Contract
Este contrato de afiliación es celebrado entre dos partes: SMARTRAVEL AGENCY S.A.S. (en adelante “SMARTRAVEL”), una empresa identificada con el NIT 901.449.742-3 y domiciliada en la Xxxxx 00 xxxxx # 0X – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxx (Xxxxx), y el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, quien se identificó previamente en el Formulario de Inscripción, disponible en la sección de REGISTRO en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx, el cual hace parte integral del presente documento. Ambas partes, SMARTRAVEL y el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE acuerdan celebrar este CONTRATO DE AFILIACIÓN PARA VENTAS, a través del sistema de Mercadeo en Red o Mercadeo Multinivel, sujeto a las condiciones que se detallan a continuación.
CONSIDERACIONES:
1. SMARTRAVEL es una empresa legalmente constituida y dedicada a la comercialización y prestación de productos y/o servicios turísticos o de viajes en todas sus modalidades, mediante vendedores independientes, a través de Mercadeo Multinivel (Multi Level Marketing), redes de mercadeo o network marketing, según la Ley 1700 de 2013 y el Decreto Reglamentario 24 del 12 de enero de 2016, el cual adiciona el artículo 2.2.2.50.1 del Decreto 1074 de 2015.
2. En este contrato de afiliación, el término DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se refiere a cualquier persona natural o entidad jurídica que ha sido aprobada por SMARTRAVEL a través del registro en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx, y que se integra en la red de Mercadeo Multinivel para vender los productos y/o servicios a título personal, o a través de su propia red o Descendencia, de modo que reciba pagos, compensaciones u otros beneficios económicos derivados directamente de las ventas que realice.
3. Según el artículo 4° de la Ley 1700 de 2013, la relación entre el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE y SMARTRAVEL es puramente comercial, lo cual implica que no hay relación laboral alguna entre las partes. Así pues, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE asume todos los riesgos, pérdidas eventuales y beneficios económicos derivados de esta actividad autónoma.
4. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE debe ser mayor de edad y tener la capacidad de unirse al sistema de mercadeo multinivel de SMARTRAVEL, incorporar nuevos distribuidores a su Red o Descendencia, y recibir los Bonos establecidos en el Plan de Compensación, el cual forma parte integral del presente contrato.
5. Las Partes acuerdan trabajar juntas para que SMARTRAVEL venda sus productos y/o servicios turísticos o de viajes bajo la modalidad de mercadeo
multinivel tanto al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE como a su Red o Descendencia.
Como consecuencia de las consideraciones arriba enunciadas, las partes,
ACUERDAN:
PRIMERO: OBJETO: El presente contrato tiene como objeto regular el desarrollo y ejercicio de las actividades realizadas entre la compañía SMARTRAVEL y el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, en relación al mercadeo en red o multinivel en cualquiera de sus modalidades para la comercialización y prestación de productos y/o servicios turísticos o de viajes. Ambas partes se comprometen a colaborar y aportar recursos para que SMARTRAVEL pueda llevar a cabo la venta de sus productos y/o servicios en el territorio nacional, tanto al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE como a su red o descendencia, bajo la modalidad de mercadeo multinivel, con la finalidad de que ambas partes participen en las ganancias generadas por el contrato, asumiendo cada una sus propios gastos y pérdidas comerciales. Parágrafo Primero: Es importante destacar que la actividad de mercadeo en red o multinivel que se realiza en virtud de este contrato es estrictamente comercial, tal como lo establece el artículo 4° de la Ley 1700 de 2013. Por lo tanto, no se considera que existe una relación laboral, representación o agencia entre el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE y SMARTRAVEL, ni se generará comisión o reconocimiento económico alguno derivado de una agencia mercantil. Parágrafo Segundo: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE reconoce y asiente que tendrá únicamente dicha calidad frente a SMARTRAVEL, por consiguiente, no gozará de potestades diferentes a las previstas en este documento. Parágrafo Tercero: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE actuará por su propia cuenta, con total autonomía e independencia, y no estará sujeto a subordinación laboral por parte de SMARTRAVEL. Los derechos del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se
limitarán a exigir el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato,
y no existirá ninguna relación laboral entre las partes ni ningún poder, autoridad o derecho para asumir u crear obligaciones diferentes a las previstas en este contrato.
