Contract
Convenio de Colaboración Internacional para la [renovación/puesta en marcha] de un Programa Internacional de Titulación [Doble/Múltiple]:
[Nombre completo de los títulos de cada institución a los que da acceso el Convenio en su idioma original]
ENTRE
La Universidad Autónoma de Madrid / España, (en adelante, la UAM), entidad de Derecho público xxx Xxxxx de España con sede en Ciudad Universitaria de Cantoblanco, Madrid 28049,
Representada por su Rectora, Dña. Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, en virtud de la competencia para la firma y seguimiento de acuerdos y convenios en las materias de colaboración académica internacional
Y
[Nombre de la institución]
[Indicar si es de carácter público o privado]
Con sede en: [domicilio de la institución]
Representada por su [Tratamiento] [Cargo] [D./Xx.] [Nombre],
en adelante designada como [Abreviación del nombre de la socia],
(también designadas individualmente como la institución o, de manera conjunta, como las instituciones o las partes)
Visto el informe positivo de la Junta de la [Facultad/Escuela] de la Universidad Autónoma de Madrid de [Fecha de la aprobación].
Visto el informe positivo de la Comisión de Estudios de la Universidad Autónoma de Madrid en relación con la adecuación a la memoria de verificación del título, el desarrollo del plan de estudios, y la viabilidad del mismo de [Fecha de la aprobación].
Visto el informe positivo de la Comisión Internacionalización de la Universidad Autónoma de Madrid, en lo que concierne al Convenio de Colaboración de [Fecha de la aprobación].
Vista la decisión del Consejo de Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid de [Fecha de la aprobación]
Visto [Decisiones de los órganos administrativos internos que han aprobado este convenio en la institución socia].
La Universidad Autónoma de Madrid,
y
[Nombre de la institución]
Acuerdan lo que sigue:
Definiciones
Con la designación conjunta de « las partes » el presente Convenio de Colaboración Internacional se refiere a la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante UAM) y a [Nombre de la institución ],[en adelante, “ ”]
2. Antecedentes
[Explicar si es una renovación o una nueva propuesta y, en este último caso, si hay otros convenios entre la UAM y esta institución u otras colaboraciones previas].
3. Objeto del Convenio
El presente Xxxxxxxx tiene como objeto [renovar/poner en marcha] el Programa Internacional de Titulación [Doble/Múltiple] que permitirá obtener los títulos de [especificar los títulos de cada institución en su idioma original].
4. Marco legal y cualificaciones nacionales
4.1 El programa de estudios objeto de este Convenio se establece respetando las leyes y reglamentos nacionales en vigor en los países de las instituciones parte de este acuerdo.
4.2 Los títulos de las universidades parte del presente convenio sobre los que se establece el Programa Internacional de Titulación [Doble/Múltiple] han sido objeto de una verificación nacional (ver las resoluciones de verificación incluidas como anexo A).
4.3 Estos permiten obtener el nivel de [Master/Grado; en caso de que no sea así, especificar (p.ej. M1 en Francia no corresponde a un título de máster que dé acceso al Doctorado].
4.4 Ambas instituciones están autorizadas a ofertar Programas Internacionales de Titulación [Doble/Múltiple].
4.5 La puesta en marcha de programas de colaboración internacional y la concesión de titulaciones dobles/múltiples se enmarca en los siguientes textos oficiales:
Marco legal/reglamentario español:
LO 2/2023 de 22 xx xxxxx del Sistema Universitario (LOSU).
Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad
Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Marco legal/reglamentario [país donde se ubique la institución]:
[Especificar legislación del país de la institución socia referente a la regulación de las enseñanzas en cuestión].
5. Gestión del programa
5.1 Coordinación y seguimiento del programa
Una Comisión de Coordinación se asegurará de la puesta en marcha del presente Convenio de Colaboración Internacional. Asimismo, garantizará y asegurará la calidad de la formación ofrecida y será la encargada de aclarar y resolver cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución del presente Convenio.
La Comisión, que deberá ser paritaria, estará constituida por un coordinador académico por parte de cada una de las dos universidades parte del convenio y, entre sus principales funciones, deberá encargarse del seguimiento del convenio, resolviendo de forma amistosa cuantas controversias pudieran surgir en el marco de su ejecución Estos representantes garantizarán el cumplimiento de la normativa académica de sus respectivas instituciones en la puesta en marcha del Programa.
Los coordinadores responsables serán los representantes del programa de formación frente a socios externos. Asimismo, serán los encargados de coordinar la puesta en marcha de un programa docente coherente, de la tutorización de los estudiantes, así como de todas las cuestiones relativas a la admisión en el Programa. El coordinador de la UAM deberá ser un docente a tiempo completo y asumirá todas las funciones recogidas en la Normativa de Programas de Estudios Internacionales aprobada por Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2017.
Cada una de las instituciones nombrará, además, un gestor administrativo para que forme parte de la Comisión de Coordinación, que en la UAM asumirá las funciones recogidas en la Normativa de Programas de Estudios Internacionales aprobada por Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2017.
5.2 Equipo docente
El equipo docente estará formado por todos los docentes y/o investigadores que participen en el Programa en cada una de las instituciones.
6. Estudiantes participantes en el Programa
6.1 Acceso
Podrán acceder a este programa:
En España:
Estudiantes que cumplan con lo exigido por la legislación vigente en cada momento y obtengan la nota xx xxxxx de la titulación en la UAM.
En [País de la institución] :
Estudiantes que hayan obtenido [prueba que da acceso a los estudios universitarios o, en casos de titulación doble/múltiple de máster, a los estudios de posgrado]
6.2 Admisión
6.2.1 Para ser admitidos, todos los estudiantes deberán contar con [especificar requisitos de idiomas, cursos académicos/asignaturas/créditos superados…en cada institución] y presentar la siguiente documentación [en su caso, certificado de idiomas, certificados de notas de determinados cursos académicos/asignaturas, curriculum vitae… en cada institución].
6.2.2 Las solicitudes deberán realizarse según los requisitos y fechas establecidos de común acuerdo por las partes para cada curso, y que serán anunciados en la página web de cada una de las universidades.
6.3 Proceso de selección
6.3.1 Cada universidad podrá seleccionar hasta un máximo de [número] estudiantes para la doble titulación.
6.3.2 Los estudiantes serán seleccionados del siguiente modo intentando que los criterios sean similares en ambos casos: [especificar los criterios y procedimientos que se utilizarán en cada universidad. Por lo general, se tienen en cuenta el nivel de idiomas1, calificaciones académicas, carta de motivación… La selección se suele basar en: documentación, entrevista, prueba escrita…]
6.3.3 Las partes acordarán la decisión final sobre los candidatos seleccionados para el Programa en cada una de las instituciones participantes.
6.3.4 El coordinador académico del programa llevará a cabo la selección de estudiantes no más tarde del mes xx xxxxx de cada año. Se informará a los candidatos del resultado de la selección, de conformidad con los procedimientos previstos en cada universidad.
6.3.5 Esta selección queda condicionada a que los estudiantes seleccionados cumplan con los criterios previstos en el artículo 6.1
6.4. Registro y matrícula de los estudiantes
6.4.1 Los estudiantes se inscribirán según la normativa en vigor en cada una de las instituciones parte del presente acuerdo.
6.4.2 Los servicios de matrícula de cada una de las universidades armonizarán en la medida de lo posible sus procedimientos de inscripción para facilitar las gestiones administrativas a los estudiantes afectados.
6.4.3 Los estudiantes formalizarán el pago de la matrícula y de los derechos de escolarización exclusivamente en su universidad de origen [en caso de que no fuera así, especificar cuándo, dónde y cuánto pagan los estudiantes seleccionados].
6.4.4. En todo caso, los estudiantes deberán abonar en la Universidad Autónoma de Madrid las tasas correspondientes a la emisión del título.
6.5 Obligaciones de los estudiantes
Realizar, antes de la partida al país de destino, los trámites necesarios para la obtención de los visados que se requieran para la entrada y/o estancia en los países que así lo exijan, así como cualquier otro trámite administrativo requerido para la permanencia en dichos países, una vez incorporado a la institución de destino.
Formalizar el pago de la matrícula en la universidad de origen antes del inicio del programa [especificar condiciones de pago en casos en los que haya que pagar tasas en institución de destino];
Respetar las reglas y normativa en vigor en la universidad de destino;
Pagar los gastos durante su estancia (alimentación, alojamiento, …);
Disponer de los correspondientes seguros obligatorios (asistencia sanitaria, responsabilidad civil). Además, los estudiantes de la UAM menores de 28 años deberán suscribir el Seguro Escolar, o seguro con prestaciones equivalentes para los mayores de dicha edad.
