CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
Los aquí suscribientes, XXXXXX NAVI XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la Cédula de Ciudadanía Nº 13.501.538 expedida en Cúcuta, quien en su calidad de Director General, nombrado mediante acuerdo N° 032 del 29 de Octubre de 2019 y acta de posesión de fecha 27 de Diciembre de 2019 y quien obra en nombre y representación de LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA
NORORIENTAL–CORPONOR-, Entidad Corporativa, Descentralizada, Creada mediante Decreto 3450 de 1983 y transformada por la Ley 99 de 1993, quien para efectos del presente convenio se denominará CORPONOR, identificada con NIT 890.505.253-4, por una parte, y por la otra, SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., identificada con el NIT Nº 890903790-5, representada legalmente por el señor XXXXXXX XXXXXX XXXXXX identificado con cédula de ciudadanía Nº 88.139.732 xx Xxxxx, según consta en el certificado de Existencia y Representación legal a folio 49, quien se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de PRESTACION DE SERVICIOS, regido por las siguientes cláusulas y previa las siguientes consideraciones: 1.- Que atendiendo la necesidad establecida en los estudios previos y de conformidad con el artículo 24 de la Ley 1122 de 2007, la Corporación Publicó en su página WEB (xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/), el pliego de condiciones del proceso contractual CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, cuyo objeto es: Selección de una Administradora de Riesgos Laborales para la atención y prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los funcionarios de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR". 2.- Que de conformidad con la referida norma, CORPONOR extendió la invitación para participar en el Concurso Público Nº 001-2022, a través del correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx), a los correos electrónicos registrados para notificar (xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx), a POSITIVA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A, identificada con NIT Nº 860011153 – 6, teniendo en cuenta la naturaleza jurídica pública de esta entidad. 3.- Que, CORPONOR, recibió observaciones realizadas al pliego de condiciones del CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, y estas fueron resueltas dentro de la oportunidad procesal. 4.- Que, en base a las observaciones planteadas y a la dinámica del referido proceso, se expidieron las adendas Nº 1,2 Y 3, las cuales fueron publicadas en la página web de la Corporación. 5.- Que, teniendo en cuenta el procedimiento establecido en el CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, se prestaron las siguientes propuestas en el referido proceso contractual:
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
NOMBRE | HORA, FECHA Y LUGAR DE RECIBIDO |
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., identificada con el NIT Nº 890903790- 5, representada legalmente por la señora XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX identificada con cédula de ciudadanía Nº 63.506.165 de Bucaramanga (Santander), según consta en el certificado de Existencia y Representación legal a folio 50. | 2022/11/29 HORA 16: 51 |
POSITIVA COMPAÑÍA SE SEGUROS S.A., | 2022/11/28 |
identificada con el NIT Nº 860011153-6, | HORA 10:31:31 |
representada legalmente por el señor XXXXX | |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX identificado | Radicado Interno Presencial: SAL-2022 01 |
con cédula de ciudadanía Nº 91.232.154 de | 007.738480 |
Bucaramanga (Santander), nombrado | |
mediante resolución Nº 0683 de fecha 12 xx | |
xxxxxx de 2019, en el cargo de Gerente | |
Sucursal Tipo B, Grado 04 – Gerencia | |
Sucursal Norte xx Xxxxxxxxx – Gerencia | |
Sucursal Tipo A Coordinadora Santander – | |
Vice presidencia de negocios; Posesionado | |
mediante acta Nº 594 de fecha 21 xx xxxxxx | |
de 2019. |
6.- Que, una vez recibidas las ofertas presentadas dentro del presente proceso contractual se realizó por parte del Comité evaluador de la CORPORACIÓN, la verificación de requisitos jurídicos, técnicos y de experiencia, además, se evaluaron las ofertas presentadas dentro del CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, obteniendo en siguiente resultado:
NOMBRE | PUNTAJE OBTENIDO |
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., identificada con el NIT Nº 890903790- 5, representada legalmente por la señora XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX identificada con cédula de | 900 |
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
ciudadanía Nº 63.506.165 de Bucaramanga (Santander), según consta en el certificado de Existencia y Representación legal a folio 50. | |
POSITIVA COMPAÑÍA SE SEGUROS S.A., identificada con el NIT Nº 860011153- 6, representada legalmente por el señor XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX identificado con cédula de ciudadanía Nº 91.232.154 de Bucaramanga (Santander), nombrado mediante resolución Nº 0683 de fecha 12 xx xxxxxx de 2019, en el cargo de Gerente Sucursal Tipo B, Grado 04 – Gerencia Sucursal Norte xx Xxxxxxxxx – Gerencia Sucursal Tipo A Coordinadora Santander – Vice presidencia de negocios; Posesionado mediante acta Nº 594 de fecha 21 xx xxxxxx de 2019. | 200 |
7.- Que, de acuerdo a los informes de verificación y evaluación de las ofertas presentadas dentro del proceso contractual CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, con fecha 13 de diciembre de 2022 se informó a SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A., identificada con el NIT Nº 890903790-5, la adjudicación del mentado proceso contractual cuyo objeto es: Selección de una Administradora de Riesgos Laborales para la atención y prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los funcionarios de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR". Dicha diligencia se publicó en la página web de CORPONOR. 8.- Que, teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, de conformidad artículo 24 de la Ley 1122 de 2007, en concordancia con el pliego de condiciones del CONCURSO PÚBLICO Nº 001-2022, las partes acuerdan suscribir el presente contrato conforme al siguiente clausulado: CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RIESGOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR".CLÁUSULA
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1). Ejecutar el contrato conforme a las condiciones previstas en el Pliego de Condiciones del concurso Público Nº 001 de 2022, con los ofrecimientos formulados en la propuesta presentada y aceptada por CORPONOR. 2). Prestar servicios de primera calidad con el equipo de trabajo propuesto y conforme a las oferta presentada y aceptada por CORPONOR. 3). Desarrollar el proceso capacitación y acompañamiento con una intensidad de horas ofertadas, dirigido al total de los funcionarios de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR”; de
acuerdo con las condiciones técnicas. 4). Disponer de los elementos de divulgación de las campañas de prevención y promoción ofertadas para el desarrollo del proceso de SGSST en las cuatro sedes de LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
"CORPONOR"”. 5). Presentar al supervisor para su aprobación el cronograma de actividades de LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR”;
acerca de la importancia que tiene el SGSST. 6). Detectar las dificultades que se vienen presentando en las cuatro sedes de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR”; respecto al SGSST. 7). Asumir todos los gastos generados de desplazamiento, manutención, y alojamientos requeridos para la ejecución del contrato. 8). Demás obligaciones que la ley establezca. 8). Realizar el traslado de la afiliación de la ARL en los términos que determina la ley y conforme al pliego de condiciones del Concurso Público Nº 001 de 2022. CLÁUSULA TERCERA. - OBLIGACIONES DE CORPONOR: 1). Ejercer la
respectiva Supervisión, en aras del cumplimiento a cabalidad del objeto del Contrato y expedir el certificado de cumplimiento a satisfacción. 2). Pagar el valor del Contrato de acuerdo con los términos establecidos. 3). Exigir del CONTRATISTA el cumplimiento idóneo del objeto del contrato. 4). Vigilar la debida y oportuna entrega del objeto contractual y el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. 5). Permitir el acceso del personal autorizado por el contratista, previa su identificación a las dependencias donde se tenga que ejecutar el objeto de contrato. CLÁUSULA CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Conforme se
estableció en las condiciones xxx xxxxxx del concurso Público Nº 001 de 2022, las partes acuerdan que el termino de duración del presente contrato será de un (1) año, después de este tiempo la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR”; podrá
continuar con la vinculación si considera que la prestación del servicio se ajusta a satisfacer la necesidad de la Entidad o podrá convocar una nueva selección de ARL si la prestación no satisface a las mismas. El termino anteriormente descrito se contabilizará a partir de la suscripción del acta de inicio, que será el mismo término del inicio de cobertura. CLÁUSULA
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: Para amparar las obligaciones legales a cargo de la Entidad que se generan con la suscripción del presente contrato se hará en su totalidad con los recursos con que cuenta la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"; Con cargo al rubro de nómina y aportes a la seguridad social. Sin embargo, por la naturaleza del contrato que se pretende celebrar no se cuenta con presupuesto oficial, puesto que el precio está limitado a los valores establecidos por la Ley, así como la planta de personal de la entidad que es fluctuante. El valor del contrato tendrá variación según el número de empleados que preste efectivamente el servicio a la entidad cada mes que se surta por la vigencia del contrato. CLÁUSULA SEXTA. - RELACION LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral con EL CONTRATISTA y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumento distinto al valor acordado en la cláusula quinta del mismo. CLÁUSULA SÉPTIMA. - CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: CORPONOR podrá declarar la caducidad administrativa del presente contrato, mediante Resolución Motivada y por la ocurrencia de cualquiera de las causales establecidas en el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA OCTAVA - SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL
CONTRATO: Por tratarse de un tema de seguridad social regulado expresamente no se aceptan suspensiones. CLÁUSULA NOVENA. - CESIÓN: EL CONTRATISTA, no podrá ceder total ni parcialmente el presente contrato a persona alguna natural o jurídica sin el consentimiento previo y escrito del Director General de CORPONOR. CLÁUSULA DÉCIMA - SUBCONTRATACIÓN: En el texto de los subcontratos suscritos por el contratista se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicios de los términos de este contrato y bajo la exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. CORPONOR podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicios ni a instaurar acciones contra CORPONOR por esta causa. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se
sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos alternativos de solución de conflictos: a) El acuerdo, b) La transacción, c) La conciliación y d) La amigable composición. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- CLAUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la Cámara de Comercio xx Xxxxxx, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes y cuyos costos serán
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
asumidos por igual tanto por CORPONOR como por EL CONTRATISTA, El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo o contratación estatal, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, declara al firmar este
contrato bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en el Estatuto de Contratación y demás normas concordantes con la materia. El juramento se entenderá prestado con la firma del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - SUPERVISIÓN: La supervisión será ejercida por la oficina xx xxxxxxx humano, a través de su asesora, quien deberá dar estricto cumplimiento a lo consagrado en el Manual de Contratación, emanado de la Dirección General de CORPONOR. Es responsabilidad del supervisor verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas. PARÁGRAFO 1: En el evento del cambio del supervisor no se requiere modificar el contrato y la designación se efectuará mediante memorando. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.
-DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de este contrato: los estudios previos, el Pliego de Condiciones del concurso Público Nº 001 de 2022, con los ofrecimientos formulados en la propuesta por parte del contratista, las adendas expedidas en el transcurso del presente proceso, los demás documentos que hacen parte del expediente contractual y todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA. DOMICILIO: El objeto del contrato se realizará en el Parque Sede de la Corporación y para todos los efectos del contrato, se fija como domicilio la ciudad de San Xxxx xx Xxxxxx. CLAUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: EL CONTRATISTA, se obliga a prestar apoyo a las acciones del Estado y a la Corporación tendientes a fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, para lo cual y sin perjuicio de su deber cumplir con las Leyes Colombianas, asume explícitamente los siguientes compromisos: No ofrecer, comprometer ni dar porcentaje, participación ni cualquiera otra forma de halago o dadiva a ningún funcionario público en razón o con relación al contrato. Rechazar cualquier exigencia, favor o ventajas en dinero o en especie por parte de funcionario público o persona particular en relación o como consecuencia del mismo y denunciar las irregularidades que advierta en el proceso contractual. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - INDEMNIDAD: El CONTRATISTA se compromete a mantener indemne a la Corporación de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - TERMINACIÓN UNILATERAL: CORPONOR podrá dar por terminado el presente contrato de
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL "CORPONOR"
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS LABORALES PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES DE
LOS FUNCIONARIOS DE CORPONOR N° 1784 DE 2022
manera unilateral, cuando quiera que ocurriese incumplimiento en alguna de las cláusulas y obligaciones del contrato; esto si a juicio de la entidad afectada con el incumplimiento se hace imposible continuar con el desarrollo del mismo, para lo cual se garantizará el derecho al debido proceso. CLÁUSULA VIGÉSIMA. - VALIDEZ Y EJECUCIÓN: Este contrato requiere para su perfeccionamiento de las firmas de ambas partes y para su ejecución de la suscripción del acta de inicio por las partes.
Para constancia se firma en San Xxxx xx Xxxxxx a los, 15 días del mes de diciembre del 2022
XXXXXX NAVI XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX
Director General - CORPONOR
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
C.C.: Nº 88.139.732, xx Xxxxx
R/L: SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A
- Proyectó: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx – Asesor – Área de Contratación.