SEGUNDO: OBLIGACIONES A CARGO DE SMARTRAVEL: En virtud del
presente contrato, SMARTRAVEL asume las siguientes obligaciones: (i) Buscar e incorporar personas naturales o jurídicas que a su vez incorporen a otras personas naturales o jurídicas para vender sus productos y/o servicios, de acuerdo con la definición contemplada en el artículo 4° de la Ley 1700 de 2013,
(ii) Transferir o entregar oportunamente al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE su participación o plan de beneficios de acuerdo con el Plan de Compensación presentado y explicado al mismo, garantizando que la compensación económica o beneficio esté directamente relacionado con la venta de los productos y/o
servicios de SMARTRAVEL, de acuerdo a lo señalado en el artículo 1° del Decreto Reglamentario 24 del 12 de enero de 2016, por medio del cual se adiciona el artículo 2.2.2.50.1 del Decreto 1074 de 2015. La mera acción de incorporar nuevos miembros a la red comercial no generará ningún beneficio económico o compensación de ningún tipo. (iii) Respaldar y fomentar la coordinación entre los miembros de la red comercial, por medio de un aplicativo de información, con el fin de facilitar la actividad multinivel de las personas incorporadas por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. (iv) Garantizar una disponibilidad adecuada de los servicios ofrecidos para el correcto desarrollo del contrato. (v) Tener una oficina disponible para el público a efectos de llevar a cabo el objeto del Contrato, la cual se encuentra en la Xxxxx 00 Xxxxx Xx. 0-00, xx xx xxxxxx xx Xxxx (Xxxxx xxx Xxxxx). (vi) Informar al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE los términos y condiciones del contrato antes de que este firme, así como el Plan de Compensación, el Manual de Políticas y Procedimientos y los demás documentos que hacen parte integral del mismo. (vii) Informar al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE acerca del alcance y funcionamiento del presente Contrato, en particular en lo relacionado con la estructuración de la Red o Descendencia, así como la comercialización de los Productos y/o servicios turísticos o de viajes por parte de SMARTRAVEL, tanto para el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE como para la Red o Descendencia.
(viii) Tramitar y responder de manera clara y oportuna, en los plazos establecidos por la Ley 1700 de 2023, todas las consultas y solicitudes de aclaración que realice el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE antes, durante y después de su vinculación. Estas solicitudes pueden referirse al objeto, contenido, alcance, sentido del Contrato y sus anexos, los Productos y/o servicios comercializados, y cualquier información relevante sobre las compensaciones, recompensas o ventajas previstas. También se proporcionará información detallada sobre los objetivos específicos que darán derecho a los pagos correspondientes, así como los plazos y fechas de pago o entrega, en caso de compensaciones en especie.
(ix) Elaborar y mantener actualizado un registro detallado y preciso junto con los extractos del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, con el propósito de que este pueda recibir sus correspondientes compensaciones o beneficios de forma clara y oportuna. (x) Ser fiel al compromiso de cumplir con las obligaciones legales y contractuales para garantizar el respeto y protección de los derechos del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, establecidos en la Ley 1700 y en este Contrato. (xi) Acatar todas las disposiciones que se determinen en la Ley 1700 de 2013 y otras regulaciones aplicables.
TERCERO: DERECHOS EN FAVOR DEL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE:
Se considera como tal a la persona natural que realiza una actividad comercial y se une a SMARTRAVEL en calidad de afiliado para ser parte de su sistema multinivel o de mercadeo en red. A través de su red o descendencia (cadena de distribuidores vinculados sucesivamente), el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE recibe pagos, compensaciones u otros beneficios económicos relacionados
expresamente con la venta de productos que se realizan mediante el mencionado sistema. Después de haber completado el proceso de registro y haber sido aceptado dentro de la red de SMARTRAVEL, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE goza de los siguientes derechos: (i) Al validar su registro, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE obtendrá un ID de afiliado que lo identificará en el sistema informático de la compañía. Este ID le permitirá comercializar los productos y/o servicios de SMARTRAVEL y recibir una comisión o compensación por sus ventas. El DISTRIBUIDOR reconoce que los precios de los productos y/o servicios son los más recientes que figuren en el listado de precios de la empresa al momento de la compra. (ii) El ID será administrado por intermedio de un correo electrónico y una contraseña proporcionados por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Estos datos le darán acceso a la oficina virtual, en la cual podrá realizar compras, redenciones, afiliaciones y gestionar su información personal y la de su equipo, entre otros datos. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE es responsable de proteger y utilizar de forma adecuada su ID, correo y contraseña, y asumirá la responsabilidad total por cualquier uso indebido por parte de terceros. (iii) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE recibirá las compensaciones o beneficios económicos correspondientes al Plan de Compensación presentado y explicado, siempre que estos guarden una relación directa con la venta de los productos objeto de la actividad de SMARTRAVEL.