7. Organización del programa de estudios
7.1 Los estudios se desarrollarán a lo largo de [número de años/cursos académicos] (ver plan de estudios en Anexo B) [especificar dónde cursan cada año/semestre y, en su caso, los distintos itinerarios posibles].
7.2 El programa de estudios, con sus correspondientes resultados de aprendizaje, será aprobado por las instituciones parte del presente Convenio, de conformidad con las reglas y procedimientos vigentes en cada una de ellas.
7.3 Por norma general, en el marco de este Programa los estudiantes sólo podrán realizar sus estudios en las instituciones parte del Convenio [en caso de no ser así, especificar en qué casos pueden cursar estudios/hacer prácticas en terceros países, si pueden solicitar becas en programas de movilidad internacional y dónde pueden solicitarlas, qué institución firma los convenios de prácticas, etc. ].
8. Evaluación, obtención de créditos, certificados de notas y entrega de títulos
8.1 Las modalidades de evaluación y de control de conocimientos de los estudiantes en cada institución son las descritas en el Anexo C.
8.2 Las instituciones parte de este acuerdo utilizan el sistema de créditos ECTS para la superación de las asignaturas. [Si el convenio es con una institución no europea especificar el sistema de créditos].
8.3 Cada institución reconocerá oficialmente los cursos/módulos/asignaturas cursados en la institución socia según lo previsto en el Programa (ver Anexo D), así como los créditos correspondientes.
8.4 Para que un estudiante obtenga todos los títulos propuestos en el marco de este Programa, deberá cursar y superar las pruebas de evaluación / obtener reconocimiento por el total de los créditos en cada una de las instituciones.
8.5 En caso de no obtener la totalidad de créditos necesarios para obtener el título en [nombre de la institución] y querer continuar sus estudios en la UAM, los estudiantes podrán obtener reconocimiento en la UAM por las asignaturas/los créditos superados en [nombre de la institución ] según lo establecido en el Anexo D y las reglas en vigor en cada Facultad. En caso de no obtener la totalidad de créditos necesarios para obtener el título en la UAM y querer continuar sus estudios en [nombre de la institución],[especificar las condiciones].
8.6 Una vez superado el total de créditos ECTS de cada una de las titulaciones que forman parte del Programa, el estudiante obtendrá el título correspondiente en cada una de las universidades.
En la UAM, podrán obtener el título de [Título] una vez superados [especificar cursos académicos, créditos o lo que proceda para cada uno de los títulos]. En [Nombre de la institución], podrán obtener el título de [Título] una vez superados [especificar cursos académicos, créditos o lo que proceda para cada uno de los títulos].
8.7 Las tablas de equivalencia de calificaciones se incluyen en el Anexo E.
8.8 Cada institución entregará al estudiante un certificado de calificaciones que recoja todas las asignaturas superadas con su correspondiente número de créditos ECTS. Este certificado de notas será enviado al coordinador académico y al servicio administrativo competente en la institución de origen (vid. 9.3).
8.9 En lo posible el Suplemento Europeo al Título especificará que el título ha sido obtenido en el marco de un convenio de colaboración para la puesta en marcha de un programa internacional de estudios.
9. Derechos y obligaciones de las partes
9.1 Obligaciones de cada una de las partes respecto a los estudiantes que envían en el marco de este programa de estudios (centro de origen):
Seleccionar y preparar a los estudiantes que participarán en el programa;
Asegurarse de que los estudiantes seleccionados cumplen con los criterios de admisión de la universidad de destino;
Informar de las solicitudes de los estudiantes seleccionados según las directrices indicadas por la universidad de destino;
Matricular a los estudiantes propios durante el programa de estudios;
Asegurarse de que los estudiantes han suscrito los seguros obligatorios (asistencia sanitaria, responsabilidad civil).
9.2 Obligaciones de cada una de las partes respecto a los estudiantes que reciben en el marco de este programa de estudios (centro de destino):
Informar a los estudiantes de los procedimientos relativos a la obtención de su visado;
Eximir a los estudiantes de los gastos de matrícula [si no es así, especificar];
Acoger y orientar a los estudiantes del programa de estudios;
Matricular a los estudiantes;
Facilitarles un carné de estudiante o equivalente;
Facilitar información sobre la búsqueda de alojamiento a los estudiantes;
Facilitar ayuda y tutela académica a los estudiantes;
Facilitar el acceso a todos los servicios universitarios;
Transmitir el certificado de notas del estudiante al responsable académico/coordinador y al servicio competente en la universidad de origen (vid. 9.3).
9.3 Responsables de Programa
Responsables en la Universidad Autónoma de Madrid:
Asuntos administrativos: Oficina de Relaciones Internacionales de la [Facultad/Escuela en la UAM] [en su caso, especificar en qué casos es la ORI y en qué casos Administración].
Asuntos Académicos: Coordinador de la titulación internacional
Responsables en [Nombre de la institución]:
Asuntos administrativos: [Sección]
Asuntos académicos: [Cargo]
10. Gastos del Programa
10.1 Cada una de las universidades asumirá a partes iguales los gastos generados por este Programa de conformidad con sus normativas internas.
10.2 Ambas partes procurarán, en la medida de lo posible, facilitar la financiación del desplazamiento de sus estudiantes a la institución socia según lo previsto en el plan de estudios a través de convocatorias propias, nacionales o europeas en cumplimiento de su plan de estudios. En particular, las partes se comprometen a mantener un acuerdo de movilidad específico para este programa para un mínimo de [número] de estudiantes [especificar niveles según lo previsto por el plan de estudios - y número de profesores propios que deban desplazarse cada año] en el marco del programa Erasmus Plus.
10.3 Los estudiantes podrán acceder a todos los servicios de estudiantes en cada una de las instituciones.
11. Medidas específicas para reforzar la integración de las partes
Ambas partes se comprometen a promover el intercambio de docentes para impartir cursos específicos con vistas a la preparación de los estudiantes durante el año previo a su movilidad, así como a promover actividades de investigación conjuntas.
12. Seguimiento y Calidad
12.1 Cada institución garantiza que los estándares de alta calidad se cumplen de conformidad con los procedimientos propios de control de calidad institucional de su país.
12.2 La Comisión de Coordinación elaborará un informe anual conjunto en el mes de [mes]. En la UAM, este informe también deberá ser enviado a la Comisión de Relaciones Internacionales en la UAM [especificar para la universidad socia, en su caso]. Asimismo, elaborará un informe final relativo a la ejecución del Convenio seis (6) meses antes de la conclusión del presente Xxxxxxxx que será enviado a todas las partes. Este informe será tenido en cuenta a la hora de valorar la continuación de la colaboración.
12.3 Las partes se comprometen a reunirse como mínimo una vez al año para hacer balance de la colaboración y buscar posibles mejoras.
12.4 El presente Xxxxxxxx se firma por el conjunto de los representantes legales de ambas instituciones, quienes garantizan el intercambio de buenas prácticas y asumen la responsabilidad por parte de cada institución en lo relativo al control de la calidad académica del Programa.
12.5 Si, por alguna razón, alguna de las instituciones dejase de estar autorizada a expedir el título, deberá advertir inmediatamente a la institución socia, quedando excluida del Programa hasta la obtención de una nueva acreditación, sin que ello afecte a los estudiantes que estén cursando ese año.
13. Promoción del programa
13.1 Las partes autorizan la utilización de su nombre y su logo para fines promocionales en materiales informativos o cualquier otro documento sobre el Programa.
13.2 La promoción del Programa será supervisada por la Comisión de Coordinación, que aprobará el contenido de todos los materiales de comunicación, incluida la información publicada en las páginas web de las partes.
14. Derecho aplicable y resolución de litigios
14.1 En caso de discrepancia sobre la interpretación o a la ejecución del presente Xxxxxxxx, las partes tratarán de resolver las diferencias de manera amistosa. El conflicto se someterá a los tribunales como último recurso tras haber agotado todas las demás vías. En ese caso, el litigio se someterá a los tribunales del Estado del demandante.
14.2 El tratamiento de datos personales de candidatos, estudiantes y profesores incluidos en este convenio se realizará según lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de datos (RGPD). Las partes recabarán los datos mínimos indispensables para la prestación del servicio público de educación superior y organización de la docencia; para el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a ambas instituciones, para la ejecución de un contrato o convenio en el que el interesado es parte, para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física y para la satisfacción de intereses legítimos de las partes o de terceros, por ejemplo, el tratamiento de datos de contacto en el directorio, la toma de imágenes en actos académicos o los sistemas de videovigilancia.
