CONTRATO DE COMODATO
Entre la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes representada en este acto por……con domicilio especial en Xxxx Xxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxxx Xxxx xx Xxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, en su carácter de Intendente Municipal, en adelante denominado EL COMODANTE, por una parte, y la entidad Club Náutico San Xxxxxx de los Andes, Personería Jurídica Decreto N°3220/86 con domicilio en xxxxx Xxxxxxxx 000 de ésta ciudad, representada en éste acto por su Presidente Xx. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx DNI4988838,denominado EL COMODATARIO por la otra parte se celebra el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones
PRIMERA: OBJETO.EL COMODANTE cede en comodato al COMODATARIO un inmueble de su propiedad individualizado como lote …,que es parte de …. Nomenclatura Catastral …,superficie….m2. El inmueble se encuentra en perfecto estado de uso y conservación, lo que es conocido y aceptado por EL COMODATARIO, por haber inspeccionado el lote antes de éste acto SEGUNDA:DESTINO - El CNSMA destinará el inmueble cedido en Comodato para las actividades vinculadas a la práctica de deportes náuticos, sociales y recreativas de sus asociados quedando facultado para construir las obras civiles generales y específicas e instalaciones necesarias para el desarrollo de las mencionadas actividades, como así las obras xx xxxxx y forestación. Todas las construcciones, instalaciones, obras xx xxxxx y forestación deberán adecuarse a las normas y reglamentos que el Municipio y demás autoridades de contralor establezcan con criterio uniforme en la zona de xxxxx xxx Xxxx Xxxxx adyacente al inmueble cedido. El CNSMA se obliga a poner toda diligencia en la conservación del inmueble objeto de este contrato y es responsable de todo detrimento que el mismo sufra por su culpa. Queda expresamente prohibido el cambio de destino, la agregación de otras personas físicas ó jurídicas en calidad de comodatarios, y las transferencias totales o parciales, so pena de rescisión inmediata por culpa del COMODATARIO.
TERCERA: OTRAS OBLIGACIONES Y DERECHOS- Sin perjuicio de que éste comodato es gratuito, se acuerda que EL COMODATARIO asume en forma exclusiva el pago de todos los servicios que consuma en el inmueble durante todo el tiempo que tenga vigencia éste contrato. En consecuencia es obligación del COMODATARIO efectuar el pago de las facturas por la provisión de agua potable, energía eléctrica, gas natural, teléfono, y todo otro servicio que en el futuro pudiera recibir el inmueble. Igual responsabilidad de pago se asume respecto a las tasas y/o impuestos municipales, provinciales y nacionales que alcance al inmueble. Son a cargo del COMODATARIO las tasas e impuestos sobre la construcción, honorarios y gastos de proyectos, y toda erogación que por cualquier motivo se produzca, inclusive la responsabilidad civil hacia terceros, daños por accidentes laborales, reclamos contractuales vinculados a incumplimientos de obligaciones derivadas de la construcción ,y toda otra obligaciónderivada de la tenencia del inmueble.
CUARTA: SEGUROS. El COMODATARIO se obliga a contratar y mantener actualizados el pago de los seguros necesarios para cubrir los riesgos de siniestros que pudieran afectar las construcciones y a las personas y mantendrá totalmente indemne al COMODANTE de todo reclamo judicial o extrajudicial por cualquier concepto. QUINTA: PLAZOS. El comodato se constituye por el término de 60 años renovable automáticamente por igual período si ninguna de las partes manifiesta su intención en contrario con doce meses de anticipación al vencimiento del período en curso. SEXTA: Si antes de llegar al plazo convenido como tiempo del comodato, por cualquier causa se disolviere la Institución que por medio del presente contrato resulta COMODATARIA, deberá restituir en forma inmediata
el inmueble objeto de este contrato a su propietario libre de ocupantes y sin deudas por los servicios consumidos y canceladas las tasas y/o impuestos que graven los mismos y las actividades allí desarrolladas.
SEPTIMA.AUTORIZACIONES-TITULARIDAD DE LAS MEJORAS-RESARCIMIENTOS. Toda construcción
ó cambio sobre el inmueble deberá contar con autorización previa, emitida por el COMODANTE. A la finalización del presente contrato por cualquier causa el COMODANTE podrá quedarse con las mejoras ó instalaciones realizadas por el COMODATARIO que le resulten útiles ó necesarias, previo pago de su valor y el CNSMA podrá retirar aquellas realizadas por su cuenta, que no adquiriere el COMODANTE y sean removibles. OCTAVA: RESCISION El incumplimiento total ó parcial de cualquiera de las obligaciones asumidas por EL COMODATARIO, y además la falta de pago en términode un periodo de los cargos por servicios públicos, tasas eimpuestos, el inadecuado mantenimiento ó tratamiento del inmueble, la falta de contratación de los seguros planteados en la cláusula CUARTA, ó el abandono del inmueble producirán la rescisión culpable por incumplimiento, y la respectiva obligación de resarcir los daños. Asimismo la disolución de la entidad comodatario ó la no renovación de su personería jurídica será causal de resolución contractual inmediata.En caso de abandono el COMODANTE queda expresamente autorizado de tomar inmediata posesión, abrir puertas, candados ó cerraduras que hubiesen quedado bloqueadas, para lo que concurrirá con escribano público labrando acta de constancia. NOVENA: INSPECCION. EL COMODANTE tiene a lo largo de la duración del presente contrato, el más amplio derecho de inspeccionar el inmueble de éste comodato. Asimismo es obligación del COMODATARIO la exhibición de los recibos de pagos delos servicios al primer requerimiento del COMODANTE.----------------
DECIMA: CALIDAD DE LA OCUPACION-EL COMODATARIO declara que ocupa sólo en calidad de
autorizado por EL COMODANTE y en los términos de éste contrato renuncia expresamente a la posesión con ánimo de dueño y declara que durante la vigencia de la ocupación que ejerza en virtud de éste contrato reconoce como titular pleno de dominio a la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.
DÉCIMA PRIMERA: CONFIRMACION DEL CONCEJO DELIBERANTE.Los firmantes aceptan que éste contrato es provisorio y no obliga a! COMODANTE hasta tanto el Consejo Deliberante sancione la respectiva ordenanza aprobándolo en los términos del artículo 105 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.
DÉCIMA SEGUNDA: DOMICILIOS. Las partes, constituyen domicilios especiales en los indicados al principio en donde serán tenidas por válidas todas- las notificaciones que se cursen. Asimismo a los efectos de resolver todas las cuestiones que se deriven de la interpretación y/o aplicación de las cláusulas del presente contrato acuerdan la competencia de los tribunales ordinarios de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, con renuncia expresa a todo otro fuero ó jurisdicción: En prueba de conformidad, y parta su fiel cumplimiento se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. En la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes a los…. del mes de de 2015.