REGLAS DE PARTICIPACIÓN
REGLAS DE PARTICIPACIÓN
PROCESO
OFERTA POR INVITACIÓN NO. 003 DE 2022
OBJETO:
“PRESTAR LOS SERVICIOS COMO CENTRAL DE MEDIOS PARA LA CREACIÓN, PLANEACIÓN, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN Y PLAN DE MEDIOS PARA LOS CONTRATOS Y/O CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR TEVEANDINA LTDA. TODO DE CONFORMIDAD CON LA NATURALEZA DEL SERVICIO Y LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL CONTRATISTA, LA CUAL HACE PARTE DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN.”
BOGOTÁ D.C., SEPTIEMBRE DE 2022.
RECOMENDACIONES INICIALES
a) Xxx y analice cuidadosamente el contenido de los estudios y documentos previos, reglas de participación, anexos, formatos, formularios, adendas y demás documentos que soporten el presente proceso de contratación para la correcta elaboración de la oferta.
b) Verifique el cumplimiento de las normas generales y específicas que regulan la materia objeto del presente proceso de contratación.
c) Verifique que el representante legal de la persona jurídica proponente, el representante designado del consorcio o unión temporal o sus miembros no estén incursos en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, concordante con la Ley 1150 de 2007 y artículo 90 de la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones constitucionales legales vigentes.
d) Xxxxxxxxxx que cumple y reúne las condiciones y requisitos señalados en el presente documento.
e) Acopie toda la información y documentación requerida, verificando la vigencia de aquella que la requiera.
f) Siga las instrucciones que se imparten en estas reglas de participación para la elaboración de su oferta.
g) Revise la póliza de seriedad de su oferta y verifique que:
• Sea otorgada a favor del CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TEVEANDINA LTDA.
• Figure su razón social completa en el caso de consorcios o uniones temporales. Los tomadores serán todos y cada uno de los integrantes de la forma de asociación.
• El valor asegurado corresponda a lo requerido en este documento.
• El objeto y el número de esta coincida con el de la oferta que presenta.
• Esté suscrita por el TOMADOR - AFIANZADO.
h) Tenga presente la fecha y hora prevista en el cronograma para el cierre del presente proceso.
i) Xxxxx en cuenta que, por la sola presentación de la oferta, la Entidad podrá verificar toda la información que en ella suministren los proponentes.
j) Diligencie y adjunte en su totalidad y suscriba cuando aplique todos y cada uno de los anexos, formatos y formularios solicitados en el presente proceso de contratación.
k) La presentación de la oferta constituye evidencia de que el oferente estudió completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos. Así mismo, que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas. Además, que ha aceptado que estas reglas de participación están completas, y que son compatibles y adecuadas para identificar el alcance del servicio requerido por la entidad y, por último, que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
l) Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de
la República.
m) Verifique previamente que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales y en el contrato de aprendizaje, así como en el pago de multas por cualquier concepto (Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo) ya que la entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
n) Absténgase de utilizar el logo de la Entidad en la documentación que haga parte de la oferta, en atención a que el mismo es de uso privativo de la misma.
o) Absténgase de utilizar el nombre del TEVEANDINA LTDA o CANAL TRECE o CANAL REGIONAL DE TELEVISÓN TEVEANDINA LTDA en la denominación del consorcio o unión temporal.
p) Examine rigurosamente el estudio del sector y xxx xxxxxxx, los estudios previos, el contenido de las reglas de participación y sus anexos, toda vez que hacen parte integral del presente proceso y es de su exclusiva responsabilidad conocer su contenido y cerciorarse de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
q) Tenga en cuenta el presupuesto total oficial definido por la Entidad y suministre toda la información requerida en los documentos del proceso de selección.
r) Todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su oferta estarán a cargo del proponente.
s) Para la elaboración de la oferta, el oferente deberá seguir el orden y la metodología señalada en este documento, con el fin de que la Entidad tenga claridad sobre las ofertas recibidas y pueda garantizar una selección objetiva, transparente y en igualdad de condiciones.
t) Antes de entregar la oferta verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
u) Cuando la oferta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
v) Xxxx consulta al proceso deberá formularse por los interesados a través del correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx en los términos establecidos en el cronograma del proceso. En ningún caso TEVEANDINA LTDA., atenderá consultas, telefónicas, ni personales.
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO
1.1. Objeto
Prestar los servicios como central de medios para la creación, planeación, ejecución y evaluación de las estrategias de comunicación y plan de medios para los Contratos y/o Convenios Interadministrativos suscritos por Teveandina Ltda. Todo de conformidad con la naturaleza del servicio y la propuesta presentada por el contratista, la cual hace parte de la presente contratación.
1.2. Especificaciones Técnicas
El proponente deberá cumplir con todas las obligaciones y especificaciones técnicas establecidas por TEVEANDINA LTDA.
Por lo anterior, será deber de los proponentes conocer a cabalidad los estudios previos, reglas de participación y demás documentos que hacen parte integral del contrato derivado del presente proceso de selección.
1.3. Presupuesto Oficial Estimado
El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma de hasta MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000) 1 incluido IVA y todos los costos e impuestos a que haya lugar.
1.4. Respaldo Presupuestal
El presente proceso de contratación cuenta con el debido respaldo presupuestal contenido en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP No. 2022000682 del 09 de septiembre de 2022, expedido por la Coordinación de Presupuesto y Contabilidad.
1.5. Plazo de Ejecución
El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022 o hasta agotar los recursos, lo que primero ocurra, desde la suscripción del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
1 El valor aquí presentado responde a la proyección de necesidades de la Entidad, en cuanto a, Convenios, Contratos Interadministrativos y demás Cotizaciones atendidas por Teveandina Ltda., a la fecha.
1.6. Lugar de Ejecución del Contrato
El lugar de ejecución del presente contrato será a Nivel Nacional.
Sin embargo, se entenderá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
1.7. Forma de adjudicación
El proceso se adjudicará por el presupuesto oficial estimado al proponente que resulte habilitado técnica, jurídica y financieramente y que obtenga el mayor puntaje.
1.8. Forma de Pago
El CONTRATO adjudicado será pagado como se describe a continuación:
Pagos mensuales, por fracción de mes, o de acuerdo con las ordenaciones efectivamente ejecutadas, de conformidad con las actividades previstas y ejecutadas en las respectivas vigencias, previa presentación por parte del CONTRATISTA de las facturas y documentos soporte solicitados y aprobados por el supervisor del contrato.
PARÁGRAFO 1: Todos los pagos se efectuarán dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la radicación de la factura o documento equivalente, acompañada de la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor designado por la Entidad y los demás soportes, en la Coordinación de Contabilidad de TEVEANDINA LTDA., allí se efectuarán hará las retenciones tributarias a que haya lugar, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
PARAGRAFO 2: La legalización y radicación de la factura será a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx o en la sede de la Entidad (Avenida el Dorado, Xxxxxxx 00 Xx. 00-00).
Los soportes requeridos para el pago son los siguientes:
• Certificados de emisión, publicación, cubrimiento y pautas de los diferentes medios contratados.
• Soportes físicos y/o digitales de cada servicio prestado por medios contratados.
• Flow de cada servicio contratado.
• Informe de cierre de cada campaña.
1.9. Obligaciones Generales del Contratista
En desarrollo del objeto, el CONTRATISTA adquirirá con la entidad, las siguientes obligaciones generales:
1. Prestar sus servicios de manera autónoma e independiente.
2. Cumplir con las modificaciones, lineamientos, ajustes y sugerencias solicitadas por TEVEANDINA LTDA. durante el período de ejecución del proyecto.
3. Conocer y dar cumplimiento a las políticas, directrices y documentos de TEVEANDINA LTDA., (actos administrativos, manuales, procedimientos, circulares, formatos, entre otros), que conforman el Sistema de Gestión de Calidad, Control Interno y demás que resulten aplicables. Las cuáles serán puestas en conocimiento del SUPERVISOR al inicio del plazo de ejecución y durante toda su vigencia.
4. Atender durante la ejecución del contrato las observaciones formuladas por TEVEANDINA LTDA., a través del Supervisor del contrato.
5. Presentar la factura o cuenta de cobro, según corresponda, con la periodicidad acordada en la respectiva cláusula de forma de pago, de acuerdo con los procedimientos establecidos. En el evento de no hacerlo, EL CONTRATISTA acepta asumir el valor por la eventual sanción de corrección, retenciones o intereses que tal omisión genere en contra de TEVEANDINA LTDA., y de EL CONTRATISTA en la proporción que corresponda, de acuerdo con las disposiciones contables y tributarias aplicables.
6. Acreditar durante la ejecución del objeto contractual, el pago de los aportes frente al régimen de seguridad social integral, en los términos y condiciones establecidas en las leyes y normas sobre la materia en especial de lo contenido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas complementarias.
7. Entregar a la oficina Jurídica de TEVEANDINA LTDA., las garantías para ser aprobadas, si el contrato lo requiere.
8. Presentar un informe mensual de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones acá pactadas.
9. Responsabilizarse de todo el personal que emplee y/o contrate para el desarrollo del objeto contractual y serán de su cargo el pago de los salarios, honorarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar.
10. Pagar a los proveedores de productos y servicios contratados para el cumplimiento del contrato, de acuerdo con los plazos establecidos para legalizaciones de TEVEANDINA LTDA. Las condiciones comerciales que se pacten con los proveedores son de su responsabilidad y por ningún motivo podrán trasladarse la misma a TEVEANDINA LTDA., ni condicionar el cumplimiento de las obligaciones pactadas a las condiciones de pago establecidas por un proveedor, como es el caso de pagos anticipados a proveedores. Por ningún motivo el
operador podrá condicionar o amparar su responsabilidad frente al pago de proveedores, con el momento de realización del pago por parte del Canal.
11. El contratista deberá certificar que cuenta con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual cumple con los estándares mínimos requeridos legalmente.
1.10. Obligaciones Específicas del Contratista
En desarrollo del objeto, el CONTRATISTA adquirirá con la entidad, las siguientes obligaciones específicas:
1.10.1. Obligaciones concernientes al equipo mínimo requerido:
1. El CONTRATISTA debe contar con el siguiente equipo humano mínimo, con capacidad para desempeñar los siguientes roles:
a. Coordinador de Medios, ATL y digital:
FORMACIÓN | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECIFICA |
Profesional en comunicación social, mercadeo y publicidad, administración de empresas x xxxxxxxx afines. | Mínimo cinco (5) años de experiencia contados a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, en el área de comunicaciones, publicidad, servicio al cliente/usuario, planeación estratégica y medios. | Cinco (5) años como director de cuentas y/o de medios en cargos que manejen medios de comunicación masivos o en centrales de medios. |
b. Xxxxxx Xxxxxxxx Manager ATL Y DIGITAL:
FORMACIÓN | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECIFICA |
Profesional en Comunicación Social, Mercadeo y Publicidad, Administración de Empresas x xxxxxxxx afines. | Mínimo (3) años de experiencia contados a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, en áreas de publicidad, mercadeo, comunicaciones o medios. | Dos (2) años en compra e implementación de campañas de publicidad y medios en Tv, radio y plataformas digitales de subasta (Google – Facebook – compra programática), entre otras. |
El equipo humano antes descrito debe llevar cabo las actividades relacionadas a continuación:
a) El equipo de medios, presentado por el CONTRATISTA, se debe involucrar y presentar propuestas sobre la implementación de piezas complementarias que se considere pertinentes para alcanzar los objetivos expuestos, siempre y cuando su elaboración no vaya en contra de los lineamientos de la marca enmarcados en el manual o exceda el presupuesto asignado para la ejecución del contrato.
b) Entregar al Supervisor del Contrato todos los documentos, reportes escritos, desarrollo de herramientas estratégicas, análisis de competencia, revisión de tendencias, información de consumidor, entre otros, que se hayan realizado y aportado durante la fase de planeación y en general durante la ejecución del Contrato. La entrega de la información debe realizarse con los informes mensuales si hubo lugar a ellos.
c) Elaborar y entregar mensualmente al supervisor del Contrato, un informe cualitativo y cuantitativo que le permita evaluar los resultados de su inversión en cada una de las campañas y medios de comunicación que se autoricen. Para estos efectos, el CONTRATISTA deberá contar con las principales herramientas, estudios y aplicaciones necesarias, como lo son el EGM, IBOPE, ECAR, herramientas de medición digital y otras. Entregar un informe de cierre consolidado
d) Entregar al supervisor del contrato un estudio completo de cada uno de los target y competencia que maneje el cliente para cada campaña de la percepción de los ciudadanos respecto a las campañas institucionales implementadas en la entidad que contemple: Post test: estudio cuantitativo donde se evalúe las personas que vieron la campaña, en qué medios, cuántos ciudadanos fueron persuadidos con el mensaje y qué cambios de actitudes y hábitos logran manifestar los ciudadanos con los mensajes vistos, así como el cumplimiento de los indicadores propuestos.
1.10.2. Obligaciones concernientes a la AGENCIA DE MEDIOS:
1. Para las campañas se debe tener en cuenta:
a. Realizar a solicitud de TEVEANDINA la entrega de los documentos, reportes escritos, desarrollo de herramientas estratégicas, análisis de competencia, revisión de tendencias, información de consumidor, estrategia digital, entre otros, que se hayan realizado y aportado durante la fase de planeación y en general durante la ejecución del objeto contractual para LA ENTIDAD.
2. La creación de campañas comprende las siguientes actividades:
a. Presentación argumentada para cada campaña de manera integral, la cual debe incluir:
• Mínimo los siguientes aspectos clave del brief (Ej. antecedentes, grupo objetivo, datos relevantes de la competencia, objetivos de comunicación, objetivos estratégicos, entre otros, target, consumo de medios)
• Propuesta de medios y canales sugeridos para la divulgación de la campaña: medios 360°, tanto internos como externos de EL CLIENTE (según corresponda, de acuerdo con los objetivos de la campaña).
• KPI`S Propuestos
3. Las campañas podrán ser de tipo:
• Institucional: Comunicación y divulgación externa e interna sobre productos, servicios, gestión, direccionamiento estratégico y demás información necesaria para el posicionamiento de la empresa, eventos, imagen y marca hacia los grupos de interés.
• Digital: Donde la fortaleza sean los contenidos para redes sociales.
4. La creación del plan de medios comprende las siguientes actividades:
a. Elaborar el análisis y listado de medios (digitales, prensa, OHH, TV y radio) idóneos para la transmisión de los mensajes de comunicación, divulgación, educación, posicionamiento y gestión reputacional, de acuerdo con el concepto comunicacional de la campaña creativa.
b. Realizar un análisis y diagnóstico de EL CLIENTE y con base en esto, elaborar y proponer estrategias para realizar de manera asertiva, la divulgación de las piezas de las campañas (Audiovisuales, piezas gráficas, cuñas, contenidos para prensa, revistas y digital, etc.) a los diferentes grupos de interés definidos por LA ENTIDAD.
c. Soportar el plan de medios de cada campaña con estudios xx xxxxxxx y herramientas especializadas y reputadas en medios de comunicación masivos y digitales a nivel nacional, tales como: IBOPE, EGM, TGI, COMSCORE, ECAR y estudios propios, entre otros.
d. Garantizar que los medios seleccionados para cada uno de los planes de medios se adapten a las características de cada uno de los segmentos o grupos de interés del cliente, a quien va dirigida la campaña y soportarlo con herramientas.
e. Definir a solicitud de LA ENTIDAD, la frecuencia (número de veces que queremos que este público reciba el mensaje), alcance (número de personas del público objetivo) y posicionamiento (nivel de efecto o impacto que se quiere alcanzar en la memoria de los grupos de interés) y cobertura de los medios de comunicación propuestos en el plan de medios.
f. Presentar la programación y distribución del presupuesto asignado para cada campaña y planes de medios.
g. Definir y presentar a TEVEANDINA, los indicadores y herramientas a través de los cuales se va a realizar la medición del impacto de cada uno de los planes de medios y los objetivos de comunicación de la campaña. Así como los resultados y recomendaciones de las mediciones realizadas
h. Presentar un informe por cada campaña y plan de medios con el presupuesto asignado y ejecutado, objetivos, medios utilizados, especificando: cobertura, frecuencia, alcance y números de inserciones o apariciones, KPI`S.
i. Presentar para aprobación cada uno de los planes de medios a TEVEANDINA LTDA.
j. Realizar la divulgación de la campaña creativa de acuerdo con cada uno de los planes de medios solicitados aprobados y programados por LA ENTIDAD.
k. Realizar todas las actividades necesarias para divulgar el plan de medios que apruebe LA ENTIDAD, a través del supervisor del Contrato.
l. Desarrollar mediciones del alcance, cobertura, frecuencia, generación de leads, entre otros, de los mensajes institucionales emitidos por parte de proveedores y presentar informe correspondiente al supervisor del Contrato durante el desarrollo y a la culminación de cada campaña.
m. Seleccionar los espacios de prensa, programación de TV o radio, piezas exteriores y medios digitales, entre otros, en los que se van a insertar o publicar los diferentes mensajes. Presentar ventajas y desventajas para cada uno de los medios propuestos y análisis comparativo de las inversiones en los mix de medios.
n. Controlar y realizar seguimiento para que la pauta sea emitida en los diferentes medios, en los horarios, días y espacios establecidos y ordenados por LA ENTIDAD, y notificar inmediatamente en el caso de identificar pauta no emitida a TEVEANDINA LTDA.
o. Garantizar y supervisar la ejecución del plan de medios de las distintas campañas de comunicación, divulgación, educación, posicionamiento y gestión reputacional que se elaboren, para lo cual deberá disponer de todo el equipo de trabajo necesario para ello y de las herramientas tecnológicas que se requieran.
p. Presentar el cronograma detallado de cada uno de los planes de medios solicitados por EL CLIENTE, a TEVEANDINA LTDA.
q. Presentar Flow por cada plan de medios con su respectivo alcance y soportes de la recomendación
r. Informe de postbuy con las respectivas implementaciones y/o soportes de pauta emitida.
s. Presentar el presupuesto detallado del plan de medios por cada campaña, discriminado por medios de comunicación, kpis esperados, alcance, costo por impacto, costo por lead, entre otros; definidos por LA ENTIDAD, para aprobación previa por parte del supervisor del Contrato.
t. Definir y presentar al Supervisor del Contrato, los indicadores y herramientas que permitan medir la efectividad de la campaña y el plan de medios para un manejo eficiente de los recursos y objetivos de la entidad.
u. Programar, distribuir y optimizar el presupuesto disponible entre los diferentes medios seleccionados durante el plazo de duración de cada campaña.
5. ENTREGABLES:
El CONTRATISTA debe hacer entrega de:
a) Documentos, actas, reportes escritos, análisis de competencias, revisión de tendencias, información de consumidor, resultados de las herramientas aplicadas, entre otros, que se hayan realizado y aportado durante la fase de planeación y en general, durante la ejecución del contrato.
b) Análisis de categorías y segmentos de estudios como: estudios generales de medios (EGM), estudio continuo de audiencia radial (ECAR), IBOPE, TGI, COMSCORE, estudios propios y otros estudios necesarios que se hayan realizado en la ejecución del contrato.
c) Y demás entregables que se hayan desarrollado en el marco del contrato o en los formatos que requiera la Entidad.
1.10.3. Obligaciones concernientes a la Fase de Administración:
a) Entregar a TEVEANDINA LTDA copia (ejemplares) de las publicaciones impresas y/o copia de las pautas y certificaciones de la emisión de la pauta realizadas en los diferentes medios de acuerdo con los requerimientos de cada proceso y codificación de campañas.
b) Proponer y ejecutar el plan de medios para cada campaña teniendo en cuenta el contenido, el propósito del mensaje y la población a la cual va dirigido (grupos de interés).
c) Presentar cotización en el evento de requerir servicios de monitoreo de medios, esta deberá ser presentada dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud para aprobación del Supervisor. La Entidad se reserva el derecho de revisar la cotización cuando advierta que la misma no refleja el comportamiento actual del sector y mercado.
d) Deberá cumplir con las condiciones de porcentaje (%) ofrecido sobre el valor del Contrato para “Bonificaciones y Free Press”, poniendo a consideración de LA ENTIDAD las propuestas de free press en los diferentes medios de comunicación (prensa, radio, TV y digital), así como propuestas para apariciones de EL CLIENTE (Especiales, separatas, entrevistas, entre otros) sin que genere costo alguno. Esta obligación se dará por cumplida cuando el mínimo del porcentaje ofrecido se consuma durante toda la vigencia de este, previa aprobación del supervisor y previa comprobación de los soportes entregados en la frecuencia y formatos establecidos por LA ENTIDAD al inicio del contrato. De identificarse que el porcentaje ofrecido por el CONTRATISTA está por debajo de lo propuesto, se aplicarán las cláusulas establecidas en el presente contrato. Para el caso que el porcentaje ofrecido supere lo propuesto, siendo favorable para LA ENTIDAD, se entenderá que es un valor agregado del CONTRATISTA y no generará ningún costo o recargo adicional para la entidad.
PORCENTAJE MÍNIMO DE BONIFICADOS Y FREE PRESS | 16% |
Nota: El porcentaje de bonificados y free press NO aplica sobre el presupuesto que sea ordenado en pauta en las pantallas de Canal Trece ni en los servicios especiales.
e) Conceder el mayor porcentaje de descuento a TEVEANDINA LTDA., sobre el valor que el proponente facture por los servicios de divulgación.
f) Presentar cotizaciones frente a servicios especiales de medios cuando estos sean requeridos por la entidad, dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud para revisión y aprobación del Supervisor. La Entidad se reserva el derecho de revisar la cotización cuando advierta que la misma no refleja el comportamiento actual del sector y mercado.
Nota 1: El porcentaje de descuento NO podrá ser inferior al (6%).
Nota 2: La base para aplicar el porcentaje de descuento será el valor facturado por cada uno de los medios.
Nota 3: El porcentaje de descuento otorgado debe discriminarse en la factura emitida por la Agencia a TEVEANDINA LTDA.
Nota 4: El Contratista NO aplicará este descuento a la pauta solicitada en las pantallas de Canal Trece. Para este caso la entidad la entidad reconocerá un porcentaje del 8% por concepto de administración.
Nota 5: De igual manera Tevenadina Ltda. no reconocerá descuentos por volumen ni incentivos comerciales, para pauta ordenada en las pantallas de Canal Trece ni servicios especiales.
Nota 6: El valor proyectado para pauta en las pantallas de Canal Trece oscila entre 600 y 800 millones de pesos del presupuesto total del contrato.2
1.11. Garantías Contractuales
Acorde con lo indicado en la ley y en el manual de contratación vigente de la Entidad y teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y la forma de pago, solicitará garantías al contratista seleccionado, con el fin de garantizar el cumplimiento y la eficaz ejecución de este.
Por lo anterior el CONTRATISTA se obliga a constituir una garantía de “ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN” a favor de CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TEVEANDINA
LTDA., identificado con NIT. 830.005.370-4, ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 con teléfono 0000000 la garantía única del contrato puede ser cualquiera de las siguientes garantías: a) Contrato de Seguro contenido en una póliza, b) Patrimonio autónomo, c) Garantía bancaria.
El contratista deberá constituir la garantía dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato y requerirá ser aprobada por la entidad. La garantía debe cumplir los siguientes amparos:
AMPARO | PORCENTAJE | BASE | VIGENCIA |
Cumplimiento del contrato | 10% | Valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y 06 meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza de manera correcta. |
Calidad del servicio | 10% | Valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y 06 meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza de manera correcta. |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 5% | Valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y 3 años más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza de manera correcta. |
2 Valor estipulado y a comprometer por parte del Convenio Interadministrativo No. 553 de 2022 suscrito con el Fondo Único de Tics, para atender este tipo de servicio y que es propio de una central de medios.
El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al contratista de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de la entidad.
1.12. Régimen Jurídico Aplicable
TEVEANDINA LTDA., en su calidad de Empresa Industrial y Comercial del Estado, se encuentra sometida al derecho privado, de conformidad con lo prescrito en el artículos 14 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 93 el Estatuto Anticorrupción Ley 1474 de 2011, los cuales expresan que los contratos que celebren estas entidades cuando quiera que se encuentren en competencia con el sector público o privado se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a tales actividades, sin perjuicio de la observancia sobre los principios de la función administrativa, de la gestión fiscal y la selección objetiva.
1.13. Justificación Jurídica y Modalidad de Selección
Dada la naturaleza y cuantía del objeto a contratar, se concluye que la modalidad bajo la cual la Entidad debe adelantar el proceso de selección es la de "OFERTAS POR INVITACIÓN ", para lo cual se tendrá en cuenta lo previsto en los artículos 34 y 35 del Manual de Contratación de la Entidad adaptado mediante Acuerdo No. 008 de 2017, los cuales contemplan:
“(…) ARTÍCULO 34. OFERTAS POR INVITACIÓN. Es una modalidad por la cual TEVEANDINA LTDA. previo agotamiento de la etapa de planeación, realizará invitación a los posibles proponentes para la celebración de contratos de mayor cuantía, en los siguientes eventos:
1. Cuando el Canal actué en calidad de mandatario en virtud de contratos de administración delegada.
2. Cuando el Canal actúe como ejecutor en el desarrollo de convenios o contratos interadministrativos.
3. Cuando el Canal actúe como ejecutor de proyectos y/o prestador de servicios a particulares.
(…)”.
“Artículo 35. TRÁMITE DEL PROCESO DE OFERTAS POR INVITACIÓN.
(...) El área que solícita la contratación con el acompañamiento del área jurídica procederá a realizar la invitación escrita a presentar propuesta a cada uno de los eventuales proveedores
determinados por el área en la que surge la necesidad, la cual podrá remitirse por cualquier medio físico o electrónico.
Se deberá realizar la invitación como mínimo a tres (3) y xxxxxx x xxxx (10) proveedores.
Para la determinación de los posibles proponentes el área que solicita la contratación deberá tener en consideración los estudios del sector que haya adelantado previamente, consultar los bancos de proponentes del Canal, bases de datos que permitan identificar los potenciales proveedores, realizar estudios xx xxxxxxx o verificar la información histórica de contratación con TEVEANDINA LTDA.
Las solicitudes para presentar propuesta acompañadas de las reglas de participación se publicarán en la página web del Canal xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP junto con la lista de invitados a presentar propuesta. (...)”.
1.14. Quiénes Pueden Participar
De acuerdo con lo previsto en el numeral anterior Justificación Jurídica y Modalidad de Selección y teniendo en cuenta las consideraciones establecidas en la definición en la necesidad contenida en los documentos previos del proceso, TEVEANDINA LTDA. de acuerdo con el estudio xx xxxxxxx adelantado y los bancos de proponentes del Canal procederá a invitar a las siguientes empresas a que presenten oferta dentro del procesos de selección Oferta por Invitación No. 003 de 2022:
PROVEEDORES INVITADOS A PRESENTAR OFERTA | ||
1 | Nombre o razón social: | CONSORCIO NACIONAL DE MEDIOS S.A |
Identificación: | 000000000 - 1 | |
Dirección: | Xxxxxxx 00 # 00 - 00 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxxx | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx |
Correo electrónico: | ||
2 | Nombre o razón social: | HAVAS MEDIA COLOMBIA S.A.S. |
Identificación: | 000000000 - 5 | |
Dirección: | Xxxxxxx 0 # 00 - 00 Xxxxx X Xxxx 00 | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxxxxx Xxxxxxx | |
Correo electrónico: | ||
3 | Nombre o razón social: | ESTRELLA GRUPO EMPRESARIAL S.A |
Identificación: | 000000000 - 2 | |
Dirección: | Xxxxxxx 00 # 00 - 00 Xx. Xxxxx Xx. 000 | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxxx Xxxxxx | |
Correo electrónico: | ||
4 | Nombre o razón social: | GRUPO ONE SAS |
Identificación: | 000000000 - 5 | |
Dirección: | Xx Xxxxxxx 00 # 00 - 00 Xxx. 000 Xxxxx Platino | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxx Xxxxxxx | |
Correo electrónico: |
5 | Nombre o razón social: | OMD COLOMBIA S.A.S. |
Identificación: | 000.000.000-3 | |
Dirección: | Xx. 00 Xx. 0-00, Xxxx 0, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxx Xxxxxx | |
Correo electrónico: | xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, xxxxxxx@xxx.xxx.xx, xxxxxxx@xxx.xxx.xx | |
6 | Nombre o razón social: | UNIVERSAL GROUP AGENCIA DE COMUNICACIONES S.A.S. |
Identificación: | 000000000 - 1 | |
Dirección: | Xxxxxxx 00 # 00 - 00 | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxx Xxxxxxxxx | |
Correo electrónico: | xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx | |
7 | Nombre o razón social: | UNIVERSAL MCCANN SERVICIOS DE MEDIOS LTDA. |
Identificación: | 000000000 - 9 | |
Dirección: | Xxxxx 000 # 0X-00, Xxxx 0 | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxx Xxxxxx | |
Correo electrónico: | ||
8 | Nombre o razón social: | PEZETA PUBLICIDAD S.A.S. |
Identificación: | Nit. 000.000.000-6 | |
Dirección: | Xxx. 00 Xx. 00 - 00, Xxxxxx | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxx Xxxxxx | |
Correo electrónico: | ||
9 | Nombre o razón social: | PUBLICIS GROUPE |
Identificación: | 000000000-7 | |
Dirección: | Xxx. 00x # 00-00 | |
Teléfono: | 0000000 - 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxx Xxxxxxxx | |
Correo electrónico: | ||
10 | Nombre o razón social: | GRUPO M |
Identificación: | 000000000-2 | |
Dirección: | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxx 2 | |
Teléfono: | 000 000 0000 | |
Nombre de contacto: | Xxxxxx Xxxxx | |
Correo electrónico: |
1.15. Tipo de Contrato
Acorde con la naturaleza del objeto a contratar, el contrato resultante de este proceso se considera como un
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
1.16. Entidad Contratante
La ENTIDAD contratante es el CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TEVEANDINA LTDA.
1.17. Domicilio de la Entidad
Para efectos de correspondencia, el domicilio oficial de TEVEANDINA LTDA., es el siguiente:
• Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00.
1.18. Aplicación de los Acuerdos Comerciales
Acuerdo Comercial | Entidad Estatal incluida | Presupuesto del Proceso de Contratación superior al valor del Acuerdo Comercial | Excepción Aplicable al Proceso de Contratación | Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial | |
Alianza Pacifico | Chile | No | No | No | No |
Perú́ | No | No | No | No | |
México | No | No | No | No | |
Canadá | No | No | No | No | |
Chile | No | No | No | No | |
Corea | No | No | No | No | |
Xxxxx Rica | Xx | Xx | Xx | Xx | |
Xxxxxxx XXXX | Xx | Xx | Xx | Xx | |
Xxxxxxx Xxxxxx | No | No | No | No | |
México | No | No | No | No | |
Triángulo Norte | El Xxxxxxxx | No | No | No | No |
Guatemala | Sí | Sí | Sí | No | |
Honduras | No | No | No | No | |
Unión Europea | No | No | No | No | |
Comunidad Andina | No | No | No | No |
NOTA: La información contenida en la tabla anterior, fue extraída del Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación publicados en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx.
El Acuerdo Comercial con Guatemala y la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN son aplicables a todos los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, independientemente del valor del Proceso de Contratación.
2. CRONOGRAMA DEL PROCESO
ETAPA | FECHA Y HORA (SI APLICA) | LUGAR O MEDIO (SI APLICA) |
Publicación de la Resolución de Apertura del Proceso y Reglas de Participación y Estudios y Documentos Previos. | 13 septiembre de 2022. | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Plazo para que los interesados presenten observaciones a las reglas de participación. | 16 de septiembre de 2022 | A través de medios electrónicos: al correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Respuestas a las observaciones. | 19 de septiembre de 2022. | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Adendas | 20 de septiembre de 2022. | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Plazo máximo presentar ofertas - Cierre del proceso | 21 de septiembre de 2022 11:00 a.m. | Presencial: Canal Trece ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx. Primer piso. A través de medios electrónicos: al correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Según lo indique la Entidad, y de conformidad con el numeral 2.10. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y DILIGENCIA DE CIERRE (FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS) de las Reglas de Participación. |
Publicación de Informe de Evaluación Preliminar | 26 de septiembre de 2022 | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Traslado del Informe de Evaluación Preliminar de verificación para observaciones, aclaraciones y/o subsanaciones. | 28 de septiembre de 2022 | A través de medios electrónicos: al correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx |
Publicación Informe Definitivo | 30 de septiembre de 2022. | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Adjudicación | 04 de octubre de 2022. | Página web de TEVEANDINA LTDA. xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx e-en-el-secop-ii |
Firma contrato | 06 de octubre de 2022. | A través de medios electrónicos: La entidad informará al Contratista. |
Entrega de garantías. | 10 de octubre de 2022. | A A través de medios electrónicos: La entidad informará al Contratista. |
Aprobación de garantías. | 10 de octubre de 2022. | A través de medios electrónicos: La entidad informará al Contratista. |
Parágrafo: El cronograma fijado en el presente proceso será objeto de modificación en el evento en que así lo considere la Entidad, lo cual se hará mediante adenda a las reglas de participación.
3. CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA
3.1. Publicidad y Consulta del Procedimiento
La Entidad garantiza la publicidad y consulta de todas las etapas del proceso, a partir de la fecha señalada en el cronograma de las reglas de participación, además de todos los procedimientos, documentos y actos asociados al presente proceso de contratación, los cuales serán puestos a disposición a través la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxx-xx-xx-xxxxx-xx la publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente proceso de selección deberá hacerse a la fecha de su expedición, o, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes – lo anterior, con el fin que todos los interesados en el presente proceso de selección puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad.
3.2. Control Social
En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, Ley 850 de 2003 y la ley 1757 de 2015 se convoca públicamente a las veedurías ciudadanas, entes de control y ciudadanía en general que estén interesados en realizar control social al presente proceso de contratación, con el fin de que formulen, de considerarlo procedente, las recomendaciones escritas que consideren necesarias para buscar la eficiencia y transparencia institucional, señalándoles que puedan intervenir en todas las audiencias que se realicen dentro del proceso de selección.
3.3. Participantes
De acuerdo con lo Modalidad de Selección prevista para el presente proceso podrán presentar proveedores invitados por la Entidad, los mismo deberán considerarse legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y su objeto social deberá permitirles desarrollar el objeto del presente proceso.
También podrán participar los consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, o personas extranjeras con sucursal en Colombia dentro del presente proceso, y que cuenten con la autorización del órgano societario o la Autoridad Competente, según corresponda y si aplica. En estos casos, los proponentes indicarán la figura asociativa correspondiente; deberán indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes y, en el caso de uniones temporales, se señalarán los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la entidad.
Los miembros de la figura asociativa deberán designar la persona que para todos los efectos del presente proceso representará al proponente plural.
Igualmente, los proveedores no podrán estar incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en el artículo 127 de la Constitución Política y demás normas concordantes, lo cual será declarado por el proponente bajo juramento que se entenderá prestado con la firma de la oferta o del contrato según el caso. De la misma forma, para determinar la existencia de posibles inhabilidades e incompatibilidades que impidan la participación en el presente proceso, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción.
3.4. Lucha Contra la Corrupción
El compromiso anticorrupción tiene como fin apoyar la acción del Estado Colombiano y de la Entidad, para fortalecer la transparencia de los procesos de contratación y la responsabilidad de rendición de cuentas, el cual deberá ser suscrito por los proponentes bajo la gravedad de juramento el que se entiende prestado con la sola suscripción del FORMATO - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA y el FORMATO - COMPROMISO
ANTICORRUPCIÓN/PACTO DE TRANSPARENCIA, de las presentes reglas de participación.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de alguno de los siguientes medios: Línea Transparente del Programa, al número: 018000913140 o el sitio de denuncias del programa y a la Fiscalía General de la Nación.
3.5. Acto de Apertura
El Gerente General de TEVEANDINA LTDA., mediante acta de apertura, ordenará de manera motivada la apertura del proceso de selección, dicho acto será publicado en el SECOP II y la página web de la Entidad.
3.6. Riesgos Asociados al Contrato, Forma de Mitigarlos y Asignación de Riesgos
El ANEXO MATRIZ DE RIESGOS incluye los riesgos que se pueden presentar durante la ejecución del contrato. Esta matriz describe cada uno de los riesgos, la consecuencia de su ocurrencia, a quien se le asigna, cual es el tratamiento en caso de ocurrencia y quien es el responsable del tratamiento entre otros aspectos.
Los Proponentes deberán realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su oferta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular la oferta con base en su propia información, de manera tal que el Proponente deberá tener en cuenta el cálculo de los aspectos económicos del proyecto, los cuales deben incluir todas las obligaciones y xxxxxxxx de Riesgos que emanan del Contrato.
Si el proponente que resulte adjudicatario ha evaluado incorrectamente o no ha considerado toda la información que pueda influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de conformidad con el contrato ni le dará derecho a rembolso de costos ni a reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza.
3.7. Observaciones y Aclaraciones
Todos los interesados pueden enviar las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones al contenido de las reglas de participación, así como observaciones, solicitudes de aclaraciones y/o subsanaciones al informe de evaluación (preliminar o definitivo) a través del correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx en los términos establecidos en el cronograma del proceso. Este es el único medio válido para allegar documentos o comunicaciones al proceso de selección.
3.8. Modificación a las Reglas de Participación
Si del análisis de las observaciones formuladas se considera pertinente por TEVEANDINA LTDA., realizar modificaciones a las reglas de participación, éstas se adoptarán mediante Adenda y se publicarán en la página web de la Entidad y en el SECOP II a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas, lo anterior de conformidad con la normatividad vigente.
En ningún caso podrá expedirse y publicarse adendas el mismo día en que se tiene previsto el cierre de proceso de selección, ni siquiera para adicionar el término previsto para ello.
3.9. Forma de Presentación de las Ofertas.
La Entidad informará con antelación a la fecha y hora fijada prevista para el cierre del proceso, lo siguiente:
1. Si las ofertas deben ser presentadas de manera presencial o a través medios electrónicos; para lo cual los proveedores deberán llevar a cabo lo indicado en el presente numeral, según corresponda.
3.9.1. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
En virtud de lo anterior, los interesados en participar en el proceso de selección deberán presentar su oferta en el lugar o a través del medio electrónico indicado por la Entidad para tal fin, con anterioridad a la hora y fecha establecida para el cierre, de conformidad con el cronograma del presente proceso, y la misma deberá cumplir con los requerimientos establecidos en estas Reglas de Participación.
NOTA 1: Es responsabilidad del proponente verificar en la página web de la entidad y en el SECOP II, la publicación de los diferentes documentos que hagan parte integral de las reglas de participación.
PRESENCIAL | A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS | ||
La oferta deberá radicase en las instalaciones de Canal Trece ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 33, en la Oficina de Correspondencia. Primer piso. La oferta se deberá presentar en un (1) original y dos (2) copias en físico e impresas, acompañadas de una (1) copia en medio magnético; las ofertas deben venir por escrito, con un índice acorde con la numeración de cada página, sin enmendaduras o tachaduras, debidamente legajadas, argolladas o encuadernadas y foliadas todas las páginas en orden consecutivo, ascendente, sin incluir ninguna clase de subnumerales o páginas adicionales distinguidas con letras o cualquier otra clase de identificación diferente; la oferta se presentará en sobres separados, debidamente rotulados de la siguiente manera: | La oferta deberá enviarse al siguiente correo electrónico: 1. Los interesados deberán presentar su oferta a TEVEANDINA LTDA., dentro del plazo establecido para el cierre del proceso y deberá cumplir con todos los requerimientos establecidos en las Reglas de Participación; no obstante, lo anterior, solo serán tenidas en cuenta las ofertas recibidas en la dirección de correo electrónico antes de la hora y fecha establecida en el cronograma del proceso de selección de la referencia. Las ofertas recibidas en dicha dirección de correo electrónico después de la hora antes mencionada se entenderán como extemporáneas. Ejem. Si el plazo máximo para presentar ofertas, es decir, el cierre del proceso se establece hasta las 11:00 a.m., solo serán tenidas en cuenta las ofertas recibidas en la dirección de correo electrónico antes indicado hasta las 11:00 a.m., las ofertas cuyos correos electrónicos se reciban de las 11:01 a.m. en adelante se entenderán como extemporáneas. | ||
NOMBRE DEL PROPONENTE: (XXXXX) NIT: (XXXXX) OFERTA POR INVITACIÓN No. 00x DE 202x |
OBJETO: (XXXXX) ORIGINAL O NÚMERO DE COPIAS | 2. El proponente deberá enviar su oferta escaneada a la dirección de correo electrónico indicada, con la antelación suficiente, para que esta sea recibida antes de la hora de cierre; no obstante, será responsabilidad exclusiva del proponente el envío de la oferta con oportunidad. 3. El proponente debe enviar su oferta de tal manera que el correo electrónico que la contiene contemple un (1) solo archivo PDF con los siguientes aspectos, así: a. ASPECTOS JURÍDICOS HABILITANTES. b. ASPECTOS TÉCNICOS HABILITANTES. c. ASPECTOS FINANCIEROS HABILITANTES. d. ASPECTOS PONDERABLES. e. OFERTA ECONÓMICA. El proponente podrá presentar su oferta con un Documento en formato pdf con contraseña, la misma deberá ser otorgada por el interesado bien sea a través de correo electrónico o en la audiencia de cierre, en el periodo de tiempo comprendido entre la fecha y hora establecida para la presentación de propuesta y la audiencia de cierre. En el caso de que la Entidad no cuente con la contraseña en el lapso antes indicado se procederá a rechazar la propuesta dado que no se tendrá la posibilidad de darle publicidad a la misma. En el mismo sentido, cuando con la contraseña suministrada no sea posible desencriptar la propuesta será causal suficiente para el rechazo de la Oferta. Para finalizar, los interesados también podrán presenta su oferta en un pdf sin contraseña. | ||
Una vez presentada la oferta y antes de la fecha y hora señalada para el cierre, los proponentes podrán: 1. Retirar la oferta: Los proponentes podrán solicitar el retiro de su oferta, para lo cual deberán presentar un escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., indicando dicha situación, antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso. La oferta será devuelta sin abrir, en el momento del acto de apertura de ofertas, al oferente o la persona autorizada por escrito para el efecto. 2. Retirar la oferta y presentar una nueva. Los proponentes podrán solicitar el retiro de su oferta, para lo cual deberán presentar un escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., indicando dicha situación, antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso. La oferta será devuelta sin abrir, en el momento del acto de apertura de ofertas, al oferente o la persona autorizada por escrito para el efecto. NOTA: En caso de que los proponentes hayan presentado dos o más ofertas, se tendrá en cuenta para todos los efectos del proceso la última oferta radicada. 3. Presentar correcciones, aclaraciones, alcances y/o complementos, antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso: Los proponentes deberán presentar por escrito |
dirigido a TEVEANDINA LTDA., la situación correspondiente, en sobre cerrado y marcado de la siguiente manera: NOMBRE DEL PROPONENTE: XXXXX NIT: XXXXX “CORRECCIÓN” o “ACLARACIÓN” o “ALCANCE” o “COMPLEMENTO” (seleccionar el que se ajuste a su necesidad) OFERTA POR INVITACIÓN No. 00X DE 202x OBJETO: XXXXX ORIGINAL O NÚMERO DE COPIAS Se entenderá para todos los casos que el último documento recibido a título de “CORRECCIÓN” o “ACLARACIÓN” o “ALCANCE” o “COMPLEMENTO” reemplaza los documentos presentados con anterioridad. | Una vez presentada la oferta y antes de la fecha y hora señaladas para el cierre, los proponentes podrán: 1. Retirar la oferta: Los proponentes podrán solicitar el retiro de su oferta, para lo cual deberán enviar un escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., al correo electrónico inicialmente citado, indicando dicha situación, así como la fecha, hora, y el correo electrónico de origen, antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso. La Entidad no tendrá en cuenta en el proceso los correos indicados y que contienen la oferta retirada. 2. Retirar la oferta y presentar una nueva. Los proponentes podrán solicitar el retiro de su oferta, para lo cual deberán enviar un escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., al correo electrónico inicialmente citado, indicando dicha situación, así como la fecha, hora, y el correo electrónico de origen, antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso. La Entidad no tendrá en cuenta en el proceso los correos indicados y que contienen la oferta a retirada. NOTA: En caso de que el proponente haya presentado dos o más ofertas se tendrá en cuenta para todos los efectos del proceso la última oferta recibida. 3. Presentar correcciones, aclaraciones, alcances y/o complementos antes de la fecha y hora prevista para el cierre del proceso: |
Los proponentes deberán enviar un escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., al correo electrónico inicialmente citado, indicando:
a. NOMBRE DEL PROPONENTE: XXXXX
b. NIT: XXXXX
c. La situación correspondiente (“CORRECCIÓN” o “ACLARACIÓN” o “ALCANCE” o “COMPLEMENTO”),
d. CONCURSO PUBLICO No. 00X DE 202x
e. OBJETO: XXXXX
Se entenderá para todos los casos que el último documento recibido a título de “CORRECCIÓN” o “ACLARACIÓN” o “ALCANCE” o “COMPLEMENTO”
reemplaza los documentos presentados con anterioridad. Aspectos a tener cuenta:
• Validar que los documentos que se encuentren a doble cara sean escaneados de manera completa.
• La documentación aportada debe ser legible.
• Las actividades de digitación del correo electrónico indicado por la Entidad para la presentación de las ofertas, así como la operación de adjuntar los archivos que componen la oferta, serán responsabilidad exclusiva del proponente.
• Validar que todos los documentos que requieran firma se aporten debidamente suscritos.
NOTA 1: SOLO TENDRÁ APLICACIÓN UNA DE LAS DOS FORMAS DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS AQUÍ DESCRITAS, ESTA CORRESPONDERÁ A LA INDICADA POR PARTE DE LA ENTIDAD EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS.
NOTA 2: EL PROPONENTE SE DEBERÁ ASEGURAR DE QUE SU OFERTA SE ENCUENTRE DEBIDAMENTE CONTENIDA EN EL CORREO ELECTRÓNICO, BIEN SEA EN ARCHIVOS ADJUNTOS O COMPRIMIDOS.
4. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1. Idioma de la Oferta
Todos los documentos constitutivos de las Ofertas deberán presentarse en IDIOMA CASTELLANO, con excepción de otros documentos preimpresos que podrán presentarse en otro idioma con su correspondiente traducción simple al castellano. Una vez adjudicado el contrato, deberán allegarse con traducción oficial.
4.2. Documentos Otorgados en el Exterior
Los documentos otorgados en el exterior para ser considerados como idóneos para su validez y oponibilidad en Colombia deben cumplir con los siguientes requisitos:
4.3. Apostilla del Documento
En el evento en que el país en donde fue expedido haga parte del Convenio de la Haya de 1961 sobre la supresión de la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros, en los términos señalados en la Ley 455 de 1998 y la Resolución 7144 de 2014 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
El oferente deberá dar cumplimiento a lo anterior, sin perjuicio a lo establecido en el artículo 52 del Decreto 019 de 2012, que establece: “A más tardar el primero de julio de 2012, los trámites de apostillaje, dentro del territorio nacional y en el extranjero, se podrán solicitar mediante el uso de correo postal, sin que se requiera la presentación personal del solicitante. El Gobierno Nacional reglamentará el procedimiento y el uso de medios electrónicos.”
4.4. Legalización de los Documentos
El trámite de legalización de documentos aplica cuando el país en el cual ha sido expedido o en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de La Haya de 1961.
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “Los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”; el proponente deberá dar aplicación a las previsiones del artículo 4 de la Resolución 7144 de 2014 por la cual se adopta el “Procedimiento para apostillar y legalizar documentos”.
4.5. Traducción
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción simple a dicho idioma para la presentación de la oferta.
En el caso en que el proponente resulte adjudicatario deberá allegar una traducción oficial del documento que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia o en el país de origen del Interesado. En cualquiera de los casos se deberá acreditar la calidad de traductor oficial en los términos señalados en la ley aplicable en Colombia o en el país de origen de la traducción.
Si el documento aportado requiere de convalidación u homologación de acuerdo con las normas colombianas se deberán cumplir este requisito.
NOTA 1. Los Proponentes provenientes de aquellos países signatarios de la Convención de La Haya citada en el literal b) podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, la consularización descrita en el literal a) o la Apostilla descrita en literal b).
NOTA 2. Los formularios anexos a estos Pliegos que deben completar los Proponentes, no deberán contar con el procedimiento descrito en los literales anteriores.
NOTA 3. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia.
NOTA 4. Los documentos otorgados en el Exterior y que sean necesarios para la comparación objetiva de las ofertas deben encontrarse apostillados o legalizados al momento de presentar la oferta y los no necesarios para dicho cotejo, bien pueden allegarse hasta antes de la adjudicación.
NOTA 5. Se aceptará el aporte de copias de los documentos otorgados en el Exterior, hasta antes de la Adjudicación. La legalización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberá presentarse para la ADJUDICACIÓN en original so pena de tenerse como no presentada.
4.6. Moneda
Todos los valores que se estimen en la oferta económica deberán presentarse en Pesos Colombianos.
4.7. Ofertas Parciales
TEVEANDINA LTDA. NO aceptará la presentación de ofertas parciales, condicionadas o alternativas. Lo anterior hace referencia a que la oferta deberá ser presentada por la totalidad de los requerimientos de la entidad.
4.8. Vigencia de la Oferta
La oferta deberá permanecer vigente por un período de TRES (03) MESES contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso y se entenderá acreditada con la presentación de la garantía de seriedad de la oferta.
4.9. Retiro de Ofertas
Los proponentes podrán solicitar el retiro de su oferta, por escrito dirigido a TEVEANDINA LTDA., antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso. La oferta será devuelta sin abrir, en el momento del acto de apertura de ofertas, al oferente o la persona autorizada por escrito para el efecto.
En todo caso, si la oferta se presenta virtualmente y por ende su retiro se realiza de la misma forma, el procedimiento a seguir será el contemplado en el numeral 2.10.1. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, del presente documento.
4.10. Obligatoriedad de la Oferta
Una vez los interesados presenten sus ofertas y éstas sean abiertas en el momento de la diligencia de cierre del proceso, el contenido de estas obliga a los oferentes. No se permitirá el retiro de los documentos que componen la misma antes de la adjudicación.
4.11. Evaluación y Verificación de las ofertas
TEVEANDINA LTDA. efectuará la verificación jurídica, financiera, técnica y económica de las propuestas en la fecha señalada en el cronograma de actividades; el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, serán prorrogables a criterio del canal
4.12. Traslado del Informe de Evaluación
El resultado de la evaluación será publicado y los proponentes tendrán un plazo máximo de dos (2) días hábiles, para presentar observaciones y subsanaciones al informe de evaluación.
4.13. Análisis de los documentos de subsanación y observaciones presentadas dentro del término de traslado al informe de evaluación.
TEVEANDINA LTDA. analizará los documentos de subsanación que alleguen y las observaciones que formulen los proveedores, dentro de un término de hasta dos (2) días hábiles, prorrogables a criterio del Canal, lo cual será informado mediante adenda
Vencido dicho plazo se publicará la respuesta a las observaciones presentadas y el resultado definitivo de la evaluación.
5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
De acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. En consecuencia, la entidad verificará los factores establecidos como HABILITADO o NO HABILITADO.
FACTORES | RESULTADO DE VERIFICACIÓN |
JURÍDICOS | HABILITADO/ NO HABILITADO |
FINANCIEROS | HABILITADO / NO HABILITADO |
TÉCNICOS | HABILITADO / NO HABILITADO |
5.1.REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
La entidad verificará que los proponentes que participen en el proceso de selección se encuentren capaces legalmente para obligarse a cumplir el objeto del contrato y que no estén incursos en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato, derivadas de la ley.
5.1.1. Capacidad jurídica (habilitante)
5.1.1.1. Carta de presentación de la oferta
El proponente deberá presentar la carta de presentación de la oferta, según el modelo suministrado por la entidad en el FORMATO - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA y los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones.
La carta de presentación de la oferta deberá estar firmada por el proponente si es persona natural, por el representante legal del proponente de la persona jurídica o por el representante designado en el documento de constitución, si se trata de proponente plural, o por el apoderado debidamente facultado.
5.1.1.2. Existencia y representación legal
5.1.1.2.1. Personas jurídicas de naturaleza privada
a. Certificado de existencia y representación legal
El proponente deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado original expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio o la entidad competente social, donde se acredite que está constituida con por lo menos un (1) año de anterioridad al cierre del presente proceso y en el que conste que su objeto social está relacionado con el objeto de la presente contratación, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso.
NOTA: En el evento de Consorcios, Uniones Temporales y demás Formas Asociativas, cada uno de los integrantes de estas, deberá presentar Certificado de Existencia y Representación Legal o Certificado de Matrícula Mercantil, conforme con su naturaleza jurídica, acreditando todas las exigencias del presente numeral.
Si el proponente es persona jurídica, consorcio o unión temporal, deben acreditar que su duración no será inferior al plazo de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más.
b. Fotocopia de la cédula de ciudadanía
Fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal o apoderado. En caso de unión temporal o consorcio se deberá presentar el documento de identificación de cada uno de los representantes legales o apoderados de los integrantes que la conforman.
c. Autorización de órgano social
Igualmente, deberá acreditar la suficiencia de la capacidad del Representante Legal para la presentación de la oferta y para la suscripción del contrato ofrecido. Cuando el Representante Legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del Acta en la que conste la decisión del Órgano Social correspondiente que autorice al Representante Legal para la presentación de la oferta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario.
5.1.1.2.2. Persona natural
Si el proponente es una persona natural deberá presentar fotocopia de su documento de identificación y el Registro Mercantil, en el caso que aplique, expedido por la Cámara de Comercio en el que conste su actividad comercial y que en general sea suficiente para poder ejecutar el objeto del presente proceso de selección. Este
certificado debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de ser persona natural con establecimiento de comercio abierto al público adjuntar el certificado expedido por la Cámara de Comercio o Registro Mercantil, cuya fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario.
5.1.1.2.3. Personas jurídicas nacionales de naturaleza pública
Para los efectos previstos en este numeral, se considerarán Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública, aquellas sociedades constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la legislación nacional y que tengan domicilio principal en Colombia, que por virtud de la Ley o del acto que autorice su constitución, y según la participación estatal que se registre en ellas, deban someterse al régimen de derecho público, trátese de entidades territoriales o descentralizadas funcionalmente de cualquier orden, las cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se derive de la Constitución o la Ley. Para el efecto, mencionarán los documentos y actos administrativos que apliquen, conforme a la Ley, expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos por la Ley para su eficacia y oponibilidad ante terceros. En todo caso, deberá mencionarse el documento mediante el cual se dio la autorización para la presentación de la oferta y posterior suscripción del contrato, impartido por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de haber cumplido con todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y para poder ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la oferta.
2. Acreditar que el ente público contratante tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del contrato.
3. Acreditar la capacidad del representante legal para la presentación de la oferta y para la suscripción del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
5.1.1.2.4. Proponentes plurales
Los proponentes podrán presentar ofertas conjuntas en calidad de consorcio o unión temporal, para lo cual deberán indicar expresamente si su participación es a título de consorcio o unión temporal, conforme a lo señalado en la normatividad vigente.
Cuando la oferta se presente en consorcio o unión temporal, se requiere:
1. Que hayan sido conformados antes de presentar la oferta y que se acredite la existencia del consorcio o de la unión temporal, para lo cual deberá aportarse el documento de constitución suscrito por cada uno de sus miembros. Si los integrantes son personas jurídicas, este documento deberá estar firmado por el/los representante(s) legal(es).
NOTA: En las presentes reglas de participación se adjunta FORMATO - MODELO DE DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO y FORMATO — MODELO DE
CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL. Es facultativo para el proponente hacer o no uso del modelo que se aporta en este pliego de condiciones. En todo caso, el proponente que se presente en cualquiera de estas formas deberá presentar el documento de constitución en el cual deberá indicar como mínimo lo siguiente:
a. Si los proponentes desean participar como consorcio o como unión temporal.
b. Las reglas básicas que regulen las relaciones entre sus integrantes.
c. Si se trata de unión temporal deberán indicarse además los términos y extensión (actividades y porcentaje) de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin el consentimiento previo de la entidad.
d. La persona que para todos los efectos legales representará al consorcio o unión temporal y quien contará con las facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del consorcio o la unión temporal, el cual no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman.
2. Que el término de su duración no sea inferior al plazo del contrato, su liquidación y un (1) año más. Así mismo el presente requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integrantes.
3. Que se haya designado un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal. El representante legal deberá contar con facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del consorcio o la unión temporal. El representante no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman. La aceptación del representante deberá constar con su firma en el documento de constitución del consorcio o de la unión temporal.
4. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre del
consorcio y/o unión temporal y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la oferta y la celebración y ejecución del contrato, en el caso de que la entidad le adjudique el proceso. En especial tendrá las facultades suficientes para:
a. Presentar la oferta.
b. Suscribir la carta de presentación de la oferta.
c. Atender todos los posibles requerimientos que formule la entidad relacionados con la oferta.
d. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la oferta, dentro de los términos y condiciones de la selección.
e. Suscribir el contrato.
f. Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del contrato, dentro de los términos y condiciones xxx xxxxxx de condiciones de la selección.
Los proponentes que se presenten como consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura deberán tener en cuenta que:
1. Cada uno de los integrantes del proponente plural deberá presentar los documentos requeridos en el presente capítulo, sin perjuicio de la exigencia de los documentos técnicos que sean requeridos en estos pliegos de condiciones y/o estudio previo, según se trate de persona natural o de persona jurídica.
2. Que los objetos sociales de cada uno de sus integrantes incluyan las actividades solicitadas en el presente pliego so pena del RECHAZO de su oferta.
3. Las uniones temporales, deberán registrar en el documento de constitución el porcentaje de participación y las actividades a cargo de cada uno de sus miembros en la oferta y en la ejecución del contrato. Si en el documento de conformación de la unión temporal, no se expresa el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la unión, se le dará el tratamiento de un consorcio y en el evento de aplicación de sanciones por parte de la entidad, estas se aplicarán por igual a cada uno de los integrantes.
4. La entidad no acepta ofertas bajo la modalidad de promesa de conformación de consorcios o uniones temporales.
5. En caso de resultar favorecidos con la adjudicación de la contratación, para la suscripción del contrato y dentro del término que establezca la entidad, se debe presentar el RUT del consorcio o unión temporal constituida.
6. En caso de resultar favorecidos con la adjudicación de la contratación, para la suscripción del contrato y dentro del término que establezca la entidad, se debe constituir la sociedad prometida.
7. No podrá haber cesión entre quienes integran el proponente plural, salvo que la entidad lo autorice en los casos que legalmente esté permitido.
8. Las condiciones que establezcan los integrantes con respecto a las actividades, porcentajes, términos y/o extensión de la participación, no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de la entidad.
9. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes en uno de los miembros del proponente plural, éste cederá su participación a un tercero previa autorización escrita de la entidad. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran la figura asociativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley 80 de 1993.
10. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro, tales como las cooperativas, no les está permitido establecer con sociedades o personas mercantiles, combinaciones o acuerdos que hagan participar a estas, directa o indirectamente, de los beneficios o prerrogativas que las leyes otorgan a las cooperativas. Lo anterior, según lo previsto en la Ley 79 de 1988 y la Ley 454 de 1998, en consonancia con el concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria.
5.1.1.3. Garantía de seriedad del ofrecimiento
El proponente deberá anexar a su oferta, una garantía expedida para “ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN” a favor de CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TEVEANDINA
LTDA., con NIT. 830.005.370-4 una garantía que ampare la seriedad de su oferta, en los términos y condiciones estipulados en el presente pliego, expedida por una compañía aseguradora o por una entidad bancaria colombiana, vigiladas por la Superintendencia Financiera. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de esta garantía deberá ser igualmente ampliada de conformidad con lo requerido por la entidad.
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, persona jurídica o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando se trate de proponentes plurales deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes con su respectivo porcentaje de participación, teniendo en cuenta lo señalado.
Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador deber ser la persona natural y no su establecimiento de comercio.
Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:
BENEFICIARIO: | Garantía expedida para “ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN” a favor de CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN |
TEVEANDINA LTDA. con NIT. 830.005.370-4 | |
DIRECCIÓN: | Si la garantía relaciona dirección del beneficiario, esta debe corresponder al Domicilio de la Entidad contratante: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00. |
AFIANZADO: | - El proponente, Persona Xxxxxxxx (Razón Social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla). - En el caso de proponentes plurales debe ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando todos sus integrantes y el porcentaje de participación) y no a nombre de su representante. - El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la autoridad competente. |
VIGENCIA: | TRES (3) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. |
CUANTÍA: | El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del presupuesto oficial. |
AMPARO: | El texto de la garantía deberá indicar textualmente la identificación del proceso junto con su número (Por ejemplo. Concurso Público No. 00X (X=se debe relacionar el número del proceso), año y objeto del proceso. |
FIRMAS: | La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita. |
RECIBO DE PAGO/CAJA EXPEDIDO POR LA COMPAÑÍA ASEGURADORA: | Se deberá aportar junto con la oferta el recibo de pago/caja de la prima correspondiente expedido por la compañía aseguradora. El recibo aportado debe evidenciar que la prima correspondiente se encuentra debidamente pagada cancelada. NOTA: NO se tendrá en cuenta para cumplir con este requisito la constancia de no revocatoria ni cancelación por falta de pago de la prima ya que la misma aplica para Entidad Estatales con Régimen General de Contratación. |
La entidad hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta como indemnización por perjuicios, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de mayores perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la misma.
La Garantía o su clausulado deberá señalar los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres
(3) meses.
2. El retiro la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento.
La suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las ofertas.
5.1.1.4. Certificación de cumplimiento de obligaciones para con el Sistema General de Seguridad Social y Aportes Parafiscales
Para poder ofertar se debe acreditar el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales) y aportes por concepto de contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA-), y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) y/o al Fondo Nacional de Formación Profesional para la Industria de Construcción FIC, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1150 de 2011, Ley 1607 de 2012 y la Ley 1739 de 2014, articulo 65 de la Ley 1819 de 2016 y demás normas concordantes que rijan la materia:
a. Persona jurídica:
El cumplimiento de esta obligación, por parte del oferente, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita por el Representante Legal o Revisor Fiscal de la Empresa, según el caso. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario a la fecha de cierre de la selección.
En el evento en que la sociedad tenga menos de seis (6) meses de constitución, deberá acreditar los pagos mencionados a partir de la fecha de su constitución.
En caso de que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia, en los últimos síes (6) meses.
En el evento en que el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las Leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación.
Ver: FORMATO - CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES — PERSONA JURÍDICA.
b. Consorcios, uniones temporales:
En caso de consorcios, uniones temporales, cada uno de sus miembros debe certificar el pago de los aportes de manera independiente.
La entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas entidades la información que suministran los proponentes, si se advierten discrepancias entre la información suministrada lo establecido por la entidad.
c. Persona natural:
Cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada que evidencie que se encuentre al día en pagos de seguridad social.
NOTA 1: La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo gravedad de juramento, respecto su fidelidad y veracidad.
NOTA 2: Cuando la certificación de pago de aportes allegada se encuentre suscrita por el revisor fiscal del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, deberá allegar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, y la tarjeta profesional del contador público responsable de la suscripción de dicha certificación.
5.1.1.5. Verificación de antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales
La Entidad consultará el Certificado de Antecedentes Disciplinarios, expedido por el Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad –SIRI - Procuraduría General de la Nación, de las personas naturales, personas jurídicas y sus representantes legales y/o de quien en nombre de la persona jurídica presente la oferta.
La Entidad consultará el Certificado de Antecedentes Fiscales, expedido por el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales – Contraloría General de la Nación, de las personas naturales, personas jurídicas y sus representantes legales y/o de quien en nombre de la persona jurídica presente la oferta.
La Entidad consultará el Certificado de Antecedentes Judiciales, en la página web de la Policía Nacional, de las personas naturales, personas jurídicas y sus representantes legales y/o de quien en nombre de la persona jurídica presente la oferta.
NOTA: No aplica para las personas (naturales y jurídicas) de origen extranjero sin sucursal en Colombia.
5.1.1.6. Consulta en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas — RNMC.
En cumplimiento del artículo 183 de la Ley 1801 de 2016, el TEVEANDINA LTDA., consultará en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas – RNMC, el estado del proponente natural o representante legal de la persona jurídica para verificar que no tengan multas pendientes, con morosidad superior a seis (6) meses. Sin embargo, para la suscripción del contrato, el proponente adjudicatario (persona natural o representante legal, según sea el caso) deberá estar al día en el pago de las multas señaladas en la citada Ley y en los términos dispuestos en esta.
NOTA: No aplica para las personas (naturales y jurídicas) de origen extranjero sin sucursal en Colombia.
5.1.1.7. Inhabilidad por Incumplimiento Reiterado
De conformidad con el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011 modificado por el artículo 43 de la ley 1955 de 2019, y el artículo 2.2.1.1.1.5.7. del Decreto 1082 de 2015 para la acreditación de este factor, se tendrá en cuenta las multas impuestas conocidas por la entidad a través de un medio idóneo que hayan sido impuestas en una misma vigencia fiscal, conforme a las siguientes reglas:
ARTÍCULO 43. INHABILIDAD.POR.INCUMPLIMIENTO.REITERADO. Modifíquese el artículo 90
de la Ley 1474 de 2011, el cual quedará así:
Artículo 90. Inhabilidad por incumplimiento reiterado. Quedará inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las siguientesconductas:
a. Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno o varios contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos tres (3) años;
b. Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por lo menos dos (2) contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos tres (3) años;
c. Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma
vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.
La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados apartir de la publicación del acto administrativo que impone la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas. La inhabilidad pertinente se hará explícita en el Registro Único de Proponentes cuando a ello haya lugar.
PARÁGRAFO. La inhabilidad a que se refiere el presente artículo se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado esta inhabilidad, así como a las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.
NOTA 1: En caso de ofertas conjuntas las anteriores reglas aplicarán para todos y cada uno de sus integrantes de manera individual.
NOTA 2: Esta inhabilidad se aplicará en situaciones consolidadas después de entrada en vigencia de la Ley 1474 de 2011. Por lo tanto, si el oferente se encuentra en la situación consagrada en el artículo 90, incurrirá en causal de rechazo de la oferta.
NOTA 3: Por tratarse de un proceso de selección adelantado por una Entidad Estatal con Régimen Especial de Contratación, en donde el Registro Único de Proponentes no puede ser exigido, cada proponente debe, bajo la gravedad de juramento, diligenciar el FORMATO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, cuyo numeral trece
(13) contempla lo relativo a las inhabilidades previstas en las normas legales.
5.2. ASPECTOS FINANCIEROS
5.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA (HABILITANTE)
El estudio financiero de las propuestas no tiene ponderación alguna, se efectúa con el fin de medir la fortaleza financiera del interesado, e indica si la propuesta está HABILITADA o NO HABILITADA.
La entidad realizará la verificación de los requisitos habilitantes financieros de los proponentes individuales y los integrantes de los Proponentes Plurales.
Para que un proponente se considere habilitado, se requiere que cumpla con los indicadores solicitados en el presente numeral.
Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana. Cada uno de los oferentes y de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal (en caso de que la oferta sea presentada en esta modalidad), deberá adjuntar en su propuesta, la información tomada de los estados financieros a diciembre 31, así:
• Estados financieros a 2019, 2020 o 2021, teniendo en cuenta el mejor año fiscal de acuerdo con el decreto 1041 del 21 xx xxxxx de 2022, especificando el activo corriente, activo fijo, pasivo corriente y pasivo a largo plazo (Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integral, Flujo de Caja y Estado de Cambios en el Patrimonio) firmados por la oferente persona natural o por el Representante Legal de la persona jurídica, el contador, y revisor fiscal de la empresa (cuando aplique), y cumpliendo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 222 de 1995.
• Certificación de los Estados Financieros según artículo 37 de la Ley 222 de 1995, firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica y el contador que haya preparado los estados financieros.
• Dictamen de la revisoría fiscal (cuando aplique).
• Revelaciones a los Estados Financieros.
• Indicadores financieros, según FORMATO INDICADORES FINANCIEROS.
• Certificados de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador, y del Revisor Fiscal (cuando aplique), expedidos por la Junta Central de Contadores, con fecha no mayor a noventa (90) días calendario, anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de contratación y fotocopia de la tarjeta profesional.
• Declaración xx xxxxx del año gravable 2020.
Para el caso de las propuestas presentadas por proponentes plurales, cada uno de sus integrantes deberá allegar la misma documentación y requisitos mencionados, según corresponda.
El oferente indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario (RUT); las personas jurídicas o naturales integrantes de un Consorcio o Unión Temporal acreditarán individualmente este requisito, cuando intervengan como responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho impuesto. Lo anterior, conforme al artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 488 de 1998, que adicionó el artículo 437 del mismo Estatuto. En caso de Consorcio o Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deberá aportar el RUT.
En caso de que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, procederá a adquirir un Número de Identificación Tributaria (NIT) y allegará la respectiva certificación.
TEVEANDINA LTDA. Verificará la capacidad financiera y patrimonial de los oferentes que asegure a la Entidad la ejecución sin riesgos económicos del objeto a contratar, para lo cual debe cumplir con los siguientes rangos financieros:
a. CAPITAL TRABAJO: Activo corriente – pasivo corriente.
El capital de trabajo debe corresponder a un cuarenta y cinco por ciento (45%) del presupuesto oficial de la presente contratación para calificar como CUMPLE, de lo contrario será calificado con el término NO CUMPLE y su propuesta será rechazada.
b. ÍNDICE DE LIQUIDEZ: Un índice de liquidez mayor o igual a uno punto dos (1.2) para calificar como CUMPLE, de lo contrario será calificado con el término NO CUMPLE y su propuesta será rechazada, el cual se obtiene de la siguiente manera:
Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente > ó = 1.2
c. ENDEUDAMIENTO: Un grado de compromiso del activo frente a los acreedores igual o inferior al 60% para calificar como CUMPLE, de lo contrario será calificado con el término NO CUMPLE y su propuesta será rechazada. El presente rango se obtiene de la siguiente manera:
Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total /Activo Total) < ó = 60%
d. PATRIMONIO TOTAL: Patrimonio total que corresponda mínimo al cincuenta y cinco por ciento (55%) del presupuesto oficial de la presente contratación. Para calificar como CUMPLE, de lo contrario será calificado con el término NO CUMPLE y su propuesta será rechazada.
NOTA: En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, los anteriores índices se calcularán sumando los correspondientes Activos y Pasivos de sus integrantes, ponderados de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno. Se deberá indicar la participación de cada uno de los integrantes de los Consorcios o Uniones Temporales.
Para aquellos índices que se solicitan en números decimales se usara el método general de redondeo con la cifra decimal como se ve en el siguiente ejemplo:
1,45 =1,5: Si el primer decimal es igual o mayor que 5 se redondea la cifra hacia arriba.
1,44= 1,4: Si el primer decimal es igual o menor que 4 se redondea la cifra hacia abajo.
Para aquellos índices que se solicitan en números enteros se usara el método general de redondeo con la cifra decimal como se ve en el siguiente ejemplo:
59,5% =60%: Si el decimal es igual o mayor que 5 se redondea la cifra hacia arriba. 59,4% =59%: Si el decimal es igual o menor que 4 se redondea la cifra hacia abajo.
En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos consignados en los diferentes anexos, TEVEANDINA LTDA. las solicitará, para lo cual el oferente cuenta con el término perentorio que fije la entidad para proporcionarla en el tiempo establecido para ello, so pena de rechazo de la oferta.
5.2.3. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Los oferentes individuales como los integrantes que conformen los oferentes plurales deberán acreditar una capacidad organizacional con el cumplimiento de los siguientes indicadores, los cuales miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado.
INDICADOR | MARGEN SOLICITADO | REQUERIMIENTO |
RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO | Utilidad Operacional/Patrimonio x 100 > o = al 11% | La rentabilidad sobre el patrimonio, acreditada por el oferente debe ser Mayor o igual a >= 0.11 |
RENTABILIDAD SOBRE EL ACTIVO | Utilidad Operacional/Activo Total x 100 > o = al 4% | La rentabilidad sobre el activo total, acreditada por el oferente debe ser Mayor o igual a >= 0,04 |
5.3. ASPECTOS TÉCNICOS
5.3.1. CAPACIDAD TÉCNICA (HABILITANTE)
5.3.1.1. Relación de Experiencia o Contratos Ejecutados
La Entidad requiere que el proponente acredite la experiencia en mínimo tres (3) y máximo cinco (5)
contratos, donde al menos uno de ellos haya sido en el sector público, a través de certificaciones de contratos
y/o actas de liquidación que hayan sido ejecutados anteriores a la fecha de cierre del proceso y cuyo objeto esté relacionado con: Servicios de central de medios o implementación de estrategias de divulgación y promoción en medios de comunicación y cuya sumatoria, sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial asignado por la Entidad. En caso contrario la propuesta se evaluará como NO HABILITADA.
En caso de que el proponente relacione en el FORMATO - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE más de los cinco (5) contratos requeridos, la Entidad tendrá en cuenta los de mayor valor, que cumplan los parámetros establecidos en este documento.
El valor de los contratos con los que se acredita la experiencia general se actualizará a pesos del año 2022. Dicha actualización se hará utilizando el SMLMV así:
• Se tomará el valor del contrato al momento de la terminación y se divide por el valor del SMMLV del año correspondiente a la misma terminación.
• El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del SMMLV del año 2022.
Para el caso de los proponentes plurales, consorcio o unión temporal, lo anterior deberá acreditarse mediante certificaciones y/o actas de liquidación aportadas por uno o más de sus integrantes. Al igual que los proponentes singulares, los proponentes plurales tendrán el mismo límite de mínimo tres (3) y máximo cinco (5) certificaciones según las condiciones indicadas. En el caso en que uno solo de los integrantes del proponente plural, consorcio o unión temporal, acredite la totalidad de la experiencia, este integrante deberá contar con el mayor porcentaje de participación.
La experiencia adquirida en la ejecución de un contrato en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal.
Cuando el objeto del contrato que se pretende hacer valer como experiencia incluya bienes o servicios diferentes a los requeridos por la Entidad, deberá establecerse en la respectiva certificación o acta de liquidación, el valor de cada uno de los bienes o servicios suministrados, para que la entidad realice la respectiva verificación de experiencia, con los elementos que guarden relación con los requisitos de la presente contratación.
TEVEANDINA LTDA. se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente y de solicitar las aclaraciones que considere convenientes
Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia. No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista.
5.3.1.2. Necesidad de Certificaciones de Experiencia/Acta de Liquidación y sus Características
Por las características del objeto a contratar se requiere verificar la experiencia en los términos descritos en el numeral anterior Relación de Experiencia o Contrato Ejecutado, para lo cual se exige aportar las certificaciones de los contratos que se pretende hacer valer, las cuales deberán contener como mínimo la siguiente información:
1. Identificación de cada uno de los contratos.
2. Nombre o razón social del contratante.
3. Nombre o razón social del contratista.
4. Objeto del contrato.
5. Fecha de inicio (Indicar día, mes y año)
6. Fecha de terminación (Indicar día, mes y año).
7. Valor del contrato en pesos y/o en SMMLV
8. La certificación debe venir debidamente suscrita por la persona facultada para expedir dicho documento.
9. Si la certificación incluye varios contratos, se deberán indicar los requisitos aquí exigidos para cada uno de ellos y se ponderará por contrato suscrito relacionado.
10. Si la certificación incluye el contrato principal con sus adiciones, se entenderá como un solo contrato certificado.
11. Porcentaje del valor que ejecutó como miembro de un Consorcio, Unión Temporal, Sociedad de Objeto Único, Empresa Unipersonal o Sociedades en general (Si es el caso).
12. Si se llegaren a presentar certificaciones de origen extranjero estas deberán cumplir con alguno de los siguientes aspectos: a) Consularización y apostillaje conforme con los presentes pliegos de condiciones; y b) Notariado en el país de origen
6.1.1. Necesidad de Actas de Liquidación y sus Características
1. Identificación del contrato.
2. Nombre o razón social del contratante.
3. Nombre o razón social del contratista.
4. Objeto del contrato.
5. Fecha de inicio (Indicar día, mes y año)
6. Fecha de terminación (Indicar día, mes y año).
7. Valor del contrato en pesos y/o en SMMLV
8. El Acta debe venir debidamente suscrita por la persona facultada para expedir dicho documento.
9. Porcentaje del valor que ejecutó como miembro de un Consorcio, Unión Temporal, Sociedad de Objeto Único, Empresa Unipersonal o Sociedades en general (Si es el caso).
Notas:
No se aceptarán auto certificaciones.
No se tendrán en cuenta las certificaciones de contratos en ejecución.
No se aceptan certificaciones con enmendaduras o que presenten inconsistencias.
La entidad no acepta que cada renovación automática de un contrato se cuente como un nuevo contrato, en razón que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo no significa que se celebre un nuevo negocio contractual. De esta forma su cumplimiento se verifica desde el inicio hasta la culminación de este, entendiendo que ha finalizado cuando ha terminado su última renovación.
En los contratos certificados que fueron ejecutados como miembro de consorcio, en unión temporal, sociedad de objeto único, empresa unipersonal o sociedades en general, deberá indicarse el porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado en este numeral.
Cuando exista diferencia entre la información relacionada en el formato y la consagrada en los soportes presentados, o el formato no incluya información de la cual se aportó el soporte, prevalecerá la información contenida en los soportes allegados
Cuando se presenten certificaciones con prestación del servicio simultáneo, en la misma u otras entidades o empresas y de igual manera cuando se acredite la experiencia por contratos realizados en un mismo periodo de tiempo, la entidad tendrá en cuenta para efectos de la evaluación, todo el tiempo certificado, sin importar que se superpongan los periodos de tiempo.
LAS COPIAS DE CONTRATOS, RELACIÓN DE CONTRATOS, REFERENCIAS COMERCIALES, ENTRE OTROS, SÓLO SE ACEPTARÁN COMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS DE LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA Y CUMPLIMIENTO PRESENTADAS Y NO COMO DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA EN LAS MISMAS.
En caso de que una certificación incluya varios contratos, se contabilizará cada contrato certificado de manera individual.
En caso de que la experiencia requerida se encuentre englobada en un contrato general con un objeto diferente, la certificación deberá discriminar los montos específicos de cada experiencia acreditada.
En el evento en que el proponente no cuente con una certificación con toda la información antes descrita, podrá adjuntar la siguiente documentación:
❖ La fecha de iniciación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con la copia del acta de iniciación, de la orden de iniciación o con el documento previsto en el contrato.
❖ La fecha de terminación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con copia del acta de terminación, acta de liquidación o con el documento previsto en el contrato.
❖ Las fechas de suspensión o reanudación, se podrán acreditar con copia de las actas respectivas.
Nota: No se aceptarán los documentos de soporte sin la certificación y/o acta de liquidación correspondiente.
Cada certificación por presentar como experiencia del oferente debe ser expedida por la entidad o empresa contratante, salvo en aquellos contratos en que la entidad contratante sea TEVEANDINA LTDA., en cuyo caso solamente se relacionará la información solicitada.
5.3.1.3. Experiencia para los Proponentes sin Domicilio ni Sucursal en Colombia
El valor de la sumatoria de los contratos presentados para acreditar la experiencia de los proponentes extranjeros sin sucursal y domicilio en Colombia debe ser igual o superior al CIEN POR CIENTO (100%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL DEL PRESENTE PROCESO, en caso contrario la propuesta se evaluará como NO HABILITADA.
La conversión a valor presente para toda la información presentada se debe hacer con el valor xxx xxxxxxx mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en la fecha de terminación del contrato respectivo.
Utilizando la siguiente fórmula:
Dónde:
VP = Valor presente de los Contratos Celebrados
Vo = Valor total de los contratos a la fecha de terminación
SMLFT = Salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de terminación de los contratos SMLFC = Salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de cierre del presente proceso.
La información deberá ser presentada en moneda legal colombiana, en este orden, cuando el valor de los contratos esté expresado en monedas extranjeras, éste deberá convertirse en Pesos Colombianos, siguiendo el procedimiento que a continuación se describe:
• Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América; los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor correspondiente a la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente en la fecha de apertura del presente proceso, certificadas por la superintendencia financiera.
Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a esta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente a la tasa de cambio vigente en la fecha de apertura del presente proceso. Hecho esto se procederá en la forma que señala el inciso anterior.
5.4. PERSONAL MINIMO REQUERIDO
Como segundo habilitante técnico del presente proceso se requiere que el PROPONENTE manifieste por medio del FORMATO 2 - PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO que cuenta con el personal mínimo solicitado por la Entidad para la ejecución del contrato.
Ahora bien, el proponente que resulte ADJUDICATARIO DEL PROCESO posterior a la firma del contrato deberá presentar a la supervisión designada los documentos relacionados en el Documentos para acreditar la experiencia laboral y formación académica, en forma previa al inicio de ejecución del contrato, para que la supervisión valide el cumplimiento de las calidades del equipo de trabajo mínimo requerido.
Coordinador de Medios, ATL y digital:
FORMACIÓN | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECIFICA |
Profesional en comunicación social, mercadeo y publicidad, | Mínimo cinco (5) años de experiencia contados a partir de la terminación y aprobación del | Cinco (5) años como director de cuentas y/o de medios en cargos que |
administración de empresas x xxxxxxxx afines. | pensum académico de educación superior, en el área de comunicaciones, publicidad, servicio al cliente/usuario, planeación estratégica y medios. | manejen medios de comunicación masivos o en centrales de medios. |
Xxxxxx Xxxxxxxx Manager ATL Y DIGITAL:
FORMACIÓN | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECIFICA |
Profesional en Comunicación Social, Mercadeo y Publicidad, Administración de Empresas x xxxxxxxx afines. | Mínimo (3) años de experiencia contados a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, en áreas de publicidad, mercadeo, comunicaciones o medios. | Dos (2) años en compra e implementación de campañas de publicidad y medios en Tv, radio y plataformas digitales de subasta (Google – Facebook – compra programática), entre otras. |
Nota 1: Ninguna de las personas que se presenten como parte del equipo de trabajo podrá desarrollar de manera simultánea dos o más roles.
Nota 2: Para aquellos casos en lo que aplique la tarjeta profesional, esta deberá ser aportada y la experiencia se contará a partir de la fecha de expedición de esta.
Nota 3: La ENTIDAD se reserva el derecho de solicitar cualquier aclaración que considere necesaria, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de formación y experiencia solicitados para cada uno de los perfiles.
5.4.1. Documentos para acreditar la experiencia laboral y formación académica del personal mínimo requerido al adjudicatario3:
Para acreditar la formación académica y la experiencia del equipo mínimo de trabajo, deberán anexarse las certificaciones y documentos, que cumplan las siguientes condiciones:
3 La documentación para acreditar este ítem, solo deberá ser entrega en la etapa de la ejecución contractual (Aquel Adjudicatario que llegue a suscribir el Contrato derivado del proceso publico que nos ocupa)
Para acreditar la formación académica:
• Hoja de vida.
• Copia de la cédula de ciudadanía
• Copia del acta de grado y/o diploma de grado profesional, técnico o tecnólogo.
• Copia del acta de grado o diploma de posgrado, según corresponda.
• Copia de la tarjeta o matrícula profesional vigente y antecedentes. (En caso de que la ley exija este requisito para ejercer la profesión).
• Copia del documento de convalidación de los títulos obtenidos en el exterior, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, según corresponda.
Para acreditar la experiencia, las certificaciones deberán ser expedidas por la empresa a quien se prestó el servicio y estas deben contener como mínimo la siguiente información:
a) Nombre o razón social del empleador o contratante
b) Nombre o razón social del empleado o contratista
c) Objeto del Contrato y/o funciones u obligaciones desempeñadas
d) Fecha de iniciación y de terminación del contrato o plazo del contrato (día/ mes / año)
e) Firma e identificación (nombre) de la persona que suscribe la certificación, quien debe estar debidamente facultada para expedir la certificación.
Para demostrar el cumplimiento de este requisito, además de la certificación, el proponente podrá adjuntar el contrato o acta de liquidación o documento que permita verificar las funciones y/o obligaciones desempeñadas, en caso de que los datos solicitados anteriormente no se encuentren completos en la certificación de experiencia, lo que permitirá que se extracte la información requerida en el presente literal.
Nota 1: Para efecto de contabilizar los años de experiencia general, NO se aceptan traslapos.
Nota 2: El personal que se vincule para la ejecución del contrato dependerá administrativamente del contratista y no tendrá vínculo laboral con la TEVEANDINA LTDA. La entidad se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier integrante del personal mínimo, en los siguientes eventos:
• Por autorización o solicitud de TEVEANDINA LTDA. por intermedio del supervisor del contrato designado por ésta, cuando advierta que el desarrollo de sus actividades no es satisfactorio, o sus actuaciones atentan contra la buena relación con el contratante, o cause algún impacto negativo a la Entidad.
• Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.
• En el evento de enfermedad o vacaciones será remplazado y sólo por el tiempo necesario.
En caso de requerirse remplazo del recurso humano, se deberá contar con la aprobación por escrito del supervisor del contrato asignado por parte de TEVEANDINA LTDA.
Los integrantes del equipo de trabajo podrán ser modificado a solicitud del contratista, siempre que cumpla con el mismo perfil exigido y ofrecido en su propuesta, previa aprobación del supervisor del contrato, y en los casos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados.
6. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA OFERTA MAS FAVORABLE
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos habilitantes de aspectos jurídicos, financieros,
técnicos conforme a lo señalado en el capítulo anterior, éstos determinarán si las propuestas presentadas cumplen con los requisitos mínimos de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1882 de 2017, el Manual de Contratación de la Entidad y lo señalado en el presente documento
Las Propuestas que sean evaluadas como hábiles para participar en el proceso serán calificadas de conformidad con lo previsto en las reglas de participación, de acuerdo con los siguientes criterios:
1. La ponderación se efectuará sobre los elementos de calidad y precio, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos.
2. La ponderación se hará únicamente a las propuestas HABILITADAS en los aspectos de capacidad jurídica, condiciones de experiencia, y capacidad financiera y organizacional.
3. Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación máxima total de 1000 puntos, así:
CRITERIO | DISTRIBUCIÓN | MÁXIMO |
7.1 Ponderación Económica | ||
7.1.1 Porcentaje de descuento por servicios de divulgación. | 200 | 700 |
7.1.2 Descuentos en medios | 500 | |
7.1.3 Bonificado y free press | 200 | 200 |
7.2 Estímulo a la industria nacional colombiana | ||
7.2.1. Servicio Nacional | 100 | 100 |
7.2.2. Servicio Extranjero con componente nacional | 50 | |
Total | 1000 |
6.1. EVALUACIÓN FACTOR ECONÓMICO (900 puntos)
6.1.1. Porcentaje de descuento por servicios de divulgación. (200 puntos)
Se otorgarán máximo 200 puntos al proponente que conceda el mayor porcentaje de descuento a TEVEANDINA LTDA., sobre el valor que el proponente facture por los servicios de divulgación. Para otorgar los demás puntos a los proponentes, se utilizará de manera proporcional la regla de tres (3) para lo cual se aplicará la siguiente formula:
Nota1: Siendo A el mayor porcentaje, B el puntaje máximo y C demás porcentajes.
Nota 2: El porcentaje de descuento NO podrá ser inferior al seis por ciento (6%)4.
Nota 3: La base para aplicar el porcentaje de descuento será el valor facturado por cada uno de los medios. Nota 4: El porcentaje de descuento otorgado debe discriminarse en la factura emitida por la Agencia a TEVEANDINA LTDA.
Nota 5: El Contratista no aplicará este descuento a la pauta solicitada en las pantallas TEVEANDINA LTDA. Nota 6: El valor proyectado para pauta en las pantallas de Canal Trece oscila entre 600 y 800 millones de pesos del presupuesto total del contrato.
Nota 7: Tevenadina Ltda. no reconocerá descuentos por volumen ni incentivos comerciales, para pauta ordenada en las pantallas de la Entidad.
6.1.2. Descuentos en medios (500 puntos)
Se otorgarán máximo 500 puntos al proponente que conceda el mayor porcentaje de descuento adicional al mínimo requerido por la entidad para cada uno de los medios de acuerdo al cuadro con la siguiente tabla:
4 El porcentaje (%) de descuento base obedece a la promediación arrojada por los históricos de contratación de la Entidad y el estudio xx xxxxxxx.
MEDIO | DESCUENTO BASE5 | PUNTAJE MÁXIMO A OTORGAR |
TELEVISIÓN NACIONAL | 25% | 100 |
TELEVISIÓN REGIONAL | 38% | 100 |
RADIO NACIONAL | 47% | 100 |
RADIO REGIONAL | 63% | 100 |
RADIO COMUNITARIAS – REGIONALES INDEPENDIENTES | 63% | 60 |
PRENSA NACIONAL | 45% | 20 |
PRENSA REGIONAL | 33% | 20 |
Nota: Estos descuentos aplicaran sobre las tarifas publicadas por los diferentes medios.
A los demás proponentes de los otorgará puntaje de manera proporcional a través de regla de tres (3) para lo cual se aplicará la siguiente formula:
Nota1: Siendo A el mayor porcentaje, B el puntaje máximo y C demás porcentajes.
6.1.3. Bonificado y free press (200 puntos)
Se otorgarán máximo 200 puntos al proponente que conceda el mayor porcentaje de bonificado y free press partiendo de la base señalada a continuación:
CENTRAL DE MEDIOS | Bonificado y free press: 166% |
5 Los valores de descuento base obedecen a la promediación arrojada por el análisis de consumo y precios históricos de las últimas tres vigencias realizado por la Entidad.
6 El porcentaje (%) de bonificación y free press base obedecen a la promediación arrojada por los históricos de contratación de la Entidad.
Nota: El porcentaje de bonificados y free press NO aplica sobre el presupuesto que sea ordenado en pauta en las pantallas de Canal Trece ni servicios especiales.
A los demás proponentes se les otorgara el puntaje de manera proporcional a través de regla de tres (3):
Nota1: Siendo A el mayor porcentaje, B el puntaje máximo y C demás porcentajes.
6.1.4. APOYO INDUSTRIA NACIONAL – MÁXIMO 100 PUNTOS
Se entiende que un servicio es nacional si es prestado por una persona jurídica constituida en el país; lo cual será verificado con el certificado de existencia y representación legal, si el domicilio de la persona jurídica está dentro del territorio nacional.
Se entiende como servicio extranjero con componente nacional la vinculación de personas naturales o jurídicas que presten servicios profesionales, técnicos u operativos, para realizar esta verificación, la empresa deberá ser extranjera y el personal que preste el servicio en Colombia, deberá ser nacional.
Para obtener alguno de los puntajes dispuestos en la Ley 816 de 2003, el proponente deberá diligenciar y allegar junto con la propuesta el FORMATO - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL, debidamente suscrito por el respectivo representante legal, para obtener el puntaje previsto para el presente criterio de calificación.
El proponente que omita la presentación del FORMATO - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL o que no acredite ni presente con la propuesta los documentos requeridos para que se le de tratamiento de servicios nacionales no obtendrá puntaje por este criterio.
De acuerdo con lo declarado y acreditado por el oferente, se otorgarán los siguientes puntajes:
APOYO A INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJE MÁXIMO |
SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL – ACUERDOS COMERCIALES Y TRATADOS INTERNACIONALES | 100 |
SERVICIOS DE ORIGEN EXTRANJERO CON COMPONENTE NACIONAL | 50 |
SERVICIOS EXTRANJEROS | 0 |
Son bienes nacionales los bienes inscritos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales –RPBN–. Son servicios nacionales aquellos prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana.
Para el RPBN son bienes nacionales: (i) aquellos totalmente obtenidos en el territorio colombiano; (ii) los bienes elaborados en el país con materiales nacionales; y, (iii) bienes que hayan sufrido una transformación sustancial en función de un porcentaje mínimo de Valor Agregado Nacional o un proceso productivo sustancial.
El RPBN es administrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Puede ser solicitado y consultado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior; y, utiliza la clasificación arancelaria de los bienes.
En consecuencia, los puntos para la promoción de los bienes nacionales sólo deben concederse al proponente si éste cuenta con el respectivo RPBN para los bienes que ofrece, para lo cual debe allegar con su oferta el FORMATO - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL debidamente diligenciado junto con el RPBN correspondiente.
La entidad dará trato nacional a: (i) los bienes de otros Estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación; (ii) a los bienes respecto de los cuales exista trato nacional por reciprocidad. Las certificaciones de trato nacional por reciprocidad están disponibles en la página web de Colombia Compra Eficiente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxx-xxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxxx).
7. FACTORES DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate entre los proponentes ubicados en primer orden de elegibilidad y de conformidad con el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 se utilizarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar al oferente favorecido, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por Colombia en los acuerdos comerciales vigor:
1. Seleccionar la propuesta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Acreditación:
El requisito se acreditará para el caso de (i) bienes con el registro de producto nacional según verificación realizada en el VUCE - Ventanilla Única de Comercio Exterior o para el caso de (ii) servicios en el Certificado de Existencia y representación Legal de conformidad con la definición
del artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015.
2. De persistir el empate se seleccionará la propuesta de la mujer cabeza de familia, mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por mujeres cabeza de familia, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o personas jurídicas en las cuales participe mayoritariamente.
Acreditación:
El proponente deberá acreditar dicha condición mediante, según corresponda:
2.1. Con relación a la calidad de madre cabeza de familia, el proponente deberá aportar una declaración ante notario, que se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento, suscrita por la persona natural en la que se evidencie las condiciones establecidas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-084 de 2018 Magistrada Ponente Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
2.2. Con relación a las mujeres victimas de violencia intrafamiliar deberá aportar medida de protección expedida por el Comisario de Familia, o el Juez (en caso de que en el lugar no exista comisario), o la autoridad indígena – en los casos de violencia intrafamiliar en las comunidades de esta naturaleza –, junto con la copia de los documentos de identidad de la mujer que acredite alguna de las condiciones referidas. Certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligada a tenerlo, en la que conste que más del 50% de la participación accionaria o cuota parte son de titularidad de la mujer que se encuentre en alguna de las condiciones antes indicadas.
Finalmente, en el caso de los Proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes, si se trata de persona natural, acredite que más del 50% son mujeres sobre las cuales recaiga alguna de las condiciones arriba señaladas; si se trata de integrante persona jurídica este debe acreditar que se encuentra constituida mayoritariamente por mujeres sobre las cuales recaiga alguna de las condiciones ya mencionadas.
Debido a que, para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, se requiere autorización por parte del titular del dato. El proponente deberá anexar autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate
3. De persistir el empate se seleccionará la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un proponente plural, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Acreditación:
El proponente deberá acreditar que en su nómina se encuentra al menos el diez por ciento (10%) de trabajadores en situación de discapacidad de la siguiente manera:
Anexar el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección
Si la propuesta es presentada por un consorcio o unión temporal, el integrante del proponente plural deberá acreditar que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, y tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio o unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada. Para efectos de verificar la participación, la entidad deberá revisar el documento de constitución de la unión temporal o consorcio con el fin de verificar el porcentaje de participación de sus integrantes. De igual forma la entidad para determinar la experiencia acreditada se tomará como base toda la experiencia aportada por el proponente (montos y tiempo) que cumpla con los requisitos establecidos en el ítem de experiencia habilitante de los términos de referencia. Las certificaciones que no cumplan con la exigencia no se tienen en cuenta para el cálculo de la experiencia aportada. La experiencia acreditada es diferente de la fijada por la entidad como habilitante.
En este caso el proponente, en los términos del parágrafo 2 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, deberá adicionalmente acreditar mediante certificación suscrita por el representante legal y/o revisor fiscal que el personal referido ha sido contratado por lo menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre del proceso de selección o desde el momento de la constitución de la persona jurídica y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al término de ejecución del contrato que se derive del proceso de selección.
4. De persistir el empate se seleccionará la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación
en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley.
Acreditación:
El Proponente a través del representante legal y/o revisor fiscal deberá certificar bajo la gravedad de juramento el número de personas mayores que hayan cumplido el requisito de edad de pensión y que no sean beneficiarios de la pensión de vejez que se encuentren vinculadas por contrato laboral o contrato de prestación de servicios para lo cual deberán presentar el contrato correspondiente junto con la planilla de pago anterior al mes de cierre del proceso de selección. Solo se tendrá en cuenta la acreditación de aquellas personas mayores que hayan cumplido el requisito de edad de pensión, y que hayan estado vinculadas con una anterioridad igual o mayor a un año de la fecha de cierre del proceso de selección. Para los casos de constitución inferior a un año se tendrá en cuenta a aquellos que hayan estado vinculados desde el momento de la constitución de la persona jurídica.
En el caso de los proponentes plurales, el representante del mismo deberá certificar el número de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley, vinculadas por cada uno de sus integrantes, o por la unión temporal o consorcio; junto con los documentos de identificación de cada una de las personas vinculadas.
La mayor proporción se definirá en relación con el número total de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez vinculadas por contrato laboral o contrato de prestación de servicios, por lo que se preferirá al Proponente que acredite un porcentaje mayor.
Nota: El certificado debe contemplar el número de personal total de la empresa, el número de personas que acredite el que requisito contemplado en este numeral junto con el nombre y número de cedula de estas personas, adicionalmente el proponente deberá expresar lo valores antes indicados en porcentajes. Adicionalmente, el adjudicatario deberá mantener el vínculo de las personas relacionar para acreditar este numeral durante el termino de ejecución del contrato, lo cual, será verificada por la supervisión designada.
5. De persistir el empate se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones establecidas en la ley, que por lo menos diez por ciento (10%) de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas.
Acreditación:
El Proponente deberá anexar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la comunidad indígena, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, Rrom o gitanas.
Adicionalmente, se deberá adjuntar el certificado expedido por el representante legal y/o el revisor fiscal de la persona jurídica según corresponda, o el proponente persona natural acredite que al menos el 10%
de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas. Y la copia de los documentos de identidad de población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas con la cual se pretende acreditar esta condición.
En el caso de los proponentes plurales, el representante legal del mismo certificará que por lo menos diez por ciento (10%) del total de la nómina de sus integrantes pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas. Este porcentaje se definirá de acuerdo con la sumatoria de la nómina de cada uno de los integrantes del Proponente plural. En todo caso, deberá aportar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la comunidad indígena, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, Rrom o gitanas en los términos del Decreto 2893 de 2011, o la norma que lo modifique, sustituya o complemente. Nota: En la certificación debe constar que el personal referido ha sido contratado por lo menos con un
(1) año de anterioridad a la fecha de cierre del proceso de selección o desde el momento de la constitución de la persona jurídica y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al término de ejecución del contrato que se derive del proceso de selección.
6. De persistir el empate se seleccionará la propuesta presentada por personas en proceso de reintegración o reincorporación o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por personas en proceso de reincorporación, y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
Acreditación:
El Proponente deberá acreditar la situación de reintegro o reincorporación con copia de alguno de los siguientes documentos:
i) La certificación en las desmovilizaciones colectivas que expide la Oficina de Alto Comisionado para la Paz,
ii) El certificado que expida el Comité Operativo para la Dejación de las Armas respecto de las personas desmovilizadas en forma individual. Además, se entregará el documento de identificación de la persona en proceso de reintegración o reincorporación.
iii) El certificado emitido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización - ARN.
En el caso de las personas jurídicas, el representante legal y/o revisor fiscal certificará bajo la gravedad de juramento que más del 50% de la composición accionaria o cuotas partes de la persona jurídica está constituida por personas en proceso de reintegración o reincorporación. Además, deberá aportar alguno de los certificados del inciso anterior, junto con los documentos de identificación de cada una de las personas que están en proceso de reincorporación o reintegración.
Debido a que, para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, se requiere autorización por parte
del titular del dato. El proponente deberá anexar autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
Tratándose de proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en los incisos anteriores de este numeral.
7. De persistir el empate se seleccionará la propuesta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en proceso de reincorporación o reintegración, o una persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente, y, que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el proponente plural; (b) la madre cabeza de familia, la persona en proceso de reincorporación o reintegración, o la persona jurídica aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la madre cabeza de familia o persona en proceso de reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
Acreditación:
El proponente plural deberá acreditar la condición de madre cabeza de familia y/o persona en proceso o situación de reintegración o reincorporación o que ostenten esta condición para lo cual deberá tener en cuenta la totalidad de las siguientes condiciones:
En todos los casos, la mujer cabeza de familia, o, la persona reincorporada o reinsertada, no podrá ejercer u ostentar la calidad de accionista, socio, empleado o representante legal en más de uno de los integrantes de la figura asociativa oferente.
Con relación a la calidad de madre cabeza de familia, el proponente deberá aportar una declaración ante notario, que se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento, suscrita por la persona natural en la que se evidencie las condiciones establecidas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-084 de 2018 Magistrada Ponente Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
Para acreditar el requisito con relación a persona en proceso de reincorporación o reintegración remitirse al literal anterior.
Una vez lo anterior, el Proponente podrá optar por las siguientes alternativas según corresponda:
7.1. O, adjuntar certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligado a tenerlo, en la que conste que al menos el 25% de participación accionaria en la respectiva sociedad son de titularidad de género femenino y/o persona en proceso de reincorporación o reintegración o que ostente tal calidad.
7.2. O, mediante documento de conformación de la figura asociativa, con fundamento en el cual, según el porcentaje de participación del integrante, se evidencie que la experiencia aportada por la madre cabeza de familia o la persona en proceso de reincorporación o reintegración o calidad de tal, sea no inferior al 25% del total acreditado en la oferta.
8. De persistir el empate se preferirá la oferta presentada por una Mipyme o cooperativas o asociaciones mutuales; o un proponente plural constituido por Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales.
Acreditación:
Para la acreditación de la condición de Mipyme nacional, el proponente deberá aportar una certificación, que se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento, suscrita por el Revisor Fiscal, o un Contador Público, y el Representante Legal de la empresa y el RUP. (En concordancia con el artículo 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015).
9. De persistir el empate se seleccionará la propuesta presentada por el proponente plural constituido por micro y/o pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.
Acreditación:
El Proponente deberá acreditar en la forma indicada a continuación, según corresponda:
9.1 Mipymes, Cooperativas, Asociación mutual: El proponente deberá acreditarlo mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal.
9.2 Tratándose de proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de estas condiciones Mipymes, Cooperativas, Asociación mutual.
10. De persistir el empate se preferirá al oferente que acredite de acuerdo con sus estados financieros o información contable con corte a 31 de diciembre del año anterior, por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del total de pagos realizados a MIPYES, cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente, realizados durante el año anterior; o, la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una MIPYME, cooperativa o asociación mutual que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la MIPYME, cooperativa o asociación mutual aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la MIPYME, cooperativa o asociación mutual ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
Acreditación:
El proponente deberá acreditar los pagos con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior realizados a MIPYMES para lo cual, el Proponente deberá tener en cuenta la totalidad de las siguientes condiciones:
En todos los casos, la MIPYME, cooperativa o asociación mutual, sus accionistas, socios o representantes legales, no podrán ejercer u ostentar la calidad de accionista, socio, empleado o representante legal en más de uno de los integrantes de la figura asociativa oferente. Para acreditar la calidad de MIPYME, Cooperativa o Asociación Mutual:
Si se trata de Mipymes: El Proponente deberá acreditarlo mediante: el Certificado de Existencia y Representación Legal, y o Si se trata de Cooperativas o Asociaciones se acreditará mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.
