CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS N° 022 ELABORACION SEÑALES EN LENGUA DE SEÑAS PARA SORDOS Y PARA DISCAPACIDAD VISUAL, BRAILLE CONFORME A SENTENCIA N° 167 DEL JUZGADO UNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCULO DE CARTAGO (MARZO 01 de 2012)
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
ZARZAL – XXXXX DEL CAUCA
NIT. 891.900.441 – 1
CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS N° 022 ELABORACION SEÑALES EN LENGUA DE SEÑAS PARA SORDOS Y PARA DISCAPACIDAD VISUAL, BRAILLE CONFORME A SENTENCIA N° 167 DEL JUZGADO UNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCULO DE CARTAGO
(MARZO 01 de 2012)
OBJETO: PRESTACION DE SERVICIOS EN LA ELABORACION DE SEÑALIZACION, AVISOS E INFORMACION VISUAL APTOS PARA RECONOCIMIENTO DE LA POBLACION DE COMUNICACIÓN REDUCIDA – EN LENGUA DE SEÑAS PARA SORDOS Y PARA DISCAPACIDAD VISUAL - SISTEMA BAILLE EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA N°167 DEL JUZGADO UNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCULO DE CARTAGO.
C.D.P. Y FECHA: 171 DEL 31 DE ENERO DE 2012
CONTRATANTE: ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN XXXXXX
DIRECCIÓN: XXXXX 0 Xx. 0-00
NIT: 891.900.441 – 1
REPRESENTANTE LEGAL: XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
CEDULA CIUDADANIA: 66.679.780 DE ZARZAL VALLE
CONTRATISTA: ASOCIACION DE SORDOS DE CARTAGO VALLE
NIT: 836.000.383-9
REPRESENTANTE LEGAL: XXX XXXXX XXXXX
CEDULA CIUDADANIA: 29.155.645 Expedida en Ansermanuevo
DURACIÓN: UN (01) MES
PLAZO: 01º XX XXXXX A 31 XX XXXXX DE 2012
VALOR TOTAL: TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS MCTE (3.675.000)
FORMA DE PAGO: MENSUAL
CIUDAD Y FECHA
DE CELEBRACIÓN: XXXXXX - XXXXX, MARZO 01 DE 2012
Entre los suscritos a saber: XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX, XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXXX con Nit. 891.900.441 - 1, domiciliado en la Xxxxx 0 Xx. 0 - 00 xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, representado legalmente por la doctora XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, mayor de edad vecina de este municipio, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 66.679.780 expedida en Xxxxxx Xxxxx, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTE, por una parte; y la ASOCIACION DE SORDOS DE CARTAGO - ASORCAR.” con Nit 836.000.383-9, Asociación domiciliada en la ciudad de Cartago, representada legalmente en este acto por la Señora XXX XXXXX XXXXX, mayor y vecina del municipio de Cartago, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 29.155.645 expedida en Ansermanuevo - Valle, quien para los efectos del presente Contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente Contrato de prestación de servicios encaminados a la ELABORACION DE SEÑALES EN LENGUA DE SEÑAS PARA SORDOS Y PARA DISCAPACIDAD VISUAL, EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA N° 167 DEL JUZGADO UNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCULO DE CARTAGO y conforme a las siguientes consideraciones: a) Que el día 04 xx xxxxx de 2009 el abogado Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx instauro acción popular con Rad. 76-147-33-31-001-2009-00117-00 en contra del Hospital Departamental San Xxxxxx de Zarzal E.S.E por cuanto el Hospital no daba cumplimiento a las exigencias establecidas en la ley 982 de 2005. b) Que el 04 de Noviembre de 2009 las partes llevaron a cabo pacto de cumplimiento en el cual se estipuló que el Hospital Departamental adecuara las instalaciones a las exigencias establecidas en la ley 982 de 2005, en cuanto a la señalización, avisos e información visual aptos para su reconocimiento para la población de comunicación reducida. c) Que se adelantará un programa de capacitación de varios de los empleados en atención al público, servicio de interprete y guía de interprete para personas con comunicación reducida. d) Que el artículo 8 de la ley 982 del 2005 establece que las entidades estatales de cualquier orden, incorporaran