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Resolución de 2 de agosto de 2021, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obras Públicas,

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LEG 2008\6800 Legislación (Disposición Vigente a 21/4/2009)
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CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS. Convenio Colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas de Granada (código Convenio número 1800115)

Introducción
Convenio Colectivo • May 5th, 2020

Visto el texto del IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (Código de Convenio n.º 9905585), para el período 2007-2011, que fue suscrito, con fecha 22 de junio de 2007, de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FECOMA-CC.OO. y MCA-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Convenio Colectivo • May 5th, 2020

VISTO el texto del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca (número de Código de Convenio 1600125) para los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, firmado el día 23 de octubre de 2007, de una parte, en representación de A.P.Y.M.E.C., por D. Manuel Carrascosa García y D. Antonio Pérez Pinós, y de otra, en representación de los trabajadores, por D. Félix Pastor Mora (FECOMA-CC.OO.) y D. Luis Cebrián García (MCA-U.G.T.), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 núms. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo, Estatuto de los Trabajadores, el Art. 2.° b) del Real Decreto 1040/81 de 22 de Mayo, el Real Decreto 384/1995 de 10 de Marzo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo y el Decreto 77/2006 de 6 de Junio de 2006, de la Consejería de Trabajo y Empleo por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en

Contract
Convenio Colectivo • May 5th, 2020

Visto el texto del convenio colectivo del Sector de la Construcción de Cantabria para 2012, suscrito por la Comisión Negociadora el 22 de junio de 2012 y posteriormente modificado en su contenido el 30 de noviembre tras el requerimiento de subsanación de la Dirección General de Trabajo, y de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real De- creto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de acuerdos y convenios colectivos de trabajo, y en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcia