Contract
CAL-0322-01
C NTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIO PARA AL MACENAMIENTO Y CUSTODIA DE DOCUMENTOS ENTRE TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y URBANVOLT SOLUTION SRL
ENTRE: De una parte, TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL RNC 4-01-51707-8, entidad autónoma y descentralizada del Estado Dominicano adscrita al Ministerio de Trabajo, en virtud de la Ley 13-20, del 7 de febrero del año 2020, que modifica la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, con su domicilio y asiento social en la Avenida Tiradentes No. 33, Torre Presidente Xxxxxxx Xxxxxx, Sto piso, en el sector Ensanche Naco de esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representada por su Tesorero el señor XXXXX XXXXXXX XXXXX, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliado y residente en esta ciudad, quien, para los fines del presente contrato, se denominará EL ARRENDATARIO o por su razón social, indistintamente;
Y de la otra parte, URBANVOLT SOLUTION SRL, RNC 1-31-25245-1 sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social y asiento principal en la calle San Xxxxxxx No. 16, en el sector Los Alcarrizos en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, República Dominicana, representada por su Gerente el señor XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, argentino, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliado y residente en esta ciudad; quien en lo que sigue del presente Contrato se denominará EL ARRENDADOR o por su razón social, indistintamente;
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En lo que sigue del presente Contrato, LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y UR☑ SOLUTION SRL de manera conjunta se denominarán LAS PARTES. ,;;,'<-
PREAMBULO � 1s
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CONSIDERANDO: Que, EL ARRENDATARIO en fecha veintiocho (28) del mes febrero del v.:::o rlos mil �· veintidós (2022) realizó la convocatoria para participar en el Proceso de Xxxxxxx y Contr ª rormso\('�
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Públicas bajo la modalidad de Compra Xxxxx Xx. XXX-XXX-XX-0000-0000, para contratar el
Alquiler de un Espacio para el Almacenamiento y Custodia de los documentos por un periodo de
veinticuatro (24) meses en su segunda convocatoria. �
CONSIDERANDO: Que luego de agotadas las formalidades del proceso, EL ARRENDATARIO, mediante el Acta Recepción Propuesta, Evaluación y Adjudicación No. 06-2022, de fecha siete (07) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), le adjudicó a URBANVOLT SOLUTION SRL el contrato para el Alquiler de un Espacio para el Almacenamiento y Custodia de los documentos por un periodo de veinticuatro (24) meses en su segunda convocatoria.
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CONSIDERANDO: Que, en vista de lo anterior, EL ARRENDATARIO notificó a EL ARRENDADOR vía correo electrónico del resultado del Proceso conforme al Cronograma establecido Departamento de Compras el día catorce (14) del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós
CONSIDERANDO: Que EL ARRENDATARJO ha constatado que, EL ARRENDADOR, en cu lo previsto en el Artículo 112 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Compr
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CONSIDERANDO: Que, la Ley 340-06 de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su posterior modificación contenida en la Ley 449-06, de fecha seis (06} de diciembre del dos mil seis (2006), establece entre los Procedimientos de Selección la Compra Menor.
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 17 de la referida Ley, establece la tabla contentiva de los factores mediante la cual se determina los umbrales topes que sirven de base para la selección del Procedimiento a aplicar en un proceso de compra o contratación.
CONSIDERANDO: Que, la Resolución PNP-01-2022 de fecha tres (03} del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), de la Dirección General de Contrataciones Públicas, establece los umbrales para los procesos de Compras aplicables para el año 2022.
POR LO TANTO, y en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral del presente Contrato.
LAS PARTES HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1.- DEFINICIONES: Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que expresa a continuación:
• Contrato: El presente documento.
• Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia: Características fundamentales que
abarca todas las formas de ejecución, materiales para la adquisición de Bienes v,:¡el"liltit»v(/
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Propuesta Técnica: Documentos emitidos por EL ARRENDADOR que con e:f'e los d� características de los bienes y/o servicios a ofrecer. �.- ..l.,�
• Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.
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ARTÍCULO 2.- DOCUMENTOS CONSTITUYENTES DEL CONTRATO: los docum s siguient���
forman parte integral e insustituible del presente contrato, y EL ARRENDADOR reco .i *éádá de éstos como parte intrínseca del mismo:
a) Especificaciones Técnicas del Arrendatario
b) Propuesta Técnica del Arrendador
c) Propuesta Económica del Arrendador
d) Garantía de Fiel Cumplimiento presentada por el Arrendador
ARTÍCULO 3.- OBJETO DEL CONTRATO: por el presente contrato EL ARRENDADOR ce de arrendamiento a EL ARRENDATARIO quien acepta el es acio ara el Almacenami
física de 2 700 ca·as contentivas de los documentos institucionales or un eriod de veinticua
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(24) meses de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas y Arrendador, los cuales forman parte integral del presente contrato.
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DE LAS OPERACIONES
PÁRRAFO 1: LAS PARTES reconocen que, al momento la suscripción del presente contrato los documentos de EL ARRENDATARIO se encuentran distribuidos en 2,700 cajas de tamaño 10X12Xl5, listas y debidamente cerradas para su custodia, por lo que, al momento de que EL ARRENDATARIO vaya produciendo documentos y sobrepase el número adjudicado, o se soliciten servicios adicionales a los contratados, se sumará el costo por caja a la mensualidad de acuerdo a los servicios solicitados, con la tarifa establecida por EL ARRENDADOR según se describe más adelante, la cual no podrá ser modificada:
SERVICIOS ADICIONALES RELACIONADOS A LA CUSTODIA DE DOCUMENTOS SUJETOS A REQUERIMIENTO DEL ARRENDATARIO | CANTIDAD | MONTO ITBIS INCLUIDO |
Custodia cajas adicionales | 1 | 17.91 |
Caja BUNKER vacía con etiqueta | 1 | 215.03 |
Retiro caja nuevo ingreso custodia | 1 | 341.32 |
Consulta normal (Regular) | 1 | 1,365.26 |
Consulta urgente (Inmediata) | 1 | 2,730.52 |
Consulta en BUNKER | 1 | 136.53 |
Salida fin contrato | 1 | 341.32 |
Destrucción confidencial normal | 1 | 477.84 |
Destrucción confidencial supervisada | 1 | 682.63 |
Consulta electrónica normal | 1 | 273.05 |
Consulta electrónica urgente | 1 | 682.63 |
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PÁRRAFO 11: FACTURACIÓN DE NUEVAS CAJAS: El suministro xx xxxxx adicionales solicitadas por EL ARRANDATARIO serán facturadas una vez estas entren a custodia independientemente de cuando se haya requerido el suministro de esta.
PÁRRAFO 111: RETIRO AL FINALIZAR CONTRATO: LAS PARTES acuerdan que al momento .,)término del presente contrato El ARRENDADOR se compromete a entregar todas las cajas que p �e baj,9, custodia a más tardar en un (01) mes despues del término y EL ARRENDATARIO a re r,arlas en tiempo establecido. LAS PARTES acuerdan que durante el mes previsto para el proceso e-;etiro de
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las cajas custodiadas no tendrá costo adicional por concepto de custodia para EL ARRE 0ARIO. �" En caso de que EL ARRENDATARIO no realice el retiro de la totalidad de las cajas custodiadGsJtje"n<'
manera oportuna durante el mes posterior al término del presente contrato, deberá pagar por la custodia de las cajas que aún no haya retirado de acuerdo a las tarifas establecidas.
ARTÍCULO 4.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO: EL ARRENDATARIO se compromete y obliga a pagar hasta el monto de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS VEINTITRES PESOS
DOMINICANOS CON 52/100 (DOP$ 1,160,723.52), ITBIS incluido, por el espacio para el Almacenamiento Custodia física de 2 700 ca·as contentiva de los documentos ins · ales monto que abarca todos los servicios de acuerdo a lo establecido en las Especificac· ecritcas y
la Propuesta del Arrendador, los cuales forman parte integral del presente contrat "' �,.,_ ·. ..
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ARTÍCULO 5.- CONDICIONES DE PAGO: Los pagos serán realizados en Pesos D Dllinicanos..¡uOP), según se indica: ,..------:�:-:-r:-::� � 0°:'
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los pagos serán realizados mensualmente y hasta un máximo de veinticuatro (24) meses, de conformidad con el periodo de vigencia del presente contrato que incluirán todos los servicios requeridos en la presente contratación. La gestión de cada pago iniciará a mes cumplido, con la facturación de estos servicios.
• la gestión de pago se iniciará una vez sea emitida la Certificación del Contrato por la Contraloría General de la República, previa presentación de factura con Comprobante Gubernamental. EL ARRENDADOR deberá al mes cumplido emitir una factura con Comprobante Gubernamental por este concepto, la cual servirá para iniciar los trámites de pago, esta será pagada por EL ARRENDATARIO dentro de los 30 días laborables siguientes a su fecha de vencimiento.
• EL ARRENDADOR deberá mantenerse en todo momento al día con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, pudiendo EL ARRENDATARIO solicitar las Certificaciones de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a los fines de poder recibir el pago correspondiente. En ese sentido, si por el no cumplimiento de estas obligaciones por parte del ARRENDADOR, EL ARRENDATARIO se ve imposibilitada de recibir el servicio objeto de la presente contratación, el contrato podrá ser rescindido dando pie a la adjudicación de la empresa que haya quedado en segundo lugar o a un nuevo proceso, según aplique.
• los pagos se harán por transferencia bancaria a la cuenta que EL ARRENDADOR tenga registrada en Dirección General De Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), por lo que para contrato y recibir los pagos el suplidor debe encontrarse registrado como beneficiario en la Dirección General de Contrataciones Públicas y tener cuenta bancaria registrada.
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• EL ARRENDATARIO realiza retención del Impuesto Sobre la Renta de a ��do con laft*\
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Normas Legales Vigentes de la Dirección General de Impuestos Internos (D
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PÁRRAFO: EL ARRENDADOR: no estará exento del pago de los impuestos que pu �ren �erarse .'
en virtud del presente Contrato.
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ARTÍCULO 6.- DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente Contrato con independencia de su xxxx tendrá una duración de dos (2) años contados, lo que es lo mismo a veinticuatro (24) meses contados a partir del día catorce (14) xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022), hasta el día catorce
(14) del mes xx xxxxx del año dos mil veinticuatro (2024). Sin embargo, queda expresamente convenido y pactado que, si LAS PARTES no manifiestan su intención de rescindir el contrato con, por lo menos, un (01) mes de anticipación a su vencimiento, el mismo quedará sujeto a la tácita reconducción, y se renovará automáticamente sin la necesidad de preparar un nuevo contrato, con todas sus consecuencias jurídicas.
ARTÍCULO 7.- CAUSAS DE TERMINACIÓN DE CONTRATO: El presente contrato de arrenda., ....,unv
· terminará por las siguientes causas: G:)
l. Por la llegada de la fecha de su término si se cumple con el tiempo establecí arrendamiento del referido espacio de almacenamiento custodia de docu
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DE LAS OPERACIONES
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ninguna de LAS PARTES posee la intención de renovarlo, debiendo notificar la intención de rescisión de este con un (01) mes de antelación.
2. En cualquier momento por mutuo acuerdo entre LAS PARTES mediante documento escrito de descargo en cuyo caso terminará sin responsabilidad para LAS PARTES, salvo los pagos que se encontraren pendientes.
3. En cualquier momento, por decisión unilateral de EL ARRENDATARIO, bastando previa notificación a la otra parte con por lo menos un (01) mes de antelación a la fecha efectiva de terminación, pudiendo ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el caso de falta grave de EL ARRENDADR siempre que la misma no sea originada por acontecimientos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito y en los siguientes casos:
a. En caso de que EL ARRENDADOR sea declarado insolvente, quiebre o admita por escrito su incapacidad de cumplir con alguna o todas las obligaciones asumidas en el presente contrato, sujeto al resarcimiento de los daños y perjuicios que ocasionare.
b. En caso de que EL ARRENDADOR no cumpla con los objetivos o condiciones establecidas en el presente Contrato, relativas al suministro del arrendamiento y servicio contratado. LA ENTIDAD CONTRATANTE tendrá obligación de pago exclusivamente de conformidad por el periodo de tiempo del arrendamiento y custodia brindado por EL ARRENDADOR.
ARTÍCULO 8.- GARANTÍA: Para garantizar el fiel cumplimiento del presente Contrato, EL ARRENDADOR, hace formal entrega de una garantía de la empresa La Colonial SA No. 1-2-710- 0099490, a favor de LA ENTIDAD CONTRATANTE, en cumplimiento con lo establecido en e�ulo
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112 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto no. 543-12, por x \.xxxxxx x0
Xxxxxxxx y Seis Mil Cuatrocientos Veintiocho Pesos Dominicanos Con 94/100 (DO . �,428.94), -1J\
suficiente para cubrir el cuatro por ciento (04%) del monto adjudicado. !/�
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PÁRRAFO: Dicha garantía responderá los daños y perjuicios que se produzcan a EL ARR�NDATARIO ;- en caso de incumplimiento, que determinará en todo caso la ejecución de lcr Garantía, <::J independientemente del resto de acciones que legalmente proceden. ..,, nt\ 0 •
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ARTÍCULO 9.- SUBROGACION. El ARRENDADOR podrá transferir la propiedad del inmueble alquilado y/o sus derechos de propiedad salvo a terceros con obvios intereses en conflicto con EL ARRENDATARIO. En caso de que EL ARRENDADOR transfiera la propiedad o derechos del local alquilado, el presente contrato continuará vigente con el adquirente en los mismos términos pactados, subrogándose el nuevo ARRENDADOR en los derechos y obligaciones de EL ARRENDADOR. Para los efectos anteriores EL ARRENDADOR se obliga expresamente a ·
contrato de compraventa del inmueble una cláusula mediante la cual el nuevo Auali>MnADOR se··
obligue a respetar el contrato de alquiler íntegro en todas sus cláusulas y párraf � sin variac� ·.• \
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ARTÍCULO 10.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO: Cualquier modificación
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condiciones del presente Contrato deberá hacerse or mutuo acuerdo entre
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se comprometen a realizar sus
ARTÍCULO 11.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES
febrero del dos mil siete (2007).
su incumplimiento, su interpretación, su resolución o nulidad será som tido al Tribunal
mcoenjorerelasceiósfnuaelrzdoessaprarroallroedsoel perreesennftoermcoanatrmatigoayblseuloinstecorpnrfelitcatcoisóon.desacuerdos que pudieren surgir PÁRRAFO: Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este Contrato o relativo al mismo, Contencioso, Tributario y Administrativo, instituido mediante la Ley 13-07, de fecha cinco (OS) de
Se entiende, sin ser limitativo, por fuerza mayor
ARTICULO 12.- FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO:
aquellos que resulten imprevisibles, súbitos, sorpresivos, insospechados.
toercraesmo ofotort,uhituoracl/alnoes si,mipnrceevnisdtioss) qouecunaolqeusie/sroontprooseiblelem(se)nrteosisdteir loa envaittaurr,acleozma,o heul enlaguafsr,apgiaor,oes,l eguxceerrpacsió, ng,uedrirsiplloasicrioenbesliolneegsa,lepsanpdoesmteiraios roescuqaulequiaefrecotterno adciroenctteaciomieinndtiorescatanmitaerniote, ,esatsaídocosmdoe
se compromete a
manejar toda la información adquirida en como confidencial, por lo cual no
ARTÍCULO 13.- MANEJO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: EL ARRENDADOR,
EL ARRENDATARIO
apcocdersáo.ninguno de sus empleados divulgar o revelar ningún tipo de información a la que tuvieran
La violación del régimen de prohibiciones est�k�l�c¡4-1
ARTÍCULO 14.- NULIDADES DEL CONTRATO:
Obras y Concesiones, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), y su � ificat
::::�:�::�visión del presente Contrato, con el fin de evadir las obligaciones de I�•�_, .� �••/!Ri
en el Artículo 14 de la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bien �rvicios, originará la nulidad absoluta del Contrato, sin perjuicio de otra acción que decida . Al:erpon��
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de las normas complementarias que se dicten en el marco de este, sera causa de nulidad de e·<:'�� f
El significado e interpretación de los términos y
ARTÍCULO 15.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO:
condiciones del presente Contrato se hará al amparo de las leyes de la República Dominicana.
La ejecución del presente Contrato se hará de
ARTÍCULO 16.- LEGISLACIÓN APLICABLE:
conformidad con las leyes vigentes en la República Dominicana.
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ARTÍCULO 17.- IDIOMA OFICIAL: Ealspurnetsoesnrtelaccoiontnraadtoshcaosnideol rseigdnaicfitcaaddoo een inesteprapñroelt,aqdu'e_s_ .�e..�°'�· ��;;::::N, �.S.
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ARTÍCULO 18.- TÍTULOS: Los títulos que siguen al número de los artículos en el presen c· ContratoA:>°""{>
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ARTÍCULO 19.- ACUERDO INTEGRO: El presente Contrato, y sus anexos, contienen todo las estipulaciones y acuerdos convenidos entre LAS PARTES; en caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación de este y sus documentos anexos, prevalecerá su redacción. Asimismo, se establece que, si alguna de las disposiciones de este Contrato se declara inválida, las demás no serán afectadas y permanecerán plenamente vigentes.
ARTÍCULO 20.- ELECCIÓN DE DOMICILIO: Para todos los fines y consecuencias del presente contrato, LAS PARTES eligen domicilio en las direcciones que figuran en la parte introductora del presente contrato, en el cual recibirán válidamente todo tipo de correspondencia o notificación relativa al presente contrato, su ejecución y terminación.
HECHO Y FIRMADO en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós {2022). Cuatro (4) originales del mismo tenor y efecto, uno para cada una de Las Partes y otro para los fines legales correspondientes.
Por: URBANVOLT SOL
Yo DRA. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, miembro activo del Colegio Dominicano de Notarios y titular de la Colegiatura Notarial número 4189, con estudio profesional abierto en la xxxxx Xxxxxxx de la Xxxx #101 del sector Mirador Norte., CERTIFICO Y DOY FE: que las firmas que anteceden fueron puestas en mi presencia, libre y voluntariamente, por los señores XXXXX XXXXXXX XXXXX y XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, de generales que xxxxxxx, quienes me han declarado que son las mismas que acostumbran a usar en todos sus actos públicos y privados. En la Ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete {17) días del mes xx xxxxx del año dos mil veintidós (2022).
DRA. XXXXX XXX
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