069/15 PLIEGO PARA LA
069/15 PLIEGO PARA LA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR
DIRECTO XX XXXXXXX DE
ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
069/15 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA) | |
Lugar de entrega | Sede de GIAHSA, sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X 000, Xxxxxxxxx 0 |
Fecha Límite de Presentación de Ofertas | Antes de las 13 horas del 24 de octubre de 2016 |
CPV | 713142004- perteneciente a “Servicios de Gestión de Energía” |
Tipo de referencia de Oferta | 110.000 € |
Duración del contrato | 2 años ( incluido 1 de prórroga) |
Procedimiento de adjudicación | Abierto con publicidad. |
Publicación GIAHSA | DOUE nº 2016/S 165-298363 de 27 xx xxxxxx de 2016 |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
Artículo 1.-OBJETO XXX XXXXXX
Artículo 2.-RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Artículo 3.-ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA Artículo 4.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Artículo 5.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 6.-VALORACIÓN Artículo 7.-DURACIÓN
Artículo 8.-CUMPLIMIENTO DE PLAZOS
Artículo 9.-OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Artículo 10.-RESPONSABILIDADES TRAS LA ENTREGA Artículo 11.-FACTURACIONES Y PAGOS
Artículo 12.-PERÍODO DE GARANTÍA MÍNIMA
Artículo 13.-GARANTÍA.
Artículo 14.-SEGUIMIENTO DEL CONTRATO Artículo 15.-PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 16.-MESA DE CONTRATACIÓN
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Artículo 18.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 19.-FUERO
ANEXOS
Anexo 1.-Condiciones Generales Contratación Anexo 2.-Compromiso Medioambiental
Anexo 3.-Declaración Responsable Anexo 4.- Confidencialidad
Anexo 5.- Modelo de Oferta económica
Artículo 1 .- OBJETO XXX XXXXXX.
Constituye el objeto del contrato al que se refiere el presente Xxxxxx, expediente
069 .15 para la “ PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G. I . A. H.S. A. (HUELVA) ” .
La descripción concreta a realizar, se encuentran e n e l Plieg o d e Prescripciones Técnicas ( PPT) y junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares partes integrantes del contrato, con su misma fuerza de obligar.
Artículo 2 .- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE .
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx tiene naturaleza de contrato privado del artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por los artículos 137.2, y 191 de la misma Ley, Normas Internas de Contratación de GIAHSA y los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas.
En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del presente Xxxxxx, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
Artículo 3 .- ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA.
La presente licitación ha sido contemplada en la publicación del Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) nº 2016/S 165-298363 de 27 xx xxxxxx de 2016 y se recoge, además, en el perfil del contratante de GIAHSA (xxx.xxxxxx.xxx).
Artículo 4 .- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El procedimiento es abierto con publicación DOUE y web de GIAHSA, para la adjudicación mencionada, durante el período de vigencia del contrato, con la codificación correspondiente a la normativa del vocabulario común de contratos CPVs: 713142004 - perteneciente a “ Servicios de Gestión de Energía”, según los requisitos fijados en el presente Pliego de cláusulas administrativas.
Artículo 4 . 1 .- REQUISITOS MÍNIMOS:
• Volumen anual de Gwh/ año gestionado para diferentes clientes en mercado Diario e Intradiario. Deberá acreditarse por certificados de clientes siendo al menos 55 Gwh/ año.
• Volumen anual de Gwh/ año gestionado para diferentes clientes en mercados de futuro. Requisito acreditado por al menos 27 Gwh/ año mediante certificados de clientes o por los miembros l iquidadores xxx xxxxxxx ( OMIP, MEFF, . . .)
Artículo 4 . 2 CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta, los criterios objetivos que aparecen reseñados a continuación, con ponderación que asimismo se atribuye:
Concepto | Puntuación Máxima |
Oferta económica (Mercado Diario e Intradiario) | 55 puntos |
Oferta económica (Mercado Futuro) | 15 puntos |
% a aplicar Desviaciones de Cobro (min. 30%) | 10 puntos |
% a aplicar Desviaciones de Abono (máx. 30%) | 20 puntos |
1.-Fórmula de baremación oferta económica.-:
• €/Mwh adquiridos sobre el alcance del Servicio de compra de energía en los Mercados Diario e Intradiario. Debe contemplarse incluido en esta valoración el alcance definido
para conseguir la condición de CDM de cada uno de los suministros identificados en anexo 1
Xxx=(Pc) x (OEM/OEV)= 55 puntos
Xxx = Puntuación oferta económica obtenida Licitador. Pc = Puntuación máxima asignada al criterio.
OEV = Oferta económica a evaluar.
OEM = Oferta económica menor admitida
SIEMPRE EN SOBRE C
2 .-Fórmula de baremación oferta económica.-:
• €/Mwh adquiridos sobre el alcance del Servicio de compra de energía en el mercado de futuros
Xxx=(Pc) x (OEMf/OEVf)= 15 puntos
Xxx = Puntuación oferta económica obtenida Licitador. Pc = Puntuación máxima asignada al criterio.
OEVf = Oferta económica a evaluar futuros.
OEMf = Oferta económica menor admitida futuros.
SIEMPRE EN SOBRE C
3 .- % a aplicar Desviaciones de Cobro (máx. 30 %):
• % a aplicar sobre la facturación de OMIE por las desviaciones entre el coste del volumen de energía comprada en el mercado de futuros a la tarifa acordada y el coste de dicho volumen al aplicar sobre el mismo el precio horario xxx xxxxxxx energético en el periodo considerado en cada factura por este concepto, cuando dichas facturas sean de CARGO para GIAHSA
Xxx=(Pc) x (OEVc/OEMc)= 10 puntos Xxx = Puntuación obtenida Licitador.
Pc = Puntuación máxima asignada al criterio. OEVc = % a evaluar cobros.
OEMc = % mayor admitido cobros
* mayor puntuación cuanto mayor valor
SIEMPRE EN SOBRE C
4 .-% a aplicar Desviaciones de abono (máx. 30%)
• % a aplicar sobre la facturación de OMIE por las desviaciones entre el coste del volumen de energía comprada en el mercado de futuros a la tarifa acordada y el coste de dicho volumen al aplicar sobre el mismo el precio horario xxx xxxxxxx energético en el periodo considerado en cada factura por este concepto, cuando dichas facturas sean de ABONO para GIAHSA
Poea=(Pca) x (OEMa/OEVa)= 20 puntos Poea = Puntuación obtenida Licitador.
Pca = Puntuación máxima asignada al criterio. OEMa = % menor admitida abonos
OEVa = % a evaluar abonos.
* mayor puntuación cuanto menor valor
SIEMPRE EN SOBRE C
Artículo 5 .- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se ejecutará de acuerdo con sus propios términos y sus documentos anexos, así como con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y todos los documentos que lo componen, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información del contenido de los Pliegos.
Artículo 6 .- VALORACIÓN
Se establece el Tipo de referencia del servicio en 110.000,00 € IVA excluido, según el detalle recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Artículo 7 .- DURACIÓN
La duración del contrato será de UN AÑO a partir de estar en total disponibilidad de uso del alta como CDM y además, estableciéndose el periodo máximo para esta implantación los 3 PRIMEROS MESES desde la firma del mismo.
Se establece además la posibilidad de una PRORROGA de UN AÑO en caso de acuerdo de ambas partes con las mismas condiciones del presente pliego.
Del mismo modo, atendiendo al hecho de que las prestaciones a las que se refiere este contrato se consideran muy necesarias para el buen funcionamiento de servicios esenciales para la comunidad, si llegara el término del mismo después de haber sido denunciado por una de las partes, y si por razones ajenas a la voluntad de GIAHSA, ésta no se encontrara en condiciones técnicas de afrontar con sus propios medios las referidas tareas o no se hubieran podido contratar de nuevo las mismas, el adjudicatario deberá seguir desarrollándolas por un período no mayor de tres meses desde la fecha de la notificación de resolución de contrato, no pudiendo exigir indemnización por los daños y perjuicios que por ésta causa se le irroguen.
Artículo 8 .- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS
Salvo fuerza mayor debidamente acreditada, el incumplimiento de la fecha comprometida como plazo máximo de ejecución así como el de las diferentes fases establecidas en la programación de los trabajos, podrá considerarse por GIAHSA como no conformidad, penalizándose según lo establecido en el PPT y subsidiariamente en Anexo 1 CONDICIONES GENERALES DE COMPRA.
En todo caso se establece como periodo máximo el de 3 meses para la total disponibilidad de uso del alta como CDM.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en xxxx respecto de los plazos parciales, de manera que, a juicio del Departamento responsable del Contrato , haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento de plazo final o éste hubiere quedado incumplido, GIAHSA podrá optar indistintamente por la rescisión del contrato con pérdida de la fianza o por la imposición de una sanción, conforme a lo establecido en el Anexo 1 , independientemente de las responsabilidades a que diera lugar el incumplimiento, que se exigirán de acuerdo con la legislación vigente.
La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa.
Artículo 9 .- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria deberá estar dada de alta en el epígrafe del IAE correspondiente al objeto del contrato, además siendo coherente con su objeto social, deberá cumplir todos los requisitos recogidos en la Legislación vigente referidos al personal y medios a utilizar tanto en materia Medioambiental como de Prevención de Riesgos.
El incumplimiento en cualquiera de los supuestos expresados en el presente artículo, en las obligaciones adquiridas por el contratista o en las impuestas por Ley, GIAHSA queda facultada para demandar al adjudicatario la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones como trámite previo al pago de cualquier servicio y en su caso, podrá exigir el abono de todos los daños y perjuicios que se le causen.
9.1 Medios necesarios para el Servicio
Contará con los medios adecuados para cumplir con las estipulaciones técnicas y compromiso de plazos en cuanto al servicio objeto de la presente licitación.
9.2 Obligaciones de Transferencia y Retención de Riesgos
El contratista deberá aportar certificado de cobertura del Riesgo de Responsabilidad Civil emitido por la Compañía Aseguradora con fecha posterior a la fecha de publicación de esta licitación, que contemple los siguientes apartados:
1.- Encontrarse al corriente de pago y con vigencia del seguro suficiente hasta el período previsto de finalización contrato.
2.- Deberá contemplar las siguientes garantías generales:
A) Responsabilidad Civil de explotación.
B) Responsabilidad Civil patronal.
C) Responsabilidad Civil Productos
D) Límite de indemnización por siniestro 150.000,00 €.
3.- Condiciones generales y particulares de la póliza en vigor.
4.-Escrito xx Xxxxxxxx de Póliza de Responsabilidad Civil Específica o Suplemento al Programa de Seguros de GIAHSA, de acuerdo con el Anexo 3 , SOLO EN EL SUPUESTO de que el contratista no pueda cumplir con lo especificado en el penúltimo párrafo del mismo , por lo que GIAHSA quedará facultada a suscribir póliza específica de Responsabilidad Civil para este contrato o a emitir suplemento a su Programa de Seguros, cuyo coste en cualquiera de los casos será abonado por el adjudicatario a la formalización del contrato, estableciéndose dicho coste en la cuantía del 7 ‰ de la base imponible del importe adjudicado.
GIAHSA facturará el 2 % del importe facturado por el adjudicatario descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de RA&BIAS (Risk Analisis and Business Interruption Análisis) “ANÁLISIS DE RIESGOS Y ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LOS RIESGOS EN EL NEGOCIO”,
redacción de informes técnicos, control e inspecciones, informes periciales, seguimiento en período de garantía y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad del suministro y la atención preferente al usuario.
9.3 Obligaciones Sociales y en Materia de Prevención de Riesgos.
El contratista estará obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos en el Trabajo y cuantas disposiciones de carácter general sean de aplicación al presente contrato. Dicha obligación será extensiva a todas las acciones a realizar respecto de las subcontratas de acuerdo con las obligaciones legales vigentes en materia de Coordinación Empresarial.
GIAHSA queda facultada para exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento y, en todo caso, como trámite previo, al pago de cualquier orden de compra.
El contratista cuidará especialmente de que se cumplan todas las medidas de Prevención de Riesgos Laborales que sean de aplicación, tanto para su actividad como de las subcontratas, de manera que el incumplimiento de las mismas facultará a GIAHSA para suspender unilateralmente la ejecución de los suministros hasta que dichas medidas sean adoptadas en el plazo que se señale al contratista o para resolver el contrato si el incumplimiento de estas medidas fuese reiterado o no se atendieran por el contratista las indicaciones que GIAHSA realizase en este sentido.
El incumplimiento por parte del contratista de los requerimientos en materia de seguridad y salud podrá ser causa de rescisión del contrato, exonerando expresamente a GIAHSA de cualquier responsabilidad u obligación de carácter laboral, civil ó de cualquier otra índole.
El Contratista se compromete expresamente a celebrar contrato escrito con cada uno de los trabajadores que vaya a dedicar a la prestación del objeto de este Contrato, y a cumplir sus obligaciones laborales y de Seguridad Social, facilitando además a GIAHSA, con una periodicidad mensual, copia de los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones.
Si se utilizaran contratas para la ejecución total o parcial, el contratista deberá imponer a los subcontratistas las mismas condiciones que se señalan en este artículo y en el resto xxx Xxxxxx, respondiendo frente a GIAHSA de las consecuencias que para ella se pudieran derivar de un incumplimiento por el subcontratista de las mismas. La subcontratación ha de ser indicada de forma previa por la empresa contratista especificando el objeto de dicha subcontrata y en ningún caso podrá superar el 5% de los medios asociados en el desarrollo de los trabajos. En el caso de no comunicar el tipo y magnitud de los suministros o servicios asociados a este Pliego, la empresa contratista necesitará de la aprobación explícita por parte de GIAHSA.
Artículo 10 .- FACTURACIONES Y PAGOS
El contratista tendrá derecho al abono de los suministros que realmente entregue con arreglo a los precios y condiciones convenidas.
Los servicios se facturarán mensualmente con total de los suministros realmente realizadas contra recepciones informáticas aceptadas y con cargo a la Orden de Compra emitida al efecto una vez recibidos los albaranes de entrega conforme al PPT y la conformidad plena por GIAHSA.
Las facturaciones deberán realizarse de acuerdo con el punto 0 xxx Xxxxx 0 CONDICIONES GENERALES DE COMPRA PARA LA CONTRATACIÓN con el detalle y el
desglose que determine el Departamento de Contabilidad de GIAHSA.
GIAHSA procederá al pago de dichas facturas mediante transferencia bancaria, en el plazo máximo de 30 días desde su aceptación.
Atendiendo a las finalidades públicas que se pretenden atender con este Contrato, el retraso en el pago del precio no facultará al Contratista a interrumpir sus prestaciones, aunque sí le facultará para exigir los daños y perjuicios que por esta causa se le originen.
Artículo 12 .- PERÍODO DE GARANTÍA MÍNIMA
Dado el tipo del tipo de servicio que se licita así como suministro del que se trata se entiende no necesario establecer un periodo de garantía al producto que no sea el establecido legalmente.
Artículo 13 .- GARANTÍA.
Previamente a la firma del contrato el adjudicatario tiene la obligación de constituir una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación del contrato excluido IVA. Dicha garantía se hará efectiva bien mediante aval ejecutable a primer requerimiento de GIAHSA, bien mediante la presentación de un documento facultando a GIAHSA a retener del importe de la primera factura o siguientes si el valor de dicha garantía no pudiera cubrirse en la primera o por ingreso en efectivo en la cuenta a nombre de GIAHSA.
Artículo 14 .- SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
GIAHSA establecerá una política de control y seguimiento del proyecto para comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. El no cumplimiento de las mismas será objeto de penalización pudiendo ser causa de rescisión de contrato, según la gravedad o reiteración de las faltas; para lo cual, GIAHSA, dentro de su sistema de gestión, instruirá con carácter de no conformidad cada una de esas acciones informando al contratista sobre las causas y consecuencias así como la cuantificación de las mismas.
El Subdirector del Departamento de Producción de GIAHS A o a la persona e n qu e éste delegue.
Si se produce un desvío mensual unitario superior al 2% en valor absoluto sobre la programación de compra realizada a OMIE, la empresa adjudicataria evaluará y justificará la causa a partir de la cual se han producido dichos desvíos. Si esta es atribuible a errores en la programación de la demanda por parte del adjudicatario, se aplicará una penalización del 15% sobre la cantidad mensual a facturar del servicio contratado al adjudicatario, en dicho mes.
En cualquier caso, GIAHSA se reservará el derecho de rescindir el contrato parcial o totalmente.
Las penalizaciones impuestas en todo caso respetarán los límites máximos legalmente previstos.
Las no conformidades se penalizarán según se establece en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN.
Las penalizaciones podrán hacerse efectivas con cargo a las certificaciones a voluntad de GIAHSA.
Artículo 15 .- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los modelos para cumplimentar sus ofertas vienen recogidos en el Anexo 5 .- ( Oferta económica) que deben recoger todos y cada uno de los apartados recogidos en
cada apartado, para lo que cumplimentarán las plantillas que proporcionará GIAHSA a los proveedores.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por el Empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
El plazo para la presentación de proposiciones finalizará a la hora y día indicado en el Cuadro Resumen de Condiciones.
La oferta deberá venir cumplimentada en formato impreso según los modelos facilitados.
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la adjudicación del contrato.
La solicitud se presentará en mano, los licitadores entregarán sus proposiciones en sobres cerrados , identificados y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa bajo el siguiente título: “ EXPTE. 069 /15 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)”.
En el caso de ser entregada a través de Correos, deberá ser enviada a la dirección indicada en el Cuadro Resumen de Condiciones. Cuando la documentación se envíe por éste medio, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (000 000000) en el mismo día.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de este precepto supondrá la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la adjudicación del contrato.
CONTENIDO DE LOS SOBRES:
SOBRE A
1.- Anexo 3 firmado y sellado. SOBRE B
1. Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil en vigor del ofertante. Condiciones generales y específicas.
2. Acreditación de estar al corriente de pago en la póliza vigente de Responsabilidad Civil del ofertante, mediante certificado expedido por la Compañía Aseguradora o aportación del recibo abonado que indique número de póliza y período de vigencia.
3. Anexos 1, 2, 4 firmados y sellados.
4. Certificados de acreditación requisitos mínimos SOBRE C
1. La propuesta económica, según lo especificado en el Anexo 5 .
La falta o presentación en modo diferente al exigido de cualquiera de los documentos obligatorios referenciados en el presente artículo, podrá facultar a GIAHSA para poder considerar no subsanable dicho defecto y por tanto proceder a la exclusión de la oferta o conceder un plazo de subsanación de hasta cinco días hábiles.
Articulo 16.- MESA DE CONTRATACIÓN
El Consejo de Administración, será el órgano de adjudicación y será asistida por una Mesa de Contratación.
La apertura de los sobres tendrá lugar a la hora y día que GIAHSA comunicará oportunamente por correo electrónico a las empresas invitadas en la Sede Central de GIAHSA sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X-000 Xx 0.
Xx Xxxxxxx xx Administración a través de la Mesa constituida a tal efecto calificará la documentación presentada, pudiendo dar en su caso 5 días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas.
GIAHSA elevará el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en este Pliego.
GIAHSA podrá solicitar, antes de formular la propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Asimismo, si GIAHSA lo considerase oportuno, podrá requerir a todos o a algunos de los ofertantes seleccionados a que realicen ante ella una presentación general de su oferta. El contenido de la presentación será en todo caso aclaratorio y no podrán introducirse en la misma variaciones de los contenidos ofertados.
En caso de que por causa justificada, se alteraran las fechas previstas relacionadas con en el presente artículo, se comunicaría a los licitadores que se hubieran presentado.
GIAHSA tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la/s proposición/es considerada/s globalmente más ventajosa/s, sin atender necesariamente al valor económico de la/s misma/s o declarar desierta la licitación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto mientras no se haya adjudicado definitivamente el contrato.
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Será obligación del/los licitador/es seleccionado/s en la propuesta de adjudicación provisional, presentar a GIAHSA en el plazo de 5 días hábiles la siguiente documentación:
• ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR
Se presentan aquellos documentos que acrediten la personalidad jurídica y capacidad del empresario (según los artículos correspondientes a tal acreditación referido en el RDL 3/2011 TRLSCP, y artículo 21 del RGLCAP) para empresas individuales o no, personas jurídicas y personas físicas.
Documentos a presentar para Personas Jurídicas :
1. Copia o testimonio notarial de las ESCRITURAS DE CONSTITUCIÓN, y DE MODIFICACIÓN en su caso, inscritas en el registro mercantil o en el registro oficial correspondiente.
Siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
2. Copia o testimonio notarial de los poderes que acrediten la representación de las personas que firmen la oferta y el contrato.
3. CIF. (Persona Jurídica) Se acompañará copia o testimonio notarial del documento acreditativo de la tarjeta de identificación fiscal.
4. Situación de la empresa respecto al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) mediante Certificado de Hacienda.
Documentos a presentar para Personas Físicas (Autónomos)
5. D.N.I. (PERSONA FÍSICA): Si se trata de persona física será obligatorio la presentación de copia o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad.
6. Pasaporte o Tarjeta de Residencia (PERSONA FÍSICA EXTRANJEROS): Se adjuntará copia o testimonio notarial.
• OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante los siguientes documentos:
7. CERTIFICACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO: Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Administración del Estado , donde se especifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en los términos previstos en la normativa vigente sobre contratación administrativa.
8. CERTIFICACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: Certificación positiva donde se especifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía expedida por la Agencia Tributaria Andaluza.
• OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la SS, mediante los siguientes documentos:
9. CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL: Certificación positiva del órgano competente de la Seguridad Social,
acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se presenta certificado original enviado por la SS.
Todos los documentos anteriormente referenciados se aportarán en originales o copias autenticadas por notario.
El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la adjudicación definitiva que en su momento acuerde el Consejo de Administración de GIAHSA, que se comunicará al/a los interesado/s requiriéndole para que en los diez hábiles siguientes a la notificación, acepte los términos definitivos del contrato y presente el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, formalizando los contratos según los documentos a que se refiere el artículo siguiente.
Artículo 18 .- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará mediante documento privado, aunque cualquiera de las partes podrá solicitar su elevación a público, corriendo de cuenta de la parte que lo inste los gastos del otorgamiento y copias.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato, GIAHSA podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado y con las consecuencias previstas en la normativa vigente, pudiendo en este caso, realizarse la adjudicación en favor de la siguiente oferta que resultare más ventajosa y conveniente, siguiendo el orden de prelación que figure en el acuerdo de adjudicación.
Artículo 19 .- FUERO
Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Diputación de Huelva es el órgano competente en materia de conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación de la Mancomunidad de Servicios de la provincia de Huelva, MAS, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre) y en la Ley 31/2007, de 3 de octubre.
ANEXO 1
Condiciones Generales Contratación Suministros
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTROS
GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S. A., en adelante GIAHSA establece por el presente documento las condiciones generales que deberán regir la relación contractual con los proveedores previamente homologados por dicha entidad para la contratación de suministros y repuestos en su ámbito de actuación.
1.- GIAHSA se compromete a comprar en el momento en que envíe una orden de compra, debidamente cumplimentada en la que aparecerán los siguientes datos: nº de orden de compra, trámite, fecha de pedido, fecha de entrega, distribuido (datos del proveedor), facturar a (datos GIAHSA), forma de pago, línea, parte descripción, cantidad, unidades, coste unitario, descuento (%), coste de línea, impuesto, total (IVA incluido), coste de línea total, coste total de OC e instrucciones especiales si las hubiese.
2.- De no indicarse lo contrario, GIAHSA considera las ofertas válidas por un período mínimo de 30 días desde la fecha de entrega por parte del Proveedor.
3.- El PROVEEDOR acepta el pedido y sus condiciones si no presenta ningún tipo de objeción por escrito en un plazo no superior a dos días hábiles desde la fecha de recepción, aceptando la comunicación del mismo vía correo electrónico (fax en caso de fallos técnicos puntuales), validándose el pedido por el reporte del acuse de recibo que confirma su lectura (el ok en caso de emplearse el fax), sin necesidad de la devolución del mismo firmado por parte del PROVEEDOR. Dicho documento es inalterable, no pudiendo ser modificado en forma alguna, salvo mutuo acuerdo, expresado por escrito.
El precio del pedido comprende todos los gastos derivados del suministro (embalajes, carga, descarga, gastos de transportes y cualquier otro gasto que fuera de aplicación…).
El pago del precio del pedido, no implicará renuncia alguna a los derechos de GIAHSA, estipulados en el mismo.
4.- Se entenderá que la transacción se ha realizado cuando GIAHSA haya recibido y aceptado en su sistema informático la totalidad de los materiales objeto del pedido Los tiempos que se especifiquen en las condiciones de pago se contarán a partir de esta fecha. Para ello se requiere un documento de aceptación que podrá expedirse por GIAHSA o utilizar un albarán del proveedor que deberá venir cumplimentado con el nombre, la firma y la fecha del Responsable del suministro objeto de validación y en el que deberá aparecer el número de la Orden de Compra (Pedido).
5.- Facturación: las facturas se remitirán por duplicado sólo y exclusivamente al departamento de Contabilidad de GIAHSA, siendo lógicamente su fecha siempre posterior a la recepción de la totalidad de la mercancía. No se recepcionarán facturas pasados 30 días desde la fecha de emisión de la misma.
En dicha factura se señalará tanto el número de Orden de Compra emitida por GIAHSA como las condiciones de pago indicadas en la misma y vendrá acompañada de una copia xxx xxxxxxx especificado en el punto 8 del presente Anexo.
Las facturas, incluirán como datos obligatorios:
a) Datos del Proveedor: CIF, nombre y apellidos o denominación social.
b) Datos de GIAHSA: CIF y denominación social
c) Datos de la factura: número (y en su caso, serie), lugar y fecha de emisión, conceptos a facturar, desglose de bases e IVA, número de pedido.
En caso de que alguno de estos datos sea incorrecto u omitido, la factura será devuelta al Proveedor.
6.- Forma de pago: según Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
Suministros realizados a partir del 1 de enero de 2013: a 60 días mediante transferencia bancaria.
Teniendo en cuenta que si la fecha de la recepción informática está comprendida entre los días 1 y 15, su vencimiento será siempre el día 15 del mes correspondiente y si estuviese comprendida entre los días 16 y 31 sería el día 25 del mes correspondiente.
7.-GIAHSA, salvo especificación en contrario siempre adquiere artículos nuevos y en perfecto estado, puestos en el Almacén Principal de GIAHSA situado en la Xxxxxxxxx X-000 xx,0 xx Xxxxxxxxx (Xxxxxx) ó en el destino específico estipulado en la Orden de Compra corriendo el proveedor con cualquier gasto que el incumplimiento de esta norma suponga.
