Ministerio del Trabajo y Previsión Social REGULA TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACION, EL FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS Y EL CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOSMay 5th, 2020
FiledMay 5th, 2020Cuando los servicios prestados se limiten sólo a la intermediación de trabajadores a una faena, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 183-A, debiendo entenderse que dichos trabajadores son dependientes del dueño de la obra, empresa o faena.”.
ContractMay 5th, 2020
FiledMay 5th, 2020LEY N° 20.123, MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, D.O. del 16/10/2006. REGULA TRABAJO EN RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN, EL FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS Y EL CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS. lunes, 16 de octubre Texto LEY N° 20.123 (Publicado en Diario Oficial del 16 de octubre de 2006) MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIALSubsecretaría del Trabajo REGULA TRABAJO EN RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN, EL FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS Y EL CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: ‘‘Artículo 1º.- Deróganse los artículos 64 y 64 bis del Código del Trabajo.Artículo 2º.- Agréganse en el artículo 92 bis del Código del Trabajo, los siguientes incisos segundo y tercero, nuevos:‘‘Las empresas que utilicen servicios de intermediarios agrícolas o de empresas contratistas no inscritas en la forma que señala el inciso precedente
DE SERVICIOS TRANSITORIOS Y EL CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS (*)October 20th, 2006
FiledOctober 20th, 2006‘‘Las empresas que utilicen servicios de intermediarios agrícolas o de empresas contratistas no inscritas en la forma que señala el inciso precedente, serán sancionadas con multa a beneficio fiscal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 477.