15. Validez y duración del Convenio
15.1 El presente Convenio se firma electrónicamente en español y en [idioma ], siendo ambas versiones oficialmente válidas.
15.2 Este Convenio entrará en vigor desde el momento de su firma (fecha de la última firma) y tendrá una duración de cuatro (4) años, sujeto a la renovación de las verificaciones de los títulos nacionales, en su caso.
15.3 A la finalización de este período, a la luz del informe final, se decidirá sobre la renovación del Convenio, que deberá ser, en todo caso, de forma expresa y con antelación al vencimiento de su vigencia, por un único período de hasta cuatro años adicionales.
15.4 Cada universidad podrá en todo momento solicitar la modificación o rescisión del Convenio, bajo la condición de informar por escrito a la otra parte de su decisión con un preaviso de seis meses. Sólo serán válidos los cambios que hayan sido aprobados por ambas partes en una cláusula adicional.
15.5 En el caso de que se rescindiera este Convenio, las universidades garantizarán que los estudiantes que hubieran iniciado sus estudios en el marco del mismo, puedan concluirlos de conformidad con las reglas en él previstas.
16. Otros
El presente Convenio incluye cinco (5) anexos:
Anexo A: Resolución de verificación de los títulos de la UAM y [nombre de la institución].
Anexo B: Plan de estudios.
Anexo C: Normativa de evaluación.
Anexo D: Reconocimiento de créditos.
Anexo E: Tabla de equivalencias de calificaciones.
Anexo F: Memoria Económica
Anexo G: Memoria justificativa de la oportunidad y conveniencia de la propuesta
Por [Nombre De La Institución]
____________________________________ [Nombre] [Cargo]
Lugar: , Fecha:_________________ |
Por la Universidad Autónoma de Madrid
________________________________________ [Nombre] Rector de la Universidad Autónoma de Madrid
Lugar: Madrid, España Fecha:_________________ |
ANEXO A - DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS
ANEXO B – Plan de estudios
[Para cada curso, especificar la institución en la cual se imparte la docencia. Especificar, si los hubiera, los distintos itinerarios, así como la docencia impartida por profesores de la contraparte en régimen de movilidad *]
Estudiantes de [Nombre de la institución de origen, en caso de itinerarios diferenciados] – Curso… [Especificar curso]
Asignatura [en el idioma original y con el código, en caso de tenerlo] |
Semestre |
ECTS |
Curso en el plan de estudios original |
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Total créditos |
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* Enseñanza basada en movilidad de profesorado: [Indicar si hay créditos cuya docencia es impartida por profesores de la institución socia durante ese semestre/curso]
ANEXO C: NORMATIVA DE EVALUACIÓN
Artículo 1. Cada universidad aplicará su normativa de evaluación, que será la común a la del resto de estudiantes de la institución salvo que se especifique otra cosa.
Artículo 2. La normativa de evaluación será la vigente en cada uno de los centros participantes durante el curso académico en el que se desarrolle el período de estudios. Dicha normativa podrá consultarse a través de la página web [web de la institución socia y web de la Facultad/Escuela UAM].
Artículo 3. Todo cambio en la normativa de evaluación deberá ser comunicado al coordinador del centro de la contraparte y no tendrá efectos retroactivos.
Artículo 4. Los estudiantes tendrán el número de convocatorias que establezca la institución donde se cursa cada materia o asignatura [Especificar número de convocatorias en cada institución]
Anexo D: reconocimiento de créditos
Artículo 1. Los créditos superados en una institución se reconocerán por créditos en la institución socia. El reconocimiento se hará… [Especificar si el reconocimiento se hace por asignaturas, bloques o curso completo. Especificar si hay créditos que no tienen reconocimiento en la otra institución y si se certifican de alguna forma].
Artículo 2. En el caso de que un estudiante no supere parte de los créditos en la UAM, estos deberán ser superados en uno de los años académicos posteriores, en la UAM y en las mismas condiciones que el resto de sus estudiantes regulares. [Especificar si hay un mínimo de créditos que deben aprobar para poder seguir en el Programa; en su caso, si debe volver a cursar la asignatura o sólo examinarse; si debe superarlos en el curso inmediatamente posterior, o si tiene un plazo para hacerlo…].
