CONTRATO DE ENSEÑANZA
A ñ o L e c t i v o 2 0 1 4
En la ciudad de San Xxxxxxx, a los 4 días del mes de Julio de 2013, se suscribe el presente, entre AMAF (Asociación Mutual de Ayuda Entre Ferroportuarios) representado por su presidente, el Xx. Xxxxxx, Xxxxxxxx X.X.X. 29.559.870, titular de la Escuela Secundaria AMAF (DIPREGEP Nº 7801, subvencionado 80%) con domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxx 000 de esta ciudad, en adelante “el Establecimiento”, por una parte; y el Sr./a. Xxxxxx Xxxxxx D.N.I. 17.770.297, con domicilio en Nación 2540, Bº Xxxxxxxxx, en adelante “el padre y/o tutor”, por la otra; se conviene en celebrar el presente contrato, quien declara conocer y se compromete a cumplir sin reservas las condiciones oportunamente pactadas y las siguientes cláusulas.-‐-‐-‐-‐-‐-‐ PRIMERA: El padre y/o tutor contrata, para el ciclo lectivo 2013, los servicios educativos que brinda “el Establecimiento”, para el siguiente alumno; nombre: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx D.N.I. 42.676.334, con domicilio en Nación 2570, que asistirá a 2º Año, Turno Mañana.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐
SEGUNDA: El establecimiento se compromete a impartirle al alumno mencionado en la cláusula PRIMERA, la enseñanza correspondiente al nivel, modalidad y año en el que está matriculado, según los planes oficiales a los que se encuentra incorporado, como así también la educación extra programática y los demás servicios educativos que con carácter general y/u obligatorio se desarrollan en el establecimiento (inglés intensivo, informática, portugués u otros que en lo sucesivo se disponga).-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ TERCERA: El padre y/o tutor se obliga personalmente a abonar a “el Establecimiento”, una Matrícula de
$360.00, dividida en tres pagos, una en el mes de setiembre, otra en el mes de octubre y la última en el mes de noviembre de 2012 de $120.00 cada una; una cuota por Mantenimiento de Servicio Educativo pagadero en dos veces de $190.00 cada uno en los meses de julio y diciembre de 2013 y un arancel de
$3.800.00 que se financiarán en diez cuotas, mensuales y consecutivas de $380.00 con vencimiento xx xxxxx a diciembre, ambos meses inclusive, con más los incrementos que la autoridad de aplicación disponga.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ Cada cuota tendrá como fecha de vencimiento el día ocho (8) de cada mes. A partir de la fecha de vencimiento indicada, el instituto establecerá los recargos por xxxx y/o intereses punitorios mes a mes atento a las variaciones del contexto socio-‐económico nacional y pautas que pudieran fijar al respecto las autoridades jurisdiccionales respectivas.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El contrato de enseñanza quedará perfeccionado una vez operada la matriculación del alumno conforme a los reglamentos internos de la institución. Antes de ello el alumno NO FIGURARA COMO INSCRIPTO para el año inmediato posterior. El aludido contrato de enseñanza tendrá una vigencia de un ciclo lectivo (anual) y sin perjuicio de las causales de resolución anticipada prevista en los reglamentos internos institucionales, que forman con el presente un todo, y que el padre o tutor declara conocer y aceptar de plena conformidad, suscribiendo un ejemplar de los mismos.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ El lugar donde deberá efectivizarse los pagos mencionados en la cláusula TERCERA es en el domicilio del Establecimiento o a la persona y lugar que éste le indique. Se conviene que en todos los casos sin excepción, corresponde abonar, por parte del padre y/o tutor al Establecimiento, el importe del seguro cuyo monto se precisara en el momento de dicha efectivización, de acuerdo a los valores vigentes de las pólizas respectivas.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ CUARTA: El padre y/o tutor acepta adeudar el monto correspondiente que surge de la cláusula TERCERA y se obliga a abonar, los pagos antedichos a su vencimiento. En caso de no pago en el cumplimiento de la obligación, se establece que la xxxx se producirá de modo automático y sin necesidad de interpelación alguna dándose por perdidos los plazos otorgados, estableciéndose como monto liquido y exigible la suma que resulte del total debido conforme esta cláusula y la TERCERA y descontado los pagos realizados por el padre con más el interés hasta el efectivo pago que surja de aplicar a la deuda la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de descuento de documentos de terceros, pactando las partes que el presente reviste la calidad título ejecutivo suficiente de conformidad con el art.
dar aviso en forma fehaciente con un mes de anticipación a la dirección al comienzo de cada término. En caso contrario, deberá abonar el total del año.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ QUINTA: El Establecimiento Educativo se reserva el derecho de modificar los presentes aranceles atento a la modificación que se produzca en su estructura de costos y/o incremento de las cargas impositivas y/o previsionales, con los límites que pudiera fijar la autoridad de control.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ SEXTA: La falta de pago total de tres o más cuotas, consecutivas o alternadas importará la recisión del presente por culpa exclusiva del padre facultando a la institución a tomar las medidas que estime corresponda.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ SEPTIMA: Todo alumno que ingrese a “el Establecimiento” y/o reciba los servicios de éste, deberá el responsable ser socio de la Asociación Mutual de Ayuda entre Ferroportuarios (AMAF) sin excepción.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ OCTAVA: Para la reserva xx xxxxxxx del ciclo lectivo del año siguiente, es condición indispensable haber cumplido con las obligaciones contraídas en tiempo y forma (no registrar deuda) con “el Establecimiento”. En caso existir ésta, el mismo se reservará el derecho de admisión.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ NOVENA: La Institución Educativa no hará descuentos por inasistencia de los alumnos, feriados, asuetos decretados oficialmente, período de receso o por causas no imputables a las misma.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ DÉCIMA: El padre declara conocer y aceptar el Reglamento interno de la Institución y se compromete a cumplirlo y a hacerlo cumplir por el alumno bajo pena de considerar rescindido el presente por su exclusiva culpa, facultando a la Institución Educativa a otorgar el pase respectivo. También el padre se obliga a cumplir y a hacer cumplir por el alumno todas las obligaciones y normas emanadas de la DIPREGEP, como así también las disposiciones establecidas por la Representación Legal y la Dirección Técnico docente del Establecimiento incluyendo las eventuales sanciones disciplinarias.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐ UNDÉCIMA: Para cualquier controversia, las partes se someten a los tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Xxx Xxxxxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, y fijan sus domicilios en los lugares expresados al inicio del presente contrato, donde serán validas todas las comunicaciones y/o notificaciones.-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐-‐
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX Firma del Padre o Tutor
Presidente
Aclaración
“Desde 1975 educando para la vida”