BASES
Referencia: | 5453/2020 |
Procedimiento: | Contrato Privado (CONTRATACIÓN) |
Interesado: | |
Representante: | |
PATRONATO DE TURISMO (AJIMEN03) |
BASES
PLIEGO DE CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE LOS CHIRINGUITOS DE LA PLAYA DE LOS CÁRABOS Y DE LA PLAYA DE LA HÍPICA
OBJETO
Los presentes pliegos serán de aplicación a la contratación de los siguientes arrendamientos, considerados como lotes independientes a los efectos de licitación, entendiéndose en delante de aplicación a ambos contratos todo aquello en lo que no se establezca distinción:
• Lote 1: Chiringuito de la playa de Los Cárabos.
• Lote 2: Chiringuito de la playa de La Hípica.
Cada empresario interesado solo podrá optar a la adjudicación de uno de los lotes que se ofrecen.
NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato tiene carácter privado de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que excluye de su aplicación, entre otros, los contratos de arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, “que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial”.
Con tal consideración, resulta de aplicación al contrato el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, de carácter básico según su disposición adicional segunda, y aplicable por tanto a la Administración local y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ellas, resultando así mismo de aplicación el artículo 26.2 de la LCSP, en cuanto a la normativa sobre preparación y adjudicación de contrato, y respecto a su efectos, modificación y extinción.
PRECIO DEL CONTRATO
Se establece una renta anual al alza por importe de CINCO MIL EUROS (5.000 €). En consecuencia, las ofertas económicas que se presenten no podrá ser inferiores a dicha cantidad.
REQUISITOS Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Requisitos: El adjudicatario deberá acreditar su dedicación a la actividad de hostelería, contando con una antigüedad de al menos tres años en el sector, así como su aptitud para contratar y no encontrarse incurso en causa de prohibición para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de contratos del sector público, y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
Sistema de Adjudicación: Se adopta el sistema de concurso de conformidad con el artículo
107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, de carácter básico según su disposición adicional segunda, y aplicable por tanto a la Administración local y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ellas, conforme al cuál “Los contratos para la explotación de los bienes y derechos patrimoniales se adjudicarán por concurso salvo que, por las peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa”.
A tal efecto se establecen los criterios que se especifican a continuación, resultando la adjudicación a favor de la propuesta que mayor puntuación total reúna.
Número | Descripción del criterio | Ponderación | |
1 | Renta ofertada | 50 | |
2 | Experiencia de la dirección | 30 | |
3 | Contratos a jornada completa | 10 | |
4 | Compromiso de inversión | 10 | |
TOTAL | 100 |
1. Renta ofertada: la oferta más alta obtendrá 50 puntos. El resto de ofertas presentadas obtendrán la puntuación de forma proporcional (el importe de la oferta se efectuará con impuestos incluidos).
2. Experiencia de la dirección: valora la experiencia como profesional de la hostelería de la persona que haya de encargarse de la dirección del establecimiento, adjudicándose 30 puntos a la propuesta que acredite un mayor número de meses completos de experiencia en el sector y al resto la puntuación que proporcionalmente le correspondan. Como tal compromiso, la oferta efectuada por el adjudicatario se incorpora al contenido obligacional del contrato.
3. Contratos a jornada completa: 2 puntos por cada persona contratada a jornada completa. Como tal compromiso, la oferta efectuada por el adjudicatario se incorpora al contenido obligacional del contrato.
4. Compromiso de inversión en mejoras estéticas y funcionales (renovación de mobiliario, instalación de aire acondionado/calefacción, proyectos de decoración interior o exterior): la propuesta más alta obtendrá 10 puntos, y el resto de ofertas presentadas obtendrán la puntuación de forma proporcional.
Como tal compromiso, la oferta efectuada por el adjudicatario se incorpora en cuanto a su cuantía de inversión al contenido obligacional del contrato, sin perjuicio de la supervisión del aspecto estético por el órgano de contratación.
PLAZO, LUGAR, FORMA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en la sede del Patronato de Turismo, xxxxx Xxxxxxx, 00, 00000, xx Xxxxxxx, en el pazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la licitación en el Perfil del Contratante del Patronato de Turismo, acompañando un sobre cerrado en el que se incluirá la oferta económica, ajustada al modelo que se adjunta como anexo, así como el resto de documentos acreditativos de los méritos a considerar en el concurso, indicando en el anverso el nombre o razón social, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico del proponente, así como el lote al que se refiera la propuesta.
Las proposiciones serán custodiadas por la Secretaría del Patronato, y serán abiertas en el momento y lugar que se comunicará oportunamente a los interesados a través del correo electrónico del proponente, para su asistencia si así lo estiman.