8.- La mercancía deberá ir acompañada xx xxxxxxx del PROVEEDOR numerado y valorado en el que deberá aparecer obligatoriamente los siguientes datos: Orden de Compra de GIAHSA y Fecha xx xxxxxxx.
9.- Siempre se entenderán materiales entregados según lo estipulado en el punto 7 del presente Anexo, siendo el transporte, embalaje, seguro y entrega por cuenta del proveedor salvo pacto en contrario, para lo cual se utilizarán los medios de transporte más adecuados al material de que se trate y los embalajes deberán cumplir todas las normas legales tanto españolas como comunitarias.
10.- El horario de descarga será el comprendido entre las 8.30 horas y las 14.30 horas en jornada de lunes a viernes, excepto festivos. Fuera de este horario no se recepcionará mercancía alguna. Cuando concurran circunstancias especiales y previo acuerdo con una antelación de 24 horas, se podrán pactar condiciones específicas con el Departamento de Gestión de Medios.
11.- La firma por parte de GIAHSA de la nota de entrega del transportista y/o xxx xxxxxxx del proveedor sólo significará el haber recibido la mercancía pero en ningún caso debe interpretarse como aceptación de la misma, ya que ésta deberá superar los controles de calidad establecidos por GIAHSA.
12.- Los plazos de entrega serán los especificados en la orden de compra.
El incumplimiento reiterado (aunque no fuese consecutivo) de las fechas de entrega, parcial o total comprometidas por el PROVEEDOR, en más de una semana, así como la deficiencias detectadas en la calidad de los suministros que afecten al desarrollo del servicio, facultarán a GIAHSA a la cancelación total o parcial del pedido, sin compensación alguna por la cancelación, aceptando implícitamente el PROVEEDOR los gastos de devolución que este hecho ocasione. Así mismo se tendrán en cuenta las incidencias y no conformidades según lo establecido en el punto 15 del presente Anexo. Todo lo anterior salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada por escrito con 48 horas de antelación al vencimiento de la fecha comprometida.
13.- El plazo de Garantía mínimo para este suministro, será de tres años desde la fecha de entrega de los mismos.
El Proveedor garantiza a GIAHSA que se cumple todo lo especificado en normativa y calidad de los suministros, tanto en las condiciones del contrato o las contenidas en la oferta, y que se cumple con las especificaciones técnicas previstas de los equipos. Además, garantiza y responde de la inexistencia de vicios o defectos en los suministros entregados.
Para cubrir la Garantía, GIAHSA solicitará al Proveedor la reposición y/o reparación de los suministros que no cumplen con lo especificado, debiendo resarcir a GIAHSA de los gastos en que haya incurrido, así como los daños y perjuicios ocasionados.
14.-GIAHSA o entidad delegada por la misma, se reserva el derecho de inspeccionar el material y/o el equipo, antes de su expedición en los talleres del Proveedor y/o en los de sus subcontratistas, no eximiendo por ello al Proveedor de sus garantías, respecto a los "vicios ocultos" que pudiera presentar el suministro. La inspección también podrá hacerla en destino sin pérdida de los derechos antes enunciados.
Una vez la mercancía o equipo en poder del GIAHSA, si se presentaran defectos en los mismos, se devolverán al suministrador con portes a su cargo, estando éste obligado a su
reposición gratuita. Si para subsanar dichos defectos o problemas, GIAHSA tuviera que intervenir reparando o acondicionando el suministro, podrá cursar cargo de dichos trabajos al Proveedor.
En los casos en que GIAHSA solicite una inspección, no podrá el Proveedor proceder al envío de materiales o equipos sin la inspección previa de GIAHSA, salvo renuncia por escrito de dicha facultad.
15.- Se consideran incidencias:
a) Incumplimiento de las normas de seguridad
b) Incumplimiento de garantía
c) Incumplimiento de las condiciones de entrega estipuladas
d) Suspensión de los suministros por causas injustificadas o no acreditadas adecuadamente
e) Retrasos en el Plazo de Entrega
f) Cualquiera de las condiciones fijadas en la legislación civil, mercantil o administrativa para la anulación o resolución de los contratos
g) Cualquier incumplimiento que GIAHSA considere razonablemente imputable al contratista y le sea comunicado oportunamente
Cualquiera de las incidencias anteriormente citadas se convertirá en una no conformidad, si por su reiteración, consecuencias o importancia, GIAHSA lo estima oportuno. Las incidencias y no conformidades que se observen serán notificadas por escrito, fax o correo electrónico, por parte de GIAHSA al Proveedor.
En la siguiente tabla se muestran las penalizaciones que conllevarán en la facturación mensual, las incidencias que se conviertan en no conformidades.
No conformidades | Penalizaciones |
1 | 5% |
2 | 10% |
3 | 20% |
4 | 40% |
5 o más | Podrán facultar a GIAHSA a establecer una penalización del 75% o la cancelación de la posición objeto de incumplimiento |
GIAHSA emitirá una factura al Proveedor con el importe de las penalizaciones impuestas, aceptando el Proveedor la compensación de dicha factura de penalizaciones con las facturas presentadas.
La penalización o penalizaciones impuestas no podrán superar en ningún momento el 20% de la cuantía total del contrato.
16.- El Proveedor no podrá ceder el pedido a terceros salvo autorización por escrito de GIAHSA. De no cumplirse el apartado anterior, GIAHSA puede ejercer el derecho de anulación del pedido.
17.- En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Proveedor suspender el suministro que presta, en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar a procedimientos judiciales de cualquier clase.
18.- No podrán utilizarse con fines publicitarios ninguno de los materiales relativos al pedido, sin expresa y escrita autorización de GIAHSA.
19.- Todos los documentos entregados por GIAHSA para la cumplimentación del pedido, serán de exclusiva propiedad de GIAHSA, y como tal se considerarán confidenciales, por lo
que el Proveedor no podrá hacer ningún uso de ellos, salvo autorización por escrito de GIAHSA.
20.- En el caso de que el Proveedor tenga que confeccionar planos o documentos relacionados con el pedido, deberá entregarlos a GIAHSA en formato electrónico compatible con los estándares existentes.
21.- Las responsabilidades del Proveedor respecto de la ejecución del contrato son las expresadas en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), según marca el artículo 198 de la LCSP.
22.- Se considerarán causas de rescisión de contrato las siguientes:
a) Cuando suceda cualquier deficiencia si ésta es considerada por GIAHSA como de especial gravedad, relevancia o trascendencia
b) Reiteración de retrasos, sin causa justificada, en la entrega de los suministros encargados
c) Reiteración en la baja calidad de los suministros
d) Incumplimiento de las características técnicas y calidad de los suministros
e) Incumplimiento de las condiciones de la oferta presentada por el Proveedor y del Contrato
En caso de rescisión del contrato el Proveedor renuncia expresamente a cualquier indemnización por cualquier concepto. La rescisión del contrato llevará unida la posible reclamación, por parte de GIAHSA, de las indemnizaciones correspondientes sobre la base de los perjuicios que se le hubieran podido ocasionar.
23.- Para ser proveedor habitual de GIAHSA deberá estar inscrito en el Sistema de Gestión de Proveedores de GIAHSA (SGP).
24.- Este condicionado general sólo puede modificarse mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
25.- Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
En Aljaraque, a __ de __________ de 2016
POR XXXXXX XXXXXXXXX
Sello Empresa Sello Empresa
Fdo.: .........................................................
Condiciones Generales Contratación Servicios
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS
GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S. A., en adelante GIAHSA establece por el presente documento las condiciones generales que deberán regir la relación contractual con los proveedores previamente homologados por dicha entidad para la contratación de servicios en su ámbito de actuación.
1.- GIAHSA se compromete a comprar en el momento en que envíe una orden de compra, debidamente cumplimentada en la que aparecerán los siguientes datos: nº de orden de compra, trámite, fecha de pedido, fecha finalización del servicio, datos del proveedor, facturar a (datos GIAHSA), forma de pago, línea, parte descripción, cantidad, unidades, coste unitario, descuento (%), coste de línea, impuesto, total (IVA incluido), coste de línea total, coste total de OC e instrucciones especiales si las hubiese.
2.- De no indicarse lo contrario, GIAHSA considera las ofertas válidas por un período mínimo de 30 días desde la fecha de entrega por parte del Proveedor.
3.- El PROVEEDOR acepta el pedido y sus condiciones si no presenta ningún tipo de objeción por escrito en un plazo no superior a dos días hábiles desde la fecha de recepción, aceptando la comunicación del mismo vía correo electrónico (fax en caso de fallos técnicos puntuales), validándose el pedido por el reporte del acuse de recibo que confirma su lectura (el ok en caso de emplearse el fax), sin necesidad de la devolución del mismo firmado por parte del PROVEEDOR. Dicho documento es inalterable, no pudiendo ser modificado en forma alguna, salvo mutuo acuerdo, expresado por escrito.
El precio del pedido comprende todos los conceptos que pueda incluir el servicio (dietas, desplazamientos, portes en su caso…).
4.- Para la realización de los trabajos se deberán seguir los siguientes pasos previos a la ejecución de los servicios requeridos, de forma obligatoria por parte del proveedor. Se
indicará en cada parte descripción del pedido y haciendo coincidir el último carácter del código del trabajo solicitado con el Departamento que requiere dichos servicios. Será el responsable de dicho Departamento quien se hará cargo tanto del seguimiento de los mismos, como igualmente dará si procede su aprobación mediante la firma del documento de aceptación. Dichos caracteres se regirán por la siguiente tabla de conversión:
Finalizados en: | Departamento |
“A” | Atención al Cliente |
“C” | Comercial |
“G” | Gestión de Medios |
“H” | Recursos Humanos |
“I” | Informática |
“J” | Gerencia y Servicios Generales |
“M” | Comunicación |
“P” | Producción |
“R” | Redes |
“S” | RSU |
“Y” | P. Proyectos y Obras |
Una vez identificada la posición en la Orden de Compra correspondiente con el Departamento solicitante, el proveedor deberá contactar al menos con un día de antelación al comienzo de los trabajos con dicho departamento así como con el departamento de prevención de riesgos laborales si procede, para que le indiquen persona asignada a su seguimiento y verificación, que a su vez internamente comunicará a Telecontrol de Producción y/o Telecontrol-Redes los datos necesarios para su conocimiento, autorización de acceso, medidas de seguridad y demás requisitos necesarios. No obstante lo anterior y vía telefónica solicitará el acceso a la Instalación objeto de los trabajos indicando: nombre del proveedor, instalación o máquina sobre la que se actuará, número de orden de trabajo (OT) o expediente, fecha y hora de comienzo de las operaciones, y maquinas o elementos que se verán afectados, igualmente a la terminación de los trabajos se notificarán, hora de la terminación, estado de la actuación, estado de las máquinas o elementos que han sido afectados. (En caso de actuaciones que requieran más de un día de trabajo, se repetirá el proceso cada día). Todo ello como medida de seguridad y prevención de riesgos ó accidentes. La no observación de estas medidas, podrá ser motivo de expulsión de nuestras instalaciones. Dichos parámetros se contemplarán a la hora de hacer un cómputo en el índice de fiabilidad de nuestros proveedores, como seguimiento cualitativo de sus actuaciones.
5.- Se entenderá que la transacción se ha realizado cuando GIAHSA haya recibido y aceptado en su sistema informático la totalidad de los servicios objeto del pedido. Los tiempos que se especifiquen en las condiciones de pago se contarán a partir de esta fecha. Para ello se requiere un documento de aceptación que podrá expedirse por GIAHSA o utilizar un albarán del proveedor que deberá venir cumplimentado con el nombre, la firma y la fecha del Responsable del servicio objeto de validación y en el que deberá aparecer el número de la Orden de Compra (Pedido).
6.- Gerencia de Riesgos: El proveedor que preste sus servicios para GIAHSA deberá disponer de Póliza de Responsabilidad Civil en vigor. Igualmente será obligación de su CÍA Aseguradora emitir un suplemento específico al Seguro de Responsabilidad Civil contratado en el cual se incluya como Asegurado a GIAHSA para los servicios prestados y se garantice la Responsabilidad Civil Cruzada, y especialmente la Responsabilidad Civil de los Vehículos
cuando estos se encuentran trabajando o realizando las labores propias de su actividad, así como la Responsabilidad Civil derivada de la Carga.
GIAHSA facturará mensualmente el 2% del importe facturado por el proveedor descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de análisis de riesgos y del impacto de los mismos sobre la actividad, redacción de informes técnicos, control e inspecciones, auditorías operativas, informes periciales, formación, verificación de incrementos de precios conforme a las fórmulas establecidas y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad del servicio y la atención preferente al usuario.
7.- Facturación: las facturas se remitirán por duplicado sólo y exclusivamente al departamento de Contabilidad de GIAHSA, siendo lógicamente su fecha siempre posterior a la finalización del trabajo especificada en el punto anterior. No se recepcionarán facturas pasados 30 días desde la fecha de emisión de la misma.
8.- Forma de pago: según Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
• Servicios realizados a partir del 1 de enero de 2013: a 60 días.
Teniendo en cuenta que si la fecha de la recepción informática está comprendida entre los días 1 y 15, su vencimiento será siempre el día 15 del mes correspondiente y si estuviese comprendida entre los días 16 y 31 sería el día 25 del mes correspondiente.
9.- En el caso de ofertas de servicios que incluyan materiales, deberán formalizar y cumplir adicionalmente en los apartados que se correspondan con las especificaciones de los mismos, todos los puntos recogidos en “CONDICIONES GENERALES DE COMPRAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS”.
10.- Los plazos de finalización del servicio serán los especificados en la orden de compra.
Se aceptarán retrasos cuando la causa de los mismos sea imputable a GIAHSA, pero no cuando se deban al Proveedor o terceros, salvo casos de fuerza mayor, notificadas por escrito inmediatamente que se produzcan, para su verificación y aceptación o rechazo por parte de GIAHSA.
Si la finalización del servicio se retrasara de una manera anormal y el proveedor no atendiera debidamente a las reiteradas reclamaciones de GIAHSA, éste se reserva el derecho a proceder a la cancelación de pedido, sin obligación económica de ningún género.
11.- El plazo de Garantía de los servicios, salvo que se especifique lo contrario en el pedido, será de un año desde la fecha de finalización de los trabajos.
El Proveedor garantiza a GIAHSA que se cumple todo lo especificado en calidad y alcance de los trabajos, tanto en las condiciones del contrato o las contenidas en la oferta, y que se cumple con las especificaciones técnicas previstas de los equipos. Además, garantiza y responde de la inexistencia de vicios o defectos de los trabajos realizados.
Para cubrir la Garantía, GIAHSA solicitará al Proveedor la reposición y/o reparación de los trabajos que no cumplen con lo especificado, debiendo resarcir a GIAHSA de los gastos en que haya incurrido, así como los daños y perjuicios ocasionados.
12.- Las responsabilidades del Proveedor respecto de la ejecución del contrato son las expresadas en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), según marca el artículo 198 de la LCSP.
Se consideran incidencias:
a) Incumplimiento de las normas de seguridad
b) Incumplimiento de las órdenes de los responsables de GIAHSA
c) Desatender averías o daños provocados en las instalaciones de GIAHSA
d) Suspensión de los trabajos por causas injustificadas
e) Retrasos en el Plazo de Entrega
f) Cualquiera de las condiciones fijadas en la legislación civil, mercantil o administrativa para la anulación o resolución de los contratos
g) Cualquier incumplimiento que GIAHSA considere razonablemente imputable al contratista y le sea comunicado oportunamente
Cualquiera de las incidencias anteriormente citadas se convertirá en una no conformidad, si por su reiteración, consecuencias o importancia, GIAHSA lo estima oportuno. Las incidencias y no conformidades que se observen serán notificadas por escrito, fax o correo electrónico, por parte de GIAHSA al Proveedor. En la siguiente tabla se muestran las penalizaciones que conllevarán en la facturación mensual, las incidencias que se conviertan en no conformidades.
No conformidades | Penalizaciones |
1 | 5% |
2 | 10% |
3 | 20% |
4 | 40% |
5 o más | Podrán facultar a GIAHSA a establecer una penalización del 75% o la cancelación de la posición objeto de incumplimiento |
Igualmente quedarán penalizados aquellos trabajos que por haber sido erróneos o ejecutados con poca calidad deban ser realizados de nuevo por los servicios de GIAHSA.
Cualquier deficiencia de las señaladas en esta cláusula, no subsanada por el Proveedor en los plazos específicamente establecidos por GIAHSA, podrá ser subsanada por GIAHSA con sus propios medios, cargándose los costes de esa actuación al Proveedor, además de suponer una penalización.
La penalización o penalizaciones impuestas no podrán superar en ningún momento el 10% de la cuantía total del contrato.
GIAHSA emitirá una factura al Proveedor con el importe de las penalizaciones impuestas, aceptando el Proveedor la compensación de dicha factura de penalizaciones con las facturas presentadas.
13.- El Proveedor no podrá ceder el pedido a terceros salvo autorización por escrito de GIAHSA. De no cumplirse el apartado anterior, GIAHSA puede ejercer el derecho de anulación del pedido.
14.- Se considerarán causas de rescisión de contrato las siguientes:
a) Cuando suceda cualquier deficiencia si ésta es considerada por GIAHSA como de especial gravedad, relevancia o trascendencia
b) Reiteración de retrasos, sin causa justificada, en la realización de los trabajos encargados
c) Reiteración en la baja calidad de los trabajos
d) Incumplimiento de las condiciones de la oferta presentada por el Proveedor y del Contrato
En caso de rescisión del contrato el Proveedor renuncia expresamente a cualquier indemnización por cualquier concepto. La rescisión del contrato llevará unida la posible reclamación, por parte de GIAHSA, de las indemnizaciones correspondientes sobre la base de los perjuicios que se le hubieran podido ocasionar.
15.- Para ser homologado como proveedor habitual de GIAHSA deberá estar inscrito en el Sistema de Gestión de Proveedores (SGP).
16.- Este condicionado general sólo puede modificarse mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
17.- Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
18.- En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Proveedor suspender los servicios que presta, ni tampoco abandonarlos, en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar a procedimientos judiciales de cualquier clase.
19.- No podrán utilizarse con fines publicitarios ninguno de los materiales o trabajos relativos al pedido, sin expresa y escrita autorización de GIAHSA.
20.- Todos los documentos entregados por GIAHSA para la cumplimentación del pedido, serán de exclusiva propiedad de GIAHSA, y como tal se considerarán confidenciales, por lo que el Proveedor no podrá hacer ningún uso de ellos, salvo autorización por escrito de GIAHSA.
En el caso de que el Proveedor tenga que confeccionar planos o documentos relacionados con el pedido, deberá entregarlos a GIAHSA en formato electrónico compatible con los estándares existentes.
En Aljaraque, a __ de __________ de 2016
POR XXXXXX XXXXXXXXX
Sello Empresa Sello Empresa
Fdo.: ........................................................
Fdo.:........................................................
ANEXO 2
Compromiso Medioambiental
COMPROMISOS D E CARÁCTER MEDIOAMBIENTAL
1.- La empresa contratada deberá conocer la Política medioambiental de GIAHSA, pudiendo para ello solicitar una copia a la firma del contrato o acceder a ella a través de la página web de GIAHSA.
2.- La empresa contratada se encargará de que todo el personal bajo su cargo conozca todas las normas y requisitos medioambientales establecidos.
3.- La empresa contratada contemplará el cumplimiento de los requisitos legales medioambientales que en cada momento se establezcan en los distintos ámbitos: europeo,estatal, autonómico y municipal y en concreto con los procedimientos generales y/o específicos establecidos por GIAHSA. En todo caso la empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión medioambiental relativa a la actividad o servicio contratado.
4.- GIAHSA podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales de las actividades a realizar, al inicio, al finalizar y/o sin planificación previa durante el desarrollo delos trabajos contratados, debiendo la empresa facilitar al personal de GIAHSA, el acceso a sus instalaciones.
5.- La empresa contratada se asegurará de que las instalaciones utilizadas en el desarrollo de sus actividades como: oficinas, aparcamiento de coches y maquinaria, almacenes, acopio de materiales…, estén dispuestas de forma ordenada y exentas de basuras.
6.- Queda prohibido realizar cualquier vertido de Residuos ya sea sólidos y líquidos a redes de saneamiento sin la pertinente autorización.
7.- En caso de fuga o vertido accidental de residuos o sustancias peligrosas, líquidos contaminados, combustibles, la empresa contratada está obligada a su recogida inmediata evitando en lo posible la contaminación del suelo o la incorporación a las redes de saneamiento.
8,- Las máquinas, vehículos, y equipos que utilicen motores diésel o gasolina deberán ser revisados y puestos a punto periódicamente, con objeto de mejorar la eficacia de la combustión y evitar combustiones incorrectas.
9.- La empresa contratada deberá realizar correctamente la gestión de los Residuos: RESIDUOS SÓLIDOS MINICIPALES (RSM).
10.- Queda prohibido el depósito de los residuos fuera de los contenedores dispuestos por GIAHSA para tal fin.
11.- Sólo se almacenarán residuos urbanos en los contenedores destinados a tal efecto, no depositándose pilas, baterías, envases vacíos de sustancias peligrosas, trapos y/o material impregnados de grasa/aceites,... en general ningún residuo de los considerados como peligrosos.
12.- Queda prohibido el depósito de residuos líquidos en los contenedores de RSM.
13.- Cuando se utilicen contenedores propios de la empresa, éstos se dispondrán de manera ordenada y se mantendrán en condiciones adecuadas de limpieza, no deteriorados evitándose que rebosen. La empresa contratada deberá asegurarse que dichos residuos sean gestionados por empresa autorizada por el órgano ambiental competente.
14.- Queda prohibido el depósito de material inservible, chatarra metálica, palets o cualquier otro tipo de objetos en lugares no destinados para ello.
15.- Queda terminantemente prohibida la quema de cualquier tipo de RESIDUOS PELGROSOS (RP).
16.- La empresa contratada deberá asegurarse la adecuada identificación, almacenamiento temporal (no más de seis meses) y gestión final de sus propios RP.
17.- Cada tipo de RP se almacenará en contenedores apropiados, debidamente identificados según se especifica en la legislación vigente.
18.- Queda prohibido el almacenamiento de RP en el exterior a la intemperie y en suelo no asfaltado de forma que se eviten posibles vertidos accidentales y posterior contaminación del suelo o redes de saneamiento.
19.- Cuando se vayan a realizar trabajos que lleven consigo la generación de RP y exista riesgo de vertidos, derrames o salpicaduras se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio.
20.- La empresa contratada tomará todas las medida a su alcance para evitar la contaminación del suelo y aguas durante el desarrollo de sus actividades, para ello tendrá especial cuidado con:
♦ El acopio de materiales que se realizará de manera que estén controladas las molestias a la población así como el posible arrastre al medio hídrico.
♦ La maquinaria y vehículos de manera que se ubicarán en lugares habilitados para
ello.
♦ Las albores de mantenimiento, engrase, cambios de aceite, limpieza y lavado de vehículos, piezas o cualquier tipo de equipamiento no se realizarán in situ y en la medida de lo posible se llevara´n a cabo en lugares externos. Sólo en especiales circunstancias estas operaciones se podrán realizar in situ siempre y cuando cuenten con el correspondiente permiso de GIAHSA.
♦ Cualquier almacenamiento fijo de combustible deberá pasar todas las inspecciones, revisiones, pruebas, etc. que marque la legislación que le sea de aplicación.
En Aljaraque, a____ de de 2016
POR XXXXXX XXXXXXXXX
SELLO EMPRESA SELLO EMPRESA
Fdo.:.............................................…
Fdo:
ANEXO 3
Declaración Responsable
Declaración Responsable
D. _________________________________________________ con D.N.I. nº
_________________, con domicilio en
_____________________________________________________________ como representante con
poderes suficientes de la Empresa __________________________________, con domicilio
en_______________________________________________________________ con teléfono
__________________ y Fax _____________________ y CIF nº ________________ , al objeto de participar en la contratación del “EXPTE. 069.15 SUMINISTRO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)” , declara bajo su
responsabilidad:
Que habiendo decidido ofertar al citado contrato, se somete voluntariamente y acepta íntegramente las condiciones del presente documento, así como cuantas obligaciones se deriven como ofertante y adjudicatario si lo fuere.
Que reúne los requisitos y condiciones exigidos en la descripción de la oferta.
Que posee plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones e incompatibilidades que establece el artículo 60 del TRLCSP.
Que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la persona firmante tiene poderes bastantes de la empresa que representa para presentar esta oferta en su nombre.
Que no tiene personal de GIAHSA que participe en el capital de la empresa y cuantías de la Ley 53/1984 (10% del capital social).
Que ninguno de los administradores de la empresa son trabajadores de GIAHSA, y que en la representación legal de la empresa no participan cónyuges, personas vinculadas con
análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de personal de GIAHSA, así como que en éstos no participan en proporción superior a la cuantía referida en el punto anterior en el capital, o en la administración.
Que la empresa no tiene vinculación ninguna con el resto de las empresas que participan en esta licitación (, salvo con las siguientes empresas:______________________________)*. Se entiende que existe vinculación entre empresas cuando se den los supuestos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o el proyecto original correspondiente al servicio de mantenimiento correctivo de la red de saneamiento y apoyos en trabajos a realizar en la red de abastecimiento, ni está vinculada a otra que lo haya hecho (en el sentido establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
Que con objeto de cumplir con las obligaciones estipuladas relativas a la presentación del Certificado de Seguro de Responsabilidad Civil, y dado que GIAHSA es ajena a la suscripción del contrato de seguro necesario, el Contratista se compromete a abonar a GIAHSA cuantos gastos pudiesen originarse, con motivo de la obligación de GIAHSA frente a sus usuarios y/o terceros, de tomar a su cargo las consecuencias económicas derivadas de las franquicias estipuladas en dicho contrato de seguro, o de tomar a su cargo las indemnizaciones por siniestros no amparados por el contrato de seguro suscrito entre el Contratista o su Aseguradora, o en caso de existencia de responsabilidades atribuibles o imputables a Subcontratistas a los cuales el Contratista no haya solicitado las garantías oportunas, las consecuencias de tomar a su cargo los gastos y/o indemnizaciones que se originen, etc.,
Que con objeto de cumplir con las obligaciones estipuladas relativas al Seguro de Responsabilidad Civil, en caso de imposibilidad fehacientemente justificada por parte de la Cía. Aseguradora de la emisión de suplemento específico al Seguro de Responsabilidad Civil contratado en el cual se incluya como Asegurado a GIAHSA para los suministros objeto de la presente oferta y se garantice la Responsabilidad Civil Cruzada, AUTORIZA EXPRESAMENTE a GIAHSA a incluir dentro de su Programa de Seguros abonando a GIAHSA en este último
supuesto y en concepto de coste de seguro, el 7%0 de la Facturación Mensual (ó de la de la base imponible del importe adjudicado), sin perjuicio de que dicho abono no supone en modo alguno que no se mantengan en vigor y a todos los efectos el resto de condiciones de transferencia y retención de riesgos, incluida la condición xx xxxxxxxx de franquicias por parte del ofertante.
