Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON TRAMITACION URGENTE, PARA ADJUDICAR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE LA GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS XX XXXXX Y OTRAS INTERVENCIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL TÉRMINO
MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA
1.- OBJETO
Constituye el objeto del contrato la adjudicación de la gestión y ejecución de obras xx xxxxx y otras intervenciones en la vía pública o espacios libres municipales de dominio y uso público, por cuenta de particulares, comprendiendo los siguientes tipos de obra:
Implantación de nuevas instalaciones subterráneas de cualquier tipo de suministro o servicio, a excepción del abastecimiento y saneamiento, siempre que el solicitante del servicio no sea una empresa suministradora.
Reposición de pavimento como consecuencia de las obras de modificación, ampliación, y/o reparación de cualquier tipo de infraestructura subterránea existente
Construcción xx xxxxxxx para la entrada y salida de vehículos o restauración del pavimento en caso de anulación de los mismos.
Quedan fuera del objeto del contrato, las obras que el Ayuntamiento xx Xxxxx contrate como obras completas, en las que las canalizaciones no supongan el objeto principal de la obra (estimando como tales aquellas en que las partidas correspondientes no superen el 50% del importe), a través de un procedimiento administrativo independiente a este, por sí o a través de empresas públicas municipales, y las que ejecuten administraciones públicas en ejercicio de sus competencias y cuya contratación esté sujeta a la legislación de contratación del sector público.
Igualmente quedan fuera las obras que debe ejecutar un particular, como consecuencia de obligaciones urbanísticas contraídas y recogidas en proyectos de urbanización aprobados por el Ayuntamiento xx Xxxxx, conforme al art. 98 y 99 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
El ámbito geográfico objeto del contrato comprende, el suelo y subsuelo públicos de la Ciudad xx Xxxxx, así como las Barriadas Rurales y Pedanías del término Municipal, salvo los casos en los que las competencias de las entidades locales autónomas así lo contemplen.
2.- RECURSOS HUMANOS Y OBLIGACIONES LABORALES
El contratista contará en su plantilla, de forma permanente y con dedicación exclusiva para los trabajos en la vía pública, de un técnico titulado en grado medio, con la debida cualificación y experiencia en ejecución de obras. Figurará al frente de la gestión y ejecución con plena autoridad y los debidos poderes para resolver cuantos problemas pudieran surgir en el desempeño del trabajo contratado. Este técnico titulado, será interlocutor válido frente a la Delegación Municipal de Urbanismo para todo lo relacionado con los trabajos, acompañando a los miembros de la misma con el objeto de mediciones, inspecciones, etc., cuando para ello fuera solicitado.
El personal a emplear por el contratista no tendrá ningún tipo de relación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx.
Ninguna obra ni parte de la misma, podrá ser subcontratada sin conocimiento previo por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Antes del comienzo del contrato la empresa adjudicataria deberá proponer a el Ayuntamiento xx Xxxxx, un jefe de obra, un encargado de obra y un coordinador de seguridad y salud, indicando titulación y cualificación, experiencia en obras similares y teléfono de contacto durante la ejecución de las obras. En el caso del jefe de obra deberá tener poder resolutivo para tomar decisiones durante los trabajos.
La contrata dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de los trabajos a realizar, correspondiendo al adjudicatario, bajo su exclusiva responsabilidad, la contratación de toda la mano de obra que precise para la ejecución de los trabajos en un plazo previamente acordado con el Ayuntamiento xx Xxxxx, de acuerdo con las condiciones que fije la normativa laboral y de Seguridad Social.
Durante los mismos el Ayuntamiento xx Xxxxx a través de la Delegación Municipal de Urbanismo, se reserva el derecho de exigir más personal del que se disponga en caso de que sea necesario, así como, fijar jornadas prolongadas de trabajo, actuación continua de tres turnos, trabajos fin de semana e incluso festivos, sin costes extras para el solicitante de la obra.
El contratista entregará a el Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando este lo solicite, una relación del personal, que en cada momento ejecute los trabajos, con indicación de nombres, categoría profesional y justificantes de afiliación a la Seguridad Social y de estar al día en la cotización, así como obra concreta en la que está desempeñando su trabajo.
El personal de la contrata que realice los trabajos deberá estar debidamente acreditado y uniformado. El uniforme será suministrado por la contrata y aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
El contratista establecerá un servicio xx xxxxxxx permanente, con un mínimo de personal, y la persona que designe como interlocutor con la Delegación Municipal de Urbanismo, poseerá un teléfono móvil de manera que esté localizable a cualquier hora del día.
3ª.- RECURSOS MATERIALES
El contratista deberá tener un local definitivo en Jerez de la Frontera, de dimensiones suficientes para almacenar en su interior las existencias de materiales que se exijan, así como para poder guardar en su interior los vehículos y demás equipos.
Antes de iniciar las obras correspondientes, se dispondrá del material necesario para la reposición de los pavimentos que vayan a ser afectados por las obras, sin que afecte a su inicio. Así mismo el Ayuntamiento xx Xxxxx podrá fijar, cuando las circunstancias lo requieran, el stock de un material determinado.
El contratista deberá de disponer de los equipos necesarios, según necesidades o facilidad de alquiler de los mismos, de forma inmediata para la buena ejecución de los
trabajos. Todos los vehículos pertenecientes a la Contrata deberán estar identificados de manera que quede bien legible que se trata de una contrata municipal.
Deberá disponerse en la oficina de la contrata, de al menos un equipo informático conectado a Internet, al fin de poder establecer un intercambio de información con la Delegación Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxx, por medio del correo electrónico. También se dispondrá de teléfono y fax.
Con el objeto de que el intercambio de información sea lo más fluido posible, la Contrata utilizará al menos un equipo informático con el programa de dibujo Microstation y con las características necesarias para trabajar sobre la cartografía municipal.
4ª.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El Ayuntamiento xx Xxxxx delegará todas las funciones técnicas en la Delegación Municipal de Urbanismo, la cual nombrará un técnico que ejercerá la función de vigilancia, supervisión y control de los trabajos que se realicen.
Para la ejecución de los trabajos se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Ejecución de Obras en la Vía Pública que afecten al Subsuelo y a su régimen sancionador, así como a lo establecido por la normativa sectorial vigente, incluida la normativa particular de las diferentes empresas suministradoras siempre y cuando no contradiga a las anteriores.
Deberá cumplimentarse la legislación de Prevención de Riesgos Laborales, y la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo, específicamente el RD 1627/97.
El contratista antes de llevar a cabo los trabajos de reposición de pavimentos, realizará un croquis del trazado a reponer perfectamente acotado que enviará a la Delegación Municipal de Urbanismo.
Igualmente, cuando se trate de instalación de nuevas infraestructuras, una vez finalizados los trabajos, presentará en la Delegación Municipal de Urbanismo un plano de liquidación de las mismas, en formato digital .dxf o .dgn sobre la cartografía municipal, la cual el contratista deberá adquirir.
5º.- CONTROL DE CALIDAD
El contratista es responsable de la ejecución de las unidades de obra conforme con las especificaciones fijadas en la Ordenanza Reguladora de la Ejecución de Obras en la Vía Pública del Ayuntamiento xx Xxxxx, y en la normativa técnica vigente, específicamente en las Normas vigentes del Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxx, la Normas Técnicas de las compañías suministradoras y subsidiariamente en la normativa general asimilable (Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes, Instrucción de Hormigón Estructural EHE del Ministerio de Fomento, Normas UNE).
Los materiales empleados deberán cumplir la normativa vigente en cada caso, y específicamente el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, el Real Decreto 1328/1995, de 28 de julio, por el que se modifica, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE, las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción.
Los materiales (tubos, arquetas, ladrillos, etc.) que lo requieran deberán cumplir con las normas españolas UNE que sean transposición de normas armonizadas. Así mismo en las tipologías de materiales que normativamente lo exijan se requerirá el marcado CE.
Para el control de ejecución de la obra terminada la Dirección del Contrato exigirá la realización de los ensayos previstos en la normativa exigible, corriendo el coste de esos ensayos por cuenta del contratista hasta un límite del 1% del valor de las obras ejecutadas. En caso de que los resultados de los ensayos resulten negativos, una vez reparada la unidad de obra ensayada, se repetirá el ensayo sin que se acumule el coste de los ensayos suplementarios al total anterior.
6º.- CUADRO DE PRECIOS
El Cuadro de Precios distingue:
Obras que afecten a más de 50 m2 de superficie pavimentada, en cómputo global (es decir en la suma de todas las unidades de obra).
Obras que afecten menos de 50 m2.
El cuadro de precios unitarios se adjunta como Anexo nº I. A este cuadro de precios se le aplicará la baja ofertada por el contratista para la facturación al usuario final.
Todas aquellas unidades que no se contemplen en esta lista y sean necesarias en obras concretas, se fijarán mediante precios contradictorios previamente aprobados por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
Las unidades de obra suponen el abono de la obra terminada, independientemente de los trabajos auxiliares que se precisen para su terminación, o de los rendimientos que se obtengan.
Los precios del contrato incluyen todos los costes directos por materiales, mano de obra y maquinaria que pueda requerir la ejecución de cada unidad, los costes indirectos derivados de seguridad y salud, personal y medios no directamente repercutibles en la unidad, así como los gastos generales de empresa, financieros, impuestos, etc. y el beneficio de la empresa e IVA.
7º.- PLAZO
El plazo durante el cual se desarrollen los trabajos será el fijado en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
8º.- PRESUPUESTO
Dado que las obras a ejecutar no están determinadas a priori, sino que su medición dependerá de la demanda de la ejecución de las obras en sí, no es posible formular un presupuesto exacto del mismo.
El precio del contrato se determinará aplicando a las mediciones de las unidades de obra que se ejecuten, conforme al punto anterior de este Pliego, los precios correspondientes.
Para el cálculo del valor estimado del contrato, se emplea conforme al art. 76 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y art. 17 de la Ley 31/2007 de los Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales, el valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente, que en este caso asciende a 1.800.000€ por año.
9º.- REVISIÓN DE PRECIOS
Dado el periodo de duración que se establece para el contrato de adjudicación, se prevé revisión de precios, que se realizará anualmente aplicando el Indice de Precios al Consumo.