GOBIERNO D EL,
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GOBIERNO D EL,
ESTADO DE MÉXICO
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JCMMgiAKM«* mmfl.TAiKj« fu *k ï»
FECHA DE ELABORACIÓN NÚMERO DE CONTRATO
DÍA | MES | ANO |
27 | JUNIO | 2019 |
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
DATOS GENERALES DEL PROVEEDOR
CB/A/58/2019
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V. /
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: CCJ090223G26
CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN: NACIONALIDAD:
MEXICANA "
XXXXXXXXX XXXXXX {XXXXX, XXXXXX, XXXXXXX, XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXX): XXXXX XXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX. ^
DOMICILIO EN EL ESTADO DE MÉXICO (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL Y LOCALIDAD):
TELEFONO: TELEFAX:
NOMBRE DEL PROPIETARIO:
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONALIDAD:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:
XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX.
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA REPRESENTACIÓN:
PODER NOTARIAL CON NÚMERO DE ESCRITURA 65,609, LIBRO 940 DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000, XXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX, TITULAR DE XX XXXXXXX Xx. 00 XX XX XXXXXX XX XXXXXX, t
DATOS GENERALES DE LA ADJUDICACIÓN
GIRO COMERCIAL:
5971 LICENCIAS INFORMÁTICAS E INTELECTUALES y
ÓRGANO USUARIO: SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
NOMBRE DEL SOLICITANTE:
C.P. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX ^
SUBGIRO COMERCIAL:
ADQUISICIÓN DE PERMISOS INFORMÁTICOS E INTELECTUALES '
UNIDAD ADMINISTRATIVA:
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN^
TELÉFONO:
00 (000)0000000 ^
NÚMERO DE REQUISICIÓN:
CA-00240-2019
PROCEDIMIENTO ADQUISITIVO:
ADJUDICACIÓN DIRECTA PRESENCIAL
No. ADP-020-2D19
LEGISLACIÓN APLICADA (ESTATAL O FEDERAL):
ESTATAL v
ACUERDO: 068/2019 ACTA EXT. 035/2019
FALLO: 27-JUNIO-2O10
DICTAMEN DE ADJUDICACIÓN NÚMERO: 046-2019
TIPO DE GASTO (CORRIENTE O DE INVERSIÓN):
CORRIENTE
ORIGEN DE LOS RECURSOS (ESTATAL, FEDERAL O CONCURRENTE):
INGRESOS PROPIOS DEL SECTOR CENTRAL
\
PARTIDA PRESUPUESTAL:
126 020506010103 11010101
21013000000000L 5971 5100
VALIDACIÓN DEL CONTRATO (ANVERSO Y REVERSO)
POR LA CONTRATANTE POR EL PROVEEDOR
I. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
CTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
¡ENTE CONTRATO SE ELABORA EN CUANTO A SUS ASPECTOS JURÍDICOS, POR LO RATÁNDOSE DE LOS RUBROS PRESUPUESTALES, ECONÓMICOS, TÉCNICOS Y OPERATIVOS DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES ESTÁ IMPOSIBILITADA PARA AVALARLOS POR NO SER DE SU COMPETENCIA, POR OTRA PARTE, NO SE PREJUZGA SOBRE LA VERACIDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN CONTENIDOS EN DICHO INSTRUMENTO JURÍDICO, MISMOS QUE QUEDAI BAJO LA MÁS
ESTRICTA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA USUARIA.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V.
FECHA DE SUSCRIPCIÓN DÍA MES AÑO
n O c
a
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SECRETARÍA DE FINANZAS SUBSECRETARÍA SE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GEN ERAI. DE RECURSOS M ATERIALES
Urawa núm. 100, Col Izcalli-IPIEM, C.P. 50150, Toluca, Estado efe México. Teléfono (00 000) 000 00 00
* * » « « 0 0 « « B í f l® QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA — ,-rA R lA DE FWAHZAMELOOBteUW DELB6TAOO
™ ií S ? 2 . ™ R„P ™ m,CT0 0EL «RECTOR GEHERAL 1« RECURSOS MATERIALES; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA VIO PERSONA FÍSICA QUE SE
s n r « i t , ^ . I L ^ ERe0 DE f TE COHTBATO, A TRAVÉS DE 8» PROPIETARIO O DEL REPf¿SENTANTE LEOAI. OUE SE BMICA, A QUEMES EN LO SUCESIVO, SE LES DENOMINARA "LA COMTRATAKTE" Y "EL PROVEEDOR", RESPECTIVAMENTE, CONFORME A LAS SAMJENTES:
DECLAR AC XXXX S
L D» “ LA CONTRATANTE'’:
A. Que la Secretarla da Finan»» es la Dependencia del Poder Ejecullvo de! Estado, que Sane entre atrae funciones, la de brindarel apoyo administrativo, la adquisición da Wenes y sarrieta?, asi eomo la de proveer oportunamente a isa ¿arnés dependencias de los elemento y materiales de trabajo, necesarios para el desarrollo de w s torjciMee, dooonformtóBd con tópmWsto en k» «rtfauka 19fraedón III, 23, 24, fraccionas XXXVII, XXXVIII yLX IV delatey Orgántefi ds la Administración Públlos del
o í w í í!í!Íí!ü í!Mk ,? ^ “ tónXvtlI, 9 fraoefón i, 30 fracción II y Rlraalones, VL VIII, XI, X llly XLV1 i é Rejlamsnto Interiorde la Secretarla tfe Finanzas.
T 8™™* ” fieral ds Recurso« Mafiartatoa; es la unidad administrativa encargada de la adquisición de los blflneí v servicios, de acuario oon lo establecido por
. v 12 d e ta ll deCORlralsdón PObHoadel Estado du México y M u e rta ; 8 y 10 Xxxx Reglamanto
■ , X.xx «« w reljto Recursos Material«, ae enwrentra [acuitado para susoriblr elp ente contrato, contorna a lo previsto en al articulo 66 del Reglamento da fa Lay deConíatadón Pública del Estado de Méxto y Muntoipk« y be relativos al Rafllamenlo Interior de la S o rta ria de Finanzas. •
" alores fe ir uttu^uHuiwun w^ «“aj¡i¡f“ln,uteB“OJilDínn q*<iur#t £M*} mmfiennCcKiHoTnBa en el anverso de esle Instrumento, el Comité de Adquisidora y Servicios adjttdloó, a “EL PROVEEDOR“ . presentecontrato administrativo da adquisición de bteneB. I . ' ' ' .
ÍÜ fJ j6! - , 00T?5 pafa todos los efecto da este contrato, él edificio mamado oon el número 10S-B, de la cada Uiawa, colonia izcalli-iPIEM, código postal 50150, Toluca, Estado de Mixteo.
II. Dé "EL PROVEEDOR", RAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD;
A, Que está debidamente coftítftuWo conforme alas leyes de loa Estad» Unido» Mexicanos, y que cuanta con personalidad jurídica propia para contratar y obligarse. B, Que quién Buaortoe el presente contrato Sana tesfecuBadea necosarlas para cobrarlo y que islas no la han sido revocadas ni limitadas da manera alguna.
u «M entí» otras actividades ae dedica a la prestación del «enrielomateria del presante contraía; para cuyo efecto cuenta oon los recursos insudaros, técnicos, humanos y materlBlB* aumentes
D. Que conoce planamente las disposiciones que, para el caso de adquisición da Menea y semdoe, establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Ubre y Soberano da México, la Ley d» Contratación PftbVea de! Estado ds M tato y M wilrfpl«, y su Reglamento, asi como las demásnormas Jurídicas mexicanas que regulan, en lo partfeuter, la prestaüón del servicio objeto da! presenta contrato, y que desde ahora manifiesta au voluntad para aimpllrias, renunciando expresanente a todo onfenamlenloIurUloo que se opongB aíslas. ■
E. Que sBfleta como domicilio para todos los efeotoa legales d0 este contrato, el mencionado en el anverso del présenle Instrumento jurídico.
III. De "LAS PARTES" ■
A Que es su voluntad celebrar el presente contrato, de coutónnktad con ló establecido porlos articulas 1 fracción I, Sfracción II, 5,7,35,60,67,68,69,70,71.76 fracción Hl y IV, 78, B1 y 82 de la Ley de Contratación Pflbfca det Estado de M ix to y Muntofptw y «8,120,121,122,123,124,126,128,129,130,132,134,136,137 y 138 del
entadoow p«rte ^ *** lún p6ís¡lc:6 drf Esta*» da México y Municipios, sin que entelar», en forma alguna, vidos del conserrSmlanto que lo puedan Invalidar
8. Que conocen bI contenido y alcance de cada uno de tos anexos que (ornan parta del presenta contrato, obligándose a cumplirlos cabalmente en oada uno de sus términos.
Expuesto lo anterior, las parles convienen en sujetares a las siguientes
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
C L A U SU L A S
f*
“ 0 . PROVEEDOR" enajana a Ululo oneroso a "LA CONTRATANTE" loe meras a uqnuee Bee rreafriere ilet Cláusula SEGUNDA» en adelante denominado como "ios bienes",
sujetándose a los elementos básicos da la adquisición, las cláusula* pactadas y lo* O«eAsbtVonst Hdeatl mrrtilsnmiWo'i. *
SEGUNDA; DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES - .
Las espeofficaolones, modelos, marcas y cantidades de los bienes que adquiere “LA CONTRATANTE1 están contenidas en el ANEXO UNO y tos que expresamente
derivan de éste, 1
TERCERA: CONTRATO ABIERTO ‘
En al caso «fe que la Secretarla de FInanias del Gobierno del Estado de México, adquiera “ios bienes" por una cantidad (ndetermlnBda, deberá fijar tos mínimos y máximos dentro de la asignación presupuesta! correspondente, sujetándose al programa de suministra el cusí formará parte del presente contrate y no deberá exceder el ejercido fiscal en que se suscriba.
