CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE UNIVERSIDAD – EMPRESA EN EL MARCO DEL PROYECTO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE UNIVERSIDAD – EMPRESA EN EL MARCO DEL PROYECTO
En Talca, República de Chile, a , entre la Universidad de Talca,
Corporación de Estudios Superiores, R.U.T. N° , representada por
, , Chile_, X.X.X. Xx , xxxxx xxx xxxxxxxxx xx
, Xxxxx; y la Empresa C. R.U.T. N° 88.088.888-K, representada por don xxxxxx, Chileno, R.U.T. N° , ambos con domicilio en , ciudad , en adelante “La Empresa”, se acuerda celebrar lo siguiente:
PRIMERO: Antecedentes del convenio.
La Universidad, en el marco del “Concurso ” ha suscrito un convenio de subsidio con la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), institución ejecutora del Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF); respecto del proyecto de investigación y desarrollo científico- tecnológico precompetitivo titulado "Desarrollo de biotecnología", al cual se le asignó el Código de aquí en adelante también denominado “El Proyecto”.
El proyecto fue seleccionado para apoyo financiero en conformidad a los términos que regulan su presentación, por el consejo asesor de FONDEF en el Acta de la sesión Nº 22 efectuada el , y según el acuerdo escrito establecido entre la Universidad y CONICYT - FONDEF, de fecha , aprobado por la Resolución N° xx del xx de xxx del año .
El proyecto mencionado, en su versión definitiva y aprobada por FONDEF, es conocido por las partes y se entiende forma parte integrante de este convenio para todos los efectos legales.
SEGUNDO: Objeto del convenio.
Por medio del presente instrumento, La Empresa C., expresa su interés en desarrollar en conjunto con la Universidad, el Proyecto de Investigación denominado "Desarrollo de biotecnología" y comprometen su colaboración, en los términos que en este instrumento se acuerdan. Por otra parte, la Universidad acepta dicha colaboración, según las condiciones que se indicarán en las cláusulas siguientes.
TERCERO: Objetivos Generales del Proyecto.
1. Desarrollar tecnologías ………
CUARTO: Objetivos Específicos del Proyecto.
1. Evaluar ………
2. Optimizar ………………
3. Desarrollar las tecnologías para la producción ……….
4. Evaluar el efecto ……….
5. Evaluar el efecto de la aplicación .
QUINTO: Xxxxxxx y Responsabilidades.
a) La Universidad, llevará a cabo todas las actividades necesarias a fin de obtener los resultados verificables del proyecto:
a) L
b) L
c) L
d) L
b) Por su parte, la Empresa se compromete a llevar a cabo las siguientes actividades necesarias a fin de obtener los resultados verificables del proyecto:
· Actividades de investigación: 1
2
· Actividades de Transferencia Tecnológica o de masificación de los resultados: 1
2
SEXTO:Administración del Proyecto.
La Universidad será responsable de la administración y de la coordinación científica del proyecto. La Prof. (NOMBRE), llevará a cabo estas actividades en nombre de la Universidad.
La participación de la Empresa C en el desarrollo de las actividades del proyecto será coordinada por don (XXXX), Gerente técnico.
SÉPTIMO: Aspectos Financieros del Proyecto.
El costo total del proyecto es de M$ 302.917, de acuerdo a la estructura de financiamiento señalada a continuación:
NOMBRE INSTITUCIÓN | APORTE INSTITUCIÓN AL PROYECTO | APORTE DE EMPRESAS U OTRAS SOCIAS A ESTA INSTITUCIÓN | MONTO SOLICITADO A FONDEF POR ESTA INSTITUCIÓN | TOTAL |
UNIVERSIDAD | $37.500.000 | $72.100.000 | $117.919.840 | $224.519.840 |
UNIVERSIDAD NN | $13.500.000 | 0 | $61.897.000 | $75.397.000 |
TOTAL | $51.000.000 | $72.100.000 | $179.816.840 | $302.916.840 |
El aporte financiero de la Universidad al proyecto corresponde a la suma de
$155.419.840.- valor que considera un aporte institucional por $ 37.500.000.- más el monto aportado por FONDEF a esta institución, por $ 117.919.840.- El aporte de la Universidad corresponde principalmente a la valuación del personal de investigación dedicado al desarrollo del proyecto, al uso de equipos, a infraestructura y a fondos de FONDEF entregados a la Universidad para su ejecución.