CLÁUSULAS
1.- OBJETO
El contrato tiene por objeto fijar las condiciones del arrendamiento de los chiringuitos existentes en la Playa de Los Cárabos y en la Playa de La Hípica, para ejercer una actividad de hostelería en los términos y conforme a lo dispuesto en el Reglamento regulador de los usos y condiciones de los locales de espectáculos y reunión de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME NÚM. 4935, de 3 de julio de 2012) y en el Reglamento de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario 12, de 29 de julio de 2010).
2- RENTA Y FIANZA
Será la que resulte del proceso de adjudicación del contrato, dividiendo el precio anual ofertado por el adjudicatario en doce mensualidades, debiendo ser ingresada en la cuenta que al efecto designe el Patronato de Turismo entre los días uno y cinco de cada mes.
El importe de la renta podrá ser inccrementada según la evolución del IPC y con ocasión de las prórrogas que en su caso se acuerden.
A la formalización del contrato el arrendatario deberá constituir una fianza por importe de dos mensualiades.
3.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de UN AÑO, prorrogable por periodos de igual duración hasta un máximo de cuatro años.
4.- IMPUESTOS Y GASTOS
Serán por cuenta del arrendatario todos los impuestos, tasas y gastos de cualquier índole referentes al contrato, incluido el IPSI.
5.-SEGURO DE RESPONSABILIDAD.
El arrendatario deberá contratar y mantener durante toda la vigencia del contrato, un seguro multirriesgo que cubra la reparación y reposición de todos los daños y pérdidas que pueda sufrir el edificio, la maquinaria y mobiliario (continente y contenido) con motivo del ejercicio de su actividad, así como la responsabilidad civil derivada de dicha actividad, con unos límites mínimos de cobertura de 90.000 euros por continente, 15.000 euros por el contenido y 300.000 euros por responsabilidad civil, no procediéndose a la adjudicación del contrato en caso de incumplimiento de esta condición.
6.- CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO
Son obligaciones que asume el arrendatario, las siguientes:
1. Designar un responsable del establecimiento que se encargue de la dirección de local.
2. Obtener a su cargo cuantas licencias y autorizaciones sean legalmente exigibles para la apertura y desarrollo de la actividad, siendo responsable exclusivo de su inobservancia o incumplimiento, sin que alcance al Patronato de Turismo o la Ciudad Autónoma de Melilla responsabilidad alguna por cualquiera de estas circunstancias. Si resultara necesario, el adjudicatario quedará obligado a realizar a su cargo las obras e instalaciones necesarias para la concesión de la licencia o autorización, incluido los honorarios de los técnicos.
3. Ejercer su actividad comercial sin que el Patronato de Turismo o la Ciudad Autónoma de Melilla se responsabilicen de las obligaciones contraídas por el arrendatario ni de los daños y perjuicios causados a terceras personas en la ejecución de sus actividades.
4. Prestar como mínimo los siguientes servicios:
o Servicio de Bebidas en Bar-Cafetería, incluyendo agua mineral, zumos y refrescos, café, te e infusiones, y cervezas, vinos y licores, con y sin alcohol.
o Servicio de restaurante.
o Disponer de una carta de precios redactadas en español, inglés alemán y francés.
El establecimiento deberá permanecer abierto al público al menos seis días a la semana y once meses al año, sin que el mes de cierre pueda coincidir con el periodo compredido entre los meses xx xxxxx y octubre ambos incluisive.
5 Tomar a su servicio el personal que precise, con el que concertará los respectivos contratos de trabajo, siendo del exclusivo cargo y cuenta del arrendatario el pago de todas sus obligaciones laborales, sociales y tributarias derivadas del personal, que en ningún caso estará vinculado laboralmente con la Ciudad Autónoma.
6 Cumplir escrupulosamente la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
7 Cuidar de la buena presencia del personal, responsabilizándose del correcto trato con los clientes.
8 Elaborar un Plan de Igualdad de Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género adecuado a la explotación.
9 Conservar en perfectas condiciones las instalaciones, muebles, enseres y aparatos de propiedad de la Administración que se ponen a su disposición, siendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, así como las revisiones, en su caso, y la reposición de los elementos que queden inservibles, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso.
10 Mantener limpias y acondicionadas las instalaciones, muy especialmente los aseos públicos así como la zona adyacente. Será obligación mantener en todo momento los servicios en debidas condiciones de limpieza, así como instalar y mantener en ellos los accesorios y materiales higiénicos adecuados, así como repararlos y, en su caso, reponerlos cuando sufran deterioros o pérdidas.
11 Salvaguardar la estética de las instalaciones no instalando mobiliario (mesas y sillas), parasoles, rótulos o luminosos que incluyan referencias publicitarias de ninguna marca comercial, ajustándose en todo caso a las determinaciones sobre el Conjunto Histórico- Artístico contenidas en el Reglamento xx Xxxxxxxx de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario 24, de 5 de diciembre de 2018).