En él supuesto de que rebase un e|eraolo fiscal, “LA CONTRATANTE" deberá gustarse, dentro de le vigencia del presente contrate, a sus programas anuales de adquisiciones, arrandamlenloB y servidlos, datamlifando el presupuesto total como el relativa al «(guíenle e|erclclo, considerando too sosias vigentes y las previsiones necesarias para loa ajustes da costos que aseguren la conM dad de los bleneB adquiridos.
CUARTA; SUMINISTRO DE LOS BIENES
“ EL PROVEEDOR" se obliga a entregarlos bienes en el plato, lugary horario que se establecen en al anverso del presente contrato.
La entrega'de'los bien» se efectuara bajo la raaponsablMad de “EL PROVEEDOR", quien tendrá a su careo el costo de la transportación y las maniobras de carga y descarga, debiendo ser xxxx UíH'e a Bordo (LAB). •
QUINTA: PAGO DE LOS SIENES
0 pago da los bienes ae realizará en la forma y plazo Indicados en el anverso de este Instrumente, previo cumplimiento de los requisitos que consigna 1a Cláusula OCTAVA: ■■ . ’
El proveedor, con fundamente en el articulo 120fraoo¡ón VIII del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estedo dettáxkxs y Municipios, de ser el caso, se obliga a reintegrar las csntjdades que el Gobierno del Estado de Mixloo le hubiera entregado en «ceso porenor con mollvo de la contratación.
Para efectos de lo anterior, el proveedordeberá dentro de los 10 d i» hábiles siguientes a la fecha del requerlmlenlo de reintegra, entregar las cantklsdBS coireapondientes
a la C^aGenaraí de Gobierno; de la ficha da reintegra si proveedordeberá remitir oopta a ia contratante.
En caso de qua el proveedor no reintegre dldias cantidades sn el plazo estipulado, este se considerará crédito llscát y se solicitará si área ds recaudación Inicie el procedimiento da ejecución.
SEXTA: ANTICIPO
En caso de que “ EL PROVEEDOR" reciba algún anticipo con motivode la enajenación tfa ks bienes, deberáá ípresentar. de forma simultánea, garanto por al importe total
u9 fiEte. ■
La garantía deberá otorgarse a través de fianza chaqué cerltlicado o cheque ds oajs. En el osa de que se deba presentar a través de fianza se sujetará al lexto que determine previamenteel “LA CONTRATANTE”. '
La garanta se cancelaré cuando “ EL PROVEEDOR” haya amortado el Importe total del anticipo
SÉPTIMA; AJUSTE DE PRECIOS
SBr sujetáadose a la periodloldad y la tbrmula que se Indica en el anvereo del presante instrumento. Ptra el efecto, “EL
™ “ °,R «eberá presentarescrito quBjustifiqueante “L JOfíTRATANTP' la mtxíflcactflna los precios yen un plazono mawde treinta días faábltes ee resolverá
en oenujHvala condúceme, ’
Orando el ajusta da preciosno sea autorizado, “EL PROVEEDOR” se obliga a enajwwrtos Nanascmtorma al precio pactatló Weíalmente.
OCTAVA: REQUISITOS DE FACTURACIÓN
to S ™ M r 19 "EL PROVEEI>0’^'1, 008 IROtlw!l * la enajenación y consecuente transmisión
la propiedad de tos bienes, deberán sujetarse a ios
1 Sl,t l7 :.;; ®r n;. iv!??r !?- .8' ’ I™a?tapfeosollou;n'”w du°a lor saDosmprcoboantesr felecasles doirggitieialeess yy doeabwerraánn ccuummpplliirr ccoonn llooss rreeqquisitos fiscales vigentes, I® remisiones que an su caso sustenten las facturas, deberán contener el sello de “ K . PROVEEDOR" y el bHo que les corresponda;
fT*S udi x . '7y o f S y Q r t o t onuMmeLrowyTlentraa^yi t l w PW° , M Uítl1* 1081 tote,et * CBda conceP|°-d esglose-del Impuesto al Valor Agregado y de los descuentos dE^ “ ® "ombrB del ^ 'e ™ ^ E stado* México; Indhmndo el número del presanillee ccoonnttrraattee;; yy ccoonnüiar oon la firma del servidor público responsable de la recepción
i« los bienes, esi como con el sello de la unidad administrativa usuaria y la pa ltta prssupusstal afectada
En todocaso, las facturas deberán acompañarse ds ia dooumentataón que soíioite la S e r la da Finanzas.
