REGLAMENTO
REGLAMENTO
Beneficio: “PROMOCIÓN FIDELIZACIÓN DTH INDIVIDUAL Y AVANZADO HD HD ENERO 2023”.
El reglamento establece las disposiciones que regularán la relación de CLARO CR TELECOMUNICACIONES S.A., cédula jurídica 0-000-000000, en adelante “CLARO” y los beneficiarios de la promoción “DTH INDIVIDUAL AVANZADO HD A PRECIO DE BÁSICO ENERO 2023” en adelante “El beneficio”.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
i. Organizador: Claro CR Telecomunicaciones S.A.,
ii. El beneficio no está vinculado ni será acumulable con ninguna otra promoción existente o que sea lanzada en el futuro por CLARO.
iii. Definiciones:
a. IVA: impuesto al valor agregado.
b. HD: La alta definición, más conocida como HD, es un sistema de imagen, vídeo o sonido con mayor resolución que las de definición estándar.
x. Xxxxx play: paquete que incluye dos servicios, entre televisión, internet y telefonía fija.
d. DTH: Directo al hogar, un tipo de transmisión de televisión satelital.
e. CAC: Centro de atención al cliente
PRIMERO: REQUISITOS DE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO
1. El beneficio, en las condiciones del reglamento, es aplicable para la República xx Xxxxx Rica de manera exclusiva.
2. Los clientes beneficiarios deberán ser necesariamente mayores de edad para obtener el beneficio mencionado, en vista de que debe adquirir un servicio de televisión satelital (DTH) en HD de CLARO, bajo la modalidad de suscripción del servicio: “DTH INDIVIDUAL AVANZADO HD O DTH INDIVIDUAL AVANZADO HD PLUS” durante todo el plazo de vigencia del beneficio indicado en la cláusula cuarta, siendo que el beneficio de esta aplica para los clientes nuevos o existentes que contraten los servicios de las grillas HD. El beneficio aplica únicamente para los clientes que tengan de ocho (8) a diez (10 años) de ser clientes existentes de CLARO y que realicen la contratación del servicio de televisión satelital (DTH) individual avanzado HD o individual avanzado HD plus en cualquiera de los centros de atención al cliente de CLARO del territorio nacional y hayan cancelado todas sus facturas antes de la fecha de vencimiento, desde la suscripción del Contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones realizando el cambio de plan de DTH básico al avanzado HD o avanzado HD plus obteniendo el beneficio del descuento en el avanzado HD a precio básico o el avanzado plus a precio avanzado por doce (12) meses consecutivos, de manera que posterior a los doce (12) meses el cliente deberá pagar la renta mensual contratada sin que le aplique los precios con descuento anteriormente indicados.
3. Los clientes beneficiarios podrán ser de cualquier nacionalidad, no obstante, en caso de ser extranjeros deberán contar con un documento de identificación legal y vigente que acredite su adecuado estatus migratorio en Xxxxx Rica, sea éste su pasaporte o DIMEX. Igual disposición aplica para los clientes beneficiarios que sean nacionales, debiendo los mismos contar con su cédula de identidad vigente, íntegra y totalmente legible.
4. El beneficio ofrecido es personal e intransferible, lo que implica que única y exclusivamente los clientes que hayan cumplido a cabalidad con la dinámica para acceder al beneficio serán elegibles para optar por los mismos.
5. Los clientes beneficiarios deberán permanecer activos en el respectivo plan HD de televisión satelital que haya contratado durante el plazo de vigencia de la promoción, de modo contrario, no podrá contar con el beneficio de descuento indicados en el reglamento.
6. Los clientes beneficiarios deberán estar al día en su facturación con CLARO por concepto de cualquier servicio de telecomunicaciones que haya contratado, de modo contrario no podrá adquirir el beneficio especificado en el reglamento.
7. Los clientes participantes deberán cumplir cabalmente con los requisitos indicados en el reglamento, de modo que no se otorgará el beneficio ofrecido en la promoción a los clientes que no cumplan con los mismos en ninguna circunstancia. CLARO en cada caso específico será vigilante y garante de que los requisitos fijados en el reglamento sean acatados según se estipula, en virtud de lo cual se reserva el derecho de no otorgar el beneficio mencionado en caso de que detecte cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
SEGUNDO: DINÁMICA PARA OBTENER EL BENEFICIO
Los clientes beneficiarios deberán cumplir cabalmente con los siguientes requerimientos para optar por el beneficio en la baja del precio del servicio ofrecido según la “Tabla #1” por lo que el cliente deberá:
Realizar la contratación de al menos un (1) plan HD de televisión satelital de CLARO en modalidad DTH INDIVIDUAL AVANZADO HD O DTH INDIVIDUAL AVANZADO HD PLUS , suscribiendo el contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones como existente, durante el plazo de vigencia indicado en la cláusula cuarta, por medio de CACS autorizados . El beneficio aplica únicamente para los que tengan de ocho (8) a diez (10 años) de ser clientes existentes de CLARO del servicio de DTH individual y que realicen la contratación del servicio de televisión satelital (DTH) individual avanzado HD o individual avanzado HD plus en cualquiera de los centros de atención al cliente de CLARO del territorio nacional y hayan cancelado todas sus facturas antes de la fecha de vencimiento, desde la suscripción del Contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones realizando el cambio de plan de DTH básico al avanzado HD o avanzado HD plus obteniendo el beneficio del descuento en el avanzado HD a precio básico o el avanzado plus a precio avanzado por doce (12) meses consecutivos, de manera que posterior a los doce (12) meses el cliente deberá pagar la renta mensual contratada sin que le aplique los precios con descuento anteriormente indicados.
I. Formulario: Completar el formulario desde la página de CLARO: xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx/
II. Outbound: a través del siguiente link: shttps://xxx.xxxxx.xx/xxxxxxxx/
TERCERO: BENEFICIO
Los clientes beneficiarios que suscriban el servicio DTH individual avanzado HD o DTH individual avanzado HD plus con CLARO dentro del plazo de vigencia, conforme a la dinámica establecida en la cláusula segunda, podrán obtener el paquete TV individual avanzado HD a precio de paquete TV individual básico u obtener el TV individual avanzado HD plus a precio de paquete individual avanzado por doce (12) meses consecutivos contados a partir de la fecha de suscripción del contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones, conforme se detalla en la “Tabla #1”:
TABLA #1 | |||
RENTA REGULAR | RENTA PROMOCIÓN 12 MESES CONSECUTIVOS | ||
MES PROMOCIÓN | PAQUETE INDIVIDUAL | RENTA MENSUAL (IVA incluido) | RENTA MENSUAL (IVA incluido) |
Enero 2023 | TV individual con paquete Avanzado HD | ₡17 155,00 | ₡14.665,00 |
TV individual con paquete Avanzado HD Plus | ₡21.555,00 | ₡17.155,00 |
No incluye prórrogas o renovaciones. Posterior a los doce (12) meses el cliente deberá pagar la renta mensual contratada sin que le aplique los precios con descuento anteriormente indicados
CUARTO: PLAZO DEL BENEFICIO
El plazo de vigencia para optar por el beneficio ofrecido será a partir del diecisiete (17) de enero del año dos mil veintitrés (2023) al diecisiete (17) xx xxxxx del año dos mil veintitrés (2023).
QUINTO: CONDICIONES, LIMITACIONES Y RESTRICCIONES
1. La cantidad de paquetes descritos en la tabla #1, que el cliente desee adquirir se encuentra sujeto a las políticas respectivas de CLARO.
2. El beneficio está sujeta al plazo de vigencia descrito en la cláusula cuarta del reglamento.
3. El beneficio de la promoción aplica para ventas realizadas únicamente por medio de CACS.
4. Los clientes que hayan adquirido el beneficio de descuento de la promoción no podrán solicitar cambios en las condiciones ni montos de estas.
5. El beneficio de la promoción no aplica para aquellos clientes que realicen renovaciones en las mismas condiciones que mantenían del servicio, siendo que solo aplican para aquellos clientes que realicen nuevas contrataciones de los planes especificados en la cláusula tercera del reglamento.
6. Los clientes que deseen obtener el beneficio indicado en el reglamento deberán tener conocimiento del mismo, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo del beneficio, implica la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma para obtener el beneficio, así como las condiciones, limitaciones y restricciones. Por lo anterior, y para todos los efectos legales, CLARO entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el hecho de que el cliente beneficiario suscriba el servicio de televisión satelital (DTH) individual avanzado HD o individual avanzado HD plus .
7. En caso de existir reclamaciones con motivo del reglamento, el cliente inconforme deberá gestionarlas a través de los medios de divulgación y comunicación masiva de CLARO a través del sitio web xxx.xxxxx.xx.
8. El beneficio ofrecido es intransferible a otras personas que no sean los clientes beneficiarios, y no se pueden reclamar otro beneficio en reemplazo del aquí especificado. El beneficio será otorgado únicamente a cada cliente que haya suscrito el servicio de televisión satelital (DTH) individual avanzado HD o individual avanzado HD plus esto una vez verificado el cumplimiento de los requisitos indicados en el reglamento.
9. Si se demuestra que un cliente beneficiario recibió el beneficio por medio de engaño, dolo o negligencia por parte de un cliente beneficiario o de una tercera persona ajena a la promoción, CLARO cesará de inmediato el/los beneficio (s) otorgados a dicho cliente. Lo anterior sin perjuicio de tomar las acciones legales que correspondan en cada caso.
10. El cliente acepta y comprende que, en caso de que desee dar de baja el servicio contratado debe acudir a un centro de atención al cliente (“CAC”) de CLARO a solicitar la baja.
11. Para dar de baja el servicio contratado, el cliente deberá entregar a CLARO al momento de solicitar la baja, todo el equipo dado en comodato o préstamo para disfrutar de dichos servicios (televisión, internet o
telefonía). Lo anterior incluye mas no se limita a lo siguiente: Los receptores digitales, las tarjetas inteligentes que tienen los números de serie señalados en la carátula del equipo, los controles remotos, las antenas receptoras, los noice box y cables. Estos equipos tienen un valor de rescate de ciento cincuenta y tres mil colones (₡153.000,00). Lo anterior se regirá en concordancia con el anexo de comodato incluido en el contrato de adhesión del servicio Claro TV satelital. En caso de darse de baja antes del plazo indicado, el cliente deberá devolver todo el equipo dado en comodato. Si el cliente no devolviese el equipo suministrado inicialmente por CLARO, éste último se reserva el derecho de acudir a la vía correspondiente a fin de hacer valer sus derechos.
12. En caso de que el cliente no utilice correctamente los servicios contratados conforme se establece en el reglamento, en el contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones y en la regulación aplicable vigente, dará derecho a CLARO para ejecutar de manera inmediata los derechos que a su favor se establezcan en el contrato universal para la prestación de servicios de telecomunicaciones y la regulación vigente.
13. La responsabilidad de CLARO en la promoción finaliza en los términos expresados en el reglamento y con la entrega del beneficio.
14. El cliente beneficiario no podrá solicitar cambio en su beneficio ni su correspondiente valor en dinero, así como otros bienes accesorios, regalías o demás prerrogativas no comprendidas en la promoción.
15. Quedan excluidos de la promoción los miembros de la junta directiva y todo el personal laboral de CLARO., y sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (entendiéndose por tales los hijos, padres, hermanos y xxxxxxxx), distribuidores autorizados, o sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, así como empleados de la agencia de publicidad
16. Si el cliente beneficiario no aceptase su respectivo beneficio ni sus condiciones, los mismos se considerarán renunciados y extinguidos con relación a éste, y no les asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
SEXTO: LIMITE DE RESPONSABILIDAD
CLARO será responsable por el disfrute del beneficio indicado en el reglamento y por la ejecución del mismo. Cada cliente beneficiado será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Al obtener el beneficio el cliente libera de responsabilidad a CLARO, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en el beneficio, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la misma, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber obtenido el beneficio mencionado en el reglamento.
Sin perjuicio de lo anterior, se libera de responsabilidad a CLARO por:
a) Gastos incurridos para obtener el beneficio indicado en el reglamento, para hacerla efectiva o para disfrutarla.
b) Intervenciones humanas por parte de terceros no autorizadas por CLARO a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo del beneficio.
c) Xxxxx sufridos a la integridad o bienes de los clientes o de terceros que se ocasionen en virtud del beneficio o durante el disfrute del respectivo beneficio.
SÉPTIMO: LÍMITES DE RESPONSABILIDAD POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
En los casos en los que se presente alguna situación que ocasione suspensión, deficiencia o inconvenientes que sean consecuencia de eventos de producidos a causa de caso fortuito, fuerza mayor o cualquier hecho fuera de su control de las partes o efectuado en acatamiento de una orden judicial y/o administrativa, que impidan que se cumpla con lo indicado en el reglamento, CLARO no tendrá responsabilidad alguna. Asimismo, en tales casos CLARO hará sus mejores esfuerzos para restablecer la operatividad del presente reglamento, tan pronto terminen las causas de su suspensión o deficiencia.”
OCTAVO: SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES Y LOS DERECHOS DEL CLIENTE.
CLARO realiza la recopilación y el uso de los datos de los clientes que obtuvieron el beneficio mencionado en el reglamento anteriormente indicado. Al obtener acceso el usuario manifiesta su consentimiento con el tratamiento de los datos necesarios para uso del beneficio, y se hace constar que su información personal será mantenida en confidencialidad y que usted, el cliente, está de acuerdo con el manejo de la misma. En CLARO estamos comprometidos con la protección de sus datos personales, y en vela del derecho de los usuarios a la autodeterminación informativa y en el ejercicio de sus derechos de la personalidad, reconoce el derecho a los usuarios a conocer el tratamiento de la información suministrada, por lo que si tiene alguna duda o desea ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o revocación del consentimiento por favor contacte a servicio al cliente al correo: xxxxxxxx@xxxxx.xx. CLARO se compromete a ejecutar la solicitud del cliente dentro de la base de datos cuando así lo solicite, lo anterior en apego a la ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales N°8968 vigente y sus reglamentos. Para más información véase la política de privacidad dando clic aquí.
NOVENO: DERECHO DE IMAGEN
El cliente beneficiario, al aceptar su respectivo beneficio, se compromete a presentarse en el lugar y hora indicada por CLARO para tomarse fotografías con su respectivo beneficio, siendo que las mismas podrán ser utilizadas y publicadas en medios masivos, como testimoniales de la promoción, con una finalidad meramente comercial y publicitaria durante el plazo de vigencia de la campaña y hasta un (1) año después de su finalización, sin que el cliente beneficiario tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna por éste motivo. Si el cliente beneficiario se negara a presentarse a la toma de fotografías antes indicadas perderá su derecho a recibir su respectivo beneficio.
El cliente beneficiario autoriza a CLARO a difundir sus datos personales, imágenes y voces, con fines meramente comerciales y publicitarios, en los medios y formas que CLARO disponga, sin derecho a compensación alguna durante la vigencia de la promoción y hasta los trescientos sesenta y cinco (365) días de su finalización, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
El cliente beneficiario garantiza que no existen terceras personas que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne a CLARO respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular dichas personas.
DÉCIMO: SOBRE LOS ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN EL REGLAMENTO
Cualquier controversia que se presente con el beneficio otorgado y que no esté prevista en el reglamento, será resuelta por CLARO, en estricto apego a las leyes de la República xx Xxxxx Rica, la costumbre mercantil, la jurisprudencia y la doctrina aplicable.