Que se compromete a entregar la documentación acreditativa de las declaraciones anteriores cuando se le requiera por GIAHSA.
Y para que así conste y a los efectos oportunos, expide la presente declaración responsable.
En Aljaraque, a de 2016
PROVEEDOR
Sello Empresa
Fdo.: ........................................................
ANEXO 4
Confidencialidad
PROVEEDORES CON ACCESO A DATOS PERSONALES
1. Que se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial. Se considerará información confidencial cualquier dato al que su Empresa acceda en virtud de los servicios que preste a GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S. A. (en adelante GIAHSA), en especial la información y datos propios de GIAHSA a los que haya accedido durante la ejecución de los mismos. Su Empresa se compromete a no divulgar dicha información confidencial, así como a no publicarla ni de cualquier otro modo, bien directamente, bien a través de terceras personas o empresas, ponerla a disposición de terceros sin el previo consentimiento por escrito de GIAHSA.
2. Que, de igual modo, se compromete, tras la extinción de la relación de servicios profesionales con GIAHSA, a no conservar copia alguna de información confidencial.
3. Que informará a su personal, colaboradores y subcontratistas de las obligaciones establecidas en el presente documento sobre confidencialidad, así como de las obligaciones relativas al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. Su Empresa realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con su personal y colaboradores, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
4. Que declara conocer que la legislación sobre protección de datos personales (Ley Orgánica 15/99 y arts. 197 y 278 del Código Penal) establece una serie de obligaciones en el tratamiento de datos de carácter personal, entre las que destaca la prohibición de realizar cesiones de datos de carácter personal sin la correspondiente autorización del titular de los datos personales. A tal efecto, su Empresa:
a) Únicamente accederá a los datos personales de clientes y demás personas físicas relacionadas con GIAHSA, si tal acceso fuese necesario para cumplir con las obligaciones establecidas como consecuencia de la prestación de servicios contratada.
b) Se compromete a:
Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales con GIAHSA
Observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, y en especial cuantas medidas de seguridad sean exigidas, en la actualidad o en el futuro, por las leyes y reglamentos destinadas a preservar el secreto, confidencialidad e integridad en el tratamiento de datos personales.
A no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.
A destruir los datos cedidos por GIAHSA una vez finalizada la relación de prestación de servicios contratada.
5. Que las obligaciones establecidas para su Empresa en el presente documento son también de obligado cumplimiento para sus empleados, colaboradores, tanto externos como internos, y subcontratistas, por lo que su Empresa responderá frente a GIAHSA si tales obligaciones son incumplidas por tales empleados, colaboradores y subcontratistas.
6. Que el incumplimiento por parte de su Empresa de cualesquiera de las obligaciones establecidas en el presente documento, generará la correspondiente indemnización en favor de GIAHSA, por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento hubiese causado a GIAHSA.
7. Que las obligaciones de confidencialidad referidas anteriormente tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización, por cualquier causa, de la relación entre su Empresa y GIAHSA.
En Aljaraque, a __ de ___________ de 2016 PROVEEDOR
Sello Empresa
Fdo.: ........................................................
ANEXO 5
Oferta económica
OFERTA ECONÓMICA
(CON CUATRO DECIMALES)
D. , con DNI1 No en
nombre y representación de , con CIF
no enterado de la licitación convocada por GIAHSA para, LA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA
PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA), declaro conocer y aceptar las condiciones administrativas y técnicas y demás documentación que figura en el expediente de contratación correspondiente y realizo la siguiente oferta:
Concepto | EUROS/% *Hasta 4 decimales. |
Oferta económica (Mercado Diario e Intradiario) | |
Oferta económica (Mercado Futuros) | |
% a aplicar Desviaciones de Cobro (mín. 30%) | |
% a aplicar Desviaciones de abono (máx. 30%) |
• Tipo de referencia de la Licitación: 110 .000 € IVA EXCLUIDO.
En Aljaraque, a _______ de _______________ de 2016
PROVEEDOR
Sello Empresa
Fdo.: ........................................................
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR
DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
INDICE
ARTÍCULO 1 .- OBJETO DEL SERVICIO
ARTÍCULO 2 .- CONSIDERACIONES GENERALES
ARTÍCULO 3 .- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO ACTUAL
ARTÍCULO 4 .- ALCANCE BÁSICO REQUERIDO
4.1.- ETAPA 1 : Alcance Servicio Gestión del Alta
4.1.1 Gestiones a realizar para la obtención del alta
4.2.- E TAPA 2 : Alcance Servicio de Compra de Energía
4.2.1 Compra de energía en los Mercados Diario e Intradiario
4.2.1 Compra de energía en los Mercados de Futuros
ARTÍCULO 5 .- COORDINACIÓN DEL SERVICIO.
5.1.- Disponibilidad y penalizaciones. 5.2.- Supervisión del contrato.
ARTÍCULO 6 .- MEDIOS ADSCRITOS AL SERVICIO.
6.1.- Medios humanos.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO
CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA G. I . A. H.S. A. (HUELVA)
ARTÍCULO 1 .- OBJETO DEL SERVICIO.
Constituye el objeto del contrato al que se refiere el presente pliego de licitación, la contratación del SERVICIO DE GESTIÓN DE ALTA Y COMPRA DE ENERGÍA COMO CONSUMIDOR DIRECTO XX XXXXXXX DE ENERGÍA PARA
G. I . A. H. S. A. ( HUELVA) , mediante procedimiento abierto con publicidad DOUE, durante el período de vigencia del contrato, con la codificación correspondiente a la normativa del vocabulario común de contratos 713142004 perteneciente a “Servicios de Gestión de Energía” según los requisitos fijados en el presente documento.
Con la presente licitación, GIAHSA tiene como objetivo darse de alta en OMIE (operador xx xxxxxxx) como agentes xx xxxxxxx en calidad de consumidor directo (CDM) y posteriormente poder realizar compras de energía en las instalaciones que se incorporen a este sistema y durante el periodo de vigencia del contrato en los Mercados Diarios, Intradiarios y Futuros.
Por lo tanto, el alcance de los trabajos especificados en este pliego comprende la gestión del alta como CDM y el servicio de compra de energía.
La modalidad seleccionada de acceso al mercado será la de REPRESENTANTE DIRECTO donde dicho representante contratado con el presente pliego actúa por cuenta de GIAHSA y en nombre de ésta.
ARTÍCULO 2 .- CONSIDERACIONES GENERALES.
En este apartado se recogen las consideraciones de carácter general y de obligado cumplimiento que por defecto regirán el servicio contratado, sin perjuicio de las particulares que para algunas sedes o servicios se puedan agregar más adelante.
Los licitadores deberán presentar en sus ofertas una propuesta técnica detallada. Las ofertas técnicas a presentar en respuesta a este pliego deberán incluir una descripción detallada de todos los aspectos técnicos requeridos en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, además de otros aspectos que se consideren necesarios por los ofertantes. Deberán indicar aspectos tales como plan de implantación y operación, compromisos de calidad de servicio y metodología de gestión.
Serán de cuenta de los adjudicatarios todos los gastos necesarios para la puesta en marcha del servicio, objeto de este Pliego, con plena operatividad.
Tanto los licitadores como el adjudicatario se comprometerán a dar un trato reservado y confidencial a toda la información que las empresas licitadoras y/o adjudicataria pudieran obtener de GIAHSA, a procurar su custodia y a no divulgarla por el personal a su cargo, salvo que medie la autorización por parte GIAHSA.
Las soluciones propuestas presentadas por los licitadores deberán ser completas, es decir, deberán tener en cuenta la instalación, puesta en marcha, configuración del procedimiento necesario, soporte y atención al cliente.
Correrán por cuenta del adjudicatario las gestiones encaminadas a conseguir la consideración de Consumidor Directo a Mercado (en adelante CDM) para cada uno de los CUPS incluidos en el alcance de este pliego así como los gastos derivados de estas y cualquier otro gasto necesario para la puesta en marcha de la solución (NO se considerarán aquellos gastos destinados a la adecuación a normativa de los puntos de medida o legalización de las instalaciones, corriendo estos por cuenta de GIAHSA).
El adjudicatario podrá facturar a GIAHSA a partir del primer mes en el que se lleve a efecto la compra de energía como CDM de los suministros gestionados para ello. La facturación mensual será calculada a partir de los Kwh realmente consumidos en el mes que pretende certificarse.
ARTÍCULO 3 .- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO ACTUAL.
Se definen dos grupos de suministros:
• Grupo 1: relación de suministros sobre los que se desea adquirir la condición de CDM desde el inicio.
Aquí se incluyen aquellos suministros con ATR 6.1A, 3.1A, 3.0A y 2.1A (potencia contratada superior a 10 Kw).
El grupo 1 lo componen un total de 85 suministros con consumo superior a 25.000 Kwh/año, cuya demanda es aproximadamente a efectos meramente orientativos 26. 686 Mwh/ año .
• Grupo 2: relación de suministros sobre los que se solicitará un análisis económico para determinar si resulta interesante adquirir la condición de CDM frente a la opción de mantenerlas en la tarifa PVPC.
El grupo 2 lo componen aquellos suministros con potencia inferior a 10 Kws (ATR 2.0.A) y con un consumo mayor de 25.000 Kwh/año (actualmente 21 suministros satisfacen estas condiciones con una demanda de aproximadamente y a meros efectos orientativos 588 Mwh/ Año ).
En el apéndice 1 (fechas finalización de contrato y ubicaciones se relacionan todos los suministros descritos anteriormente con su tarifa, el consumo anual (Kwh/año) y el plazo de finalización de los contratos actuales. Existen contratos que se encuentran prorrogados siendo la fecha de finalización la establecida en dicho apéndice.
ARTÍCULO 4 .- ALCANCE BÁSICO REQUERIDO.
Tal y como se describe en el objeto del contrato dividiremos el alcance del servicio en 2 etapas:
• Etapa 1: Servicio de gestión de alta como CDM
• Etapa 2: Servicio de compra de energía
◦ Servicio de compra de energía en los mercados diario e intradiario
◦ Servicio de compra de energía en el mercado de futuros
4.1.- ETAPA 1 : Alcance Servicio Gestión del Alta como Consumidor Directo xxx Xxxxxxx Energético
El adjudicatario debe realizar una auditoría técnica sobre cada uno de los suministros integrados en el Grupo 1 (ver Apéndice 1) para determinar si se satisfacen en cada caso los requerimientos técnicos establecidos en el Reglamento Unificado de Puntos de Medida, especialmente en el requerimiento de equipos de medida con telegestión, en condiciones de seguridad y accesibilidad.
Sobre aquellos suministros en los que, a partir de la auditoría anterior, se determine que no se satisfacen las condiciones exigidas, el adjudicatario entregará a GIAHSA la relación de actuaciones correctoras a realizar por suministro para cumplir dichos requisitos y, con ello, poder adquirir en estos suministros la condición de CDM.
En paralelo, el Adjudicatario realizará todas las gestiones necesarias de acuerdo con la normativa vigente ante cada uno de los organismos que lo requieran, para conseguir que GIAHSA adquiera la condición de CDM sobre cada uno de los suministros identificados en el Apéndice 1 (Grupo 1).
El análisis a realizar sobre los suministros integrados en el grupo 2 se llevará a efecto una vez se consiga la condición de CDM para la totalidad de los suministros integrados en el grupo 1 (siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos) y una vez esté consolidado en GIAHSA el procedimiento de compra de energía en los mercados diario e intradiario para dichos suministros.
4.1.1 G estiones a realizar para la obtención del alta
A continuación se relacionan de manera meramente informativa las gestiones a realizar para la obtención del alta como CDM. Estas indicaciones no eximen al contratista del cumplimiento de alguna otra tramitación o gestión no relacionada expresamente en el presente subcapítulo.
Dichas gestiones son:
• Proporcionar a GIAHSA en un solo acto todos los documentos a firmar necesarios para realizar la totalidad de trámites a satisfacer con cada una de las entidades implicadas en la obtención de la acreditación de Consumidor Directo a Mercado por parte de GIAHSA. Dicha documentación deberá ser aportada por el adjudicatario en un periodo máximo de 15 días a partir de la firma del contrato de adjudicación de este servicio.
• Obtener la condición para GIAHSA de Agente xx Xxxxxxx, para lo cual, se seguirán los pasos siguientes:
◦ Obtener el código EIC (Energy Identification Code) en una oficina EIC (REE)
◦ Soportar con sus propios medios la obtención de la acreditación técnica ante REE
◦ Rellenar el formulario “Alta de agentes” disponible en la web pública de OMIE (xxx.xxxx.xx) para constituirse como consumidor directo en el mercado con representación.
◦ Enviar a REE y OMIE la siguiente documentación en papel:
▪ Copia del documento acreditativo del Código de Identificación Fiscal (CIF) de GIAHSA expedido por la Agencia Tributaria
▪ Copia del Documento Nacional de Identidad del firmante de la solicitud, persona acreditada como Apoderado de GIAHSA, con poderes suficientes para la realización de todos los actos y la firma de todos los documentos necesarios para la completa adhesión de XXXXXX xx Xxxxxxx.
▪ Documento acreditativo de otorgamiento de poderes suficientes a la persona firmante para la realización de todos los actos y la firma de todos los documentos necesarios para la completa adhesión de la entidad solicitante al Mercado.
▪ Documento acreditativo de otorgamiento de poderes de representación para el representante directo.
Examinada y aprobada la documentación enviada por parte de REE el adjudicatario solicitará a REE la acreditación de Sujeto del Sistema Eléctrico para GIAHSA.
Examinado el formulario y la documentación enviada por parte de OMIE y dada la conformidad a la misma, OMIE enviará al Apoderado las herramientas necesarias para operar en el Mercado (tarjeta criptográfica, claves,…).
El siguiente proceso que debe realizar el adjudicatario es dar de alta en la aplicación “Mantenimiento de datos de agentes”, disponible en la web de Agentes xxx Xxxxxxx de OMIE (xxx.xxxxxxx.xxxx.xx), los siguientes datos:
◦ Datos de Liquidaciones y Facturación
◦ Datos de Personas de Contacto
◦ Datos de Unidades Físicas
◦ Datos de Unidades de Oferta (no aplica)
◦ Alta de Nuevas Tarjetas de Seguridad (para permitir el acceso a otras personas de la organización)
Finalizado el ingreso de estos datos, tras la revisión y aprobación correspondiente por parte de OMIE, se recibirá un archivo Word conteniendo el contrato de Adhesión. GIAHSA, mediante la firma de los dos ejemplares y el envío de estos al Operador xxx Xxxxxxx, suscribirá el contrato de adhesión a las reglas y condiciones de funcionamiento y liquidación de los mercados diario e intradiario de producción de energía eléctrica, consiguiendo con ello la condición de Agente xxx Xxxxxxx. Firmado el mismo por el Operador xx Xxxxxxx este remitirá
uno de los dos ejemplares a GIAHSA y comunicará la adquisición de la condición de Agente xxx Xxxxxxx a GIAHSA.
Por último, el adjudicatario deberá tramitar la declaración responsable y comunicación de inicio de actividad de GIAHSA como CDM ante el Ministerio de Industria, Energía y Comercio.
El adjudicatario deberá disponer de los medios informáticos y de comunicaciones necesarios indicados por OMIE para poder acceder al Sistema de Contratación xxx Xxxxxxx.
Considerando que la adquisición de la condición de CDM para cada suministro eléctrico conlleva realizar la compra de energía de forma programada, el adjudicatario deberá disponer con la antelación suficiente de la previsión de demanda horaria de cada uno de los suministros atendiendo a los registros históricos disponibles y adecuando la misma a la evolución registrada en la última semana. El método para el cálculo de dicha previsión deberá ser consensuado con los técnicos de GIAHSA nombrados como responsables del seguimiento de esta adjudicación.
Es importante resaltar que GIAHSA aplica en las potencias contratadas la discriminación energética condicionada por el ATR asociado a cada suministro. Esta forma de proceder está justificada dado el importante ahorro económico que conlleva reducir la potencia contratada en los periodos punta (P1 y P3 para el ATR 6.1A y P1 para el ATR 3.1A). Las potencias contratadas están calculadas considerando el uso de cada periodo a lo largo de un año completo.
Atendiendo a lo indicado en el párrafo anterior, para elaborar la curva de demanda prevista el adjudicatario deberá considerar la potencia contratada por periodo energético en cada suministro dado que, puede darse el caso de que por el precio previsto del Mwh en el Mercado para un día y hora determinados sea interesante consumir pero, considerando la potencia contratada, consumir en dicha hora puede provocar una penalización desorbitada.
El adjudicatario tendrá la obligación de coordinar adecuadamente la adquisición de la condición de CDM de cada suministro con el alta del contrato de Acceso de Terceros a la Red (ATR) con la distribuidora asignada a la zona donde se encuentra ubicado el punto de
suministro y el alta en REE con la baja de los contratos compra de energía que hasta ese instante tenga suscrito GIAHSA con la comercializadora correspondiente para cada uno de los suministros eléctricos, con objeto de evitar que dichos suministros puedan quedarse desabastecidos del suministro de energía demandado.
Junto con la relación de suministros indicada en el Apéndice 1 se ha incluido campo en el que se identifica para cada suministro la fecha de finalización del contrato o que se encuentran en estado de prórroga.
Tras realizar la auditoría técnica sobre los puntos de medida anteriormente enunciada, el adjudicatario deberá realizar una previsión del tiempo necesario para conseguir la adquisición de la condición de CDM de cada suministro y a partir de la misma, informar a GIAHSA de la necesidad de realizar contratación temporal a través de comercializadora sobre los suministros afectados, indicando el plazo necesario en cada caso.
El adjudicatario asesorará a GIAHSA sobre las garantías a depositar en MIBEL y REE exigidas para poder realizar la compra de energía en el Mercado y el procedimiento a seguir para realizarlo.
El adjudicatario tendrá la obligación de asesorar al responsable nombrado por GIAHSA para realizar el seguimiento del servicio adjudicado en el uso de todas las herramientas que OMIE y REE pone a disposición de los Agentes xxx Xxxxxxx para conseguir interpretar los costes que el Operador xxx Xxxxxxx le trasladará a partir de la curva de demanda diariamente contratada, determinar los desvíos y el coste de estos.
De igual forma, el adjudicatario deberá asesorar a dicho responsable sobre la composición de la facturación quincenal que recibiremos de REE, identificando cada uno de los componentes regulados que serán facturados. Idéntica obligación será considerada sobre la facturación mensual del contrato del ATR con la distribuidora correspondiente.
Por último, el adjudicatario deberá entregar el procedimiento a seguir para determinar la previsión de la curva de demanda diaria, procedimiento que, tras la adjudicación del servicio, debe ser consensuado con GIAHSA y adaptado según los requerimientos que esta última traslade al adjudicatario. Dicho procedimiento deberá incluir el método para ajustar dicha
previsión ante incidencias utilizando para ello los ajustes que permite el Mercado Intradiario. El uso xxx Xxxxxxx Intradiario para el ajuste de la unidad de carga programada para GIAHSA deberá ser comunicado previamente y tener autorización expresa de GIAHSA.
Tal y como indicamos en el apartado 2, tras conseguir la condición de CDM para la totalidad de suministros del grupo 1 y consolidar la compra de energía en los Mercados Diario e Intradiario para dichos suministros, el adjudicatario realizará un análisis económico sobre los suministros incluidos en el grupo 2 para determinar si resulta de interés adquirir la condición de CDM.
En el caso de que resulte interesante adquirir la condición de CDM en uno o varios suministros del grupo 2, el adjudicatario estará obligado a realizar las mismas gestiones indicadas hasta el momento para conseguir dicha condición. Una vez adquirida la condición de CDM, dichos suministros deben ser considerados para la aplicación del alcance descrito en los apartados siguientes.
Idéntico tratamiento tendrán aquellos suministros de nueva incorporación al ámbito de explotación de GIAHSA durante la vigencia del contrato en los cuales se estime que el consumo anual superará los 25.000 Kwh/año.
Con objeto de evitar inconvenientes relacionados con la finalización del contrato actual antes de conseguir la condición de CDM para cada suministro, se incluye la obligación por parte del adjudicatario de proponer contratos provisionales con otras comercializadoras (o la propia si lo es) sin duración definida. GIAHSA podría asumirlos o solicitar en paralelo ofertas de suministro de energía.
4.2.- E TAPA 2 : Alcance Servicio de Compra de Energía
4.2.1 Compra de energía en los Mercados Diario e Intradiario
Considerando que en el alcance indicado en el apartado anterior contamos xx xxxxxxx con un procedimiento para realizar la previsión de la curva de demanda diaria, cuando se inicie el proceso de compra como CDM, el adjudicatario deberá realizar las siguientes gestiones:
• Realizar la previsión diaria de la demanda horaria de todos los suministros tipificados como CDM según el procedimiento acordado y transmitirla a OMIE diariamente con las claves de GIAHSA
• Atender las solicitudes de GIAHSA de Compra o Venta en el Mercado Intradiario para ajustar la unidad de carga programada para el día siguiente con objeto de adaptarla a modificaciones de última hora no conocidas con antelación.
• Realizar al menos una lectura diaria de todos los parámetros necesarios de cada equipo de medida asociado a los suministros tipo CDM para permitir la verificación de la facturación de OMIE, REE y Distribuidoras. El coste de las comunicaciones necesarias para realizar estas lecturas será asumido por el adjudicatario.
• Asociar diariamente los desvíos producidos con cada CUPS y colaborar con GIAHSA en el análisis de las causas y en el establecimiento de medidas correctoras sobre la previsión con objeto de minimizarlos.
• Realizar una auditoría semanal de las facturas de OMIE, quincenal de la facturas de REE y mensual de las facturas de la distribuidora, las reclamaciones ante dichas entidades en nombre de GIAHSA si se detectan errores en las mismas y el seguimiento exhaustivo de la corrección de los errores de facturación reclamados.
• Detectar consumos de energía reactiva y avisar a GIAHSA con objeto de determinar la causa y tratar de corregirla.
• Realizar un análisis anual de la potencia contratada óptima por suministros.
• Gestionar todas las modificaciones que puedan surgir sobre la contratación (principalmente con las distribuidoras), solicitudes de acometida, modificación de potencias,…, de aquellos suministros dados de alta o aquellos de nueva incorporación que se decida dar de alta en las condiciones incluidas en este pliego.
• Reclamar los errores de medida ante las entidades correspondientes (distribuidora, SIMEL-OS).
El adjudicatario debe disponer de plataforma web desde la cual GIAHSA pueda acceder a todos los datos necesarios para determinar la facturación de OMIE, REE y distribuidoras siguiendo la periodificación de la emisión de facturas de dichas entidades.
Para realizar el seguimiento de la facturación de OMIE es necesario disponer de los siguientes datos:
• Curva de demanda prevista diaria por suministro
• Curva de demanda prevista diaria Total (sumatorio hora a hora de las curvas de demanda de cada suministro)
• Curva de demanda real diaria por suministro
• Curva de demanda real Total
• Desvíos, descomponiendo estos datos de forma que permita identificar fácilmente la facturación de los mismos
• Precio horario xxx xxxxxxx Diario
• Volumen Kwh y precio por hora de los ajustes realizados en el mercado Intradiario
Para realizar el seguimiento de la facturación del operador del sistema, REE, es necesario conocer el desglose de todos los componentes regulados aplicables y disponer de los datos de consumo Kwh por suministro, bien horarios o bien agrupados por periodo (P1 a P6 o P1 a P3) en función de la descomposición de los componentes regulados.
Para supervisar la facturación de las distribuidoras se necesita acceder a los siguientes datos:
• Consumos de energía activa por periodo energético (P1 a P6 para 6.1A / P1 a P3 para 3.1A, 3.0A, 2.1A y 2.0A)
• Curva cuarto horaria de demanda de potencia para los suministros con ATR 6.1A
• Potencia máxima demandada en el periodo entre lecturas facturado por periodo energético para todos los suministros con ATR diferente a 6.1A
• Consumo de energía reactiva por periodo energético
• Importe del alquiler diario
• Tarifas ATR y de otros componentes regulados aplicables
• Facturación de otros conceptos (derechos de acceso, extensión,…, garantía,...)
• Datos de contratación necesarios para determinar la facturación (potencias contratadas,…)
La plataforma web debe permitir a GIAHSA la descarga de los datos anteriormente indicados en formato adecuado para tratarlos con una hoja de cálculo.
Con independencia de que GIAHSA disponga de todos los datos necesarios para determinar la validez de cualquier factura, es responsabilidad del adjudicatario determinar dicha validez.
El adjudicatario debe informar a GIAHSA con la suficiente antelación sobre la facturación emitida con objeto de atender su pago en tiempo y forma.
Tras finalizar un mes y una vez emitidas todas las facturas correspondientes al mes finalizado, el adjudicatario deberá entregar a GIAHSA informe (pdf y hoja de cálculo) detallando por suministro la siguiente información mensual sobre la facturación:
• Periodo de lectura (Fecha inicio – Fecha Fin)
• Consumo Energía Activa Kwh por periodo energético
• Consumo energía Reactiva KVArh por periodo energético
• Potencia contratada Kw por periodo energético
• Potencia demandada Kw por periodo energético
• Coste total consumo Kwh del contrato ATR
• Ídem del contrato con REE
• Ídem de la compra a OMIE
• Coste del término de potencia
• Coste del consumo de energía reactiva
• Coste otros conceptos distribuidora que conlleven aplicación de impuestos eléctricos
• Impuestos eléctricos
• Coste alquiler equipo de medida
• Total Base Imponible Provisional
• Desvíos repercutidos y previsión del coste total de los mismos
• Impuestos eléctricos sobre la previsión del coste de los desvíos
• Total Base Imponible Definitiva Prevista.
Será obligación del adjudicatario mantener informado continuamente a GIAHSA de los cambios de normativa, tarifas, componentes regulados, ATR y cualquier otro concepto que pueda alterar el cálculo de la facturación de cada una de las entidades anteriormente indicadas.
El servicio detallado en este apartado será facturado mensualmente por el adjudicatario mediante la aplicación de una tarifa en €/Mwh sobre el volumen de energía total en Mwh consumido mensualmente.
4.2.2 Compra de energía en los Mercados de Futuros
El adjudicatario deberá asesorar a GIAHSA sobre la conveniencia de realizar compra de energía en el Mercado de Futuros. El adjudicatario deberá entregar una guía que desarrolle el siguiente contenido:
• Procedimiento a seguir para adquirir un volumen de energía determinado en el Mercado de Futuros
• Relación de entidades y tipos de entidades que integran este mercado y que relación se establece entre estas y el consumidor final
• Proceso seguido para asociar el volumen total comprado en el Mercado de Futuros con la demanda horaria programada en el periodo de aplicación de dicho volumen
• Metodología de cálculo seguida para determinar los cargos o abonos derivados de la diferencia entre el precio de adquisición del Mwh en el Mercado de Futuros con el precio en el Mercado Diario
• Modalidades existentes, ventajas e inconvenientes (Contrato de futuros, contratos forward y swaps)
• Justificación del método a aplicar para determinar la energía base a cubrir en el Mercado de Futuros en función de la energía total prevista para el periodo considerado
• Justificación de la tarifa en €/Mwh a partir de la cual atender una oferta de cualquier miembro xxx Xxxxxxx de Futuros
• Describir las garantías necesarias exigidas para acceder a estos productos financieros.
El adjudicatario debe considerar que si GIAHSA llega a realizar una adquisición en el Mercado de Futuros, la Adenda a firmar para cerrar el acuerdo será firmada directamente entre GIAHSA y la entidad que realiza la oferta, sin que intermedie en la misma el adjudicatario de este servicio.
El servicio detallado en este apartado será facturado por el adjudicatario mediante la aplicación de una tarifa en €/Mwh sobre el volumen de energía total en Mwh comprada en el mercado de futuros, a facturar a inicios del mes siguiente del mes en el que se ha realizado la operación de compra.
Con objeto de asegurarnos de que el asesoramiento recibido para realizar la compra en el mercado de futuros de un volumen determinado de energía es adecuado, se establece como requisito adicional al adjudicatario el proponer un valor porcentual a aplicar sobre las facturas que OMIE emita a nombre de GIAHSA por las desviaciones mensuales entre el coste de la energía reservada en el mercado de futuros aplicando la tarifa diaria y el coste de dicho volumen aplicando la tarifa acordada en la adenda de compra de energía en el mercado de futuros asociada. El adjudicatario ofertará un % para las facturas de CARGO y un % para las facturas de ABONO que OMIE emita por este concepto.
Cuando se produzca una facturación de OMIE a GIAHSA por este concepto, GIAHSA emitirá una factura al adjudicatario por el importe resultante de aplicar el % propuesto por el adjudicatario a la factura emitida por OMIE, siempre y cuando la facturación de OMIE sea de cargo, o permitirá al adjudicatario facturar el importe resultante de aplicar el % propuesto por el adjudicatario a la factura emitida por OMIE si esta es de abono.
ARTÍCULO 5 . - COORDINACIÓN DEL SERVICIO.
5.1.- Disponibilidad y penalizaciones.
El adjudicatario tendrá una disponibilidad para las comunicaciones con GIAHSA de 8 de la mañana a 8 de la tarde, siete días a la semana.
Si se produce un desvío mensual unitario superior al 2% en valor absoluto sobre la programación de compra realizada a OMIE, la empresa adjudicataria evaluará y justificará la causa a partir de la cual se han producido dichos desvíos. Si esta es atribuible a errores en la programación de la demanda por parte del adjudicatario, se aplicará una penalización del 15% sobre la cantidad mensual a facturar del servicio contratado al adjudicatario, en dicho mes.
En cualquier caso, GIAHSA se reservará el derecho de rescindir el contrato parcial o totalmente.
En caso de rescisión se estará a lo estipulado para este supuesto en las condiciones generales de compra de GIAHSA relacionadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
5.2.- Supervisión del contrato.
Corresponderá al Subdirector del Departamento de Producción de GIAHSA o a la persona en que éste delegue.
ARTÍCULO 6 .- MEDIOS ADSCRITOS AL SERVICIO.
6.1.- Medios humanos.
La empresa adjudicataria deberá disponer de un coordinador técnico y un responsable comercial o una persona que realice ambas funciones con el fin de prestar apoyo y soporte técnico para garantizar la correcta y óptima realización de las fases de implantación y operación así como el posterior mantenimiento de los servicios.
CUPS | ATR | Instalación | Consumo Kwh/Año | MODEN | Fecha Fin Contr. Actual | Observaciones |
GRUPO 1 (85 uds.) | 26.686.016 | |||||
ES0031101458523001ST0F | 6.1 | ETAP Xxxx | 3.824.136 | SI | 08/01/16 | |
ES0031101458538001TG0F | 6.1 | Capt. Corumbel (La Palma) | 3.201.296 | SI | 10/01/16 | |
ES0031102750970001SL0F | 6.1 | ETAP Tinto | 2.201.745 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104909925001RN0F | 6.1 | ETAP Andévalo | 2.080.188 | SI | 15/01/16 | |
ES0031101458473001AW0F | 6.1 | ETAP Aljaraque (CT Antiguo) | 1.387.559 | SI | 09/01/16 | |
ES0031105031335001JG0F | 6.1 | ETAP Aljaraque (CT Nuevo) | 706.248 | SI | 13/01/16 | |
XX0000000000000000XX0X | 0.0 | XXXX Xx Xxxxx | 1.413.291 | SI | 13/01/16 | |
ES0031105112649001MB0F | 3.1 | EB Andevalo Occidental (Apeadero) SZZ5112649001 | 818.777 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104134482001YB0F | 3.1 | Capt. Matalagrana “Grande” 3-16 (Almonte) | 768.191 | SI | 13/01/16 | |
ES0031102751177001EL0F | 3.1 | Oficinas Centrales GIAHSA | 571.984 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104777071001YS0F | 3.1 | EB A-49 (San Xxxx) | 550.310 | SI | 13/01/16 | |
ES0031104004090001JW0F | 3.1 | Capt. Fte. Xxxxxxx (Aracena) | 532.533 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104096096001KE0F | 3.1 | EB Nudo Norte (El Cerro) | 376.179 | NO | 13/01/16 | |
ES0031104204640001WF0F | 3.1 | EB Bifurcación (Calañas) | 356.911 | SI | 13/01/16 | |
ES0031102145600001ER0F | 3.1 | EB G. Civil Ayamonte | 330.713 | SI | 12/01/16 | |
ES0031104134480001BN0F | 3.1 | Capt. Matalagrana “Chica” 3-6 (Almonte) | 293.134 | SI | 13/01/16 | |
ES0031104306428001EN0F | 3.1 | PSEL Trigueros | 272.604 | SI | 13/01/16 | |
ES0133000002010372BS0F | 3.1 | EB Almonte | 241.488 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102812284001AK0F | 3.1 | EDAR Aracena | 224.096 | SI | 16/01/16 | |
ES0031104791387001SX0F | 3.1 | DR Hexagonal (P. Umbría) | 191.493 | SI | 13/01/16 | |
ES0031104224664001ST0F | 3.1 | DR C. Rubias | 180.837 | SI | 19/01/16 | |
ES0031104272919001KB0F | 3.1 | DR El Cerro – EB San Xxxxx/Valdelamusa | 173.409 | NO | 13/01/16 | |
ES0031102650480001BD0F | 3.1 | EB Alosno/Tharsis | 173.281 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104026888001EB0F | 3.1 | EDAR El Xxxxxxxx | 167.236 | SI | 13/01/16 | |
ES0031105040745001LZ0F | 3.1 | ETAP Riotinto | 165.690 | SI | 13/01/16 | |
ES0031102702896001NK0F | 3.1 | Capt. San Xxxxxxxxx | 159.153 | SI | 09/01/16 | |
ES0031104889757001YE0F | 3.1 | Capt. Belleza 04 (Aroche) | 148.602 | NO | 10/01/16 | |
ES0031104043710001JH0F | 3.1 | DR San Xxxxxxxxx | 142.487 | SI | 13/01/16 | |
ES0031104206097001PA0F | 3.1 | XX Xxxxxxxxx | 132.234 | SI | 13/01/16 | |
ES0230110803361008TA0F | 3.1 | Capt. La Xxxx (Cala 01 a 03) – DR La Xxxx | 124.157 | NO | 23/01/16 | |
ES0031102552768001QJ0F | 3.1 | EB Campofrío | 106.698 | SI | 09/01/16 | |
ES0031102785678001YF0F | 3.1 | EB Bonares / Lucena 02 | 103.232 | SI | 10/01/16 | |
ES0031102736215001XW0F | 3.1 | EB Paterna / Escacena | 91.697 | SI | 10/01/16 | |
ES0031104069210001VX0F | 3.1 | EDAR C. Mayores | 85.116 | SI | 04/02/16 | |
ES0031104889758001GX0F | 3.1 | Capt. Belleza 03 (Aroche) | 80.067 | SI | 13/01/16 | |
ES0133000002010915NY0F | 3.1 | XX Xxxxxxx | 45.047 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102718021001MZ0F | 3.1 | EDAR – EBAR Los Marines | 36.206 | NO | 06/01/16 | |
ES0031102655024001YZ0F | 3.1 | Capt. Finca Xxxxx (Encinasola) | 30.058 | NO | 09/01/16 | |
ES0031104069243001AM0F | 3.1 | EBAR X. Xxxxxxx 00 | 27.205 | SI | 13/01/16 | |
ES0031104899047001VT0F | 3.1 | EDAR Almonaster | 25.857 | NO | 01/01/16 | |
ES0031101935909002SW0F | 3.1 | EDAR Encinasola | 25.488 | SI | 15/01/16 | |
ES0031102199649002EZ0F | 3.1 | Capt.-EB La Palma | 19.348 | SI | 10/01/16 | Ha estado parada – Tras reforma Kwh > 25.000 |
ES0031105078545001DC0F | 3.0 | Capt. Pto. Moral 02 – EB Xxxxxxx | 419.437 | NO | 01/01/16 | |
ES0031101935872001QP0F | 3.0 | Capt. Xxxxxx 01 y 02 (Aracena) | 378.180 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102616317001AJ0F | 3.0 | EB Fte. Santa (Jabugo / Galaroza) | 208.120 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102141267002TH0F | 3.0 | Capt. Cab. Perico - ETAP – EB (Aroche) | 186.643 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102166548001GS0F | 3.0 | Capt. C. Mayores 01 a 04 – EB Los Veneros | 177.481 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102213698001ZS0F | 3.0 | Capt. X. Xxxxxxxx (Trigueros) | 174.292 | SI | 01/01/16 | |
ES0031101935909001SR0F | 3.0 | ETAP Encinasola | 140.101 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102678887001KP0F | 3.0 | ETAP San Xxxxxxxxx | 126.264 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102146752001ST0F | 3.0 | XX Xxxx | 116.489 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102590888003GE0F | 3.0 | DR Ayamonte | 111.118 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102209695001NG0F | 3.0 | DR El Portil | 109.617 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102630730001CV0F | 3.0 | Capt. X. Xxxxxxxx 01 | 103.042 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102168640001LG0F | 3.0 | EB Fuente 12 caños (Fuenteheridos) | 101.564 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102179186001NK0F | 3.0 | XX X. Xxxxxxx | 98.529 | SI | 01/01/16 | |
