BANCO CENTRAL DE BOLIVIA DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
M ODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
SOLICITUD DE PROPUESTAS
Código Único de Contratación Estatal |
20-0951-00-1057624-1-1 |
Código BCB: ANPE-P N° 029/2020-1C
PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE MONITOREO, DETECCIÓN Y RESPUESTA A CIBERATAQUES |
La Paz, Septiembre de 2020
CONTENIDO
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 2
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 2
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 3
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 4
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE 5
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRECIO EVALUADO MÁS BAJO 7
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO 9
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO 9
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 9
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 9
20 FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN 10
21 MODIFICACIONES AL CONTRATO 11
22 SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS SERVICIOS GENERALES CONTINUOS Y DISCONTINUOS 12
23 INFORME DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO GENERAL 12
24 CIERRE DE CONTRATO Y PAGO 12
25 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 14
26 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS DEL SERVICIO GENERAL 16
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
El proceso de contratación de Servicios Generales se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
Las personas naturales con capacidad de contratar.
Empresas Nacionales legalmente constituidas en Bolivia.
Asociaciones Accidentales legalmente constituidas.
Micro y Pequeñas Empresas– MyPES
Cooperativas (cuando su documento de constitución establezca su capacidad de ofertar servicios).
Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro legalmente constituidas (cuando su documento de constitución establezca su capacidad de ofertar servicios).
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Inspección Previa “NO CORRESPONDE”
Consultas Escritas sobre el DBC “NO CORRESPONDE”
Reunión Informativa de Aclaración “NO CORRESPONDE”
GARANTÍAS1
De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
Garantía de Seriedad de Propuesta.
“NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285”
Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
Las Micro y Pequeñas Empresas, presentarán una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al tres y medio por ciento (3.5%) del valor del contrato o se hará una retención del tres y medio por ciento (3.5%) correspondiente a cada pago, cuando se tengan previstos pagos parciales.
La sustitución de la Garantía de Cumplimiento de contrato se realizará, conforme las condiciones determinadas en el contrato y lo previsto en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 21 de las NB-SABS.
Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. “NO CORRESPONDE”
“NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285”
“NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285”
Incumplimiento a la declaración jurada del Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1).
Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica establecida en el Formulario B-1, existiera una diferencia absoluta superior al dos por ciento (2%), entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo establecido en el sub numeral 10.3 del presente DBC.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
Si para la formalización de la contratación, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Si para la formalización de la contratación la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitada por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 20.1 del presente DBC.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en las Especificaciones Técnicas, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la formalización de la contratación.
Ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC, salvo el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2), cuando el Método de Selección y Adjudicación sea el Precio Evaluado Más Bajo o el Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Falta de firma del Proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Falta de la propuesta técnica o parte de ella.
Falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando el Método de Selección y Adjudicación sea Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de formalizar la contratación mediante Contrato u Orden de Servicio, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
Todos los Formularios de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o Formulario A-2b).
Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), salvo cuando el Método de Selección y Adjudicación sea Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Formulario de Especificaciones Técnica (Formulario C-1); y cuando corresponda el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado.
Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2c).
Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), salvo cuando el Método de Selección y Adjudicación sea Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Formulario de Especificaciones Técnicas (Formulario C-1) y cuando corresponda el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
NO APLICA POR DISPOSICIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 4285.
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Código Único de Contratación Estatal
20-0951-00-1057624-1-1
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
SUBGERENCIA DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LUGAR DE ENTREGA DE LA PROPUESTA: Ventanilla Única de Correspondencia, ubicada en Planta Baja del Edificio Principal del BCB, calle Ayacucho esquina Mercado, La Paz – Bolivia.
RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PROPONENTE:______________________________________________
(indicar el tipo de proponente: Persona natural, empresa, asociación accidental u otro proponente elegible)
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO (POR SOLICITUD DE PROPUESTAS)
CÓDIGO BCB: ANPE - P Nº 029/2020-1C
SERVICIO DE MONITOREO, DETECCION Y RESPUESTA A CIBERATAQUES
PRIMERA CONVOCATORIA
No abrir antes de horas 11:15 del día martes 15 de septiembre de 2020
Modificaciones y Retiro de las Propuestas
Las propuestas presentadas sólo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de las cotizaciones.
Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
La presentación de propuestas electrónicas y las condiciones para la modificación y retiro de propuestas se realizara a través xxx XXXX de conformidad al procedimiento establecido en la reglamentación al Decreto Supremo N° 4285.
Inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, procederá a la apertura de las propuestas en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificará los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.
La apertura de propuestas electrónicas se realizara a través del Sistema de Conformidad al procedimiento establecido en la Reglamentación al Decreto Supremo N° 4285.
La entidad convocante para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
Precio Evaluado Más Bajo.
Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
Presupuesto Fijo.
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Propuesta, utilizando el Formulario V-1.
(Método a ser aplicado en el presente proceso de contratación)
Evaluación de la Propuesta Económica
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica, en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
Cuando el monto, resultado de la multiplicación del precio unitario por la cantidad (requerida o estimada) sea incorrecto, prevalecerá el precio unitario cotizado para obtener el monto correcto.
Si la diferencia entre el monto leído de la propuesta del Formulario B-1 (Propuesta Económica) y el monto ajustado de la revisión aritmética (MAPRA) establecido en el Formulario V-2 es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada.
Si el monto ajustado por revisión aritmética superara el Precio Referencial la propuesta será descalificada.
En el caso de servicios discontinuos, cuando el precio unitario ofertado supere el precio referencial unitario, definido por la entidad, será descalificado.
El monto resultante producto de la revisión aritmética, denominado Monto Ajustado por Revisión Aritmética (MAPRA), deberá ser registrado en la cuarta columna (MAPRA) del Formulario V-2.
En caso de que producto de la revisión, no se encuentre errores aritméticos el precio de la propuesta o valor leído de la propuesta (pp) deberá ser trasladado a la cuarta columna (MAPRA) del Formulario V-2.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos, a las propuestas que no fuesen descalificadas, cuando corresponda, se les aplicará el margen de preferencia para Micro y Pequeñas Empresas, independientemente de la forma de adjudicación (ítem, lote o total) de acuerdo con lo siguiente:
Margen de Preferencia |
Margen de Preferencia |
Factor de Ajuste (fa) |
Servicios Provistos por Micro y Pequeñas Empresas |
20% |
0.80 |
En otros casos |
0% |
1.00 |
Precio Ajustado
El Precio Ajustado, se determinará aplicando la siguiente fórmula:
Donde:
= Precio Ajustado a efectos de calificación
= Monto ajustado por revisión aritmética
= Factor de ajuste
El resultado del PA de cada propuesta será registrado en la última columna del Formulario V-2.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos y cuando corresponda, aplicado el margen de preferencia, de la Columna Precio Ajustado, del Formulario V-2, se seleccionará la propuesta con el menor valor, el cual corresponderá al Precio Evaluado Más Bajo.
En caso de existir un empate entre dos o más propuestas, se procederá a la evaluación de la propuesta técnica de los proponentes que hubiesen empatado.
Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta con el Precio Evaluado Más Bajo, se someterá a la evaluación de la propuesta técnica, verificando la información contenida en el Formulario C-1, aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE utilizando el Formulario V-3. En caso de cumplir, se recomendará su adjudicación, cuyo monto adjudicado será:
En servicios continuos, el valor real de la propuesta (MAPRA).
En servicios discontinuos, el precio unitario ofertado en la propuesta adjudicada.
Caso contrario se procederá a su descalificación y a la evaluación de la segunda propuesta con el Precio Evaluado más Bajo, incluida en el Formulario V-2 (columna Precio Ajustado), y así sucesivamente.
En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
“NO APLICA ESTE MÉTODO”
“NO APLICA ESTE MÉTODO”
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
Nómina de los proponentes.
Cuadros de evaluación.
Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes.
En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
Nómina de los participantes y precios ofertados.
Los resultados de la calificación.
Identificación del (de los) proponente (s) adjudicado (s), cuando corresponda.
Causales de descalificación, cuando corresponda.
Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
La notificación deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta deberá ser publicado en el SICOES, para efectos de comunicación.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación y para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del día siguiente hábil al vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o más documentos, requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
El proponente adjudicado deberá presentar, para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX.
En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato.
Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la formalización de la contratación, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.
Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta.
En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante:
Contrato Modificatorio: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al incremento de los precios unitarios. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
Contrato Modificatorio para Servicios Generales Recurrentes. Cuando la entidad requiera ampliar el plazo del servicio general recurrente, para lo cual, la instancia correspondiente, de manera previa a la conclusión del contrato, realizará una evaluación del cumplimiento del contrato, en base a la cual, la MAE o la autoridad que suscribió el contrato principal, podrá tomar la decisión de modificar o no el contrato del servicio.
Esta modificación podrá realizarse por una (1) sola vez, no debiendo exceder el plazo establecido en el contrato principal, ni modificarse los precios unitarios establecidos en el contrato.
El seguimiento y control se efectuará a través de un Manual de Seguimiento y Control que será elaborado en base a lo establecido en el presente DBC y su contrato, antes del inicio del servicio general. El Fiscal del Servicio será el personal autorizado para efectivizar la comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio general, pudiendo ser el Responsable de Recepción o formar parte de la Comisión de Recepción a la conclusión del servicio.
El Agente de Servicio representará al proveedor del servicio durante la ejecución del mismo, coordinando permanentemente con la entidad contratante a través del Fiscal de Servicio, para atender en forma satisfactoria el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en el contrato.
Concluida la prestación del servicio general, el Responsable de Recepción o la Comisión de Recepción, elaborará el Informe de Conformidad del Servicio, en el que debe especificar el detalle del cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en el contrato suscrito y de sus partes integrantes u Orden de Servicio.
El cierre del contrato procederá ante la terminación por cumplimiento o por Resolución de Contrato, conforme las previsiones establecidas en el contrato.
En caso de terminación por cumplimiento, una vez concluida la liquidación del contrato, la entidad deberá emitir el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
Cuando la contratación se hubiese formalizado, mediante una Orden de Servicio y una vez emitido el Informe de Conformidad, la entidad deberá emitir el Certificado de Cumplimiento de la Orden de Servicio.
Los pagos se realizarán concluida la provisión del servicio, previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proveedor.
En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Servicios Generales: Se define como servicios generales a los servicios que requieren las entidades públicas para desarrollar actividades relacionadas al funcionamiento o la administración de la entidad, los que a su vez se clasifican en servicios de provisión continua y servicios de provisión discontinua.
Servicios de Provisión Continua: Son aquellos cuya provisión es continua y están ligados a la provisión de insumos, materiales y/o repuestos para cumplir con el servicio, tal el caso de los servicios de seguros, limpieza, vigilancia, mantenimiento, reparación, atención de alimentación y otros similares.
Servicios de Provisión Discontinua: Son servicios que se utilizan en el desarrollo de las actividades de la entidad y cuyo requerimiento pese a ser rutinario puede ser discontinuo en el transcurso de una gestión; considerándose entre éstos a los servicios de Courier, servicio de fotocopias, servicio de agencia de viajes, servicios de publicidad, publicaciones, transporte y otros similares. La contratación de estos servicios se basa generalmente en precios unitarios.
Certificado de Cumplimiento de Contrato u Orden de Servicio: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del proveedor del servicio general que oficializa el cumplimiento del Contrato u Orden de Servicio: detallando los aspectos más importantes de estos documentos.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio general, se convierte en parte contractual del mismo.
Fiscal de Servicio: Servidor público de línea y/o profesional especialista, designado por autoridad competente de la entidad contratante para realizar el seguimiento del servicio general, fiscalizando directamente el cumplimiento de las especificaciones técnicas y el contrato.
Proponente: Es la persona natural o jurídica que muestra interés en participar en el proceso de contratación.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Servicios Generales Recurrentes: Son servicios que la entidad requiere de manera ininterrumpida para el cumplimiento de sus funciones.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
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Entidad Convocante |
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
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Modalidad de contratación |
Apoyo Nacional a la Producción y Empleo - ANPE |
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Código Interno que la Entidad utiliza para identificar el proceso |
ANPE – P N° 029/2020-1C |
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CUCE |
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0 |
0 |
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1 |
0 |
5 |
7 |
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2 |
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Gestión |
2020 |
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Objeto de la contratación |
SERVICIO DE MONITOREO, DETECCION Y RESPUESTA A CIBERATAQUES |
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Método de Selección y Adjudicación |
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Precio Evaluado más Bajo |
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Calidad Propuesta Técnica y Costo |
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Forma de Adjudicación |
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Precio Referencial |
Precio Referencial mensual Bs76.425,00 (Setenta Seis Mil Cuatrocientos Veinticinco 00/100 Bolivianos) Precio Referencial Total Bs917.100,00 (Novecientos Diecisiete Mil Cien 00/100 Bolivianos) |
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La contratación se formalizará mediante |
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Contrato |
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Orden de Servicio (únicamente para prestación de servicios generales no mayor a quince 15 días calendario) |
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Plazo de Prestación del Servicio (días calendario) |
Plazo de ejecución del Servicio: Plazo de ejecución del servicio es de un (1) año calendario, a partir de la fecha señalada en la orden de proceder emitida por los Fiscal del Servicio. |
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Lugar de Prestación del Servicio |
El servicio será prestado en instaladores del Banco Central de Bolivia en la ciudad de La Paz. |
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Garantía de Cumplimiento de Contrato |
El proponente adjudicado deberá constituir la garantía de cumplimiento de contrato por el 7% o el 3,5% según corresponda. |
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Señalar para cuando es el requerimiento del Servicio General |
X |
Servicios Generales para la gestión en curso |
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Servicios Generales recurrentes para la próxima gestión (el proceso llegará hasta la adjudicación y la suscripción del contrato estará sujeta a la aprobación del presupuesto de la siguiente gestión) |
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Organismos Financiadores |
# |
Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) |
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% de Financiamiento |
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1 |
Recursos propios |
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100 |
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Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: |
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Domicilio de la Xxxxxxx Xxxxxxxxxx |
Xxxx 0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xxx XXX, ubicado Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx. Xx Xxx – Xxxxxxx |
Horario de Atención de la Entidad |
De 8:30 a 18:30 |
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Nombre Completo |
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Cargo |
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Dependencia |
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Encargado de atender consultas Administrativas |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx. |
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Prof. en Compras y Contrataciones |
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Dpto. de Xxxxxxx y Contrataciones |
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Técnicas |
Xxxxx Xxxxxx Xxxx |
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Jefe del Dpto. de Seguridad y Continuidad Informática a.i. |
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Gerencia de Sistemas |
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Teléfono |
2409090 Internos: 4729 (Consultas Administrativas) 1154 (Consultas Técnicas) |
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Fax |
0000000 |
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Correo Electrónico |
(Consultas Administrativas) (Consultas Técnicas) |
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3. CRONOGRAMA DE PLAZOS |
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De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio:
Ambos computables a partir del día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria;
El incumplimiento a los plazos señalados será considerado como inobservancia a la normativa |
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El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: |
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ACTIVIDAD |
FECHA |
HORA |
LUGAR Y DIRECCIÓN |
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Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes |
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Día |
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Mes |
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Año |
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02 |
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09 |
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2020 |
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Inspección previa (No es obligatoria) |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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NO CORRESPONDE |
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Consultas Escritas (No es obligatoria) |
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Día |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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NO CORRESPONDE |
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Reunión Informativa de aclaración (No es obligatoria) |
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Día |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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NO CORRESPONDE |
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Fecha límite de Presentación y Apertura de Propuestas |
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Día |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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15
15 |
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09
09 |
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2020
2020 |
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11
11 |
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00
15 |
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Presentación de las Propuestas: En forma física: Ventanilla Única de Correspondencia – PB del Edificio del BCB, ubicado en el Xxxxx Xxxxxxxx xxx. Xxxxxxx, Xx Xxx- Xxxxxxx.
En forma electrónica: A través xxx XXXX de conformidad al procedimiento establecido en la Reglamentación al D.S. 4285.
Apertura de Propuestas: Piso 7, Dpto. de Compras y Contrataciones del edificio principal del BCB.
El enlace de la reunión para Apertura virtual de Propuestas: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx-xx/xxxxxxx/x.xxx?XXXXxxx0x00000x00x00xx000000x000xxxx0x |
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Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA |
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Día |
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Mes |
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Año |
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12 |
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10 |
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2020 |
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Adjudicación o Declaratoria Desierta |
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19 |
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10 |
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2020 |
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Notificación de la adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) |
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21 |
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10 |
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2020 |
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Presentación de documentos para la formalización de la contratación. |
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05 |
|
11 |
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2020 |
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Suscripción de contrato o emisión de la Orden de Servicio. |
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12 |
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11 |
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2020 |
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS DEL SERVICIO GENERAL
Las especificaciones técnicas requeridas son:
FORMULARIO C-1
FORMULARIO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“SERVICIO DE MONITOREO, DETECCIÓN Y RESPUESTA A CIBERATAQUES”
NOTA:
El Proponente también podrá ofertar características superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad de los servicios y/o requisitos solicitados y/o ofertados, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten el fin para el cual fue requerido el bien.
PARTE III
ANEXO 1
FORMULARIO A-1
PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Personas Naturales, Empresas o Asociaciones Accidentales)
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CUCE: |
2 |
0 |
- |
0 |
9 |
5 |
1 |
- |
0 |
0 |
- |
1 |
0 |
5 |
7 |
6 |
2 |
4 |
- |
1 |
- |
1 |
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SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: |
SERVICIO DE MONITOREO, DETECCION Y RESPUESTA A CIBERATAQUES |
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El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio.
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DESCRIPCIÓN |
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MONTO TOTAL NUMERAL (Bs.) (POR 12 MESES DE SERVICIO) |
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MONTO TOTAL DEL SERVICIO LITERAL |
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PLAZO DE VALIDEZ(*) (en días calendario) |
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SERVICIO DE MONITOREO, DETECCION Y RESPUESTA A CIBERATAQUES por un año calendario según Especificaciones Técnicas |
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(*)ACLARACIÓN: Se aclara que el plazo de validez de la propuesta no debe ser inferior a 30 días calendario. Sin embargo, el BCB sugiere ofertar un plazo de validez de al menos 60 días calendario |
A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
Xxxxxxx, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
Declaro y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del Contrato u Orden de Servicio.
Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
Me comprometo a denunciar, posibles actos de corrupción en el presente proceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia.
Acepto a sola firma de este documento, que todas los Formulario presentados se tienen por suscritos.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la formalización de la contratación, me comprometo a presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los incisos: a), e), h), j) y cuando corresponda k).
Certificado XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
Carnet de identidad para personas naturales.
Documento de Constitución de la empresa.
Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un representante legal, no deberán presentar este Poder.
Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) válido y activo, salvo lo previsto en el subnumeral 24.4 del presente DBC.
Certificados de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto personas naturales. Si corresponde, en el caso de empresas unipersonales, que no cuenten con dependientes, deberá presentar el Formulario de Inscripción de Empresas Unipersonales sin Dependientes - FIEUD. (vigentes)
Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato y en caso de Micro y Pequeñas Empresas del 3.5%. En el caso de Asociaciones Accidentales esta Garantía por ciento (7%) del monto del contrato podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
Certificado que acredite la condición de Micro y Pequeña Empresa (cuando el proponente hubiese declarado esta condición).
Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
Nota escrita de designación del agente del servicio según Especificaciones Técnicas.
Documentación requerida en las Especificaciones Técnicas:
Documentación de respaldo sobre la experiencia del proponente y del personal requeridos en el punto B del inciso IV Condiciones Complementarias.
Documentación de respaldo de la acreditación de la marca requerido en el punto C del inciso IV Condiciones Complementarias.
(Firma del proponente, propietario o representante legal del proponente)
(Nombre completo)
FORMULARIO A-2a
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Personas Naturales)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE |
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Nombre del proponente |
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Número de CI/NIT |
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Cédula de Identidad o Número de Identificación Tributaria |
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Domicilio |
: |
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Teléfonos |
: |
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2. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES |
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Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: |
Fax |
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Correo Electrónico: |
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FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
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Nombre del proponente o Razón Social |
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Proponente |
(Xxxx Xxxxxxx: Empresa Nacional, Cooperativa o Asociación Civil Sin Fines De Lucro) |
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Tipo de Proponente |
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MyPE (Marcar sólo si cuenta con la certificación de MyPE) |
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País |
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Ciudad |
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Dirección |
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Domicilio Principal |
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Teléfono |
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Número de Identificación Tributaria |
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Fecha de Registro |
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Número de Matricula |
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Mes |
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Año |
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Matrícula de Comercio |
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Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre del Representante Legal |
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Número de Cédula de Identidad del Representante Legal |
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Número de Testimonio |
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Lugar de Emisión |
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Fecha de Inscripción |
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Poder del Representante Legal |
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Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: |
Fax |
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En caso de Cooperativas y Asociaciones Civiles sin Fines de Xxxxx deberá llenar los datos que corresponda según su naturaleza institucional.
FORMULARIO A-2c
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
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Denominación de la Asociación Accidental |
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Fecha de Inscripción |
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Poder del Representante Legal |
Número de Testimonio |
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Fecha de Inscripción |
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Dirección del Representante Legal |
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Declaro en calidad de Representante Legal de la Asociación Accidental contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. |
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Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía |
Fax |
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FORMULARIO A-2d
IDENTIFICACIÓN DE INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
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Nombre del proponente o Razón Social |
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Número de Identificación Tributaria –NIT |
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Número de Matrícula de Comercio |
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Fecha de Registro |
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Nombre del Representante Legal |
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Cédula de Identidad del Representante Legal |
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Fecha de inscripción |
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Poder del Representante Legal |
Número de Testimonio |
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Lugar de emisión |
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Día |
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(En el caso de que la Asociación Accidental esté conformada por una Cooperativa o Asociación Civil Sin Fin de Lucro no deberá ser llenada la información respecto a la Matrícula de Comercio).
FORMULARIO Nº B-1
PROPUESTA ECONÓMICA
|
DATOS COMPLETADOS POR LA ENTIDAD CONVOCANTE |
DATOS COMPLETADOS POR EL PROPONENTE |
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Ítem |
Detalle del o los servicios generales |
Cantidad (1Servicio por mes 12 meses) (*) |
Precio referencial unitario Bs (Mensual) |
Precio total Bs (Por 12 Meses) |
Precio unitario ofertado Bs (Mensual) |
Precio total (**) Bs (Por 12 meses) |
1 |
SERVICIO DE MONITOREO, DETECCION Y RESPUESTA A CIBERATAQUES (según especificaciones técnicas) |
12 |
76.425,00 |
917.100,00 |
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|
TOTAL (Numeral) |
917.100,00 |
TOTAL PROPUESTA ECONÓMICA (Numeral) |
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(Literal |
Novecientos Diecisiete Mil Cien 00/100 Bolivianos |
(Literal |
|
(*) En caso de Servicios Generales Continuos, la Entidad debe establecer la cantidad de servicios requeridos. En caso de Servicios Generales Discontinuos, la Entidad debe establecer la cantidad de servicios estimados (la cantidad de servicios estimados no compromete a la entidad a realizar el pago del monto total estimado, siento este un dato meramente estimativo; asimismo, dicho monto estimado se constituye en un límite en relación al gasto de la Entidad).
(**) El precio total será el resultado de la multiplicación entre el precio ofertado y la cantidad de servicios requeridos o estimados.
En caso de que la contratación se efectúe por ítems o lotes se deberá repetir este cuadro para cada ítem o lote.
FORMULARIO C-1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Este formulario se encuentra en el numeral 26, Parte II “INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN” del presente Documento Base de Contratación.
FORMULARIO C-2
CONDICIONES ADICIONALES
(NO APLICA EN EL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN)
ANEXO 2
FORMULARIOS REFERENCIALES DE APOYO
FORMULARIO V-1
EVALUACIÓN PRELIMINAR
DATOS GENERALES DEL PROCESO |
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CUCE: |
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Objeto de la contratación: |
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Nombre del Proponente: |
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Propuesta Económica: |
(No aplica cuando se utilice el método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo) |
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REQUISITOS EVALUADOS |
Verificación (Acto de Apertura) |
Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) |
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PRESENTÓ |
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SI |
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CONTINUA |
DESCALIFICA |
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DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS |
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En el casos de Asociaciones Accidentales, cada asociado en forma independiente presentará: FORMULARIO A-2d Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental. |
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PROPUESTA TÉCNICA |
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PROPUESTA ECONÓMICA |
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FORMULARIO V-2
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
(Este formulario no es aplicable para el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo)
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DATOS DEL PROCESO |
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Objeto de la Contratación |
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N° |
NOMBRE DEL PROPONENTE |
VALOR LEÍDO DE LA PROPUESTA |
MONTO AJUSTADO POR REVISIÓN ARITMÉTICA |
FACTOR DE AJUSTE POR MARGEN DE PREFERENCIA |
PRECIO AJUSTADO |
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pp |
MAPRA (*) |
fa |
PA=MAPRA*fa |
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(a) |
(b) |
(c) |
(b)x(c) |
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… |
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(*) En caso de no evidenciarse errores aritméticos el monto leído de la propuesta (pp) debe trasladarse a la casilla Monto Ajustado Por Revisión Aritmética (MAPRA).
FORMULARIO V-3
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Formulario C-1 (Llenado por la Entidad) |
PROPONENTES |
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PROPONENTE A |
PROPONENTE B |
PROPONENTE C |
PROPONENTE n |
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Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
Cumple |
No cumple |
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Categoría 1 |
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Categoría 2 |
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Categoría 3 |
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METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
(señalar si cumple o no cumple) |
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(NO SERÁ APLICADO PARA EL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN)
ANEXO 3
MODELO DE CONTRATO SANO-DLABS N° 42/2020
Contrato Administrativo de Servicio de Monitoreo, Detección y Respuesta a Ciberataques para el BCB, sujeto al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- (DE LAS PARTES) Las partes CONTRATANTES son:
El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con Número de Identificación Tributaria (NIT) 0000000000, con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona central, en la Ciudad de La Paz – Bolivia, representado legalmente por el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx con Cédula de Identidad Nº 5942931emitida en La Paz, como Gerente de Administración, en mérito a la designación realizada mediante Acción de Personal N° 183/2020 de 19 de febrero de 2020 y a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (RE-SABS) del Banco Central de Bolivia, aprobado mediante Resolución de Directorio N° 147/2015 de fecha 18 xx xxxxxx de 2015 y a la Resolución PRES - GAL N° 12/2015 de fecha 27 xx xxxxxx de 2015, que en adelante se denominará la ENTIDAD.
_________, sociedad legalmente constituida y existente conforme a la legislación boliviana, con registro en FUNDEMPRESA bajo la Matrícula de Comercio N° ____, inscrita en el Padrón Nacional de Contribuyentes con NIT ______, con domicilio en ______ de la zona de _____ de la Ciudad de ___ – Bolivia, representada por _______, con Cédula de Identidad N° _____, expedida en ____, en virtud al Testimonio de Poder Nº ____ de __ de ____ de ___, otorgado ante ____, Notario de Fe Pública de Primera Clase Nº __ del Distrito Judicial de ___, en adelante denominado el PROVEEDOR.
La ENTIDAD y el PROVEEDOR en su conjunto se denominarán las PARTES.
CLÁUSULA SEGUNDA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, mediante proceso de contratación con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) ______________, convocó en fecha __ de ____ de 2020 a proponentes interesados a que presenten sus propuestas de acuerdo con las condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación (DBC), proceso realizado para la Contratación de Servicios Generales, en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo ANPE-P N° ___/2020-1C, en el marco del Decreto Supremo No. 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe Evaluación y Recomendación __________________ de __ de _____ de 2020, por su parte la Gerencia de Asuntos Legales emitió el Informe ___________ de __ de ____ de 2020, con base en ambos Informes el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA) resolvió adjudicar mediante Resolución GADM – GAL Nº _/2020 de _ de _________ de 2020 la prestación del Servicio de Monitoreo, Detección y Respuesta a Ciberataques al PROVEEDOR, al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD.
CLÁUSULA TERCERA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitución Política del Estado.
Ley Nº 1178 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx.
Ley del Presupuesto General aprobado para la gestión.
Decreto Supremo Nº 0181 de las NB-SABS y sus modificaciones.
Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (RE-SABS) del Banco Central de Bolivia.
Otras disposiciones relacionadas.
CLÁUSULA CUARTA.- (OBJETO) El objeto del presente Contrato es la prestación del Servicio de Monitoreo, Detección y Respuesta a Ciberataques para la ENTIDAD, que en adelante se denominará el SERVICIO, para fortalecer la seguridad informática de las operaciones de la ENTIDAD. El SERVICIO será prestado por el PROVEEDOR de conformidad con las Especificaciones Técnicas del DBC, la Propuesta Adjudicada y con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato, de acuerdo al siguiente alcance:
Alcance del SERVICIO: El SERVICIO deberá contemplar el monitoreo, detección y respuesta a ciberataques en trescientos (300) equipos computacionales de la ENTIDAD (de ahora en adelante denominados ENDPOINT), considerando lo siguiente:
Etapa 1, Relevamiento de información y planificación: Elaboración de un informe del relevamiento de información y planificación para la identificación y atención de incidentes y amenazas cibernéticas en endpoints.
Características específicas del servicio relacionadas al relevamiento de información y planificación: El PROVEEDOR deberá elaborar y entregar un informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”, a través de correo electrónico o comunicación externa, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, computables a partir del siguiente día hábil de la entrega de la lista de los requisitos para el despliegue por parte de la ENTIDAD.
El informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio” debe contener al menos los siguientes puntos descritos a continuación:
Requisitos para el despliegue: La ENTIDAD remitirá, a través de correo electrónico o comunicación externa, una lista al PROVEEDOR en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles a partir de la firma del presente Contrato, describiendo los recursos donde deben ser desplegados los componentes necesarios para la ejecución del SERVICIO.
El PROVEEDOR deberá mencionar los requisitos para el despliegue de componentes, e incluirlos en el informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”
Diseño de Política de Monitoreo, Detección y Respuesta ante amenazas cibernéticas: El PROVEEDOR deberá efectuar un relevamiento de información en la ENTIDAD y elaborar el “Diseño de Política de Monitoreo, Detección y Respuesta”, e incluirlo en el informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”, el cual identifique los planes de respuesta, flujos de trabajo, tipos de incidentes y de amenazas cibernéticas, que serán gestionados por el servicio, considerando al menos lo siguiente:
Incidentes |
Amenazas |
Pérdida de Información |
Ransomware, Malware |
Explotación de Vulnerabilidades |
Cyberataque interno, externo, APT (Advanced Persisten Treath), Command And Control |
Escalamiento de Privilegios |
APT (Advanced Persisten Treath), Command And Control, Evasión |
Actividad Sospechosa e Inusual |
APT (Advanced Persisten Treath), Command And Control, Movimientos laterales, Evasion, cryptomining |
Intentos de acceso no autorizados |
Cyberataque interno, externo, APT (Advanced Persisten Treath), Command And Control, Evasion |
Los FISCALES manifestarán su conformidad u objeción sobre el informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio” del servicio, a través de un informe, en un plazo de cinco (5) días hábiles, a partir de la fecha de recepción del informe remitido por el PROVEEDOR.
En caso de existir observaciones sobre el informe, el PROVEEDOR tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para subsanar las mismas desde el día siguiente hábil de la notificación.
Etapa 2, Instalación, configuración y despliegue de los componentes: Despliegue, instalación y configuración de los componentes requeridos para el funcionamiento del servicio en los trescientos (300) endpoints.
Despliegue y configuración de componentes requeridos para el funcionamiento del SERVICIO. El PROVEEDOR deberá realizar el despliegue y configuración de los componentes en un plazo xx xxxx (10) días hábiles a partir del día siguiente hábil de emitido el informe de conformidad del informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”.
El despliegue y configuración de componentes deberá cumplir con al menos los siguientes puntos:
Instalación de componentes: El PROVEEDOR deberá realizar la instalación de los componentes en todos recursos tecnológicos de la ENTIDAD definidos en el informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”.
Configuración y despliegue de políticas: El PROVEEDOR deberá realizar la configuración y el despliegue de las políticas definidas en el informe de “Relevamiento de Información y Planificación del Servicio”.
Informe de configuración y despliegue de políticas: Una vez realizadas las actividades de instalación, configuración y despliegue, el PROVEEDOR elaborará un informe de “Despliegue y Configuración de Componentes”, el cual deberá ser remitido al BCB a través de correo electrónico o comunicación externa en un plazo de cinco (5) días hábiles computables a partir del siguiente día hábil de finalizada la etapa de “Despliegue y configuración de componentes requeridos para el funcionamiento del servicio”.
Los FISCALES manifestarán conformidad u objeción sobre el informe de “Despliegue y Configuración de Componentes”, a través de un informe, en un plazo de cinco (5) días hábiles, a partir de la fecha de recepción del informe remitido por el PROVEEDOR.
En caso de existir observaciones sobre el informe, el PROVEEDOR tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanar las mismas desde el día siguiente hábil de la notificación.
Una vez emitido el informe Técnico de Aprobación. Los FISCALES podrán emitir la Orden de Proceder.
Etapa 3, Monitoreo, detección y respuesta a ciberataques:
Monitoreo y detección de amenazas cibernéticas, a través de los componentes desplegados según las características específicas de del SERVICIO, bajo modalidad 24X7 (en tiempo real).
Incluir Inteligencia de Amenazas (Threat Intelligence) para el proceso de monitoreo y detección de amenazas cibernéticas.
Respuesta a incidentes de acuerdo a las definiciones establecidas en la fase de relevamiento descrita en el inciso a) del presente punto.
Elaboración y entrega de reportes e informes de monitoreo, detección y respuesta a ciberataques.
Administración centralizada de los componentes desplegados, que incluya mantenimiento y actualización de versiones de los componentes.
Monitoreo y detección. El PROVEEDOR deberá realizar el monitoreo y detección de amenazas cumpliendo al menos los siguientes puntos:
Monitoreo en tiempo real con la modalidad 24x7.
Generación automática de alertas y reporte en línea a la ENTIDAD.
Investigación de todas las alertas generadas y determinar las causas de las mismas.
Registro de eventos críticos para investigación forense.
El PROVEEDOR deberá acreditar que el monitoreo, detección y respuesta será realizado de forma remota por personal especializado dependiente de la marca de los componentes utilizados.
“Threat Intelligence” o inteligencia de Xxxxxxxx: La información utilizada por el PROVEEDOR para realizar inteligencia de amenazas (Threat Intelligence) deberá cumplir con al menos los siguientes puntos:
Alertas inmediatas sobre nuevos adversarios o amenazas.
Acceso al portal de “Threat Intelligence” para al menos tres (3) funcionarios de la ENTIDAD, permitiendo la búsqueda de amenazas, generación de reportes, subida de archivos sospechosos para análisis de “malware”.
Respuesta ante incidentes: La respuesta ante incidentes deberá cumplir con al menos los siguientes puntos:
La respuesta a incidentes incluye la contención y erradicación de la amenaza o incidente, que podrá ser realizada a través de acceso remoto cumpliendo al menos lo siguiente:
El PROVEEDOR facilitará a la ENTIDAD los componentes necesarios para su acceso remoto sin un costo adicional para la ENTIDAD.
Los componentes deberán estar instalados en la ENTIDAD y deben soportar niveles de cifrado robustos (por ejemplo AES-256), pistas de auditoría de las conexiones.
Deberá existir trazabilidad de las acciones realizadas por el PROVEEDOR.
Identificación de los mecanismos utilizados por las amenazas o atacantes.
La contención del incidente o amenaza deberá tener la capacidad de aislar o encapsular los endpoints comprometidos.
La erradicación de la amenaza o incidente deberá registrar los eventos e información relacionada necesaria para realizar un seguimiento posterior del incidente y para fines de análisis forense.
Tiempo de respuesta máximo a incidentes:
Dos (2) horas, para incidentes catalogados como críticos.
Cuatro (4) horas, para incidentes catalogadas como altos.
Veinticuatro (24) horas, para incidentes catalogados como medios y bajos.
Las acciones de respuesta a incidentes y el estado de los endpoints comprometidos deben poder ser visibles en tiempo real desde la consola centralizada de administración.
Una vez concluido el proceso de respuesta a incidentes, el PROVEEDOR, deberá elaborar y presentar a la ENTIDAD un informe ejecutivo y un informe técnico sobre el incidente atendido en un plazo máximo de cuatro (4) horas.
Elaboración y entrega de reportes e informes: El PROVEEDOR deberá elaborar y entregar reportes o informes que cumplan con al menos los siguientes puntos:
Informe mensual sobre el estado del SERVICIO que incluye al menos lo siguiente:
Cantidad, descripción y estado de componentes instalados y su estado.
Cantidad, descripción y estado de amenazas identificadas.
Cantidad, descripción y estado de incidentes atendidos.
Alertas tempranas basadas en “Treat Intelligence”.
El informe y reporte de atención a incidentes deberá incluir al menos lo siguiente:
Fecha y hora de ocurrencia del incidente.
Descripción de Endpoints comprometidos y detalle técnico.
Endpoints involucrados.
Acciones de respuesta realizadas.
Tiempo de detección y respuesta.
Tipo de amenaza y detalle técnico.
Acciones tomadas y solución aplicada.
Recomendaciones.
Registro de logs y actividad de los endpoints, con un plazo no menor a noventa (90) días y disponibilidad inmediata por parte de la ENTIDAD.