Junto a lo anterior, el proyecto considera aportes de las siguientes empresas participantes del proyecto, según lo detallado a continuación:
LISTA INSTITUCIONES APORTANTES | INSTITUCIONES BENEFICIARIAS | APORTE NO INCREMENTAL | APORTE INCREMENTAL | APORTE TOTAL |
Empresa A | U. DE TALCA | $53.100.000 | $6.000.000 | $59.100.000 |
Empresa X | X. XX XXXXX | x00.000.000 | 0 | x00.000.000 |
Xxxxxxx X | X XX XXXXX | $3.000.000 | 0 | $3.000.000 |
TOTAL APORTES | $66.100.000 | $6.000.000 | $72.100.000 |
El aporte financiero de las empresas consiste en la valorización de la infraestructura utilizada para el desarrollo de las experiencias industriales, materia prima e insumos necesarios para la investigación, así como aporte técnico y trabajo de su personal en planta y terreno, para el manejo de los recursos materiales que se aportan, para ser puestos a disposición de la Universidad. Este aporte no incremental se valora en la suma de $ 72.100.000.- Adicionalmente, las empresas realizarán aportes incrementales al proyecto por un total de $ 6.000.000.-
A través del presente instrumento, La Empresa C. compromete un aporte no incremental al proyecto, valorado en la suma de $3.000.000.- correspondiente al trabajo realizado por el Gerente Técnico de la Empresa C Xx. Xxxx Xxxxx.
Las partes declaran expresamente estar de acuerdo en la valorización de los aportes no consistentes en dinero de cada uno al proyecto.
OCTAVO: Plazo del convenio.
La Universidad y La Empresa C acuerdan que el período de vigencia de este convenio, será de xx meses, hasta la fecha en que se entregue el informe de rendición final a FONDEF, cuya fecha tentativa es el 31 de Enero de 20xx.
Sin perjuicio de lo anterior, si por aplicación de las normas del Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico, que rigen el Proyecto de Investigación a que se refiere este convenio, éste se extendiera más allá de la fecha establecida en el párrafo anterior, este convenio de colaboración se entenderá prorrogado automáticamente por el mismo lapso en que hubiere sido autorizada la extensión de la vigencia del Proyecto por parte del FONDEF, sin necesidad de un nuevo acuerdo de las partes.
NOVENO: No Divulgación.
a) Cualquier punto de este convenio y sus modificaciones, al igual que todo el conocimiento, práctico, prácticas, procesos, material biológico u otra información en él incluida (de aquí en adelante referida como “Información Confidencial”), divulgada oralmente o entregada por escrito u otro medio tangible, que sea designado como Información Confidencial por la parte que la entrega, deberá ser recibida y mantenida por la parte receptora de manera estrictamente confidencial y no deberá ser divulgada a terceros.
b) Nada de lo contenido aquí restringirá o perjudicará el derecho de cualquiera de las partes a utilizar, divulgar, o negociar con Información designada como Confidencial que:
1. Esté disponible para el dominio público, o que después sea de dominio público sin mediar intervención alguna de la parte receptora.
2. Era independientemente conocida antes de su recepción, o sea hecha disponible por parte del receptor como resultado del derecho legal de un tercero, o que requiera ser divulgado, por ley, por regulación o por orden de un Tribunal.
c) La obligación de no divulgación de Información Confidencial a que se refiere esta cláusula regirá durante toda la vigencia de este convenio y sus modificaciones, y se extenderá por el lapso de tres (3) años luego de su término.
DÉCIMO: Publicidad.
Ni la empresa C ni la Universidad utilizarán el nombre de la otra, ni de ningún otro miembro del personal del Proyecto de la Universidad, en ningún tipo de publicidad, avisos, o divulgación noticiosa, sin la previa aprobación escrita de un representante autorizado de la otra parte.
DÉCIMO PRIMERO: Publicaciones.
Ambas partes reconocen que los resultados deben ser publicados, a la vez que concuerdan en que los investigadores comprometidos en el Proyecto pueden presentar métodos y resultados del mismo en simposios, encuentros profesionales regionales, nacionales o internacionales, en tesis o disertaciones, en publicaciones de revistas, u otras formas elegidas por ellos, siempre y cuando (a) cuenten con la autorización correspondiente y por escrito de la Universidad quien la otorgará o denegará a través del Director del Proyecto, y (b) cuando las publicaciones no transgredan el principio de la novedad, exigido para gestionar futuros derechos de propiedad intelectual o industrial de resultados obtenidos en el proyecto.
DÉCIMO SEGUNDO: Propiedad intelectual y Desarrollos Conjuntos ("Joint Developments").
a) Para los efectos de este acuerdo y sus modificaciones se entiende por "Desarrollos Conjuntos" o "Joint Developments", a todos los inventos, mejorías y/o descubrimientos hechos de manera individual o colectiva, que han sido concebidos y/o realizados conjuntamente por uno o más funcionarios de las Universidades y empresas participantes del Proyecto FONDEF
b) Todos los derechos y títulos de "Desarrollos Conjuntos" bajo este Proyecto pertenecerán a la Universidad y la Universidad NN, las cuales tendrán un 50% de propiedad respectivamente, en las distintas patentes u otros privilegios industriales desarrollados a partir del proyecto FONDEF
c) Las partes, notificarán con prontitud a su contraparte de cualquier "Desarrollo Conjunto" concebido y/o hecho durante el Período de Colaboración del Proyecto, a objeto de decidir en forma conjunta el tipo de protección que deba dársele. Los gastos que demande obtener la protección de derechos de propiedad intelectual e industrial derivados del desarrollo del proyecto FONDEF D10R0000, serán aportados por la Universidad y la Universidad NN, en partes iguales.
d) Si la Universidad, decide no ejercer su opción o deciden discontinuar el apoyo financiero relativo a la tramitación o mantención de la protección, la Universidad NN tendrá la libertad para emitir o continuar la tramitación o mantención de cualquier solicitud, y también para mantener todo tipo de protección emitida a contar de ese momento. A su vez, si la Universidad NN decide no ejercer su opción o deciden discontinuar el apoyo financiero relativo a la tramitación o mantención de la protección, la Universidad tendrá la libertad para emitir o continuar la tramitación o mantención de cualquier solicitud, y también para mantener todo tipo de protección emitida a contar de ese momento.
e) Si ambas Universidades deciden no ejercer su opción o deciden discontinuar el apoyo financiero relativo a la tramitación o mantención de la protección, la empresa C tendrá la libertad para emitir o continuar la tramitación o mantención de cualquier solicitud, y también para mantener todo tipo de protección emitida a contar de ese momento.
DÉCIMO TERCERO: Derecho preferente de opción.
La Universidad podrá otorgar a la Empresa C., derechos preferentes de opción respecto de los derechos que le correspondan en cualquier Desarrollo Conjunto en el proceso de colaboración del Proyecto FONDEF , bajo términos y condiciones razonables, incluyendo derechos de patente, licencias u otros, según lo acuerden mutuamente en un convenio posterior.
DÉCIMO CUARTO: Convenios con terceros
Las partes están de acuerdo en que en el desarrollo del Proyecto de Investigación a que se refiere este convenio, pueden participar otras instituciones que concuerden con los objetivos tanto generales como específicos ya expresados. Desde ya, la Empresa C. faculta a la Universidad para establecer contactos con otras instituciones, con el fin de obtener apoyo para el logro de los objetivos planteados en este acuerdo, y suscribir en su nombre, los acuerdos que estime más convenientes con el mismo fin, incluidos los derechos correspondientes a cada parte por "Desarrollos Conjuntos".
DÉCIMO QUINTO: Disposiciones finales.
Las partes declaran conocer que el Proyecto de Investigación a que se refiere este convenio, se encuentra regido en general por las normas del Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico, FONDEF, y en particular por las bases de los respectivos concursos en que participó el Proyecto y que se indicaron al individualizarlo, así como por el convenio de subsidio que se suscribió por parte de la Universidad con el referido Fondo, y que se entiende como parte integrante de este convenio y sus modificaciones De esta forma, las normas indicadas, en caso de que existiera contradicción con cualquier disposición de este convenio y sus modificaciones, primarán por sobre estas últimas, sin responsabilidad para la Universidad, situación que la empresa declara conocer y aceptar expresamente.
Ningún funcionario de la Universidad, o personas vinculadas a ella bajo cualquier relación de dependencia, y que participe en actividades del Proyecto a que se refiere este convenio será considerado bajo ningún respecto como dependiente o relacionado con la Empresa C, la que no tendrá responsabilidad alguna en cuanto a obligaciones laborales, previsionales, civiles o cualquiera otra con dicho personal dependiente de la empresa o terceros. Igual consideración tendrán los funcionarios de la Empresa C., o personas relacionadas con ella, respecto de la Universidad.
Siendo este un convenio de colaboración, ninguna de las partes podrá ser considerada contratista de la otra, para ningún efecto legal.
La personería de don , para representar a la Universidad, Consta de los Artículos 1º y 12 Nº 2 del Decreto con Fuerza xx Xxx Nº 152, del Ministerio de Educación, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Estatuto de la Universidad, así como del DecreTYto Supremo de Nombramiento como Rector, D.S. Nº 184, del Ministerio de Educación, de fecha 27 xx xxxxx de 2010, publicado en el Diario Oficial el 18 xx xxxxx del mismo año.
La personería de don xxxx, para representar a la Empresa C., consta en
.
El presente acuerdo se firma en cuatro ejemplares quedando cada parte con dos ejemplares.
REPRESENTANTE LEGAL