(iv) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE obrará de forma autónoma e independiente, sin metas ni presupuestos de cumplimiento. Tendrá completa discrecionalidad para organizar sus tiempos, horarios y ubicaciones para sus actividades, sin estar subordinado a SMARTRAVEL. A su vez, este será responsable de forma exclusiva frente a los gastos generados con ocasión de sus actividades, y este acuerdo no generará ningún vínculo u obligación de naturaleza laboral, de representación, agencia comercial u otra modalidad de contrato o relación de dependencia o sometimiento entre las partes. (v) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE tiene la potestad de desarrollar cualquier otra actividad económica, incluso la venta, reventa y distribución de productos y/o servicios de otras compañías, con el compromiso de que no expondrá la marca y buena reputación de SMARTRAVEL ni le causará pérdidas o perjuicios de cualquier tipo. Cualquier actividad adicional no podrá ser violatoria del Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL. (vi) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, persona natural, tiene libertad de vincular a una tercera persona en su ID, cónyuge o no. El afiliado titular será responsable por las acciones perjudiciales de su vinculado, asimismo, por los perjuicios que éste ocasione a SMARTRAVEL.
(vii) SMARTRAVEL pondrá a disposición contenido visual en formato digital
mediante su página web y oficina virtual. Dicho material contendrá información sobre la compañía y sus valores, detalles sobre sus productos y/o servicios, así como temas referentes a la venta directa y al Plan de Compensación de SMARTRAVEL. (viii) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE de SMARTRAVEL
tendrá la oportunidad de percibir ingresos adicionales a través de compensaciones por las compras efectuadas por los integrantes de su red de
MLM, siempre y cuando dichos integrantes sean también DISTRIBUIDORES INDEPENDIENTES de SMARTRAVEL y cumplan con los requisitos establecidos en el Plan de Compensación y el Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL. Lo anterior, además de las ganancias adquiridas por la venta directa de productos y/o servicios de SMARTRAVEL. (ix) El derecho a las compensaciones y los demás beneficios económicos generados expresamente por la venta de los productos y/o servicios a través de la red o descendencia, mediante el uso del sistema multinivel o de mercadeo en red proporcionado por SMARTRAVEL, tendrán un carácter permanente y pasarán a formar parte del patrimonio heredable según las disposiciones del Código Civil Colombiano. Sin embargo, para que los herederos puedan hacer valer su derecho a dichas compensaciones, deben cumplir con los requisitos establecidos en el Plan de Compensación y el Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL.
CUARTO: OBLIGACIONES A CARGO DEL DISTRIBUIDOR
INDEPENDIENTE: (i) Al completar el registro, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE afirma que cuenta con capacidad legal y, por lo tanto, se encuentra autorizado para llevar a cabo todas las actividades comerciales, acepta todos los términos de este acuerdo y se compromete a cumplirlos, así como las obligaciones establecidas en el Plan de Compensación y Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL, que se encuentran disponibles en la página web oficial de la empresa y que forman parte integral de este instrumento. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE declara que ha leído la totalidad de estos documentos y, por lo tanto, está plenamente informado sobre su contenido. Además, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE afirma que todos los datos proporcionados en el formulario de registro son veraces. (ii) Hacerse cargo de todos los costos y gastos necesarios para cumplir con las actividades acordadas en el presente contrato, incluyendo los gastos generados durante el desarrollo de las mismas, asimismo, hacerse cargo por cuenta y riesgo propio de cualquier pérdida que pueda sufrir en caso de que la venta de los productos y/o servicios directamente, o través de su red o descendencia, no se logre concretar. (iii) La validación y aceptación del registro del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE estará circunscrita al cumplimiento de todos los requisitos necesarios, incluyendo la adhesión al presente acuerdo, así como la sujeción al SISTEMA DE NEGOCIO de SMARTRAVEL. Esta compañía se reserva el derecho de cambiar o crear nuevos productos y servicios turísticos y de viajes, según las necesidades del negocio, y siempre que estos cambios sean comunicados para el conocimiento de todos los interesados. (iv) La conservación del ID del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE está condicionada al acatamiento del presente contrato de Afiliación, el Plan de Compensación y el Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL. Adicionalmente, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE deberá mantener la activación mensual de su negocio, la cual corresponde al pago de la tarifa de sostenimiento del SISTEMA DE NEGOCIO, por los valores fijados unilateralmente por SMARTRAVEL. (v) En caso de que un DISTRIBUIDOR
INDEPENDIENTE requiera inscribir más de una persona bajo su ID de afiliado, deberá constituirse e inscribirse como Persona Jurídica. Este requisito también aplicará a nuevas afiliaciones cuando se busque vincular dos o más personas bajo un mismo ID de afiliado. (vi) Si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE contrata a terceros para asistir en las actividades propias de este contrato, ya sea mediante compensación monetaria o no, este será exclusivamente el responsable del acatamiento de cualquier obligación, independientemente de su naturaleza, incluyendo obligaciones comerciales, laborales, fiscales y sociales.
(vii) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE será el único responsable de pagar los tributos relativos a su actividad autónoma, mientras que SMARTRAVEL cumplirá con los requisitos legales de información y retención establecidos en la Ley. (viii) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE obrará como comerciante independiente ante SMARTRAVEL y terceros, siempre en su propio nombre y bajo su exclusiva responsabilidad. Queda expresamente prohibido que el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE adopte una razón comercial común entre las partes. (ix) Aunque el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, en su calidad de autónomo, puede llevar a cabo prácticas de ventas, estas deben ser siempre conformes a la ley, la buena fe y las políticas internas de la compañía. Se prohíben expresamente las prácticas ilegales, abusivas y desleales, como la atribución de descuentos a los productos y/o servicios comercializados que exceden los presentados por la Compañía, así como la inclusión de servicios que no están contemplados en los planes brindados por la misma. (x) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE tiene la obligación de mantener actualizados, por medio de la oficina virtual en los términos señalados por SMARTRAVEL, sus datos de registro, especialmente su cuenta bancaria, dirección, teléfono y correo electrónico, con el fin de realizarle el pago de bonos y compensaciones. Si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE no cumple con esta obligación, tendrá prohibido reclamar cualquier derecho que surja de su omisión. (xi) Al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se le prohíbe de manera terminante adoptar cualquier compromiso en nombre o representación de SMARTRAVEL. (xii) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE tiene permitido utilizar las marcas de SMARTRAVEL siempre y cuando cumpla con las normas y directrices establecidas en el manual de Políticas y Procedimientos. Además, entiende que la compañía es y seguirá siendo la propietaria exclusiva de todos los derechos de propiedad intelectual relativos a los productos, servicios, anuncios y materiales impresos o no. (xiii) En el momento de su afiliación o de manera oportuna, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE deberá designar un administrador para su cuenta e ID en caso de adjudicación de apoyo judicial o similares, invalidez o fallecimiento. En ese momento, el administrador tendrá los mismos derechos y obligaciones establecidos en la inscripción, Plan de Compensación y Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL, por consiguiente, debido al nombramiento, será el único responsable por cualquier omisión o pérdida derivada del incumplimiento de las condiciones establecidas en este contrato.
QUINTO: PLAN DE COMPENSACIÓN: El Plan de Compensación de SMARTRAVEL es el documento que establece los términos y condiciones para la asignación de bonificaciones y compensaciones a los DISTRIBUIDORES INDEPENDIENTES. Este documento forma parte integrante de este contrato y puede ser modificado por SMARTRAVEL en cualquier momento mediante decisión unilateral. Los cambios al Plan de Compensación serán notificados al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigencia de dichas modificaciones.
SEXTO: CONDICIONES PARA EL PAGO: SMARTRAVEL realizará el pago
de cualquier compensación en favor del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE mediante consignación bancaria en la cuenta que éste haya proporcionado, la cual debe estar a su nombre. Además de la información bancaria, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE deberá cargar una copia de su cédula de ciudadanía y RUT a través de su plataforma de backoffice para asegurar la seguridad de las transacciones. SMARTRAVEL se reserva el derecho de requerir otros documentos adicionales que considere necesarios, por ejemplo, copias autenticadas y declaraciones con reconocimiento de firma ante notaría. Con el fin de que los bonos o compensaciones sean exigibles, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE deberá reunir los requisitos señalados, como mantener su código o ID activo, RUT, fotocopia de la cédula y la documentación legal adicional requerida al día, y suministrar la información bancaria completa para el pago. Además, los bonos o compensaciones solo serán válidos si se derivan de ventas realizadas por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE o sus afiliados descendientes en su red.
SÉPTIMO: FORMA Y FRECUENCIA DE LOS PAGOS: SMARTRAVEL
pagará al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE los bonos y compensaciones según lo establecido en el Plan de Compensación, que forma parte integral de este contrato.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a una cuenta que el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE haya proporcionado a SMARTRAVEL a nombre del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE de forma obligatoria.
OCTAVO: CONSENTIMIENTO PARA EL USO DE DERECHOS DE IMAGEN Y VOZ EN FOTOGRAFÍAS, CONTENIDOS AUDIOVISUALES (VÍDEOS) Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL CONCEDIDOS A SMARTRAVEL: El
DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE autoriza y cede de manera irrevocable, gratuita y sin límite de tiempo a SMARTRAVEL, los derechos de imagen y voz sobre fotografías, videos y demás producciones audiovisuales. Asimismo, cede los derechos patrimoniales de autor, incluyendo los derechos de reproducción, comunicación pública, transformación y distribución, así como los derechos conexos que resulten necesarios para la explotación de dichas fotografías y contenidos audiovisuales. SMARTRAVEL se compromete a utilizar dichos
derechos única y exclusivamente para fines promocionales de la compañía y sus productos, y se obliga a respetar los derechos xxxxxxx del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE sobre las obras autorales objeto de esta cesión. En consecuencia, SMARTRAVEL tendrá la libertad de utilizar, publicar y reproducir dichos recursos en la empresa, incluyendo su imagen, nombre, datos biográficos, sonido de voz y cualquier otro material recogido durante su registro y participación en eventos, entrenamientos, conferencias, convenciones, promociones, exhibiciones y experiencias de viaje organizadas por SMARTRAVEL, tanto a nivel nacional como internacional. Estos materiales podrán ser utilizados en diversos medios impresos y virtuales, incluyendo, pero no limitados a la web, blogs, redes sociales, medios digitales, revistas, periódicos, televisión, folletos, volantes y banners, con fines de divulgación interna o externa, institucional, promocional o comercial de SMARTRAVEL, sus productos y servicios, sin límite de tiempo, bien sea que se pretenda obtener o no algún beneficio patrimonial. SMARTRAVEL se reserva el derecho de hacer cualquier ajuste, edición, corte, reproducción y modificación en el material recogido si se considera necesario para su utilización promocional. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE reconoce que esta autorización se concede sin derecho a recibir ninguna contraprestación económica o compensación alguna por parte de SMARTRAVEL. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE declara y garantiza que es el único propietario de los derechos de imagen, voz y propiedad intelectual objeto de esta autorización, y que su utilización por parte de SMARTRAVEL no viola ningún derecho de terceros. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE autoriza a SMARTRAVEL a compartir el material recogido en este contrato con personas jurídicas o naturales, socios comerciales y sucesores, sin ninguna limitación a lo aquí autorizado. SMARTRAVEL se compromete a garantizar la seguridad y protección de los datos personales de todas las personas inscritas en la compañía, y a respetar las disposiciones legales aplicables en materia de protección de datos personales. La autorización que se concede sobre el material recogido en este contrato tiene un carácter comercial y publicitario, y puede ser utilizado en cualquier tipo de comunicación publicitaria, incluyendo comerciales, ediciones impresas, electrónicas, digitales, ópticas, en la Red de Internet, etc. y todos los canales de comunicación que SMARTRAVEL determine. Esta autorización es válida por tiempo indefinido una vez que haya sido otorgada. Es importante señalar que esta autorización no afecta ni limita en ningún caso los derechos xxxxxxx de autor que corresponden al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE en relación con el contenido fotográfico y su imagen y voz. El derecho moral de paternidad garantiza al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE el reconocimiento de su calidad de autor del contenido fotográfico, y el derecho de integridad le permite proteger la integridad del material en cuestión y evitar cualquier alteración, deformación o mutilación del mismo que pueda perjudicar su reputación o dignidad. Por lo tanto, SMARTRAVEL se compromete a respetar estos derechos xxxxxxx y a garantizar que el contenido fotográfico, así como la imagen y voz del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, se utilicen de manera adecuada y respetuosa en todos los materiales que se publiquen. Asimismo,
SMARTRAVEL se compromete a cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en relación con la protección de datos personales. Lo anterior, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6 Bis del Convenio xx Xxxxx para la protección de las obras literarias, artísticas y científicas; artículo 30 de la Ley 23 de 1982, artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales o habeas data). El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE manifiesta y acepta que la presente autorización es una cesión gratuita, voluntaria e irrevocable de todos los derechos patrimoniales y conexos que le corresponden sobre su imagen, voz y propiedad intelectual, sin limitación temporal o territorial, y para cualquier aplicación, tanto en medios actuales como en los que puedan desarrollarse en el futuro. Además, declara expresamente que renuncia a cualquier reclamación de derechos o compensación económica por su participación en los proyectos mencionados en esta autorización.
NOVENO: PLAZO Y FINALIZACIÓN: El presente contrato de afiliación tendrá una duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá darlo por terminado por las siguientes causales: (i) Por iniciativa de una de las partes: Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento. La parte que desee terminar el contrato deberá notificar por escrito a la otra parte con al menos treinta (30) días calendario de antelación a la fecha en que se hará efectiva la terminación. Si la terminación del contrato es por iniciativa de SMARTRAVEL, esta última deberá pagar al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE los bonos y premios obtenidos hasta el momento de la comunicación de la decisión. Si la terminación es por iniciativa del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, SMARTRAVEL pagará las compensaciones logradas hasta el momento de recibida la comunicación, y se entiende que aquel renuncia a sus calificaciones, premios y bonificaciones generados por las ventas futuras realizadas por su red de MLM, a partir de ese momento. (ii) Por mutuo acuerdo: Las partes podrán dar por terminado el contrato por mutuo acuerdo. (iii) Por falta grave: SMARTRAVEL podrá dar por terminado el contrato de forma inmediata si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE comete alguna de las faltas graves contempladas en la siguiente cláusula del presente contrato. (iv) Por imposibilidad jurídica o de hecho: Si se presenta una imposibilidad jurídica o de hecho no imputable a la voluntad de las partes que, impida o deje inocua la ejecución del presente contrato, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato. (v) Por incumplimiento: Si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE no cumple con las obligaciones establecidas en el presente contrato, SMARTRAVEL podrá dar por terminado el contrato. (vi) Por violación de políticas: SMARTRAVEL podrá dar por terminado el contrato si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE viola las Políticas y Procedimientos establecidos por SMARTRAVEL. (vii) Terminación unilateral por inclusión en lista de control: Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato de forma unilateral si es incluida en listas para el control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, como la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior-OFAC expedida por la Oficina xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de
Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras listas públicas relativas al lavado de activos. Parágrafo: Después de la terminación del presente contrato por cualquier motivo, las partes deben realizar la liquidación del mismo dentro de los treinta (30) días siguientes a su conclusión. Durante la liquidación, se deberán pagar todos los bonos y compensaciones causados y pendientes de pago que correspondan al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE.
DÉCIMO: FALTAS GRAVES: El incumplimiento de las condiciones y normas establecidas en el presente contrato, en el Plan de Compensación y en el Manual de Políticas y Procedimientos de SMARTRAVEL por parte del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se considerará una falta grave. En tal caso, SMARTRAVEL tendrá derecho a dar por terminado este acuerdo de forma inmediata y sin previo aviso al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Además, cualquier valor monetario, bonificación, premiación, calificación u otro pago exigible por parte del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE a SMARTRAVEL quedará anulado y perdido en caso de que se produzca una falta grave, sin que haya lugar al pago de indemnización de perjuicios en favor del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE.
UNDÉCIMO: INACTIVIDAD Y CANCELACIÓN DEL CÓDIGO DE DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE POR FALTA DE PAGO: El código de un
DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se considerará inactivo si no se paga la cuota mensual de sostenimiento del SISTEMA DE NEGOCIO dentro del plazo establecido. Si dicho estado se mantiene durante seis (6) meses, se cancelará el código de manera definitiva. En este caso, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE no podrá reactivarlo ni restablecer su posición en el árbol binario.
DUODÉCIMO: NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: Las partes
acuerdan que cualquier comunicación o notificación relacionada con este Contrato se llevará a cabo de la siguiente manera: (i) El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE deberá realizar toda comunicación, así como reclamos o peticiones, únicamente a través del correo electrónico proporcionado durante su registro o última actualización del mismo, a los correos electrónicos indicados en el Manual de Políticas y Procedimientos de la compañía. (ii) SMARTRAVEL realizará todas las comunicaciones al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE a través de los medios establecidos para este propósito, tales como la oficina virtual, la página web y/o al correo electrónico proporcionado por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE durante su registro o al último que tenga actualizado al momento de la comunicación. Cualquier notificación judicial se enviarán al correo electrónico proporcionado por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE durante su registro o al último que tenga actualizado al momento de la notificación.
DECIMOTERCERO: INDEMNIDAD: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE
se compromete a asumir responsabilidad y mantener indemne a SMARTRAVEL
por cualquier reclamación, demanda o acción legal que se inicie debido a
acciones imputables al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Por lo tanto, este será responsable de indemnizar a SMARTRAVEL por cualquier pérdida, daño, gasto o costo, incluyendo, pero no limitado a, honorarios legales y de abogados, que surjan o estén relacionados con las acciones, omisiones o violaciones de las reglas de SMARTRAVEL y la ley por parte del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Además, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE será
responsable patrimonialmente por el uso correcto de las marcas y el buen nombre de SMARTRAVEL. Si el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE utiliza prácticas ilegales, abusivas o desleales, que incluyen la atribución de descuentos exagerados o beneficios no incluidos frente a los servicios, desvirtúa los propósitos de la compañía o sus servicios para mejorar su imagen y sus operaciones, será responsable de las consecuencias de sus acciones de forma excluyente. A SMARTRAVEL, sus socios y representantes no se les podrá imputar responsabilidad civil o penal por los daños ocasionados por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE en el ejercicio de sus actividades, asumiendo este la responsabilidad por sus acciones u omisiones.
DECIMOCUARTO: CESIÓN: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE no podrá
transferir o ceder los derechos y obligaciones establecidos en este contrato a terceros sin obtener previamente el consentimiento expreso de SMARTRAVEL. SMARTRAVEL se reserva el derecho a aceptar o rechazar de forma discrecional cualquier solicitud de transferencia de titularidad del ID de afiliación a otra persona. En caso de que SMARTRAVEL autorice la transferencia, el cedente no podrá volver a inscribirse antes de seis (6) meses desde la transferencia y solo podrá hacerlo como nuevo afiliado. Además, se prohíbe el reingreso como cesionario procedente de otra titularidad. En todo caso, el cedente será responsable de presentar formalmente la solicitud de transferencia y de cubrir el pago de cualquier tarifa aplicable.
DECIMOQUINTO: NO EXCLUSIVIDAD: Las partes acuerdan que la relación comercial establecida en este contrato no es exclusiva y no impide a ninguna de las partes celebrar acuerdos similares con terceros sin limitación alguna.
DECIMOSEXTO: CAMBIOS AL CONTRATO Y ANEXOS: SMARTRAVEL se
reserva el derecho de modificar el presente contrato, el Plan de Compensación, el Manual de Políticas y Procedimientos, etc., en cualquier momento y sin previa consulta al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Para hacer efectivas y vinculantes dichas modificaciones, SMARTRAVEL las comunicará por escrito al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE con una antelación mínima de treinta (30) días calendario a la entrada en vigencia de la modificación o del nuevo plan. Esta comunicación podrá realizarse a través de cualquier medio que SMARTRAVEL considere adecuado, incluyendo su página web o su oficina virtual, entre otros.
DECIMOSÉPTIMO: TOTALIDAD DEL ACUERDO: Este contrato constituye el acuerdo completo entre las partes y reemplaza cualquier acuerdo, contrato o
convenio previo, ya sea oral o escrito, relacionado con la materia objeto de este acuerdo. Las partes no serán obligadas en virtud de declaraciones hechas por sus funcionarios, empleados o agentes que estén en conflicto con las estipulaciones de este contrato.
DECIMOCTAVO: MÉRITO EJECUTIVO: Las obligaciones contempladas en este contrato serán exigibles de manera inmediata y sin necesidad de requerimiento previo alguno. Las partes renuncian expresamente a ese tipo de requerimientos previos, asimismo, este contrato tendrá plena validez y prestará mérito ejecutivo para la exigibilidad de dichas obligaciones ante la autoridad competente. Parágrafo: La falta de exigencia inmediata del cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas por parte de cualquiera de las partes no implicará la renuncia a dichas obligaciones ni exonerará a la otra parte de su cumplimiento, reservándose a la parte cumplida el derecho de exigir su cumplimiento en cualquier momento.
DECIMONOVENO: IMPUESTOS: Las partes convienen en que: (i) Cada una será individualmente responsable de cumplir con sus obligaciones fiscales y tributarias, en virtud de las leyes y regulaciones aplicables; (ii) Ambas tienen conocimiento de las leyes tributarias vigentes y se comprometen a cumplir con las mismas.
VIGÉSIMO: CONFIDENCIALIDAD: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se
compromete a mantener la más estricta confidencialidad y a tratar con dicho carácter toda la información que llegue a su conocimiento con ocasión de la ejecución del presente contrato. En consecuencia, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se obliga a no divulgar a terceros información de SMARTRAVEL y/o de sus clientes, incluyendo, entre otros, secretos comerciales, profesionales, informáticos, industriales y tecnológicos. Esta información puede incluir, entre otras cosas, software, operaciones, estudios, análisis, bases de datos, desarrollos de sistemas, estados de cuenta y cualquier otra información confidencial relacionada con SMARTRAVEL y/o sus clientes. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE reconoce y acepta que estas obligaciones serán exigibles incluso después de la terminación del presente contrato, por un período de hasta diez (10) años. En caso de incumplimiento, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE será sancionado con una multa equivalente a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de su imposición, la cual podrá ser exigida mediante la vía ejecutiva, ya que este contrato es un título ejecutivo para todos los efectos legales. Además, el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE será responsable civil, penal y patrimonialmente por cualquier uso indebido o no autorizado de la información de SMARTRAVEL o de terceros vinculados comercialmente con la empresa.
