DIRECTORIO - RESOLUCIÓN
R.N°:D-19-2012
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Montevideo, 8 de febrero de 2012
D I R E C T O R I O
VISTO: la nota del Ministerio de Economía y Finanzas de 30 de enero de 2012 por la que solicita suscribir el Convenio de Suscripción de Acciones de Capital Ordinario Serie “B” de la Corporación Andina de Fomento (CAF).
RESULTANDO: que con fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxx de la mencionada Corporación aprobó, a través de la resolución N° 1965/2011, poner a disposición de los accionistas de la series “B” de los Países Miembros de la Corporación Andina de Fomento (CAF), la suscripción de nuevas acciones de Capital Ordinario, bajo determinadas condiciones que la misma resolución establece.
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Economía y Finanzas evalúa el fortalecimiento patrimonial de la CAF como una previsión frente a los efectos adversos que la incierta situación internacional pudiera tener sobre sus países accionistas;
II) que un aumento en la participación accionaria permitiría apoyar el papel creciente de la CAF como fuente de financiamiento multilateral para proyectos de desarrollo y en particular permitiría aumentar la colaboración de dicho organismo con nuestro país.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en la Ley Nº 17.427 de 4 de diciembre de 2001, a lo informado por la Gerencia de Política Económica y Mercados el 3 de febrero de 2012 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2009/0977,
SE RESUELVE:
1) Suscribir el Convenio de Suscripción de Acciones de Capital Ordinario Serie “B” de la Corporación Andina de Fomento (CAF) por U$S 91:448.000 (dólares americanos noventa y un millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil).
2) Encomendar al Gerente de Política Económica y Mercados, economista Xxxxxxx Xxxxx, la suscripción de las acciones a que hace referencia el numeral 1).
3) Comunicar a la Corporación Andina de Fomento (CAF) y al Ministerio de Economía y Finanzas lo dispuesto en los numerales 1) y 2).
(Sesión xx xxx – Acta Nº 3034)
(Expediente Nº 2009/0977)
Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General
Sn/mlp/gs/vp Cat: P
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Montevideo, 8 de febrero de 2012
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VISTO: la necesidad de contar con un asesor especialista en materia de educación económica y financiera.
CONSIDERANDO: I) que el asesoramiento referido en el Visto contribuirá al desarrollo de contenidos y gestión del programa “BCU Educa”, en línea con el plan estratégico del Banco Central del Uruguay para el período 2010 – 2014 y la política de comunicación institucional;
II) que la tarea requerida resulta complementaria de las actividades que desarrolla el Departamento de Comunicación Institucional, servicio que depende directamente de la Presidencia del Banco;
III) que el señor Xxxx Xxxxxxxx cuenta con las condiciones necesarias para el desempeño de las tareas expresadas en el Considerando I);
IV) que la contratación se realizará en el marco del artículo 45 del Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Institución (Decreto Nº 150/2011 de 2 xx xxxx de 2011), no superándose con el contrato a suscribir, el monto máximo establecido en el artículo 23 de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002;
V) que la persona a contratar deberá declarar bajo juramento no ocupar ningún cargo público en la actualidad y tampoco haber optado por el régimen de incentivos establecido en el Capítulo I de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002;
VI) que la suscripción del contrato de arrendamiento de servicios no implicará vinculación funcional alguna entre la Institución y el señor Xxxx Xxxxxxxx y finalizará por el vencimiento del plazo establecido en el mismo o por el cese en sus funciones del señor Presidente, doctor Xxxxx Xxxxxxx, según el hecho que suceda primero, no generándose derecho a indemnización alguna, así como por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato a suscribir;
VII) que dada la naturaleza de las funciones a desempeñar por el señor Xxxxxxxx, éste deberá asumir la obligación de confidencialidad en los asuntos que lleguen a su conocimiento;
VIII) que la presente contratación se financiará con cargo a fondos propios del Banco Central del Uruguay.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002, al artículo 45 del Decreto Nº 150/011 de 2 xx xxxx de 2011 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2012/0196,
SE RESUELVE:
1) Contratar, en régimen de arrendamiento de servicios, al señor Xxxx Xxxxxxxx, con la finalidad de asesorar en materia de educación económica y financiera, de acuerdo con las condiciones establecidas en los Términos de Referencia que lucen a fojas 1 del expediente Nº 2012/0196.
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2) La presente contratación se perfeccionará una vez verificada la existencia de disponibilidad presupuestal para atender la erogación de que se trata.
3) Encomendar al Área Servicios y Seguridad de la Gerencia de Servicios Institucionales la suscripción del correspondiente contrato en representación de la Institución, de acuerdo con el modelo que luce a fojas 8 y 9 del expediente 2012/0196.
4) Comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto los términos del presente contrato una vez que el mismo se haya suscrito y proceder, asimismo, a su inscripción en el Registro de Vínculos con el Estado de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
(Sesión xx xxx – Acta Nº 3034)
(Expediente Nº 2012/0196)
Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General
Gs/mlp/vp Cat: P
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Montevideo, 8 de febrero de 2012
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VISTO: la Quincuagésima Tercera Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a celebrarse en la ciudad de Montevideo del 16 al 19 xx xxxxx de 2012.
RESULTANDO: I) que la Reunión mencionada en el Visto constituye un foro de debate para los Gobernadores, entre los que se cuentan Ministros de Finanzas, Presidentes de Bancos Centrales y otras altas autoridades de los países miembros, asistiendo también representantes de instituciones financieras multilaterales, agencias de desarrollo, bancos comerciales y de inversiones, empresas y otras organizaciones del sector privado y de la sociedad civil;
II) que en el marco de la Reunión se realizarán, asimismo, una serie de seminarios sobre temas de interés para los participantes.
CONSIDERANDO: I) que es la primera vez que la mencionada Reunión Anual del BID se realizará en la ciudad de Montevideo, ya que en las dos ocasiones anteriores que se realizó en nuestro país, en los años mil novecientos setenta y mil novecientos ochenta y cuatro, tuvo xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx xxx Xxxx;
II) que de acuerdo con lo informado por la coordinación a cargo del Poder Ejecutivo, se espera la asistencia de más de mil quinientos visitantes extranjeros, muchos de los cuales vendrán en calidad de autoridades oficiales, a los que se suman los participantes por el sector privado, los observadores y la prensa;
III) que el Banco Central del Uruguay, además de su participación en el evento, apoyará la celebración del mismo, entre otros aspectos, mediante la organización de un espectáculo artístico de primer nivel como lo es la Gala del Ballet Nacional xxx XXXXX a realizarse en el Teatro Xxxxx el día 16 xx xxxxx de 2012, según fuera dispuesto mediante la resolución D/256/2011 de 17 xx xxxxxx de 2011;
IV) que también, en adhesión a la celebración del evento, la Institución entregará presentes institucionales a las autoridades y otros participantes en el mismo, alusivos a sus competencias como Ente rector de la política monetaria del país y colocará placas conmemorativas en las salas de su anfiteatro donde se desarrollará una de las actividades.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el numeral 2) y literal J) del numeral 3) del artículo 33 del TOCAF y demás antecedentes que obran en el expediente Nº 2012/1485,
SE RESUELVE:
1) Disponer la entrega de un total de hasta 120 (ciento veinte) ejemplares del libro “Monedas de la República Oriental del Uruguay” editado en ocasión de la celebración del Bicentenario del Inicio del Proceso de Emancipación Oriental, a las dos máximas jerarquías de cada delegación y a los principales representantes del Banco Interamericano de Desarrollo asistentes al evento relacionado en el Visto.
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2) Entregar hasta un total de 250 (doscientos cincuenta) estuches, destinados a tres representantes de cada delegación, autoridades del BID y observadores internacionales, con el siguiente contenido:
a) una moneda conmemorativa de la XXV Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo realizada en 1984 en Uruguay (Decreto Ley de acuñación Nº 15.525 de 24 de febrero de 1984) y
b) una moneda acuñada en adhesión al plan numismático patrocinado por la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -FAO- (Ley de acuñación Nº 13.812 de 12 de diciembre de 1969).
3) Entregar hasta 1.000 (mil) estuches conteniendo una moneda acuñada en adhesión al plan numismático patrocinado por la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -FAO- (Ley de acuñación Nº 13.812 de 12 de diciembre de 1969) con certificado de autenticidad y texto alusivo a su importancia histórica y su valor artístico, a otros participantes del evento señalado en el Visto: representantes del BID, otros organismos u observadores internacionales y otras autoridades de las delegaciones.
4) Colocar dos placas conmemorativas en la Sala principal del anfiteatro de la Sede del Banco Central del Uruguay y una en cada una de las restantes salas.
5) Encomendar al Área Servicios y Seguridad de la Gerencia de Servicios Institucionales la realización de las contrataciones necesarias para disponer de los materiales referidos en los numerales 2) a 4) anteriores, así como a la Gerencia de Política Económica y Mercados la puesta a disposición de los libros referidos en el numeral 1) y las monedas descriptas en los numerales 2) y 3).
6) Encomendar al Departamento de Comunicación Institucional la coordinación, con los organizadores locales del evento señalado en el Visto, de la entrega de los presentes institucionales señalados en los numerales 1) a 3).
(Sesión xx xxx – Acta Nº 3034)
(Expediente Nº 2011/1485)
Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General
Vp/mlp Cat: P
Firmante: XXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX Fecha: 09/02/2012 17:33:06
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Montevideo, 8 de febrero de 2012
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VISTO: el vencimiento de las prórrogas de las subrogaciones de funciones de los cargos de Jefe de Departamento I - Estudios (GEPU 56) y Jefe de Unidad I – Supervisión de Bancos 1 (GEPU 54), pertenecientes a la Superintendencia de Servicios Financieros, otorgadas por resolución D/253/2011 del 17 xx xxxxxx de 2011 a los contadores Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxxx, respectivamente, que se producirá el 13 de febrero de 2012.
RESULTANDO: que el titular del cargo de Jefe de Departamento I - Estudios (GEPU 56), economista Xxxxx Xxxxxx, continúa en comisión de servicios en el Ministerio de Economía y Finanzas y el cargo de Jefe de Unidad I – Supervisión de Bancos 1 (GEPU 54) se encuentra vacante.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Servicios Financieros continúan vigentes las razones por las cuales se solicitaron las subrogaciones de funciones referidas, las que resultan necesarias para el buen funcionamiento del servicio y los funcionarios subrogantes se han desempeñado en forma destacada;
II) que por resolución D/108/2011 de 6 xx xxxxx de 2011 se dejó sin efecto la resolución D/778/2006 de 30 de noviembre de 2006 que suspendía la aplicación de la norma entonces vigente, análoga al actual artículo 4 literal a) del Reglamento de Subrogación de Funciones, por lo que habiendo entrado en vigencia nuevamente dicha norma a partir del 6 xx xxxxx de 2011, la subrogación propuesta para el cargo de Jefe de Unidad I – Supervisión de Bancos 1 (GEPU 54) no admite prórrogas subsiguientes a la que se concede en la presente resolución, ya que la subrogación de cargos vacantes sólo puede prorrogarse por una vez, en tanto no se haya completado el proceso de concurso para su provisión definitiva, como es el caso;
III) que encontrándose iniciado el proceso de llamado a provisión del cargo de Jefe de Unidad I – Supervisión de Bancos 1, se entiende procedente que la prórroga de la subrogación para dicho cargo sea concedida por el plazo de 90 días.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 35 del Estatuto de Funcionario (Decreto Nº 190/993 de 26 xx xxxxx de 1993 y modificativas), al artículo 19 del Decreto Nº 150/011 de 0 xx xxxx xx 0000 (Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxx para el ejercicio 2011), al Reglamento de Subrogación de Funciones aprobado por resolución D/108/2011 de 6 xx xxxxx de 2011 y a las derogaciones dispuestas por el numeral 2) de la misma resolución, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales el 7 de febrero de 2012 y demás antecedentes que lucen en el expediente 2009/3476.
SE RESUELVE:
1) Xxxxxxxxx, a partir del 14 de febrero de 2012, la subrogación de funciones otorgada al contador Xxxxx Xxxxxxxx del cargo de Jefe de Departamento I - Estudios (GEPU 56) de la Intendencia de Regulación Financiera perteneciente a la Superintendencia de Servicios Financieros.
2) Xxxxxxxxx, a partir del 14 de febrero de 2012, la subrogación de funciones otorgada a la contadora Xxxxxxx Xxxxxxxxx del cargo de Jefe de Unidad I – Supervisión de Bancos 1
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(GEPU 54) de la Intendencia de Supervisión Financiera perteneciente a la Superintendencia de Servicios Financieros.
3) Disponer que la subrogación de funciones dispuesta en el numeral 1) lo será por el término de 180 días o hasta que reasuma las funciones el titular del cargo, de suceder tal circunstancia antes de dicho término y que la subrogación de funciones dispuesta en el numeral 2) lo será por el término de 90 días o hasta que se realice la provisión definitiva del cargo, de suceder tal circunstancia antes de dicho término.
4) Notifíquese
(Sesión xx xxx – Acta Nº 3034)
(Expediente Nº 2009/3476)
Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General
Cn/mlp/gs/vp Cat: P
Firmante: XXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX Fecha: 10/02/2012 10:36:28
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Montevideo, 8 de febrero de 2012
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VISTO: la propuesta de realización de un Curso de Economía para Periodistas cuyo Programa Detallado ha sido elaborado por el Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República en colaboración con el Departamento de Comunicación Institucional.
RESULTANDO: que el Convenio Xxxxx de Cooperación Científica y Técnica celebrado el
00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxx y la Universidad de la República prevé la suscripción de acuerdos complementarios que habiliten la realización de programas y proyectos específicos de cooperación técnica y científica entre ambas Instituciones.
CONSIDERANDO: I) que en el Plan Estratégico de la Institución se encuentra el objetivo estratégico institucional específico de generar y difundir información y conocimiento en materia económico financiera, contribuyendo a la educación económica y financiera de la sociedad, todo lo cual incluye la mejora de la comunicación e información sobre la actividad de la Institución a través de los distintos medios de difusión;
II) que la realización del Curso referido en el Visto, a cargo del Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales, constituye una instancia de actualización profesional dirigida a periodistas que permitirá una mayor comprensión de los temas vinculados a las funciones asignadas al organismo;
III) que el Departamento de Desarrollo Estratégico y Presupuesto ha informado que existe disponibilidad presupuestal para la celebración del convenio específico de referencia.
ATENTO: a lo expuesto, el artículo 33, numeral 3) literal a) del TOCAF, a lo establecido en el Convenio Marco de Cooperación Científica y Técnica suscrito entre el Banco Central del Uruguay y la Universidad de la República de 11 de setiembre de 1998, a los Dictámenes de la Asesoría Jurídica Nº 2011/420 de 13 de diciembre de 2011 y Nº 2011/436 de 28 de diciembre de 2011, a lo informado por el Departamento de Comunicación Institucional el 6 de febrero de 2012, por la Gerencia de Servicios Institucionales el 30 de enero 2012 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2011/2090,
SE RESUELVE:
1) Autorizar la firma de un Convenio Específico entre el Banco Central del Uruguay y la Universidad de la República (Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales) -siendo la Asociación Pro Fundación de Ciencias Sociales la responsable de la administración de los aspectos financieros del Convenio en representación de la Universidad de la República-, para la realización del Curso de Economía para Periodistas, en los términos que lucen de fojas 17 a 19 del expediente Nº 2011/2090, por el precio total de $ 191.561 (pesos uruguayos ciento noventa y un mil quinientos sesenta y uno), pagadero al inicio del curso.
2) Encomendar al Departamento de Comunicación Institucional la comunicación al Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República y a la Asociación Pro-Fundación de Ciencias Sociales, de lo dispuesto en el
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numeral 1) de la presente resolución y su difusión pública, así como la elaboración en forma coordinada de un Reglamento del Curso que incluya los requerimientos y criterios para la integración de los cupos disponibles y el control de la asistencia de los participantes.
(Sesión xx xxx – Acta Nº 3034)
(Expediente Nº 2011/2090)
Sn/mlp/gs/vp Cat: P
Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General