paulatinamente dentro de los programas de atención al cliente, el servicio de interprete y guía interprete para las personas sordas y sordos ciegas que lo requieran de manera directa o mediante convenios con organismos que ofrezcan tal servicio; de igual manera lo harán las empresas prestadoras de servicios públicos, las instituciones prestadoras de salud, que ofrezcan servicios al público, fijando en lugar visible la información correspondiente, con plena identificación del lugar en los que podrán ser atendidas las personas sordas y sordo ciegas y ciegas. e) Que en cumplimiento de la sentencia N° 167 del Juzgado único Administrativo del circulo de Cartago, el hospital contratará la elaboración de señales en lengua de señas para sordos y para discapacidad visual, braille. 6) Que por tal motivo el contrato se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: ELABORACION DE SEÑALES EN LENGUA DE SEÑAS PARA SORDOS Y PARA DISCAPACIDAD VISUAL, BRAILLE, ATENDIENDO LAS DISPOCISIONES XX XXX EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA N° 167 DEL JUZGADO UNICO ADMINISTRATIVO DEL CIRCULO DE CARTAGO., El contratista, se compromete en realizar las siguientes señalizaciones:
AVISOS |
SEÑAS LENGUA SORDOS |
SEÑAS BRAILLE |
Información |
x |
x |
Urgencias |
x |
x |
Facturación |
x |
x |
Hospitalización |
x |
x |
Atención al Usuario siao |
x |
x |
Cirugía |
x |
x |
Sala de Partos |
x |
x |
Baños Públicos |
x |
x |
Consulta Externa |
x |
x |
Odontología |
x |
x |
Rehabilitación |
x |
x |
Laboratorio |
x |
x |
Rayos x |
x |
x |
Cafetería |
x |
x |
Citas Medicas |
x |
x |
Caja (02) |
x |
x |
Estadística |
x |
x |
Droguería |
x |
x |
Consultorio (1 al 9) |
x |
x |
Programación Cirugías |
x |
x |
Sicología |
x |
x |
Gerencia |
x |
x |
Subgerencia |
x |
x |
Triage |
x |
x |
Oficina de Personal |
x |
x |
Oficina Jurídica |
x |
x |
Oficina de Calidad |
x |
x |
SEGUNDA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Son obligaciones del contratista las siguientes: 1) Cumplir con el objeto contractual conforme a la propuesta, en las instalaciones del Hospital Departamental San Xxxxxx de Zarzal Valle o en el lugar que el contratante así lo requiera. 2) Asegurar que el recurso humano a cargo de la Asociación, tenga todas las garantías relacionadas con el programa de salud ocupacional, cumpliendo con lo estipulado en el Decreto 1295 de 1994 y las demás normas que rijan la materia. 3) A Realizar un informe pormenorizado sobre las actividades realizadas. 8. PARAGRAFO UNICO: El incumplimiento del contratista de alguna o algunas de las obligaciones anteriores, conferirá derecho al contratante para declarar la caducidad del Contrato y hacer efectivas las pólizas de cumplimiento. TERCERA – OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Se obliga para con el contratista a: 1) Facilitar la documentación e información necesaria para el cumplimiento del objeto del contrato. 2) suministrar los elementos, y materiales necesarios para el desarrollo del objeto contractual por parte del Contratista y de acuerdo a la propuesta presentada. 3) Cancelar oportunamente al CONTRATISTA la contraprestación económica pactada en el presente contrato. CUARTA – DURACIÓN Y CESION: Este contrato tendrá una duración de UN (01) Mes comprendido entre el Primero (01) xx Xxxxx y el treinta y uno (31) xx Xxxxx de 2012. El contratista no podrá ceder total ni parcialmente el presente contrato a persona o entidad alguna, ni el interés económico que el mismo representa. PARÁGRAFO ÚNICO: Las partes podrán terminar este contrato en cualquier momento y en forma voluntaria por mutuo acuerdo mediante la suscripción de un acta de terminación del mismo. QUINTA –El valor del presente contrato corresponde a la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS MCTE ($3.675.000,oo), con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal número 171 del 31de Enero de 2012. FORMA DE PAGO: La empresa se compromete para con la Asociación a pagar el cuarenta (40%) de anticipo y el sesenta (60%) al final previa presentación de entrega de los avisos recibo a satisfacción del interventor y a la presentación de la factura, o de la respectiva cuenta de cobro. PARÁGRAFO PRIMERO: El contratista faculta así mismo a la empresa para descontar los valores correspondientes a sanciones, multas, o bienes que se dañen o pierdan en la prestación del servicio por negligencia o culpa por la no entrega de los avisos, una vez que se halla determinado mediante investigación, la respectiva responsabilidad establecida por la autoridad competente. PARÁGRAFO TERCERO: Presentada la factura, o cuenta de cobro respectiva, la entidad tiene cinco días para objetarla y devolverla a la Asociación, la cual tiene cinco días para corregirla y devolverla a la entidad. SEPTIMA – GARANTIAS: El contratista se compromete a constituir x xxxxx y a favor del contratante la póliza única de cumplimiento la cual deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente reconocida en Colombia, cuyas pólizas matrices hayan sido presentadas ante la Superintendencia Financiera, las cuales cubren el siguiente riesgo: 1) DE CUMPLIMIENTO: Su cuantía será xxx Xxxx (10%) por ciento del valor del contrato, por la duración del mismo y Cuatro (4) meses más. 2) ANTICIPO: Su cuantía será del CIEN por ciento (100%) del valor Total del anticipo, por su duración. OCTAVA. – MECANISMOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS los conflictos que se presenten dentro de la ejecución del objeto contractual se dirimirán, agotando el siguiente procedimiento: a) Se recurrirá primero al arreglo directo (transacción), cuya etapa no podrá ser superior a quince (15) días hábiles; y b) Si fracasa la etapa anterior se recurrirá a la conciliación prejudicial, conforme a las leyes 23 de 1991, 446 de 1998, 640 de 2000 y demás normas concordantes o complementarias; de no lograrse el cometido la parte afectada queda en libertad de acudir a la jurisdicción competente. NOVENA – INTERPRETACION, MODIFICACION Y TERMINACION UNILATERAL: Al presente contrato se le aplican las cláusulas exorbitantes señaladas en la Ley 80 de 1993, y decretos reglamentarios. DECIMA - CADUCIDAD: En cualquier momento El contratante podrá declarar la caducidad de éste Contrato sin que haya lugar a indemnización a favor del contratista, en caso de presentarse algún hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista establecidas en este contrato, las cuales afecten grave y directamente la ejecución del contrato y evidencien que puede conducir a su paralización. En caso de terminar el contrato por ejercer esta facultad, El contratante pagará al contratista la cantidad que adeude por los servicios prestados en los términos de éste Contrato. DECIMA PRIMERA - MULTAS: En caso xx xxxx e incumplimiento total de las obligaciones pactadas y aceptadas, el Hospital impondrá al contratista multa equivalente al cero punto uno por ciento (0.1%) del valor del contrato por cada día xx xxxx, que se podrá hacer efectiva con la póliza de cumplimiento. DECIMA SEGUNDA - EXCLUSION DE RELACION LABORAL: Se deja constancia de que el presente Contrato no constituye vínculo de relación laboral entre El contratista y el contratante, ni con el personal de la Asociación que éste ocupe. En consecuencia será de exclusiva responsabilidad del contratista los compromisos que éste adquiera para la ejecución del contrato, respondiendo por todas las reclamaciones que le formulen. DECIMA TERCERA - CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: El contratante. En caso de incumplimiento total de las obligaciones de cualquiera de las partes, la parte incumplida indemnizara a la otra en una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. Dicha suma podrá hacerse efectiva directamente o a través de la póliza que garantiza el cumplimiento por parte del CONTRATISTA. DECIMA CUARTA - VIGENCIA: para todos los efectos legales se considera que éste contrato tiene plena vigencia a partir del Perfeccionamiento. DECIMA QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL contratista declara bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato que no se haya incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en las normas vigentes y que no ha sido objeto de declaratoria de caducidad en otros contratos, ni responsable fiscal en los últimos cinco (5) años. DECIMA SEXTA - INTERVENTORIA: El Interventor designado es el Subgerente Administrativo de la empresa y/o quien haga sus veces, quien tendrá las siguientes funciones y responsabilidades a) Exigir el cumplimiento del contrato en todas sus partes, b) Realizar seguimiento continuo para verificar que el contratista cumpla con las condiciones exigidas en el presente contrato, c) Resolver las consultas que le formule el contratista y hacerle las observaciones que estime conveniente, d) Informar a la Entidad contratante de manera oportuna a cerca de situaciones o hechos que afecten el desarrollo del contrato en cualquier etapa de ejecución. e) Emitir concepto técnico previo sobre la suspensión, celebración de contratos adicionales y actas de modificación del contrato f) Elaborar las actas de iniciación, Interventoría y de liquidación del contrato, para suscribir con el contratista; g) Certificar que el contratista cumplió a satisfacción con sus obligaciones, condición previa para la correspondiente ordenación del pago. h) las demás que establezca la Ley. DECIMA SEPTIMA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y el registro presupuestal. DECIMA OCTAVA - LIQUIDACION DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de mutuo acuerdo entre las partes al cumplimiento del objeto contractual, dentro de los cuatro (04) meses siguientes a la terminación bilateral del mismo. En acta de liquidación debidamente identificada que se levantara y se suscribirá, constaran las obligaciones parciales que fueron cumplidas, las obligaciones pendientes que no se pudieron cumplir, los acuerdos, transacciones a que se llegaren respecto de las eventuales diferencias surgidas; de los reclamos, observaciones u objeciones también se dejara constancia, se establecerá los saldos pendientes a cobrar si los hubiere. PARÁGRAFO UNICO: Si el contratista no concurre a la etapa de liquidación concertada dentro del plazo señalado, o en caso de que las partes no lograren un acuerdo respecto del contenido de esta, el Hospital Departamental San Xxxxxx de Zarzal Valle – Empresa Social del Estado, procederá mediante acto administrativo motivado, a liquidar por si misma el contrato, en forma directa, y en el estado en que se encuentre, dentro de los dos (02) meses siguientes al agotamiento de la etapa de liquidación concertada. XXXXXX XXXXXX – DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1) Propuesta u oferta de servicios presentada por el contratista. 2) Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del representante legal de la Asociación., 3) NIT, 4) RUT, 5) Certificado de existencia y representación 6) Pólizas requeridas en la Cláusula Séptima del presente contrato. VIGÉSIMA - DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos legales del presente contrato se establece como xxxxxxxxx xx xxx xxxxxx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx; contrato que se rige por el derecho privado, conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993. En señal de conformidad las partes celebran el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de Zarzal Xxxxx del Cauca, hoy Primero (01) xx Xxxxx del año Dos Mil Doce (2.012).
CONTRATANTE CONTRATISTA
XXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX. XXX XXXXX XXXXX.
Gerente Representante Legal ASORCAR
Hospital Dptal San Xxxxxx ESE
Elaboro: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx – Asesor
Revisó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx – Asesor
Aprobó: Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx -Gerente
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CALLE 5 Nº 6 – 32 PBX: 220 9914 URGENCIAS: 220 9585 ZARZAL – VALLE.4