10 |
|
103 |
LATA 910gms. |
XXXXXXX XXXXXXXXX LA COSTEÑA |
|
20 |
|
104 |
KILO |
CHORIZO CAMPESTRE |
|
35 |
|
105 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX |
|
35 |
|
107 |
KILO |
CHULETA DE RES |
|
85 |
|
108 |
KILO |
CILANTRO |
|
60 |
|
109 |
KILO |
CIRUELA PASA SIN HUESO |
|
20 |
|
110 |
KILO |
XXXXXXX XXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 00 gms. |
CLAVO ENTERO MC XXXXXXX |
|
6 |
|
112 |
KILO |
COCO RALLADO FINO FRESCO (DESHIDRATADO) |
|
10 |
|
113 |
FRASCO 200 gms. |
XXXXX XXXXXXX´S |
|
8 |
|
114 |
KILO |
CODILLO DE CERDO |
|
50 |
|
115 |
XXXX |
XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXX XXXXXX |
|
15 |
|
117 |
KILO |
COLIFLOR FRESCA |
|
50 |
|
118 |
FRASCO 55 gms. |
COMINO ENTERO MC XXXXXXX |
|
1 |
|
119 |
FRASCO 1,600 kg. |
CONSOMÉ DE CAMARON EN POLVO XXXXX-SUIZA |
|
4 |
|
120 |
FRASCO 3,500 kg. |
CONSOMÉ DE POLLO EN POLVO XXXXX XXXXX-SUIZA |
|
15 |
|
121 |
FRASCO 1,600 kg. |
CONSOMÉ DE RES EN POLVO XXXXX-SUIZA |
|
2 |
|
122 |
KILO |
COSTILLA DE CERDO CON FALDA |
|
100 |
|
123 |
KILO |
COSTILLA DE RES CON HUESO (PIEZA DE 160 A 150 Gr CADA UNA) |
|
100 |
|
124 |
KILO |
COSTILLA DE RES SIN HUESO |
|
100 |
|
125 |
500 gms. |
COUS-COUS TIPIAK |
|
50 |
|
126 |
Envase 900 ml |
CREMA ACIDA ALPURA |
|
100 |
|
127 |
FRASCO 340 gms. |
CREMA DE CACAHUATE XXXXXXX |
|
2 |
|
128 |
Lata de 480 gms. |
CREMA XX XXXX CALAHUA |
|
25 |
|
129 |
Envase 980 ml |
CREMA PARA BATIR LYNCOTT |
|
60 |
|
130 |
Caja /60 bolsas de 50 pzas |
CUCHARA DE PLASTICO DESHECHABLE |
|
5 |
|
131 |
FRASCO 77 gms |
CURCUMA MARCA TERANA |
|
5 |
|
132 |
FRASCO 77 gms |
CURRY MARCA TERANA |
|
5 |
|
133 |
LATA 370 gms. |
DULCE DE LECHE NESTLE (LA LECHERA) |
|
30 |
|
134 |
KILO |
XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
XXXXXXXX EN ALMÍBAR LA COSTEÑA |
|
20 |
|
136 |
KILO |
ECHALOT |
|
10 |
|
137 |
KILO |
EJOTE |
|
40 |
|
138 |
500 gms. |
ELOTE EN GRANO LA XXXXXX |
|
40 |
|
139 |
PIEZA |
ELOTE ENTERO |
|
150 |
|
140 |
PAQUETE 350 gms. |
EMPANIZADOR CORN FLAKES |
|
60 |
|
141 |
PIEZA |
ENCENDEDORES DE PISTOLA TOKAI |
|
30 |
|
142 |
CAJA/700 sobres 1gm |
ENDULZANTE SIN CALORIAS SPLENDA |
|
15 |
|
143 |
CAJA 300 sobres |
ENDULZANTE SIN CALORIAS STEVIA |
|
15 |
|
144 |
FRASCO 50 gms |
ENELDO SECO MC.XXXXXXX |
|
6 |
|
145 |
XXXX |
XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA XX XXXXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE XXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE XXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE UVA XXXXXX |
|
1 |
|
154 |
LITRO |
ESENCIA DE VAINILLA XXXXXXXX |
|
1 |
|
155 |
KILO |
XXXXXXXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXXXXX VERDES |
|
50 |
|
157 |
KILO |
ESPINACA FRESCA |
|
60 |
|
158 |
XXXX |
XXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXX XX XXX XXXXXX |
|
80 |
|
160 |
CAJA 750 gms. |
FÉCULA DE MAÍZ MAIZENA |
|
30 |
|
161 |
PAQUETE 500 gms. |
FETUCHINI BARILLA |
|
10 |
|
162 |
CAJA CON 12 |
FIBRAS VERDES CON ESPONJA SCOTCH-BRITE |
|
30 |
|
163 |
CAJA CON 12 |
FIBRAS VERDES SIN ESPONJA SCOTCH-BRITE |
|
30 |
|
164 |
PAQUETE 170 gms |
FIDEO DE ARROZ MITSUKI |
|
25 |
|
165 |
200gms. |
FIDEO No.1 LA MODERNA |
|
30 |
|
166 |
KILO |
FILETE DE CERDO |
|
40 |
|
167 |
KILO |
XXXX XX XXXXXXXX |
|
50 |
|
168 |
ROLLO 50 metros |
FRANELA BLANCA |
|
8 |
|
169 |
ROLLO 50 metros |
FRANELA ROJA |
|
8 |
|
170 |
KILO |
FRESAS |
|
90 |
|
171 |
KILO |
FRIJOL XXXX LA MERCED |
|
25 |
|
172 |
KILO |
FRIJOL NEGRO VERDE XXXXX |
|
60 |
|
173 |
BOLSA 900 gms. |
FRIJOL XXXXXXX XXXXX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
GALLETAS MARIAS GAMESA |
|
25 |
|
175 |
Caja /200 sobres de13 gms |
GALLETAS SALADAS PREMIUM SALADITAS DE GAMESA |
|
20 |
|
176 |
500 gms. |
GARBANZO SECO VERDE XXXXX |
|
10 |
|
177 |
BOLSA 120 gms |
GELATINA DE AGUA Y/O LECHE MARCA D'XXXX |
|
70 |
|
178 |
Caja de 25 gms. |
GELATINA LIGHT MARCA GLORIA SABORES SURTIDOS |
|
25 |
|
179 |
SOBRE 50 gms. |
GELATINA LIGHT MC.XXXXXXX SABORES SURTIDOS |
|
100 |
|
180 |
KILO |
GERMEN DE ALFALFA |
|
18 |
|
181 |
KILO |
GERMINADO DE SOYA |
|
18 |
|
182 |
BOTE DE 1 KILO |
GOMITAS DE SABORES MARCA FRUTAS |
|
15 |
|
183 |
KILO |
GRAGEAS DE COLORES (CHOCHITOS) |
|
12 |
|
184 |
KILO |
GRANADA |
|
20 |
|
185 |
BOLSA 1 kg |
GRENETINA NATURAL DUCHE |
|
50 |
|
186 |
KILO |
GUANÁBANA EN PULPA |
|
50 |
|
187 |
Lata 800 gms. |
XXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX MADURA |
|
60 |
|
189 |
KILO |
HABAS VERDES FRESCAS Y LIMPIAS |
|
12 |
|
190 |
KILO |
HARINA DE MAIZ NIXTAMALIZADO MASECA |
|
15 |
|
191 |
KILO |
HARINA XX XXXXX (BULTO) |
|
200 |
|
192 |
KILO |
HARINA INTEGRAL TRES ESTRELLAS |
|
15 |
|
193 |
PAQUETE 800 gms. |
HARINA PARA HOT CAKES LA NEGRITA |
|
10 |
|
194 |
LITRO |
HELADO DE LECHE Y AGUA (VARIOS SABORES) HOLANDA |
|
60 |
|
195 |
Manojo Chico |
HIERBABUENA |
|
30 |
|
196 |
100 gms. |
HIERBAS FINAS FRESCAS (XXXXXX, XXXXXXX Y MEJORANA) |
|
10 |
|
197 |
KILO |
HIGO |
|
40 |
|
198 |
XXXXXX |
XXXX DE AGUACATE (MANOJO DE 200 Gr) |
|
25 |
|
199 |
100 gms. |
HOJA DE LAUREL FRESCA |
|
5 |
|
200 |
PIEZA |
HOJA DE PLÁTANO (PIEZA DE 100 Gr APROX.) |
|
100 |
|
201 |
100 gms. |
HOJA SANTA FRESCA MANOJO |
|
50 |
|
202 |
POR PIEZA |
HOJAS DE MAIZ SECAS |
|
100 |
|
203 |
POR PIEZA |
HOJAS PARA MIXIOTE YA CORTADAS |
|
80 |
|
204 |
KILO |
HUAUZONTLE |
|
5 |
|
205 |
caja de 360 pzas. |
HUEVO ROJO Y/X XXXXXX SAN XXXX |
|
65 |
|
206 |
Frasco de 475 ml |
JABON LIQUIDO DE TOCADOR DIAL |
|
25 |
|
207 |
Botella 1.2 ml |
JABON PARA TRASTES SALVO LIQUIDO |
|
40 |
|
208 |
500 gms. |
JAMAICA VERDE XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXX XX XXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXX |
|
35 |
|
210 |
KILO |
JAMON DE XXXXXX XXXXXXXXXX |
|
35 |
|
211 |
GARRAFON 4 LITROS |
JARABE DE SABORES PARA AGUA MARCA PURO SABOR |
|
35 |
|
212 |
KILO |
JENGIBRE FRESCO |
|
15 |
|
213 |
ROLLO 50 mts. |
JERGA GRUESA |
|
15 |
|
214 |
KILO |
JÍCAMA GRANDE |
|
40 |
|
215 |
KILO |
JITOMATE BOLA |
|
400 |
|
216 |
KILO |
JITOMATE GUAJE |
|
600 |
|
217 |
Tetra-Pack 1 litro |
JUGO DE TOMATE JUMEX |
|
80 |
|
218 |
KILO |
KIWI |
|
60 |
|
219 |
LITRO |
LECHE ALPURA CLASICA |
|
50 |
|
220 |
LITRO |
LECHE ALPURA LIGHT |
|
150 |
|
221 |
LITRO |
LECHE ALPURA LIGHT DESLACTOSADA |
|
150 |
|
222 |
LATA |
LECHE CONDENSADA (LATA DE 397 ml) LA LECHERA |
|
350 |
|
223 |
LATA DE 1.8 kg |
LECHE EN POLVO NIDO |
|
20 |
|
224 |
LATA |
LECHE EVAPORADA CARNATION CLAVEL (LATA DE 378 gms) |
|
300 |
|
225 |
PIEZA |
LECHUGA BOLA ROMANA |
|
250 |
|
226 |
PIEZA |
LECHUGA FRANCESA |
|
250 |
|
227 |
PIEZA |
LECHUGA ITALIANA |
|
250 |
|
228 |
PIEZA |
LECHUGA OREJONA |
|
250 |
|
229 |
PIEZA |
LECHUGA SANGRÍA |
|
50 |
|
230 |
500 gms. |
LENTEJAS XXXXX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXX 000 gms. |
LEVADURA FRESCA LA FLORIDA |
|
30 |
|
232 |
PAQUETE 450 gms. |
LEVADURA SECA NEVADA |
|
30 |
|
233 |
KILO |
LIMÓN AGRIO |
|
400 |
|
234 |
Frasco 600 gms. |
XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXX XX XXXXX |
|
80 |
|
236 |
BOLSA 500 gms. |
MAIZ PALOMERO VERDE XXXXX |
|
150 |
|
237 |
Bolsa de 1 kilo |
MAIZ POZOLERO SIN CABEZA MORELOS |
|
200 |
|
238 |
KILO |
MAMEY |
|
70 |
|
239 |
KILO |
MANDARINA |
|
300 |
|
240 |
LATA 800 gms. |
MANGO EN ALMIBAR LA COSTEÑA |
|
40 |
|
241 |
KILO |
MANGO MANILA |
|
200 |
|
242 |
KILO |
MANGO PETACÓN |
|
200 |
|
243 |
KILO |
MANTECA DE CERDO |
|
50 |
|
244 |
Paquete de 1 kilo |
MANTECA VEGETAL INCA |
|
12 |
|
245 |
Paquete de 1 kilo |
MANTEQUILLA GLORIA SIN SAL |
|
25 |
|
246 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
|
000 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XXXX STARKING |
|
200 |
|
248 |
KILO |
MARACUYÁ (PULPA) |
|
60 |
|
249 |
PAQUET 1 KILO |
MARGARINA AZUL SAN XXXXXXX |
|
25 |
|
250 |
KILO |
MARGARINA FLEX AZUL |
|
45 |
|
251 |
KILO |
MARGARINA FLEX ROJA |
|
25 |
|
252 |
KILO |
MASA DE MAIZ BLANCA A GRANEL |
|
150 |
|
253 |
FRASCO 775 gms. |
MAYONESA LIGHT MC.XXXXXXX |
|
30 |
|
254 |
LATA 225 gms |
MEDIA CREMA NESTLE |
|
120 |
|
255 |
KILO |
MELÓN CHINO |
|
120 |
|
256 |
KILO |
MELÓN VALENCIANO |
|
120 |
|
257 |
MANOJO |
MENTA |
|
30 |
|
258 |
FRASCO 450 gms. |
XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 000 gms. |
MERMELADA DE FRESA MC. XXXXXXX |
|
12 |
|
260 |
FRASCO 270 gms. |
MERMELADA DE XXXXXXX XX.XXXXXXX |
|
12 |
|
261 |
FRASCO 450 gms. |
MERMELADA DE ZARZAMORA MC.XXXXXXX |
|
12 |
|
262 |
FRASCO 1.050 lt. |
MIEL XX XXXXX XXXXXXX |
|
15 |
|
263 |
FRASCO 500 ml. |
MIEL DE MAÍZ KARO |
|
8 |
|
264 |
FRASCO 680 ml. |
MIEL DE MAPLE KARO |
|
8 |
|
265 |
KILO |
MILANESA DE CERDO |
|
60 |
|
266 |
KILO |
MILANESA DE RES |
|
60 |
|
267 |
KILO |
MILANESA DE TERNERA |
|
25 |
|
268 |
KILO |
MOLE NEGRO EN PASTA |
|
40 |
|
269 |
KILO |
MOLE POBLANO EN PASTA |
|
40 |
|
270 |
FRASCO 430 gms. |
