FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO FINAGRO
FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO FINAGRO
PRETÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENCARGO FIDUCIARIO DE ADMINSITRACIÓN Y PAGOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA DEL INCENTIVO A LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DIRECTA RURAL L – IATDR 2012
BOGOTÁ D.C.
Febrero de 2014
TABLA DE CONTENIDO
1.1 INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES 5
1.2 RECOMENDACIONES INICIALES 9
1.3 MARCO GENERAL DE FINAGRO 10
1.4 INTERPRETACIÓN DE LA INVITACIÓN 12
1.5 OBJETO DE LA INVITACIÓN 12
1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 12
1.7 DEPENDENCIA RESPONSABLE 13
1.9 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES 14
1.10 DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENCARGO FIDUCIARIO 14
2 CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA INVITACIÓN PÚBLICA 15
2.2 LISTA DE MUNICIPIOS Y/O CPGA POSIBLES BENEFICIARIOS DEL INCENTIVO DE COFIANCIACIÓN DE LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE
ASITENCIA TÉCNICA DIRECTA RURAL – A LOS MUNICIPIOS Y CPGAs, BENEFICIADOS CON EL INCENTIVO A LA ASISTENCIA TECNICA DIRECTA RURAL 2012. 15
2.4 FORMA DE DESEMBOLSO A LAS EPSAGRO 16
2.5 SUBORDINACION DE LOS DESEMBOLSOS 16
2.6 INFORMACIÓN CON CARÁCTER RESERVADO 17
2.7 PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES INCLUIDOS EN LA OFERTA
2.7.1 Tratamiento al cual serán sometidos los datos personales suministrados y la finalidad del mismo 17
2.7.2 Identificación, dirección física o electrónica y teléfono del Responsable del Tratamiento 17
2.9 PACTO DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN 18
2.9.1 Compromisos del sector público 18
2.9.2 Compromisos de los oferentes 18
2.9.3 Principios y valores que orientan el proceso 20
2.9.4 Programa Presidencial de Lucha Contra la Corrupción 20
2.10 INFORMACIÓN SUBSANABLE Y NO SUBSANABLE 21
3 DESARROLLO DEL PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA 22
3.1 Etapas del procedimiento de contratación de invitación pública 22
3.2 APERTURA, CIERRE DEL PROCESO, FORMA Y DIRECCIÓN DE ENTREGA DE LOS OFRECIMIENTOS 23
3.2.1 Publicación de los Pretérminos de Referencia 23
3.2.2 Consultas a los Pretérminos de Referencia 24
3.2.3 Publicación de los Términos de Referencia 24
3.2.4 Cierre de la Invitación 24
3.2.5 Xxxxx y forma de entrega de las ofertas 25
3.2.6 Revisión y evaluación de ofertas 26
3.2.7 Publicación de la oferta seleccionada y presentación de los resultados de la evaluación 26
3.2.8 Observaciones al Informe de Evaluación 26
4.1 REQUERIMIENTOS Y/O ESPECIFICACIONES JURÍDICAS MÍNIMAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO 28
4.1.1 Certificado de constitución, existencia y representación legal 28
4.1.2 Autorización para comprometer a la persona jurídica 28
4.1.3 Documentos de identificación del representante y la sociedad 28
4.1.4 Certificación de pago de aportes a seguridad social y aportes parafiscales 29
4.1.5 Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República 29
4.1.6 Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación 29
4.1.7 Certificado de antecedentes judiciales de la Policía Nacional de Colombia 30
4.1.8 Certificación de no estar incurso en causal de disolución 30
4.1.9 Garantía de Seriedad de La Oferta. 30
4.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL PRODUCTO FIDUCIARIO 31
4.3.2 Modalidad: ADMINISTRACIÓN Y PAGO 32
4.3.4 Consignación de los Recursos 33
4.3.5 Naturaleza de los Recursos 34
4.3.6 Cuenta Bancaria Individual 35
4.3.7 Forma de Administración de los recursos y volumen transaccional 35
4.3.9 Gravamen a los Movimientos Financieros y Otros costos de Transacción 37
4.3.10 Reintegro de rendimientos 37
4.4 REQUERIMIENTOS DE EXPERIENCIA 38
4.5 REQUERIMIENTOS DE PROFESIONAL(ES) DE LA FIDUCIA 38
5 REVISIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS 40
5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN 40
5.3 CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES 42
5.4 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS 42
5.5 LIBRE VOLUNTAD DE FINAGRO 43
5.6 NOTIFICACIÓN DE OFERTA SELECCIONADA 43
6 CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO A SUSCRIBIRSE 44
6.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 44
6.3 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DEL ENCARGO FIDUCIARIO 44
6.4 ACTA DE INICIO DEL CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO 45
6.10 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 47
6.12 OBLIGACIONES DE FINAGRO 50
6.13 CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA 51
6.14 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 51
6.15 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 52
7.1. ANEXO 1. LISTADO DE MUNICIPIOS Y CPGA QUE FUERON PRIORIZADOS PARA LA VIGENCIA 2012 A FIN DE QUE PRESENTEN LOS PLANES GENERALES
0.0. XXXXX 0. FORMATO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 00
0.0. XXXXX 0. ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD 00
0.0. XXXXX 0. CUADRO RESUMEN DE LA OFERTA 00
0.0. XXXXX 0. ESQUEMA OPERATIVO ADMINISTRACIÓN Y PAGOS 63
1 DISPOSICIONES GENERALES
1.1 INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES
La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 65 que “Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productores, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos”
Que teniendo en cuenta lo anterior, y de conformidad con el principio de Coordinación establecido en el artículo 288 de la Constitución Política de Colombia, las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad.
Con relación a los principios antes mencionados, la Corte Constitucional ha señalado que el principio de Coordinación, “indica que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, coordinación que debe darse, tanto entre las entidades territoriales, como entre éstas y la Nación. El principio de concurrencia implica un proceso de participación entre la Nación y las entidades territoriales, de modo que ellas intervengan en el "diseño y desarrollo de programas y proyectos dirigidos a garantizar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida, pues sólo así será posible avanzar en la realización efectiva de principios también de rango constitucional, como por ejemplo el de descentralización y autonomía territorial."1
La Ley 607 de 2000, “Por medio de la cual se modifica la creación, funcionamiento y operación de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria, UMATA, y se reglamenta la Asistencia Técnica Directa Rural en consonancia con el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología”, tiene como fin garantizar la Asistencia Técnica Directa Rural Agropecuaria, Medio Ambiental, asuntos de aguas y pesquera.
Que así mismo, dicha ley establece que con la asistencia técnica directa se busca crear las condiciones necesarias para aumentar la competitividad y la rentabilidad de la producción, en un contexto de desarrollo regional y en el marco de la internacionalización de la economía, a la par que se garantiza el acceso equitativo a los
1 Sentencia C-105 de 2001. Corte Constitucional. M.P. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
servicios estatales y a los beneficios de la ciencia y la tecnología a todos los productores rurales, la cual está dirigida a pequeños y medianos productores.
Que la ley antes mencionada, dispone que la prestación de la asistencia técnica directa está a cargo de los municipios en coordinación con los departamentos y los entes nacionales, en particular el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Que de igual manera, el Decreto No. 3199 de 2002, “por el cual se reglamenta la Prestación del servicio Obligatorio de Asistencia Técnica Directa Rural previsto en la ley 607 de 2000”, establece en su artículo 4 que:l “Plan General de Asistencia Técnica Directa Rural es el instrumento de planeación que permite ordenar las actividades y los recursos para garantizar el cumplimiento de los objetivos del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural y asegurar su aplicación progresiva de su cobertura, calidad y pertinencia”.
Que de conformidad con el Decreto 2980 de 2004, “por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 607 de 2000, en lo relativo a la asociación de municipios para la prestación del servicio público obligatorio de asistencia técnica directa rural, mediante la creación del Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGA y se dictan otras disposiciones”, los municipios podrán asociarse para el cumplimiento de la prestación del servicio obligatorio de asistencia técnica directa rural, fortaleciendo los encadenamientos productivos con enfoque agroempresarial mediante la creación de Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial.
Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 1133 de 2007, “por medio de la cual se crea e implementa el Programa “Agro, Ingreso Seguro – AIS”, el cual tiene como fin, según el artículo 1° de la referida ley, proteger los ingresos de los productores que resulten afectados, ante las disposiciones derivadas de los mercados externos y mejorar la competitividad de todo el sector agropecuario nacional, con ocasión a la internacionalización de la economía.
Que de conformidad con el artículo 5º de la Ley anteriormente mencionada, se encuentran definidos unos apoyos para la competitividad, incentivos que tendrán en cuenta las cadenas productivas y estarán determinados por los incentivo a la productividad, apoyo a través de crédito y apoyo a la comercialización.
Que dentro de los incentivos antes mencionados, el incentivo a la productividad “incluye la destinación de recursos del programa orientados a fortalecer la asistencia técnica, el desarrollo y transferencia de tecnología, así mismo promover la cultura de buenas prácticas agrícolas y pecuarias, la asociatividad entre los productores, y cofinanciar adecuación de tierras e infraestructura xx xxxxx y drenaje”.
Que de conformidad con el Decreto 1985 de 2013, “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias”, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene como uno de sus objetivos promover el desarrollo rural con enfoque territorial y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de los productos agropecuarios, a través de acciones integrales que mejoren las condiciones de vida de los pobladores rurales, permitan el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, generen empleo y logren el crecimiento sostenido y equilibrado de las regiones.
Que el Decreto antes mencionado, establece que dentro de las funciones que tiene el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se encuentran las de formular políticas, planes, programas y proyectos agropecuarios, pesqueros y de desarrollo rural, fortaleciendo los procesos de participación ciudadana y planificación del territorio, bajo los lineamientos de la política macroeconómica; y formular acciones para propiciar la articulación interinstitucional de las entidades del orden nacional y territorial que conlleven a la implementación de planes, programas y proyectos de desarrollo rural, y agropecuario con enfoque territorial.
Que mediante Resolución No. 000178 de 2012, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural creó instrumentos de soporte Técnico e Incentivo Económico a la Asistencia Técnica Directa Rural, con el fin de fortalecer el Servicio de Asistencia Técnica Agropecuaria.
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para ejecutar el programa de Asistencia Técnica Directa Rural para el 2012 suscribió el Contrato Interadministrativo No. 247 de 2012 con el Fondo para el Financiamiento para el sector agropecuario – FINAGRO, toda vez que es una entidad vinculada a esta cartera Ministerial, la cual tiene como misión “contribuir al desarrollo integral, competitivo y sostenible del sector rural, facilitando el acceso al financiamiento y a los demás instrumentos de apoyo establecidos en la política pública”.
Que en dicho contrato se estableció como objeto “la administración de recursos por parte de FINAGRO para la implementación, adjudicación y ejecución de los instrumentos orientados a financiar y fortalecer la asistencia técnica agropecuaria, así como para adelantar y suscribir los procesos contractuales necesarios para el desarrollo de los mismos, en el marco de los incentivos a la productividad del Programa Agro Ingreso Seguro – AIS.”
Para el año 2012, y en desarrollo al objeto del contrato No. 247 de 2012 suscrito entre el MADR y FINAGRO, se realizó convocatoria pública para el otorgamiento del incentivo a los municipios y CPGAs, 164 municipios cumplieron con la evaluación de
sus Planes Generales de Asistencia Técnica y verificación de mínimos habilitantes. Solo 153 Planes de Asistencia Técnica terminaron su ejecución en el mes de noviembre de 2013, por lo cual se iniciaron los procesos de liquidación correspondientes. Que la continuidad de este Servicio, cofinanciada por el gobierno nacional mediante el incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural para los Municipios y CPGAs, beneficiarios de la Convocatoria celebrada en el año 2012, con cargo a los recursos del Programa Agro Ingreso Seguro - AIS, resulta de gran importancia para el sector agropecuario nacional, dadas las dificultades que enfrentan los pequeños y medianos productores agropecuarios para acceder a los servicios que contribuyan al mejoramiento de la productividad y competitividad de las distintas líneas productivas.
Que para desarrollar y poner en marcha la estrategia de continuidad del servicio de Asistencia Técnica Agropecuaria en el año 2014, se requiere la designación de un operador por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una vez evaluada la prioridad del tema, considera que el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO, como entidad vinculada al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, tiene el deber de apoyar y ejecutar las políticas del Gobierno Nacional y en especial los objetivos de la política agropecuaria.
Que FINAGRO está facultado y cuenta con experiencia para administrar recursos para la ejecución de programas de financiamiento en el sector agropecuario y rural de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 811 de 2003 y en el Decreto 2172 de 2007.
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural considera de gran importancia para el desarrollo del sector apoyar a los municipios para que cumplan con su obligación legal de prestar el servicio de Asistencia Técnica, en cumplimiento de su misión, enfocada, en la formulación, Coordinación y evaluación de las políticas que promuevan el desarrollo competitivo, equitativo y sostenible de los procesos agropecuarios forestales, pesqueros y de desarrollo rural, con criterios de descentralización, concertación y participación, que contribuyan a mejorar el nivel y la calidad de vida de la población colombiana.
Para la ejecución de este instrumento, el MADR expidió la Resolución No. 000026 de 2014 “Por la cual se reglamenta y se asignan los recursos para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012” y cuyo objeto es reglamentar y asignar los recursos para la cofinanciación de la continuidad de los Planes Generales de Asistencia Técnica de los pequeños y medianos
productores que resultaron beneficiados por la convocatoria de Asistencia Técnica Directa Rural 2012, y a los municipios y CPGAs que prestaron el servicio IATDR 2012 de manera satisfactoria y, asigna como operador del programa a FINAGRO.
FINAGRO, para la selección y contratación de la Entidad Fiduciaria, deberá atender lo dispuesto en la Resolución 000026 y su Instructivo Técnico, el Manual de Contratación de FINAGRO y las normas que regulan la materia. Y presenta, ante todos los interesados en participar en este proceso, los siguientes Pretérminos de Referencia, que establecen los requisitos y condiciones para esta contratación.
1.2 RECOMENDACIONES INICIALES
A fin de participar en la presente invitación, se solicita a todos los posibles oferentes verificar el cumplimiento de las siguientes recomendaciones:
x. Xxx cuidadosamente el contenido de este documento.
b. Verifique que no está incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades y las prohibiciones para contratar, previstas en la Ley.
c. Cerciórese de cumplir las condiciones y reunir los requisitos aquí señalados.
d. Proceda a reunir la información y la documentación exigida y verifique la vigencia de tales documentos en los casos en que sea requerido.
e. Una vez entregada la oferta prevista para la presente INVITACIÓN PÚBLICA, no habrá lugar a remplazos parciales o totales de la misma por parte de los oferentes. Las subsanaciones o correcciones que solicite FINAGRO durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no darán lugar a que los oferentes puedan mejorar la oferta.
f. Revise la póliza de seriedad de su oferta y verifique que:
• Sea otorgada a favor de entidades particulares; FINAGRO/ NIT 800.116.398-7.
• Como tomador, figure su razón social completa, incluyendo la sigla; esto último, siempre y cuando la sigla también figure en el correspondiente Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva.
• El valor asegurado corresponda al porcentaje fijado en este documento.
• La vigencia corresponda a lo estipulado en este documento.
• El objeto, coincida con el de la oferta que presenta.
• Esté suscrita por el Tomador / Oferente / Afianzado.
• Solicitar el recibo de pago original de la póliza.
Tenga presente el lugar, fecha y hora de entrega de la oferta prevista para la presente INVITACIÓN PÚBLICA, en ningún caso se recibirán ofertas fuera del término previsto, ni presentadas por correo electrónico.
Toda consulta deberá formularse por escrito, no se atenderán consultas personales, ni telefónicas.
Ningún convenio verbal con el personal de FINAGRO, antes o después de la firma del Contrato, podrá afectar o modificar ALGUNO de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
LOS OFERENTES CON LA SOLA PRESENTACIÓN DE SU OFERTA, AUTORIZAN A LA ENTIDAD CONTRATANTE PARA VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN QUE EN ELLA SUMINISTREN.
1.3 MARCO GENERAL DE FINAGRO
El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario-FINAGRO es una sociedad de economía mixta del orden nacional, del tipo de las sociedades anónimas, organizado como establecimiento de crédito, vinculado al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.
El objetivo principal de FINAGRO es la financiación de las actividades de producción en sus distintas fases y/o comercialización del sector agropecuario, a través del redescuento global o individual de las operaciones que hagan las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Crédito Agropecuario u otras instituciones bancarias, financieras, entidad Fiduciarias y cooperativas debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera, o mediante la celebración de convenios con tales instituciones.
Como organismo financiero y de redescuento, FINAGRO puede realizar, en desarrollo de su objeto social y por expresa disposición legal, en los términos de las respectivas disposiciones concernientes al objeto de la presente invitación, las siguientes operaciones y funciones:
• Realizar los actos, contratos y operaciones civiles, laborales, comerciales y, en general, cualquier actuación indispensable para ejercer los derechos y adquirir las obligaciones que legal y contractualmente se deriven de su existencia y funcionamiento o que legalmente se le atribuyan.
• A través de convenios celebrados con entidades públicas o privadas, administrar recursos para la ejecución de programas de financiamiento en el sector agropecuario y rural.
Por ser FINAGRO una entidad vinculada al MADR de acuerdo con el Decreto 2478 de 1999, tiene el deber de apoyar y ejecutar las políticas del Gobierno Nacional y en especial los objetivos de la política agropecuaria; sumado a lo anterior de conformidad con la Ley 811 de 2003 y el Decreto 2172 de 2007, FINAGRO está facultado para administrar recursos para la ejecución de programas de financiamiento en el sector agropecuario y rural.
Siendo el objeto principal de FINAGRO la financiación y administración de recursos que propendan por el desarrollo agropecuario y como organismo financiero, su estructura organizacional responde a las normas que lo reglamentan y las disposiciones legales que la rigen, acordes con la misión de la entidad.
Con el objeto de materializar la determinación, y con el fin de asegurar la asignación de los apoyos en el marco del Programa Agro, Ingreso Seguro –AIS, para la ejecución de este instrumento, el MADR expidió la Resolución No. 000026 de 2014 “Por la cual se reglamenta y se asignan los recursos para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012”.
Siendo FINAGRO facilitador de los instrumentos de apoyo al sector agropecuario a través de contratos celebrados con entidades públicas o privadas y que para ello cuenta con el recurso humano, técnico y administrativo capacitado, se dispuso celebrar el Contrato Interadministrativo No. 250 de 2014 entre MADR y FINAGRO, el cual tiene como objeto “[…] la administración de recursos por parte de FINAGRO, para la cofinanciación de la continuidad del Servicio de Asistencia Técnica Directa Rural, durante la vigencia del año 2014, de la asistencia técnica directa rural en los Municipios y CPGAs que resultaron beneficiados por la convocatoria de Asistencia Técnica Directa Rural 2012y que prestaron el servicio de manera satisfactoria, asi como para adelantar y suscribir los procesos contractuales necesarios para el desarrollo de los mismos, en el marco de los incentivos a la productividad del “Programa Agrao Ingreso Seguro – AIS”.
De acuerdo con el objeto del Contrato Interadministrativo No. 250 de 2014, además de la administración de los recursos para la ejecución de los incentivos antes mencionados en el objeto del Contrato Interadministrativo, FINAGRO debe adelantar y suscribir los procesos contractuales necesarios para su desarrollo. Esto quiere decir que su labor requiere que adelante y desarrolle todas las actividades necesarias para la ejecución
del Incentivo Económico a la Asistencia Técnica Directa Rural, entre ellas la contratación de un Encargo Fiduciario.
Así, para el desarrollo de esta actividad se requieren además, mecanismos e instrumentos adecuados de control de gestión, y un esquema de planeación organizacional complementario que garantice tanto al MADR como a FINAGRO, el correcto cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Contrato Interadministrativo No. 250 de 2014.
1.4 INTERPRETACIÓN DE LA INVITACIÓN
Todos los participantes deberán examinar cuidadosamente los presentes pretérminos de referencia y los documentos complementarios, con el fin de informarse cabalmente de todas las circunstancias referentes a la misma.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes las interpretaciones y deducciones que ellos hagan de las estipulaciones contenidas en el presente documento.
1.5 OBJETO DE LA INVITACIÓN
El presente proceso tiene por objeto seleccionar la oferta que cumpla con los requisitos exigidos y ofrezca las mejores condiciones para satisfacer las necesidades de FINAGRO para la contratación de un Encargo Fiduciario de administración y pagos, a través del cual la Sociedad Entidad Fiduciaria que resulte seleccionada reciba y administre en conjunto, pero de manera independiente, los recursos monetarios correspondientes a la cofinanciación del incentivo a la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y los aportes entregados como contrapartida por parte de los Municipios y/o CPGA.
Con cargo a estos recursos, la Fiducia realizará el pago a las EPSAGRO contratadas por los Municipios / CPGAs que cumplieron los requisitos para otorgarles el Incentivo de cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012.
1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
a. Arxxxxxxx 00, 000 x 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx;
x. Xxx 1133 de 2007
x. Xxx 607 de 2000
d. Decreto 3199 de 2002
e. Decreto 2980 de 2004
f. Resoluciones 41 de 1996, 164 de 2004, 189 de 2005, 129 de 2010, 399 de 2012,
178 de 2012, 082 de 2013, 26 de 2014, 0126 de 2014 y 0129 de 2014 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
g. Manual de contratación de FINAGRO
x. Xxx 1581 de 2012 Protección de datos personales
x. Xxx 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013.
1.7 DEPENDENCIA RESPONSABLE
Dirección de Asistencia Técnica Vicepresidencia de Desarrollo Rural
Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO.
1.8 PARTICIPANTES
Para participar, la Sociedad Entidad Fiduciaria debe cumplir con las siguientes características o requisitos habilitantes:
a. Debe ser vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
b. Xxxx acreditar, como lo indica el numeral 4.4 de los presentes pretérminos de Referencia, experiencia en encargos fiduciarios de administración y pagos no inferior a CINCO (5) años.
c. Debe asegurar y se obliga a garantizar que, como lo indica el numeral 4.4 de los presentes Términos de Referencia, el(los) profesional(es) encargado(s) de operar el encargo fiduciario, cuentan con una experiencia no inferior a DOS (2) años en el manejo y administración de recursos en fiducia. El(los) profesional(es) deben cumplir con el siguiente perfil:
• Profesional con título en Economía, Administración de Empresas o Contaduría Pública, preferiblemente con especialización o maestría en Economía o Finanzas.
• Xxxxxxx en el manejo de recursos en encargos fiduciarios.
d. Debe contar con procesos que garanticen que una vez las solicitudes de pago cumplan con todos los requisitos definidos por la Entidad Fiduciaria, el desembolso se realizara como plazo máximo, en los siguientes días hábiles presentados en la oferta.
e. Debe garantizar que las cuentas bancarias dispuestas para el recaudo de contrapartida permitan facilidad en la consignación, lo cual incluye que las consignaciones se puedan realizar en las ciudades capitales de los departamentos en que se encuentran ubicados los proyectos.
f. Debe ser filial de una entidad Bancaria debidamente autorizada para funcionar en Colombia.
1.9 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES
FINAGRO, se reserva el derecho de verificar la información suministradas por los Oferentes, dentro del marco de lo exigido en la Ley 1581 de 2012, para el caso de la revisión de datos personales.
1.10 DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENCARGO FIDUCIARIO
El contrato de Encargo Fiduciario que administre y realice los pagos del incentivo de cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012, tendrá una duración contada a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previa aceptación de las garantías señaladas en el contrato por parte de FINAGRO hasta el 30 de diciembre de 2014 .
2 CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
2.1 NECESIDAD A SATISFACER
Contratación del encargo fiduciario que administre los recursos y efectúe los pagos ordenados, dentro del proceso de ejecución del Incentivo de cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012.
2.2 LISTA DE MUNICIPIOS Y/O CPGA POSIBLES BENEFICIARIOS DEL INCENTIVO DE COFIANCIACIÓN DE LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE ASITENCIA TÉCNICA DIRECTA RURAL – A LOS MUNICIPIOS Y CPGAs, BENEFICIADOS CON EL INCENTIVO A LA ASISTENCIA TECNICA DIRECTA RURAL 2012.
El listado de Municipios y/o CPGA posibles beneficiarios del Incentivo de cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012 se encuentra en el Anexo 1 del presente documento.
En el listado se especifica el código DIAN, Departamento y nombre del Municipio y/o CPGA; sin embargo, solo se administrarán recursos de aquellos que cumplan lo establecido en el INSTRUCTIVO TÉCNICO CONTINUIDAD IEATDR – 2014 el cual se encuentra publicado en la página web de FINAGRO en:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx, doble clic en Incentivo a la Asistencia Técnica – IAT, doble clic en Instructivo Técnico.
El valor aproximado de los recursos monetarios que se consignarán en las cuentas, tanto de los recursos aportados por el MADR y los de contrapartida aportados por los Municipios y/o CPGA, se estima en VENTISIETE MIL DOSCIENTOS VENTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
SEIS PESOS COLOMBIANOS M/C ($00.000.000.000), valor que será ajustado según número de Municipios / CPGAs que cumplen con los requisitos establecidos en el INSTRUCTIVO TÉCNICO CONTINUIDAD IEATDR – 2014 el cual se encuentra
publicado en la página web de FINAGRO en:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx, doble clic en Incentivo a la Asistencia Técnica – IAT, doble clic en Instructivo Técnico.
2.3 PRESUPUESTO
El presupuesto dispuesto para asumir el costo del encargo fiduciario que administre los recursos y efectúe los pagos ordenados, dentro del proceso de ejecución del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural
– a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012, es de hasta DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS COLOMBIANOS M/C ($
272.273.739.00). Sin embargo, el valor de los recursos monetarios que se dispondrán como Incentivo y contrapartida dependerá de los Municipios / CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos en el INSTRUCTIVO TÉCNICO CONTINUIDAD IEATDR – 2014 el cual se encuentra publicado en la página web de FINAGRO en:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx, doble clic en Incentivo a la Asistencia Técnica – IAT, doble clic en Instructivo Técnico.
2.4 FORMA DE DESEMBOLSO A LAS EPSAGRO
El desembolso de los recursos a las EPSAGRO se realizará según el programa de pagos establecido en el INSTRUCTIVO TÉCNICO CONTINUIDAD IEATDR – 2014 el cual se encuentra publicado en la página web de FINAGRO en:
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx, doble clic en Incentivo a la Asistencia Técnica – IAT, doble clic en Instructivo Técnico.
Todos los pagos que efectué el encargo fiduciario deberán contar con el visto bueno de FINAGRO y del Interventor que designe FINAGRO.
2.5 SUBORDINACION DE LOS DESEMBOLSOS
Los recursos dispuestos para los pagos estarán sujetos a los desembolsos o situación de recursos que efectúe el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y los demás aportantes de recursos de contrapartida. Los recursos a los que se refiere este acápite NO hacen parte de la garantía de los acreedores de la Entidad Fiduciaria ni de los otros negocios fiduciarios que llegue a celebrar dicha Entidad Fiduciaria.
2.6 INFORMACIÓN CON CARÁCTER RESERVADO
El oferente deberá indicar qué información de la que contiene su oferta tiene carácter reservado, expresando la razón jurídica por la que se le otorga tal carácter, de conformidad con lo establecido en la legislación colombiana.
Se entiende que con la presentación de la oferta, el oferente conoce y acepta que en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad, la información incluida en su oferta para acreditar el cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es pública y cualquier persona podrá obtener copia de la misma, salvo la estipulación del párrafo anterior.
El oferente será responsable por el manejo de la información que reciba de FINAGRO y deberá respetar, de acuerdo con la Constitución y la Ley, los derechos de autor, xxxxxxx y patrimoniales.
2.7 PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES INCLUIDOS EN LA OFERTA
Toda vez que los datos personales del Representante Legal y del(los) profesional(es) encargado(s) de operar el encargo fiduciario al interior de la fiducia, son susceptibles de tratamiento por parte de FINAGRO, dando cumplimiento a los dispuesto en la Ley 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales", y en específico a lo establecido en el Artículo No. 12 (Xxxxx de informar al titular) nos permitimos hacer las siguientes aclaraciones:
2.7.1 Tratamiento al cual serán sometidos los datos personales suministrados y la finalidad del mismo.
Los datos personales serán cruzados con el Sistema de Administración del Riesgo para el Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y con listas inhibitorias nacionales e internacionales, tales como OFAC, ONU, OBS, SUPER_OC, entre otras.
Lo anterior con el fin de asegurar que estas personas no se encuentran incursas en algún tipo de inhabilidad que puedan poner el riesgo a esta Entidad, ante una eventual contratación.
2.7.2 Identificación, dirección física o electrónica y teléfono del Responsable del Tratamiento.
Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO, identificado con NIT 800.116.398-7, ubicado en la Carrera 13 No. 28 – 17. Teléfono 3203377.
La información personal suministrada en la oferta, será utilizada por FINAGRO, garantizando el cumplimiento de los deberes por parte de los encargados y responsables del tratamiento de la misma, en concordancia con los artículos 17 y 18 de la ley 1581 de 2012.
2.8 LUGAR DE EJECUCIÓN
El contrato se ejecutará en la ciudad de Bogotá D.C. FINAGRO informará a los Municipios y/o CPGA beneficiarios, encargados de consignar los aportes de contrapartida, que los lugares de consignación a través del Banco Filial de la Sociedad Entidad Fiduciaria, se podrán realizar en ciudades capitales de los Departamentos.
2.9 PACTO DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN
La construcción de confianza es una responsabilidad compartida a partir de la cual se puede garantizar la transparencia, el equilibrio y la seguridad jurídica en el desarrollo del presente proceso.
2.9.1 Compromisos del sector público
Con la celebración de Contratos que se deriven de la presente Invitación, las entidades públicas que suscriben este documento, renuevan su compromiso con el país para cumplir cabalmente con los cometidos señalados en el ordenamiento jurídico, los relacionados con la prestación eficiente y continua del servicio público y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados, dando plena aplicación a los postulados y principios éticos que rigen el ejercicio y en especial el impulso y mejoramiento de la competitividad de todo el sector agropecuario nacional y la protección de los ingresos de los productores que resulten afectados ante las distorsiones derivadas de los mercados externos, con ocasión de la internacionalización de la economía.
2.9.2 Compromisos de los oferentes
Con la presentación de sus ofertas, los oferentes se comprometen a adelantar las siguientes actividades:
• Generar y divulgar una cultura de la ética en sus organizaciones.
• Apoyar al Estado en el cumplimiento de sus deberes misionales, contribuir a la satisfacción de las necesidades colectivas y al progreso de la Nación
• Generar desde su posición el impulso y mejoramiento de la competitividad de todo el sector agropecuario nacional y la protección de los ingresos de los productores que
resulten afectados ante las distorsiones derivadas de los mercados externos, con ocasión de la internacionalización de la economía.
• Cumplir con las disposiciones, principios y mandatos del ordenamiento jurídico, en especial y las cláusulas de los contratos que suscriban.
• Respetar el cumplimiento de las normas de Derechos Humanos, especialmente las relacionadas con la no contratación de menores, el respeto a las condiciones mínimas de trabajo y la no discriminación de género.
• Abstenerse de dar o prometer gratificaciones, dádivas, regalos, propinas, remuneraciones, premios o tratos preferenciales a los servidores públicos comprometidos en los procesos contractuales.
• Colaborar con el Estado en la vigilancia y control de los procesos de contratación y denunciar las situaciones de corrupción que puedan presentarse en los mismos.
• Dar a conocer a las autoridades competentes las maniobras fraudulentas o prácticas indebidas de los competidores que pretendan influir en la suscripción de un contrato o la obtención de cualquier tipo de beneficio.
• Cumplir oportunamente con sus obligaciones contractuales para evitar las dilaciones, los retardos y sobrecostos en desarrollo de la prestación del servicio de encargo fiduciario.
• Tener en cuenta las realidades objetivas del mercado y las necesidades del servicio, evitando la presentación de ofertas con precios artificialmente bajos o la proposición de plazos o términos que no puedan ser cumplidos.
• Evitar por todos los medios la improvisación, el despilfarro o indebida utilización de recursos públicos y la eventual ocurrencia de conflictos que generen cargas injustificadas para el Estado.
• Abstenerse de participar en los procesos contractuales cuando se encuentren incursos en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de intereses o tengan pendiente el cumplimiento de obligaciones fiscales o parafiscales con el Estado.
• Abstenerse de participar en aquellos procesos contractuales que sean incompatibles con su objeto social y con las reales capacidades técnicas y financieras de la entidad.
• Prever y dar a conocer los riesgos que puedan derivarse del proceso contractual a través de una adecuada planeación financiera y tributaria.
• Suministrar información veraz, oportuna y completa, acerca de sus reales capacidades y sobre las cantidades, calidades y precios de los bienes y servicios ofrecidos.
• Abstenerse de realizar cualquier tipo de maniobras fraudulentas o prácticas indebidas con el propósito de asegurar la suscripción del contrato o la obtención de cualquier tipo de beneficios durante su ejecución y liquidación.
• Informar a FINAGRO las circunstancias sobrevinientes que llegaren a presentarse en desarrollo de la prestación del ENCARGO FIDUCIARIO y que sean constitutivas de inhabilidad, impedimento o conflicto de interés.
• Cumplir cabal y fielmente los ofrecimientos y compromisos contenidos en la Oferta, particularmente en todo lo relacionado con las condiciones y plazos de ejecución del contrato y con la calidad de los bienes y servicios ofrecidos o de las actividades y tareas por desarrollar.
2.9.3 Principios y valores que orientan el proceso
El proceso implementado para la presente Invitación, tiene por objeto facilitar las relaciones entre los actores involucrados, de tal forma que las actuaciones que deban surtirse ante ellos para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, se desarrollen de conformidad con los principios establecidos en los artículos 83, 84, 209 y 333 de la Constitución Política de Colombia.
• HONESTIDAD: Capacidad para interiorizar valores éticos y morales y comportarse consecuentemente con estos.
• IMPARCIALIDAD: No adoptar posiciones sesgadas ni tomar partido, busca ponderar los distintos elementos con base en información equilibrada y completa.
• LEALTAD: Se refiere a defender y promulgar los intereses del Fondo como si fueran propios sintiéndose orgullosos de ser miembros de la Institución.
• OBJETIVIDAD: Representa la imparcialidad y la actuación sin prejuicios.
• RESPETO: Es la capacidad para reconocer y valorar la posibilidad de encontrar en las personas diversidad de pensamiento, creencias y actitudes.
• RESPONSABILIDAD: Capacidad de comprometerse y responder con un alto sentido del deber en todas las situaciones de su vida.
• TOLERANCIA: Implica aceptar y tolerar la individualidad, considerando a cada persona importante, valiosa y única.
• TRANSPARENCIA: La gestión de FINAGRO se subordina a las reglas que se han convenido, y la misma está expuesta a la observación directa de los grupos de interés y al deber de rendir cuentas de la gestión encomendada.
2.9.4 Programa Presidencial de Lucha Contra la Corrupción
Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al programa presidencial de lucha contra la corrupción, a través de los teléfonos (1) 5 60 10 95, (1) 5 65 76 49 y (1) 5 62 41 28, al fax (1) 5 65 86 71, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la
carrera 8ª No. 7 – 27 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a las páginas www.contratos.gov.co y/o www.finagro.com.co.
2.10 INFORMACIÓN SUBSANABLE Y NO SUBSANABLE
Únicamente serán subsanables los aspectos de forma que no constituyan elementos necesarios para la comparación objetiva de las ofertas. En todo caso no serán subsanables aquellos aspectos que impliquen una mejora de la oferta.
3 DESARROLLO DEL PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA
3.1 Etapas del procedimiento de contratación de invitación pública.
De conformidad con el Manual de Contratación de FINAGRO, el procedimiento a aplicar para la contratación bajo la modalidad de Invitación Pública para realizar ofrecimientos contempla las siguientes etapas:
▪ El procedimiento se inicia con la publicación en la página web de FINAGRO de los presentes Pretérminos de referencia.
▪ Los interesados en participar de la invitación pública podrán realizar preguntas a los presentes Pretérminos de referencia, las cuales deberán ser radicadas en las oficinas de FINAGRO ubicadas en la carrera 13 No. 28-17 piso 2, dirigidas al Director de Asistencia Técnica, Doctor Jorge Mario Gomez Osorio.
▪ El inicio de la invitación se realizará con la publicación en diario de amplia circulación y en el portal web de FINAGRO de la invitación a realizar ofrecimientos.
▪ FINAGRO publica los Términos de Referencia en la Página web de FINAGRO.
▪ Cuando las necesidades técnicas así lo ameriten o exijan en virtud de las aclaraciones que se formulen, a discreción de FINAGRO modificará el contenido en los Términos de Referencia, a través de Adendas que serán publicadas en la página web de FINAGRO.
▪ Vencido el plazo máximo para la presentación de las ofertas, FINAGRO levantará un Acta al momento del cierre de la respectiva invitación.
▪ Luego del recibo de las ofertas, se deberá adelantar la verificación documental de los mismos según el contenido de los Términos de Referencia. Dentro de esta etapa, FINAGRO podrá solicitar las aclaraciones y los documentos faltantes o adicionales que estime conveniente, con el propósito de analizar de mejor manera, el contenido del ofrecimiento formulado. Las aclaraciones o documentos faltantes no podrán ir encaminados al mejoramiento de la oferta principal.
▪ Los oferentes deberán contestar tales solicitudes dentro de los términos que indique FINAGRO.
▪ Los requisitos jurídicos serán verificados por la Dirección de Contratación de FINAGRO.
▪ La evaluación técnica y respectiva calificación se adelantará por parte de un Comité Evaluador, conformado por un número plural de trabajadores de FINAGRO vinculados al área que solicitó la contratación, o quien este designe para el efecto.
▪ Una vez realizada la evaluación, FINAGRO comunicará a cada uno de los oferentes vía correo electrónico u otro medio escrito el resultado de su evaluación. En los Términos de Referencia se establecerá el término para que cada oferente formule observaciones a su informe de evaluación.
▪ FINAGRO comunicará vía correo electrónico al oferente seleccionado, el listado de los documentos adicionales que se requieran para la elaboración del Contrato, de conformidad con los documentos exigidos en la MANUAL DE CONTRATACIÓN DE FINAGRO.
▪ Luego de realizada la comunicación mencionada anteriormente, el oferente seleccionado deberá presentar la totalidad de los documentos solicitados, so pena que se entienda que desiste de la suscripción del contrato, habilitando a FINAGRO a suscribir el Contrato con otro oferente cuya oferta cumpla con los requisitos exigidos en los Términos de Referencia.
▪ En el evento que no se radique ningún tipo de ofrecimiento, FINAGRO podrá optar por iniciar un nuevo proceso de selección.
3.2 APERTURA, CIERRE DEL PROCESO, FORMA Y DIRECCIÓN DE ENTREGA DE LOS OFRECIMIENTOS
De conformidad con los tiempos dispuestos en el Plan Operativo del Contrato Interadministrativo No. 250 suscrito entre el Ministerio de Agricultura y FINAGRO, La presente Invitación Pública se regirá por el siguiente cronograma:
ETAPA | FECHA |
Publicación de los Pretérminos de Referencia | 21 de febrero de 2014 |
Consultas a los Pretérminos de Referencia | Desde el 21 de febrero hasta el 26 de febrero de 2014 |
Publicación de Términos de Referencia | 28 de febrero de 2014 |
Apertura de la Invitación | 28 de febrero de 2014 |
Cierre de la Invitación | 7 de marzo de 2014 |
Revisión y Evaluación de ofertas | Del 10 al 14 de marzo de 2014 |
Publicación de oferta seleccionada | 17 de marzo de 2014 |
Observaciones a la evaluación | Del 17 al 19 de marzo de 2014 |
Firma de Contrato | 21 de marzo de 2014 |
3.2.1 Publicación de los Pretérminos de Referencia
El 21 de febrero de 2014 se publica en el portal Web de FINAGRO (www.finagro.com.co) los Pretérminos de Referencia de la invitación para la contratación del encargo fiduciario que administre los recursos y efectúe los pagos ordenados, dentro del proceso de ejecución del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el
Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012.
3.2.2 Consultas a los Pretérminos de Referencia
FINAGRO colaborará con los interesados a efectos de suministrarles información relacionada con el proceso y orientación en procura de que participen en la invitación de manera competitiva.
Todas las personas interesadas en participar en la presente invitación podrán formular ante FINAGRO, de manera escrita, las consultas y observaciones que consideren convenientes y pertinentes en relación con los presentes Pre Términos de Referencia. Dichas consultas y observaciones serán analizadas directamente por FINAGRO, entidad que emitirá las respuestas escritas que considere pertinentes.
La forma de comunicación de los interesados a este proceso, será mediante correo electrónico dirigido a jmgomez@finagro.com.co o por documento radicado en las instalaciones de FINAGRO, hasta el 26 de febrero del 2014. Así mismo, se procederá para la solicitud de información o de aclaraciones relacionadas con la presente invitación a hacer ofrecimientos. Las respuestas a las consultas y observaciones que se formulen se entenderán como parte integral de los Términos de Referencia y serán publicadas en el portal Web de FINAGRO, medio a través del cual se entenderán notificados todos los oferentes y demás interesados en el proceso.
3.2.3 Publicación de los Términos de Referencia
El 20 de febrero de 2014 se publica en el portal Web de FINAGRO (www.finagro.com.co) los Términos de Referencia de la invitación para la contratación del encargo fiduciario que administre los recursos y efectúe los pagos ordenados, dentro del proceso de ejecución del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012.
3.2.4 Cierre de la Invitación
El 7 de marzo de 2014 a las 14:00 horas se cerrará la Invitación para la contratación del encargo fiduciario que administre los recursos y efectúe los pagos ordenados, dentro del proceso de ejecución del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012
3.2.5 Lugar y forma de entrega de las ofertas
Las ofertas se presentarán y recibirán en una urna ubicada en la Secretaría General de FINAGRO, ubicada en la Carrera 13 No. 28-17 piso 3, de Bogotá, D.C., (en ninguna otra dependencia de la Entidad), hasta la fecha y hora que se defina para el cierre de la presente Invitación (numeral 3.2.3 de los Pretérminos de Referencia). Las ofertas presentadas en forma extemporánea se entenderán no presentadas y en consecuencia serán rechazadas de plano.
Una vez entregada la oferta no se aceptarán cambios de su contenido, ni solicitudes de retiro de las mismas.
De la diligencia se levantará un acta, en la que se dejará constancia de las ofertas recibidas, la cual será suscrita por quienes participen en dicha diligencia.
Todos los oferentes deberán registrar en su oferta un correo electrónico el cual será el medio oficial de comunicación entre la entidad y el oferente para los efectos del presente proceso.
El ofrecimiento deberá presentarse en idioma castellano, en medio físico y sin enmendaduras o borrones. Cualquier corrección para ser considerada, debe ser aclarada por el Oferente en la misma oferta y estar suscrita por su Representante Legal debidamente facultado.
Dichas correcciones en todo caso no deben dar lugar a interpretaciones que puedan generar dudas a FINAGRO ya sea del valor de la oferta o del alcance de la misma.
El ofrecimiento y los documentos anexos deberán presentarse foliados, con un índice en el que se determine con claridad el orden de la información que hace parte del respectivo ofrecimiento.
Los oferentes deberán depositar las ofertas en dos (2) ejemplares, un (1) original y una
(1) copia. El original y su copia deberán venir, cada una, dentro de un sobre, paquete o caja, cerrado y rotulado con el nombre del oferente, con la indicación si corresponden a original o copia, y dirigirse así:
FINAGRO
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA CARERA 13 NO. 28 – 17,
BOGOTÁ D.C.
INVITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL ENCARGO FIDUCIARIO DE ADMINSITRACIÓN Y PAGOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA COFINANCIACIÓN DEL INCENTIVO A LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DIRECTA IATDR 2012
3.2.6 Revisión y evaluación de ofertas
Del 10 al 14 de marzo de 2014, luego del recibo de las ofertas de la presente Invitación Pública, se deberá adelantar la verificación documental de las mismas según el contenido de los presentes Pretérminos de Referencia. Dentro de esta etapa, se podrán solicitar las aclaraciones y los documentos faltantes o adicionales que se estime conveniente, con el propósito de analizar, de mejor manera, el contenido del ofrecimiento formulado. Bajo ninguna circunstancia los documentos faltantes o adicionales irán encaminados al mejoramiento de la oferta.
La verificación de los requisitos habilitantes la realizará la Dirección de Contratación de FINAGRO y la evaluación y respectiva calificación se adelantará por parte de un Comité Evaluador, atendiendo los criterios establecidos en los presentes Pretérminos de Referencia, conformado por un número plural de trabajadores de FINAGRO del área interesada en llevar la contratación.
3.2.7 Publicación de la oferta seleccionada y presentación de los resultados de la evaluación
3.2.8 Observaciones al Informe de Evaluación
Una vez recibido el resultado de su evaluación, del 17 al 19 de marzo de 2014 el oferente podrá realizar consultas o solicitar aclaraciones en caso que no se encuentre conforme con el resultado de su evaluación, los cuales serán analizadas directamente por FINAGRO, entidad que emitirá las respuestas escritas que considere pertinentes.
Toda consulta, observación o reclamo podrá presentarse por escrito, en original, ante FINAGRO dentro del término establecido, a la Carrera 13 No. 28 - 17, Vicepresidencia de Desarrollo Rural o al correo electrónico jmgomez@finagro.com.co.
En caso que, como producto de la consulta, observación o reclamo se genere una modificación al resultado final de evaluación de un oferente, el Comité de Evaluación podrá realizar un alcance al informe de Evaluación de la Invitación Pública. La modificación será debidamente informada al oferente vía correo electrónico o por otro medio escrito. Si de la consulta, observación o reclamo no se genera modificación alguna al resultado final de evaluación, esta situación será igualmente informada al oferente vía correo electrónico o por otro medio escrito.
3.2.9 Firma del Contrato
El 21 de marzo de 2014 se firma el contrato de encargo fiduciario. FINAGRO solicitará vía correo electrónico a la entidad seleccionada, el listado de los documentos adicionales que se requieran para la elaboración del Contrato, de conformidad con lo establecido en la lista de chequeo de documentos Pre Contractuales de FINAGRO, la cual será suministrada al oferente seleccionado. El oferente seleccionado deberá presentar la totalidad de los documentos señalados en la lista de chequeo, so pena que se entienda que desiste de la suscripción del contrato, quedando habilitado FINAGRO para suscribir el Contrato con otro oferente cuya oferta cumpla con los requisitos exigidos en los Términos de Referencia.
4 REQUISITOS HABILITANTES
FINAGRO verificará los requisitos jurídicos, técnicos y de experiencia necesarios para la evaluación de las ofertas en las fechas señaladas en el cronograma establecido en los presentes Pretérminos de Referencia.
4.1 REQUERIMIENTOS Y/O ESPECIFICACIONES JURÍDICAS MÍNIMAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
Es requisito indispensable la presentación de los siguientes documentos que corresponden al componente jurídico. Esta verificación determinará si la oferta CUMPLE O NO CUMPLE, sin que se otorgue ningún puntaje a los mismos.
4.1.1 Certificado de constitución, existencia y representación legal
El oferente persona jurídica deberá acreditar con el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Superintendencia Financiera con fecha de expedición no superior a treinta días calendario (30) anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección, su personería jurídica, presentar que su duración no será inferior al término de ejecución del contrato y tres (3) años más. Además, el objeto social deberá corresponder al objeto de la presente contratación.
En caso de prórroga del plazo para la entrega de ofertas, la matrícula mercantil o el certificado de representación legal, tendrán validez con la primera fecha para la presentación de las ofertas, señaladas en los Pretérminos.
4.1.2 Autorización para comprometer a la persona jurídica
Cuando el representante legal de la persona jurídica se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la misma, deberá acreditar mediante copia o extracto del Acta aprobada de la Junta de Socios o Asamblea respectiva, donde conste que ha sido facultado para presentar oferta y firmar el contrato, hasta por el valor total del mismo, en caso de adjudicársele el proceso de selección. Esta certificación debe cumplir los requisitos indicados en el artículo 189 del código de Comercio.
4.1.3 Documentos de identificación del representante y la sociedad.
a. Fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
b. Copia del Registro Único Tributario actualizado al año 2013.
c. Entrega de la carta de presentación, debidamente diligenciada (Anexo 3).
4.1.4 Certificación de pago de aportes a seguridad social y aportes parafiscales
El oferente deberá aportar Certificación expedida por el Representante Legal /Revisor Fiscal, correspondiente al último mes pagado respecto de la fecha de presentación de la oferta, en la que se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones con los Sistemas de Salud, Riesgos Profesionales, Pensiones y Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con lo establecido en la Ley 789 de 2002 y modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007, previa aprobación del Supervisor del contrato.
En caso de haber suscrito un acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el revisor fiscal o, en su defecto, el representante legal, deberá manifestar en la certificación que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Si no se aporta en este plazo, o resulta que el oferente o uno de sus integrantes estaban en mora al momento de presentar la oferta, ésta será rechazada.
4.1.5 Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República
De conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, el oferente no debe estar registrado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
De conformidad con lo dispuesto por la Ley 962 de 2005 y la Circular 005 del 25 de febrero de 2008, suscrita por el Contralor General de la República, FINAGRO verificará en la página web de la Contraloría el respectivo Boletín, imprimirá los resultados de la consulta y los anexará a la documentación. En caso que el oferente o uno de sus integrantes aparezcan en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría, su oferta será rechazada.
4.1.6 Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación
El oferente y/o su representante legal, no debe tener Antecedentes Disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la oferta y celebrar el contrato que resulte del presente
proceso. FINAGRO verificará en la página web de la Procuraduría el respectivo Boletín, imprimirá los resultados de la consulta y los anexará a la documentación. En caso que el oferente aparezca en el boletín de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría, su oferta será rechazada.
4.1.7 Certificado de antecedentes judiciales de la Policía Nacional de Colombia
El representante legal del oferente, no podrá tener Antecedentes judiciales que le inhabiliten o impidan presentar la oferta y celebrar el contrato. FINAGRO consultará los antecedentes judiciales del representante legal del oferente en la página de la Policía Nacional.
4.1.8 Certificación de no estar incurso en causal de disolución
Certificación firmada por el Representante Legal o el Revisor Fiscal o, a falta de éste último, por un contador público independiente, donde se manifieste que el oferente no se encuentra incurso en causal de disolución, al cierre del proceso de selección.
Es importante señalar las personas jurídicas que participen serán objeto de verificación en las listas clasificadas de SARLAFT, además se tendrá en cuenta la información de la Superintendencia de Sociedades.
4.1.9 Garantía de Seriedad de La Oferta.
El oferente deberá constituir una garantía previamente a la presentación de la oferta, con el fin de afianzar la obligación de formalizar el contrato, en caso que fuere seleccionado.
La garantía se debe constituir mediante póliza de compañía de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia o mediante garantía bancaria a favor de entidades privadas.
El valor de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser mínimo del diez por ciento (10%) del valor de la oferta, y su vigencia no podrá ser inferior a la de ciento veinte
(120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la invitación. El oferente deberá presentar el original de la garantía debidamente suscrita, junto con el recibo de pago de la misma.
4.2 ANEXOS DE LA OFERTA
Además de los documentos que puedan exigir FINAGRO y los anexos que hacen parte de este documento, los cuales se deben entregar debidamente diligenciados, es necesario que la oferta incluya los siguientes soportes:
a. Certificación del Banco del cual es filial la Entidad Fiduciaria oferente o con el que se tiene un Convenio suscrito, en la que se soporte dicho vínculo.
b. Descripción del producto fiduciario, el cual debe incluir los tiempos de pago desde el momento en que se radique la solicitud de pago por parte de FINAGRO (ordenador de los pagos, con el visto bueno del Interventor) hasta que la Entidad Fiduciaria haga efectivo el desembolso.
c. Número de pagos mensuales que realizará la entidad Fiduciaria y que están incluidos en la comisión de administración.
d. Costo del pago adicional que sería cobrado a FINAGRO en caso de que se agoten los pagos incluidos en la comisión de administración.
e. Relación detallada de los departamentos en los cuales el Banco filial, tiene oficinas.
f. Costo mensual que cobra la Entidad Fiduciaria por la administración del producto fiduciario.
g. Acreditación de la experiencia de encargos de administración y pago.
h. Últimos Estados Financieros de cierre dictaminados por el respectivo revisor fiscal con corte a Diciembre 31 de 2013.
i. Descripción del procedimiento para la administración del producto fiduciario, a la luz de las especificaciones de operación detalladas en el Anexo 5.
j. Información sobre la estructura del equipo de trabajo que la Entidad Fiduciaria destinará para la ejecución del contrato, así mismo la relación del personal que tendrá a cargo la operación que incluya nombre, cargo, ubicación y datos de contacto.
k. FORMATOS ANEXOS 3, 4 y 5.
4.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL PRODUCTO FIDUCIARIO
Esta verificación determinará si la oferta CUMPLE O NO CUMPLE, sin que se otorgue ningún puntaje a los mismos. El oferente deberá proveer toda la información técnica que se considere necesaria para asegurar el soporte y entendimiento claro y preciso de lo establecido en cada una de las características solicitadas a continuación.
El equipo de trabajo que ofrezca la entidad Fiduciaria para atender el Encargo Fiduciario debe incluir un responsable del nivel Directivo, y un contacto del nivel profesional de uso exclusivo y permanente para este encargo fiduciario. Para cumplir con este último requisito, el oferente deberá aportar una manifestación escrita del profesional mediante la
cual él mismo se comprometa y obligue a que tenga dedicación exclusiva y permanente para este encargo fiduciario, manifestación que deberá venir suscrita tanto por el profesional como por el representante legal del oferente.
El producto fiduciario que es requerido por FINAGRO, el cual es objeto de esta invitación deberá cumplir con las siguientes características:
4.3.1 Producto Fiduciario
Fiducia de Administración, de conformidad con lo dispuesto por la Superfinanciera, es el negocio en virtud del cual, el fideicomitente entrega un bien o bienes a la sociedad entidad Fiduciaria (recursos trasladados por el MADR y los Municipios / CPGAs), con o sin transferencia de la propiedad, para que los administre y desarrolle la gestión encomendada, destinándolos junto con los respectivos rendimientos, si los hubiere, al cumplimiento de la finalidad señalada por FINAGRO.
Para el caso específico de la presente Contratación, se entregarán en administración exclusivamente sumas de dinero ($ COP).
La administración de los recursos se deberá desarrollar a través de un Encargo Fiduciario, sin transferencia de la propiedad de los recursos entregados.
4.3.2 Modalidad: ADMINISTRACIÓN Y PAGO
Su objeto es la administración de sumas de dinero que son destinados al cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones que señale FINAGRO.
Es importante aclarar que el 100% de recursos que se entregarán en administración, ya sean de Incentivo (por parte del MADR) o Contrapartidas (por parte de los Municipios / CPGAs habilitados), deberán estar permanentemente disponibles y a la vista, en cuentas de ahorro, por lo cual éstos no podrán invertirse en Carteras Colectivas u otro fondo administrado por la Entidad Fiduciaria con la que se celebre el Contrato, objeto de la presente Invitación Pública.
4.3.3 Intervinientes:
Los aportantes de recursos al encargo Fiduciario son los que se señalan en el Anexo No. 5 de este documento, según éste anexo los intervinientes son:
FINAGRO actuará como Constituyente del Encargo y ordenador de los pagos, previo visto bueno de la interventoría,
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL - MADR transferirá a la
Entidad Fiduciaria los recursos asignados como Incentivo, en la cuenta que se apertura para este fin.
Cabe anotar que, en ningún momento existirá algún vínculo contractual entre la Entidad Fiduciaria y los Municipios y/o CPGA.
MUNICIPIO Y/O CPGA (Centro Provincial de Gestión Agroempresarial) Es cada Municipio y/o CPGA que resultó beneficiario del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012, y quien tiene a cargo el aporte de los recursos de contrapartida.
Cabe anotar que, en ningún momento existirá algún vínculo contractual entre la Entidad Fiduciaria y los Municipios y/o CPGA.
EL(LOS) INTERVENTOR(ES) DEL INCENTIVO el(los) cual(es) será(n) contratado por FINAGRO y emitirá(n) visto bueno a todos los pagos que se realicen con cargo a los recursos del producto fiduciario y verificará los informes que entregue el encargo fiduciario a FINAGRO. También realizará(n) auditoría al encargo fiduciario de manera mensual.
EPSAGRO. Es la Empresa Prestadora de Servicios Agroempresariales, quien firma contrato con los Municipios y/o CPGA para la prestación del servicio de asistencia técnica. La EPSAGRO escogida por el Municipios y/o CPGA es quien recibe el pago del Incentivo por parte del Encargo Fiduciario seleccionado.
En ningún momento existirá vínculo contractual alguno entre la Entidad Fiduciaria y las EPSAGRO.
LA ENTIDAD FIDUCIARIA. Encargada de realizar los pagos y las retenciones a que haya lugar conforme la legislación aplicable vigente a las EPSAGRO previo Visto Bueno de la Interventoría y de FINAGRO.
4.3.4 Consignación de los Recursos
Es obligación de los Municipios y/o CPGA Beneficiarios del incentivo y que cumplan las condiciones establecidas para acceder a los mismos, consignar en el Encargo Fiduciario el valor COMPLETO de su contrapartida, en los plazos que el MADR
establezca para los aportes correspondientes. FINAGRO debe informar al Municipio y/o CPGA el número de cuenta al cual se debe realizar la consignación.
La contrapartida será como mínimo el 19% del valor total del PGAT y deberá ser acreditada a FINAGRO por cada Municipio o Asociación de Municipios mediante CDP, por el valor del aporte que realizará el ente territorial y la fuente de la cual provendrán dichos recursos.
El Municipio o CPGA deberá consignar adicionalmente a su contrapartida, el valor equivalente al 1% por ciento del valor total del PGAT, el cual corresponderá al valor del encargo fiduciario, que será contratado por FINAGRO mediante invitación pública.
Los recursos en efectivo aportados por el Municipio, CPGA, Gobernaciones y entidades privadas, deberán ser transferidos a la Entidad Fiduciaria en los términos y condiciones que determine FINAGRO.
Las transferencias correspondientes a los recursos de contrapartida y del porcentaje equivalente al encargo fiduciario, deberán hacerse a más tardar el 30 de abril de 2014, so pena de perder el derecho a acceder al incentivo.
La consignación de los recursos en los Encargos Fiduciarios por parte del MADR, se realizará en tres desembolsos de conformidad con lo dispuesto en el Contrato Interadministrativo No. 250 de 2014 así:
Un primer desembolso en marzo de 2014 por el 30% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT), de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos.
Un segundo desembolso en junio de 2014 por el 60% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT) de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos.
Un tercer desembolso en agosto de 2014 por el 10% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT) de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos.
4.3.5 Naturaleza de los Recursos
Los recursos de incentivo, se derivan del Contrato Interadministrativo 250 de 2014, por lo tanto, los mismos son de naturaleza pública.
Estos recursos serán entregados directamente al encargo fiduciario contratado por FINAGRO por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, para su administración.
Por su parte, los recursos de contrapartida son de naturaleza pública, en tanto los mismos provienen de Municipios y/o CPGA.
4.3.6 Cuenta Bancaria Individual
Con el propósito de organizar el proceso de recaudo de contrapartida la Entidad Fiduciaria deberá recibir dichos recursos en cuentas Individuales creadas para cada Municipio y/o CPGA beneficiario del incentivo.
Tanto FINAGRO como la Entidad Fiduciaria deben tener la posibilidad de contar con la información de recaudos consolidada por tercero en el momento en que sea necesario.
El corte de dicha información no podrá ser superior a un día hábil. Cabe aclarar que FINAGRO informará a la Sociedad Entidad Fiduciaria el plazo dentro del cual se permitirá a los Municipios y/o CPGA aportar los recursos de contrapartida.
4.3.7 Forma de Administración de los recursos y volumen transaccional
La Sociedad Entidad Fiduciaria deberá disponer de una cuenta bancaría (cuenta a nombre de FINAGRO) para los recursos entregados por el MADR, y de cuentas independientes para los recursos que entreguen los Municipios y/o CPGA.
El número de Municipios y/o CPGA no será superior a 153, y el valor total de los recursos a administrar no será mayor a VENTISIETE MIL DOSCIENTOS VENTISIETE MILLONES TRECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS COLOMBIANOS M/C ($ 27.227.373.857.00), incluyendo Incentivo y Contrapartida.
Los recursos a los que se refiere este acápite NO hacen parte de la garantía de los acreedores de la Entidad Fiduciaria ni de los otros negocios fiduciarios que llegue a celebrar dicha Entidad Fiduciaria.
Los recursos entregados en administración se darán en PESOS COLOMBIANOS moneda corriente y se mantendrán en la misma moneda.
4.3.8 Solicitudes de Pago
Los recursos consignados en el Encargo Fiduciario serán destinados exclusivamente a la ejecución del incentivo, las solicitudes de pago serán ordenadas por FINAGRO a través del supervisor del Contrato que se suscriba, y deben estar autorizadas por el(los) Interventor(es) de la asistencia técnica directa rural contratado(s) por FINAGRO.
En este orden de ideas, las firmas que se registrarán para realizar los pagos son la del supervisor del Contrato en FINAGRO y la del(los) interventor(es) contratado(s).
Se realizarán cinco (5) pagos a las EPSAGRO, como se menciona a continuación:
Un primer desembolso, a título de pago anticipado, correspondiente al 30% del valor del contrato.
Un segundo desembolso correspondiente al 17,5% del valor del contrato, contra entrega y aval por parte de la Interventoría contratada por FINAGRO del primer informe bimestral de ejecución técnica y financiera, y haber ejecutado el 50% del primer desembolso.
Un tercer desembolso correspondiente al 17,5% del valor del contrato, contra entrega del segundo informe bimestral de ejecución técnica y financiera y aprobación por parte de la Interventoría.
Un cuarto desembolso correspondiente al 17,5% del valor del contrato, contra entrega del tercer informe bimestral de ejecución técnica y financiera y aprobación por parte de la Interventoría.
Un quinto desembolso correspondiente al 17,5% del valor del contrato, contra entrega del Informe Final de ejecución técnica y financiera y aprobación por parte de la Interventoría. En este pago serán descontados la diferencia que resulte de multiplicar el valor unitario de beneficiarios del programa por las cantidades reales de beneficiarios al final del programa, cualquier gasto no elegible, y cualquier costo o gasto no incurrido antes de finalizar el programa.
Los pagos a las EPSAGRO se harán exclusivamente vía transferencia electrónica, y provendrán de las cuentas de cada Municipio y/o CPGA y de FINAGRO respectivamente.
El cumplimiento en la liquidación y pago de las obligaciones tributarias del nivel nacional y territorial que se deriven de los pagos a las EPSAGRO, serán responsabilidad de la Entidad Fiduciaria.
Para mayor ilustración sobre el esquema de pagos, remitirse al Anexo 5 del presente documento.
En caso que se llegue a requerir un pago adicional no contemplado en el esquema y número de pagos especificado en el Contrato a suscribir, el costo que genere el mismo será reconocido adicional a la comisión mensual pactada en el Contrato y deberá llevar el Visto Bueno del supervisor de contrato y la Interventoría. El costo ocasionado por el pago adicional deberá ser definido por el oferente en su oferta.
4.3.9 Gravamen a los Movimientos Financieros y Otros costos de Transacción
El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) que se genere como producto de los pagos a las EPSAGRO, podrá ser cobrado a FINAGRO por parte del encargo fiduciario.
No obstante, es responsabilidad del encargo fiduciario buscar el mecanismo que logre la exoneración del GMF mencionado, a lo cual se compromete y obliga con la simple presentación de la oferta.
No deberá cargarse cualquier otro costo al Encargo Fiduciario, entiéndase por estos, comisiones bancarias, IVA, retención en la fuente, gastos administrativos o de intermediación, o cualquier otro costo de transacción ocasionado en la ejecución de los pagos, estos costos deberán ser asumidos por la Sociedad Entidad Fiduciaria.
4.3.10 Reintegro de rendimientos
La Sociedad Entidad Fiduciaria deberá reintegrar los rendimientos financieros que tengan como base los recursos consignados por el MADR. Esta consignación deberá realizarse durante los primeros ocho (8) días calendario del mes siguiente al de su causación, a la cuenta que le indique FINAGRO para el efecto.
Igualmente, la Sociedad Entidad Fiduciaria deberá reintegrar a los Municipios y/o CPGA beneficiarios del Incentivo IEATDR 2013-2014 los rendimientos financieros que tengan como base los recursos consignados por cada uno. Esta consignación deberá realizarse durante el mes siguiente al de su causación.
Para mayor claridad sobre la figura de administración y pagos, requerida, se adjunta un diagrama donde se explica el esquema operativo especificado en los numerales 4.3.4, 4.3.5, 4.3.6 y 4.3.7 de los presentes Pretérminos de Referencia (Ver Anexo 5).
4.4 REQUERIMIENTOS DE EXPERIENCIA
Los oferentes deben acreditar experiencia relacionada directamente con encargo fiduciario de administración de pagos, no inferior a CINCO (5) años acumulados, resultado de la suma de las certificaciones expedidas por los contratantes o actas de liquidación, en las cuales se acredite la celebración, ejecución y terminación de contratos con entidades públicas o privadas para dicho manejo de recursos. Así mismo, el(los) profesional(es) encargado(s) de operar el encargo fiduciario, debe(n) contar con una experiencia no inferior a DOS (2) años en la administración de recursos en fiducia, y contar con el perfil especificado en el numeral 1.8-c.
La certificación o liquidación debe contener:
a. Nombre o razón social de la entidad que certifica, dirección, teléfono, nombre de la persona que expide la certificación.
b. Objeto: encargo fiduciario.
c. Fecha de suscripción e Iniciación: Después del 01 de diciembre de 2000.
d. Fecha de terminación: Estos contratos deberán estar terminados antes de la fecha de apertura del presente proceso. No se aceptarán certificaciones de contratos en ejecución, ni relación de contratos celebrados o referencias comerciales, copia de contratos, actas de recibo, facturas o certificaciones que no se relacionen con el objeto del presente proceso.
e. Las copias de contratos, relación de contratos, referencias comerciales, etc., sólo se aceptarán como documentos aclaratorios de las certificaciones de experiencia y cumplimiento presentados, y no como documentos para acreditar la información exigida en las mismas.
En caso de que la experiencia sea directa por la ejecución o desarrollo de su objeto social, se aceptará como tal la experiencia certificada por el Revisor Fiscal de la entidad.
4.5 REQUERIMIENTOS DE PROFESIONAL(ES) DE LA FIDUCIA
Los oferentes deberán presentar respecto al personal propuesto para la atención del negocio fiduciario, los siguientes datos conforme las condiciones establecidas en el numeral 1.8 de los presentes Pretérminos de Referencia:
a. Hojas de vida del(los) profesional(es) encargado(s) de operar de manera permanente y exclusiva el encargo fiduciario.
FINAGRO se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes y si advierte discrepancias entre esta información y lo establecido por la entidad, la oferta será rechazada.
La información personal correspondiente al(los) profesional(es) propuesto(s) será manejada de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.6 de la presente invitación.
5 REVISIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
FINAGRO, previo análisis comparativo de las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en este documento, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite asegurar una selección objetiva y transparente.
5.1 COMITÉ EVALUADOR
El comité evaluador de las ofertas estará compuesto por el personal designado por la VICEPRESIDENCIA DE DESARROLLO RURAL.
5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
FINAGRO, previo análisis comparativo de las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en este documento, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite asegurar una selección objetiva y transparente.
CRITERIO | PESO | CALIFICACIÓN |
Valor mensual de la comisión de administración. (A) | 40% | Se calificará con cero (0) a la(s) Sociedad(es) que cobre(n) el valor más alto de comisión mensual y con 5 a la(s) que cobre(n) el menor valor de comisión mensual, de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde: Ai es el puntaje de la oferta i por este criterio N es el número total de ofertas J es la posición que le corresponde a la oferta i, al ordenarlas con respecto a los valores, en forma ascendente. En todo caso, la comisión mensual multiplicada por los DIEZ (10) meses (plazo del Contrato), no podrá superar el presupuesto oficial de la presente INVITACIÓN PÚBLICA. En caso que se presente una única oferta, este criterio será calificado con el máximo puntaje permitido. |
Número de días hábiles | 20% | Se calificará con cero (0) a la(s) Sociedad(es) que requiera(n) la |
CRITERIO | PESO | CALIFICACIÓN |
necesarios para realizar los pagos. (B) | mayor cantidad de días y con cinco (5) a la(s) que requiera(n) la menor cantidad de días, de acuerdo con la siguiente formula: Donde: Bi es el puntaje de la oferta i por este criterio N es el número total de ofertas J es la posición que le corresponde a la oferta i, al ordenarlas con respecto a los valores, en forma ascendente. En todo caso, el número máximo de días permitido es de CINCO (5), de acuerdo con el requisito habilitante del numeral 1.7-d. En caso que se presente una única oferta, este criterio será calificado con el máximo puntaje permitido. | |
Experiencia en productos fiduciarios de administración y pagos. (C) | 40% | Se calificará con 0 a la(s) Sociedad(es) que tenga(n) el menor número de años acumulados de experiencia y con 5 a la(s) que tenga(n) la oferta con la mayor experiencia acumulada, de acuerdo con la siguiente formula: En todo caso, el número mínimo de años de experiencia es de CINCO (5), de acuerdo con el requisito habilitante del numeral 1.7-b En caso que se presente una única oferta, este criterio será calificado con el máximo puntaje permitido. |
Las ofertas que sean presentadas serán calificadas teniendo en cuenta la información contenida en el ANEXO 5, cada criterio tendrá una calificación en una escala de uno a cinco, la calificación de cada criterio tiene un peso específico en la calificación final, la calificación final es la suma de las calificaciones de cada criterio, la Sociedad Entidad Fiduciaria seleccionada será aquella que obtenga la mayor calificación.
Para la calificación de las ofertas, se aplicará la siguiente fórmula conforme a la tabla de calificación:
CALIFICACIÓN = A*0,40 + B*0,20 + C*0,40
La calificación máxima que podrán obtener las sociedades entidad Fiduciarias que participen en la invitación será de CINCO (5,00).
5.3 CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES
Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del criterio A.
En el caso en que dos (2) o más ofertas, bajo el anterior criterio, hubieran arrojado un mismo resultado, se elegirá al ganador mediante un sorteo por balotas, para lo cual FINAGRO invitará a los ofertantes empatados a una reunión en las instalaciones de FINAGRO en la cual escogerán las balotas y se seleccionará aquel que tenga el número mayor.
5.4 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
a. Cuando el oferente tenga vínculo alguno con FINAGRO o los programas o fondos que administra.
b. Cuando la oferta sea presentada de manera extemporánea.
c. Cuando el oferente incumpla con los requisitos y documentos exigidos en los presentes pretérminos y que no sean susceptibles de ser subsanados.
d. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica, y no allegue de forma simultánea con la presentación de la oferta, el documento de autorización expresa del órgano competente.
e. Cuando el oferente no acredite los requisitos habilitantes, o no subsane en debida forma, habiendo sido requerido por la entidad para ello.
f. Cuando no se presente la oferta económica o no se allegue la información necesaria para llevar a cabo la evaluación económica de las ofertas.
g. Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación allegada por el oferente y lo verificado por la entidad, sin perjuicio de las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.
h. Cuando para este mismo proceso se presenten varias ofertas por el mismo oferente, por sí o por interpuesta persona.
i. Cuando el oferente o su representante legal se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, así como en las demás disposiciones legales vigentes; así mismo, cuando carezca de capacidad para desarrollar el objeto de la presente contratación. Cuando FINAGRO, en cualquier estado de la Invitación
Pública evidencie, que alguno(s) de los documentos que integran el proceso contractual contiene(n) información engañosa o incompleta.
j. Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación allegada por el oferente y lo verificado por la entidad, sin perjuicio de las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.
k. En los demás casos que expresamente los pretérminos de referencia así lo indique.
5.5 LIBRE VOLUNTAD DE FINAGRO
FINAGRO no responderá frente a los oferentes no favorecidos con la selección.
FINAGRO expresa que la presente invitación a hacer ofrecimientos no lo obliga a llevar a cabo el proceso de contratación ni a celebrar el contrato correspondiente. De igual manera, FINAGRO podrá en cualquier momento, antes de la selección al ofrecimiento, ampliar los plazos dentro del proceso de contratación e igualmente desistir del proceso de contratación sin ningún tipo de consecuencia económica o responsabilidad para FINAGRO.
Es decir, que FINAGRO no adquiere ningún compromiso con las personas que atendiendo su invitación, hagan sus ofrecimientos, quedando a voluntad y discreción de FINAGRO, definir o no la contratación correspondiente, pudiendo también efectuar dicha contratación con oferentes diferentes.
5.6 NOTIFICACIÓN DE OFERTA SELECCIONADA
La evaluación de las ofertas presentadas se consolidará en el informe correspondiente, en este se indicarán los criterios valorados y los resultados obtenidos. Lo anterior, con el fin de dar a conocer el seleccionado para la celebración del contrato.
FINAGRO informará al oferente de la oferta seleccionada y sobre la decisión de suscribir el respectivo contrato.
Así mismo, conforme el Manual de Contratación informará a los otros oferentes de la decisión tomada.
6 CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO A SUSCRIBIRSE
6.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
FINAGRO suscribirá el contrato con el oferente seleccionado, una vez se cumplan todos los requisitos exigidos y las etapas previas establecidas dentro del Manual de Contratación de FINAGRO.
6.2 OBJETO DEL CONTRATO
El Contrato a suscribir tendrá por objeto la constitución del Encargo Fiduciario denominado “EF FINAGRO – CONTINUIDAD ASISTENCIA TÉCNICA 2012” para la
realización de las siguientes actividades: (i) La recepción por parte de la Entidad Fiduciaria de los RECURSOS APORTADOS POR EL MADR y de los RECURSOS DE CONTRAPARTIDA; (ii) La administración de los RECURSOS APORTADOS POR EL MADR y de los RECURSOS DE CONTRAPARTIDA y sus rendimientos en los términos establecidos en el numeral 6.3 de los presentes Pretérminos de Referencia¸ y (iii) La realización de los pagos ordenados por el Constituyente del Encargo Fiduciario, con cargo a los recursos administrados, previo visto bueno del Interventor designado, destinados exclusivamente al pago a las EPSAGRO.
6.3 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DEL ENCARGO FIDUCIARIO
La Entidad Fiduciaria deberá sujetarse al siguiente esquema de administración de los recursos que le sean entregados:
a. Recursos APORTADOS POR EL MADR: corresponde a la figura bajo la cual la Entidad Fiduciaria manejará los recursos entregados por el MADR (a la cuenta que FINAGRO indique) y sus correspondientes rendimientos, de manera independiente. La entidad Fiduciaria cargará los pagos a las EPSAGRO en las cuantías que correspondan, según la participación del incentivo en el valor total de cada PGAT, y en el valor total del pago ordenado a la EPSAGRO.
Los rendimientos que tengan como base los recursos entregados por el MADR, deberán reintegrarse a la cuenta que FINAGRO indique, durante los primeros ocho (8) días calendario del mes siguiente al de su causación.
b. Recursos Contrapartidas: corresponde a la figura en la cual la Entidad Fiduciaria manejara los aportes de Contrapartida a cargo de los Municipios y/o CPGA de manera independiente. Esta Figura debe asegurar el control individual de los rendimientos generados y pagos cargados, por Municipio y/o CPGA. La entidad Fiduciaria cargará los pagos a las EPSAGRO en las cuantías que correspondan, según la participación de la contrapartida en el valor total de cada Acuerdo de Financiamiento, y en el valor total del pago ordenado a la EPSAGRO.
Los rendimientos que tengan como base los recursos de contrapartida, deberán reintegrarse a cada Municipio y/o CPGA durante el mes siguiente a la de su causación y reintegrarse a la cuenta bancaria que cada uno indique para el efecto.
6.4 ACTA DE INICIO DEL CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO
La ejecución del contrato iniciará con la suscripción del Acta de Inicio, previa aceptación por parte de FINAGRO de las garantías exigidas en el contrato.
6.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
La duración del contrato será desde la suscripción del acta de inicio del contrato hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia iniciará a partir de la firma del acta de inicio del contrato de encargo fiduciario previa aceptación de las garantías exigidas en el contrato.
6.6 FORMA DE PAGO
El costo de administración del producto fiduciario será pagado mensualmente previa orden de FINAGRO y deberá descontarse de cada cuenta de contrapartida, siempre y cuando se cumplan las obligaciones y los informes definidos para el encargo fiduciario, para el efecto, la Entidad Fiduciaria emitirá las facturas del caso que deberán ser radicadas en la oficinas de FINAGRO, ubicadas en la carrera 13 No. 28 – 17 durante los primeros 15 días calendario del mes siguiente en el cual se prestó el servicio.
El reconocimiento de la remuneración que se pacte cubrirá todos los costos en los que la Entidad Fiduciaria incurra durante el desarrollo del contrato. En consecuencia no habrá lugar al cobro por parte de la entidad Fiduciaria de ningún valor adicional al pactado.
No habrá lugar a reajustes por IPC o cobros adicionales por concepto de revisoría fiscal, cualquier otro tipo de honorarios o comisiones bancarias de ningún tipo.
Serán por cuenta de la ENTIDAD FIDUCIARIA todos los gastos, impuestos, tasas, contribuciones honorarios que se causen con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del contrato que resulte del presente proceso y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre el particular.
Todos los cargos fiscales o parafiscales resultantes de presente contrato estarán a cargo de la Entidad Fiduciaria.
Los pagos se realizaran previo visto bueno por parte de la interventoría y de FINAGRO a los informes solicitados y debidamente presentados por el contratista.
6.7 SUPERVISIÓN
La Supervisión del contrato será ejercida por la Dirección de Asistencia Técnica de FINAGRO. El Supervisor del contrato (Director de Asistencia Técnica de FINAGRO) cumplirá con todos los deberes propios de la Supervisión y conforme a lo señalado en el Manual de Contratación de FINAGRO.
6.8 GARANTÍAS
Una vez seleccionado el oferente y perfeccionado el contrato mediante la suscripción del mismo, el contratista deberá suscribir a su costo y presentar para la aceptación de FINAGRO, Garantía debidamente firmada por el Representante Legal, expedida por una Compañía de Seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia a favor de Entidades Particulares, anexando su recibo de pago, que cubra los siguientes amparos:
Garantía | Cuantía | Vigencia |
Cumplimiento del Contrato | 20% del valor total del Contrato | Igual a la del término de ejecución del contrato y seis (6) meses más. |
Calidad en los servicios prestados | 10% del valor total del Contrato | Igual al plazo del mismo y dos (2) años más |
Pago de Salarios, prestaciones sociales e Indemnizaciones | 10% del valor total del contrato | Igual a la del término de ejecución del contrato y tres (3) años más |
6.9 INDEMNIDAD
Dentro del texto del contrato se establecerá una cláusula de indemnidad que contendrá la obligación del contratista de mantener INDEMNE a FINAGRO de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del mismo.
6.10 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Los recursos entregados para realizar los pagos deberán ser manejados teniendo en cuenta las reglas de prudencia y seguridad. Además de las que son propias del contrato de encargo fiduciario y de las que se deriven de la oferta, la Entidad Fiduciaria seleccionada se obligará a:
a. Recibir los recursos que se le entregan y administrarlos en el marco de las posibilidades que le brinde la Ley que rige la materia, con arreglo a lo dispuesto en el Contrato y los Términos de Referencia de la Invitación Pública, y destinarlos al cumplimiento de los pagos señalados.
b. Administrar los recursos entregados por el MADR como incentivo, más costos proyectados por concepto GMF.
c. Administrar los recursos de contrapartida, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3. de los presentes Pretérminos de Referencia.
d. Cobrar a FINAGRO el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) que se generen como producto de los pagos realizados a las EPSAGRO, indistintamente de la fuente del recurso (incentivo o contrapartida). No obstante, es responsabilidad del encargo fiduciario buscar el mecanismo que logre la exoneración del GMF mencionado., a lo cual se compromete y obliga con la simple presentación de la oferta.
e. Realizar los pagos ordenados por FINAGRO, conforme a las instrucciones que para tal efecto sean impartidas por éste, previo visto del Interventor designado, para lo cual la entidad Fiduciaria dispondrá de los recursos de incentivo y contrapartida de manera proporcional respecto de la participación de cada uno en la financiación del PGAT.
f. Practicar en los pagos que se le ordenen, las retenciones en la fuente y demás impuestos nacionales o territoriales que apliquen.
g. Asegurar que no se cargue algún otro tipo de costo (impuestos por cualquier concepto, retención en la fuente, comisiones, etc.) distinto al Gravamen a los Movimientos Financieros, a los recursos entregados en administración.
h. Destinar de manera exclusiva los recursos entregados en administración, a los pagos contratados, en virtud de los PGAT aprobados a los Municipios y/o CPGA.
i. Enviar reporte semanal a FINAGRO con la relación de consignaciones y desembolsos generados, con la fuente respectiva.
j. Remitir los informes a FINAGRO, en la periodicidad y de conformidad con lo establecido en el numeral 6.11 de los presentes Pretérminos de Referencia.
k. Reintegrar a la cuenta que defina FINAGRO los rendimientos financieros que tengan como base los recursos consignados por el MADR. Esta consignación deberá realizarse durante los primeros ocho (8) días calendario del mes siguiente al de su causación, a la cuenta que le indique FINAGRO para el efecto.
l. Reintegrar a los Municipios y/o CPGA beneficiarios del Incentivo los rendimientos financieros que tengan como base los recursos consignados por cada uno. Esta consignación deberá realizarse durante el mes siguiente al de su causación y reintegrarse a la cuenta bancaria respectiva.
m. Mantener los recursos del Encargo Fiduciario, separados de su activo y de los que correspondan a otros negocios fiduciarios, administrándolos según la finalidad señalada en el objeto del Contrato y los presentes Pretérminos de Referencia. En este sentido, la Sociedad Entidad Fiduciaria deberá llevar contabilidad separada de los registros propios de la operación de la Entidad Fiduciaria y realizar su respectiva conciliación.
n. Mantener los recursos consignados disponibles y a la vista, y propender porque los mismos no se desvaloricen en ningún momento, esto teniendo en cuenta que el producto fiduciario es exclusivamente de administración y pago. Por lo tanto no se aplicará ningún régimen de inversión sobre los mismos.
o. Garantizar la liquidez oportuna y suficiente de los recursos entregados en administración, para atender los pagos de las obligaciones establecidas en virtud del contrato de Encargo Fiduciario.
p. En caso que los aportantes incurran en alguna causal devolución, la Sociedad Entidad Fiduciaria deberá reintegrar a la cuenta que FINAGRO defina los recursos aportados por esta Entidad que no fueron pagados a la EPSAGRO correspondiente, previa comunicación escrita de autorización por parte de FINAGRO. Para el caso de la Contrapartida, la Sociedad Entidad Fiduciaria reintegrara estos recursos con sus rendimientos, a la(s) cuenta(s) que ordene el Municipio y/o CPGA mediante comunicación escrita de su Representante Legal.
q. Informar de manera inmediata a FINAGRO y a la Interventoría designada, vía escrito o por medio electrónico, los rechazos de pagos autorizados, especificando el valor de la solicitud y el motivo del rechazo.
r. Disponer de la capacidad operativa y técnica necesaria para la administración y ejecución del contrato, de acuerdo con las obligaciones pactadas. El contrato deberá ser operado como mínimo con el recurso humano requerido en el numeral 1.8 – c y numeral 4.5 de los presente Pretérminos de Referencia, y con el recurso técnico y operativo señalado por la entidad Fiduciaria en la oferta presentada dentro de esta Invitación.
s. Atender los requerimientos que sobre el manejo de los recursos le formule FINAGRO.
t. Suscribir el Acta de Inicio, las Actas de reuniones que se lleven a cabo, la(s) acta(s) de suspensión que se generen de ser el caso, los Otro Sí que se generen de ser el caso y el Acta de Liquidación del presente Contrato. Estos documentos serán generados por FINAGRO y/o la Entidad Fiduciaria.
u. Una vez el ordenador del gasto le solicite realizar algún pago con cargo a los recursos entregados en administración, bajo ninguna circunstancia la Sociedad Entidad Fiduciaria podrá aducir razón alguna para negarse a efectuar el desembolso indicado en la solicitud, a no ser que en la solicitud del pago no se cumpla con el lleno de los requisitos documentales exigidos el consultor a quien se le deba efectuar el desembolso no reúna los requisitos para que la Sociedad Entidad Fiduciaria apruebe la transacción, o el Encargo Fiduciario no disponga de los recursos suficientes para el efecto. Esta condición opera también para el reintegro de rendimientos financieros.
v. La entidad Fiduciaria se obliga a tener por lo menos una sede administrativa en Bogotá D.C., la cual debe contar con recursos físicos como, teléfonos, fax, equipos de cómputo, acceso permanente a internet de banda ancha, papelería, suministros en general suficientes para desarrollar el objeto del contrato. El personal dedicado al proyecto debe desarrollar sus actividades en la sede solicitada en la ciudad de Bogotá.
w. Guardar plena reserva en relación con toda la información y datos que llegue a obtener o conocer en desarrollo del contrato, salvo que el mismo lo haga necesario o previa autorización de FINAGRO o que dicha información sea de carácter público. Dicha reserva seguirá vigente después de la terminación del respectivo contrato.
x. La Entidad Fiduciaria deberá disponer para el manejo del Encargo Fiduciario de un responsable del nivel Directivo, y un contacto del nivel profesional de uso exclusivo y permanente.
y. La Entidad Fiduciaria deberá permitir a la Interventoría contratada por FINAGRO realizar auditoría y revisión a sus informes por lo menos una vez por mes y/o cuando FINAGRO lo solicite.
A la Entidad Fiduciaria en ningún caso le corresponderá el seguimiento, control, o verificación del uso que se haga del recurso entregado en administración.
6.11 INFORMES
La sociedad entidad Fiduciaria deberá presentar al Supervisor los siguientes informes en desarrollo del objeto del contrato, en donde se evidencie el tratamiento individual de los recursos aportados por cada Municipio y/o CPGA y el aporte de recursos del MADR:
a. Estados Financieros mensuales básicos del producto fiduciario (Balance General, Estado de Resultados y Flujo de Caja). El informe deberá remitirse dentro de los
diez (10) días calendario siguientes al mes objeto del mismo, y estará diseñado de tal forma que FINAGRO pueda revisar el estado de cada uno de los aportes a nivel independiente (contrapartidas e incentivo).
b. Un informe bimestral descriptivo del estado del producto fiduciario, en el cual se detallen los flujos de recursos y los soportes de cada una de las transacciones que lo afectaron. El informe deberá remitirse dentro de los diez (10) días calendario siguientes al mes objeto del mismo, y estará diseñado de tal forma que FINAGRO pueda revisar el estado de cada uno de los aportes a nivel independiente (contrapartidas e incentivo). Cada cuenta deberá estar conciliada.
c. Informes semanales del estado de consignaciones y pagos detallado por Municipio y/o CPGA con información sobre retención y tipo de retención efectuada, GMF, entre otras variables que FINAGRO defina para los mismos.
d. Cualquier informe especial que FINAGRO solicite a la Sociedad Entidad Fiduciaria sobre cualquier aspecto relacionado con el producto fiduciario.
e. Aquellos que por disposiciones normativas debe presentar la Sociedad Entidad Fiduciaria.
f. Informe Final que consolide las transacciones realizadas durante la vigencia del encargo fiduciario y que soporte la liquidación del mismo.
6.12 OBLIGACIONES DE FINAGRO
En virtud del contrato que se suscribiría con la Sociedad Entidad Fiduciaria, FINAGRO se obliga:
a. Suministrar al CONTRATISTA la información relativa a los beneficiarios del incentivo para la administración de los recursos entregados en administración, incluyendo aquellos documentos requeridos para efectuar el reintegro de los rendimientos que se generen, y que tengan como base los recursos de contrapartidas.
b. Designar un supervisor para el contrato que se suscriba como consecuencia del presente proceso.
c. Verificar, revisar y aprobar a través del supervisor designado, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el contrato, términos de referencia y en la oferta.
d. Pagar en la forma establecida, las facturas presentadas por EL CONTRATISTA.
e. Suministrar en forma oportuna la información solicitada que requiera EL CONTRATISTA para la ejecución del contrato.
f. Resolver las peticiones que le sean presentadas por EL CONTRATISTA en los términos consagrados en la Ley.
g. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte.
6.13 CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA
Serán causales de terminación anticipada del contrato las siguientes situaciones:
a. Incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas en los presentes pretérminos de referencia o del contrato.
b. Conocimiento por parte de la interventoría, de FINAGRO o del MADR, del incumplimiento de las obligaciones definidas en el contrato de manejos inadecuados de los recursos, sin perjuicio de las demás acciones legales a que haya lugar.
c. Suministro de información falsa o inexacta en cualquier documento aportado por la entidad en la invitación o ejecución de la prestación del servicio.
d. Mutuo Acuerdo de las Partes
e. Ejecución completa del objeto o agotamiento de recursos
f. Incapacidad Financiera de la entidad Fiduciaria, que se presume si es intervenida por la Superintendencia financiera.
g. Por las demás causales previstas en la ley que sean compatibles con lo pactado en el presente contrato.
h. Por vencimiento del plazo de ejecución del presente contrato.
i. Por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito comprobadas por FINAGRO.
j. Si el representante legal de la Entidad Fiduciaria se llega a encontrar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad prevista por la Ley para celebrar negocios jurídicos.
k. En el evento que el representante legal de la Entidad Fiduciaria no tenga la facultad para suscribir el contrato con FINAGRO.
6.14 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Para el perfeccionamiento del contrato, una vez recibida la minuta firmada por la Entidad Fiduciaria seleccionada, se procederá a la firma por parte del Representante Legal de FINAGRO y de esta forma se dará por perfeccionado el contrato entre las partes.
Una vez perfeccionado el contrato entre la Entidad Fiduciaria y FINAGRO, copia del mismo será remitido al correo electrónico para que pueda proceder a suscribir las garantías establecidas en el cuerpo de contrato y enviarlas por correo certificado al domicilio principal de FINAGRO, para su respectivo análisis y aceptación de Garantías por parte de la Dirección de Contratación de FINAGRO, quedando de esta forma cumplidos los requisitos de ejecución, para posteriormente suscribir el acta de inicio del contrato.
6.15 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez finalizado el plazo fijado para la ejecución del contrato, se procederá a la liquidación del mismo dentro de los cuatro (4) meses siguientes, previo visto bueno del SUPERVISOR.
7 ANEXOS
7.1. ANEXO 1. LISTADO DE MUNICIPIOS Y CPGA QUE FUERON PRIORIZADOS PARA LA VIGENCIA 2012 A FIN DE QUE PRESENTEN LOS PLANES GENERALES DE ASISTENCIA TÉCNICA.
No. | CÓDIGO DIAN | DEPARTAMENTO | MUNICIPIO/CPGA |
1 | 5036 | Antioquia | ANGELOPOLIS |
2 | 5045 | Antioquia | APARTADO |
3 | 5051 | Antioquia | ARBOLETES |
4 | 5142 | Antioquia | CARACOLI |
5 | 5148 | Antioquia | CARMEN DE VIBORAL |
6 | 5172 | Antioquia | CHIGORODO |
7 | 5197 | Antioquia | COCORNA |
8 | 5212 | Antioquia | COPACABANA |
9 | 5234 | Antioquia | DABEIBA |
10 | 5264 | Antioquia | ENTRERRIOS |
11 | 5313 | Antioquia | GRANADA |
12 | 5347 | Antioquia | HELICONIA |
13 | 5501 | Antioquia | OLAYA |
14 | 5628 | Antioquia | SABANALARGA |
15 | 5665 | Antioquia | SAN PEDRO DE URABA |
16 | 5679 | Antioquia | SANTA BARBARA |
17 | 5761 | Antioquia | SOPETRAN |
18 | 5789 | Antioquia | TAMESIS |
19 | 5842 | Antioquia | URAMITA |
20 | 5847 | Antioquia | URRAO |
21 | 5885 | Antioquia | YALI |
22 | 5890 | Antioquia | YOLOMBO |
23 | 13473 | Bolivar | MORALES |
24 | 13683 | Bolivar | SANTA ROSA |
25 | 15087 | Boyacá | BELEN |
26 | 15162 | Boyacá | CERINZA |
27 | 15180 | Boyacá | CHISCAS |
28 | 15189 | Boyacá | CIENEGA |
29 | 15215 | Boyacá | CORRALES |
30 | 15244 | Boyacá | EL COCUY |
31 | 15367 | Boyacá | JENESANO |
32 | 15425 | Boyacá | MACANAL |
33 | 15466 | Boyacá | MONGUI |
34 | 15476 | Boyacá | MOTAVITA |
35 | 15494 | Boyacá | NUEVO COLON |
36 | 15514 | Boyacá | PAEZ |
37 | 15542 | Boyacá | PESCA |
38 | 15660 | Boyacá | SAN EDUARDO |
39 | 15667 | Boyacá | SAN LUIS DE GACENO |
40 | 15673 | Boyacá | SAN MATEO |
41 | 15740 | Boyacá | SIACHOQUE |
42 | 15753 | Boyacá | SOATA |
43 | 15755 | Boyacá | SOCOTA |
44 | 15790 | Boyacá | TASCO |
45 | 15804 | Boyacá | TIBANA |
46 | 15816 | Boyacá | TOGUI |
47 | 15822 | Boyacá | TOTA |
48 | 15835 | Boyacá | TURMEQUE |
49 | 15842 | Boyacá | UMBITA |
50 | 17013 | Caldas | AGUADAS |
51 | 17088 | Caldas | BELALCAZAR |
52 | 17388 | Caldas | LA MERCED |
53 | 17486 | Caldas | NEIRA |
54 | 17541 | Caldas | PENSILVANIA |
55 | 17662 | Caldas | SAMANA |
56 | 18256 | Caquetá | EL PAUJIL |
57 | 18410 | Caquetá | LA MONTAÑITA |
58 | 19130 | Cauca | CAJIBIO |
59 | CPGA | Cauca | AMUNORCA |
60 | 19473 | Cauca | MORALES |
61 | 19548 | Cauca | PIENDAMO |
62 | 19001 | Cauca | POPAYAN |
63 | 20011 | Cesar | AGUACHICA |
64 | 27025 | Chocó | ALTO BAUDO (PIE DE PATO) |
65 | 27150 | Chocó | CARMEN DEL DARIEN |
66 | 23090 | Córdoba | CANALETE |
67 | 23162 | Córdoba | CERETE |
68 | 23574 | Córdoba | PUERTO ESCONDIDO |
69 | 25120 | Cundinamarca | CABRERA |
70 | 25148 | Cundinamarca | CAPARRAPI |
71 | 25258 | Cundinamarca | EL PEÑON |
72 | 25335 | Cundinamarca | GUAYABETAL |
73 | 25339 | Cundinamarca | GUTIERREZ |
74 | 25394 | Cundinamarca | LA PALMA |
75 | 25489 | Cundinamarca | NIMAIMA |
76 | 25491 | Cundinamarca | NOCAIMA |
77 | 25718 | Cundinamarca | SASAIMA |
78 | 25839 | Cundinamarca | UBALA |
79 | 25506 | Cundinamarca | VENECIA (OSPINA PEREZ) |
80 | 25862 | Cundinamarca | VERGARA |
81 | 25885 | Cundinamarca | YACOPI |
82 | CPGA | Guaviare | CEPROMEGUA |
83 | CPGA | Huila | ASOMSURCA |
84 | CPGA | Huila | NOROCEAGRO |
85 | CPGA | Huila | CORPOAGROCENTRO |
86 | CPGA | Huila | AGROSUR |
87 | CPGA | La Guajira | CENPRORANCHERIA |
88 | 44090 | La Guajira | DIBULLA |
89 | 44430 | La Guajira | MAICAO |
90 | 44847 | La Guajira | URIBIA |
91 | CPGA | Meta | AGROPARQUES |
92 | CPGA | Meta | CEPROAMA |
93 | CPGA | Meta | PUERTOS DEL ARIARI |
94 | 50577 | Meta | PUERTO LLERAS |
95 | 52019 | Nariño | ALBAN |
96 | 52036 | Nariño | ANCUYA |
97 | 52079 | Nariño | BARBACOAS |
98 | 52203 | Nariño | COLON(GENOVA) |
99 | 52227 | Nariño | CUMBAL |
100 | 52254 | Nariño | EL PEÑOL |
101 | 52258 | Nariño | EL TABLON |
102 | 52352 | Nariño | ILES |
103 | 52411 | Nariño | LINARES |
104 | 52418 | Nariño | LOS ANDES |
105 | 52473 | Nariño | MOSQUERA |
106 | 52490 | Nariño | OLAYA HERRERA |
107 | 52506 | Nariño | OSPINA |
108 | 52001 | Nariño | PASTO |
109 | 52520 | Nariño | PIZARRO |
110 | 52621 | Nariño | ROBERTO PAYAN |
111 | 52699 | Nariño | SANTA CRUZ |
112 | 52838 | Nariño | TUQUERRES |
113 | CPGA | Norte de Santander | Asociación de municipios del Catatumbo, provincia de Ocaña y sur del Cesar |
114 | 54174 | Norte de Santander | CHITAGA |
115 | 54313 | Norte de Santander | GRAMALOTE |
116 | 54743 | Norte de Santander | SILOS |
117 | 54820 | Norte de Santander | TOLEDO |
118 | 86001 | Putumayo | MOCOA |
119 | 86569 | Putumayo | PUERTO CAICEDO |
120 | 86885 | Putumayo | VILLAGARZON |
121 | 63001 | Quindío | ARMENIA |
122 | 63111 | Quindío | BUENAVISTA |
123 | 63130 | Quindío | CALARCA |
124 | 63212 | Quindío | CORDOBA |
125 | CPGA | Risaralda | AMCER |
126 | 68051 | Santander | ARATOCA |
127 | 68077 | Santander | BARBOSA |
128 | 68101 | Santander | BOLIVAR |
129 | CPGA | Santander | ONSAMO |
130 | CPGA | Santander | RIO FONCE |
131 | 68179 | Santander | CHIPATA |
132 | 68217 | Santander | COROMORO |
133 | 68235 | Santander | EL CARMEN DE CHUCURI |
134 | 68250 | Santander | EL PEÑON |
135 | 68320 | Santander | GUADALUPE |
136 | 68385 | Santander | LANDAZURI |
137 | 68406 | Santander | LEBRIJA |
138 | 68500 | Santander | OIBA |
139 | 68549 | Santander | PINCHOTE |
140 | 68573 | Santander | PUERTO PARRA |
141 | 68575 | Santander | PUERTO WILCHES |
142 | 68679 | Santander | SAN GIL |
143 | 68689 | Santander | SAN VICENTE DE CHUCURI |
144 | 68745 | Santander | SIMACOTA |
145 | 68773 | Santander | SUCRE |
146 | 70110 | Sucre | BUENAVISTA |
147 | 70429 | Sucre | MAJAGUAL |
148 | 70508 | Sucre | OVEJAS |
149 | 70702 | Sucre | SAN JUAN DE BETULIA |
150 | 70742 | Sucre | SINCE |
151 | 70823 | Sucre | TOLUVIEJO |
152 | 73563 | Tolima | PRADO |
153 | 76306 | Valle del Cauca | GINEBRA |
7.2. ANEXO 2. FORMATO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Señores
FINAGRO
Carrera 13 No. 28-17 Ciudad
Referencia: INVITACIÓN PÚBLICA a hacer ofrecimientos. Respetados señores:
El suscrito, actuando en nombre y representación de 2 presento la siguiente Oferta para participar en el proceso de selección de la referencia y declaro bajo la gravedad del juramento:
1. Que tengo representación legal para firmar y presentar esta Oferta y, en consecuencia, que esta Oferta y el Contrato que llegare a celebrarse en caso de suscribirse compromete totalmente a la persona jurídica que legalmente represento.
2. Que ninguna otra persona o entidad, diferente a la aquí nombrada, tiene participación en esta Oferta o en el Contrato que resultare de esta Invitación y que, por lo tanto, solamente el firmante está vinculado a dicha Oferta.
3. Que hemos estudiado, conocemos, entendemos y aceptamos el contenido de todos los documentos que hacen parte de la Invitación, Pretérminos de Referencia y Términos de Referencia, de sus Anexos y demás condiciones e informaciones necesarias para la presentación de esta Oferta, y aceptamos totalmente todos los requerimientos, obligaciones y derechos establecidos en dichos documentos.
4. Que renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de los documentos de la Invitación, Pretérminos de Referencia y Términos de Referencia, de sus Adendas y/o Anexos.
5. Que aceptamos y reconocemos que cualquier omisión en la que hayamos podido incurrir y que pueda influir en nuestra Oferta, no nos eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que nos lleguen a corresponder como OFERENTE SELECCIONADO y renunciamos a cualquier reclamación, reembolso o ajuste de
2 Indicar el nombre de la persona jurídica Oferente.
cualquier naturaleza, por cualquier situación que surja y no haya sido contemplada por nosotros en razón de nuestra falta de diligencia en la obtención de la información.
6. Que nuestra Oferta básica cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos de la Convocatoria, sin incluir excepción o condicionamiento alguno para la suscripción del contrato.
7. Que no existe ninguna falsedad en nuestra Oferta y que asumimos total responsabilidad frente a FINAGRO cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.
8. Que la información suministrada con nuestra Oferta no fija condiciones que no se ajusten a la realidad del mercado, con el propósito de obtener la celebración del Contrato.
9. Que aceptamos y autorizamos a FINAGRO para que verifique la información aportada con nuestra Oferta.
10. Firmar y ejecutar el Contrato, en los términos y condiciones previstos en la Invitación, Pretérminos de Referencia y Términos de Referencia de la INVITACIÓN PÚBLICA.
11. Asumir todas las obligaciones emanadas de nuestra Oferta hasta la efectiva suscripción del Contrato, en los términos y condiciones previstos en los Términos de Referencia y en sus Anexos.
12. Que la presente Oferta consta de ( ) folios debidamente numerados.
13. Que no nos encontramos ni personal ni corporativamente, incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley Colombiana.
14. Que el valor total de la Oferta incluye todos los costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la prestación del servicio, así mismo la oferta se ajusta en su totalidad a las condiciones técnicas, plazos y términos establecidos en los Pretérminos de Referencia.
La información relativa al Oferente que podrá ser utilizada por FINAGRO para todos los efectos de la presente Invitación y del Contrato que de ella llegue a derivarse, es la siguiente:
Nombre del Oferente: | |||
NIT del Oferente: | Régimen: | ||
Representante legal del Oferente: | |||
Documento de identidad del representante legal del Oferente: | |||
Dirección del Oferente: | |||
Ciudad: | |||
Teléfono del Oferente: | Fax del Oferente: | ||
Correo electrónico del Oferente: |
Atentamente,
Nombre y firma del representante legal del Oferente
C.C.
7.3. ANEXO 3. ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
, identificado(a) con la C.C
, actuando en nombre propio (ó en nombre y representación de
, conocedor(a) de las políticas de FINAGRO relativas a la confidencialidad que debe acompañar los procesos desarrollados en cumplimiento del objeto de las presentes Reglas de Participación, me comprometo a:
Mantener en reserva la información que reciba de FINAGRO de terceros formalmente designados por FINAGRO, relativa a los documentos generados en desarrollo de La Invitación y el contrato que posteriormente se suscriba, salvo autorización expresa de FINAGRO u orden de autoridad competente.
A mantener en reserva y no divulgar información protegida por derechos de autor o por secreto industrial de acuerdo con la normatividad vigente, contenida en los documentos técnicos generados del presente proyecto. Me comprometo así mismo a no entregar dicha información a terceros salvo lo ordenado por autoridad competente.
Manifiesto así mismo que ni yo, ni la sociedad a la que represento nos encontramos inhabilitados para presentarnos en el proceso de contratación, por no encontrarnos incursos en las causales establecidas para ello en la normatividad vigente. En caso que yo o la sociedad que represento se encontrase incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente, de inmediato pondré tal situación en conocimiento del FINAGRO con el fin que se tomen las medidas necesarias para preservar la integridad y transparencia del proceso.
Se firma en Bogotá a los:
FIRMA:
C.C. No:
Representante Legal de (en caso de personas jurídicas)
7.4. ANEXO 4. CUADRO RESUMEN DE LA OFERTA
Valor mensual de la comisión de administración. | |
Valor cobrado por pago adicional no incluido en la comisión de administración. | |
Número de días hábiles necesarios para realizar los pagos. | |
Cantidad de pagos que son incluidos con la comisión de administración. | |
Días hábiles necesarios para la presentación de los informes. | |
Experiencia en productos fiduciarios de administración y pagos. |
Se firma en a los:
FIRMA:
C.C. No:
Representante Legal de (en caso de personas jurídicas)