VIGÉSIMO PRIMERO: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: El
DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE otorga su autorización a SMARTRAVEL con
el fin de que, directamente o a través de sus terceros Encargados, efectúe la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, actualización, procesamiento, compilación, disposición, transferencia y/o transmisión de sus datos personales y los de terceros que sean proporcionados en el marco de la presente relación contractual, en cumplimiento de la Política de Tratamiento de Datos Personales, exclusivamente para las finalidades relacionadas con la ejecución del presente contrato y aquellas similares o análogas, incluyendo la gestión administrativa, facturación, cumplimiento de obligaciones legales, control de calidad y la prestación de los servicios contratados. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE reconoce que tanto él como los demás titulares de datos personales tienen la libertad de ejercer sus derechos según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, así como en las demás normas que la modifiquen o adicionen, tales como conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales, además de poder revocar la autorización otorgada para su tratamiento en cualquier momento, mediante los canales dispuestos por la empresa a través de la precitada Política. Igualmente, acepta y autoriza que SMARTRAVEL será el Responsable del Tratamiento de los datos personales obtenidos en razón de este contrato y que su línea ascendente (el distribuidor que lo afilió y sus afiliados) tendrán acceso a sus datos personales de conformidad con las finalidades establecidas en el presente contrato. Las partes se comprometen a garantizar la confidencialidad, seguridad y privacidad de los datos personales suministrados, y a adoptar las medidas técnicas, administrativas y físicas necesarias para prevenir su pérdida, adulteración, acceso no autorizado o cualquier otro uso indebido. SMARTRAVEL podrá compartir los datos personales del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE con otras empresas o terceros que formen parte del mismo esquema multinivel, para fines relacionados con la gestión y control del mismo. El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE reconoce que la información suministrada es verídica, completa, exacta, actualizada y verificable. SMARTRAVEL no se hace responsable por la veracidad o exactitud de los datos suministrados por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. Parágrafo: En virtud de la Ley 1266 de 2008, SMARTRAVEL queda autorizada por el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE para reportar a un tercero (Operador) sus datos comerciales y financieros en caso de que se presente un incumplimiento en el pago del presente contrato. Este reporte tiene como finalidad evidenciar el comportamiento comercial y financiero del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE en las correspondientes centrales de riesgo, sin menoscabo del procedimiento legal que SMARTRAVEL deba realizar para suministrar el reporte. El Distribuidor Independiente acepta expresamente esta autorización.
VIGÉSIMO SEGUNDO: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Si surge cualquier
conflicto entre las Partes relacionado con el presente contrato, las mismas deberán reunirse y tratar de resolverla directamente por medios amistosos en primera medida. En el caso de que dicha diferencia no se resuelva dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha en que una Parte notifique a la otra acerca de la existencia de la controversia y proponga una fecha de reunión
para resolverla, o la reunión convocada no se lleve a cabo, entonces cualquiera de las Partes podrá iniciar un proceso judicial ante la jurisdicción ordinaria para resolver la controversia.
VIGÉSIMO TERCERO: DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y
VOLUNTAD: El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE manifiesta haber leído y comprendido en su totalidad el contenido del presente contrato, y haber tenido la posibilidad de solicitar las aclaraciones necesarias sobre el particular. Asimismo, reconoce que su registro ha sido una decisión autónoma, libre de vicios, dolo, coacción o grave error. Esta declaración se hace constar con la finalidad de dejar claro que el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE ha prestado su consentimiento informado de manera consciente y voluntaria.
VIGÉSIMO CUARTO: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El
presente Contrato se considerará perfeccionado y, por tanto, vinculante entre las Partes, una vez que el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE haya completado todos los pasos necesarios, proporcione toda la información requerida en el formulario de registro correspondiente y declare su aceptación expresa del mismo al seleccionar la casilla "Manifiesto que he leído y acepto las condiciones del Contrato de Distribuidor Independiente", la cual está disponible en el formulario de registro alojado en el sitio web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.