MOSTAZA CLÁSICA MC.XXXXXXX |
|
25 |
|
271 |
FRASCO 215 gms. |
MOSTAZA DIJON |
|
10 |
|
272 |
BOTELLA 1 lt. |
MYCRODIN |
|
10 |
|
273 |
KILO |
NARANJA DE CÁSCARA DELGADA |
|
450 |
|
274 |
KILO |
NATA DE LECHE |
|
30 |
|
275 |
KILO |
NOPALES BABY |
|
20 |
|
276 |
KILO |
NOPALES SIN ESPINA |
|
60 |
|
277 |
KILO |
NUEZ EN MITAD PELADA DE PRIMERA SECA A GRANEL |
|
55 |
|
278 |
100 gms. |
ORÉGANO FRESCO |
|
10 |
|
279 |
PAQUETE C/ 25 cajitas |
PALILLOS XX XXXXXX MARCA PINGÜINO |
|
10 |
|
280 |
LATA 800 gms. |
PALMITOS XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXXX 000 PZ |
PALOS DE BAMBU PARA BROCHETA DE 25 X3 mm RS |
|
20 |
|
282 |
PAQUETE 680 gms. |
PAN BLANCO BIMBO |
|
20 |
|
283 |
PAQUETE 675 gms. |
PAN INTEGRAL BIMBO |
|
25 |
|
284 |
BOLSA 340 gms |
PAN MOLIDO XXXXX "KAPORO" |
|
25 |
|
285 |
KILO |
PANZA PRECOCIDA DE RES |
|
5 |
|
286 |
Caja 90 Pzas. |
PAÑUELOS DESECHABLES KLEENEX CHICOS |
|
10 |
|
287 |
Caja 90 Pzas. |
PAÑUELOS DESECHABLES KLEENEX GRANDES |
|
15 |
|
288 |
KILO |
PAPA ALFA GRANDE |
|
100 |
|
289 |
KILO |
PAPA XXXXXXX |
|
100 |
|
290 |
BOLSA 290 gms |
PAPAS FRITAS TAMAÑO FAMILIAR SURTIDAS (SABRITAS X/X XXXXXX) |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXX XXXXXXX |
|
70 |
|
292 |
ROLLO 400 mts. |
PAPEL ALUMINIO AZTECA |
|
200 |
|
293 |
KILO |
PAPEL XX XXXXXXX |
|
15 |
|
294 |
3 KILOS |
PAPEL ENCERADO EN ROLLO |
|
8 |
|
295 |
KILO |
PASAS GÜERAS A GRANEL |
|
20 |
|
296 |
BOTE 1.530 Kg. |
PASITAS CUBIERTAS DE CHOCOLATE XXXXXXXX |
|
15 |
|
297 |
PAQUETE 200 gms. |
PASTA CHICA SURTIDA PARA SOPA LA MODERNA |
|
25 |
|
298 |
PAQUETE 1 kg. |
PASTA CORTA BARILLA (PENE, FUSILLI, RIGATONI) |
|
85 |
|
299 |
PAQUETE 1 kg. |
PASTA DE HOJALDRE |
|
85 |
|
300 |
KILO |
PASTA LARGA SPAGHETTI BARILLA No.5 |
|
80 |
|
301 |
CAJA 500 gms |
PASTA PARA LASAGNA BARILLA |
|
20 |
|
302 |
KILO |
PECHUGA DE POLLO ENTERA LIMPIA Y DESHUESADA |
|
160 |
|
303 |
FRASCO 345 gms. |
PEPINILLOS EN VINAGRE CAMPOAMOR |
|
10 |
|
304 |
KILO |
PEPINO |
|
70 |
|
305 |
KILO |
PEPITA VERDE SIN CASCARA (LIMPIA) |
|
10 |
|
306 |
XXXX |
XXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms |
XXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXX |
|
12 |
|
309 |
KILO |
PEREJIL LISO |
|
10 |
|
310 |
KILO |
PESCADO XXXXXX XXX XXXX (PIEZA DE 150G) |
|
40 |
|
311 |
KILO |
PESCADO HUACHINANGO FILETE / ESCALOPA (pieza de 150 gms o en trozo) |
|
180 |
|
312 |
KILO |
PESCADO SIERRA FILETE / ESCALOPA (PIEZA DE 150 gms o en trozo) |
|
30 |
|
313 |
KILO |
PIERNA CON MUSLO DE POLLO CON PIEL |
|
120 |
|
314 |
KILO |
PIERNA DE CERDO LIMPIA SIN HUESO |
|
120 |
|
315 |
KILO |
PILONCILLO A GRANEL |
|
30 |
|
316 |
FRASCO 510 gms |
PIMENTÓN XXXXX XXXXX PAPRIKA MC XXXXXXX |
|
5 |
|
317 |
FRASCO 510 gms. |
XXXXXXXX XXXXXX MOLIDA MC. XXXXXXX |
|
4 |
|
318 |
KILO |
PIMIENTA NEGRA XXXXXX X XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxx 000 gms. |
PIMIENTA NEGRA MOLIDA MC XXXXXXX |
|
5 |
|
320 |
KILO |
PIMIENTO AMARILLO |
|
15 |
|
321 |
Lata de 780g |
PIMIENTO MORRON ROJO EN SALMUERA SAN XXXXXX |
|
8 |
|
322 |
KILO |
PIMIENTO ROJO |
|
15 |
|
323 |
KILO |
PIMIENTO VERDE |
|
40 |
|
324 |
LATA 800 gms. |
PIÑA EN ALMÍBAR REBANADA LA COSTEÑA |
|
20 |
|
325 |
KILO |
XXXX XXXX |
|
40 |
|
326 |
KILO |
PIPIAN ROJO EN PASTA |
|
10 |
|
327 |
KILO |
PIPIAN VERDE EN PASTA |
|
10 |
|
328 |
KILO |
PLATANO XXXXXXXX |
|
10 |
|
329 |
KILO |
PLÁTANO MACHO MADURO |
|
40 |
|
330 |
KILO |
PLÁTANO TABASCO AMARILLO |
|
80 |
|
331 |
CAJA 1000 piezas |
PLATO DESHECHABLE XXXXXX XX. 0 |
|
0 |
|
000 |
XXXX 0000 piezas |
PLATO DESHECHABLE XXXXXX XX. 0 |
|
0 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
POLVO PARA HORNEAR ROYAL |
|
2 |
|
334 |
KILO |
PORO |
|
60 |
|
335 |
LATA 465 gms. |
PURÉ DE MANZANA |
|
10 |
|
336 |
Lata de 800 gms. |
PURE DE TOMATE LA COSTEÑA |
|
10 |
|
337 |
Paquete 48 pzas |
QUESO AMARILLO SINGLES XX XXXXX |
|
25 |
|
338 |
KILO |
QUESO ASADERO AGUASCALIENTES |
|
25 |
|
339 |
KILO |
QUESO CHIAPANECO |
|
5 |
|
340 |
LITRO |
QUESO COTTAGE LYNCOTT |
|
15 |
|
341 |
KILO |
QUESO DOBLE CREMA CHILCHOTA |
|
35 |
|
342 |
PIEZA 190 gms. |
QUESO DOBLE CREMA PHILADELPHIA |
|
40 |
|
343 |
KILO |
QUESO FRESCO RALLADO A GRANEL |
|
10 |
|
344 |
KILO |
QUESO MANCHEGO NOCHEBUENA |
|
50 |
|
345 |
KILO |
QUESO OAXACA LA VILLITA |
|
50 |
|
346 |
KILO |
QUESO PANELA COVADONGA |
|
65 |
|
347 |
KILO |
QUESO RICOTTA |
|
10 |
|
348 |
KILO |
RÁBANO BOLA |
|
12 |
|
349 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA |
|
180 |
|
350 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA LIGHT |
|
180 |
|
351 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA ZERO |
|
180 |
|
352 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE MANZANA SIDRAL |
|
60 |
|
353 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE MANZANA SIDRAL LIGHT |
|
150 |
|
354 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE TORONJA FRESKA |
|
50 |
|
355 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE TORONJA SQUIRT LIGHT |
|
50 |
|
356 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO LIMA-LIMON SPRITE |
|
50 |
|
357 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO LIMA-LIMON SPRITE SIN AZUCAR |
|
100 |
|
358 |
SEPELIN DE 2 litros |
REFRESCOS DE SABORES SURTIDOS |
|
35 |
|
359 |
KILO |
REQUESÓN |
|
20 |
|
360 |
KILO |
RETAZO DE POLLO CON ALAS |
|
120 |
|
361 |
KILO |
RETAZO DE RES |
|
25 |
|
362 |
ROLLO DE 300 mts. |
ROLLO PLASTICO / FILM XXXXXXXX AUTOADHERIBLE |
|
30 |
|
363 |
KILO |
ROMERITOS |
|
6 |
|
364 |
100 gms. |
XXXXXX FRESCO |
|
10 |
|
365 |
KILO |
XXX XX XXXX (SAL FINA) |
|
35 |
|
366 |
KILO |
SAL GRUESA DE MAR LA FINA |
|
25 |
|
367 |
LITRO |
SALSA DE SOYA TOKUI |
|
10 |
|
368 |
FRASCO 200 ml. |
SALSA XXXXX, XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 00 ml. |
SALSA XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
SALSA TIPO XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
SALSA XXXXXXXXX XXXXXXX |
|
10 |
|
372 |
KILO |
SANDIA ROJA |
|
25 |
|
373 |
100 gms. |
XXXXXXX XX XXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxx 000 gms. |
SEMILLA DE GIRASOL PELADA WAND'S |
|
10 |
|
375 |
100 gms. |
SEMILLA XX XXXXXX FRESCA |
|
5 |
|
376 |
PAQUETE 100 pzas |
SERVILLETA EXCELLENCE MARCA PETALO Y/O KLEENEX |
|
5 |
|
377 |
CAJA 12 paq 450 pzas |
SERVILLETA PETALO |
|
10 |
|
378 |
XXXX |
XXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX |
|
5 |
|
380 |
KILO |
SURIMI DE CANGREJO EN BARRA |
|
20 |
|
381 |
KILO |
TAMARINDO |
|
12 |
|
382 |
500 gms. |
TAPIOCA E.W. |
|
10 |
|
383 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ DE HIERBABUENA LAGG'S |
|
10 |
|
384 |
CAJA 50 SOBRES |
TÉ DE JAMAICA LAGG'S |
|
5 |
|
385 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ XX XXXXX LAGG'S |
|
10 |
|
386 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ XX XXXXXXXXXX LAGG'S |
|
15 |
|
387 |
CAJA 24 SOBRES |
TE DE TILA LAGG'S |
|
4 |
|
388 |
CAJA 100 SOBRES |
TÉ NEGRO LAGG'S |
|
8 |
|
389 |
CAJA 96 SOBRES |
TE VERDE LAGG'S |
|
12 |
|
390 |
KILO |
TEJOCOTE |
|
5 |
|
391 |
KILO |
TOCINO DE PAVO REBANADO SAN XXXXXX |
|
8 |
|
392 |
KILO |
TOCINO DE PUERCO REBANADO SAN XXXXXX |
|
20 |
|
393 |
KILO |
TOMATE VERDE LIMPIO |
|
500 |
|
394 |
100 gms. |
TOMILLO FRESCO |
|
10 |
|
395 |
KILO |
TORONJA |
|
300 |
|
396 |
PAQUETE 10 PIEZAS |
TORTILLA DE HARINA XXX XXXX |
|
30 |
|
397 |
KILO |
TORTILLA DE MAIZ A GRANEL |
|
250 |
|
398 |
PAQ. 20 pzas 325 gm |
TOSTADA DE MAÍZ CHARRAS |
|
20 |
|
399 |
CAJA 23 PAQ. 414 gm |
TOSTADAS SALMAS |
|
25 |
|
400 |
KILO |
TRIGO XXXXXXX |
|
15 |
|
401 |
KILO |
TUNA BLANCA SIN ESPINA |
|
35 |
|
402 |
KILO |
UVA VERDE SIN SEMILLA (GRANDE) |
|
45 |
|
403 |
CAJA CON 100 PIEZAS |
VASO DE PLASTICO REYMA No. 8 |
|
10 |
|
404 |
KILO |
XXXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
Xxxxxx 000 ml. |
VINAGRE BALSÁMICO MODENA |
|
12 |
|
406 |
Botella 1.05 lts. |
XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXXX 000 mlts. |
XXXXXXX XX XXXX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
Xxxxxxx 000 ml |
XXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxxx 000 ml |
XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
KILO |
XOCONOSTLE |
|
2 |
|
412 |
LITRO |
YOGURT NATURAL YOPLAIT |
|
50 |
|
413 |
KILO |
ZANAHORIA |
|
300 |
|
414 |
KILO |
ZAPOTE NEGRO |
|
35 |
|
Los volúmenes que se presentan, son para efectos de evaluación de la proposición económica para determinar cuál resulta la más solvente, y no implica obligación alguna de que serán requeridos durante la vigencia del contrato por ambas INSTITUCIONES; en este sentido, los insumos podrán ser inferiores o superiores a estas cantidades, aun así, deberán respetarse los precios unitarios ofrecidos.
Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
Subdirector de Servicios Generales y Avalúos.
Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición económica de los bienes solicitados conforme a lo siguiente
2.- BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C. (BANCOMEXT)
No. |
PRESENTACION |
PRODUCTO |
PRECIO UNITARIO |
CONSUMO ANUAL |
COSTO ANUAL |
1 |
LITRO |
ACEITE DE GIRASOL |
|
3 |
|
2 |
LATA / LITRO |
ACEITE DE XXXXX XXXXXXXXX |
|
105 |
|
3 |
LITRO |
ACEITE VEGETAL COMESTIBLE 123 |
|
270 |
|
4 |
FRASCO 1 kg |
ACEITUNA VERDE DESHUESADA VERMEX |
|
25 |
|
5 |
XXXX |
XXXXXX |
|
00 |
|
0 |
XXXXXXX 0 kg |
ACHIOTE EN PASTA LA XXXXX |
|
8 |
|
7 |
Frasco 100 gms |
ACIDO CITRICO XXXXX XXXXXX |
|
10 |
|
8 |
PAQUETE |
AGUA MINERAL CIEL DE LATA (PAQUETE DE 12 LATAS DE 355 ml) |
|
150 |
|
9 |
KILO |
AGUACATE XXXX MADURO-DURO |
|
200 |
|
10 |
KILO |
AJO BLANCO |
|
50 |
|
11 |
KILO |
AJONJOLÍ BLANCO BOLSA DE 1 KILO |
|
14 |
|
12 |
KILO |
ALBAHACA FRESCA |
|
12 |
|
13 |
KILO |
ALITAS DE POLLO |
|
11 |
|
14 |
KILO |
ALMENDRA ENTERA (BOLSA DE 1 kg) |
|
11 |
|
15 |
KILO |
ALUBIAS SECAS VERDE XXXXX (BOLSA DE 1 kg) |
|
7 |
|
16 |
KILO |
AMARANTO NATURAL (BOLSA DE 1 KILO) |
|
7 |
|
17 |
KILO |
ANÍS ENTERO (BOLSA DE 1 kg) |
|
3 |
|
18 |
KILO |
APIO AMERICANO TIERNO |
|
40 |
|
19 |
KILO |
ARRACHERA DE RES MARINADA |
|
95 |
|
20 |
KILO |
ARROZ IMPEGABLE VERDE XXXXX |
|
60 |
|
21 |
KILO |
ARROZ PARA SUSHI A GRANEL |
|
40 |
|
22 |
KILO |
ARROZ SUPER EXTRA VERDE XXXXX |
|
60 |
|
23 |
Lata de 700 g ms |
ATE DE MEMBRILLO Y/O GUAYABA LA COSTEÑA |
|
48 |
|
24 |
KILO |
ATE DE SABORES A GRANEL |
|
24 |
|
25 |
Lata 130 gms. |
ATUN EN ACEITE HERDEZ |
|
125 |
|
26 |
Lata 130 gms. |
ATUN EN AGUA HERDEZ |
|
125 |
|
27 |
BOTE 1,190 gms |
AVENA QUAKER |
|
20 |
|
28 |
BOLSA 1 KILO |
AZÚCAR GLASS BREMEN |
|
50 |
|
29 |
KILO |
AZÚCAR MASCABADA METCO |
|
15 |
|
30 |
BOLSA 1 KILO |
AZÚCAR REFINADA (BULTO) |
|
220 |
|
31 |
KILO |
BERENJENA |
|
50 |
|
32 |
KILO |
BERROS |
|
40 |
|
33 |
XXXXXX |
XXXXX |
|
6 |
|
34 |
KILO |
BETABEL ROJO MEDIANO |
|
60 |
|
35 |
Bote 200 gms |
BICARBONATO |
|
15 |
|
36 |
Bolsa 450 gms |
BIMBOLLOS CON AJONJOLI EXTRA GRANDE BIMBO |
|
55 |
|
37 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXX XX XXX |
|
000 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX |
|
90 |
|
39 |
Botella 2 litros |
BLANQUEADOR CLORALEX |
|
13 |
|
40 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 1 KILO TRANSPARENTE de 20 x 30 cm. |
|
20 |
|
41 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 2 KILOS TRANSPARENTE de 25 x 35 cm. |
|
20 |
|
42 |
ROLLO DE 3 Kilos |
BOLSAS DE PLASTICO PARA 5 KILOS TRANSPARENTE de 40 x 60 cm. |
|
3 |
|
43 |
KILO |
BRÓCOLI |
|
100 |
|
44 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE ENCHILADO MAFER |
|
15 |
|
45 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE JAPONES MAFER |
|
15 |
|
46 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE XXXXXX XXXXX |
|
15 |
|
47 |
BOLSA 180 gms |
CACAHUATE SURTIDO MAFER |
|
15 |
|
48 |
KILO |
CAFÉ AMERICANO JEKEMIR (BOLSA DE 1 kg) |
|
280 |
|
49 |
FRASCO 170 gms. |
CAFÉ DESCAFEINADO DECAF |
|
10 |
|
50 |
KILO |
CAFÉ EN GRANO JEKEMIR |
|
45 |
|
51 |
FRASCO 300 gms. |
CAFÉ INSTANTANEO NESCAFÉ CLASICO |
|
10 |
|
52 |
FRASCO 180 gms |
CAFÉ SOLUBLE CAFEINADO LOS PORTALES |
|
10 |
|
53 |
FRASCO 660 gms |
CAJETA XXXXXXXX |
|
30 |
|
54 |
XXXX |
XXXXXXXX XX XXXXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXX |
|
250 |
|
56 |
LATA 300 ml. |
CALDO DE RES XXXXXXXX´S |
|
3 |
|
57 |
KILO |
CAMOTE ROJO |
|
25 |
|
58 |
KILO |
CANELA EN RAMA (BOLSA DE 1 kg) |
|
5 |
|
59 |
FRASCO 63 gms. |
CANELA MOLIDA MC XXXXXXX |
|
15 |
|
60 |
PAQUETE 500 Xx |
XXXXXXXXXX # 0 |
|
0 |
|
00 |
XXXXXXX 000 Xx |
XXXXXXXXXX # 00 |
|
0 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX XXXXXX XX XXXXX |
|
38 |
|
63 |
KILO |
CARNE XXXXXX XX XXX |
|
000 |
|
00 |
XXXXXXX 000 |
CÁTSUP DEL MONTE |
|
70 |
|
65 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXXX |
|
000 |
|
00 |
XXXX |
XXXXXXX CAMBRAY |
|
30 |
|
67 |
KILO |
CEBOLLA MORADA |
|
50 |
|
68 |
XXXXXX |
XXXXXXXX |
|
50 |
|
69 |
KILO |
CECINA ADOBADA DE CERDO DE 150 gms. |
|
75 |
|
70 |
XXXX |
XXXXXX XX XXX XX 000 gms. |
|
75 |
|
71 |
Caja de 465 gms |
CEREAL ALL BRAN DE KELLOGG'S |
|
4 |
|
72 |
Caja de 500 gms |
CEREAL CORN FLAKES DE KELLOGG'S |
|
3 |
|
73 |
FRASCO 4 KG. |
CEREZAS EN JARABE DE MARRASQUINO XXXXX |
|
2 |
|
74 |
FRASCO 3.6 KG |
CEREZAS EN JARABE DE MARRASQUINO VERDES XXXXX |
|
2 |
|
75 |
KILO |
CHAMBARETE DE RES SIN HUESO |
|
50 |
|
76 |
KILO |
CHAMPIÑÓN BLANCO |
|
48 |
|
77 |
LATA 800 gms |
CHAMPIÑONES REBANADOS HERDEZ |
|
3 |
|
78 |
KILO |
CHAYOTE |
|
40 |
|
79 |
KILO |
CHÍCHARO JAPONÉS |
|
12 |
|
80 |
BOLSA 500 GM |
CHICHAROS CONGELADOS LA XXXXXX |
|
40 |
|
81 |
KILO |
CHICHARRÓN DE CERDO SECO XXXXXXX |
|
35 |
|
82 |
KILO |
CHICHARRON PRENSADO |
|
15 |
|
83 |
KILO |
CHILE DE ÁRBOL SECO (BOLSA DE 1 kg) |
|
8 |
|
84 |
BOTE 142 gms |
CHILE EN POLVO CON SAL Y LIMÓN MARCA TAJIN |
|
10 |
|
85 |
KILO |
CHILE GUAJILLO DEL QUE NO PICA |
|
12 |
|
86 |
KILO |
CHILE ANCHO ENTERO (BOLSA DE 1 kg) |
|
12 |
|
87 |
KILO |
CHILE CASCABEL (BOLSA DE 1 kg) |
|
10 |
|
88 |
LATA 380 gms. |
CHILE CHIPOTLE ADOBADO LA COSTEÑA |
|
15 |
|
89 |
KILO |
CHILE CUARESMEÑO |
|
25 |
|
90 |
KILO |
CHILE HABANERO |
|
6 |
|
91 |
KILO |
CHILE XXXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX MECO SECO |
|
10 |
|
93 |
KILO |
XXXXX XXXXXX |
|
00 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX MULATO |
|
10 |
|
95 |
KILO |
CHILE PASILLA DE PRIMERA TAMAÑO GRANDE Y SECO |
|
10 |
|
96 |
KILO |
CHILE PIQUÍN XXXXXX X XXXXXX |
|
0 |
|
00 |
XXXX |
XXXXX POBLANO |
|
100 |
|
98 |
KILO |
CHILE XXXXXXX |
|
30 |
|
99 |
LATA 400 gms |
CHILES GÜEROS XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
CHILORIO MARCA LA CHATA |
|
15 |
|
102 |
PAQUETE 540 gms. |
CHOCOLATE ABUELITA DE NESTLE |
|
35 |
|
103 |
LATA 910gms. |
XXXXXXX XXXXXXXXX LA COSTEÑA |
|
15 |
|
104 |
KILO |
CHORIZO CAMPESTRE |
|
35 |
|
105 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX |
|
35 |
|
107 |
KILO |
CHULETA DE RES |
|
85 |
|
108 |
KILO |
CILANTRO |
|
45 |
|
109 |
KILO |
CIRUELA PASA SIN HUESO |
|
15 |
|
110 |
KILO |
XXXXXXX XXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 00 gms. |
CLAVO ENTERO MC XXXXXXX |
|
8 |
|
112 |
KILO |
COCO RALLADO FINO FRESCO (DESHIDRATADO) |
|
20 |
|
113 |
FRASCO 200 gms. |
XXXXX XXXXXXX´S |
|
8 |
|
114 |
KILO |
CODILLO DE CERDO |
|
50 |
|
115 |
XXXX |
XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXX XXXXXX |
|
15 |
|
117 |
KILO |
COLIFLOR FRESCA |
|
50 |
|
118 |
FRASCO 55 gms. |
COMINO ENTERO MC XXXXXXX |
|
10 |
|
119 |
FRASCO 1,600 kg. |
CONSOMÉ DE CAMARON EN POLVO XXXXX-SUIZA |
|
4 |
|
120 |
FRASCO 3,500 kg. |
CONSOMÉ DE POLLO EN POLVO XXXXX XXXXX-SUIZA |
|
13 |
|
121 |
FRASCO 1,600 kg. |
CONSOMÉ DE RES EN POLVO XXXXX-SUIZA |
|
5 |
|
122 |
KILO |
COSTILLA DE CERDO CON FALDA |
|
90 |
|
123 |
KILO |
COSTILLA DE RES CON HUESO (PIEZA DE 160 A 150 Gr CADA UNA) |
|
90 |
|
124 |
KILO |
COSTILLA DE RES SIN HUESO |
|
90 |
|
125 |
500 gms. |
COUS-COUS TIPIAK |
|
40 |
|
126 |
Envase 900 ml |
CREMA ACIDA ALPURA |
|
125 |
|
127 |
FRASCO 340 gms. |
CREMA DE CACAHUATE XXXXXXX |
|
2 |
|
128 |
Lata de 480 gms. |
CREMA XX XXXX CALAHUA |
|
20 |
|
129 |
Envase 980 ml |
CREMA PARA BATIR LYNCOTT |
|
100 |
|
130 |
Caja /60 bolsas de 50 pzas |
CUCHARA DE PLASTICO DESHECHABLE |
|
4 |
|
131 |
FRASCO 77 gms |
CURCUMA MARCA TERANA |
|
5 |
|
132 |
FRASCO 77 gms |
CURRY MARCA TERANA |
|
5 |
|
133 |
LATA 370 gms. |
DULCE DE LECHE NESTLE (LA LECHERA) |
|
30 |
|
134 |
KILO |
XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
DURAZNOS EN ALMÍBAR LA COSTEÑA |
|
30 |
|
136 |
KILO |
ECHALOT |
|
0 |
|
137 |
KILO |
EJOTE |
|
30 |
|
138 |
500 gms. |
ELOTE EN GRANO LA XXXXXX |
|
100 |
|
139 |
PIEZA |
ELOTE ENTERO |
|
150 |
|
140 |
PAQUETE 350 gms. |
EMPANIZADOR CORN FLAKES |
|
60 |
|
141 |
PIEZA |
ENCENDEDORES DE PISTOLA TOKAI |
|
25 |
|
142 |
CAJA/700 sobres 1gm |
ENDULZANTE SIN CALORIAS SPLENDA |
|
15 |
|
143 |
CAJA 300 sobres |
ENDULZANTE SIN CALORIAS STEVIA |
|
15 |
|
144 |
FRASCO 50 gms |
ENELDO SECO MC.XXXXXXX |
|
4 |
|
145 |
XXXX |
XXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA XX XXXXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE XXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE XXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
ESENCIA DE UVA XXXXXX |
|
1 |
|
154 |
LITRO |
ESENCIA DE VAINILLA XXXXXXXX |
|
3 |
|
155 |
KILO |
XXXXXXXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXXXXX VERDES |
|
50 |
|
157 |
KILO |
ESPINACA FRESCA |
|
60 |
|
158 |
XXXX |
XXXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXX XX XXX XXXXXX |
|
80 |
|
160 |
CAJA 750 gms. |
FÉCULA DE MAÍZ MAIZENA |
|
23 |
|
161 |
PAQUETE 500 gms. |
FETUCHINI BARILLA |
|
25 |
|
162 |
CAJA CON 12 |
FIBRAS VERDES CON ESPONJA SCOTCH-BRITE |
|
10 |
|
163 |
CAJA CON 12 |
FIBRAS VERDES SIN ESPONJA SCOTCH-BRITE |
|
10 |
|
164 |
PAQUETE 170 gms |
FIDEO DE ARROZ MITSUKI |
|
25 |
|
165 |
200gms. |
FIDEO No.1 LA MODERNA |
|
30 |
|
166 |
KILO |
FILETE DE CERDO |
|
40 |
|
167 |
KILO |
XXXX XX XXXXXXXX |
|
50 |
|
168 |
ROLLO 50 metros |
FRANELA BLANCA |
|
3 |
|
169 |
ROLLO 50 metros |
FRANELA ROJA |
|
3 |
|
170 |
KILO |
FRESAS |
|
90 |
|
171 |
KILO |
FRIJOL XXXX LA MERCED |
|
20 |
|
172 |
KILO |
FRIJOL NEGRO VERDE XXXXX |
|
55 |
|
173 |
BOLSA 900 gms. |
FRIJOL XXXXXXX XXXXX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
GALLETAS MARIAS GAMESA |
|
25 |
|
175 |
Caja /200 sobres de13 gms |
GALLETAS SALADAS PREMIUM SALADITAS DE GAMESA |
|
20 |
|
176 |
500 gms. |
GARBANZO SECO VERDE XXXXX |
|
12 |
|
177 |
BOLSA 120 gms |
GELATINA DE AGUA Y/O LECHE MARCA D'XXXX |
|
50 |
|
178 |
Caja de 25 gms. |
GELATINA LIGHT MARCA GLORIA SABORES SURTIDOS |
|
25 |
|
179 |
SOBRE 50 gms. |
GELATINA LIGHT MC.XXXXXXX SABORES SURTIDOS |
|
50 |
|
180 |
KILO |
GERMEN DE ALFALFA |
|
12 |
|
181 |
KILO |
GERMINADO DE SOYA |
|
12 |
|
182 |
BOTE DE 1 KILO |
GOMITAS DE SABORES MARCA FRUTAS |
|
4 |
|
183 |
KILO |
GRAGEAS DE COLORES (CHOCHITOS) |
|
4 |
|
184 |
KILO |
GRANADA |
|
20 |
|
185 |
BOLSA 1 kg |
GRENETINA NATURAL DUCHE |
|
5 |
|
186 |
KILO |
GUANÁBANA EN PULPA |
|
50 |
|
187 |
Lata 800 gms. |
XXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX MADURA |
|
60 |
|
189 |
KILO |
HABAS VERDES FRESCAS Y LIMPIAS |
|
12 |
|
190 |
KILO |
HARINA DE MAIZ NIXTAMALIZADO MASECA |
|
13 |
|
191 |
KILO |
HARINA XX XXXXX (BULTO) |
|
150 |
|
192 |
KILO |
HARINA INTEGRAL TRES ESTRELLAS |
|
15 |
|
193 |
PAQUETE 800 gms. |
HARINA PARA HOT CAKES LA NEGRITA |
|
12 |
|
194 |
LITRO |
HELADO DE LECHE Y AGUA (VARIOS SABORES) HOLANDA |
|
60 |
|
195 |
Manojo Chico |
HIERBABUENA |
|
25 |
|
196 |
100 gms. |
HIERBAS FINAS FRESCAS (XXXXXX, XXXXXXX Y MEJORANA) |
|
14 |
|
197 |
KILO |
HIGO |
|
40 |
|
198 |
XXXXXX |
XXXX DE AGUACATE (MANOJO DE 200 Gr) |
|
20 |
|
199 |
100 gms. |
HOJA DE LAUREL FRESCA |
|
5 |
|
200 |
PIEZA |
HOJA DE PLÁTANO (PIEZA DE 100 Gr APROX.) |
|
75 |
|
201 |
100 gms. |
HOJA SANTA FRESCA MANOJO |
|
35 |
|
202 |
POR PIEZA |
HOJAS DE MAIZ SECAS |
|
100 |
|
203 |
POR PIEZA |
HOJAS PARA MIXIOTE YA CORTADAS |
|
80 |
|
204 |
KILO |
HUAUZONTLE |
|
12 |
|
205 |
caja de 360 pzas. |
HUEVO ROJO Y/X XXXXXX SAN XXXX |
|
65 |
|
206 |
Frasco de 475 ml |
JABON LIQUIDO DE TOCADOR DIAL |
|
4 |
|
207 |
Botella 1.2 ml |
JABON PARA TRASTES SALVO LIQUIDO |
|
24 |
|
208 |
500 gms. |
JAMAICA VERDE XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXX XX XXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXX |
|
35 |
|
210 |
KILO |
JAMON DE XXXXXX XXXXXXXXXX |
|
35 |
|
211 |
GARRAFON 4 LITROS |
JARABE DE SABORES PARA AGUA MARCA PURO SABOR |
|
35 |
|
212 |
KILO |
JENGIBRE FRESCO |
|
13 |
|
213 |