Una vez lo anterior, el Proponente podrá optar por las siguientes alternativas en orden de precedencia para lograr el desempate:
10.1. O, adjuntar certificación del representante legal y/o revisor fiscal en los casos en que la sociedad esté obligado a tenerlo, en la que conste, con corte a 31 de diciembre del año anterior, los pagos en al menos un 25% en favor de Cooperativas, Mipymes o Asociaciones Mutuales por concepto de ejecución de contratos celebrados en el marco del orden legal. Para el efecto anterior, el oferente deberá allegar sus estados financieros o información contable con fundamento en la cual se evidencia la información requerida. Adicionalmente, deberá aportar el documento que acredite que el receptor del pago es en efecto una cooperativa, Mipymes o Asociaciones Mutuales. Este requisito podrá ser sustituido por la consulta que hagan las entidades en las correspondientes bases de datos, de lo cual, deberán dejar constancia.
10.2. O, mediante documento de conformación de la figura asociativa y sus modificaciones, con fundamento en el cual, según el porcentaje de participación del integrante, se evidencie el que la experiencia aportada por la Cooperativas, Mipymes o Asociaciones Mutuales, sea no inferior al 25% del total acreditado en la oferta. Para acreditar la condición de Xxxxxx, deberá aportarse la certificación exigida en el literal anterior.
11. Si el empate continúa, se seleccionará la empresa reconocida y establecida como Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo o Sociedad BIC, del segmento MIPYMES, debidamente inscrita en la Cámara de Comercio según lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1901 de 2018.
Acreditación:
El Proponente del segmento Mipymes deberá acreditar mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad, en el cual conste que reúne los requisitos del artículo 2 de la Ley 1901 de 2018, conforme el cual: "Tendrán la denominación de sociedades BIC todas aquellas compañías que sean constituidas de conformidad con la legislación vigente, las cuales además del beneficio e interés de sus accionistas, actuarán en procura del interés de la colectividad y del medio ambiente".
12. En caso de continuar el empate, se seleccionará la primera propuesta a través de un método aleatorio, caso en el cual se seguirá el siguiente procedimiento (ver ejemplos):
a) La Entidad ordenará a los proponentes empatados en orden alfabético según el nombre del proponente de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal en el título “Razón Social”, para el caso de la unión temporal o consorcio se tendrá en cuenta el nombre registrado en el documento de constitución de la unión temporal o consorcio. Una vez ordenados, la Entidad le asigna un número entero a cada uno de estos de forma ascendente, de tal manera que al
primero de la lista le corresponde el número 1.
b) Seguidamente, la Entidad debe tomar la parte entera (números a la izquierda de la coma decimal) de la TRM del día del cierre del proceso de selección. La Entidad debe dividir esta parte entera entre el número total de proponentes en empate, para posteriormente tomar su residuo y utilizarlo en la selección final.
c) Realizados estos cálculos, la Entidad seleccionará a aquel proponente que presente coincidencia entre el número asignado y el residuo encontrado. En caso de que el residuo sea cero (0), la Entidad seleccionará al proponente con el mayor número asignado.
d) La Entidad publicará el resultado del ejercicio antes indicado.
Ejemplo 1:
Proponentes empatados: 10
TRM: 3560,70
Tomar la parte entera de la TRM= 3560
Dividir 3650/10= 365 (en este caso no hay residuo ya que la división es exacta) Aplicar el literal "c" del método aleatorio
Ejemplo 2:
Proponentes empatados: 6
TRM: 3560,70
Tomar la parte entera de la TRM= 3560 Dividir 3560/6 = 593,33
Determinar el residuo: 3560-(593*6) = 2
El numero 2 será utilizado para seleccionar al proponente
Para los fines del caso, para el cálculo del residuo, también se recomienda utilizar la función de
“=RESIDUO()” de Microsoft Excel para determinarlo.
De conformidad con el parágrafo primero del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, los factores de desempate serán aplicables en el caso de las cooperativas y asociaciones mutuales que cumplan con los criterios de clasificación empresarial, definidos por el Decreto 957 de 2019, priorizando aquellas que sean micro, pequeñas o medianas.
De conformidad con el parágrafo segundo del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, para los criterios enunciados que involucren la vinculación de capital humano, el oferente deberá acreditar una antigüedad igual o mayor a un año. Para los casos de constitución inferior a un año se tendrá en cuenta a aquellos trabajadores que hayan estado vinculados desde el momento de constitución de la misma.
8. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, no podrá rechazarse una oferta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la Entidad en las reglas de participación.
Todos aquellos requisitos de la oferta que afecten la asignación de puntaje, incluyendo los necesarios para acreditar requisitos de desempate, no son subsanables, por lo que los mismos deben ser aportados por los proponentes desde la presentación de la oferta. No obstante, pueden ser aclarados o ser objeto de explicación.
Tales requisitos o documentos serán requeridos por la entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes y deberán ser entregados por éstos, durante el término de traslado del informe de evaluación preliminar, sin embargo, la presentación de dicha documentación podrá realizarse hasta antes de la adjudicación.
En ejercicio de esta facultad, el proponente no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
9. CAUSALES DE RECHAZO
Sólo serán causales de rechazo las previstas en el estudio previo x xxxxxx de condiciones y las expresamente señaladas en la ley. Por lo tanto, la entidad rechazará las ofertas, sin perjuicio del derecho a subsanar, cuando:
1. La falta de capacidad jurídica para presentar la oferta. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
2. La presentación de varias ofertas por el mismo proponente, por sí o por interpuesta persona (en consorcio, unión temporal o individualmente).
3. Encontrarse el proponente incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para contratar de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables.
4. Cuando en la oferta se encuentre información no veraz o documentos que contengan datos alterados o que contengan errores, cuando quiera que ellos impidan la selección objetiva.
5. Cuando el proponente no cumple con alguno de los requisitos habilitantes exigidos para participar en el presente pliego de condiciones.
6. Encontrarse incurso en alguna causa de disolución o liquidación.
7. Cuando la vigencia de la oferta comprenda un plazo inferior al exigido.
8. Cuando el proponente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que participe en el proceso de selección, como en el caso de sociedades con socios comunes.
9. Cuando el representante legal o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en el presente proceso de selección.
10. Cuando el proponente no subsane o no subsane correctamente y dentro del término, la información o documentación solicitada por la Entidad, respecto de un requisito o documento cuya omisión o deficiencias generen, de acuerdo con la ley, el rechazo de la oferta.
11. Las ofertas que presenten situaciones, circunstancias, características o elementos que impidan su comparación objetiva con las demás ofertas.
12. Cuando el valor de la oferta supere el presupuesto oficial para el presente proceso de contratación.
13. Cuando se determine que las condiciones económicas y de contratación han sido presentadas artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación del proceso de selección, previamente analizado por el comité asesor y dando la recomendación de rechazar la oferta, recomendación que será debidamente soportada por el comité.
14. Cuando el proponente o cualquiera de sus miembros esté(n) reportado(s) en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República con sanción que implique inhabilidad vigente para contratar con el estado.
15. Cuando el proponente y/o su representante legal presente antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
16. Cuando el proponente no presente oferta económica, si aplica.
17. Cuando se compruebe que existieron acuerdos colusorios entre los proponentes.
18. Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones, o que establezca condiciones que resulten contrarias a las estipulaciones xxx xxxxxx de condiciones o a la ley de contratación, aunque aluda excepciones o renuncias a su aplicación.
19. En los demás casos legales y los expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones en los que la ausencia o incumplimiento de un requisito genere el rechazo de la oferta.
20. En los casos que aplique evaluación económica, habrá lugar al rechazo económico de las ofertas en los siguientes eventos: a). Cuando la oferta económica no se presente al momento del cierre junto con la oferta principal. b) Cuando la oferta económica no se diligencie de forma correcta. c). Cuando la oferta económica se diligencie de forma incompleta de tal modo que no permita su verificación aritmética. d). Cuando el valor de la oferta económica, una vez verificado y corregido supere el presupuesto oficial del proceso, o el establecido para el proceso, cuando ello aplique. e) Cuando en la oferta económica o en una de sus casillas no se indique ningún número, o se adicione, suprima o modifique cualquiera de los ítems contenidos en LA OFERTA ECONÓMICA, ya sea generado por errores de digitación. f) Cuando se presente valores de moneda extranjera.
21. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas las reglas de participación, o presente condicionamiento para la adjudicación.
22. Cuando le sobrevengan al proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato.
23. Cuando la oferta fuere presentada por personas naturales, jurídicas, consorcios o uniones temporales cuyos integrantes hayan intervenido directa o indirectamente en la estructuración del proceso, o por personas jurídicas cuyos socios o equipo de trabajo hayan tenido tal intervención, por encontrarse en conflicto de intereses.
24. El incumplimiento comprobado del compromiso anticorrupción por parte del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta.
25. Cuando la oferta sea presentada con contraseña y el interesado no la suministre en el periodo de tiempo comprendido entre la fecha y hora establecida para la presentación de propuestas y la audiencia de cierre. En el mismo sentido, cuando con la contraseña suministrada no sea posible desencriptar la propuesta será causal suficiente para el rechazo de la Oferta.
26. Cuando la oferta sea presentada a través de un medio diferente al indicado por la Entidad.
27. Las demás previstas en los acápites de experiencia y otros acápites de las reglas de participación
NOTA: La administración podrá solicitar a los proponentes los documentos referentes a la futura contratación que no constituyan factores de escogencia; de igual manera se podrá subsanar la ausencia de requisitos o falta de documentos habilitantes, hasta el término establecido por la Entidad, so pena de rechazo definitivo de las ofertas.
10. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
10.1.1. Adjudicación del Proceso de Selección
La Entidad adjudicará el presente proceso de selección mediante acto administrativo, al proponente que resulte habilitado técnica, jurídica y financieramente y haya sido calificado con el mayor puntaje según las reglas del presente documento, en cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia y selección objetiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 273 de la Constitución Política de Colombia y con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007. El acto de adjudicación se publicará en la página web de la Entidad y de SECOP II y será notificado en los términos que prevé la ley para notificar los actos administrativos.
10.1.2. Declaratoria de Desierto del Proceso de Contratación
La entidad declarará desierto el presente proceso cuando entre las ofertas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las ofertas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa legal que impida la selección objetiva.
10.2. No Suscripción del Contrato
Si el proponente adjudicatario no firma el contrato dentro del término señalado en el cronograma del presente proceso de selección, la entidad podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo para su suscripción, al oferente con la segunda mejor oferta, siempre y cuando su oferta sea igualmente favorable para la entidad, conforme con el Inciso 2 Numeral 12 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
11. OTRAS DISPOSICIONES CONTRACTUALES
11.1. Cesión y subcontratos
El contratista no podrá ceder el contrato, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, salvo autorización previa y expresa de La Entidad y ésta puede reservarse las razones que tenga para negar la cesión. Si la persona a la cual se le va a ceder el contrato es extranjera debe renunciar a la reclamación diplomática. El contratista es el único responsable por la celebración de subcontratos.
11.2. Diferencias entre las partes
Las diferencias que surjan entre las partes, con ocasión de la celebración, ejecución, desarrollo, terminación y liquidación del contrato, podrán ser dirimidas mediante la utilización de los mecanismos de solución ágil de conflictos previstos en la ley, tales como, conciliación, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes.
11.3. Aceptación de las condiciones contractuales
Con la firma de la oferta se entenderá que el proponente acepta los términos de las condiciones contractuales y por tanto no se aceptarán reclamos posteriores a la adjudicación. El contratista deberá informarse de los costos de publicación, impuestos, tasas, costos de pólizas y demás en que debe incurrir en caso de que sea adjudicatario del contrato.
11.4. Ausencia de relación laboral
El presente contrato será ejecutado por el contratista con absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre el TEVEANDINA LTDA., y el contratista, ni entre el personal que llegare a utilizar el contratista y el TEVEANDINA LTDA.. El personal que requiriere el contratista para el cumplimiento del contrato, si ello fuere del caso, será de su exclusiva responsabilidad y TEVEANDINA LTDA., no asume responsabilidad laboral ni de otra índole para con el mismo. Será obligación del contratista cumplir estrictamente todas las obligaciones que tenga a cargo, establecidas en la Ley 100 de 93, Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, Ley 1438 de 2011, los Decretos reglamentarios y todo el marco normativo que regula el Sistema de Seguridad Social Integral, así como suministrar al TEVEANDINA LTDA., la información que se requiera.
11.5. Pacto frente a los derechos de los niños – prevención y erradicación del trabajo infantil
El contratista se compromete a no contratar menores de edad, en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños.
11.6. Propiedad intelectual
La producción audiovisual y demás documentos que surjan en desarrollo del contrato derivado del presente proceso serán propiedad del Canal, de conformidad con lo consagrado en la Ley 23 de 1982 modificada por las Leyes 44 de 1993, 1450 de 2011, 1915 de 2018 y demás normas vigentes que regulen la materia, sin perjuicio
al derecho moral consagrado en el artículo 11 de la Directiva Andina 351 de 1993 concordante con el artículo 30 de la Ley 23 de 1982.
11.7. Confidencialidad
El Contratista se abstendrá de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente a terceros la información, documentos o fotografías, relacionados con los documentos que conozca en desarrollo y por virtud del presente Contrato o por cualquier otra causa.
11.8. Obligatoriedad de afiliación al sistema de riesgos laborales:
El contratista en cumplimiento del Decreto 723 de 2013, el cual establece la afiliación obligatoria a riesgos laborales de las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios, deberá afiliarse de forma inmediata a una administradora de riesgos laborales y presentar los soportes de dicha afiliación con el fin de proceder a la legalización del contrato.
11.9. Control a la evasión al sistema de seguridad social y aportes parafiscales
De conformidad con lo establecido en las Leyes 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y Ley 1607 de 2012, el contratista deberá cumplir con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. El cumplimiento de esta obligación será indispensable para que se efectúen los desembolsos a cargo de TEVEANDINA LTDA.
11.10. Expediente contractual y carácter vinculante de los documentos
Todas las actuaciones y documentos generados durante las fases precontractual, contractual y postcontractual, configuran el respectivo expediente como parte integral del contrato y tienen carácter vinculante en la relación jurídico negocial.
11.11. Domicilio
Para todos los efectos legales, contractuales y fiscales atinentes al contrato, se acuerda como domicilio la ciudad de Bogotá Distrito Capital.
11.12. Gastos
Todos los gastos en que se debe incurrir por concepto de impuestos, costos directos e indirectos, y en general los relativos al contrato, correrán por cuenta del contratista.
Cordialmente,
XXXXX XXXXXX XXXXXX
Gerente (E) TEVEANDINA LTDA – CANAL TRECE
Elaboró y Xxxxxx:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx - Xxxxxxx (Contratista) - Aspectos Jurídicos. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Contratista) - Aspectos Jurídicos.
Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx - Directora Jurídica y Administrativa – Aspectos Jurídicos.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx- Coordinadora de presupuesto y contabilidad - Aspectos Financieros. Xxxxxxxxx Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx – Abogada (Contratista) – Aspectos Técnicos.
Xxxxxxx Xxxxxxxxx – Supervisora (Contratista) – Aspectos Técnicos.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Medellín – Líder Comercial y de Mercadeo (Contratista) – Aspectos Técnicos.