CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO (CCC)
1. | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | ||
1.1 | CENTRO Y DIRECCIÓN | ENTIDAD PÚBLICA PORTOS DE GALICIA-CONSELLERÍA DO MAR. XXXXX XX XXXXXX, 0-X, 0x, 00.000, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX (X XXXXXX) TELÉF.: 902.400.870 | |
1.2 | UNIDAD ADMINISTRATIVA GESTORA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Y PERSONA DE CONTACTO PARA CONSULTAS RELACIONADAS CON EL MISMO | DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Teléfono: 000.000.000 | |
1.3 | UNIDAD ADMINISTRATIVA IMPULSORA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN | DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA | |
1.4 | PERFIL DE CONTRATANTE: | ||
1.5 | RÉGIMEN JDCO. CONTRATO: | - REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (TRLCSP), MODIFICADO POR LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN. - LEY 14/2013, DE 26 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO. - REAL XXXXXXX 000/0000, XX 0 XX XXXX, XXX XX QUE SE DESARROLLA PARCIALMENTE EL TRLCSP. - REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN LO QUE NO CONTRADIGA EL TRLCSP, MODIFICADO PARCIALMENTE POR EL REAL DECRETO 773/2015, DE 28 XX XXXXXX. - LEY 1/2016, DE 18 DE ENERO, DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO. - DEMÁS NORMAS QUE DESARROLLEN EL TRLCSP Y OTRAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO QUE LE SEAN DE APLICACIÓN. | |
1.6 | MODALIDAD DE CONTRATACIÓN, SEGÚN SU REGULACIÓN | sujeta a regulación armonizada no sujeta a regulación armonizada |
2. | TÍTULO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. |
"SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS DE USUARIO EN RÉGIMEN DE COMPRA, Y RETIRADA DE LOS EQUIPOS ANTIGUOS COMO PARTE DEL PAGO DEL PRECIO, PARA LOS SERVICIOS CENTRALES Y PERIFÉRICOS (DELEGACIONES: A CORUÑA, LUGO Y PONTEVEDRA) DE LA ENTIDAD PÚBLICA PORTOS DE GALICIA (EPPG) " |
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO (CCC)
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CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO "SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS DE USUARIO EN RÉGIMEN DE COMPRA, Y RETIRADA DE LOS EQUIPOS ANTIGUOS COMO PARTE DEL PAGO DEL PRECIO, PARA LOS SERVICIOS CENTRALES Y PERIFÉRICOS (DELEGACIONES: A CORUÑA, LUGO Y PONTEVEDRA) DE LA ENTIDAD PÚBLICA PORTOS DE GALICIA (EPPG) "
3. | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN, PLIEGO POR EL QUE SE RIGE Y MODALIDAD DE TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE. | ||||
3.1 | PROCEDIMIENTO ADJUDICACIÓN | DE | ABIERTO, SISTEMA MULTICRITERIO | ||
3.2 | IDENTIFICACIÓN PCAP | XXX | XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y SISTEMA MULTICRITERIO, CON/SIN ADMISIÓN DE VARIANTES, CON/SIN ADMISIÓN DE MEJORAS DE CONTRATOS DE SUMINISTROS, SUJETOS O NO A REGULACIÓN ARMONIZADA (CONTRATACIÓN PÚBLICA DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA), APROBADO POR EL PRESIDENTE DE PORTOS DE GALICIA | ||
3.3 | TRAMITACIÓN | ORDINARIA URGENTE Documentalmente simplificada SÍ | |||
EXPEDIENTE ANTICIPADO DE GASTO NO | SÍ | ||||
4. | OBJETO DEL CONTRATO | ||||
4.1 | OBJETO DEL CONTRATO | ||||
El objeto del contrato consiste en el suministro de un total de 95 equipos sobremesa y 65 monitores, así como la recogida de los equipos actualmente existentes en las instalaciones del EPPG, según cuadro que se refleja en la cláusula 3 del PPT, relativa a la Valoración económica de los equipos actuales a retirar. Los equipos deberán instalarse en las distintas sedes que se indican en este CCC, deberán conectarse a la red de la Xunta de Galicia, y deberán quedar operativos para que los usuarios puedan realizar sus labores cotidianas con total normalidad. | |||||
4.2 | NOMENCLATURA | ||||
CPA | |||||
CPV | 30213000 / 30231300 | ||||
4.3 | NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER | ||||
Transcurridos más de 6 años desde la última adquisición de equipos sobremesa, y a la vista de la depreciación que el parque de ordenadores del EPPG viene experimentando, hace falta realizar la adquisición de un nuevo lote de pc´s que dé respuesta a las necesidades cotidianas del personal adscrito al ente. En este sentido, hay que recordar que muchos de estos equipos están funcionando sobre sistemas operativos que ya no tienen soporte oficial por parte del fabricante (Windows XP), lo que supone un riesgo evidente de falta de compatibilidad con el ecosistema de aplicaciones existente en el ámbito de Portos de Galicia. |
5. | VARIANTES y MEJORAS |
• Ampliación del período de garantía por encima de los dos años. • Equipamiento adicional sobre lo exigido en los pliegos |
6. | PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO. | |||
6.1 | PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||
6.1.1 | DURACIÓN MÁXIMA DEL CONTRATO | VEINTE (20) días | ||
6.1.2 | FECHA A PARTIR DE LA CUAL ENTRA EN VIGOR EL CONTRATO: | Desde el día siguiente al de su firma | ||
6.2 | PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES A SUMINISTRAR: | El plazo máximo de ENTREGA DE LOS BIENES, objeto de suministro, es de VEINTE (20) DÍAS, a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato. | ||
6.3 | PLAZOS PARCIALES: | NO |
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6.4 | PRÓRROGA DEL CONTRATO: | NO | |
6.5 | SE ADMITE REDUCCIÓN DE PLAZO: | NO |
7. | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, ANUALIDADES, DIVISIÓN POR LOTES FINANCIACIÓN Y SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO. | |||
7.1 | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | |||
SIN IVA | 65.590,00 € | |||
21% IVA | 13.773,90 € | |||
TOTAL, CON IVA | 79.363,90 € | |||
7.2 | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | |||
SIN IVA | 65.590,00 € | |||
21% IVA | 13.773,90 € | |||
7.3 | TOTAL, CON IVA | 79.363,90 € | ||
ANUALIDADES (SI PROCEDEN) | ||||
AÑO | IMPORTE SIN IVA | IMPORTE CON IVA (21%) | ||
2016 | 65.590,00 € | 79.363,90 € | ||
7.4 | DOTACIÓN POR LOTES | |||
N º Lote | Presupuesto sin IVA | Presupuesto con IVA | ||
7.5 | SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO | |||
A tanto alzado, según precios xx xxxxxxx existentes en la actualidad para equipos sobremesa de segmento medio o medio-alto. |
8. | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
"Adquisición de equipos informáticos". |
9. | CAPACIDAD PARA CONTRATAR: REQUISITOS ESPECÍFICOS | ||
9.1. | CLASIFICACIÓN | ||
De acuerdo con lo previsto en el artículo 65 del TRLCSP, por tratarse de un contrato de suministro, no resulta exigible la clasificación de los licitadores, por lo que éstos deberán acreditar su solvencia económica, la técnica y la profesional. | |||
9.2. | SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA Y PROFESIONAL: Los licitadores deberán acreditar su solvencia, por los siguientes medios | ||
9.2.1 | SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA | ||
Se acreditará por, al menos, uno de los siguientes medios de prueba: 1º/ Declaración sobre el volumen anual de negocios, en los últimos 3 años. Se reputará solvente el licitador que acredite un volumen de negocios igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, en la cuenta de pérdidas y ganancias de cualquiera de los 3 últimos ejercicios contables, aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda acreditado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrase pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente y de su presentación en el Registro. 2º/ Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato Se considerará solvente el licitador que justifique haber suscrito dicho seguro con una entidad aseguradora, con un capital mínimo equivalente al valor estimado del contrato. |
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9.2.2 | SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL. | ||
Se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales suministros del mismo tipo o naturaleza a la que corresponde el objeto del contrato, ejecutados en el curso de los cinco (5) últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de los suministros. Se considerará solvente el contratista que en el año de mayor ejecución, dentro del período antes señalado, acredite un volumen ejecutado, sin impuestos, no inferior al 100% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media, si ésta es inferior al valor estimado del contrato. | |||
9.3. | OTROS REQUISITOS DE CAPACIDAD | ||
Se estará a lo dispuesto en el PCAP | |||
9.4. | REQUISITOS ESPECÍFICOS A EXIGIR EL ADJUDICATARIO. | ||
1º) El adjudicatario entregará junto con los equipos ofertados, la documentación técnica de cada una de las máquinas, incluyendo manuales de usuario. En todos los casos, el adjudicatario deberá emplear documentación oficial que sirva para acreditar las características especificadas en la oferta técnica. 2º) De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 7.1.2.4 del PCAP, con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de haber concertado el seguro indicado en la citada cláusula, por un importe mínimo de 150.000 euros por siniestro. 3º) El adjudicatario deberá entregar, debidamente firmados por el personal que ponga a disposición del presente contrato y con carácter previo a su formalización, los Compromisos personales de confidencialidad y no revelación de información, que deberán presentarse, conforme al modelo que figura como Anexo V del presente CCC. |
10. | GARANTÍA PROVISIONAL | ||
10.1 | CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA PROVISIONAL | No se exige | |
10.2 | IMPORTE TOTAL DE GARANTÍA PROVISIONAL | ||
10.3 | JUSTIFICACIÓN DE SU EXIGENCIA |
11. | LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. | |
11.1 | LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES | |
- Las ofertas deberán presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 11.2 del CCC a través del Registro de los Servicios Centrales de la entidad pública Portos de Galicia, que se encuentra en las oficinas de los Servicios Centrales, sitas en la Xxxxx xx Xxxxxx, 0-X, 0x, Xxxx Xxxxxxx, 00.000, xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (X Xxxxxx) teléfono: 000.000.000 Fax: 000.00.00.00 - También podrán presentarse, dentro del mismo plazo, mediante correo certificado, debiendo justificar el licitador la fecha de imposición de su envío en la oficina de correos y debiendo anunciar en el mismo día a Portos de Galicia, mediante fax (000.000.000) o telegrama, el depósito de la oferta en correos. | ||
11.2 | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES | |
El plazo de presentación de ofertas terminará en la fecha y hora fijadas en el anuncio de licitación. |
12. | FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES |
Las proposiciones constarán de 2 sobres: 12.1.- SOBRE A (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA). en el que deberá presentarse toda la documentación referida en la cláusula 4.5.1 del PCAP y toda la documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica, exigida en el apartado 9.2 del presente cuadro. Asimismo, los licitadores deberán presentar en este sobre el Compromiso de confidencialidad y no revelación de información, conforme al Modelo que figura como Anexo IV del presente CCC. |
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12.2.- - SOBRE B (REFERENCIAS TÉCNICAS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS). | |
En este procedimiento no procede la presentación de sobre B, ya que aunque los licitadores están obligados a presentar una oferta técnica que cumpla los mínimos exigidos en el PPT, esta documentación será valorada conforme a criterios evaluables mediante fórmulas, y no mediante juicios de valor. En consecuencia, EN ESTE PROCEDIMIENTO QUEDA SIN APLICACIÓN LO DISPUESTO EN LA CLÁUSULA 4.5.2 DEL PCAP, REFERIDA AL CONTENIDO DEL SOBRE B. | |
12.3. - SOBRE C (PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS ASPECTOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS) | |
Oferta Técnica, en la que se detalle el equipamiento propuesto, en los términos y apartados que se describen en el PPT. Dentro de esta oferta técnica, los licitadores deberán presentar una memoria técnica, en la que se pongan de manifiesto las características de los equipos ofertados, que deberán cumplir los mínimos exigidos en el PPT. Sobre esos mínimos, se valorarán las funcionalidades de los equipos que propone cada licitador y la puntuación obtenida por cada uno de ellos resultará el grado de mejora sobre los mínimos exigidos que se indican en el PPT. Proposición económica que, inexcusablemente, deberá presentarse conforme al modelo recogido como Anexo I del presente CCC. |
13. | LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA PÚBLICA DE OFERTAS (SOBRES A, B Y C) |
Se estará a lo dispuesto en el anuncio de licitación y todas las fechas relativas a la celebración de actos de apertura de ofertas serán publicadas en el perfil de contratante referido en el apartado 1.4 de este CCC. |
14. | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | |||||
14.1 | RELACIÓN DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. | |||||
CRITERIOS Y SUBCRITERIOS | PUNTUACIÓN | PROPORCIÓN SOBRE TOTAL (%) | ||||
A/ CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS (referidos a la documentación contenida en el sobre C) | ||||||
A.1 | Oferta económica (Rebaja en el precio de licitación) | 40 | 40% | |||
1.1 | Precio | 40 | 40% | |||
A.2 | Oferta Técnica | 60 | 60% | |||
2.1 | Puntuación benchmark de procesador | 25 | 25% | |||
2.1.1 | Equipos estándar | 5 | 5% | |||
2.1.2 | Equipos gamo media | 15 | 10% | |||
2.1.3 | Equipos delineación | 5 | 5% | |||
2.2 | Memoria RAM | 25 | 25% | |||
2.2.1 | Equipos estándar | 5 | 5% | |||
2.2.2 | Equipos gamo media | 15 | 10% | |||
2.2.3 | Equipos delineación | 5 | 5% | |||
2.3 | Mejoras | 10 | 10% | |||
2.3.1 | Ampliación período de garantía | 4 | 4% | |||
2.3.2 | Equipos adicionales | 6 | 6% | |||
TOTAL | 100 | 100% | ||||
B/ CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR (referidos a la documentación técnica contenida en el sobre B) |
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NO PROCEDEN | ||||
14.2 | VALORACIÓN DE LAS OFERTAS | |||
Los baremos de aplicación de los criterios recogidos en el apartado 14.1.A/ de este CCC, serán los fijados en el Anexo II del presente Cuadro. | ||||
14.3 | CRITERIO DE OFERTA CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: | |||
Se considerarán incursas en presunción de temeridad aquellas ofertas con bajas que superen en 15 puntos porcentuales a la baja media de las ofertas admitidas a la licitación. |
15. | MUESTRAS | ||
15.1 | PROCEDE ENTREGAR MUESTRAS: | ||
No procede | |||
15.2 | EN CASO POSITIVO, INDICAR EL NÚMERO DE UNIDADES DE ENVASE | ||
REFERENCIA | N º DE UNIDADES DE ENVASE | ||
15.3 | EN CASO POSITIVO, LUGAR/ES DE ENTREGA |
16. | PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
Dos (2) meses, desde la apertura del sobre C. |
17. | GARANTÍA DEFINITIVA |
5% del presupuesto de adjudicación, IVA excluido |
18. | GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS |
No se exigen |
19. | PLAZO DE GARANTÍA | ||
19.1 | PROCEDE DEFINIR PLAZO DE GARANTÍA | Sí (cláusula 7.4 del PCAP) | |
19.2 | EN CASO POSITIVO, INDICAR PLAZO DE GARANTÍA | DOS (2) AÑOS, a contar desde la recepción formal de los bienes suministrados, referida en el apartado 21 del presente CCC, o, en su caso, EL PLAZO SUPERIOR A LOS 2 AÑOS que, como mejora, ofertase el adjudicatario en su oferta. |
20. | LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL SUMINISTRO |
El adjudicatario procederá a la entrega e instalación de los equipos en los lugares indicados en la cláusula 5ª del PPT. |
21. | RECEPCIÓN |
La recepción formal de los equipos suministrados se producirá en el acto de entrega de los mismos, en el que se comprobará su correcto funcionamiento, extendiéndose la correspondiente acta de inicio, que será firmada por ambas partes, y a partir de la fecha de la citada acta comenzará a contar la duración del período de garantía de los equipos suministrados, al que se hace referencia en el apartado 19 del presente CCC. Por otra parte, el adjudicatario procederá a la retirada de los equipos antiguos existentes en las instalaciones del EPPG, garantizando en todo caso que ninguno de los equipos retirados incluye información confidencial propiedad de Portos de Galicia, en todos los casos, y una vez migrados los datos, debe realizarse un borrado de información previo. Asimismo, respecto de la entrega de equipos, se estará a lo dispuesto en la cláusula 4ª del PPT Además, los equipos pasarán un período de pruebas de 20 días, antes de recibir el visto bueno por parte del Ente Público Portos de Galicia. Si alguno de los equipos no ofreciera las características objeto de la contratación, el contratista deberá retirarlo y suministrar uno con las características adecentadas en un plazo no superior a 24 horas; en caso de no hacerlo, se procederá a rescindir el contrato de forma unilateral por parte de Portos de Galicia |
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22. | RÉGIMEN DE PENALIDADES POR DEMORA | |
General, ex artículo 212 del TRLCSP | Específico |
23. | RÉGIMEN DE PAGO |
Respecto del pago se estará a lo dispuesto en la cláusula 7.1.1 del PCAP |
24. | REVISIÓN DE PRECIOS (debidamente motivada). |
La presente contratación queda expresamente excluída de revisión de precios. |
25. | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
No se prevén causas específicas para la modificación de este contrato. En esta materia se estará a lo dispuesto en la cláusula 9 del PCAP |
26. | CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO |
Además de las causas establecidas en la cláusula 11 del PCAP, el contrato podrá rescindirse, de forma unilateral por parte del ente público Portos de Galicia cuando, durante los 20 días de prueba de los bienes, en el caso de comprobarse que alguno de los equipos no ofreciera las características objeto de la contratación y el contratista no procediera a retirarlo y suministrar otro con las características adecentadas, en un plazo no superior a 24 horas. |
27. | JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS |
Ver cláusula 12 del PCAP |
28. | GASTOS DE PUBLICIDAD (IMPORTE ESTIMATIVO MÁXIMO) |
29. SUBCONTRATACIÓN | |
29.1. POSIBILIDAD DE SUBCONTRATACIÓN | |
No | Sí, hasta el límite del 30 % del importe de adjudicación |
30. | OTRAS OBSERVACIONES ESPECÍFICAS SOBRE EL EXPEDIENTE: | |
30.1. | IMPORTE DE LA COMPENSACIÓN A LOS CANDIDATOS O LICITADORES | |
- En caso de renuncia: gastos a justificar con un límite máximo de 1.000,00 euros. - En caso de desestimiento: gastos a justificar con un límite máximo de 1.000,00 euros. | ||
30.2. | IMPORTE DE LA PENALIZACIÓN EN CASO DE RETIRADA INJUSTIFICADA DE LA PROPOSICIÓN | |
La cantidad equivalente al 3% del presupuesto base de licitación. | ||
30.3 | INAPLICACIÓN DE DETERMINADAS CLÁUSULAS XXX XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE RIGE ESTE PROCEDIMIENTO |
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De acuerdo con lo dispuesto en la Memoria y en el PPT que rige este procedimiento, toda la documentación que se le exige a los licitadores será valorable conforme a criterios objetivos (fórmulas), por lo que las ofertas que estos presenten deberán constar únicamente de DOS (2) SOBRES: sobres A y sobre C. Como consecuencia de lo expuesto, aquellas cláusulas contenidas en el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas aplicable a la contratación de este suministro, que hagan cualquier referencia al contenido del sobre B, a su apertura o a criterios subjetivos de valoración de ofertas, no serán de aplicación en este procedimiento En concreto, no resultan aplicables las siguientes cláusulas: - cláusula 4.5.2 - cláusula 5.1.b.2 - cláusulas 5.2.1 |
El presente Cuadro de Características del Contrato es parte integrante e inseparable del Pliego0 de Cláusulas Administrativas Particulares y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, resulta aprobado por el Órgano de Contratación.
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ANEXO I DEL CCC
(A presentar inexcusablemente dentro del sobre C)
MODELO ESPECÍFICO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. .........................................................................., con D.N.I. nº............................., mayor de edad, con domicilio
en..................................................................................................., vistos los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas aprobados por el Ente Público Portos de Galicia para la contratación del "SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS DE USUARIO EN RÉGIMEN DE COMPRA, Y RETIRADA DE LOS EQUIPOS ANTIGUOS COMO PARTE DEL PAGO DEL PRECIO, PARA LOS SERVICIOS CENTRALES Y PERIFÉRICOS (DELEGACIONES: A CORUÑA, LUGO Y PONTEVEDRA) DE LA ENTIDAD PÚBLICA PORTOS DE GALICIA (EPPG) ", y aceptando íntegramente el
contenido de los mismos, en nombre..........................................................................(propio o de las persona/s o entidad/es que representa, especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por el siguiente importe:
a) Precio base sin IVA: euros
b) Precio base con IVA: : euros
c) Precio valoración de equipos actuales a retirar sin IVA: euros
d) Precio valoración de equipos actuales a retirar con IVA: euros
e) ( %) IVA: euros.
f) Precio total base sin IVA (a-c): euros.
g) Precio total base con IVA (b-d) euros.
Asimismo, se compromete al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, y de seguridad e higiene en el trabajo y de protección de datos de carácter personal.
En...................................., a.......... de ............................ de 20 ...
(Sello y firma del proponente)
SR. PRESIDENTE DE LA ENTIDAD PÚBLICA PORTOS DE GALICIA
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ANEXO II DEL CCC
VALORACIÓN DE OFERTAS
- Para la valoración de las ofertas se tendrá en cuenta el siguiente BAREMO DE PUNTUACIÓN:
1. -Oferta económica: máximo 40 puntos
El reparto de esa puntuación se hará de la siguiente manera:
La oferta económica puntuará cuarenta (40) puntos de acuerdo con el siguiente criterio:
La valoración obtenida por cada una de las ofertas será la resultante de interpolar linealmente entre la oferta más baja, a la que se le asignarán cuarenta puntos (40), y el presupuesto de licitación que se le asignará cero (0) puntos, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Vx = V . max × OL − OEx
OL − OEMB
Siendo:
O.L. Presupuesto de licitación
O.E.M.B. Oferta económica más baja
O.E.x Oferta económica de la empresa x
V.max. Valoración máxima
Vx Valoración de la oferta x.
2. Oferta técnica: máximo 60 puntos
Para la valoración de la oferta técnica se emplearán los siguientes criterios.
2.1. -Puntuación benchmark de procesador: máximo 25 puntos
El microprocesador (o simplemente procesador) es el circuito integrado central más complejo de un sistema informático. Es el encargado de ejecutar los programas, desde el sistema operativo hasta las aplicaciones de usuario; sólo ejecuta instrucciones programadas en lenguaje de bajo nivel, realizando operaciones aritméticas y lógicas simples, tales como sumar, restar, multiplicar, dividir, las lógicas binarias y accesos a memoria.
Esta unidad central de procesamiento está constituida, esencialmente, por registros, una unidad de control, una unidad aritmético lógica (ALU) y una unidad de cálculo en coma flotante (conocida antiguamente como
«coprocesador matemático»).
Para la valoración del procesador que propone cada licitador, se utilizará un índice benchmark siguiendo las tablas que se encuentran en la siguiente página web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx.xxx. En este benchmark se asigna una puntuación a cada modelo de procesador, en función de la valoración obtenida, se confeccionan escalas diferentes: desde High End CPU Chart (gama alta) hasta Low End CPU Chart (gama baja. No se valorarán procesadores de escalas inferiores a esta última). Dado que se requieren equipos pertenecientes a primeras
marcas , con una amplia consolidación en el mercado de informática empresarial, no se valorarán modelos de10
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procesadores que no se encuentren incluidos en este benchmark.
Independientemente de que las valoraciones finales dependan del benchmark señalado, los licitadores deberán especificar todas las características técnicas del microprocesador en cuestión:
• N º de núcleos / N º de subprocesos
• Memoria cache
• Velocidad del reloj (en GHZ)
• Socket
• Máximo de TDP/Potencia
• Tipos de memoria
• Gráficos
En este bloque, se aplicarán diferentes criterios de valoración por cada tipo de equipo a entregar.
• Equipos estándar.
o La máxima valoración en este bloque es de 5 puntos.
o Sólo se valorarán equipos con una puntuación mínima en el benchmark de 3000 puntos.
o La valoración se calcula como el redondeo a un decimal y por encima de: (BM - 3.000) / 100, donde BM es la puntuación benchmark del microprocesador de los equipos ofertados.
• Equipos gama media (para personal administrativo)
o La máxima valoración en este bloque es de 15 puntos.
o Sólo se valorarán equipos con una puntuación mínima en el benchmark de 3500 puntos.
o La valoración se calcula como el redondeo a un decimal y por encima de: (BM - 3.500) / 50, donde BM es la puntuación benchmark del microprocesador de los equipos ofertados.
• Equipos de diseño (delineación)
o La máxima valoración en este bloque es de 5 puntos.
o Sólo se valorarán equipos con una puntuación mínima en el benchmark de 4000 puntos.
o La valoración se calcula como el redondeo a un decimal y por encima de: (BM - 4.000) / 100, donde BM es la puntuación benchmark del microprocesador de los equipos ofertados.
2.2. -Memoria RAM: máximo 25 puntos
La memoria de acceso aleatorio (Random Access Memory, RAM) se utiliza como memoria de trabajo de computadoras para el sistema operativo, los programas y la mayor parte del software. En la RAM se cargan todas las instrucciones que ejecutan la unidad central de procesamiento (procesador) y otras unidades de cómputo.
Se denominan «de acceso aleatorio» porque se puede leer o escribir en una posición de memoria con un tiempo de espera igual para cualquier posición, no siendo necesario seguir una orden para acceder (acceso secuencial) a la
información de la manera más rápida posible. 11
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Los licitadores deberán especificar todas las características técnicas de la RAM que proponen:
• Capacidad total (en XB)
• Capacidad del módulo (en XB)
• Velocidad (en MHZ)
• Tipo de memoria: XXX0, XXX0, XXX0, XXX0X ...
• Diseño: SODIMM, DIMM.
• Voltaje: 1.8 V, 1.5 V, 1.35 V ...
• Kit: single module, kit de 4, kit de 3, kit de 2 ...
• Configuración de canal: dual channel kit, quad channel kit, triple channel kit ...
• Número xx xxxxxxx: 2 r, 1 r
En este bloque, se aplicarán diferentes criterios de valoración por cada tipo de equipo a entregar.
• Equipos estándar
o La valoración máxima en este apartado es 5 puntos.
o El valor mínimo será el especificado en los pliegos de cláusulas técnicas: 4 GB. Las ofertas con equipos con 4 GB de memoria tendrán una valoración de 0.
o Para la valoración se empleará la siguiente fórmula = (RAM * 1,25) - 5.
• Equipos gama media (para personal administrativo)
o El valor mínimo será el especificado en los pliegos de cláusulas técnicas: 4 GB. Las ofertas con equipos con 4 GB de memoria tendrán una valoración de 0.
o La valoración máxima en este apartado es 15 puntos.
o Valoración = (RAM * 2,5) - 15.
• Equipos de diseño (delineación))
o El valor mínimo será el especificado en los pliegos de cláusulas técnicas: 8 GB
o La valoración máxima en este apartado es 5 puntos.
o Valoración = (RAM * 0,625) - 5.
Todas las características indicadas (respecto al procesador y la memoria RAM) deberán quedar claramente especificadas tanto en la oferta técnica que presenten los licitadores, como en los distintos folletos comerciales o publicitarios que se puedan aportar en la documentación presentada. En este sentido, quedarán excluidas las empresas que presenten incoherencias entre los datos ofertados y los datos incluidos en los folletos comerciales o publicitarios que los distintos fabricantes puedan presentar para cada modelo de equipo.
2.3. -Mejoras: máximo 10 puntos 12
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En este bloque se valorarán los siguientes elementos.
• Ampliación del período de garantía por encima de los dos años: máximo 4 puntos. Por cada año adicional que proponga cada licitador sobre el mínimo exigido de 2 años se aplicarán las siguientes valoraciones:
o Un año: 1 punto.
o Dos años: 2 puntos.
o Tres años: 4 puntos.
• Equipamiento adicional sobre lo exigido por el pliego: máximo 6 puntos. Por cada equipo adicional que formule cada licitador en su propuesta mejorando el mínimo exigido en el pliego (95 equipos y 65 monitores), se aplicarán las siguientes valoraciones:
o 0,5 puntos por cada equipo sobremesae adicional hasta un máximo de 4 puntos.
o 0,25 puntos por cada monitor adicional hasta un máximo de 2 puntos.
o No se valorará otro equipamiento que no sean o equipos sobremesa o monitores.
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ANEXO III DEL CCC
OTRAS CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. RENDIMIENTO DE LOS EQUIPOS
El EPPG se reserva la posibilidad de realizar las pruebas de rendimiento y de compatibilidad, empleando las aplicaciones que considere más adecuadas a las condiciones previstas de utilización de los equipos para complementar las pruebas que se estimen oportunas, empleando en todo caso benchmarks solicitados al fabricante o elaborados por alguna institución u organismo de reconocido prestigio.
2. REQUERIMIENTOS DE MEDIO AMBIENTE
Los equipos ofertados deberán incorporar medidas de ahorro de energía y los requisitos de la Directiva 2003/108/CE sobre residuos eléctricos y electrónicos, y de la Directiva 2002/95/CE sobre restricciones en la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, así como la adhesión a un sistema integrado de gestión de residuos, de acuerdo con la Ley 11/1997,de 24 xx xxxxx, de envases y residuos de envases.
El adjudicatario será responsable de la iniciativa, planificación y ejecución de todas las actuaciones legalmente previstas en materia de gestión de residuos y de elementos sustituidos en el desarrollo de sus trabajos, especialmente en el referido en el
R.D. 208/2005 de 25 de febrero (BOE 26 de febrero de 2005) sobre gestión de residuos eléctricos y electrónicos.
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ANEXO IV DEL CCC
MODELO COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO REVELACIÓN DE INFORMACIÓN
(Deberá presentarse inexcusablemente dentro del sobre A)
Este COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO-REVELACION DE INFORMACIÓN fue adquirido el día por
la organización………………………….. con NIF………………………..y con domicilio social en con el Ente Público Portos
de Galicia (en adelante, EPPG) con domicilio social en Xxxxx xx Xxxxxx 0 X 0x (Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx), 00000 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xx Xxxxxx).
………………………………(en adelante, “Organización") está:
Prestando sus servicios al EPPG de acuerdo a los contratos firmados con fecha.............consistentes en y cuyas
actividades asociadas implican el conocimiento de cierta información confidencial y privada que se encuentra bajo la tutela del EPPG(1).
(1) Marcar esta opción en el caso de contrataciones con el EEPG, especificar el identificador de la contratación.
Por eso, y atendiendo a la confidencialidad de la información y a la privacidad de los datos, la organización se compromete a cumplir con las siguientes estipulaciones:
1 Información confidencial: En general, toda la información del EPPG tendrá consideración, por defecto, de información confidencial aplicándolo a cuanta información técnica, financiera o comercial, papeles de trabajo, análisis, compilaciones, proyecciones, estudios, documentos, términos, condiciones, correspondencia, correos electrónicos u otras materias sean obtenidos o elaborados por o para este ente, a no ser que trate de información a la que se tenga acceso a través de medios de difusión pública.
2 No-revelación de información: La organización se compromete a guardar estricta reserva y secreto respecto de la información confidencial que le sea suministrada, y no la revelará de ninguna forma , ni siquiera para su conservación, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica.
3 La organización hará uso de la Información con el único propósito de ser utilizada dentro del marco de los trabajos asignados. Fuera de este ámbito, la información no podrá ser usada, vendida, explotada o copiada por parte de la organización.
4 Protección de la Información: La organización protegerá, en la medida de lo posible, la información recibida de la otra parte frente a cualquier eventual robo o pérdida, y comunicará única y exclusivamente la información confidencial a aquellos empleados que tengan necesidad de conocerla para el correcto cumplimiento de sus obligaciones.
5 La custodia negligente o divulgación dolosa de la información confidencial será considerada como un acto de competencia desleal, sin exclusión de la tipificación que de tal acto se haga en cualquier legislación aplicable, incluida el ilícito penal, y sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios correspondiente.
6 Protección de Datos de carácter personal: Se entiende por dato de carácter personal cualquiera información concerniente a personas físicas identificadas o identificables, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma (en adelante, RLOPD). 15
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7 En el caso de que la información tratada contuviera datos de carácter personal, la organización será considerada Encargada de Tratamiento, a los efectos del artículo 12 de la LOPD, comprometiéndose a garantizar el cumplimiento de lo establecido en la citada normativa, y en particular:
□ A utilizar los datos de carácter personal exclusivamente para cumplir con la prestación del servicio al que se refiere el presente compromiso, por lo que no los utilizará para fin distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo autorización expresa del EPPG.
□ Se obliga a custodiar dichos datos adoptando las correspondientes medidas de seguridad, de acuerdo con la legislación española vigente en materia de protección de datos (en concreto, artículos 89 a 114 del RLOPD). La organización facilitará al EPPG una memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.
□ A que el personal que durante la prestación de servicios por cuenta de la organización deba acceder al Sistema de Información del EPPG, dé cumplimiento a la normativa específica establecida por ésta en materia de seguridad de la información y protección de datos.
□ En el supuesto de que los afectados ejercitaran sus derechos ARCO ante la organización, ésta deberá dar traslado al EPPG en un plazo máximo de tres días, a fin de dar respuesta en los plazos establecidos por la normativa vigente.
□ El EPPG se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorías que estime oportunos a fin de comprobar el correcto cumplimiento por parte de la organización de lo estipulado en el presente compromiso.
8 Propiedad de la información: El presente compromiso no implica ni supone derecho alguno, cesión o concesión de licencia sobre la información suministrada por el EPPG objeto de este contrato.
9 Subcontratación: En el caso de que la información tratada contenga datos de carácter personal, no será posible, salvo las excepciones legalmente previstas, realizar subcontrataciones con terceros del servicio que la organización presta al EPPG, salvo en los supuestos y bajo las condiciones señalados en el artículo 21 del RLOPD.
10 En el caso de que la información tratada no contenga datos de carácter personal, y sin perjuicio de lo establecido en el presente compromiso, cuando el EPPG conozca y consienta expresamente la subcontratación de determinados servicios a otras empresas dentro del servicio prestado en el marco del contrato, el acceso a la información por parte de estas empresas no se considerará incumplimiento de la obligación de no revelación de información, siempre que estas empresas queden sometidas al mismo nivel de compromiso de confidencialidad que la empresa que las subcontrata.
11 Personas autorizadas al uso de la información y responsabilidad de su incumplimiento: La Información únicamente podrá ser revelada por la organización a sus empleados en el caso de que los trabajos así lo requieran. Para eso, la organización deberá registrar e informar al EPPG de cuáles serán los empleados que formen el equipo de trabajo, así como de cualquier cambio que se produzca. En el caso de que sea preciso que otros empleados formen parte del equipo de trabajo de forma eventual, la organización registrará e informará al EPPG de cómo y a quién se le reveló la Información, así como el momento en el que se produjo. En todo caso, aquellos empleados de la organización que vayan a tener cualquier tipo de acceso a la Información, deberán suscribir un compromiso siguiendo el modelo de Compromiso de confidencialidad personal, y la organización será responsable tanto de la conducta de sus directivos y/o empleados como de las consecuencias que de ella se pudieran derivar de conformidad con lo previsto en el presente compromiso.
12 En el ámbito del Decreto 230/2008, de 18 de septiembre, por el que se establecen las normas de buenas16
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prácticas en la utilización de los sistemas de información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que regula las normas de utilización de los sistemas de información y de comunicaciones de la misma, la organización será responsable de la conducta de sus directivos y/o empleados cuando no pueda imputársele directamente la responsabilidad por la acción u omisión cometida. Las penalizaciones económicas por el incumplimiento del Decreto 230/2008, de 18 de septiembre, se establecerán en los pliegos de cláusulas administrativas de los contratos y en los convenios que formalicen la relación jurídica concreta, así como su posible resolución.
13 Duración del compromiso: El presente Compromiso de confidencialidad y no revelación de la información entrará en vigor y obligará a las partes a partir del momento de su firma, y tendrá una duración indefinida.
14 Devolución del material: Una vez concluida la prestación del servicio o colaboración, toda Información, material utilizado y los documentos empleados durante la ejecución del Proyecto, deberán ser destruidos o devolverse al EPPG.
15 La organización debe devolver el soporte o soportes suministrados que contengan la información una vez que se terminen las tareas que dieron origen a su uso temporal, y en todo caso, a finalizar su relación con el EPPG.
16 Publicación del compromiso: La organización contratada no podrá hacer público el contenido de este Compromiso. El presente Compromiso es en sí incluso confidencial.
17 Legislación: El presente compromiso queda sometido a lo dispuesto en la legislación española que sea aplicable. Igualmente, en su caso, a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y normativa de desarrollo (RD1720/2007) y al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 12 xx xxxxx de 1996.
18 Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación, resultantes de la ejecución o interpretación del presente compromiso o relacionados con el mismo, se resolverán definitivamente por los Juzgados y Tribunales competentes, renunciando expresamente a cualquier foro que pudiera corresponderles.
Atendiendo a lo establecido en este Compromiso, Don/a con NIF en representación de
, con CIF / NIF , en calidad de REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACIÓN…………………………………….
se compromete a cumplir, preservar y respetar con la diligencia debida y la buena fe que el derecho y el espíritu de este COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO REVELACIÓN requieran.
Santiago de Compostela, a……………… de……………………de………………………………..
POR LA ORGANIZACIÓN
Fdo.
17
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ANEXO V
MODELO COMPROMISO PERSONAL DE CONFIDENCIALIDAD Y NO REVELACIÓN DE INFORMACIÓN
Xx, , con NIF........................, miembro de(1) , me comprometo a guardar
estricta confidencialidad en lo relativo a la información a la que pueda tener acceso realizando actividades relacionadas con el Ente público Portos de Galicia (en adelante EPPG), con el objeto de(2), según
lo establecido en el Compromiso de confidencialidad y no revelación de información firmado por
(1) con el EPPG.
En particular, me comprometo a observar el deber xx xxxxxxx recogido en el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos, respecto de cualquier tipo de información que pudiera conocer con motivo del desarrollo de mi trabajo, y que emplearé con los fines exclusivos de gestión para los cuales sea autorizado. En el caso de acceder a sistemas de información del EPPG me hago responsable de los accesos que se realicen a ficheros mediante mi contraseña personal, y comprometiéndome a la devolución de cualquier soporte o medio telemático proporcionado por el EPPG. Estas obligaciones subsistirán, aún después de finalizada la relación entre las partes.
Asimismo, me comprometo a cumplir en todo momento las normas establecidas por el EPPG, como son:
• Las Políticas de Seguridad, en particular el Manual de Buenas Prácticas en el ámbito de la Protección de Datos y la Política de Funciones y Obligaciones del Personal, disponibles en el portal XuntaTIC.
• El Decreto 230/2008 por el que se establecen las normas de buenas prácticas en la utilización de los sistemas de información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidades administrativas o de cualquier otra naturaleza.
En,.................................. a...................... de............................de..................................
Fdo.
Miembro/a de(1)........................................................................................
(1) Organización que presta un servicio o realiza una actividad relacionada con la entidad pública Portos de Galicia, para la cual debe acceder a información confidencial y privada.
En el caso de personal subcontratado, deberá indicarse el nombre de la empresa subcontratada (indicando que es subcontrata de la organización que presta servicio a Portos de Galicia)
(2) Incluír -siempre que se aplique- el identificador de la contratación.
18
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