Condiciones de Uso de DocuSign® para el Intercambio de Comunicaciones Electrónicas con Citibank, N.A. Sucursal Ecuador
Condiciones de Uso de DocuSign® para el Intercambio de Comunicaciones Electrónicas con Citibank, N.A. Sucursal Ecuador
Quien suscribe o acepta por referencia como usuario del Canal DocuSign está actuando debidamente capacitado para obligar al suscriptor o aceptante (que puede ser referido simplemente como el “Cliente” para efectos de estas Condiciones de Uso) al confirmar por medios electrónicos, enviando mensajes de datos o adjuntando firmas electrónicas de manera sencilla en el más amplio sentido permitido por la Ley.
Acepta que las acciones, firmas, información que se adjunta, entendimientos, aceptaciones el contenido de los mensajes de datos, la firma electrónica, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios a través de redes de información, incluido el comercio electrónico es son válidos al usar este Canal.
Conoce que los mensajes de datos (como son documentos electrónicos, registros electrónicos, correo electrónico, servicios web, telegrama, télex, fax e intercambio electrónico de datos y demás previstos en la Ley), tienen igual valor jurídico que los documentos escritos y son declaraciones de voluntad imputables a quien las emite para expresar consentimiento contractual. El marcar en una caja de aceptación en una plataforma informática del Banco (Citibank, N.A. Sucursal Ecuador) será un acto de consentimiento por escrito, un mensaje de datos que vincula jurídicamente al Cliente. El consentimiento dado en los sistemas del Banco y en este Canal u otros del Banco en el que el Cliente tenga perfil o en plataformas autorizadas por el Banco serán considerados válidos para fines de contratación por escrito y los mensajes de datos que se envíen al marcar opciones en la página web, plataforma web o sistema tendrán el valor de consentimiento contractual por escrito atribuible al Cliente.
Firmas Electrónicas. Cuando se fije la firma se presumirá legalmente que el mensaje de datos firmado electrónicamente conlleva la voluntad del emisor, quien se someterá al cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicho mensaje de datos, de acuerdo a lo determinado en la Ley.
Adicionalmente y sin perjuicio del valor de estos mensajes y actos, para efectos de la contratación electrónica y en general declaraciones de voluntad las partes se acogen a lo que establece el artículo 28 de la LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS
de Ecuador y dan valor a las firmas electrónicas o firmas digitales o certificados creados en el extranjero que presenten un grado de fiabilidad equivalente. En este contexto, cuando el Banco mediante el uso de una plataforma autorizada –como lo es DocuSign ®-, que permita adjuntar firmas electrónicas, solicite la firma de un documento o ponga a disposición formularios o aplicaciones para que se envíen a través de esta, la firma electrónica que se genere dentro de esta plataforma y será considerada firma electrónica para los efectos de la Ley Ecuatoriana.
Bases de datos y transmisión autorizada. Por este acto el Cliente da consentimiento expreso al Banco para la elaboración, transferencia o utilización de la información obtenida directa o indirectamente por el uso o transmisión de mensajes de datos o con ocasión de la contratación por medios electrónicos. El Cliente sabe que esa información puede incluso ser compartida con terceros para fines del cumplimiento de la relación de negocios que mantienen o con ocasión de ella, para fines de análisis, proceso o reporte o con cualquier regulador entre otros. Este contrato indica que es voluntad de las partes que la contratación por medios electrónicos sea válida y expedita y que cualquier carga normativa vigente o futura sobre el manejo de información no es causal para alegar vicio en el consentimiento dado por medios electrónicos.
El Cliente autoriza al Banco, para enviar códigos de identificación personal (LOGIN – ID) y las claves de acceso para acceder a la plataforma autorizada por el Banco, a la dirección de correo electrónico definida por El Cliente y que se encuentre registrada en los sistemas del BANCO a la fecha de su envío. Teniendo en cuenta lo anterior, el Cliente se obliga a mantener actualizada su dirección de correo electrónico ante El Banco.