ES0230111216160006PS0F | 3.0 | Capts. Xxx. Xxxxxx 00, 00 y 03 | 92.408 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102165433001XD0F | 3.0 | Capt. San Xxxxxxxxx | 92.400 | NO | 01/01/16 | |
ES0031104531502001SZ0F | 3.0 | DR C. Esuri | 90.307 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102644254001WV0F | 3.0 | Capt. Fte. 12 Caños (Galaroza) | 90.291 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102616279001FD0F | 3.0 | EB Jabugo | 89.705 | NO | 01/01/16 | |
ES0230113318060016FZ0F | 3.0 | EDAR Sta. Xxxxxx | 86.098 | NO | 01/01/16 | |
ES0339000008000005CK0F | 3.0 | XX Xxxxxxx/Escacena + EBAR Valdeovejos (Paterna/Escacena 9) | 81.446 | NO | 31/12/14 | |
ES0031102682987001DM0F | 3.0 | Capt. X. Xxxxxxx 00 – Capt.Hinojales 05 | 71.552 | NO | 01/01/16 | |
ES0031104144347001SN0F | 3.0 | XX X. Xxxxxx | 67.808 | SI | 01/01/16 | |
ES0031102165040001NX0F | 3.0 | Capt. Cortelazor 01 y 02 | 64.560 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102128551001MG0F | 3.0 | DR Bellavista | 62.455 | NO | 01/01/16 | |
ES0031105151456001DP0F | 3.0 | Capt. Pantano Murtiga (Encinasola) | 50.262 | NO | 01/01/16 | |
ES0031101935999001HW0F | 3.0 | GP Los Cantos (Riotinto) | 38.285 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102130299001JG0F | 3.0 | ETAP X. Xxxx | 37.412 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102212402002QC0F | 3.0 | Capts. Los Xxxxxxx 01 y 02 (Sta. Xxx) | 37.217 | NO | 01/01/16 | |
ES0133002000014724PW0F | 3.0 | EBAR Rociana 01 | 33.415 | NO | 11/06/15 | |
ES0133002000014725PA0F | 3.0 | EBAR Rociana 02 | 32.299 | NO | 11/06/15 | |
ES0031102806495001CY0F | 3.0 | EBAR C. Mayores 01 | 29.867 | NO | 01/01/16 | |
ES0031104096036001NY0F | 3.0 | Capt. Las Veredas 01 – Acebuches – EB | 26.066 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102165957001TT0F | 3.0 | DR C. Mayoeres - Capt.s 05, 06 y 08 | 25.877 | NO | 01/01/16 | |
ES0031104899052001GD0F | 2.1 | Aceleradora La Monacilla | 97.412 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102126164001KJ0F | 2.1 | Capt. Alajar 03, 04 y 05 | 78.732 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102718024001KR0F | 2.1 | EDAR Zufre | 57.908 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102129525001XT0F | 2.1 | Capt. El Patrás 01 | 46.432 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102652530001QL0F | 2.1 | EDAR Alajar | 41.647 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102168839003TX0F | 2.1 | EDAR Fuenteheridos | 39.706 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102198619001CE0F | 2.1 | DR Xxxxxx – EB Lavapiés | 31.125 | NO | 01/01/16 | |
ES0031102667543001SE0F | 2.1 | EDAR Aroche | 30.484 | NO | 01/01/16 | |
ES0031104977071001WL0F | 2.1 | Capt. - DR Paraje El Chaparral (Cañaveral) | 25.982 | NO | 01/01/16 | |
GRUPO 2 (12 uds.) | 588.317 | |||||
ES0031104578150001AN0F | 2.0 | Capt. F. Santa (La Xxxx) | 124.489 | NO | 06/01/16 | |
ES0031102169082003PS0F | 2.0 | EDAR Galaroza | 91.740 | NO | 02/01/16 | |
ES0031102179887001QG0F | 2.0 | EB La Urraleda – Capt. 01 a 03 (Jabugo) | 65.678 | NO | 05/01/16 | |
ES0031102161128001XB0F | 2.0 | Capt. X. Xxxxxxx 00 | 42.758 | NO | 05/01/16 | |
ES0031102224329002RW0F | 2.0 | Capt. Zufre 01 y 02 – DR | 40.460 | NO | 08/01/16 | |
ES0031102188262001XZ0F | 2.0 | Capt. Los Marines 02 | 34.466 | NO | 05/01/16 | |
ES0031102140872001FL0F | 2.0 | Capt. Valdezufre 01 – DR | 33.239 | NO | 05/01/16 | |
ES0031102215092001HP0F | 2.0 | Capt. Valdelarco 01 | 33.201 | NO | 02/02/16 | |
ES0031102142689001WL0F | 2.0 | Capt. Las Cefiñas 01, 02 y 03 | 32.610 | NO | 08/01/16 | |
ES0031102188138001RF0F | 2.0 | Capt. Los Marines 01 | 32.424 | NO | 06/01/16 | |
ES0031102161210001XQ0F | 2.0 | XX X. Xxxxxxx 02 | 31.868 | NO | 05/01/16 | |
ES0031102187411001VZ0F | 2.0 | EB Las Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) | 25.384 | NO | 05/01/16 |
ATR | CUPS | Instalación | Kwh | Kwh € Fija | Kwh € Vble | € Energía | € Tpotencia | € Reactiva | i.e. | Alquiler | € Comp. Regul. € energ. Libre | Total | |
TOTAL | 51.448,09 93.076,21 | 144.524,30 | |||||||||||
TOTAL 2 | 40.660,76 32.586,81 | 73.247,57 | |||||||||||
3.1 | ES0031104415600001YM0F | EDAR Cortelazor | 11.560 | 402,57 | 665,36 | 1.067,93 | 422,15 | 362,59 | 94,73 | 131,04 | 1.379,06 699,38 | 2.078,44 | |
3.1 | ES0031102757475001XK0F | EDAR Cañaveral | 7.577 | 104,39 | 571,86 | 676,25 | 429,84 | 263,10 | 70,01 | 140,42 | 978,52 601,10 | 1.579,62 | |
3.1 | ES0031102782258001MS0F | EDAR Hinojales | 5.771 | 94,04 | 437,71 | 531,75 | 373,01 | 146,25 | 53,74 | 128,72 | 773,38 460,09 | 1.233,47 | |
3.1 | ES0031105032715001YG0F | DR El Laguijar (Cortelazor) | 4.763 | 99,38 | 328,59 | 427,97 | 592,67 | 0,03 | 52,19 | 152,46 | 879,92 345,39 | 1.225,32 | |
3.1 | ES0230112448060010LD0F | DR Sta. Xxxxxx 01 | 4.236 | 90,24 | 325,34 | 415,58 | 1.324,62 | 0,00 | 88,98 | 25,75 | 1.512,96 341,97 | 1.854,93 | |
3.1 | ES0230113389061019QV0F | EDAR Cala | 3.651 | 71,35 | 232,74 | 304,09 | 2.323,17 | 167,76 | 142,91 | 324,84 | 3.018,14 244,64 | 3.262,77 | |
3.1 | ES0031101458536001MM0F | EB Bonares / Lucena 01 | 3.225 | 94,43 | 178,27 | 272,70 | 7.191,55 | 71,71 | 385,31 | 377,13 | 8.111,02 187,39 | 8.298,40 | |
3.0 | ES0031102141449002RL0F | EB Los Barranquitos (Aroche) | 23.455 | 67,30 | 2.214,96 | 2.282,25 | 1.422,31 | 217,03 | 200,51 | 192,49 | 1.986,39 2.328,21 | 4.314,60 | |
3.0 | ES0031104887795001DZ0F | EBAR El Xxxxxxxx 02 | 21.739 | 74,65 | 2.007,42 | 2.082,07 | 1.307,60 | 0,00 | 173,31 | 129,26 | 1.582,18 2.110,06 | 3.692,24 | |
3.0 | ES0031104718593001LK0F | Capt. Fuenteheridos 02 – DR | 16.252 | 48,78 | 1.535,49 | 1.584,27 | 1.048,20 | 4,71 | 134,84 | 139,20 | 1.297,22 1.614,00 | 2.911,22 | |
3.0 | ES0031102151966002EQ0F | DR Bollullos | 14.827 | 7,39 | 1.398,47 | 1.405,86 | 2.380,59 | 0,00 | 193,60 | 140,62 | 2.650,70 1.469,97 | 4.120,67 | |
3.0 | ES0031102140425001PR0F | Capt. Jabuguillo 01 y 02 – DR | 5.119 | 69,80 | 2.985,96 | 3.055,76 | 718,79 | 0,00 | 192,99 | 23,10 | 852,01 3.138,63 | 3.990,64 | |
3.0 | ES0031104737072001HQ0F | DR – GP Vista Alegre (Ayamonte) | 1.385 | 4,65 | 125,61 | 130,25 | 785,59 | 0,05 | 46,83 | 140,26 | 970,96 132,03 | 1.102,98 | |
3.0 | ES0031104266708001KT0F | Planta Lavado Cont. Trigueros | 1.089 | 4,06 | 101,72 | 105,77 | 1.296,20 | 14,49 | 72,42 | 138,23 | 1.520,20 106,92 | 1.627,12 | |
3.0 | ES0031104508951001GP0F | GP Xxxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxx | 000 | 1,89 | 55,42 | 57,30 | 1.494,81 | 0,00 | 79,36 | 139,21 | 1.712,43 58,25 | 1.770,68 | |
3.0 | ES0031102154773001MA0F | DR Calañas (Antig. ETAP) | 356 | 1,24 | 34,64 | 35,88 | 1.880,45 | 0,00 | 97,98 | 140,56 | 2.118,46 36,41 | 2.154,87 | |
3.0 | ES0031104245881001DY0F | Capt Zumajo | 43 | 0,47 | 3,47 | 3,95 | 643,64 | 0,00 | 33,11 | 28,55 | 705,59 3,65 | 709,25 | |
2.1A | ES0031104899052001GD0F | Aceleradora La Monacilla | 97.412 | 1.361,45 | 13.287,90 | 14.649,35 | 627,85 | 0,00 | 781,12 | 29,14 | 2.120,15 13.967,31 | 16.087,46 | |
2.1DHA | ES0031102126164001KJ0F | Capt. Alajar 03, 04 y 05 | 78.732 | 734,83 | 9.415,85 | 10.150,68 | 587,65 | 0,00 | 549,05 | 16,40 | 1.406,50 9.897,29 | 11.303,78 | |
2.1DHA | ES0031102718024001KR0F | EDAR Zufre | 57.908 | 444,59 | 6.812,55 | 7.257,14 | 592,90 | 0,00 | 401,37 | 14,99 | 1.105,53 7.160,87 | 8.266,41 | |
2.1A | ES0031102129525001XT0F | Capt. El Patrás 01 | 46.432 | 70,75 | 6.515,37 | 6.586,13 | 702,48 | 0,00 | 372,67 | 16,18 | 828,95 6.848,51 | 7.677,45 | |
2.1DHA | ES0031102652530001QL0F | EDAR Alajar | 41.647 | 333,37 | 4.911,87 | 5.245,24 | 567,98 | 0,00 | 297,23 | 7,67 | 955,11 5.163,01 | 6.118,12 | |
2.1A | ES0031102168839003TX0F | EDAR Fuenteheridos | 39.706 | 548,05 | 5.271,82 | 5.819,87 | 608,48 | 0,00 | 328,68 | 16,94 | 1.232,60 5.541,37 | 6.773,96 | |
2.1A | ES0031102198619001CE0F | DR Xxxxxx – EB Lavapiés | 31.125 | 301,63 | 4.188,70 | 4.490,33 | 651,22 | 0,00 | 262,89 | 13,73 | 1.015,29 4.402,87 | 5.418,17 | |
2.1A | ES0031102667543001SE0F | EDAR Aroche | 30.484 | 420,15 | 3.820,38 | 4.240,53 | 626,88 | 0,00 | 248,87 | 19,85 | 1.120,41 4.015,72 | 5.136,13 | |
2.1A | ES0031104977071001WL0F | Capt. - DR Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx (Cañaveral) | 25.982 | 319,28 | 3.322,57 | 3.641,85 | 616,19 | 0,00 | 217,71 | 19,49 | 1.002,80 3.492,45 | 4.495,25 | |
2.1DHA | ES0339000006000017GK0F | DR Chucena | 24.379 | 193,96 | 3.080,22 | 3.274,19 | 584,71 | 0,00 | 197,31 | 18,13 | 836,61 3.237,71 | 4.074,33 | |
2.1DHA | ES0031102730018001CF0F | EDAR Valdelarco | 24.150 | 40,25 | 3.018,58 | 3.058,83 | 582,10 | 0,00 | 186,16 | 16,82 | 670,99 3.172,92 | 3.843,91 | |
2.1A | ES0031101935847001XD0F | EDAR X. Xxxxxxxx | 22.213 | 465,41 | 2.720,72 | 3.186,12 | 755,80 | 0,00 | 201,55 | 19,66 | 1.303,31 2.859,83 | 4.163,14 | |
2.1A | ES0031102129222002SA0F | Capt Almonaster 01 – EB Las Palmeras | 19.469 | 316,86 | 2.394,02 | 2.710,88 | 542,26 | 0,00 | 166,33 | 14,12 | 917,17 2.516,43 | 3.433,60 | |
2.1A | ES0031102140425001PR0F | Capt. Jabuguillo 01 y 02 – DR | 5.119 | 244,39 | 2.811,37 | 3.055,76 | 718,79 | 0,00 | 192,99 | 23,10 | 1.035,53 2.955,11 | 3.990,64 | |
2.1A | XX0000000000000000XX0X | XX Xxxxxxxxxxx | 00.000 | 219,39 | 1.611,21 | 1.830,59 | 525,05 | 0,00 | 120,44 | 31,48 | 813,98 1.693,59 | 2.507,57 | |
2.1A | ES0031102198613001JW0F | DR Xxxxxxxx – EB La Xxxxxxx (Niebla) | 7.916 | 148,24 | 1.044,25 | 1.192,49 | 481,97 | 0,00 | 85,62 | 0,00 | 662,43 1.097,65 | 1.760,08 | |
2.1A | ES0230114223011038HM0F | GP Xxx. Xxxxxxxx (Xxxx) | 0.000 | 66,30 | 585,77 | 652,08 | 308,40 | 44,16 | 51,37 | 6,26 | 446,54 615,73 | 1.062,26 | |
2.1A | ES0031102662636001QA0F | EDAR X. X. Xxxxxxxxx | 0.000 | 123,85 | 307,66 | 431,51 | 362,41 | 0,00 | 40,59 | 14,81 | 525,93 323,39 | 849,32 | |
2.1A | XX0000000000000000XX0X | XX Xxxxxxxxxx | 0.000 | 24,04 | 214,53 | 238,57 | 584,45 | 0,00 | 42,08 | 18,35 | 657,95 225,50 | 883,45 | |
2.1A | ES0031102638809001WZ0F | EDAR Xxxxxxx | 77 | 1,23 | 10,35 | 11,58 | 682,12 | 0,00 | 35,47 | 22,88 | 741,17 10,88 | 752,05 |