NOVENA: GRAVAMENES FISCALES '
T O ^ a fm ta S ” ff5Ml ^ 66 ° ri8ÍftS m0lhra dB la “ labrflc,in «'e este coniralo y su cumplimiento, correrá a cargo de la parte que tenga el carácter de caúsenle
DECIMA: GARANTÍA DE LOS BIENES
Efef2 S RS e"81 d563,a®nt,ato’ C8jW8tl^
hará constar, como mínimo, lo síflülenlB: ' enlregar a “ LA CONTRATANTE", una póliza da garantía expedide por si fabricante, en la que se
x. Xxxxxxx y duración; ■
!!; ? ctó,dB SQP°rte * lo» Wenes:
lll Condldones y mecanismos para hacerla efectiva;
GOBIERNO DEL
e s ta d o d e M é x i c o
E n n A a
«Nscawm«»í-e«w«*, fm^ u w x h »*w rr« a
ELEMENTOS BASICOS DE LA CONTRATACION
OBJETO DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES: ADQUISICIÓN DE PERMISOS INFORMÁTICOS E INTELECTUALES. ^
PLAZO DE ENTREGA: POR EL PERIODO DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE LA FIRMA DEL CONTRATO.
LUGAR DE ENTREGA: LIBRE A BORDO (L.A.B.) EN LAS OFICINAS DE TELECOMUNICACIONES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN UBICADAS EN XXXXX XXXXXXXX Xx. 000, XXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000. (SOLO D(AS HÁBILES}.-
IMPORTE TOTAL (NÚMERO Y LETRA): $21'539,998.24 (VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 24/100 M.N., IVA INCLUIDO).
FORMA DE PAGO: SERÁ DENTRO DE LOS 45 DÍAS HÁBILES, POSTERIORES A LA FECHA DE INGRESO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA DE LOS DOCUMENTOS RESPECTIVOS DEBIDAMENTE SOPORTADOS Y REQUISITADOS, NO APLICARÁ EL PAGO DE ANTICIPOS, NI EL RECONOCIMIENTO DE INTERESES. ^
ANTICIPO: NO HAY ANTICIPO POR LO QUE QUEDA SIN EFECTO LA CLÁUSULA SEXTA CONTENIDA EN EL REVERSO DEL PRESENTE CONTRATO.
AJUSTE DE PRECIOS: EL COSTO OFERTADO SERÁ FIJO DURANTE EL PERIODO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR LO QUE QUEDA SIN EFECTO LA CLÁUSULA SÉPTIMA CONTENIDA AL REVERSO DEL PRESENTE CONTRATO. ✓
GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS BIENES (PLAZO): NO APLICA.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO {TIPO E IMPORTE): NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V., DEBERÁ ENTREGARLA DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, CON UNA VIGENCIA MÍNIMA DE DOCE MESES, EN EL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS “A" DE LA SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES "A" DE LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS "A" DE LA COORDINACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO. EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEBERÁ CALCULARSE EN MONEDA NACIONAL Y SE CONSTITUIRÁ POR EL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO SIN IVA. SE OTORGARÁ A TRAVÉS DE CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA O FIANZA, EXPEDIDOS A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR UN IMPORTE DE $1'856,896.40 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 40/100 M.N., SIN IVA). SI SE OTORGA MEDIANTE FIANZA, SE DEBERÁ OBSERVAR LO INDICADO EN LOS ANEXOS CUATRO (DOCUMENTO DE INCLUSIÓN) Y CUATRO-BIS (AFIANZADORAS AUTORIZADAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FIANZAS) DE LAS BASES DE LA INVITACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA PRESENCIAL NÚMERO ADP-020 -2019 .^
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GARANTÍA CONTRA DEFECTOS O VICIOS OCULTOS: NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V., DEBERÁ ENTREGARLA DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE LA ENTREGA DE LOS BIENES, CON UNA VIGENCIA MÍNIMA DE DOCE MESES, EN EL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS “A" DE LA SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES "A” DE LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS "A" DE LA COORDINACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO. EL IMPORTE DE LA GARANTÍA CONTRA DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DEBERÁ CALCULARSE EN MONEDA NACIONAL Y SE CONSTITUIRÁ POR EL 5% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO SIN IVA. SE OTORGARÁ A TRAVÉS DE CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA O FIANZA, EXPEDIDOS A FAVOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR UN IMPORTE DE $928,448.20 (NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 20/100 M.N., SIN IVA). SI SE OTORGA MEDIANTE FIANZA, SE DEBERÁ OBSERVAR LO INDICADO EN LOS ANEXOS CUATRO (DOCUMENTO DE INCLUSIÓN} Y CUATRO-BIS (AFIANZADORAS AUTORIZADAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FIANZAS) DE LAS BASES DE LA INVITACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA PRESENCIAL NÚMERO ADP-020-2019.
PENAS CONVENCIONALES Y SANCIONES: NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V., EN CASO DE QUE NO FIRME EL PRESENTE CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, SERÁ SANCIONADO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; ATRASO: EN LA FECHA DE LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ SANCIONADO CON UNA PENA CONVENCIONAL DEL UNO AL MILLAR SOBRE EL IMPORTE DEL CONTRATO PENDIENTE DE ENTREGAR POR CADA DÍA DE DESFASAMIENTO Y UNA SANCIÓN DE TREINTA A TRES MIL VECES LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (U.M.A.) VIGENTE EN LA CAPITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LA FECHA DE LA INFRACCIÓN, ASÍ COMO UNA PENA CONVENCIONAL HASTA POR EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO INCUMPLA CON CUALESQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO Y LAS DISPOSICIONES LEGALES RELATIVAS CONTENIDAS EN LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS , ASÍ COMO DE SU REGLAMENTO; NO CUMPLA CON LA ENTREGA DE LOS BIENES EN LAS FECHAS Y HORARIOS PACTADOS, LOS BIENES NO CUMPLAN CON LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES CONTRATADAS. INDEPENDIENTEMENTE DE LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN Y LAS PENAS ESTIPULADAS ANTES SEÑALADAS EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PODRÁ EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; CUANDO OMITA ENTREGAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS Y BAJO LAS CONDICIONES SEÑALADAS, INCUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL. EL CONTRATO PUEDE SER RESCINDIDO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CUANDO NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V., INCUMPLA CON ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, ADEMÁS ESTÁ OBLIGADO A PAGAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE QUE SE DECRETE LA INCLUSIÓN DE NOVAh]DI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V., EN EL BOLETÍN DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES OBJETADOS EN EL ESTADO DE MÉXICO Y OTRAS ENTIDADES. .
ANEXO UNO: DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES../
ANEXOS DEL CONTRATO
OBSERVACIONES
EL PRESENTE CONTRATO QUEDA EXENTO DE LA CLÁUSULA: TERCERA, ESTIPULADA EN EL REVERSO DEL MISMO.
VALIDACIÓN DEL CONTRATO (ANVERSO Y REVERSO)
POR LA CONTRATANTE
I. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
)¡RECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
el , Pr e s e n t e c o n t r a t o s e e l a b o r a e n c u a n t o a s u s a s p e c t o s j u r íd ic o s , p o r l o QUÉ TRATÁNDOSE DE LOS RUBROS PRESUPUESTALES, ECONÓMICOS, TÉCNICOS Y OPERATIVOS DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES ESTÁ IMPOSIBILITADA PARA AVALARLOS POR NO SER DE SU COMPETENCIA, POR OTRA PARTE, NO SE PREJUZGA SOBRE LA VERACIDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN CONTENIDOS EN DICHO INSTHUMENTO JURIDICO, MISMOS OUE QUEDAN BAJO LA MÁS ESTRICTA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA USUARIA.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V.
FECHA DE SUSCRIPCIÓN DÍA MES AÑO
zs Oé
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SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
i t DIRECCIÚN GENERAL DE RECURSOS M ATERIALES
Xxxxx xxx. 000, Xxx Xxxxxxx-XXXXX, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Teléfono (00 000) 000 00 00
IV. Domicilio para reclamaciones; y
V. Establecimientos o talleres de servicio.
En lodo naso, "EL PROVEEDOR' se obliga a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, ajil con» de tos daños y perjuicios que se lleguen a.cajsar a "LA CONTRATANTE1* o a terceros. * •
Lo no previsto en esla cláusula se resolverá conforma a lea disposiciones de los Capítulos Noveno y Décinjia Primero de le Ley Federal de Protección al Consumidor.
DÉCIMA p r im e r a : REEMPLAZO DE LOS BIENES
“ EL PROVEEDOR*, se obliga a reemplazar 1« bienes que no cumplan con las eepecíflceolonet, marees modelos a que se reitere la Cláusula SEGUNDA, o que cuenten con vtcks o defectos ocultos, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la feclia en que “ LA CONTRATANTE" efectúe la notificaolón correspondiente, obligándose "EL PROVEEDOR" a suministrarlo de acuerdo con lo establecido en el Anexo Uno del presente contrato. -
La notificación Indicada en asta clausula deberá realizarse dentro de los treinta días hábiles postenores a l i fecha de entrega de los bienes.
DÉCIMA SEGUNDA: PRUEBAS DE CALIDAD DE LOS BIENES
" e l PROVEEDOR", se obliga a sufragar lodos los gastos relacionados con la realización de pruebas de jalldad de los bienes, siempre que éstas se ¡nielen dentro de los treinta días hábiles posteriores a la fecha de entrega seflaleda en el anverso de este Instrumento.
El importe de les pruebas de calidad será reembolsado a “ LA CONTRA! ANTE" por "EL PROVEEDOR! dentro de los cinco dies hábiles posterioras a la feoha en que le sea presentada le documentación comprobatoria correspondiente.
Los gestos Indicados en esla cláusula que no sean cubiertos por “EL PROVEEDOR" en el plazo Indicadora harán efectivos a través de las cantidades que se encuentran pendientes de pago a "EL PROVEEDOR".
DÉCIMA TERCERA! RELACIÓN DE "EL PROVEEDOR" CON SUS TRABAJADORES
"EL PROVEEDOR", en su carácter de patrón del personal que ocupe con motivo de la enjertación de tos bienes, será la única responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales en materia de trabajo y dBseguridad social.
"EL PROVEEDOR” conviene, por lo mismo, en responder de les redamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de "LA CONTRATASTE”, en
relación con los trabajos realizadas con motivo de la enajenación de los bienes.