12 Queda expresamente prohibida la instalación de cualquier tipo de máquinas de juego o azar.
13 Realizar directamente la actividad de hostelería para la que se arriendan las instalciones, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder, subcontratar o traspasar, directa ni indirectamente, la instalación objeto de este contrato.
14 No explotar las instalaciones como discoteca, actividad que queda expresamente prohibida.
15 Tener en todo momento a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones, debiendo el arrendatario dar traslado al Patronato de Turismo, en el plazo máximo de tres días, de todas las reclamaciones que presenten los usuarios de la instalación, acompañados de un informe si así lo estima.
16 No desarrollar ningún tipo de actividad que por sus características pueda resultar ruidosa, molesta, insalubre, nociva o peligrosa para el vecindario o los ciudadanos en general.
En todo caso, la actividad que se desarrolle en las instalaciones arrendadas quedará supeditada a las directrices y condiciones de uso que respecto del dominio público en el que se ubican se establezcan por la normativa que resulte de aplicación o por las autoridades o instancias competentes. De este modo, deberá desarrollarse sin menoscabo ni perturbación de las competencias que en orden a la seguridad, limpieza, horarios, acceso o cualquier otro aspecto relacionado con el uso o servicio del dominio público en el que se ubican desempeñen las citadas autoridades o instancias competentes.
17 Contratar los servicios de una empresa de desratización y desinsectación. El adjudicatario deberá contratar igualmente los servicios de una empresa autorizada para contar con un sistema de APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico) en cumplimiento de lo establecido en el Real 8 Decreto 3484/2000.
18 Abonar el consumo de electricidad y agua a las compañías abastecedoras, dándose previamente de alta como abonado.
19 Cumplir las normas relativas a los manipuladores de alimentos establecidas en el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero (BOE de 25-02-2000) o normativa aplicable en cada momento.
20 Instalar un sistema contra-incendios adecuado a la normativa de aplicación, colocando los extintores necesarios.
21 Revisar los aparatos e instalaciones en que así se requiera por imperativo legal y realizar un mantenimiento preventivo y correctivo al menos trimestralmente.
7.- DE LAS OBRAS
Las obras que se realicen en las instalaciones serán de propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla, sin que por ellas deba abonarse indemnización ni cantidad alguna a los adjudicatarios. Sólo podrán ser llevadas por los arrendatarios aquellas instalaciones o maquinaria que puedan ser extraídas sin daño ni menoscabo para los inmuebles.
Todo tipo de construcción, instalación u obra deberá disponer de la correspondiente autorización del Patronato de Turismo, u órgano que corresponda de la Ciudad Autónoma de Melilla, además de los permisos requeridos por la legislación que procedan (apertura, licencias urbanísticas, manipulación de alimentos, etc.).
Durante el último mes de ejecución del contrato, el Patronato de Turismo adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas en los presentes pliegos.
8.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL ARRENDATARIO.
- Licencia Municipal. - Contrato de suministro de electricidad. - Contrato de suministro de gas. - Contrato de suministro de propano. - Seguro de responsabilidad, incluyendo condiciones y justificante de pago de la prima. - Copia de los contratos de los servicios de
desratización y desinfección y de APPCC. - Listado de precios, cartas del restaurante y menú, raciones, tapas y bebidas. - Plan de Igualdad de Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en la concesión.
10.- INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los apartados 2, 5, 6, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16 y 19 de la cláusula sexta darán derecho al arrendador a la resolución de pleno derecho del contrato sin derecho a indemnización a favor del arrendatario.
Iguamente será causa de resolución sin indeminización el incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en la cláusula sexta, siempre que requerido fehacientemente su cumplimiento por parte del arrendador, el arrendatario no lo verifique en el plazo concedido a los efectos, así como en el caso de reiteración del incumplimiento.
11.- FUERO
Para resolver las controversias que pudieran suscitarse las partes se someten a la jurisdicción y tribunales de Melilla.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña...................................................................................................., con D.N.I. nº. en
nombre (propio) o (de la empresa que representa) con
CIF/NIF ............................. y domicilio fiscal en calle
.................................................................................................................... número .....................
enterado del anuncio publicado en el (perfil de contratante) y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del contrato de arrendamiento de:
Indicar el Lote por el que se concursa (solo uno): ..............................................................
se compromete a tomar el arrendamiento a su cargo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por un precio de Euros
anuales (………………. €), al que corresponde por IPSI la cuantía de
…….………..................................... Euros, todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
En ……………………….. a ……. de……………………….. de 2……
Firma del licitador.
Documento firmado electrónicamente por XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX