ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO EXPEDIENTE 073/2018/C17/ARABA ACOMPAÑAMIENTO
ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO EXPEDIENTE 073/2018/C17/ARABA ACOMPAÑAMIENTO
TÍTULO: Licitación del Contrato de Servicios de Acompañamiento Socioeducativo a inquilinos/as del parque de viviendas gestionado por Alokabide en Araba
1.- Definición del objeto del contrato:
a.- Código/s CPV: 85312300-2 - Servicios de orientación y asesoramiento (Principal)
b.- División en lotes: NO
No procede, ya la prestación del servicio con carácter territorial, favorece garantizar la optimización del recurso, se aborda de manera equitativa para todos los usuarios sin que la dispersión geográfica sea relevante y acerca a los profesionales a los diferentes recursos de intervención social que puedan interactuar en los casos.
c.- Obligación de subrogación por norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general (artículo 130 LCSP): SI
El Anexo VIII al presente pliego, incluye la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación, al objeto de permitir una exacta evaluación de los costes laborales. Esta información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 LCSP.)
d.- Contrato reservado de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: NO
Necesidades a satisfacer mediante el contrato:
i. Objeto, naturaleza y extensión de las necesidades
El objeto del contrato al que se refiere este concurso es la prestación del servicio de acompañamiento socioeducativo a inquilinos/as del parque de viviendas gestionado por Alokabide, en Araba.
Las necesidades que se pretende abordar con este servicio a través de la prestación por el adjudicatario son las estipuladas a continuación:
Objetivo general:
Fomentar y potenciar la autonomía personal del inquilino en las gestiones diarias durante el arrendamiento, minimizando las consecuencias derivadas de su incumplimiento (una integración normalizada de inquilin@s con relación contractual que residan en viviendas gestionadas por Alokabide).
Objetivos específicos:
Orientar y asesorar al inquilino en la gestión de incidencias técnicas: detección de una posible avería y apoyo en la gestión de la solución del problema (calefacción-caldera, electrodomésticos, instalación eléctrica, fontanería, etc.)
Asesoramiento y apoyo tanto en el manejo, buen uso y conservación de la vivienda (ventilación, limpieza, consumo responsable, pintura, pequeños desperfectos). Acompañamiento y apoyo en el uso responsable de los elementos comunes del edificio (ascensores, urbanización, garajes, etc.)
Intervenir y mediar en los problemas de convivencia que puedan surgir a nivel comunitario y/o conflictos vecinales evitando así situaciones de alarma social.
Asesorar en la gestión de trámites como altas/bajas/recibos de suministros (luz, agua, gas), lectura de consumos, explicación de tasas, cánones, etc. así como en la administración económica propia de cara a facilitar en abono de la renta y de otros conceptos derivados del uso de la vivienda.
Apoyar en el contacto con agentes externos (administración y empresas) y en la derivación a recursos
municipales, forales o de otras instituciones o entidades, que fueran necesarios en cada caso.
Informar y coordinarse con Alokabide, de cara a realizar seguimiento y tomar las medidas más adecuadas.
ii. idoneidad de su objeto y contenido
Alokabide nació en marzo de 2000 con la voluntad de ser la sociedad instrumental de Gobierno Xxxxx para desarrollar su política de vivienda de alquiler. Desde entonces hasta la actualidad han sido muchas las promociones adquiridas, las viviendas gestionadas y las personas que han podido acceder a una vivienda.
Más recientemente la ORDEN de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico, ha definido el sistema de acceso a una vivienda pública de alquiler, mediante determinados criterios de baremación, que priorizan el citado acceso entre un colectivo de personas, cuyas necesidades específicas en el ámbito socioeducativo requieren de una intervención por profesionales especializados y generalmente trabajando en red con otros agentes sociales.
En este sentido, la Unidad de Acompañamiento Social de Alokabide actúa detectando, evaluando, apoyando y acompañando aquellos casos en los que la existencia esas determinadas necesidades específicas, requiere especializar la intervención. Se trata de materias vinculadas a la convivencia, vida autónoma, gestión y administración de recursos económicos y personales, violencia de género, salud mental, inmigración, exclusión, etc.
Gracias a este servicio de Acompañamiento Socioeducativo, todas estas personas logran fomentar la autonomía personal y potenciar sus habilidades, logrando mejoras significativas que les permiten el pleno cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento, para lo cual es ineludible contar con el apoyo de profesionales especializado en la intervención socioeducativa de este perfil.
Contrato complementario de obras/suministro: NO
2.- Órgano de Contratación y gestión: Órgano de contratación:
Denominación: Directora General de ALOKABIDE
Dirección postal: Portal xx Xxxxxxx 1ª, 2ª planta (Edificio el Xxxxxxxxx) 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
Área tramitadora: área jurídica
Área contable: área económico-financiera
Área destinataria del objeto del contrato:
Denominación: Area de Acompañamiento Social
Dirección postal: Portal xx Xxxxxxx 1ª, 2ª planta (Edificio el Boulevard) 01013 Vitoria-Gasteiz.
3.- Área encargada del seguimiento y ejecución del contrato:
Area de Acompañamiento Social
4.- Valor Estimado.
Valor estimado 135.000,00€
Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado: El método de cálculo de este valor estimado se basa en el presupuesto anual del servicio para el territorio histórico por la duración del contrato (2 años) más la posible prórroga por un año adicional.
-Prórrogas:SI
- Modificaciones: NO procede
5.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara:
Tipo de presupuesto:
Presupuesto (IVA excluido): 90.000,00 euros
IVA: 18.900,00 Tipo/s:21%
Presupuesto base de licitación: 108.900,00 euros, IVA incluido.
PRESUPUESTO ANUAL IVA EXCLUIDO | IVA | PRESUPUESTO ANUAL IVA INCLUIDO | PRESUPUESTO TOTAL DEL CONTRATO IVA EXCLUIDO | IVA | PRESUPUESTO TOTAL DEL CONTRATO IVA INCLUIDO |
45.000,00 € | 9.450,00 € | 54.450,00 € | 90.000,00 € | 18.900,00 € | 108.900,00 € |
El presupuesto anual contempla el conjunto de los costes directos e indirectos que, en función de la prestación del servicio desarrollada hasta la fecha por los anteriores adjudicatarios, debe desarrollarse conforme el siguiente desglose:
PRECIO HORA CONVENIO | TIPO MAXIMO PRECIO HORA INTERVENCION | TIPO MAXIMO PRECIO HORAS COORDINACION | ESTIMACION HORAS DE INTERVENCION | ESTIMACION HORAS COORDINACION |
16.20 | 28,00 € | 28,00 € | 1300 | 165 |
El precio máximo por hora de servicio de INTERVENCIÓN es de VEINTIOCHO EUROS (28,00 €), IVA excluido. El precio máximo por hora de servicio COORDINACIÓN es de VEINTIOCHO EUROS (28,00 €), IVA excluido.
Todas aquellas ofertas que presenten una propuesta de precio superior para los servicios solicitados serán automáticamente desechadas.
Sistema de determinación del presupuesto:
El presupuesto se ha calculado considerando una distribución horaria según la siguiente relación: Costes Directos:
Horas de Intervención 80%
Horas Coordinación 10%
Otros Costes Indirectos y beneficio industrial 10 % Se entienden comprendido en Otros Costes indirectos:
La elaboración de Informes e Indicadores
Las horas de Supervisión de los profesionales adscritos al servicio
Las horas dedicadas al diseño y desarrollo de las diferentes Acciones formativas El Material fungible de soporte a las Intervenciones.
ALOKABIDE se reserva en todo caso la facultad de contratar las horas de intervención y coordinación libremente, en función de los casos que se requiera, pudiendo destinarse el resto del presupuesto a la materialización de los Proyecto complementarios y Programas específicos ( programas preventivos, propuestas formativas del objeto del servicio, programas de Intervención con perspectiva de género y otros programas específicos para colectivos especializados , relativos cualquiera de ellos a los servicios ofertados que son objeto de valoración conforme a la tabla de criterios de ponderación recogida en el Anexo I de las Características del contrato). Igualmente la ejecución de dichos Proyectos y Programas se realizará siempre a requerimiento de ALOKABIDE y sin que los mismos supongan un incremento
sobre el presupuesto total del contrato, por lo que tendrán carácter subsidiario en relación con la Intervención Educativa directa.
En todo caso, la entidad adjudicataria deberá subrogarse - según lo establecido al respecto en el Convenio Colectivo del Sector de Intervención Social de cada uno de los tres territorios en los que se presta el servicio y que resulte de aplicación -, en las relaciones laborales detalladas en dicha tabla con el personal que actualmente está contratado laboralmente por la empresa adjudicataria de los vigente contratos.
No se admitirán modificaciones al alza de los precios señalados ni de las condiciones del servicio que supongan sobre costes respecto a lo aquí mencionado.
Cofinanciación: NO
Posibilidad de incrementar el número de unidades hasta el 10 % del precio del contrato: NO
6.- Revisión de precios:
Procede: NO
7.- Régimen de pagos:
- Se expedirán certificaciones mensuales en base a las horas de servicio efectivamente efectuadas en el mes anterior.
- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: NO proceden.
8.- Plazo de ejecución y lugar de ejecución:
Plazo total: Dos años desde la formalización del contrato Prórroga: SÍ Procede
Duración: Un año adicional, conforme a lo establecido en la Claúsula 6 .
Plazos Parciales: NO procede. Recepciones parciales: NO procede
Las recepciones parciales [SÍ] [NO] darán derecho al contratista para solicitar la cancelación de la parte proporcional de la garantía definitiva.
Lugar de ejecución: Código NUTS
Xxxxx ES211
9.- Programa de trabajo:
Obligación de presentar un programa de trabajo: NO
10.- Procedimiento y criterios de adjudicación:
Tramitación anticipada: NO Tramitación: Ordinaria
Procedimiento: negociado sin publicidad.
Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios
11.- Solvencia económica, financiera y técnica:
El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, en los contratos de servicios cuyo objeto esté incluido en el Anexo II del RGLCAP, o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia:
Acreditación de la solvencia económica y financiera:
- Artículo 87 de la LCSP, apartado/s: Criterios de selección:
a) Volumen anual de negocios
b) Existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental:
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los medios siguientes:
a. Volumen mínimo anual de negocios, en el ámbito de este contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario de 25.000,00 €.
En fase de licitación, se acreditará mediante declaración responsable conforme al Anexo V. El adjudicatario deberá acreditarlo mediante cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. El empresariado no obligado a presentar las cuentas en Registros oficiales podrá aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
b. Acreditación de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al indicado a continuación para cada lote, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
A estos efectos, se considera que la cuantía exigible para la cobertura asegurada será: Araba 135.000,00€
En fase de licitación, se acreditará mediante declaración responsable y compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido y su mantenimiento durante la vigencia del contrato conforme al Anexo V. El licitador adjudicatario acreditará documentalmente ante ALOKABIDE la contratación, el pago, el contenido y la vigencia del seguro exigido.
Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
- Artículo 90 de la LCSP, apartado/s: Criterios de selección:
a. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años.
b. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. Títulos académicos y profesionales del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma.
e. Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental:
a) Una relación de al menos tres encargos, trabajos o Proyectos realizados en los últimos tres años, cuyo objeto coincida con el del presente contrato y cuyo importe total sea al menos de 50.000,00 euros en conjunto.
En fase de licitación, se acreditará mediante declaración responsable conforme al Anexo V. El adjudicatario lo acreditará mediante certificados de buena ejecución en los que haga constar los servicios, importe, fecha, entidad contratante y su naturaleza pública o privada así como el perfil de usuarios a quien se han destinado dichos servicios
b) Indicación del personal técnico, participante en el contrato, especialmente aquellos encargados de la intervención directa y la supervisión y coordinación del servicio en los términos exigidos en el apartado relativo a la adscripción de medios personales, en el apartado 12.
Se acreditará mediante declaración de adscripción de medios personales conforme al Anexo V.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
Se acreditará mediante declaración responsable conforme Anexo V.
d) Formación y Títulos académicos y profesionales del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma
Se acreditará mediante declaración responsable conforme Anexo V y currículo.
e) Material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones. Se acreditará mediante declaración de adscripción de medios materiales conforme al Anexo V.
-Clasificación: NO Procede.
12.- Concreción de las condiciones de solvencia:
a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y materiales: SÍ El contrato debe ser desarrollado por un equipo profesional que satisfaga al menos las siguientes características:
Plantilla mínima: no inferior a 3 trabajadores. Al menos dos de ellos trabajadores social o educadores sociales o similar, con capacidad de prestación del servicio de atención y de coordinación de manera presencial en el Territorio Histórico al que presenten oferta. Dado que el Convenio Colectivo Sectorial obliga a la subrogación de los trabajadores actualmente prestando el servicio, dicho equipo mínimo propuesto ya contemplará este extremo y no será objeto de variación salvo imposibilidad de materializarse la misma o ampliación de la plantilla mínima propuesta.
Perfil profesional asociado al coordinador: Título de Trabajador Social o Educador Social o titulaciones de las ramas de Ciencias de la Salud, Arte y Humanidades, y Ciencias Sociales y Jurídicas.
Perfil profesional asociado al personal de intervención: Título de Trabajador Social o Educador Social o similar.
Se atribuye a esta adscripción de medios materiales y humanos el carácter de obligación esencial.
b) Los licitadores deberán incluir los nombres del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: NO.
c) Los licitadores deberán incluir la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: SI.
En este anexo V, se deberá señalar exclusivamente la plantilla mínima exigida conforme el apartado a) anterior. En ningún caso, habrá de indicarse dato alguno en relación al personal adicional que la empresa puede ofrecer conforme al Apartado 18, Criterio nº 2. Este personal adicional sólo debe constar en su caso, en el Anexo VI.
13.- Habilitación empresarial:
Procede: NO
14.- Garantía definitiva:
Procede: NO. En atención a que no es posible cuantificar a priori la carga de trabajo, y las horas de servicio requeridas, y al objeto del servicio contratado, por tratarse de servicios sociales de acompañamiento socioeducativo, de conformidad con el art.107 LCSP.
15.- Garantía complementaria (Artículo 107.2 de la LCSP):
Procede: NO
16.- Pólizas de seguros:
Procede: SÍ
Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales y compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
A estos efectos se considera que la cuantía exigible para la cobertura asegurada será: Araba 135.000,00€
17.- Forma de las proposiciones:
Las proposiciones deberán presentarse en Dos sobres: uno de ellos contendrá la “Declaración responsable y la oferta de criterios no valorables en cifras o porcentajes” y el otro sobre recogerá la “la oferta de los criterios valorables en cifras o porcentajes”
18.- Criterios de adjudicación
Pluralidad de criterios de adjudicación
Criterios relacionados con los costes: Ponderación
Precio 40 (En puntos o porcentajes) Datos sobre los costes que deberán proporcionar los licitadores:
Los licitadores deberán señalar en su oferta económica (Anexo VI) los porcentajes correspondientes a costes directos, costes indirectos y otros eventuales gastos, del precio/hora de servicio ofertado.
Método para la evaluación de los costes facilitados: NO Procede | ||
Criterio/s cualitativos: | Ponderación | (En puntos o porcentajes) |
Proyecto de Intervención | 20 | |
Ampliación plantilla | 10 | |
Reducción de plazo inicio | 5 | |
Servicio de Atención inmediata | 5 | |
Incorporación de la perspectiva de género: | 4 |
Propuestas formativas colaboradores de ALOKABIDE | 4 | |
y/o a los usuarios del servicio | ||
2 horas mensuales de supervisión personal | 4 | |
Implantación de programas preventivos | 3 | |
Informes anuales de seguimiento | 3 | |
Formación y reciclaje | 2 | |
Total Evaluables de forma automática o por aplicación de fórmulas: | 100 | (En puntos o porcentajes) |
69
Número | Descripción del criterio | Fórmula | Justificación de la fórmula | Ponderación | ||
1 | A | Precio hora intervención El máximo de puntos se otorgarán a la oferta más baja, valorando las restantes de forma proporcional, según la siguiente fórmula. | Puntos Empresa A = MP x (PML – PO) /(PML-POMV) MP= Máximo de puntos PML: precio máximo de licitación PO: precio ofertado POMV: precio de la oferta más ventajosa | 35 | ||
B | Precio hora coordinación El máximo de puntos se otorgarán a la oferta más baja, valorando las restantes de forma proporcional, según la siguiente fórmula. | Puntos Empresa A = MP x (PML – PO) /(PML-POMV) MP= Máximo de puntos PML: precio máximo de licitación PO: precio ofertado POMV: precio de la oferta más ventajosa | 5 | |||
2 | Ampliación de la Plantilla Mínima: Aquellas ofertas que propongan la ampliación del equipo profesional mínimo exigido, aportando más técnicos y profesionales que redunden en la adecuación de los trabajos a los encargos realizados podrán obtener hasta un máximo de 10 puntos | ((PO-PML)/(POMV-PML))* MP DONDE, P.O = Personal Ofertado P.O.M.V. = Personal Oferta Más Ventajosa M.P = Máximo de Puntos OFERTA MINIMA PROFESIONALES 3 | SIMULACION OFERTA MINIMA PROFESIONALES 3 PRECIO MEJOR OFERTA 12 ENTIDAD PROPONENTE OFERTA PUNTOS S/ FORMULA OFERTA 1 3 - OFERTA 2 4 1,11 OFERTA 3 5 2,22 OFERTA 4 6 3,33 OFERTA 5 7 4,44 OFERTA 6 8 5,56 OFERTA 7 9 6,67 OFERTA 8 10 7,78 OFERTA 9 11 8,89 OFERTA 10 12 10,00 | 10 | ||
3 | Plazos propuestos Inicio Coordinación del Servicio Se podrán obtener hasta 5 puntos, en función de la agilidad de los plazos propuestos de inicio de la intervención y puesta en marcha del servicio encargado, para lo cual se | (POMV-PO)/(PML-POMV ))* MP DONDE, P.O = Reducción de plazo Ofertada P.O.M.V. = Reducción de plazo Oferta Más Ventajosa P.M.L. = Plazo Máximo Licitación | 5 |
tendrá en cuenta el número de días en que se rebaje el plazo propuesto en el pliego de Condiciones Técnicas de la licitación (establecido en un máximo de 20 días naturales | M.P = Máximo de Puntos PLAZO TIPO 20 | SIMULACION ENTIDAD PROPONENTE PLAZO MINIMO PUNTOS S/ FORMULA GV OFERTA 1 20 - OFERTA 2 17 0,83 OFERTA 3 14 1,67 OFERTA 4 10 2,78 OFERTA 5 7 3,61 OFERTA 6 5 4,17 OFERTA 7 2 5,00 |
CRITERIOS DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA.
Número | Descripción del criterio | Regla | Ponderación |
4 | Por garantizar la dedicación de al menos 15 horas anuales a formación y reciclaje específicos en la materia objeto del contrato, para los profesionales adscritos al servicio y fuera de las horas de intervención y/o coordinación. | SI/NO SI=2 NO=0 | 2 |
5 | Por incorporar a favor de los técnicos que prestan el servicio un mínimo de una sesión de 2 horas mensuales de supervisión personal dedicada al cuidado y desarrollo de los profesionales que trabajan directamente en el abordaje de los casos | SI/NO SI=4 NO=0 | 4 |
6 | Por la presentación de informes anuales de seguimiento de indicadores con análisis de perfil de usuarios y resultados de intervención | SI/NO SI=3 NO=0 | 3 |
7 | Por la disponibilidad de un Servicio de Atención inmediata mediante contacto telefónico las 24 horas con un técnico especializado para situaciones urgentes | SI/NO SI=5 NO=0 | 5 |
Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: (En puntos o porcentajes) 31
Número | Descripción del criterio | Ponderación | |
Propuesta Técnica de prestación del servicio mediante la presentación de una memoria referida | 20 | ||
8 | al conjunto de Proyecto de intervención definiendo la Metodología de trabajo, seguimiento del servicio, organización y presentación de documentos de evaluación. | ||
Para la valoración de dicha memoria se tendrán en consideración aquellos aspectos que se consideran más | |||
relevantes en relación a la calidad de la intervención en el servicio y que se detallan a continuación: | |||
Propuesta de Intervención Socioeducativa con los usuarios. | |||
Protocolo de acogimiento y bienvenida en el inicio del caso | |||
Modelización de los Procedimientos del trabajo de Intervención Propuestas metodológicas de intervención para casos "alto riesgo" | 10 | ||
Propuestas de coordinación con recursos y entidades | |||
Sistemas de Valoración del caso | |||
Estrategias de Trabajo en Red | 2 | ||
Sistemas de evaluación de los trabajos realizados: Memoria anual, Informes | |||
semestrales e informes puntuales. | 4 | ||
Desarrollo de programas específicos para colectivos especializados | 2 | ||
Diseño y elaboración de Guías de recursos, dossier de buenas prácticas y | |||
documentación estándar a trasladar a los usuarios. | 2 | ||
9 | Por la presentación de Programas de intervención específicos que contemplen la incorporación de la perspectiva de género: 2 Puntos por cada propuesta hasta un máximo de 4 puntos | 4 | |
10 | Por las propuestas de implantación de programas preventivos dirigidos a colectivos especialmente vulnerables solicitantes de vivienda, vinculados con el arrendamiento y adquisición de habilidades relativas a dicha materia: 1 punto por cada propuesta hasta un máximo de 3. | 3 | |
11 | Aquellas ofertas que propongan el desarrollo de propuestas formativas centradas en el objeto del | 4 |
servicio, dirigidas a los colaboradores de XXXXXXXXX y/o a los usuarios del servicio podrán obtener hasta un máximo de 4 puntos, recibiendo 2 puntos por cada propuesta. Para su consideración, las acciones formativas deberán plantear un mínimo de 8 horas de presencia lectiva y dirigirse al menos a 10 asistentes por sesión. |
TOTAL 100
En ningún caso se tomarán en consideración, ni se valorarán propuestas incluidas en el Proyecto de intervención o Memoria (criterios 8, 9, 10 y 11: sometidos a juicio de valor) que hagan referencia a las propuestas y compromisos a que se refieren los criterios 2, 3, 4, 5, 6 y 7 (criterios de aplicación automática o mediante fórmulas), que han de reflejarse en el Anexo Vi, y cuya valoración se efectuará en la siguiente fase conforme indica la cláusula 22 (modalidad II: 2 sobres).
De los criterios objetivos establecidos anteriormente, se tomarán en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, los señalados con el número 1 (Precio en cada uno de sus apartados A y B), siendo los límites para apreciar que se dan en aquella dicha circunstancia, los siguientes :
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
En ningún caso la bajada del precio afectará a la normativa sectorial de aplicación referida al Convenio Colectivo de Intervención Social del territorio y que esté vigente al momento de la licitación en garantía de los salarios de las personas incorporadas al servicio.
Composición del comité de expertos (o procedimiento para su designación) u organismo técnico especializado: NO Procede
Plazo en que deberá efectuarse la valoración por el comité de expertos u organismo técnico especializado: NO Procede
Criterios sujetos a negociación: Xxxxxx.
El órgano de contratación se reserva la facultad de adjudicar el contrato con base en las ofertas iniciales.
19.- Ofertas anormalmente bajas.
Procede:SI
- Criterios adjudicación y designación de los parámetros objetivos que permiten identificar que una oferta se considera anormal:
Parámetros que permitan identificar que una oferta se considera anormal
Criterios de adjudicación
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de
10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
1. Precio
- Plazo para la justificación de la anormalidad de la oferta :5 días
20.- Admisibilidad de variantes.
Procede: NO
21.- Documentación a presentar:
DOS SOBRES:
Sobre A- Documentación administrativa y Técnica relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor (Criterios nº 8, 9,10 y 11).. (Véase la cláusula 20 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
Los licitadores deberán incluir:
- Anexo V, de declaración responsable.
- Curriculos
- Propuesta Técnica de prestación del servicio, mediante la presentación de una memoria En ella se referirá al conjunto de Proyecto de intervención definiendo la Metodología de trabajo, seguimiento del servicio, organización y presentación de documentos de evaluación.
Extensión máxima de la memoria : 20 páginas DIN A4. Letra Arial 10.
Sobre B- Oferta Económica y Documentación Técnica relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas (Criterios nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7). los licitadores deberán incluir el Anexo Vi debidamente cumplimentado.
22.- Condiciones especiales de ejecución.
- Condiciones especiales de ejecución, (previstas en el artículo 202.2 LCSP):
- De tipo medioambiental: NO procede
- De tipo social: La entidad adjudicataria estará obligada a acreditar dentro de su ámbito de actividad, la existencia de proyectos específicos de integración sociolaboral dirigidos a personas en riesgo de exclusión social o en su defecto desarrollar una política de Responsabilidad Social Corporativa que incluya el mecenazgo, colaboración, financiación o subvención de este tipo de Proyectos desarrollados por terceras entidades.
- Relacionadas con la innovación: NO procede
- Otras condiciones especiales de ejecución: Las sociales establecidas con carácter general en la cláusula 7
23.- Ejecución del contrato.
Obligación de ejecutar determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI.
La prestación de las horas de intervención y de las horas de coordinación se consideran críticas y han de ser ejecutadas directamente por el adjudicatario.
24.- Subcontratación.
Subcontratación : SI, salvo las tareas críticas.
La prestación de las horas de intervención y de las horas de coordinación se consideran no pueden ser objeto de subcontratación.
Pago directo a los subcontratistas: NO
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas SI
25.- Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero: SI, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 214.1 LCSP.
26.- Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Procede: NO
27.- Suspensión.
Abono al contratista de los daños y perjuicios por suspensión del contrato: [de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208 LCSP.
28.- Penalidades.
a) Por demora: de conformidad con lo establecido en el artículo 193 de la LCSP
b) Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso: b.1) Por cumplimiento defectuoso:
Procede: SI .
Se aplicarán las previstas en la cláusula 38
b.2) Por incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales: Procede: SI .
Se aplicarán las previstas en la cláusula 41
b.3) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución: Procede: SI
Se aplicarán las previstas en la cláusula 41
c) Por incumplimiento de los criterios de adjudicación: Procede: SI
Se aplicarán las previstas en la cláusula 38
d) Por incumplimiento de las obligaciones relativas a la subrogación:
Procede: NO
e) Por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral: Procede: SI
Se aplicarán las previstas en la cláusula 41
f) Por subcontratación: Procede: SI
Por incumplimiento de las condiciones de subcontratación Procede: SI Se aplicarán las previstas en la cláusula 35
Por incumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores: Procede: SI Se aplicarán las previstas en la cláusula 35
29.- Causas de resolución del contrato
Las previstas en la cláusula 44 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas.
30.- Plazo de garantía:
NO procede dadas las características del contrato.
30.1.- Plazo de devolución de la garantía:
NO procede
31.- Deber de confidencialidad.
Duración: 5 años desde el conocimiento de esa información.
32.- Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos.
Los interesados en el procedimiento de licitación deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de 7 días antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
33.- Presentación de ofertas o solicitudes de participación
33.1.- Fecha y hora límite de presentación: Según invitación
33.2.- Registro de presentación de ofertas: Según invitación
33.3.- Apertura pública de las ofertas : NO procede
34.- Observaciones.
CONFORME:
EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA
POR ALOKABIDE, FECHA Y FIRMA: