Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y del empleo (Bonificaciones empresariales a contratación laboral) (Mod. por Ley 27/2009, de 30 de diciembre y Ley 35/2010, de 17 de septiembre) COLECTIVOS DESCRIPCIÓN CUANTÍA ANUAL (en...
Contratación desempleados mayores de 52 años, perceptores subsidio de desempleo, Ley 45/2002
4.3 sUBsidio Por deseMPLeo. sin tener cubierto período mínimo de cotización | ||||
DURACIÓN: | Con responsabilidades familiares: 3 meses si se han cotizado 3 meses 4 meses si se han cotizado 4 meses 5 meses si se han cotizado 5 meses 21 meses si se han cotizado 6 ó más meses Sin responsabilidades familiares: 6 meses si se han cotizado 6 meses | |||
CUANTÍA: | Con carácter general, el 80% del IPREM; Los mayores de 45 años, agotadas prestaciones por desempleo de 24 meses, subsidio especial de seis meses, percibiendo: sin familiar o con uno, el 80%; dos familiares a cargo, el 107%; con tres familiares o más el 133%. Cuando se reconozca el derecho en estos supuestos, las cotizaciones no se tendrán en cuenta para el reconocimiento de un futuro derecho a prestación contributiva. | |||
4.4 ToPes QUe aBona eL Fondo de garanTÍa saLariaL (Fogasa) | ||||
TRIPLE SMI CON PRORRATA | LÍMITE DE SALARIOS ADEUDADOS (150 días) | LÍMITE DE INDEMNIZACION (365 días) | LÍMITE 40% INDEMNIZACION | |
74,68 € | 11.202,00 € | 27.258,20 € | 10.903,28 € | |
4.5 inCaPaCidad TeMPoraL. Cuantía del subsidio | ||||
ORIGEN DE LA INCAPACIDAD | DIAS | PORCENTAJE | A CARGO | |
Enfermedad común o | Entre el 4º y el 15º | 60 % Base Reguladora | Empresar | io |
accidente no laboral | Entre el 16º y el 20º A partir del 21º | 60 % Base Reguladora 75 % Base Reguladora | Seguridad Social o Mutua Seguridad Social o Mutua | |
Enfermedad profesional y accidente de trabajo | Desde el día siguiente al de la baja, estando a cargo del empresario el salario corres- pondiente al día de la baja | 75 % Base Reguladora | Seguridad Social o la Mutua correspondiente | |
Maternidad | Desde el día de la baja | 100 % Base Reguladora | Seguridad Social | |
NOTA: Tanto los días como los porcentajes se pueden mejorar por Convenio Colectivo. |
Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y del empleo (Bonificaciones empresariales a contratación laboral) (Mod. por Ley 27/2009, de 30 de diciembre y Ley 35/2010, de 17 de septiembre) | |||||
COLECTIVOS | DESCRIPCIÓN | CUANTÍA ANUAL (en euros) | DURACIÓN | ||
Bonificaciones a la contratación indefinida | |||||
Mujeres | Desempleadas, entre 16 a 30 años, ambos inclusive, con especiales problemas de empleabilidad Mayores de 45 años, inscritos al menos con doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación | 1.000 1.400 700 | 3 años 3 años 3 años | ||
Mayores de 45 años, inscritos al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación | 1.200 | 3 años | |||
Jóvenes | Desempleados entre 16 a 30 años, ambos inclusive, con especiales problemas de empleabilidad | 800 | 3 años | ||
Otros colectivos y situaciones especiales | Personas con discapacidad | Mujeres con discapacidad | Personas > 45 con discapacidad | Toda la vigencia del contrato | |
En general | 4.500 | 5.350 | 5.700 | ||
En caso de discapacidad severa | 5.100 | 5.950 | 6.300 | ||
Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación | 500 | 3 años |
Abono mensual, al trabajador, del 50% del subsidio, hasta finalización del periodo pendiente de percibir el subsidio. Abono al trabajador, un solo pago, de tres meses de subsidio, si tiene que cambiar de residencia.
Bonificación del 50% de la cuota empresarial, contingencias comunes, por contratación temporal, por un máximo de 12 meses. Bonificación que corresponda por contratación indefinida (Ley 43/2006 y otras).
Para trabajadores eventuales REA, abono al trabajador del 50% de la cuota fija, durante la vigencia del contrato.
Calendario festivo
de Castilla y León
2011
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Febrero
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Mayo
Junio
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Bonificaciones en supuestos excepcionales de contratación temporal | |||
Personas con discapacidad contratadas mediante contrato temporal de fomento del empleo, por periodo mínimo de 12 meses, máximo 3 años | |||
En general | Hombres<45 años, 3.500 €/año Hombres>45 años ,4.100 €/año | Mujeres<45 años, 4.100 €/año Mujeres>45 años, 4.700 €/año | Contratos entre 12 meses y 3 años |
En caso de discapacidad severa | Hombres<45 años, 4.100 €/año Hombres>45 años ,4.700 €/año | Mujeres <45 años, 4.700 €/año Mujeres >45 años, 5.300 € año | Contratos entre 12 meses y 3 años |
Víctimas de violencia de género o doméstica | 600 €/año | Toda la vigencia del contrato | |
Personas en situación de exclusión social | 500 €/año | Toda la vigencia del contrato |
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
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26 27 28 29 30 | 24 25 26 27 28 29 30 | 28 29 30 | 26 27 28 29 30 31 |
31 |
5. Programa de fomento de empleo
Bonificación en los supuestos de regulaciones temporales de empleo: 50% cuota empresarial contingencias comunes. Máximo: 240 días/trabajador. Ampliado hasta el 80% cuando la empresa incluya medidas para reducir los efectos de la regulación temporal.
Reposición prestación por desempleo trabajadores afectados por ere de extinción:
Que la suspensión se haya producido entre el 01/10/2008 y el 31/12/2011. Extinción contractual entre 18/06/2010 y 31/12/2012. Máx: 180 días
Impulso de los contratos a tiempo parcial: Contratación indefinida trabajadores inscritos como desempleados, que trabajando en otra empresa con un contrato a tiempo parcial, siempre que su jornada de trabajo sea inferior a 1/3 de la jornada de un trabajador a tiempo com- pleto comparable. BONIFICACIÓN: Las previstas en cada caso, a las que se sumará un 30% sin que pueda superar el 100% de la cuantía prevista.
Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y del empleo (Bonificaciones empresariales a contratación laboral) (Mod. por Ley 27/2009, de 30 de diciembre y Ley 35/2010, de 17 de septiembre)
Nota: No se incluyen las dos fiestas de carácter local, determinadas por cada municipio.
Uniones provinciales de UGT
Bonificaciones para el mantenimiento del empleo indefinido | |||
Contratos de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años | 50% de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10%, hasta el 100% | Toda la vigencia del contrato | |
Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad | 1.200 €/año | 4 años |
ÁviLa: X/ xxxxx Xxxxx, 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
BUrgos: X/ xxx Xxxxx, 0 - 0x, 0x x 0x. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
León: xxxx xxx xxx Xxxxxx, 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
PaLenCia: X/ Xxxxx xxxxxxx, 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
saLaManCa: X/ xxxx xxx, 00 - 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
segovia: xxxx. Xxxx. Xxxxxxx, 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
xxxxx: X/ xxxxxxx Xxxxx, 0. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
Bonificaciones para la contratación de personas con discapacidad por los centros especiales de empleo | ||
Contratos indefinidos o temporales y transformación en indefinidos de los contratos temporales incluidos los formativos | 100% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta | Toda la vigencia del contrato |
vaLLadoLid: X/ xxxxxx, 00. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
ZaMora: X/ Xxxx xx xxxx, 0. Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000
UgT Castilla y León
X/ xxxxxx, 00. 0x xxxxxx 00000 xxxxxxxxxx, Tel. 000 000 000 - Fax 000 000 000 e-mail: xxx@xxxxxxxxx.xxx.xxx - xxx.xxxxxx.xx
1. Pensiones
2. Cotizaciones
3. indicadores de ingresos mínimos
1.1 CUanTÍas MÍniMas de Las Pensiones en La ModaLidad ConTriBUTiva
CLASE DE PENSIÓN | TITULARES | ||||
con cónyuge a cargo (14 pagas) | sin cónyuge (uni- personal) (14 pagas) | con cónyuge NO a cargo (14 pagas) | |||
Jubilación | Titular con 65 años Titular menor de 65 años | 742,00 mes 695,40 mes | 601,40 mes 562,50 mes | 570,40 mes 531,50 mes | |
Incapacidad | Gran invalidez | 1.113,00 mes | 902,10 mes | 855,60 mes | |
Permanente | Absoluta Total: Titular con 65 años | 742,00 mes 742,00 mes | 601,40 mes 601,40 mes | 570,40 mes 570,40 mes | |
Total: Titular con edad entre 60 y 64 años | 695,40 mes | 562,50 mes | 531,50 mes | ||
374,00 mes | 374,00 mes | 55% base mínima cotización Régimen General | |||
Total: derivada enfermedad común menor de 60 años | |||||
Parcial del Régimen Accidentes de Trabajo: Titular 65 años | 742,00 mes | 601,40 mes | 570,40 mes | ||
Viudedad | Titular con cargas familiares Titular con 65 años o discapacidad igual o superior al 65% Titular con edad entre 60 a 64 años Titular con menos de 60 años | 695,40 mes 601,40 mes 562,50 mes 455,30 mes | 9.735,60 año 8.419,60 año 7.875,00 año 6.374,20 año | ||
Orfandad | Por beneficiario En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 6.374,20 €/año, distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios Por beneficiario minusválido<18 con minusvalía>= 65% | 183,70 mes 361,40 mes | 2.571,80 año 5.059,60 año | ||
En favor de familiares | Por beneficiario Si no existe viudo ni huérfano pensionista: Un solo beneficiario con 65 años Un solo beneficiario menor de 65 años Varios beneficiarios: el mínimo asignado a cada uno se incrementará en el | 183,70 mes 443,90 mes 418,10 mes | 2.571,80 año 6.214,60 año 5.853,40 año | ||
importe que resulte de prorratear 3.802,40 €/año entre el nº de beneficiarios | |||||
S.O.V.I. | Vejez, invalidez y viudedad | 384,50 mes | 5.383,00 año | ||
1.2 CUanTÍas MÍniMas de Las Pensiones de JUBiLaCión e invaLideZ en La ModaLidad no ConTriBUTiva | |||||
Un Beneficiario | 347,60 mes | 4.866,40 año | |||
1.3 PresTaCiones FaMiLiares | |||||
Hijos o menores acogidos menores de 18 no discapacitados | 291,00 euros anuales (24,25 euros mensuales), cuando los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido de 11.264,01 euros anuales más un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo. | ||||
Menor de 18 años con minusvalía de grado igual o superior al 33% | 1.000,00 año | ||||
Mayor de 18 años con minusvalía de grado igual o superior al 65% | 4.171,20 año | ||||
Mayor de 18 años con minusvalía de grado igual o superior al 75% y que necesite ayuda de tercera persona | 6.256,80 año | ||||
Por nacimiento o adopción familias numerosas, monoparentales y madres con discapacidad >= 65 % | 1.000,00 € | ||||
Por parto o adopciones múltiples | 2 hijos nacidos o adoptados | 2.565,60 € | |||
3 hijos nacidos o adoptados | 5.131,20 € | ||||
4 y más hijos nacidos o adoptados | 7.696,80 € |
Real Decreto 1794/2010, de 30 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2011.
2.1 Bases de CoTiZaCión | |||
GRUPO DE COTIZACIÓN | CATEGORÍAS PROFESIONALES | BASES MINIMAS | BASES MÁXIMAS |
euros/mes | euros/mes | ||
1 2 3 4 5 6 7 | Ingenieros, Licenciados, Pers. Alta Dirección no incluido en art. 1.3.c) E.T. Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados Jefes Administrativos y de Taller Ayudantes no titulados Oficiales administrativos Subalternos Auxiliares administrativos | 1.045,20 867,00 754,20 748,20 748,20 748,20 748,20 | 3.230,10 3.230,10 3.230,10 3.230,10 3.230,10 3.230,10 3.230,10 |
euros/día | euros/día | ||
8 9 10 11 | Oficiales de primera y segunda Oficiales de tercera y Especialistas Peones Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional | 24,94 24,94 24,94 24,94 | 107,67 107,67 107,67 107,67 |
2.2 ToPes de CoTiZaCión
Máximo | 3.230,10 €/mes |
Mínimo | 748,20 €/mes |
2.3 TiPos de CoTiZaCión
REGIMEN GENERAL Contingencias Comunes. | empresa | trabajador | total |
4,70 | 28,30 | ||
(Sobre Base Individual Normalizada) | 23,60 | ||
DESEMPLEO (Sobre Base de Accidente de Trabajo) | |||
Contratación Indefinida, incluida tiempo parcial y fijos discontinuos, | |||
contratación duración determinada en las modalidades de contratos for- | |||
mativos, en prácticas, de inserción, de relevo, interinidad y las modalidades contractuales realizadas con trabajadores discapacitados, no inferior al 33% | 5,50 | 1,55 | 7,05 |
Contratación de duración determinada: | |||
Tiempo Completo | 6,70 | 1,60 | 8,30 |
Tiempo Parcial | 7,70 | 1,60 | 9,30 |
FONDO DE GARANTIA SALARIAL (Sobre Base de Accidente de Trabajo) | 0,20 | 0,20 | |
FORMACIÓN PROFESIONAL (Sobre Base de Accidente de Trabajo) | 0,60 | 0,10 | 0,70 |
COTIzACION ADICIONAL: HORAS EXTRAS (Fuerza mayor) | 12,00 | 2,00 | 14,00 |
COTIzACION ADICIONAL: HORAS EXTRAS (No fuerza mayor) | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (Tarifas xx Xxx 42/2006, | |||
modificada por Ley 26/2009, disp. final octava) |
2.4 ConTraTos Para La ForMaCión
CONTINGENCIA | FORMACIÓN | |
empresa | trabajador | |
Contingencias Comunes FOGASA Formación Profesional Contingencias Profesionales | 30,34 € 2,31 € 1,11 € 4,17 € | 6,05 € 0,15 € |
2.5 TraBaJadores Por CUenTa ProPia o aUTónoMos
Base mínima Base máxima
850,20 €/mes
3.230,10 €/mes
TIPO DE COTIzACIÓN: el 29,80%, o el 29,30% si el interesado está acogido al sistema de protección por cese de actividad. No obstante, cuando el trabajador por cuenta propia o autónomo no tenga en dicho régimen la protección por incapacidad temporal, el tipo de cotización será el 26,50%.
Orden TIN/41/2011, de 28 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desem- pleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional. (B.O.E. del 20 de enero de 2011).
2.6 eMPLeados de Hogar
Base de cotización Tipo de cotización
748,20 €/mes
22% (18,30% a cargo del empleador y 3,70% del trabajador)
2.7 rÉgiMen esPeCiaL agrario
GRUPO DE COTIZACIÓN | CATEGORÍAS PROFESIONALES | BASES DE COTIZACIÓN | |
euros/mes | euros/día | ||
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 | Ingenieros y Licenciados Ingen. Técnicos, Peritos y Ayudantes titulados Jefes Administrativos y de Taller Ayudantes no titulados Oficiales Administrativos Subalternos Auxiliares Administrativos Oficiales de Primera y Segunda Oficiales de Tercera y Especialistas Peones Trabajadores menores de 18 años. | BM: 1.393,80 Bm: 1.045,20 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 986,70 | BM: 60,60 Bm:45,44 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 42,90 |
3.1 saLario MÍniMo inTerProFesionaL (sMi)
DÍA | MES | AÑO |
21,38 € | 641,40 € | 8.979,60 € |
3.2 indiCador PÚBLiCo xx xxxXx de eFeCTos MÚLTiPLes (iPreM)
DÍA | MES | AÑO |
17,75 € | 532,51 € | 6.390,13 € / 7.455,14 € (14 pagas ) |
4. desempleo
4.1 PresTaCiones Por deseMPLeo ConTriBUTivo
Cuantía: | 180 primeros días 181 en adelante | 70 % Base Reguladora 60 % Base Reguladora |
Tope mínimo: | Con hijos Sin hijos | 107 % del IPREM 80 % del IPREM |
Tope máximo: | Sin hijos Con un hijo Con 2 o más hijos | 175 % del IPREM 200 % del IPREM 225 % del IPREM |
4.2. dUraCión deseMPLeo ConTriBUTivo
PERIODO DE COTIZACIÓN (en días) | PERIODO DE PRESTACIÓN | |
días | meses | |
Desde 360 hasta 539 | 120 | 4 |
Desde 540 hasta 719 | 180 | 6 |
Desde 720 hasta 899 | 240 | 8 |
Desde 900 hasta 1.079 | 300 | 10 |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 | 12 |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 | 14 |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 | 16 |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 | 18 |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 | 20 |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 | 22 |
Desde 2.160 | 720 | 24 |