ROLLO 50 mts. |
JERGA GRUESA |
|
3 |
|
214 |
KILO |
JÍCAMA GRANDE |
|
25 |
|
215 |
KILO |
JITOMATE BOLA |
|
300 |
|
216 |
KILO |
JITOMATE GUAJE |
|
500 |
|
217 |
Tetra-Pack 1 litro |
JUGO DE TOMATE JUMEX |
|
15 |
|
218 |
KILO |
KIWI |
|
50 |
|
219 |
LITRO |
LECHE ALPURA CLASICA |
|
500 |
|
220 |
LITRO |
LECHE ALPURA LIGHT |
|
95 |
|
221 |
LITRO |
LECHE ALPURA LIGHT DESLACTOSADA |
|
95 |
|
222 |
LATA |
LECHE CONDENSADA (LATA DE 397 ml) LA LECHERA |
|
350 |
|
223 |
LATA DE 1.8 kg |
LECHE EN POLVO NIDO |
|
12 |
|
224 |
LATA |
LECHE EVAPORADA CARNATION CLAVEL (LATA DE 378 gms) |
|
300 |
|
225 |
PIEZA |
LECHUGA BOLA ROMANA |
|
150 |
|
226 |
PIEZA |
LECHUGA FRANCESA |
|
150 |
|
227 |
PIEZA |
LECHUGA ITALIANA |
|
150 |
|
228 |
PIEZA |
LECHUGA OREJONA |
|
150 |
|
229 |
PIEZA |
LECHUGA SANGRÍA |
|
100 |
|
230 |
500 gms. |
LENTEJAS XXXXX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXX 000 gms. |
LEVADURA FRESCA LA FLORIDA |
|
20 |
|
232 |
PAQUETE 450 gms. |
LEVADURA SECA NEVADA |
|
20 |
|
233 |
KILO |
LIMÓN AGRIO |
|
350 |
|
234 |
Frasco 600 gms. |
XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXX |
XXXX XX XXXXX |
|
80 |
|
236 |
BOLSA 500 gms. |
XXXX XXXXXXXX VERDE XXXXX |
|
90 |
|
237 |
Bolsa de 1 kilo |
MAIZ POZOLERO SIN CABEZA MORELOS |
|
160 |
|
238 |
KILO |
MAMEY |
|
70 |
|
239 |
KILO |
MANDARINA |
|
300 |
|
240 |
LATA 800 gms. |
MANGO EN ALMIBAR LA COSTEÑA |
|
25 |
|
241 |
KILO |
MANGO MANILA |
|
150 |
|
242 |
KILO |
MANGO PETACÓN |
|
150 |
|
243 |
KILO |
MANTECA DE CERDO |
|
35 |
|
244 |
Paquete de 1 kilo |
MANTECA VEGETAL INCA |
|
15 |
|
245 |
Paquete de 1 kilo |
MANTEQUILLA GLORIA SIN SAL |
|
40 |
|
246 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
|
000 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XXXX STARKING |
|
160 |
|
248 |
KILO |
MARACUYÁ (PULPA) |
|
45 |
|
249 |
PAQUET 1 KILO |
MARGARINA AZUL SAN XXXXXXX |
|
18 |
|
250 |
KILO |
MARGARINA FLEX AZUL |
|
18 |
|
251 |
KILO |
MARGARINA FLEX ROJA |
|
18 |
|
252 |
KILO |
MASA DE MAIZ BLANCA A GRANEL |
|
150 |
|
253 |
FRASCO 775 gms. |
MAYONESA LIGHT MC.XXXXXXX |
|
21 |
|
254 |
LATA 225 gms |
MEDIA CREMA NESTLE |
|
90 |
|
255 |
KILO |
MELÓN CHINO |
|
98 |
|
256 |
KILO |
MELÓN VALENCIANO |
|
90 |
|
257 |
MANOJO |
MENTA |
|
24 |
|
258 |
FRASCO 450 gms. |
XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXX 000 gms. |
MERMELADA DE FRESA MC. XXXXXXX |
|
10 |
|
260 |
FRASCO 270 gms. |
MERMELADA DE XXXXXXX XX.XXXXXXX |
|
10 |
|
261 |
FRASCO 450 gms. |
MERMELADA DE ZARZAMORA MC.XXXXXXX |
|
10 |
|
262 |
FRASCO 1.050 lt. |
MIEL XX XXXXX XXXXXXX |
|
8 |
|
263 |
FRASCO 500 ml. |
MIEL DE MAÍZ KARO |
|
6 |
|
264 |
FRASCO 680 ml. |
MIEL DE MAPLE KARO |
|
8 |
|
265 |
KILO |
MILANESA DE CERDO |
|
60 |
|
266 |
KILO |
MILANESA DE RES |
|
60 |
|
267 |
KILO |
MILANESA DE TERNERA |
|
25 |
|
268 |
KILO |
MOLE NEGRO EN PASTA |
|
35 |
|
269 |
KILO |
MOLE POBLANO EN PASTA |
|
35 |
|
270 |
FRASCO 430 gms. |
MOSTAZA CLÁSICA MC.XXXXXXX |
|
20 |
|
271 |
FRASCO 215 gms. |
MOSTAZA DIJON |
|
7 |
|
272 |
BOTELLA 1 lt. |
MYCRODIN |
|
7 |
|
273 |
KILO |
NARANJA DE CÁSCARA DELGADA |
|
350 |
|
274 |
KILO |
NATA DE LECHE |
|
24 |
|
275 |
KILO |
NOPALES BABY |
|
15 |
|
276 |
KILO |
NOPALES SIN ESPINA |
|
60 |
|
277 |
KILO |
NUEZ EN MITAD PELADA DE PRIMERA SECA A GRANEL |
|
35 |
|
278 |
100 gms. |
ORÉGANO FRESCO |
|
10 |
|
279 |
PAQUETE C/ 25 cajitas |
PALILLOS XX XXXXXX MARCA PINGÜINO |
|
3 |
|
280 |
LATA 800 gms. |
PALMITOS XXX XXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXXX 000 PZ |
PALOS DE BAMBU PARA BROCHETA DE 25 X3 mm RS |
|
14 |
|
282 |
PAQUETE 680 gms. |
PAN BLANCO BIMBO |
|
20 |
|
283 |
PAQUETE 675 gms. |
PAN INTEGRAL BIMBO |
|
20 |
|
284 |
BOLSA 340 gms |
PAN MOLIDO XXXXX "KAPORO" |
|
25 |
|
285 |
KILO |
PANZA PRECOCIDA DE RES |
|
5 |
|
286 |
Caja 90 Pzas. |
PAÑUELOS DESECHABLES KLEENEX CHICOS |
|
5 |
|
287 |
Caja 90 Pzas. |
PAÑUELOS DESECHABLES KLEENEX GRANDES |
|
5 |
|
288 |
KILO |
PAPA ALFA GRANDE |
|
90 |
|
289 |
KILO |
PAPA XXXXXXX |
|
90 |
|
290 |
BOLSA 290 gms |
PAPAS FRITAS TAMAÑO FAMILIAR SURTIDAS (SABRITAS X/X XXXXXX) |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXX XXXXXXX |
|
60 |
|
292 |
ROLLO 400 mts. |
PAPEL ALUMINIO AZTECA |
|
90 |
|
293 |
KILO |
PAPEL XX XXXXXXX |
|
5 |
|
294 |
3 KILOS |
PAPEL ENCERADO EN ROLLO |
|
6 |
|
295 |
KILO |
PASAS GÜERAS A GRANEL |
|
14 |
|
296 |
BOTE 1.530 Kg. |
PASITAS CUBIERTAS DE CHOCOLATE XXXXXXXX |
|
12 |
|
297 |
PAQUETE 200 gms. |
PASTA CHICA SURTIDA PARA SOPA LA MODERNA |
|
40 |
|
298 |
PAQUETE 1 kg. |
PASTA CORTA BARILLA (PENE, FUSILLI, RIGATONI) |
|
75 |
|
299 |
PAQUETE 1 kg. |
PASTA DE HOJALDRE |
|
61 |
|
300 |
KILO |
PASTA LARGA SPAGHETTI BARILLA No.5 |
|
45 |
|
301 |
CAJA 500 gms |
PASTA PARA LASAGNA BARILLA |
|
20 |
|
302 |
KILO |
PECHUGA DE POLLO ENTERA LIMPIA Y DESHUESADA |
|
140 |
|
303 |
FRASCO 345 gms. |
PEPINILLOS EN VINAGRE CAMPOAMOR |
|
10 |
|
304 |
KILO |
PEPINO |
|
50 |
|
305 |
KILO |
PEPITA VERDE SIN CASCARA (LIMPIA) |
|
10 |
|
306 |
XXXX |
XXXX XX XXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX 000 gms |
XXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXXX XXXXX |
|
9 |
|
309 |
KILO |
PEREJIL LISO |
|
7 |
|
310 |
KILO |
PESCADO XXXXXX XXX XXXX (PIEZA DE 150G) |
|
25 |
|
311 |
KILO |
PESCADO HUACHINANGO FILETE / ESCALOPA (pieza de 150 gms o en trozo) |
|
130 |
|
312 |
KILO |
PESCADO SIERRA FILETE / ESCALOPA (PIEZA DE 150 gms o en trozo) |
|
25 |
|
313 |
KILO |
PIERNA CON MUSLO DE POLLO CON PIEL |
|
86 |
|
314 |
KILO |
PIERNA DE CERDO LIMPIA SIN HUESO |
|
100 |
|
315 |
KILO |
PILONCILLO A GRANEL |
|
20 |
|
316 |
FRASCO 510 gms |
PIMENTÓN XXXXX XXXXX PAPRIKA MC XXXXXXX |
|
4 |
|
317 |
FRASCO 510 gms. |
XXXXXXXX XXXXXX MOLIDA MC. XXXXXXX |
|
3 |
|
318 |
KILO |
PIMIENTA NEGRA XXXXXX X XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxx 000 gms. |
PIMIENTA NEGRA MOLIDA MC XXXXXXX |
|
4 |
|
320 |
KILO |
PIMIENTO AMARILLO |
|
15 |
|
321 |
Lata de 780g |
PIMIENTO MORRON ROJO EN SALMUERA SAN XXXXXX |
|
6 |
|
322 |
KILO |
PIMIENTO ROJO |
|
30 |
|
323 |
KILO |
PIMIENTO VERDE |
|
25 |
|
324 |
LATA 800 gms. |
PIÑA EN ALMÍBAR REBANADA LA COSTEÑA |
|
14 |
|
325 |
KILO |
XXXX XXXX |
|
30 |
|
326 |
KILO |
PIPIAN ROJO EN PASTA |
|
7 |
|
327 |
KILO |
PIPIAN VERDE EN PASTA |
|
7 |
|
328 |
KILO |
PLATANO XXXXXXXX |
|
10 |
|
329 |
KILO |
PLÁTANO MACHO MADURO |
|
30 |
|
330 |
KILO |
PLÁTANO TABASCO AMARILLO |
|
48 |
|
331 |
CAJA 1000 piezas |
PLATO DESHECHABLE XXXXXX XX. 0 |
|
0 |
|
000 |
XXXX 0000 piezas |
PLATO DESHECHABLE XXXXXX XX. 0 |
|
0 |
|
000 |
XXXX 000 gms. |
POLVO PARA HORNEAR ROYAL |
|
1 |
|
334 |
KILO |
PORO |
|
43 |
|
335 |
LATA 465 gms. |
PURÉ DE MANZANA |
|
7 |
|
336 |
Lata de 800 gms. |
PURE DE TOMATE LA COSTEÑA |
|
7 |
|
337 |
Paquete 48 pzas |
QUESO AMARILLO SINGLES XX XXXXX |
|
18 |
|
338 |
KILO |
QUESO ASADERO AGUASCALIENTES |
|
18 |
|
339 |
KILO |
QUESO CHIAPANECO |
|
4 |
|
340 |
LITRO |
QUESO COTTAGE LYNCOTT |
|
11 |
|
341 |
KILO |
QUESO DOBLE CREMA CHILCHOTA |
|
25 |
|
342 |
PIEZA 190 gms. |
QUESO DOBLE CREMA PHILADELPHIA |
|
40 |
|
343 |
KILO |
QUESO FRESCO RALLADO A GRANEL |
|
10 |
|
344 |
KILO |
QUESO MANCHEGO NOCHEBUENA |
|
36 |
|
345 |
KILO |
QUESO OAXACA LA VILLITA |
|
40 |
|
346 |
KILO |
QUESO PANELA COVADONGA |
|
50 |
|
347 |
KILO |
QUESO RICOTTA |
|
10 |
|
348 |
KILO |
RÁBANO BOLA |
|
9 |
|
349 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA |
|
130 |
|
350 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA LIGHT |
|
130 |
|
351 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO COCA-COLA ZERO |
|
130 |
|
352 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE MANZANA SIDRAL |
|
45 |
|
353 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE MANZANA SIDRAL LIGHT |
|
110 |
|
354 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE TORONJA FRESKA |
|
30 |
|
355 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO DE TORONJA SQUIRT LIGHT |
|
30 |
|
356 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO LIMA-LIMON SPRITE |
|
30 |
|
357 |
PAQ. 12 LATAS 355 ml. |
REFRESCO LIMA-LIMON SPRITE SIN AZUCAR |
|
70 |
|
358 |
SEPELIN DE 2 litros |
REFRESCOS DE SABORES SURTIDOS |
|
13 |
|
359 |
KILO |
REQUESÓN |
|
15 |
|
360 |
KILO |
RETAZO DE POLLO CON ALAS |
|
90 |
|
361 |
KILO |
RETAZO DE RES |
|
20 |
|
362 |
ROLLO DE 300 mts. |
ROLLO PLASTICO / FILM XXXXXXXX AUTOADHERIBLE |
|
25 |
|
363 |
KILO |
ROMERITOS |
|
6 |
|
364 |
100 gms. |
XXXXXX FRESCO |
|
10 |
|
365 |
KILO |
XXX XX XXXX (SAL FINA) |
|
40 |
|
366 |
KILO |
SAL GRUESA DE MAR LA FINA |
|
5 |
|
367 |
LITRO |
SALSA DE SOYA TOKUI |
|
10 |
|
368 |
FRASCO 200 ml. |
SALSA XXXXX, XXXXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 00 ml. |
SALSA XXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
SALSA TIPO XXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXX 000 ml. |
SALSA XXXXXXXXX XXXXXXX |
|
7 |
|
372 |
KILO |
SANDIA ROJA |
|
25 |
|
373 |
100 gms. |
XXXXXXX XX XXXXXX XXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxx 000 gms. |
SEMILLA DE GIRASOL PELADA WAND'S |
|
10 |
|
375 |
100 gms. |
SEMILLA XX XXXXXX FRESCA |
|
4 |
|
376 |
PAQUETE 100 pzas |
SERVILLETA EXCELLENCE MARCA PETALO Y/O KLEENEX |
|
3 |
|
377 |
CAJA 12 paq 450 pzas |
SERVILLETA PETALO |
|
7 |
|
378 |
KILO |
SETA |
|
20 |
|
379 |
XXXX |
XXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXX |
XXXXXX XX XXXXXXXX EN BARRA |
|
20 |
|
381 |
KILO |
TAMARINDO |
|
12 |
|
382 |
500 gms. |
TAPIOCA E.W. |
|
7 |
|
383 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ DE HIERBABUENA LAGG'S |
|
13 |
|
384 |
CAJA 50 SOBRES |
TÉ DE JAMAICA LAGG'S |
|
4 |
|
385 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ XX XXXXX LAGG'S |
|
13 |
|
386 |
CAJA 96 SOBRES |
TÉ XX XXXXXXXXXX LAGG'S |
|
13 |
|
387 |
CAJA 24 SOBRES |
TE DE TILA LAGG'S |
|
3 |
|
388 |
CAJA 100 SOBRES |
TÉ NEGRO LAGG'S |
|
6 |
|
389 |
CAJA 96 SOBRES |
TE VERDE LAGG'S |
|
13 |
|
390 |
KILO |
TEJOCOTE |
|
5 |
|
391 |
KILO |
TOCINO DE PAVO REBANADO SAN XXXXXX |
|
20 |
|
392 |
KILO |
TOCINO DE PUERCO REBANADO SAN XXXXXX |
|
20 |
|
393 |
KILO |
TOMATE VERDE LIMPIO |
|
350 |
|
394 |
100 gms. |
TOMILLO FRESCO |
|
10 |
|
395 |
KILO |
TORONJA |
|
250 |
|
396 |
PAQUETE 10 PIEZAS |
TORTILLA DE HARINA XXX XXXX |
|
30 |
|
397 |
KILO |
TORTILLA DE MAIZ A GRANEL |
|
250 |
|
398 |
PAQ. 20 pzas 325 gm |
TOSTADA DE MAÍZ CHARRAS |
|
20 |
|
399 |
CAJA 23 PAQ. 414 gm |
TOSTADAS SALMAS |
|
25 |
|
400 |
KILO |
TRIGO XXXXXXX |
|
10 |
|
401 |
KILO |
TUNA BLANCA SIN ESPINA |
|
23 |
|
402 |
KILO |
UVA VERDE SIN SEMILLA (GRANDE) |
|
35 |
|
403 |
CAJA CON 100 PIEZAS |
VASO DE PLASTICO REYMA No. 8 |
|
10 |
|
404 |
KILO |
XXXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
Xxxxxx 000 ml. |
VINAGRE BALSÁMICO MODENA |
|
12 |
|
406 |
Botella 1.05 lts. |
XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
XXXXXXX 000 ml. |
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
XXXXXXX 000 mlts. |
XXXXXXX XX XXXX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
Xxxxxxx 000 ml |
XXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX |
|
0 |
|
000 |
Xxxxxxx 000 ml |
XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX |
|
00 |
|
000 |
KILO |
XOCONOSTLE |
|
2 |
|
412 |
LITRO |
YOGURT NATURAL YOPLAIT |
|
40 |
|
413 |
KILO |
ZANAHORIA |
|
220 |
|
414 |
KILO |
ZAPOTE NEGRO |
|
25 |
|
Los volúmenes que se presentan, son para efectos de evaluación de la proposición económica para determinar cuál resulta la más solvente, y no implica obligación alguna de que serán requeridos durante la vigencia del contrato por ambas INSTITUCIONES; en este sentido, los insumos podrán ser inferiores o superiores a estas cantidades, aun así, deberán respetarse los precios unitarios ofrecidos.
Anexo B |
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA . |
EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento _______(3)___________ No. __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la proposición que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta decir verdad, que es de nacionalidad mexicana .
A T E N T A M E N T E
________________(6)_________________
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA SÉPTIMA DE ESTE ACUERDO NÚMERO DESCRIPCIÓN
1 Señalar la fecha de suscripción del documento.
2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.
3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.
4 Indicar el número respectivo.
5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.
6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá
ajustar el presente formato en su parte conducente.
Anexo C |
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) |
_________ de __________ de _______ (1)
_________ (2)________
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de _________(3)________ No. ________(4) _______ en el que mi representada, la empresa_________(5)________, participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________.
Asimismo, manifiesto que mi representada ____(9)____ con empleados de planta registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como (12)____ el personal bajo el regimen de servicios profesionales; por lo que, para efecto de la presente proposición, el personal ____(13)____ será con el cual se prestará el servicio.
A T E N T A M E N T E
___________(14)____________
DESCRIPCIÓN
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como Mipymes, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
INSTRUCTIVO DE LLENADO:
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado y/o N/A, en caso de que no aplique.
Señalar la fecha de suscripción del documento.
Anotar el nombre de la convocante.
Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
Señalar si cuenta o no cuenta con empleados de planta registrado ante el IMSS.
Señalar si cuenta o no cuenta con persona bajo el régimen de servicios profesionales
Indicar con qué tipo de personal prestará el servicio (de planta, subcontratado, o bajo el régimen se servicios profesionales).
Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante
Anexo D |
VERIFICACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN. |
NOMBRE DE LA EMPRESA: |
|||
DOCUMENTOS |
PUNTO DE REFERENCIA EN LA CONVOCATORIA |
ENTREGÓ |
|
SI |
NO |
||
ESCRITO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad”. |
6.1. |
|
|
Copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
|
|
|
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana . |
6.2. |
|
|
COPIA DE LOS DOCUMENTOS DE LAS NORMAS QUE LE APLICAN Copia de los documentos mediante los cuales el licitante acredita el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, las normas mexicanas, las normas internacionales, las normas de referencia, especificaciones o sistemas solicitados conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Así como el escrito en el que manifieste su conformidad respecto a que no se suscriba el contrato en el caso de no presentar los originales o copias certificadas de dichos documentos al momento de la firma. |
6.3 |
|
|
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO El licitante deberá señalar, ratificar o rectificar en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones. |
6.4. |
|
|
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTS. 50 Y 60 Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP”. |
6.5. |
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CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. |
6.6. |
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MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
6.7. |
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PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA |
Anexo 1 Anexo A |
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Es recomendable que los licitantes participantes gestionen con la debida anticipación las opiniones sobre el cumplimiento de encontrarse al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y fiscal emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el SAT respectivamente para que el licitante ganador las presente al día hábil siguiente al fallo.
Anexo 1 |
PROPOSICIÓN TÉCNICA |
Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Gerente Administración de Comedores
Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición técnica de los productos y servicios solicitados, conforme a la siguiente:
PROPOSICIÓN TÉCNICA
X
Bienes: Servicios:
No. |
CONCEPTO REQUERIDO |
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO OFRECIDO |
1. |
Deberá requisitar la totalidad de los insumos detallados en el Modelo Económico anexo. |
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2. |
Información sobre los bienes objeto de este proceso de contratación. |
Describa de manera detallada la forma que cumple con cada aspecto solicitado |
2.1. |
Suministro de bienes perecederos mediante contrato abierto, para la elaboración de alimentos para los espacios ejecutivos de Nacional Financiera, S.N.C. y Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., de acuerdo a la cantidad, unidad de medida y descripción del producto requeridos en la Propuesta Técnica (anexa), que considera la atención de:
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3. |
Requerimientos generales. |
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3.1. |
El licitante ganador, durante la vigencia del contrato, proporcionará sin costo para las áreas requirentes si así lo requiere, un enfriador para almacén de bebidas refrescantes con medidas aproximadas de 1.26 alto x 70 ancho x 52 fondo, al menos 4 repisas. (Las medidas podrán variar más o menos un 10% diez por ciento ). |
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4. |
Especificaciones de los insumos. |
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4.1. |
El licitante ganador se compromete a entregar los productos solicitados con las características, gramajes, presentaciones y en su caso marcas establecidas. |
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4.2. |
Los cambios que se presenten durante la vigencia del contrato a los productos originalmente solicitados, deberán ser por marcas similares o superiores y éstas no presentarán incremento alguno a los precios ofrecidos originalmente en su propuesta económica. |
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4.3. |
Los envíos de carne, pollo, pescados y mariscos, frutas y verduras deberán efectuarse en taras de plástico con tapa limpias, libres de agentes contaminantes que causen daños a la salud, no se aceptan contenedores xx xxxxxx para transportar la mercancía. |
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4.4 |
La mercancía que por sus características sea comercializada en empaques plásticos deberá ser enviada en sus empaques originales ya que éstas serán recibidas de esta forma y no a granel. |
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5. |
Lugar y horario de entrega de los insumos. |
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5.1. |
Las entregas de los insumos para NAFIN se efectuarán en el almacén de víveres ubicado en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxxx XX, 00x xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn. Demarcación Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
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5.2. |
Las entregas de los insumos para BANCOMEXT se efectuaran en las instalaciones ubicadas en Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0x xxxx, xxx xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 14210, Ciudad de México. |
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5.3. |
La entrega de insumos será los días de lunes y miércoles de cada semana en horario de entre las 8:00 y las 8:30 horas, excepcionalmente habrá pedidos emergentes dentro de un horario de 10:00 a 19:00 horas, en cualquier día de la semana, solicitando estos con un mínimo de una hora de anticipación, a la hora que se requiera la entrega. |
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5.4. |
Una vez recibidos los insumos, la Gerencia Administración de Comedores (NAFIN) y la Especialista de Servicios Generales (BANCOMEXT) dispondrá de un plazo de 1 hora para la revisión y en su caso devolución o aceptación de conformidad de los insumos, ahí mismo se entregará la remisión correspondiente, la cual tendrá un lapso de revisión de un día, en donde se informará posibles irregularidades identificadas. Ya autorizada, se regresara para que a fin de mes concentre todas las remisiones del periodo, facture y suba al sistema CFDI de la institución (factura por remisión) dentro de los primeros 4 días hábiles del mes siguiente, así mismo el licitante ganador deberá entregar los complementos fiscales de su facturación conforme al anexo 20, de la Guía de Llenado de Comprobante Fiscal Digital por Internet |
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6. |
Condiciones de Entrega. |
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6.1. |
Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de productos en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los insumos. Así mismo considerar que no se entreguen productos con una caducidad menor a los tres meses. |
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6.2. |
La transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el lugar de entrega, serán por cuenta y riesgo del proveedor; por lo que el licitante será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales. |
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7. |
Condiciones de Precio |
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7.1. |
Los importes se cotizarán exclusivamente en moneda nacional (peso mexicano), a dos decimales, de acuerdo con la Ley Monetaria en vigor. |
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7.2. |
Se cotizará por precio unitario, desglosando el I.V.A. Los precios deberán ser fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato. |
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8. |
Condiciones de pago. |
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8.1. |
El pago se realizará previa entrega de los bienes a satisfacción, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir de la recepción del comprobante fiscal correspondiente. En caso de que el vencimiento del vigésimo día sea inhábil, el pago se realizará al día hábil siguiente. No se otorgarán anticipos. |
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8.1. |
Los pagos correspondientes se realizarán a través del esquema de transferencia de fondos interbancarias denominado “Clave Bancaria Estandarizada” (CLABE), por lo que el proveedor que resulte ganador deberá proporcionar mediante un formato vía correo electrónico la siguiente información:
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9. |
Garantías de cumplimiento |
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9.1 |
Adicionalmente a la cantidad, unidad, concepto descripción específica de los bienes (Modelo Técnico) y demás especificaciones, el proveedor deberá indicar, los siguientes requisitos que aplican para la operación: |
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10. |
Normas de calidad. |
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10.1 |
Deberán considerar un escrito en el que manifiesten que los bienes que ofertará y entregará son de la mejor calidad y que cumplen con las características y especificaciones señaladas las cuales deberán cumplir las normas oficiales mexicanas vigentes. NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios” |
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10.2 |
Adicional a lo anterior:
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10.3 |
NAFIN y BAMCOMEXT podrán verificar ante las instancias correspondientes el certificado de calidad, respectivo. Los insumos sin marca deberán cumplir con la calidad y gramaje solicitados. |
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11. |
Devoluciones y rechazos. |
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Si en la entrega de los bienes se identifican defectos que afecten su duración y funcionalidad, se procederá a no aceptar los mismos, de conformidad con la siguiente tabla:
Causas de aceptación y rechazo durante la vigencia del Contrato En estos casos el licitante se obliga a reponer el bien sin condición alguna, al 100% del volumen entregado originalmente, en un plazo que no excederá de 1 (una) hora contada a partir de la notificación de dicha devolución o rechazo. |
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12. |
Instrucciones para elaborar las proposiciones. |
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12.1 |
Adicionalmente a la cantidad, unidad y descripción específica de los bienes (Proposición Técnica), el licitante deberá indicar, los siguientes requisitos:
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Este modelo podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido y preferentemente el orden indicado.
La proposición debe integrarse en un archivo en formato PDF junto con la proposición económica que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, legible en su contenido con el NOMBRE Y FIRMA y enviarla en archivo PDF.
A T E N T A M E N T E.
Nombre y firma del representante legal Nombre o Razón Social Teléfono |
Anexo 2 |
SOLICITUD DE ACLARACIONES |
No Progresivo |
Punto específico de la Convocatoria |
Pregunta especifica (Planteada por el licitante) |
Respuesta (para requisitar por la convocante) |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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10 |
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NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
Firma.
Las solicitudes de aclaraciones deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos de la convocatoria.
Las solicitudes que no cumplan con el formato establecido, podrán ser desechadas por la convocante (Artículo 45 sexto párrafo del RLAASSP).
Anexo 3 |
FORMATO DE ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR ELECTRÓNICAMENTE EN LA PRESENTE INVITACIÓN |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.,
Subdirección de Adquisiciones
PRESENTE.
El que suscribe (nombre de la empresa o persona física licitante), bajo protesta de decir verdad manifiesta que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada para participar en la invitación (datos de la invitación) número (número de invitación), convocada para la adquisición de (concepto de la invitación), para tal efecto se describen los datos siguientes:
Personas Xxxxxxx
RFC_________________________________________
Nombre y domicilio de su apoderado y/o representante __________________
Objeto Social de la empresa____________________________
Reformas o modificaciones a escrituras públicas_________________________
Nombre de los socios______________________________________________
El representante legal: las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. _________________________________
Personas físicas
RFC_____________________________________________
Nombre y domicilio________________________________
Representante y/o apoderado en su caso_______________
En virtud de lo anterior, se adjunta al presente un escrito que contiene (número de preguntas) preguntas acerca de la convocatoria que nos ocupa a efecto de que sean contestadas durante el periodo de aclaraciones correspondiente.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del Representante Legal o
en su caso persona física licitante
Cargo
NOTA: Este documento deberá enviarse junto con la solicitud de aclaraciones (formato Anexo 2) a más tardar 24 horas antes de que concluya el periodo de aclaraciones respectivo, a través de CompraNet.
Anexo 4 |
FORMATO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD |
__________(NOMBRE)_______, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y cuento con facultades suficientes para participar en la presente invitación a cuando menos tres personas para la contratación de ________________ a nombre y representación de: (persona moral)____ |
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Registro federal de contribuyentes: |
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Domicilio: |
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Calle número: |
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Colonia: |
Delegación o Municipio: |
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Código Postal: |
Entidad Federativa: |
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No. de escritura pública en la que consta su acta constitutiva: |
Fecha: |
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Fecha y datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio |
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Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: |
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Relación de Socios: |
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Apellido Paterno: |
Apellido Materno: |
Nombre(s) |
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Descripción del objeto social TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA o actividad preponderante (tratándose de personas físicas) que deberá abarcar la realización de los actos necesarios para cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato materia de esta invitación:
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Reformas y modificaciones, indicando el No. de escritura pública en la que consta : |
Xxxxx: |
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Nombre del apoderado o representante: |
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R.F.C. |
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Domicilio: |
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Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- |
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Escritura pública número: |
Fecha: |
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Nombre, número y xxxxx xx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: |
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO PARA NAFIN |
CONTRATO ____________ PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DEL SUMINISTRO DE INSUMOS PARA ESPACIOS EJECUTIVOS, POR CONDUCTO DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., REPRESENTADA POR (“NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA “DEPENDENCIA O ENTIDAD”), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), EN ADELANTE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL), EN SU CARÁCTER DE _(SEÑALAR EL CARÁCTER DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA)_, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Nacional Financiera, S.N.C., requiere la contratación del Servicio Integral de Suministro de Insumos para la elaboración de Alimentos de los Espacios Ejecutivos.
DECLARACIONES
I. “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” declara que:
1.1 En su carácter de Institución de Banca de Desarrollo se rige por su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1986, cuya modificación más reciente se llevó a cabo mediante decreto publicado en el DiarioOficial de la Federación el día 10 de enero de 2014 y tiene por objeto, entre otros, la promoción del ahorro y la inversión, así como la canalización de apoyos financieros y técnicos al fomento industrial y al desarrollo económico nacional y regional del país.
1.2. Conforme a lo dispuesto por la escritura pública _____ de fecha __ de _______ del _____, pasada ante la fe del Lic. _________________, Notario Público número _____ de la _______________, el (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA NAFIN), (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), con R.F.C ____________________, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ______________ en el folio mercantil número ____ de fecha __ de ____ de __ el es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 De conformidad con las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Nacional Financiera, S.N.C. suscribe el presente instrumento el C. (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), en su carácter de (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C (Colocar RFC), facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de INVITACIÓN NACIONAL ELECTRÓNICA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, número IA-006HIU001-E____-2022, EXP. _______, PRO. ________, en lo sucesivo “LA INVITACIÓN”, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 17, 26, FRACCIÓN II, 26 BIS FRACCIÓN II, 27, 28, FRACCIÓN I, 43 Y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta, se estará a lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de la “LAASSP”
I.5 “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria en la partida número 22104, denominada “Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades”, con folio de autorización EGN-_____/__-2022 de fecha ___ de _______ de ______, emitido por la _____________________, registrada con el número de expediente electrónico NFI-INVI-______-2022, en el Sistema Integral de Gestión de Adquisiciones (SIGA), sistema propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° NFI3406305T0.
I.7 Tiene establecido su domicilio en avenida Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000 Xxxxx XX, 0x Xxxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
1.8. Se cercioró que la empresa __(señalar el nombre del licitante que resulte adjudicado)_, se encuentra al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social, según lo acredita con la Opinión Positiva de Cumplimiento de Obligaciones en materia de seguridad social, emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de fecha __ de ________ de 2022.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona (FISICA O MORAL) legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas mediante escritura pública N° _________ de fecha ____ de ________ de _____, otorgada ante la fe del Lic. _________________, Notario Público N° ______ del _________________, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de _________________, bajo el folio mercantil número _____________ de fecha ____ de __________ de _____, denominada (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, _(OBJETO SOCIAL).
II.2 La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de __________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante escritura pública Nº ______ de fecha __ de ______ de ____, otorgada ante la fe del Lic. _____________________, Notario Público Nº __ del __________________, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ______________ en el folio mercantil número ____ de fecha __ de ____ de ____, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
III.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
III.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC PROVEEDOR).
III.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
IV. De “LAS PARTES”:
IV.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO.
Bajo los términos y condiciones del presente contrato y sus anexos, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” encomienda a “EL PROVEEDOR” y éste se obliga a prestarle el Servicio integral del suministro de insumos para la elaboración de alimentos de los espacios ejecutivos, en lo sucesivo “LOS SERVICIOS”, dando cumplimiento a todas y cada una de las especificaciones que se describen en el Anexo __ de este contrato
Los anexos que firmados por “LAS PARTES” se integran al presente contrato son los que a continuación se enlistan:
Anexo A ______________________
Anexo B ______________________
Anexo C ______________________
SEGUNDA. PRECIO
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato es por la cantidad de $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___) en moneda nacional antes de impuestos, el monto total mínimo del mismo es por la cantidad de $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___) en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo del mismo es por la cantidad de $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___)en moneda nacional antes de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DEL SUMINISTRO DE INSUMOS PARA LA ELABORACIÓN DE ALIMENTOS DE LOS ESPACIOS EJECUTIVOS, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
TERCERA. FORMA DE PAGO
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se obligan a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad que corresponde de las señaladas en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, mediante pagos quincenales por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, devengados cada uno por la cantidad que resulte de aplicar los precios unitarios que para cada concepto se indican, multiplicados por el volumen de servicios efectivamente proporcionados durante el mes objeto de pago, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en las Declaración I.3.
En caso de que el vencimiento del vigésimo día sea inhábil el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato, mencionado en las Declaración I.3, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada en el Sistema de Recepción de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, según corresponda.
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación del servicio, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3,
Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE _______________________, del banco __________________, a nombre de “______________________________”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, Demarcación Territorial y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de la prestación de los servicios, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de que "EL PROVEEDOR" cambie su cuenta CLABE, deberá de notificarlo por escrito a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a la atención del administrador del contrato, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación al vencimiento de los 20 (veinte) días hábiles establecidos en esta cláusula.
Si "EL PROVEEDOR" no notifica a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por escrito del cambio de su cuenta CLABE en el plazo de anticipación señalado anteriormente, o bien, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no puede efectuar el depósito electrónico en la cuenta CLABE de "EL PROVEEDOR" que tenga registrada para efectos de pago por causas no imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, está última contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a los 20 (veinte) días naturales para realizar el pago por la prestación de los servicios que correspondan mediante cheque de caja, sin que lo anterior se considere como un atraso en el pago por el servicio proporcionados, por lo que “EL PROVEEDOR" está de acuerdo en que no procederá solicitarle a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” el pago de gastos financieros en los supuestos mencionados en éste párrafo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
CUARTA. VIGENCIA DEL CONTRATO E INICIO DE LOS SERVICIOS
“EL PROVEEDOR” se obliga con “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a prestar “LOS SERVICIOS” y el contrato a celebrar iniciará su vigencia a partir del día 1 xx xxxxx del 2022 y concluye el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO Y ANTICIPOS (NO APLICA)
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, NACIONAL FINANCIERA, en este acto solicitan a “EL PROVEEDOR” y este se obliga con esta a constituir una garantía a favor de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” ____ por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto máximo total del contrato, sin incluir el IVA. Dichas fianzas deberá ser entregada a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de las garantías de cumplimiento se realice de manera electrónica.
Las fianzas deberán presentarse en: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México.
En las cuales deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor de NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. y señalar su domicilio;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo),
La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en los artículos 178, 279 Y 280 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
Para efectos del presente contrato, la garantía de cumplimiento de las obligaciones del mismo, se aplicará de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas;
Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de las fianzas, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
“Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
“La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.”; y
3.”La manifestación expresa de que la afianzadora de que mantendrá la garantía, aun en el caso de prorrogas, del presente contrato”.
De no cumplir con dicha entrega, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrán rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto máximo total del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la prestación de “LOS SERVICIOS”, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 10% (diez por ciento) del monto total máximo de “LOS SERVICIOS” entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
Prestar “LOS SERVICIOS” en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos.
Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta;
Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por la prestación de “LOS SERVICIOS”.
Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
Mantener del enfriador, parte del objeto del presente contrato en buenas condiciones, en términos del Anexo __..
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
(ESTE APARTADO SE MODIFICARÁ DE CONFORMIDAD CON EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA)
La prestación de “LOS SERVICIOS” será de conformidad con las especificaciones solicitadas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en cada uno de los conceptos indicados en el Anexo __ y en la presente cláusula
LUGAR Y HORARIOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.- “EL PROVEEDOR” prorcionará “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato en los domicilios y los horarios que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a continuación le señala:
La entrega de insumos será los días de lunes y miércoles de cada semana en horario de entre las 8:00 y las 8:30 horas, excepcionalmente habrá pedidos emergentes dentro de un horario de 10:00 a 19:00 horas, en cualquier día de la semana, solicitando estos con un mínimo de una hora de anticipación, a la hora que se requiera la entrega, de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, conforme a las características y especificaciones generales descritas en el numeral 5.4 del Anexo __, del presente contrato, denominado “_________________” en las siguientes ubicaciones:
Las entregas de los insumos para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se efectuarán en el almacén de víveres ubicado en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx Xxx, Xxxxx XX, 00x xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México.
Cualquier otra que por necesidades específicas de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se requiera, dentro del Ciudad de México y área conurbada.
Una vez recibidos los insumos, la Gerencia Administración de Comedores “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y la Especialista de Servicios Generales para dispondrán de un plazo de 1 hora para la revisión y en su caso devolución o aceptación de conformidad de los insumos, ahí mismo se entregará la remisión correspondiente, la cual tendrá un lapso de revisión de un día, en donde se informará posibles irregularidades identificadas.
INSUMOS.- “EL PROVEEDOR” proporcionará y suministrará los bienes perecederos , de acuerdo a la cantidad, unidad de medida y descripcupibn de los productos requeridos, que considera la atención de:
• Suministro de carne de pollo, res y cerdo, pescados y mariscos.
• Suministro de lácteos.
• Suministro de salchichonería.
• Suministro de frutas y verduras.
• Suministro de panadería y enseres varios.
• Suministro de aguas, refrescos y café.
• Suministro de abarrotes en general.
• Suministro de artículos de limpieza para cocina
Lo anterior, en términos del numeral 2 “Información sobre los bienes objeto de este proceso de contratación”, del Anexo __, denominado “Proposición técnica”.
REQUERIMIENTOS GENERALES.- “EL PROVEEDOR” durante la vigencia del contrato, proporcionará sin costo para el área requirente, de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” si así lo requieren, un enfriador para almacén de bebidas refrescantes con medidas aproximadas de 1.26 alto x 70 ancho x 52 fondo, al menos 4 repisas. (Las medidas podrán variar más o menos un 10% diez por ciento ).
CONDICIONES DE ENTREGA. “EL PROVEEDOR” deberá tener capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de productos en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los insumos.
Así mismo considerar que no se entreguen productos con una caducidad menor a los tres meses.
NORMAS DE CALIDAD. “EL PROVEEDOR” deberán considerar un escrito en el que manifiesten que los bienes que ofertará y entregará son de la mejor calidad y que cumplen con las características y especificaciones señaladas las cuales deberán cumplir las normas oficiales mexicanas vigentes. NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios”.
DÉCIMA PRIMERA. (NO APLICA)
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS
En virtud de que el personal de “EL PROVEEDOR” realizará actividades dentro de las instalaciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de “XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXX”, xx personal de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y/o a terceras personas.
Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad de “EL PROVEEDOR” o arrendados por éste, que destine para llevar a cabo la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto de esta invitación dentro de las instalaciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, será de exclusiva responsabilidad de “EL PROVEEDOR” por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, ya que en ningún caso “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o su personal serán responsables de los daños o pérdidas que lleguen a sufrir los referidos equipos.
DÉCIMA TERCERA. PENA POR INCUMPLIMIENTO
En caso de rescisión del presente contrato por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, éste se obliga a pagar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto xx xxxx por incumplimiento, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la rescisión que le haga “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por escrito, una cantidad equivalente al monto de las obligaciones incumplidas por “EL PROVEEDOR” al momento en que surta efectos la rescisión, o en su defecto se hará efectiva la parte proporcional la garantía de cumplimiento del contrato que corresponda al monto de las obligaciones incumplidas.
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN. (NO APLICA)
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para la prestación de “LOS SERVICIOS” requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no estará obligada a recibir la aceptación de “LOS SERVICIOS” cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en la prestación de “LOS SERVICIOS”, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiera adquirido o los hubieran adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de “LOS SERVICIOS”, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo cubrirán, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deslindando a éstas de toda responsabilidad.
De conformidad con las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo”, en este acto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” manifiesta su conformidad para que “EL PROVEEDOR” ceda sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume toda la responsabilidad total en caso de que, en la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
“EL PROVEEDOR” y su personal se obligan a guardar absoluta confidencialidad durante la vigencia del presente contrato y con posterioridad a su terminación, con respecto a la documentación e información inherente a “LOS SERVICIOS” materia del presente instrumento, a las actividades u operaciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de la información que “LAS PARTES” identifiquen como confidencial y de la información y resultados que se obtenga derivada del presente contrato, incluyendo en su caso, toda aquella información relativa a las operaciones activas, pasivas y de servicios respecto de las cuales “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”este obligada a guardar secreto, de conformidad con el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcionen “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de “LOS SERVICIOS” prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS” que realice a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. (COLOCAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de la prestación del servicio o de su personal.
Asimismo, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo aceptarán “LOS SERVICIOS” materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
“LOS SERVICIOS” serán recibidos previa revisión del administrador del contrato, de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”; la inspección de “LOS SERVICIOS” consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, “LOS SERVICIOS”, no se tendrán por aceptados por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES (NO APLICA)
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición prestación de los servicios, objeto del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato, podrá aplicar una pena convencional desde el 5% (cinco por ciento), misma que se aplicará sobre el monto proporcional del incumplimientos sin incluir el IVA, de conformidad con el numeral 3.9.10 “Penalización”, de “LA INVITACIÓN”, conforme a lo siguiente:
Se aplicará una pena del 5% (cinco por ciento) por cada hora de atraso en el plazo señalado en el punto 2.9 de “LA INVITACIÓN”; calculado sobre el precio total de los insumos respecto de los cuales se hubiera generado el atraso.
Por lo anterior, el pago de la prestación de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena lo deberá realizar “EL PROVEEDOR” dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” le notifique por escrito de la (s) penalización (es) y el importe correspondiente, dicho pago deberá efectuarse mediante cheque de caja (salvo buen cobro), en favor de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determinen procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo de “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en relación con la prestación de “LOS SERVICIOS” materia de este contrato. Liberando a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de cualquier responsabilidad laboral al respecto, por lo que se obliga a afrontar cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente al personal que utilice para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
La comunicación entre “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y “EL PROVEEDOR” se ralizará a través del servidor público responsable de la administración del presente contrato, o de quien éste designe por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, directamente con el representante legal o la persona designada por el proveedor para este fin, considerando que deberá ser un trabajador de planta o de confianza de este último.
“LAS PARTES” acuerdan expresamente que para el caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” llegara a erogar alguna cantidad derivada de algún tipo de reclamación o demanda, será “EL PROVEEDOR” quien estará obligado a cubrir a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, sin menoscabo del pago de daños y perjuicios a que haya lugar.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudieran llegar a generarse; sin embargo, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO.
Cuando en la prestación de “LOS SERVICIOS”, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrán de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación de “LOS SERVICIOS”, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrán en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, sin justificación para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si no presta “LOS SERVICIOS” en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato;
Si “EL PROVEEDOR” no presta “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, durante la prestación de “LOS SERVICIOS”, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la entrega de la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se prestaran “LOS SERVICIOS”, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de “LOS SERVICIOS”, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” establecerán con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” quedarán expresamente facultadas para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que les cause a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir la prestación de “LOS SERVICIOS” originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 05 (cinco) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirán la parte proporcional del importe que corresponda por “LOS SERVICIOS” efectivamente prestados y no pagados a la fecha en que surta efectos la terminación, previa entrega de la factura debidamente requisitada y la relación de “LOS SERVICIOS” prestados objeto de pago, así como de los reportes de “LOS SERVICIOS” a entera satisfacción de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria, el acata de la junta de aclaraciones, la propuesta económica de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la Convocatoria respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la “LAASSP”, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito a la otra, con acuse de recibo respectivo, con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados.
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, a la “LAASSP”, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro, y en este acto manifiestan que no les será aplicable ningún otro procedimiento para resolución de controversias distinto al procedimiento de conciliación y al procedimiento ante los tribunales judiciales competentes.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos I.2 y II.2.
Las facultades de los servidores públicos comúnmente se enuncian o describen en la normatividad interna de cada dependencia o entidad como puede ser, estatuto orgánico, reglamento interno, manual de organización, manual de procedimientos, POBALINES, entre otros.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
NOMBRE |
CARGO |
R.F.C. |
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD
|
(CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD
|
(R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
(NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
(CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
(R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
(NOMBRE DEL FIRMANTE X) |
(CARGO DEL FIRMANTE X) |
(R.F.C. FIRMANTE X) |
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE |
R.F.C. |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
(R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO PARA BANCOMEXT |
CONTRATO 1 (ABIERTO O CERRADO) 2PARA LA ADQUISICIÓN DE (O PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE O ARRENDAMENTO DE) 3 ($DESCRIPCIÓNCATEGORIA), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA 4 (NOMBRE DE LA ENTIDAD), REPRESENTADA POR 5 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD), EN SU CARÁCTER DE 6 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), EN ADELANTE “LA ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, 7 (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, Solo si el proveedor es persona moral 8REPRESENTADA POR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL), EN SU CARÁCTER DE _(señalar el carácter del representante de la empresa)_, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
9 (Es la parte del contrato que se refiere a los hechos, sucesos, programas, mandatos, entre otros que dan origen a la adquisición de los bienes o contratación de los servicios y que para fines de cumplimiento de las funciones sustantivas deben atender las dependencias y entidades, (enumerar tantas como sean necesarias).
Que para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo ____ de los Lineamiento que regulan la operación del Programa ______________________________________“LA ENTIDAD”, deberá __________________________________________________.
Mediante oficio N° __________________________, el Titular de “LA ENTIDAD”, instruyó ________________________________________________.
DECLARACIONES
Cada una de las partes dan a conocer información sobre sí misma, entre otra la siguiente: señalar su naturaleza y personalidad jurídica, objeto social o jurídico, el nombre y cargo de los representantes legales y la forma en que acreditan su personalidad, información adicional esta contendrá todas las declaraciones que, además de las anteriores, deseen hacer las partes, y domicilio legal, en el caso de la ENTIDAD, la suficiencia presupuestal con la cual pagará las obligaciones contractuales; el nombre del procedimiento de contratación realizado para adjudicar el contrato y su fundamento
I. “LA ENTIDAD” declara que:
I.1 10 Es una “ENTIDAD” de la Administración Pública Federal, de conformidad con ___(ordenamiento jurídico en los que se regule su existencia, cuya competencia y atribuciones se señalan en ___(ordenamiento jurídico en los que se regulen sus atribuciones y competencias)__,
I.2 11Conforme a lo dispuesto por ____(ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades), el C. 12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD), 13 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), con R.F.C 14 (Colocar RFC) es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 15 De conformidad con ____(ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades)__ suscribe el presente instrumento el C. 16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 17 (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C 18 Colocar RFC), facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
En caso de requerir que el instrumento jurídico sea firmado por más servidores públicos, se deberá agregar la siguiente declaración tantas veces firmantes sean añadidos.
I.X 19 De conformidad con ____(ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades)__ suscribe el presente instrumento el C. 20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X), 21 (SEÑALAR CARGO DEL FIRMANTE X), R.F.C 22 (Colocar RFC DEL FIRMANTE X) 23, facultado para __(colocar facultades y participación en el contrato)__.
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de 24 (TIPO DE PROCEDIMIENTO) 25 (COLOCAR MEDIO DEL PROCEDIMIENTO) de carácter 26 (COLOCAR EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO), realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 27 (FUNDAMENTO) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, se estará a lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de la “LAASSP”
I.5 “LA ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria número 28 (NUMERO DE SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA)_ con folio de autorización 29 (FOLIO AUTORIZACIÓN SP) 30, de fecha ___ de _______ de ______, emitido por la _____________________.
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° 31 (RFC ENTIDAD).
I.7 32 Tiene establecido su domicilio en ________________________________________ mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona 33 (FISICA O MORAL) 34 legalmente constituida mediante ________________ (Describir aquellos instrumentos públicos que le dan origen y en su caso los documentos de las modificaciones que se hubieran realizado), denominada 35 (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, 36_(OBJETO SOCIAL).
II.2 37La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de __________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante _____________________________, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LA ENTIDAD”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes 38 (RFC PROVEEDOR).
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en 39 (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
III. De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Establecen el objeto del contrato, así como los derechos y obligaciones que tendrán cada una de las partes como consecuencia de la suscripción del mismo, esta parte contiene una a una y debidamente numeradas, las distintas obligaciones y derechos de las partes y en las que se detalla, entre otros aspectos lo siguiente:
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA ENTIDAD” la adquisición de (o la prestación del servicio de o arrendamiento de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto 40 I.4 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
Si la categoría es arrendamiento
41Si se trata de arrendamiento de bienes, indicar si éste es con opción a compra
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
(EN CASO DE SER CERRADO): (en caso que en detalle de $Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
42_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El monto total del mismo es por la cantidad de 43_(MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos) en moneda nacional antes de impuestos y 44__(MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos)_ en moneda nacional después de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se pagara a “EL PROVEEDOR” los siguientes montos en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal |
Porcentaje |
Monto |
45(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) |
46 (% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
47(MONTO TOTAL DEL CONTRATO con impuestos * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
|
|
(EN CASO DE SER ABIERTO): (en caso que se haya seleccionado monto total o en detalle de $Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
48_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato es por la cantidad de 49_(PRECIO UNITARIO)_ en moneda nacional antes de impuestos, el monto total mínimo del mismo es por la cantidad de 50_(MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo del mismo es por la cantidad de 51_(MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se considerarán los montos mínimos y máximos a pagar a “EL PROVEEDOR” en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal |
Porcentaje |
Monto mínimo |
Monto máximo |
52(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) |
53(% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
54(MONTO MÍNIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
55(MONTO MÁXIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
|
|
|
Si la categoría es arrendamiento
56 Para el caso de servicios o arrendamiento indicar si el pago será por mensualidades vencidas
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO (ODCS y RICG)
“LA ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3; a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción de los bienes y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los bienes entregados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
57 El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (señalar la forma y el medio mediante el cual se presentará)
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los bienes o prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3,
Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE 58 _______________________, del banco 59 __________________, 60 a nombre de “______________________________”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
61El pago de los bienes entregados o prestación de los servicios o arrendamiento recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de pago en moneda extranjera, indicar la fuente oficial que se tomará para llevar a cabo la conversión y la tasa de cambio o la fecha a considerar para hacerlo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
(EN CASO DE EXISTIR ANTICIPOS) 62 Se otorgarán a “EL PROVEEDOR” los siguientes anticipos, con la previa autorización del (SERVIDOR PUBLICO CON FACTULTADES PARA AUTORIZAR ANTICIPO) de conformidad con el ____(ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades)__.
ANTICIPO (PORCENTAJE DEL MONTO TOAL) |
FECHA A OTORGAR ANTICIPO |
63 (COLOCAR EL % DE ANTICIPO) |
64 (FECHA EN QUE SE PAGARÁ ANTICIPO) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
|
65 Asimismo se estipula que la amortización de los anticipos atrás descritos se llevará a cabo ____(señalar la forma en que se llevará a cabo su amortización.)____
CUARTA. VIGENCIA
El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir de 66COLOCAR FECHA DE INICIO) y hasta el 67 (COLOCAR FECHA DE TERMINO DEL CONTRATO) sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO Y ANTICIPOS
“EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar a “LA ENTIDAD”, las siguientes garantías:
(EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA SOBRE EL BIEN O SERVICIO Y VICIOS OCULTOS)
Garantía de los bienes.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA ENTIDAD” a entregar junto con los bienes objeto de este contrato, prestación del servicio o arrendamiento, una garantía de fabricación por 68 (COLOCAR NUMERO DE MESES) meses, contra vicios ocultos, defectos de fabricación o cualquier daño que presenten, firmada por el representante legal de “El proveedor”.
(EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA DE ANTICIPO)
Garantía de los anticipos recibidos. - “EL PROVEEDOR” entregará a “LA ENTIDAD”, a más tardar el 69 (COLOCAR FECHA DE ENTREGA DE GARANTÍA DE ANTICIPOS) previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto de los anticipos recibidos.
El otorgamiento de anticipos, deberá garantizarse en los términos del artículo 48 de la “LAASSP” y primer párrafo del artículo 81 de su Reglamento. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de anticipos se realice de manera electrónica
La póliza de garantía de anticipo será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que el “LA ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR”, autorización por escrito de que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas en el presente contrato, para lo cual “EL PROVEEDOR”, deberá solicitar por escrito a “LA ENTIDAD” una vez concluida la verificación de cumplimiento o terminación del contrato la liberación de la fianza a efecto de que “EL PROVEEDOR” ” pueda solicitar a la afianzadora la cancelación o liberación de la fianza.
En caso de que “LA ENTIDAD” requiera hacer efectivo un importe parcial de la póliza de garantía de fianza de anticipo, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar a “LA ENTIDAD” otra póliza nueva de fianza o un endoso a la misma, amparando el importe restante de la obligación total requerida.
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
(EN CASO NO SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
70 Ingresar excepción de la garantía de cumplimiento
(EN CASO SI SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de 70.1 Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la 70.1 Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 71 (COLOCAR NÚMERO DE % DE GARANTÏA DE CUMPLIMIENTO)___ 72 ((COLOCAR EN LETRA NUMERO DE GARANTÏA)) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LA ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
73 La fianza deberá presentarse en (Determinar lugar y forma), en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor de la 70.1 Tesorería de la Federación y señalar su domicilio;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
“Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
“La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
“La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LA ENTIDAD”.”; y
“La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LA ENTIDAD” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.”
De no cumplir con dicha entrega, “LA ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LA ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los bienes entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
74 Entregar los bienes y prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos, para el caso de arrendamiento conceder el uso y goce de los bienes, expresando que se encuentran en óptimas condiciones de funcionamiento, mismos que serán instalados y puestos en operación.
75Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de los bienes, así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato.
Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.
Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”
Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento.
Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
76 Para el caso de arrendamiento se compromete a mantener en custodia los bienes, dado que no son de su propiedad, no podrá traspasarlos, subarrendarlos o transmitir la posesión de los mismos bajo ningún concepto, ni cambiarlos de domicilio, salvo autorización por escrito por parte del “PROVEEDOR”
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
77 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. será conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LA ENTIDAD” en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.
78 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento., se realizará en los domicilios señalados en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.y en las fechas establecidas en el mismo; los bienes serán recibidos previa revisión por parte del personal designado por _(colocar si es el administrador o el supervisor del contrato)_ ; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del bien, la cantidad, condiciones, especificaciones técnicas y de calidad.
79 Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria. En los casos en que se detecten defectos o discrepancias en la entrega o incumplimiento en las especificaciones técnicas de los bienes, “EL PROVEEDOR” contará con un _(colocar plazo para reposición de bienes)_, para la reposición de éstos, contadas a partir del momento de la devolución y/o la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para “LA ENTIDAD”.
80 Señalar si existirá el otorgamiento de prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos que deberán observarse, así como el servidor público facultado para el otorgamiento de la misma.
DÉCIMA PRIMERA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
El señalamiento de las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario contar para la adquisición o arrendamiento de bienes y prestación de los servicios correspondientes, cuando sean del conocimiento de la “LA ENTIDAD”
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS
Los seguros que, en su caso, deben otorgarse, indicando los bienes que ampararían y la cobertura de la póliza correspondiente;
DÉCIMA TERCERA. TRANSPORTE
81 “EL PROVEEDOR” se obliga a efectuar el transporte de los bienes objeto del presente contrato, o en su caso los insumos necesarios para la prestación del servicio o arrendamiento, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones referidas en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.del presente contrato.
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN.
“LA ENTIDAD” procederá a la devolución del total de las entregas de los bienes a “EL PROVEEDOR”, cuando con posterioridad a la entrega de los bienes corregidos, se detecte que existen defectos, o cuando éstos no hayan sido repuestos. “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se generen.
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los bienes o la prestación de los servicios o arrendamiento requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
“LA ENTIDAD” no estará obligada a recibir los bienes o aceptación de los servicios o arrendamiento cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
Para el caso de arrendamiento
82 “EL PROVEEDOR” será directamente responsable de los daños y perjuicios que se causen a “LA ENTIDAD” y/o terceros con motivo de negligencia, impericia, dolo o mala fe, o por mal uso que haga de las instalaciones de la “LA ENTIDAD”, incluyendo el mantenimiento y estará obligado a resarcir los importes que esta determine al respecto.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al suministrar los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que “LA ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LA ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los bienes prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo del suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento que realice a “LA ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
“LA ENTIDAD” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. 18 (COLCOAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 19 (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o de su personal.
Asimismo, “LA ENTIDAD” sólo aceptará los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, no se tendrán por aceptados por parte de “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los bienes si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LA ENTIDAD”
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LA ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 83 (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA)__% sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando “EL PROVEEDOR” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA ENTIDAD”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA ENTIDAD”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, “LA ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional equivalente al 84 (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL)_%_, 85por cada (colcar periodicidad xx xxxx) de atraso sobre el monto de los bienes no proporcionados o atraso en el inicio de la prestación de los servicios o arrendamiento oportunamente, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Por lo anterior, el pago de la adquisición o prestación de los servicios o arrendamiento quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA ENTIDAD”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LA ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA ENTIDAD”, en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LA ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO.
Cuando en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender el suministro de los bienes o la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA ENTIDAD-” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, sin justificación para “LA ENTIDAD”;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA ENTIDAD”;
Si no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona a “LA ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del suministro de los bienes objeto o prestación de los servicios o arrendamiento del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA ENTIDAD”;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si “EL PROVEEDOR” no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA ENTIDAD”, durante el suministro de los bienes, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la entrega de los bienes objeto o prestación de los servicios del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se entregaran los bienes o prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LA ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LA ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la solicitud de cotización, la propuesta económica de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el suministro de bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos I.2 y II.2.
Las facultades de los servidores públicos comúnmente se enuncian o describen en la normatividad interna de cada ENTIDAD como puede ser, estatuto orgánico, reglamento interno, manual de organización, manual de procedimientos, POBALINES, entre otros.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA ENTIDAD” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA ENTIDAD”
NOMBRE
|
CARGO |
R.F.C. |
12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
|
13 (CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
|
14 (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD |
16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
17 (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
18 (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X)
|
21 (CARGO DEL FIRMANTE X)
|
22 (R.F.C. FIRMANTE X)
|
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE
|
R.F.C. |
35 (RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL)
|
38 (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL)
|
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA NAFIN |
ANTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON DOMICILIO EN Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx XX, xxxx __, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, en LA CIUDAD DE México.
PARA GARANTIZAR POR NUESTRO FIADO _________________, CON DOMICILIO EN ___________________, EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO N° ____ DE FECHA ____________, RELATIVO A ________________________ OBJETO DEL CONTRATO, POR UN PRESUPUESTO MAXIMO DE $ __________ (____________PESOS ____/100 M.N.) MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y HASTA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE NUESTO FIADO A ENTERA SATISFACCION DE NACIONAL FINANCIERA S.N.C. O HASTA LA FECHA EN QUE SE DÉ LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. Y, En caso de controversia, ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE POR AUTORIDAD COMPETENTE, RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME. LA PRESENTE FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN ESCRITA POR EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE DE MANERA FORZOSA, ESTA AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 178, 279 Y 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA FIANZA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY CITADA Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE SE LE APLIQUE DICHO PROCEDIMIENTO CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO. LA RESPONSABILIDAD DE ESTA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ HASTA POR LA CANTIDAD DE $___________ (____________PESOS ____/100 M.N.) (CORRESPONDIENTE AL __% DE LA CANTIDAD SEÑALADA COMO IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA.------FIN DE TEXTO------
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA BANCOMEXT |
Para garantizar por NOMBRE DEL PROVEEDOR ante el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., “BANCOMEXT”, el debido cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones derivadas del contrato número NÚMERO DEL CONTRATO, de fecha FECHA DEL CONTRATO por un importe total de IMPORTE MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO CON NÚMERO Y LETRA más IVA, cuyo objeto consiste en DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
Esta fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el mencionado contrato y la misma estará en vigor durante el cumplimiento de la obligación que garantiza y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga, plazo o espera a NOMBRE DEL PROVEEDOR para el cumplimiento del contrato y hasta 30 días naturales después de la fecha en que concluya la vigencia del contrato, o “BANCOMEXT” haya recibido los servicios objeto del contrato a su entera satisfacción. De haber controversia, esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
La presente fianza sólo podrá ser cancelada con la conformidad expresa y por escrito de “BANCOMEXT” que contemple la constancia de cumplimiento total de obligaciones contractuales.
En caso de que la presente fianza se haga exigible NOMBRE DE LA AFIANZADORA acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
De haber controversia, esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
Toda estipulación contenida en esta póliza que se oponga a lo anteriormente convenido, se tendrá por no puesta.
Anexo 6 Bis |
MODELO DE TEXTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO PLURIANUAL Y CON RENOVACION EN CADA EJERCICIO FISCAL |
ANTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON DOMICILIO EN Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx XX, xxxx __, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, en LA CIUDAD DE México.
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
PARA GARANTIZAR POR NUESTROS FIADO __________________, CON DOMICILIO EN __________________, EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO (o PEDIDO) N° ____ DE FECHA ______________, RELATIVO A ____________________(OBJETO DEL CONTRATO o PEDIDO), POR UN IMPORTE TOTAL (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.) MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE LOS CUALES EL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $______________ (______________PESOS __/100 M.N.) MÁS I.V.A., CORRESPONDEN AL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO ______. LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CITADO (o PEDIDO) Y DURANTE EL TIEMPO EN QUE _______________(NOMBRE DEL PRESTADOR DEL SERVICIO), ENTREGUE A NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (o PEDIDO) PARA EL EJERCICIO ______ (EJERCICIO SIGUIENTE), O HASTA LA FECHA EN QUE SE DÉ LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO (o PEDIDO) POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. Y, EN CASO DE CONTROVERSIA, ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE POR AUTORIDAD COMPETENTE, RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME. LA PRESENTE FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN ESCRITA DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE DE MANERA FORZOSA, ESTA AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 178, 279 Y 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORANEO DEL IMPORTE DE LA FIANZA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY CITADA Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE SE LE APLIQUE DICHO PROCEDIMIENTO CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO. LA RESPONSABILIDAD DE ESTA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ HASTA POR LA CANTIDAD DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.), IMPORTE QUE CORRESPONDE AL ___% (____ POR CIENTO) DEL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO DE _______ DEL CONTRATO (o PEDIDO), POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA. ------FIN DE TEXTO------
Anexo 7 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO DEL CONTRATO |
ANTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON DOMICILIO EN Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx XX, xxxx __, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, en LA CIUDAD DE México.
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
PARA GARANTIZAR POR NUESTRO FIADO _________________, CON DOMICILIO EN ___________________, LA DEBIDA INVERSIÓN O LA DEVOLUCIÓN TOTAL DEL ANTICIPO QUE POR LA CANTIDAD TOTAL DE $ __________ (____________PESOS ____/100 M.N.) INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CORRESPONDIENTE, RECIBA DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON MOTIVO Y A CUENTA DEL CONTRATO (o PEDIDO) N°____ DE FECHA ____________, RELATIVO A ________________________ (OBJETO DEL CONTRATO o PEDIDO). LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO (o PEDIDO) Y HASTA LA FECHA EN QUE SE AMORTICE EL 100% DEL ANTICIPO OTORGADO O HASTA LA FECHA EN QUE SE DÉ LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO (o PEDIDO) POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. Y, EN CASO DE CONTROVERSIA, ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE POR AUTORIDAD COMPETENTE, RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME. LA PRESENTE FIANZA SÓLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN ESCRITA DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE DE MANERA FORZOSA, ESTA AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 178, 279 Y 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA FIANZA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY CITADA Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE SE LE APLIQUE DICHO PROCEDIMIENTO CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO. LA RESPONSABILIDAD DE ESTA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ HASTA POR LA CANTIDAD DE $ ___________ (___________PESOS ____/100 M.N.) INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA. .------FIN DE TEXTO------
Anexo 8 |
SOLICITUD DE PAGO INTERBANCARIO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
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SOLICITUD DE PAGO A TRAVÉS DEL SERVICIO DE PAGO INTERBANCARIO |
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FECHA: |
ALTA : ACTUALIZACIÓN : |
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NOMBRE DEL PROVEEDOR: |
FOLIO: (Para exclusivo de NAFIN) |
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REG. FED. CONTRIBUYENTES: |
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TIPO DE SERVICIO QUE PRESTA: |
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CUENTAS DE CHEQUES DISPONIBLES PARA RECIBIR EL PAGO (ANOTE EN PRIMER LUGAR CON LA CUENTA DE SU PREFERENCIA) |
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BANCO |
NUMERO DE CUENTA |
PLAZA |
SUCURSAL |
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Solo aplica para el licitante ganador |
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No. |
NOMBRE |
No. |
NOMBRE |
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AUTORIZO A NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. PARA QUE CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS OTORGADOS, ME REALICE LOS PAGOS CORRESPONDIENTES, MEDIANTE ABONO A ALGUNA DE LAS CUENTAS CUYOS DATOS APARECEN EN ESTA SOLICITUD.
_______________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOTAS: (1) ANEXAR COPIA DE LOS ESTADO DE CUENTA DE LAS CUENTAS ASENTADAS PARA VERIFICAR No. DE CUENTA Y COPIA DE LA ESCRITURA ANTE NOTARIO Y DE LA IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL. (2) LLENAR LA SOLITUD EN ORIGINAL Y TRES COPIAS. c.c.p. Caja General c.c.p. Expediente c.c.p. Proveedor |
Anexo 9 |
CADENAS PRODUCTIVAS |
¿Cadenas Productivas?
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
¿Afiliarse?
Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal.
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos.
Cadenas Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
Obtener liquidez para realizar más negocios
Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
Agilizar y reducir los costos de cobranza
Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 o al 01800 NAFINSA (62 34 672)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características descuento ó factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 horas, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL
¿Qué es el directorio de compras?
Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
¿Qué beneficios xxxxxx pertenecer al Directorio?
Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, objeto del contrato a celebrarse.
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que se interesen en sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.
Dudas y comentarios vía telefónica,
Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera, S.N.C. Av. Insurgentes Sur 1971 – Xxx. Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- Carta Requerimiento de Afiliación.
Debidamente firmada por el área requirente compradora
2.- ** Acta Constitutiva (escritura con la que se constituye o crea la empresa).
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- ** Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)
Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Xxxxxxx.
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal
Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de Agua, Luz, Teléfono fijo, Predial)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento o comodato.
6.- Identificación Oficial vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio
Credencial de elector; pasaporte vigente o FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)
En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
9.- Estado de Cuenta Bancario (entregado por SEPOMEX no internet) donde se depositarán los recursos
Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
2 convenios con firmas originales
Contratos originales de cada Intermediario Financiero.
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.
Estimado Proveedor del Gobierno Federal:
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que nos proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaremos en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaremos vía correo electrónico.
____________________
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva.
____________
Cadena(s) a la que desea afiliarse:
*
*
*
Número(s) de proveedor (opcional):
*
*
Datos generales de la empresa o persona física.
Razón Social:
Fecha de alta SHCP:
R.F.C.:
Domicilio Fiscal: Calle:
No.:
C.P.:
Colonia:
Ciudad:
Teléfono (incluir clave LADA):
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Datos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio (Persona Física)
Fecha de Inscripción:
Entidad Federativa:
Delegación o municipio:
Folio:
Fecha del folio :
Libro:
Partida:
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaria:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral):
(Acta de poderes y/o acta constitutiva)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )
Datos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio (Persona Moral):
Fecha de inscripción:
Entidad Federativa:
Delegación ó municipio:
Folio:
Fecha del folio :
Libro:
Partida:
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaría:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos del representante legal con actos de administración o dominio:
Nombre:
Estado civil:
Fecha de nacimiento:
R.F.C.:
Fecha de alta SHCP:
Teléfono:
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 o FM3 extranjeros ( )
No. de la identificación(si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma):
Domicilio Fiscal: Calle:
No.:
C.P.:
Colonia:
Ciudad:
Datos del banco donde se depositarán recursos:
Moneda: pesos ( X ) dólares ( )
Nombre del banco:
No. de cuenta (11 digitos):
Plaza:
No. de sucursal:
CLABE bancaria:(18 digitos):
Régimen: Mancomunada ( )
Individual ( )
Indistinta ( )
Organo colegiado ( )
Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves:
Nombre:
Puesto:
Teléfono (incluir clave LADA ):
Fax:
e-mail:
Actividad empresarial:
Fecha de inicio de operaciones:
Personal ocupado:
Actividad ó giro:
Empleos a generar:
Principales productos:
Ventas (último ejercicio) anuales:
Netas exportación:
Activo total (aprox.):
Capital contable (aprox.)
Requiere Financiamiento SI NO
Anexo 10 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DE LA EMPRESA: |
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DOCUMENTOS |
PUNTO DE REFERENCIA EN LA CONVOCATORIA |
ENTREGÓ |
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SI |
NO |
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ESCRITO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad”. |
6.1. |
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Copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
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MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana . |
6.2. |
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COPIA DE LOS DOCUMENTOS DE LAS NORMAS QUE LE APLICAN Copia de los documentos mediante los cuales el licitante acredita el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, las normas mexicanas, las normas internacionales, las normas de referencia, especificaciones o sistemas solicitados conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Así como el escrito en el que manifieste su conformidad respecto a que no se suscriba el contrato en el caso de no presentar los originales o copias certificadas de dichos documentos al momento de la firma. |
6.3 |
|
|
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO El licitante deberá señalar, ratificar o rectificar en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones. |
6.4. |
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MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTS. 50 Y 60 Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP”. |
6.5. |
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CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. |
6.6. |
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MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
6.7. |
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PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA |
Anexo 1 Anexo A |
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ELABORÓ EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
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REVISÓ EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
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Nombre, cargo y firma |
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Nombre, cargo y firma |
Anexo 11 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN TÉCNICA |
Razón social de la empresa participante: __________________________________
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN GENÉRICA DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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ELABORÓ EVALUACIÓN TÉCNICA |
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REVISÓ EVALUACIÓN TÉCNICA |
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Nombre, cargo y firma |
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Nombre, cargo y firma |
Nota: Este formato será requisitado durante el proceso de evaluación por personal de NAFIN, no será llenado por los licitantes participantes.
Anexo 12 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN DE VISITA A LAS INSTALACIONES |
INFRAESTRUCTURA Y ESPACIO FÍSICO
(No aplica para este proceso)
Anexo 13 |
DECLARACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP |
México D. F., a ____ de ____________ de 202_.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
PRESENTE.
El que suscribe C._____________________, bajo protesta de decir verdad, declaro que la empresa a la que represento, así como sus socios y/o accionistas, no nos encontramos en ninguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el entendido de que no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de rescisión del contrato celebrado con la convocante.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del representante legal
Cargo
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
Anexo 14 |
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DEL LICITANTE |
México D. F., a ____ de ____________ de 202_.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
PRESENTE.
El que suscribe C._____________________, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con el Artículo 39 fracción VI, inciso f) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del representante legal
Cargo
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
Anexo 15 |
ENCUESTA PARA DETERMINAR Y MEJORAR LA ATENCIÓN A PROVEEDORES |
El siguiente cuestionario tiene la finalidad de conocer cómo perciben los licitantes participantes los procesos de Licitación Pública e Invitación a Cuando Menos Tres Personas relacionada con la atención recibida, a fin de identificar los aspectos susceptibles de mejora y poder ofrecer un mejor servicio.
El cuestionario consta de 9 preguntas de respuesta cerrada que los encuestados deben puntuar en una xxxxxx xx Xxxxxxx de cinco grados (1 a 5), siendo 5 Excelente, 4 Muy bueno, 3 Bueno, 2 Regular,1 Deficiente, NA No aplica
Fecha: |
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Nombre del Representante |
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Firma |
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Cargo |
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Teléfono |
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Razón Social de la Empresa |
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5 Excelente 4 Muy bueno 3 Bueno 2 Regular 1 Deficiente, |
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5 |
4 |
3 |
2 |
1 |
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1 |
¿El contenido de la convocatoria es claro para la adquisición de bienes o contratación de servicios que se pretende realizar? |
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2 |
¿Obtuvo respuestas claras y precisas a las dudas planteadas? |
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3 |
¿Se le concedió derecho de réplica? |
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4 |
¿Considera que las condiciones técnicas señaladas favorecen la libre participación de los licitantes? |
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5 |
¿La resolución técnica fue emitida conforme a la convocatoria y a las aclaraciones del concurso? |
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6 |
¿En los casos que se desechó alguna proposición, se asentaron y fundamentaron en el acta las razones de tal desechamiento? |
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7 |
¿Todas las actas se reportaron en el Sistema CompraNet el mismo día del evento? |
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8 |
¿Cuál es su percepción de transparencia e imparcialidad del proceso? |
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9 |
¿Volvería a participar en otro proceso que emita esta institución? |
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(Anotar los comentarios que considere necesarios) |
Anexo 16 |
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DEL ART. 49 FRACCIÓN IX DE LA LGRA |
Nacional Financiera, S.N.C.
Presente.
En mi carácter de (socio / accionista / administrador / consejero) de la empresa __________________________, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público (en caso de desempeñarlo deberá manifestar que con la formalización del contrato NO se actualiza un Conflicto de Interés).
Solo aplica para El licitante ganador
De igual forma, declaro que la presente manifestación se hace tieniendo pleno conocimiento que la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevee los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como, de las sanciones por faltas de particulares.
Atentamente,
________________________________
Nombre y firma
Cargo (socio / accionista / administrador / consejero)
Notas.
La presente manifestación debe presentarse respecto a los socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad. Se entenderá que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas xxxxxxx.
Se entiende por Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del proveedor.
Nacional Financiera, S.N.C.
Presente.
Solo aplica para El licitante ganador
El que suscribe C. _____________________, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público (en caso de desempeñarlo deberá manifestar que con la formalización del contrato NO se actualiza un Conflicto de Interés).
De igual forma, declaro que la presente manifestación se hace tieniendo pleno conocimiento que la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevee los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como, de las sanciones por faltas de particulares.
Atentamente,
________________________________
Nombre y firma
Notas.
Se entiende por Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del proveedor.
161.