DÉCIMA CUARTA: INFRACCIONES
Las Infracciones de cualquier naturaleza cometidas por “ EL PROVEEDOR", con motivo de la enajenación jtlie los bienes, serán de su responsabilidad exclusiva.
DÉCIMA QUINTA; CESIÓN DELCONTRATO
"EL PROVEEDOR” no podrá, ba|o ninguna circunstancia, ceder a terceras peleonas los derechos y las o¡R adones derivados de l¡ En lodo caso, "EL PROVEEDOR" será el responsable del cumplimiento da sus obligaciones,
DÉCIMA SEXTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
"EL PROVEEDOR” entregaré a ”1A CONTRATANTE” , dentro de los diez días posteriores a la sus(¡ripdón del presente contrato, la correspondiente garantía de aJmpfimtento en el tiempo e Importe que se estabtaoe en el anverso del mismo..
Le garantía deberá sujetarse al texto que determine previamente "LA CONTRA! * f,E " y será canceIlláda cuando "EL PROVEEDOR" lin fa cumplido con todas sus
obligaciones contractuales. ■
No será necesario entregar la garantía de cumplimiento del contrato si antes de que fenezca al término pin[a la Suscripción del contrato "EL PROVEEDOR" suministra la totalidad de los bienes, y el monto del contrato no axoede de dos mil veces el salarlo mínimo vigente en ei'(iapHal del Estado,
SI la garantía se otorgó mediante fianza, "LA CONTRATANTE", une vez cumplidas las obligaciones pac, adas a cargo de “ EL PROVEEDOR", en el plazo xx xxxx días
hábiles y por escrito, dará aviso a la institución afianzadora para su cancelación.
DÉCIMA SÉPTIMA: GARANTIA CONTRA DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“ EL PROVEEDOR" entregará a “ LA CONTRATANTE", denlro de los dneo días hábiles siguientes a e recepción de los bienes, la cofrespondienUÍ (garantía contra defectos y vicios ocultos en el tiempo e Importe que establece en el anverso del mismo.
DÉCIMA OCTAVA: PENAS CONVENCIONALES
El atraso de "EL PROVEEDOR” en la feche de entrega de las bienes seré sancionado con la pana convenctíonal que se establece en el anverso de este contrato,
El Incumplimiento de "EL PROVEEDOR" con cualquiera de las obllgadones que derivan de eslB contrato ssrá sancionado con una pena convencional hasta por el importe da la garantía de cumplimiento del contrato que se indica en el anverso del presente Instrumento. Indlie »ndlentemente de la aplicación da las penas convencionales indicadas en esta cláusula, "LA CONTRATANTE" podrá exigir a “ EL PROVEEDOR" el cumplimiento dul contrato. En su cbso , "EL PROVEEDOR" estará obligado a pagar los daños y perjuicios ocasionados a "LA CONTRATANTE",
DÉCIMA NOVENA: RESCISIÓN DEL CONTRATO
Ei presente contrato podrá ser rescindido en caso de tncumpllmlenlo grave de alguna de 1« partes. A efecto, cuando sea "LA CONTRATANTE" el que determine rescindido, dicha rescisión operará de pleno derecho por vía administrativa, previo desahogo de la garande da audiencia a "EL PROVEEDOR", en lémlnos del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; en tanto que, si es "EL PROVEEDOR" quien decid* rescindirlo, será necesario que lo demande ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Las causas que pueden dar lugar a la rescisión por parta da “ LA CONTRATANTE” son las siguientes: Si 'EL PROVEEDOR" omite entregar la garantla de cumplimiento
del contrato, asi como la de defectos y vicios ocultos, en los términos y bajo las condiciones que consignan as Cláusulas DÉCIMA SEXTA y DÉCIMA SÉPTIMA; SI'EL PROVEEDOR” se declara en quiebra o suspensión de pagos, o si hacB cesión de bienes en forma lal que afecte a este contrato;
Si el atraso de "EL PROVEEDOR” en la fecha da entrega de los bienes es superior a diez dias hábiles;
SI "EL PROVEEDOR" incumple con el plazo para el reemplazode tos bienes que consigna la Cláusula UNDÉCIMA; o
En general, por cualquier olra causa Imputable a “ EL PROVEEDOR" que dBvanga el Incumplimiento gnvedelconlralo. ' -
En caso de Incumplimiento grave da cualesquiera de las obligaciones de "EL PROVEEDOR” , "LA COtíTF'HATANTE" podrá optar entre exigir el cumplimiento del présenle contrato, aplicando las penas convencionales estipuladas Bn la Cláusula DÉCIMA OCTAVA, o declarar adm nlsfrallvamente su rescisión. SI "LA CONTRATANTE” opta por la rescisión, impondré a “ EL PROVEEDOR" una pena convencional hasla por el Importe de la garantía di cumplimiento del contrato uue se indica en el anvarso de esta instrumento. En su caso, "EL PROVEEDOR" estará obligado a pagar ios dados y perjuicios ocasionados a LA CONTRATANTE". :
VIGESIMA: SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Sin perjuicio de la aplicación da las penas convencionales establecidas en la Cláusula DÉCIMA OCTAVA, asl como de la rescisión del contrato indicada en la Cláusula DÉCIMA NOVENA, “ LA CONTRATANTE” podrá sancionar a “ £L PROVEEDOR" con mulla equivalente >la cantidad de treinta a tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) vigente en el Estado de México en la fecha da Infracción, cuando Inflínjalas dlsposEc oríes en la Lay de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, as) como de su Reglamento correlativo
VIGÉSIMA PRIMERA*. PAGO DE SANCIONES •
Los Importes por concepto da penas convencionales y sanciones administrativas que no sean pagad
por “ EL PROVEEDOR" en et plazo que detemiliw “ LA
CONTRATANTE", tendrán el carácter de crédito fiscal; y se harán efectivos a través de las cantidades q(i< se encuentran pendientes de pago a "EL PROVEEDOR“ o mediante eí procedimiento económico-coactivo.