Artículo 3. En el caso de que un estudiante no supere parte de los créditos en [nombre de la institución]… [Especificar el sistema de evaluación para asignaturas no superadas en la institución socia; si, en caso de no superar parte de los créditos, existe un sistema de compensación con otras asignaturas; si debe repetir el curso o sólo examinarse y cuándo debe hacerlo; si hay un mínimo de créditos que deben aprobar para poder seguir en el programa…].
Artículo 4. En el supuesto de que un estudiante abandone sus estudios en una de las dos instituciones será expulsado del Programa. En caso de que abandone los estudios en la institución socia, en la UAM se le reconocerá la totalidad de los créditos cursados dentro del Programa Internacional según la tabla que acompaña a este anexo. En caso de que abandone sus estudios en la UAM…[Especificar si se le reconocen los créditos en la institución socia].
Artículo 5. En el supuesto de que un estudiante suspenda la totalidad de créditos de un curso… [¿Se le expulsa de la titulación? ¿Puede repetir? ¿Debe repetir en el curso inmediatamente posterior, o se puede recuperar más adelante?].
Artículo 6. Las calificaciones obtenidas en una institución serán las que se asignen a los créditos reconocidos en la institución socia según la tabla que acompaña a este anexo y según la tabla de equivalencias de notas del Anexo E [Por defecto, la equivalencia de notas. En caso de que se utilice la nota media de todo un bloque/semestre/curso para el conjunto de créditos reconocidos en la otra institución, especificar el criterio].
Artículo 7. El reconocimiento de créditos por cursos se hará según la siguiente tabla de reconocimiento de créditos:
curso … [Elaborar una tabla por cada uno de los años/semestres del programa que los estudiantes cursen en la institución socia. Añadir las filas necesarias]
ASIGNATURAS EN LA INSTITUCIÓN SOCIA |
ECTS |
ASIGNATURAS RECONOCIDAS EN LA UAM |
ECTS |
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Total créditos |
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ANEXO E: Tabla de equivalencias de notas
La traslación de las calificaciones obtenidas por los estudiantes en [nombre de la Institución] a su expediente en la UAM se hará conforme a la siguiente tabla:
TABLA EQUIVALENCIAS [Nombre de la institución]-UAM
[Nombre de la Institución] |
ECTS |
Significado de la calificación |
Sistema calificaciones universidades españolas* |
|
|
A |
Excelente resultado con escasas insuficiencias |
9-10 |
Sobresaliente o MH** |
|
B |
Resultado superior a la media, a pesar de una serie de insuficiencias |
8-8,9 |
Notable |
|
C |
Buen trabajo en líneas generales, a pesar de una serie de insuficiencias importantes |
7-7,9 |
Notable |
|
D |
Trabajo aceptable pero con considerables insuficiencias |
6-6,9 |
Aprobado |
|
E |
El resultado satisface los criterios mínimos |
5-5,9 |
Aprobado |
|
F |
El resultado no satisface los criterios mínimos |
4,9-0 |
Suspenso |
* Ver tabla detallada más abajo.
** Se pondrá Matrícula de Honor si así lo consideran de mutuo acuerdo los coordinadores de las instituciones socias y siempre que la calificación del estudiante esté entre el 5% más alto de su grupo
Notas [Nombre de la Institución] |
Notas UAM |
|
10 |
|
9,9 |
|
9,8 |
|
9,6 |
|
9,5 |
|
9,4 |
|
9,3 |
|
9,1 |
|
9 |
|
8,9 |
|
8,8 |
|
8,6 |
|
8,5 |
|
8,4 |
|
8,3 |
|
8,1 |
|
8 |
|
7,9 |
|
7,8 |
|
7,6 |
|
7,5 |
|
7,4 |
|
7,3 |
|
7,1 |
|
7 |
|
6,75 |
|
6,5 |
|
6,25 |
|
6 |
|
5,75 |
|
5,5 |
|
5,25 |
|
5 |
|
Suspenso |
ANEXO F: MEMORIA ECONÓMICA COMPRENSIVA DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES FINANCIERAS DE LAS PARTES, O BIEN SU FALTA DE REPERCUSIÓN PRESUPUESTARIA.
ANEXO G: MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA DE LA PROPUESTA
1 Tabla de autoevaluación:
xxxx://xxx.xxx.xxx/x/xx0/xxxxxxxxx/xxx/xxx-xxx/Xxxxxx/xxxxxxxxxxx_xxxx/xxxxxxxxxx_xxxx_xxxxxxx.xxx
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