Administración de la plataforma tecnológica utilizada y de los componentes desplegados: El PROVEEDOR deberá administrar la plataforma tecnológica y de los componentes desplegados mientras dure el SERVICIO, cumpliendo al menos lo siguiente:
Instalación y re-instalación de componentes en endpoints y reemplazo de endpoints a requerimiento de la ENTIDAD.
Actualización de versión de los componentes y aplicación de parches obligatorios.
Monitoreo del buen funcionamiento de los componentes.
Configuración y despliegue de políticas en endpoints.
Resolución de problemas relacionados con la integración de los componentes y los endpoints.
Mantenimiento y mejoras en las configuraciones.
Características técnicas de los componentes: Los componentes a ser desplegados e instalados deben ser de tipo EDR (Endpoint Detection & Response), y poseer al menos las siguientes características:
Protección contra código malicioso basada en machine learning.
Bloqueo de amenazas por comportamiento.
Generación y uso de Indicadores de Compromiso (IoC).
Bloqueo de amenazas en base a resúmenes (hashes) personalizados.
Prevención de escalamiento de privilegios, ransomware y exploits de tipo día cero en endpoints.
Datos y visibilidad de la cronología del ataque.
Capacidad de generar un inventario de todos los endpoints gestionados y sin gestionar en un entorno global.
Poseer un API de detección que permita la integración con otras herramientas de TI para remediar de forma automática los sistemas no gestionados y las aplicaciones no deseadas.
Control de dispositivos de almacenamiento externo en endpoints.
Detección de Incidentes basada en Tiempo real a Incidentes.
Inteligencia de amenazas (Thread Intelligence).
Identificación de actores (Grupos de ciber Criminales) que podrían estar atacando el BCB.
Compatibilidad de los componentes: Los componentes a ser utilizados deben ser compatibles al menos con los siguientes sistemas operativos:
Windows 7 (32 bits y 64 bits) o superior.
RHEL: 6.7 - 6.10, 7.3-7.6
CENTOS 6.7 - 6.10, 7.3-7.6
Ubuntu LTS 14.04
Ubuntu 16-AWS
Características específicas de los componentes con relación a la protección frente a amenazas: La protección frente a amenazas deberá cumplir con al menos los siguientes puntos:
Protección en tiempo real 24x7.
Protección contra código malicioso basada en “machine learning”, “threat intelligence” y “threat hunting”.
Bloqueo de amenazas por comportamiento.
Generación y uso de Indicadores de Compromiso (IoC).
Bloqueo de amenazas en base a resúmenes (hashes) personalizados.
Prevención de escalamiento de privilegios, ransomware y exploits de tipo día cero en endpoints.
Visibilidad de la cronología del ataque (trazabilidad).
XXXXXXXX XXXXXX.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Para cumplimiento del presente Contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos:
DBC.
Formulario de Requerimiento de Servicios, Preventivo N° __ de _ de ____ de 2020.
Propuesta Adjudicada.
Resolución de Adjudicación GADM – GAL Nº _/2020 de __ de ______de 2020.
Poder del representante legal del PROVEEDOR, Testimonio de Poder Nº __/___ de __ de ______ de ___.
Certificado del Registro Único de Proveedores del Estado N° ____ de _ de ____de 2020.
Certificados de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
Garantía.
Resolución PRES - GAL N° 1/2020 de 21 de enero de 2020, en la cual se autoriza el compromiso de los gastos en bienes y servicios destinados a asegurar la continuidad y atención de las actividades institucionales por periodos mayores a un año y/o que su ejecución sobrepase la gestión fiscal.
CLÁUSULA SEXTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES) Las PARTES contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato.
Por su parte el PROVEEDOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente Contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como con las condiciones de su propuesta.
Prestar el SERVICIO, objeto del presente Contrato, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido con las características técnicas ofertadas y aceptadas.
Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven en incumplimientos, accidentes, atentados, etc.
Por su parte la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Dar conformidad al SERVICIO de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada.
Emitir Informe de Conformidad Parcial o Final del servicio, cuando el mismo cumpla con las condiciones establecidas en el DBC, así como con las condiciones de la propuesta adjudicada.
Realizar el pago por el SERVICIO, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de emitido el Informe de Conformidad Parcial con el servicio objeto del presente Contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) El PROVEEDOR, garantiza el cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la___, con N° ________, emitida por _____, a la orden de la ENTIDAD, equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del contrato que asciende al monto de Bs________ (___ 00/100 Bolivianos), con vigencia hasta el __, que cubre la ejecución del presente contrato.
(Dependiendo de la garantía escogida por el PROVEEDOR)
El importe de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, será pagado en favor de la ENTIDAD a su sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Si se procediera a la prestación del SERVICIO dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Informe de Conformidad correspondiente, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD, por razones justificadas. Los FISCALES son quienes llevarán el control directo de la vigencia de la misma bajo su responsabilidad.
El PROVEEDOR podrá solicitar a los FISCALES la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, misma que será equivalente al siete por ciento (7%) del monto de ejecución restante del SERVICIO al momento de la solicitud, siempre y cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones a la fecha de la solicitud:
Se haya alcanzado un cumplimiento del SERVICIO, de al menos setenta por ciento (70%);
El SERVICIO se haya cumplido sin faltas atribuibles al PROVEEDOR.
Los FISCALES deberán emitir informe sobre la solicitud de sustitución de la garantía en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, aceptando o rechazando la misma. En caso de aceptar la solicitud de sustitución de la garantía, los FISCALES remitirán a la Unidad Administrativa de la ENTIDAD la solicitud de sustitución y antecedentes a efectos de que se realice la sustitución por única vez de la garantía contra entrega de una nueva garantía.
CLAUSULA OCTAVA (VIGENCIA) El presente CONTRATO entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción por ambas PARTES, hasta que la Gerencia de Administración de la ENTIDAD emita el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA NOVENA.- (ANTICIPO) En el presente contrato no se otorgará anticipo
CLÁUSULA DECIMA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El PROVEEDOR prestará el SERVICIO en estricto cumplimiento con la propuesta adjudicada, las Especificaciones Técnicas y el Contrato, por el plazo de un (1) año calendario.
El plazo señalado será computado a partir de la fecha establecida en la Orden de Proceder emitida por los FISCALES.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El PROVEEDOR prestará el SERVICIO en las instalaciones de la ENTIDAD ubicada en la callle Ayacucho esquina Mercado de la ciudad de La Paz - Bolivia.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO) El monto propuesto y aceptado por ambas PARTES para la prestación del SERVICIO, objeto del presente Contrato es de Bs____ (____ 00/100 Bolivianos).
Queda establecido que el monto consignado en la propuesta adjudicada incluye todos los elementos, sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del SERVICIO.
Es de exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR, prestar el SERVICIO por el monto establecido como costo del SERVICIO, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que hiciesen exceder dicho monto.
Las PARTES acuerdan que el pago por la prestación del SERVICIO, será de manera mensual a la presentación de la respectiva factura, previa emisión del informe de Conformidad Parcial del Servicio por mes vencido, a cargo de los FISCALES. Finalizado el SERVICIO y una vez que los FISCALES aprueben la Planilla de Ejecución del Servicio y el Certificado de Liquidación Final emitido por el AGENTE DEL SERVICIO, éstos emitirán el Informe de Conformidad Final del Servicio.
Para este fin el PROVEEDOR presentará a los FISCALES para su revisión, una planilla de ejecución de servicios, donde deberá señalar todos los servicios prestados, el monto y la periodicidad de pago convenida.
Los FISCALES, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir dicha planilla de ejecución de servicios, indicarán por escrito su aprobación o la devolverá para que se realicen las correcciones o enmiendas respectivas. El PROVEEDOR, en caso de devolución deberá realizar las correcciones requeridas por los FISCALES y presentará nuevamente la planilla para su aprobación, con la nueva fecha.
Los FISCALES una vez que apruebe la planilla de ejecución del servicio, remitirán la misma a la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, para el pago correspondiente, dentro de quince (15) días hábiles computables desde la aprobación de dicha planilla por los FISCALES.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será realizada por escrito y será enviado:
Al PROVEEDOR: En _______________, Nº ___ de la zona de ___________de la Ciudad de ________ – Bolivia.
13.2. A la ENTIDAD: En la calle Ayacucho esquina Mercado de la ciudad de La Paz - Bolivia.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (DERECHOS DEL PROVEEDOR) El PROVEEDOR, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago por la prestación del SERVICIO conforme los alcances del presente contrato o por cualquier otro aspecto consignado en el mismo.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, a los FISCALES, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso.
Los FISCALES, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomarán conocimiento, analizarán el reclamo y emitirán su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, los FISCALES podrán solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, los FISCALES podrán solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al PROVEEDOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por los FISCALES.
Los FISCALES y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia, implantará impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (FACTURACIÓN) Previo a la aprobación de la planilla de ejecución de servicios el PROVEEDOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto total mensual correspondiente en favor de la ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente Contrato podrá ser modificado sólo en los aspectos previstos en el DBC, siempre y cuando exista acuerdo entre las PARTES. Dichas modificaciones deberán, estar orientadas por la causa del Contrato y estar destinadas al cumplimiento del objeto de la contratación, debiendo estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento.
Las partes acuerdan que por la recurrencia de la prestación del SERVICIO la ampliación del plazo precederá por una sola vez no debiendo exceder el plazo establecido en el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) Artículo 89 de las NB-SABS
La modificación al alcance del Contrato, permite el ajuste de las diferentes cláusulas del mismo que sean necesarias para dar cumplimiento del objeto de la contratación.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El PROVEEDOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (MULTAS) Las PARTES acuerdan que por concepto de penalidad se aplicará al PROVEEDOR las siguientes multas:
Por retraso en la implementación de la solución: El PROVEEDOR será sancionado con una multa equivalente al uno por ciento (1%) sobre el monto total del presente Contrato por cada día hábil de retraso en la instalación de los componentes.
(Manifestar aceptación)
Por otra parte, el PROVEEDOR será multado con el uno por ciento (1%) sobre el monto total del pago mensual en los siguientes casos:
En caso de que no cumpla con el plazo de respuesta a incidentes.
Suspensión del SERVICIO por más de una (1) hora.
En caso de que no genere los reportes solicitados por la ENTIDAD, en los plazos establecidos.
En caso de que los informes no tengan la información solicitada.
En caso de que no se atiendan los requerimientos de la ENTIDAD respecto a la instalación o reinstalación de componentes en Endpoints.
Estas penalidades se aplicarán salvo casos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente comprobadas por los FISCALES.
En todos los casos de resolución de contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR, la ENTIDAD no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por los FISCALES, bajo su directa responsabilidad, en el informe de conformidad parcial del SERVICIO, sujetas a su aprobación o en la liquidación del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) EL PROVEEDOR deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en la Estado Plurinacional de Bolivia, respecto a su personal, en este sentido será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza, que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
El PROVEEDOR de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 108 y en la Resolución Ministerial No. 527/2019 está obligado a proveer a sus trabajadores de ropa de trabajo y equipos de protección personal, debiendo encargarse de la verificación del cumplimiento de esta situación por parte de la Subgerencia de Gestión de Riesgos durante la ejecución del SERVICIO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO) Con el fin de exceptuar al PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por incumplimiento involuntario de las prestaciones del contrato, los FISCALES tendrán la facultad de calificar las causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas a fin de exonerar al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones en relación a la prestación del SERVICIO.
Se entenderá por hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificadas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes, haciendo imposible el cumplimiento de las obligaciones dentro de las condiciones inicialmente pactadas. Los hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones o cualquier otro hecho que afecte el cumplimiento de las obligaciones inicialmente pactadas.
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento o demora en la prestación del SERVICIO, de manera obligatoria y justificada el PROVEEDOR deberá solicitar a los FISCALES la emisión de un certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar todos los respaldos necesarios que acrediten su solicitud y la petición concreta en relación al impedimento de la prestación.
Los FISCALES en el plazo de dos (2) días hábiles deberán emitir el certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas o rechazar la solicitud de su emisión de manera fundamentada. Si los FISCALES no da respuesta dentro del plazo referido precedentemente, se entenderá la aceptación tácita de la existencia del impedimento, considerando para el efecto el silencio administrativo positivo. En caso de aceptación expresa o tácita y según corresponda, se procederá a exonerar al PROVEEDOR del pago de multas.
La solicitud del PROVEEDOR, para la calificación de los hechos de impedimento, como causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, no serán considerados como reclamos.
CLAÚSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá bajo una de las siguientes causas:
Por Cumplimiento del Contrato: Forma ordinaria de cumplimiento, donde la ENTIDAD como el PROVEEDOR dan por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por la ENTIDAD.
Por Resolución del Contrato: Es la forma extraordinaria de terminación del contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:
Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al PROVEEDOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
Por disolución del PROVEEDOR.
Por quiebra declarada del PROVEEDOR.
Por incumplimiento en la atención del servicio, a requerimiento de la ENTIDAD o por los FISCALES.
Por suspensión del SERVICIO sin justificación.
Por Incumplimiento a cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente Contrato.
Por observaciones realizadas por la ENTIDAD en cualquiera de las fases del SERVICIO que no sean subsanadas por el PROVEEDOR dentro de los plazos establecidos.
Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al SERVICIO.
Cuando el monto de la multa exceda el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
Resolución a requerimiento del PROVEEDOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El PROVEEDOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD, a través de los FISCALES, pretende modificar o afectar las condiciones del SERVICIO.
Por incumplimiento injustificado en el pago por la prestación del SERVICIO, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha en que debió hacerse efectivo el pago, existiendo conformidad del SERVICIO, emitida por los FISCALES.
Por utilizar o requerir aquellos SERVICIOS que son objeto del presente contrato, en beneficio de terceras personas.
Reglas Aplicables a la Resolución: De acuerdo a las causales de Resolución de Contrato señaladas precedentemente, y considerando la naturaleza del contrato de prestación de SERVICIO que implica la realización de prestaciones continuadas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas PARTES.
Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el PROVEEDOR, dará aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el CONTRATO, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomarán las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intención de resolución será retirado. Caso contrario, si al vencimiento de este término no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al PROVEEDOR se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Solo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del PROVEEDOR éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande los compromisos adquiridos por el PROVEEDOR para la prestación del SERVICIO contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
Si los FISCALES determinarán los costos proporcionales que en dicho acto se demandase y otros gastos que a juicio de los FISCALES fueran considerados sujetos a reembolso en favor del PROVEEDOR. Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las PARTES procederán realizar la liquidación del Contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda.
Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito o en resguardo de los intereses del Estado.
Considerando la naturaleza del contrato de prestación de SERVICIO que implica la realización de prestaciones continuadas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes.
Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del SERVICIO objeto del Contrato, el PROVEEDOR se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones, comunicará por escrito su intención de resolver el contrato.
La ENTIDAD, previa evaluación y aceptación de la solicitud, mediante carta notariada dirigida al PROVEEDOR, suspenderá la ejecución del SERVICIO y resolverá el Contrato. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el PROVEEDOR suspenderá la ejecución del SERVICIO de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD.
Asimismo, si la ENTIDAD se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o considera que la continuidad de la relación contractual va en contra los intereses del Estado, comunicará por escrito la suspensión de la ejecución del SERVICIO y resolverá el CONTRATO.
Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda.
El PROVEEDOR conjuntamente con los FISCALES, procederán a la verificación del SERVICIO prestado hasta la fecha de suspensión y evaluarán los compromisos que el PROVEEDOR tuviera pendiente relativo al SERVICIO, debidamente documentados. Asimismo los FISCALES determinarán los costos proporcionales que en dicho acto se demandase y otros gastos que a juicio de los FISCALES fueran considerados sujetos a reembolso en favor del PROVEEDOR. Con estos datos los FISCALES elaborarán el cierre de contrato.
CLAÚSULA VIGÉSIMA TERCERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- (REPRESENTANTE DEL QUE PRESTA EL SERVICIO) El PROVEEDOR designará mediante notificación escrita a un representante para la provisión del SERVICIO de su personal de planta, dicho personero será denominado AGENTE DEL SERVICIO cuyo nombre y datos de contacto se hará conocer a la ENTIDAD antes del inicio del SERVICIO. El PROVEEDOR debe mantener actualizados estos datos durante la vigencia del SERVICIO.
El AGENTE DEL SERVICIO representará al PROVEEDOR durante toda la prestación del SERVICIO y mantendrá coordinación permanente y efectiva con la ENTIDAD a través del FISCAL, a objeto de atender satisfactoriamente los requerimientos y dar fiel cumplimiento al presente Contrato.
Adicionalmente, el AGENTE DEL SERVICIO tendrá las siguientes funciones:
Coordinar todo lo inherente al SERVICIO.
Elaborar y presentar a los FISCALES la Planilla de Ejecución de los servicios prestados y el Certificado de Liquidación Final.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) Una vez firmado el presente Contrato y antes del inicio del SERVICIO, la ENTIDAD designará a dos (2) FISCALES encargados del seguimiento y control del SERVICIO, y comunicará dicha designación en forma expresa al PROVEEDOR. Los FISCALES se constituirán en los Responsables de Recepción a la finalización del SERVICIO.
Los FISCALES coordinarán todos los aspectos referentes a la relación entre la ENTIDAD el PROVEEDOR y realizarán la verificación del SERVICIO y emitirán el Informe de Conformidad Final, si corresponde.
Los FISCALES tendrán las siguientes funciones específicas:
Seguimiento al cumplimiento de todos los términos del presente Contrato.
Emisión del informe de verificación de despliegue.
Emisión del informe de conformidad mensual.
Emisión del informe de conformidad final.
Recibir y Aprobar el informe de la etapa 1.
Recibir y Aprobar el informe de la etapa 2.
Recibir y Aprobar la planilla de ejecución del SERVICIO
Aprobación del certificado de la liquidación final.
Evaluar las causales de fuerza mayor o caso fortuito.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- (CONDICIONES COMPLEMENTARIAS DEL SERVICIO)
Verificación de Despliegue de Componentes y características en Endpoints: Una vez finalizada etapa de despliegue, el personal de la ENTIDAD realizará la verificación en un plazo de hasta diez (10) días hábiles computables a partir del siguiente día hábil de entregado el informe de despliegue.
En caso de existir observaciones sobre el informe, el PROVEEDOR tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para subsanar las mismas desde el día siguiente hábil de la notificación.
Transferencia de Conocimiento: El PROVEEDOR realizará la transferencia de conocimiento a cinco (5) funcionarios de la ENTIDAD con una carga horaria de al menos cuarenta (40) horas, en un plazo de quince (15) días hábiles, computables a partir del siguiente día hábil de la finalización de la etapa de Despliegue del SERVICIO.
El contenido de la capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
Despliegue y mantenimiento de componentes en endpoints.
Monitoreo, detección y respuesta ante amenazas cibernéticas.
Generación y uso de indicadores de compromiso.
Inteligencia de Amenazas.
Gestión de Incidentes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente la prestación del SERVICIO por parte del PROVEEDOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al PROVEEDOR por escrito por intermedio de los FISCALES, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable, en los que se podrá notificar hasta en el día. Esta suspensión puede ser total o parcial.
Asimismo, el PROVEEDOR podrá comunicar a la ENTIDAD a través de los FISCALES la suspensión temporal de la prestación SERVICIO, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al PROVEEDOR en la prestación del SERVICIO, la misma que una vez calificada por los FISCALES y autorizado por la ENTIDAD puede ser parcial o total.
En ambos casos, si la suspensión amerita ampliación del plazo de prestación del SERVICIO, se suscribirá el respectivo contrato modificatorio.
Si la prestación del SERVICIO se suspende parcial o totalmente por negligencia del PROVEEDOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del Contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que la prestación del SERVICIO permanezca suspendida, no merecerá ninguna ampliación del plazo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- (CONFIDENCIALIDAD) El PROVEEDOR debe garantizar la integridad y confidencialidad de la información institucional de la ENTIDAD a la que tenga acceso directamente o por terceros, a través de la firma de un documento de no divulgación (NDA – Non Disclosure Agreement), el cual deberá ser firmado por el PROVEEDOR y la ENTIDAD en la misma fecha de la suscripción del presente Contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- (RECEPCIÓN DEL SERVICIO) Los FISCALES una vez concluido el SERVICIO, emitirán el Informe Final de Conformidad, según corresponda en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, a partir de la recepción de la documentación a fin de realizar la liquidación del contrato.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA.- (LIQUIDACIÓN DE CONTRATO) Una vez de emitido el Informe Final de Conformidad o a la terminación del contrato por resolución, el PROVEEDOR, elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del SERVICIO, a los FISCALES para su aprobación. La ENTIDAD a través de los FISCALES se reserva el derecho de realizar los ajustes que considere pertinentes previa a la aprobación del certificado de liquidación final.
En caso de que el PROVEEDOR, no presente a los FISCALES el Certificado de Liquidación Final dentro del plazo previsto, éstos deberán elaborar y aprobar en base a la planilla de ejecución de servicios prestados el Certificado de Liquidación Final, el cual será notificado al PROVEEDOR.
En la liquidación del contrato se establecerán los saldos a favor o en contra, la devolución o ejecución de garantías, restitución de retenciones por concepto de garantías, el cobro de multas y penalidades, si existiesen, la recuperación del anticipo y todo otro aspecto que implique la liquidación de deudas y acrecencias entre las partes por terminación del contrato por cumplimiento o resolución del mismo.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato o en caso de que no se cumplan a cabalidad las Especificaciones Técnicas, los términos, plazos y condiciones establecidos en el presente Contrato, se emitirá el Certificado de Terminación de Contrato, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al PROVEEDOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación, reservándose a la ENTIDAD el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al PROVEEDOR.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en representación legal de la ENTIDAD y _____________, en representación legal del PROVEEDOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
La Paz, _ de ____ de 2020.
_______________________ C.I. _______ __ PROVEEDOR |
Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Gerente de Administración BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
VTAA/jmvr/jwee.
1 Se aclara que estas garantías deben tener las siguientes características:
Boleta de Garantía y Garantía a Primer Requerimiento deben expresar su carácter de Renovable, Irrevocable y de Ejecución Inmediata y
Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento debe ser Renovable, Irrevocable y de Ejecución a Primer Requerimiento.
Por tanto, estas garantías no deberán estar condicionadas de ninguna forma a fin de que cumplan con las características señaladas. Asimismo, se aplicara estas características a todas las garantías que el DBC requiera.