VIGÉSIMA SEGUNDA: INHABILITACIÓN
Sin perjuicio de las panas convencionales y las sanciones adm inístrate a que se refiere el presenta¡contraío, asi como de la rescisión da este Instrumento, "LA CONTRATANTE” podrá Incluir a "EL PROVEEDOR” an el Registro da Empresas y Personas Físicas Obstadas que llave la Secretarla de la Contratarla; así como en el
lisiado de empresas o personas sujetes al procedimiento administrativo sanciónador, previsto en al articulé 74 de la lay de Contralaclón Pública del Estado de México y Municipios y 164 de su Reglamentó.
VIGÉSIMA TERCERA: NORMAS JURIDICAS APLICABLES
Las parlas convienen en que lodo lo no previsto en este contrato se regirá por to dispuesto en la Ley de Ce ítrataclón Pública del Estado de México y Municipios asi como de su Reglamento y damás disposiciones legales aplicables, quedando la Dirección General Jundícs y Consultiva ds la Secretarla General de Gobierno como r fpresentante legal del Gobierno del Estado da México. ‘
VIGÉSIMA CUARTA: JURISDICCIÓN
La Interpretación y cumplimiento del presente contrato, y todo aquello que no esté expresamente eslipuladojen e_l_mis_m_o_,_s_e re_s_o_l_v_e_rá en fo_r_m_a a_d_ministrativa. En caso de controversia, las partes convienen someterse a la Jurisdicción y competencia de tos Tribunales Administrativas de la dudad de Toluca,Estado deMéxico, según corresponda, renunciando, expresamente, al fuero qua pudiera corresponderías por razón da su domicilio o tjadndad, presante y futuro.
Lekfo que lúe por las partes que en él intervinieron y enteradas de su alcance legal, el presente contrato se firma s) calce, en original y una copia,en la ciudadde Toluca xx Xxxxx, capital del Estado da México, en la fecha seÁdiada en el anvarso de este contrato.
VIGÉSIMA QUINTA: “ EL CONTRATO"
'LA CONTRATANTE” podrí dar por terminado anticipadamente ei presente, cuando concurran razonas, de Interés general, o bien, cuando por causas justificadas se exlinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente oonlratados, y se demuestra que da tcíontinuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasiónarla algún daño o perjuicio al Eslado de México. En esle supuesto "LA CONTRATANTE" reembols¡fi r¡á a l" EL PROVEEDOR “ los gastos no recuperables en que naya Incurrido, siempre qua éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen dírecllamento con el contrato.’
GOBIERNO DE
ESTADO DE MEXICO
1
EDOA ËX
mïÇÂHS«*:«HflWíS, «XXXX.TADOSÍ
FECHA DE ELABORACION
ANEXO UNO
NUMERO DE CONTROL
DIA
2 7
MES
JUNIO
ANO
2019
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES CB/A/58/2019
REQUISICIÓN
CA-00240-2D19
CLAVE DE VERIF.
5971010032-001
DESCRIPCION
RENOVACIÓN DEL LIQENCIAMIENTO POFU VOLUMEN MICROSOFT PARA EL SECTOR ACADÉMICO, POR EL PERIODO DE UN AÑO, QUE CUMPLA CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES MÍNIMAS/
1).- INSCRIPCIÓN ENROLLMENT''' FOR EDUCATION SOLUTIONS (EES), PROGRAMA MICROSOFT CAMPUS AGREEMENT/
2).- LICENCIAMIENTO DEL SOFTWARE MICROSOFT DESKTOP EDUCATION QUE REQUIERA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN \ LAS ÁREAS QUE FORMAN PARTE DEL PROGRAMA. y
3).- SUSCRIPCIÓN MICROSOFT IMAGINE ACADEMY. í
4).- 250 EXAMENES DE CERTIFICACIÓN (MTA, MCE, MOS).
5).- 50 UNIDADES XX XXXXX MONETARY COMMITMENT.
6).- 5,011,500 LICENCIAS AZURE ACTIVE DIRECTORY BASIC.
7).- 3,000,000 LICENCIAS OFFICE 365 PROPLUS. INCLUYE:J
A).- ÚLTIMAS VERSIONES LIBERADAS DEL SOFTWARE MICROSOFT DESKTOP EDUCATION EN IDIOMA ESPAÑOL Y/O INGLES.
B).- EL NÚMERO DE LICENCIAS Y PERIODO DE SUSCRIPCIÓN SE ESPECIFICA EN LOS REQUERIMIENTOS DE ESTA PARTIDA.v
C).- MANUAL DE USUARIO PARA LA INSTALACIÓN DE SOFTWARE EN FORMATO IMPRESO Y/O ELECTRÓNICO. -J
D).- BENEFICIOS DE SOFTWARE ASSURANCE.
E).- URL ESPECÍFICA DEL FABRICANTE PARA LA DESCARGA E INSTALACIÓN DEL SOFTWARE Y/O MEDIA DE INSTALACIÓN EN CD O DVD PARA SOFTWARE INCLUIDO EN EL LICENCIAMIENTO. J
F).- DOCUMENTACIÓN QUE AVALE EL TIPO DE LICENCIAMIENTO, NÚMERO DE LICENCIAS Y PERIODO DE LICENCIAMIENTO AL MOMENTO DE LA ENTREGA. -
U.M.
PAQUETE
CANTIDAD PRECIO UNITARIO
$21 ’539 ,998 .24 (IVA INCLUIDO)
IMPORTE
$ 21 ’ 539 ,998 .24 (IVA INCLUIDO)
Página 3 de 5
i
Xxxxx xxx. 000, Xxx Xxxxxxx-XXXXX, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Teléfono (00 000) 000 00 00
SU BSECRETARÍA DE A D M IN ISTRACIÓ N DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS XXXX XXXXXX
GOBERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
EDOAVËX
FÏHIWÜËS, FiESULTÄOOS WETTTE».
NOVANDI CLOUD SERVICES, S A DE C.V., SE COMPROMETE A CUMPLIR CON CADA UNO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS:
CON LA RENOVACIÓN DE 12,500 LICENCIAS POR VOLUMEN MICROSOFT PARA EL SECTOR ACADÉMICO POR EL PERIODO DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE LA FIRMA DEL CONTRATO.
CON LOS SERVICIOS DE INSTALACIÓN CONFIGURACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE 12500 LICENCIAS POR VOLUMEN MICROSOFT PARA EL SECTOR ACADÉMICO ATENDIENDO LO SIGUIENTE:
- LOS SERVICIOS DEBERÁN SER LLEVADOS A CABO POR PERSONAL CALIFICADO O CERTIFICADO DE LA MARCA ENTREGANDO DOCUMENTACIÓN QUE LO ACREDITE.
- SE VERIFICARÁN Y APLICARÁN LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD REQUERIDAS POR EL PERSONAL DE UNIDAD ADMINISTRATIVA SOLICITANTE.
- INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE 12,500 LICENCIAS POR VOLUMEN MICROSOFT PARA EL SECTOR ACADÉMICO EN, LOS DÍAS, HORARIOS E INSTALACIONES QUE DEFINA EL PERSONAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA SOLICITANTE.
, i
DICTAMEN TECNICO No. 0348/2018.
NOTA: NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A DE C.V., ACEPTA DE MANERA TÁCITA Y EXPRESA, QUE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PODRÁ EJERCER LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
NOTA: HE LEÍDO, TENGO CONOCIMIENTO Y ACEPTO DE CONFORMIDAD TODAS Y CADA UNA DE LAS CONDICIONES Y CLÁUSULAS ESTABLECIDAS EN EL ANVERSO Y REVERSO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO LO INDICADO EN LA INVITACIÓN A CONCURSAR, ANEXO UNO-A DE LA MISMA Y OFERTA TÉCNICA.
{VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 24/100 M.N., IVA INCLUIDO) TOTAL:
VALIDACION DEL ANEXO
POR LA CONTRATANTE POR EL PROVEEDOR
$21’539,998.24 (IVA INCLUIDO)
I. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
CTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
EL PRESENTE CONTRATO SÉ ELABORA EN CUANTO A SUS ASPECTOS JURIDICOS, POR LO QUE TRATÁNDOSE DE LOS RUBROS PRESUPUESTALES, ECONÓMICOS, TÉCNICOS Y OPERATIVOS DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA NOVANDI CLOUD SERVICES, S.A. DE C.V.
FECHA DE SUSCRIPCIÓN
MATERIALES ESTÁ IMPOSIBILITADA PARA AVALARLOS POR NO SER DE SU COMPETENCIA, POR OTRA PARTE, NO SE PREJUZGA SOBRE LA VERACIDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN CONTENIDOS EN DICHO INSTRUMENTO JURÍDICO, MISMOS QUE QUEDAN BAJO LA MÁS ESTRICTA RESPONSABILIDAD DEL ÁREA USUARIA.
DÍA
y o
MES
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SECRETARÍA DE FINANZAS SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS M ATERIALES
Xxxxx xxx. 000, Xxx Xxxxxxx-XXXXX, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Teléfono (00 000) 000 00 00