DEPARTAMENTO DE SANTANDER MUNICIPIO DE PIEDECUESTA
DEPARTAMENTO XX XXXXXXXXX MUNICIPIO DE PIEDECUESTA
PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO Nº 040 – 009 – 2018.
OBJETO:
“REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
SEPTIEMBRE DE 2018
PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO Nº 040 – 009 – 2018.
“REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Ing. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX. Arq. XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX.
Jefe Oficina Planeación Institucional Profesional Universitario Supervisor de Obra.
Xx. XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX. X.Xx. Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
Abog. Apoyo a la Gestión Administrativa. Gerente “Piedecuestana E.S.P”.
DEPARTAMENTO XX XXXXXXXXX MUNICIPIO DE PIEDECUESTA
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS – E.S.P
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
PROCESO Nº 040 – 009 - 2018
CONVOCATORIA DE VEEDORES
En desarrollo del principio de transparencia en la contratación la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE
SERVICIOS PUBLICOS”, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer veeduría y que se encuentren conformadas de acuerdo a la Ley 850 de 2003, para que realicen el control social a este proceso de contratación.
Las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley podrán desarrollar su actividad durante las etapas precontractual, contractual y post - contractual de este proceso de contratación, realizando oportunamente las recomendaciones escritas que consideren necesarias, e interviniendo en las audiencias que se convoquen durante el proceso, caso en el cual se les suministrará toda la información y documentación pertinente que soliciten. El costo de las copias y las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo.
PROGRAMA PRESIDENCIAL LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los números telefónicos (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, vía fax número telefónico (1)
565 86 71; la línea transparente del programa, a los números telefónicos 0000-00 00 00 ó (0) 000 00 00; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, al sitio de denuncias del programa, en la página de internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente en la dirección: Xxxxxxx 0 Xx 0 - 00 Xxxxxx X.X.
CAPITULO I INFORMACION GENERAL
1.1 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCION
La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS” requiere contratar por el sistema de precios unitarios, sin formula de reajuste y con plazo fijo, las obras de “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” de acuerdo con la descripción, requisitos, especificaciones y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
1.2 DESCRIPCION DE LA NECESIDAD
La “Empresa Piedecuestana de Servicios Públicos - E.S.P” es una empresa industrial y comercial del estado del orden municipal de naturaleza pública que presta los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en el área urbana y suburbana del municipio de Piedecuesta.
Que el artículo 334 de la Constitución Política de Colombia consagra que la dirección general de la economía estará a cargo del Estado, el cual intervendrá por mandato de la ley, entre otras actividades, en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano.
Que el artículo 365 ibídem dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del estado y que es deber de éste asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
Según informe del supervisor de obra de la empresa anexo al estudio de conveniencia y oportunidad, dentro del proceso de reposición de redes adelantado por la empresa se realizó en conjunto con la coordinación de redes la visita en el sector enunciado (Se anexa informe en el estudio de conveniencia), en esta revisión se estableció le necesidad de efectuar la reposición de la red de conducción de acueducto de 16” en el tramo enunciado, el cual forma parte de la red que abastece las redes secundarias de los sectores norte y occidente del Municipio.
Como conclusión se determinó acoger el informe elaborado por la coordinación de redes de la P.D.S en el sentido de adelantar el proceso de reposición en el sector referenciado.
1.3 ALCANCE DEL OBJETO
De conformidad con los estudios realizados para la “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA -
SANTANDER.” El alcance específico obedece al siguiente cuadro:
REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER. | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | PRELIMINARES | ||||
1,01 | Replanteo y medición de obra | ML | 255,0 | $ 2.984,00 | $ 760.920,00 |
1,02 | Xxxxxx xx xxxxxxxxx xx xxxxxxxx (xxxxxxx xxxxx x xxxxxx) | X0 | 000,0 | $ 56.000,00 | $ 23.912.000,00 |
1,03 | Señalización Preventiva | ML | 510,0 | $ 3.639,00 | $ 1.855.890,00 |
1,04 | Pasacalles informativo | UND | 1,0 | $ 220.000,00 | $ 220.000,00 |
1,05 | Demolición y reconstrucción de caja válvula | UND | 1,0 | $ 687.142,00 | $ 687.142,00 |
1,06 | Aislamiento con lona Verde (Incluye madera rolliza) | ML | 510,0 | $ 9.700,00 | $ 4.947.000,00 | ||
SUBTOTAL PRELIMINARES | $ 32.382.952,00 | ||||||
2 | MOVIMIENTO DE TIERRAS | ||||||
2,01 | Excavación en zanja con entibados - En tierra o granular - 0.00 a 2.00 m de profundidad | M3 | 702,0 | $ 37.000,00 | $ 25.974.000,00 | ||
2,02 | Conformación y compactación de relleno con material común | M3 | 95,9 | $ 31.000,00 | $ 2.972.280,00 | ||
2,03 | Suministro, conformación y compactación de relleno con material seleccionado | M3 | 411,5 | $ 43.100,00 | $ 17.736.512,00 | ||
2,04 | Suministro, conformación y compactación de base granular. | M3 | 85,4 | $ 140.000,00 | $ 11.956.000,00 | ||
2,05 | Suministro e Instalación de arena para cimentación de tubería PVC para acueducto | M3 | 40,8 | $ 73.700,00 | $ 3.006.960,00 | ||
2,06 | Retiro y acarreo de material sobrante (incluye botadero) | M3 | 479,9 | $ 47.448,00 | $ 22.771.244,00 | ||
SUBTOTAL MOVIMIENTO DE TIERRAS | $ 84.416.996,00 | ||||||
3 | CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | ||||||
3,01 | Concreto simple f`c=2500 PSI para atraques | M3 | 3,0 | $ 554.540,00 | $ 1.663.620,00 | ||
3,02 | Suministro y colocación de pavimento rígido MR-42 e=0,20 | M3 | 85,4 | $ 745.782,00 | $ 63.689.783,00 | ||
3,03 | Suministro y colocación de lechada de concreto 2000 psi | M3 | 30,6 | $ 350.000,00 | $ 10.710.000,00 | ||
3,03 | Caja para válvula en concreto (Incluye tapa en HD) | UND | 1,0 | $ 429.412,00 | $ 429.412,00 | ||
SUBTOTAL CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | 0 | $ 76.492.815,00 | |||||
4 | SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | 0 | |||||
4,01 | Suministro e Instalación accesorio Codo 22,5 H.D. D=16" JH | UND | 5,0 | $ 2.577.604,00 | $ 12.888.020,00 | ||
4,02 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 16" | UND | 1,0 | $ 12.852.640,00 | $ 12.852.640,00 | ||
4,03 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 12" | UND | 2,0 | $ 5.831.000,00 | $ 11.662.000,00 | ||
4,04 | Suministro e instalación unión universal D= 12" | UND | 1,0 | $ 916.300,00 | $ 916.300,00 | ||
4,05 | Suministro e instalación unión universal D= 16" | UND | 1,0 | $ 1.174.530,00 | $ 1.174.530,00 | ||
4,06 | Suministro e instalación tee HD JH D=12"*12" | UND | 2,0 | $ 3.998.400,00 | $ 7.996.800,00 | ||
4,07 | Suministro e instalación tee HD JH D=8"*6" | UND | 1,0 | $ 725.000,00 | $ 725.000,00 | ||
4,08 | Suministro e instalación reducción HD JH D=16"a 12" | UND | 1,0 | $ 4.031.720,00 | $ 4.031.720,00 | ||
4,09 | Suministro e instalación reducción HD JH D=12"a 8" | UND | 1,0 | $ 1.481.657,00 | $ 1.481.657,00 | ||
4,10 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=16" | ML | 255,0 | $ 513.134,00 | $ 130.849.170,00 | ||
4,11 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=12" | ML | 12,0 | $ 302.975,00 | $ 3.635.700,00 | ||
4,12 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=6" | ML | 12,0 | $ 82.588,00 | $ 991.056,00 | ||
SUBTOTAL SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | $ 189.204.593,00 | ||||||
5 | ENSAYOS DE LABORATORIO | ||||||
5,01 | Xxxxxxx modificado | UND | 3,0 | $ 71.500,00 | $ 214.500,00 | ||
5,02 | Densidad de Campo | UND | 20,0 | $ 38.500,00 | $ 770.000,00 | ||
5,03 | Ensayo compresión cilindro de concreto | UND | 10,0 | $ 11.000,00 | $ 110.000,00 | ||
0 | SUBTOTAL | $ 1.094.500,00 | |||||
6 | OBRAS VARIAS | 0 | |||||
6,01 | Limpieza General | GB | 1,0 | $ 491.900,00 | $ 491.900,00 | ||
6,02 | Prueba Hidráulica (Incluye accesorios) | GB | 1,0 | $ 5.000.000,00 | $ 5.000.000,00 | ||
6,03 | Levantamiento y digitalización de planos | GB | 1,0 | $ 2.500.000,00 | $ 2.500.000,00 | ||
SUBTOTAL OBRAS VARIAS | $ 7.991.900,00 | ||||||
TOTAL COSTOS DIRECTOS | $ 391.583.756,00 | ||||||
A.I.U. (%) | 32,80% | ADMINISTRACION | 25,80% | $ 101.028.609,00 | |||
IMPREVISTOS | 2,00% | $ 7.831.675,00 | |||||
UTILIDADES | 5,00% | $ 19.579.188,00 | |||||
TOTAL COSTO OBRA | $ 520.023.228,00 |
1.4. PRESUPUESTO OFICIAL.
La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P. – PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” estima el valor del presente contrato en la suma de QUINIENTOS VEINTE MILLONES VEINTITRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($520.023.228.oo) M/CTE.
NOTA: EL VALOR TOTAL DE LA OFERTA NO PODRÁ EXCEDER EL VALOR DEL
PRESUPUESTO OFICIAL so pena de ser rechazada la propuesta, no es un requisito subsanable.
1.5 ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad contratante es la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS – ESP”.
1.6 CORRESPONDENCIA Y TRAMITACIÓN
Para efectos de correspondencia y tramitación de información relacionada con el presente proceso de selección, los sitios oficiales son:
DIRECCIÓN: Xxxxxxx 0 Xx 00 - 00 Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxx 0.
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
TELEFÓNICOS: (57) (0) 0000000 – 6550058
1.7 ENTREGA DE PROPUESTAS
El lugar donde los proponentes deberán hacer la entrega de propuestas es la OFICINA PLANEACION INSTITUCIONAL de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P. – PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” y únicamente en
la dirección relacionada en el numeral 1.6
NOTA 1: LA VALIDEZ DELA ENTREGA DE LA PROPUESTA QUEDA SUJETA A QUE LA MISMA SE REALICE EN EL SITIO ESTABLECIDO EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES (VER NUMERAL 1.6) POR LO TANTO, NO SE DEBE HACER ENTREGA EN OTRO LUGAR DIFERENTE AL SEÑALADO.
NOTA 2: LA FECHA Y HORA VALIDA DE RECEPCION DE LA PROPUESTA SERA LA QUE REGISTRE LA OFINA DE PLANEACIÓN EN EL MOMENTO QUE LA RECIBA.
NOTA 3: SERÁ RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL PROPONENTE ASEGURARSE QUE SU PROPUESTA SE ENTREGUE EN EL LUGAR INDICADO, ANTES DEL VENCIMIENTO ESTABLECIDO PARA ELLO.
1.8 HORARIO
Para todos los efectos relacionados con los trámites del presente proceso de selección, el horario de atención, es el horario oficial establecido para atención al público de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P. –
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” esto es de lunes a viernes de 7:30 am. a 12:00 M y de 1:30 pm. a 6:00 pm., por tanto, en el evento de efectuarse cambios en el horario actual, el mismo entrará a regir para el presente proceso a partir de la fecha en que se modifique.
1.9 PLAZO DEL CONTRATO.
El plazo para la ejecución del contrato es de SETENTA Y CINCO (75) DIAS CALENDARIO A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL ACTA DE INICIO contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio.
1.10 FORMA DE PAGO Y GRAVAMENES.
*- Se efectuará mediante actas parciales de avance de obra previo visto bueno de la supervisión de obra. Estas actas no implican el recibo o aprobación definitiva por parte de la empresa del trabajo ejecutado por consiguiente no eximen al contratista de su responsabilidad en cuanto a la calidad o cantidad del trabajo o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil. El valor acumulado de las actas de recibo parcial no podrá exceder el 90% del valor contractual y el pago final mínimo del 10% o hasta completar el valor contratado, a la terminación y recibo de los trabajos de las cantidades ejecutadas pendientes de pago. Este deberá estar soportado en el acta de entrega y recibo final, mediante la cual se realizará el recibo por parte de la empresa del objeto contratado suscrita entre el responsable del proyecto de la empresa el interventor y el contratista, con esta acta se hace el recibo definitivo de los trabajos dejando constancia que la empresa los recibe a satisfacción sin perjuicio de las obligaciones de garantía que el contratista ha adquirido en virtud del contrato en referencia. PARAGRAFO 1: Los desembolsos se realizarán de acuerdo con las actas parciales equivalentes a los porcentajes mínimos requeridos de avance real y físico de la obra y previa aprobación por parte del supervisor para el seguimiento de los contratos celebrados para la ejecución de la obra. PARÁGRAFO 2: El descuento por concepto del 5% que trata la ley 418 de 1997, con destino al fondo de convivencia y seguridad ciudadana, por tratarse de recursos con destino a una obra pública, serán girados a el departamento xx Xxxxxxxxx y descontados al contratista de igual forma. La empresa efectuará al momento del pago los descuentos por concepto de retención en la fuente y los demás que procedan contractual y legalmente.
GRAVAMENES: el proponente al elaborar su propuesta debe tener en cuenta todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales y municipales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven.
1.11 CRONOGRAMA DEL PROCESO
El cronograma de actividades general del proceso es el siguiente:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
PUBLICACION AVISO. | LUNES 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000. 2 a 6 P.M | |
ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA Y PUBLICACION XX XXXXXX DE CONDICIONES | LUNES 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000. 2 a 6 P.M. | |
INVITACION A OFERENTES | DESDE LAS 10 A.M, HASTA LAS 6 P.M XXX XXXXXX 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018. | xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx GERENCIA |
ACLARACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | MIERCOLES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2018, 2 P.M | SALA DE JUNTAS EMPRESA PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PÚBLICOS E.S.P. XXXXXXX 0 Xx 00 - 00 XXXXXXXXXXX |
PLAZO MAXIMO DE ENTREGA DE PROPUESTAS. | VIERNES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DESDE LAS 8 A.M HASTA LAS 5 P.M. | OFICINA DE PLANEACION INSTITUCIONAL DE LA EMPRESA PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PÚBLICOS E.S.P. CARRERA 8 Nº 12 - 28 PIEDECUESTA. |
ACTA DE SELECCIÓN OBJETIVA (EVALUACIÓN) | LUNES 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, 0 A.M A 6 P.M. | COMITÉ EVALUADOR |
PUBLICACION DE LOS RESULTADOS Y PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES | DESDE LAS 8:00 AM XXX XXXXXX 25 DE SEPTIEMBRE DE 2018, HASTA LAS 5:00 PM DEL MIERCOLES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018 | |
RESOLUCION DE ADJUDICACION Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES | JUEVES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DESDE LAS 8:00 A.M HASTA LAS 6:00 P M. | |
SUSCRIPCION Y FIRMA DEL CONTRATO | VIERNES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2018. | GERENCIA DE LA EMPRESA PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PÚBLICOS E.S.P. CARRERA 8 Nº 12-28 PIEDECUESTA |
1.12 SUBSANACIONES Y MECANISMOS DE COMUNICACIÓN
1.12.1 ENTREGA DE SUBSANACIONES
LA VALIDEZ DE LA ENTREGA DE LAS SUBSANACIONES QUEDA SUJETA A QUE LAS MISMAS SE REALICEN EN LA OFICINA DE PLANEACION INSTITUCIONAL DE LA EMPRESA, AQUELLOS DOCUMENTOS QUE DEBAN SER APORTADOS EN ORIGINAL SU ENTREGA DEBE REALIZARSE EN MEDIO FISICO, NO SE ACEPTA POR CORREO ELECTRONICO O FAX.
LA ENTREGA DE DOCUMENTACION NO SE DEBE HACER EN OTRO LUGAR DISTINTO DEL ANTES MENCIONADO.
LA FECHA Y HORA VÁLIDAS DE RECEPCION DE SUBSANACIONES SERÁ LA QUE REGISTRE POR LA OFICINA DE DIRECCION DE PLANEACION E INFRAESTRUCTURA DE LA EMPRESA.
POR LO ANTERIOR, SERA RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL PROPONENTE ASEGURARSE QUE SUS SUBSANACIONES, LO MISMO QUE CUALQUIER OTRO DOCUMENTOS QUE EN DESARROLLO DEL PRESENTE PROCESO DEBA SER ALLEGADO, SE ENTREGUE EN EL LUGAR AQUÍ INDICADO, ANTES DEL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO ESTABLECIDO PARA EL EFECTO.
1.12.2 SUBSANACIONES
Los oferentes presentarán los documentos y/o requisitos que requiera la entidad, dentro del término establecido en la solicitud que para el efecto se realice.
1.13 PRESENTACION DE PROPUESTAS
Presentarán propuesta, únicamente aquellos oferentes que resulten elegidos dentro del proceso de selección, el cual se realizará en la oficina de la gerencia el día Martes 18 de Septiembre de 2018, 9 a.m.
La propuesta deberá ser presentada en la OFICINA DE PLANECION INSTITUCIONAL de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA - PIEDECUESTANA E.S.P”, XXXXXXX 0 Xx 00 - 00 XXXXXXXXXXX, Xxxx 0 en la hora y fecha
establecida en cronograma del presente proceso. Por lo tanto el oferente debe previamente cerciorarse del sitio de entrega de la propuesta a efectos de que ésta se realice dentro del término previsto en el cronograma. ÚNICAMENTE PODRAN PRESENTAR PROPUESTA AQUELLOS OFERENTES A LOS CUALES LA ENTIDAD HA INVITADO PREVIAMENTE.
La entidad no se hace responsable por el contenido y estado físico de los documentos que componen las ofertas enviadas por correo certificado, correo normal o por emisario.
La entidad no asume ninguna responsabilidad si los proponentes no presentan sus ofertas a tiempo, por retrasos en los trámites de ingreso a la Institución.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso, serán recibidas y se devolverán en la audiencia de cierre a la persona que hizo entrega de la misma, a la Oficina de Planeación Institucional a recoger la propuesta, dentro del mes siguiente a la fecha de cierre del proceso de selección, vencido éste término sin que se haya presentado a recoger la propuesta, ésta será destruida.
1.14 RETIRO DE LA PROPUESTA
Los proponentes podrán solicitar por escrito a la Oficina de Planeación Institucional de la empresa el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo del presente proceso de selección, la cual será devuelta sin abrir, en el acto de apertura de las mismas, al proponente o a la persona autorizada. Si la persona no está presente en la apertura, el proponente deberá acercarse al grupo de contratación de la dirección de planeación a recoger la propuesta, dentro del mes siguiente a la fecha de cierre del proceso de selección, vencido éste término sin que se haya presentado a recoger la propuesta, ésta será destruida.
1.15 CIERRE DEL PROCESO
El proceso se cerrará en el sitio y hora establecida en el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, se procederá a dar apertura del sobre original de las propuestas presentadas. Se levantará un acta donde conste el desarrollo de la diligencia, la cual será firmada por los participantes.
1.16 EVALUACION DE LAS OFERTAS
Dentro del plazo fijado en el cronograma del proceso, el Comité Evaluador adelantará la evaluación de las propuestas. La entidad podrá requerir en condiciones de igualdad para todos los proponentes, los requisitos y/o documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituya los factores de escogencia establecido por la entidad en el pliego de condiciones.
NOTA: ESTOS REQUERIMIENTOS SE REALIZARÁN POR LA ENTIDAD EN EL DOCUMENTO DE SUBSANACIONES QUE SERA ENVIADO AL PROPONENTE, QUIEN DENTRO DEL TÉRMINO PREVISTO POR LA ENTIDAD NO RESPONDA AL REQUERIMIENTO SE LE RECHAZARA LA PROPUESTA.
1.17 ADJUDICACIÓN
En la fecha establecida en el cronograma de actividades, se realizará el acto de adjudicación, en el cual se dará respuesta, si es del caso, a las observaciones presentadas y se determinará el orden de elegibilidad.
En el acto se sumarán los puntajes obtenidos por los factores puntuables para definir el orden de elegibilidad de los proponentes, dando el primer orden de elegibilidad al oferente que obtiene la mayor puntuación. Los demás oferentes se ordenan conforme a un orden descendente de los puntajes obtenidos.
El gerente general procederá a adoptar la decisión que corresponda, según recomendación realizada por el comité evaluador y la informará a los presentes.
El proponente adjudicatario del presente proceso deberá presentar para la firma del Acta de Inicio los correspondientes A.P.U´s, la programación de obra con el flujo de inversión, el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, plan estratégico de seguridad vial si se requiere.
1.18 INFORMACION SUMINISTRADA POR LOS PROPONENTES
La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política de Colombia, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx a este proceso, es veraz y corresponde a la realidad. No obstante, la entidad podrá verificar la información suministrada por el proponente.
CAPITULO II
CONDICIONES GENERALES PARA PARTICIPAR
2. PARTICIPANTES.
Podrán participar en el presente proceso de selección, los invitados que deben ser personas (naturales o jurídicas) reconocidas en el mercado, con la experiencia y competencia técnica para adelantar el objeto que se pretende contratar, legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia, y que además de cumplir con los requisitos habilitantes contenidos en el presente pliego, cumplan con lo indicado a continuación:
a) Si el proponente es persona natural, debe ser profesional en el área de ingeniero civil o en su defecto la propuesta debe ser avalada por un profesional en Ingeniería Civil.
b) El ingeniero civil que avale la propuesta de la persona natural, debe tener matrícula profesional expedida como mínimo con tres (03) años anteriores contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso.
c) Si el proponente es persona jurídica, el objeto social de la empresa debe corresponder a actividades relacionadas con el objeto del contrato, además deberá acreditar:
1) Cuando el proponente sea una persona jurídica, que tenga menos de tres (3) años de constituida, puede acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes.
2.) Que su existencia se prolongará durante la vigencia del contrato y cinco (05) años más.
d) El representante legal de la persona jurídica, debe ser un profesional en Ingeniería Civil. Si el representante legal de la persona jurídica no ostenta dicho título la propuesta deberá ser abonada por un profesional en dicha área de acuerdo con lo expresado en la Ley 842 de 2003.
e) Xxxxx presenta la propuesta debe estar autorizado para comprometer la firma por el valor de la propuesta. En caso de requerir el representante legal autorización para celebrar contratos a partir de determinadas cuantías, deberá presentar la respectiva autorización, para la presentación de la oferta y la suscripción del contrato que se llegare a adjudicar como resultado del presente proceso. El acta que para el efecto se aporte deberá cumplir con los requisitos y formalidades establecidos en el artículo 189 del Código de Comercio. Si se anexa copia de la respectiva acta, donde se autoriza, ésta debe estar firmada en ORIGINAL por el secretario y/o presidente del órgano competente, con la respectiva constancia que es fiel copia del original, que reposa en el libro de actas y que se encuentra debidamente firmada por el presidente y secretario. En el caso de los Consorcios y las Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren, deberá contar con dicha autorización, en los mismos términos.
f) El proponente debe encontrarse inscrito en el Registro Único de Proponentes en:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE |
81 (Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología) | 10 (Servicios profesionales de ingeniería) | 15 (Ingeniería civil y arquitectura) |
83 (Servicios de acueducto y alcantarillado) | 10 (Servicios de acueducto y alcantarillado) | 15 (Servicios de acueducto y alcantarillado) |
NOTA: En el evento en que la oferta vaya a ser presentada bajo la figura de consorcio o unión temporal, entre los dos proponentes del consorcio o unión temporal deberán cumplir con los códigos antes mencionados.
g) Xxxxx capacidad jurídica para la presentación de la oferta, la suscripción y ejecución del contrato.
h) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución Política, las leyes de Colombia, en especial las previstas en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007. Con la firma de la propuesta se entiende que el oferente, persona natural, el representante legal de la persona jurídica, el representante del proponente plural, y los integrantes del proponente plural, no se hallan incursos en ninguna causal de incompatibilidad o inhabilidad prevista en la Ley. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en el curso de la selección se entenderá que el proponente renuncia a su participación en el proceso y a los derechos surgidos del mismo.
i) No estar incursos en ninguna causa de disolución y/o liquidación.
j) No encontrarse en un proceso de liquidación obligatoria o forzosa.
k) No estar reportado en el último boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República.
l) Ninguna persona natural o jurídica podrá presentar más de una oferta de manera individual, ni podrá presentar una oferta de manera individual y a su vez formar parte de uno o varios proponentes plurales. En los casos de este numeral, se rechazarán todas las ofertas presentadas en tales condiciones. Esta disposición se aplicará igualmente para personas naturales o jurídicas en su calidad de matrices, filiales o subsidiarias que presenten varias ofertas de manera individual y hagan parte de proponentes plurales.
m) Xxxxxx tenerse en cuenta que un proponente ya sea como persona natural o jurídica no podrá ser adjudicatario en dos procesos de selección de los cuales uno de ellos corresponda a la Interventoría del otro. En aplicación del principio de transparencia que rige la contratación estatal, cuando un proponente participe en los dos procesos y resulte adjudicatario de uno de ellos, a partir de dicha adjudicación no podrá continuar participando en el segundo y su propuesta para este último será considerada rechazada.
CAPITULO III. LA PROPUESTA
3. METODOLOGIA EN LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA.
3.1 IDIOMA Y MONEDA DE LA PROPUESTA
Toda la información y datos de la propuesta, deberán estar en idioma español. En los casos en que se deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentarse su correspondiente traducción al castellano.
Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos.
3.2 PRESENTACION DE LA PROPUESTA
La propuesta se conformará por DOS (2) Sobres ORIGINALES y se presentarán cerrados con todos los documentos debidamente foliados.
En el sobre Nº 1. se entregarán los REQUISITOS HABILITANTES y en sobre Nº 2. la
PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA y demás que son objeto de evaluación.
La propuesta deberá presentarse en forma escrita, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones, en los que debe aparecer el nombre, la dirección del proponente, teléfono, fax; el número y objeto del proceso de selección y la indicación de cuál contiene el original y cuál la copia.
Estos sobres se deberán identificar, cada uno de la siguiente manera:
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA – PIEDECUESTANA E.S.P PROCESO Nº 040 – 009 – 2018 “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” Proponente: Dirección Ciudad Teléfono Contenido: (Original Sobre Nº 1. - Requisitos Habilitantes) |
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA – PIEDECUESTANA E.S.P PROCESO Nº 040 – 009 – 2018 “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” Proponente: Dirección Ciudad Teléfono Contenido: (Original Sobre Nº 2– Propuesta Técnica y Económica y Demás Objeto De Evaluación) |
Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los formularios y a las condiciones estipuladas para cada documento en el presente pliego de condiciones. Cualquier explicación o información adicional deberá hacerse en nota separada, debidamente firmada por la persona autorizada para presentar la propuesta, dentro de la misma.
3.3 PROPUESTAS PARCIALES Y/O ALTERNATIVAS
No se aceptarán propuestas parciales y/o alternativas para este proceso de selección.
3.4 FIRMA DE LA PROPUESTA
Toda propuesta debe estar debidamente firmada en ORIGINAL, por quien presenta la oferta, en su carta de presentación, ya sea por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el apoderado constituido para tal efecto. Igualmente, el proponente debe firmar la póliza de seriedad de la oferta adjuntando el respectivo soporte de pago de la misma.
3.5 DOCUMENTOS RESERVADOS
Los proponentes deberán indicar en sus propuestas cuales de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 24 numeral 4 de la Ley 80 de1993. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta es pública.
3.6 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO
Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera.
3.7 ACLARACIONES O EXPLICACIONES
Recibidas las propuestas, el comité evaluador podrá solicitar por escrito las aclaraciones y las explicaciones que considere necesarias en relación con las propuestas presentadas. Los proponentes requeridos deberán responder dentro del plazo solicitado. CON LA RESPUESTA SOLICITADA, LOS PROPONENTES NO PODRÁN MODIFICAR O MEJORAR SU PROPUESTA.
3.8 COSTO DE ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la elaboración de su propuesta. Para determinar el valor a ofertar, el proponente deberá tener en cuenta todos los costos directos e indirectos que implique el cumplimiento a cabalidad del objeto a contratar, con todas las obligaciones y xxxxxxxx de riesgos que emanan del mismo, de acuerdo con la estimación y distribución de tales riesgos.
CAPITULO IV.
4. REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES
Para la verificación de la capacidad jurídica, financiera y técnica, el proponente deberá allegar en el sobre de su propuesta, los documentos y/o requisitos requeridos. La Entidad efectuará las verificaciones y solicitará la información adicional que requiera.
El comité de evaluación designado por la empresa realizará la verificación de las propuestas sobre los documentos habilitantes presentados, determinando cuáles propuestas en sus
aspectos de orden jurídico, financiero y técnico son HABILITADAS y cuales propuestas son NO HABILITADAS.
Para facilitar la correcta integración de la propuesta por parte del oferente y su estudio y evaluación por la entidad, el proponente deberá integrar los documentos de la propuesta en el mismo orden en que se relacionan en los siguientes numerales.
4.1 DOCUMENTOS DE ORDEN JURIDICO:
4.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA – FORMATO Nº 1. (EN ORIGINAL)
La cual se realizará de acuerdo con el modelo suministrado por la Entidad, en este pliego, deberá estar firmada en ORIGINAL por el proponente, persona natural o por el representante legal de la persona jurídica, indicando su nombre, documento de identidad y demás datos requeridos en el formato anexo a este pliego de condiciones.
4.1.2 FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN
Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del proponente, sea persona natural, representante legal de la persona jurídica y de quien abona la propuesta, si es del caso.
4.1.3 CERTIFICADO DIGITAL DE VIGENCIA Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONCEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERIA - COPNIA
Es necesario anexar certificación de quien suscribe o abona la propuesta, según corresponda, la cual no puede tener más de 30 días de expedición.
4.1.4 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO- R.U.T
El proponente deberá adjuntar fotocopia del Registro Único Tributario.
4.1.5 CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE APORTES PARAFISCALES (ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002), FORMATO Nº 2 (EN ORIGINAL).
El proponente deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y cajas de compensación familiar, cuando corresponda. Dicha acreditación se hará mediante certificación expresa suscrita por el revisor fiscal o por el representante legal EN ORIGINAL, según corresponda de conformidad con la ley, tanto de la persona jurídica o persona natural.
De igual forma, las personas naturales deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de los aportes parafiscales, realizando una certificación debidamente firmada EN ORIGINAL.
4.1.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA (EN ORIGINAL).
La garantía de seriedad de la oferta, deberá ser expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en el país y deberá contener los siguientes requisitos:
a) El oferente deberá garantizar el cumplimiento de la oferta que hace dentro del presente proceso de selección y la consiguiente aceptación del contrato respectivo, en caso que ésta sea seleccionada, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedad de la propuesta, a favor de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA – PIEDECUESTANA E.S.P”, NIT. Nº 804.005.441 - 4, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor de oferta y con una vigencia
un mes contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección o presentación de la oferta o propuesta.
b) La garantía deberá estar firmada en ORIGINAL por el tomador, esto es, por el proponente, persona natural, el representante legal de la persona jurídica.
NOTA UNO: LA NO PRESENTACION DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA, DE FORMA SIMULTANEA CON LA OFERTA SERA CAUSAL DE RECHAZO.
NOTA DOS: EL ADJUDICATARIO FAVORECIDO, PODRÁ SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LA PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA CUANDO LE SEA APROBADA LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO QUE AMPARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
TRANSCURRIDOS DOS (2) MESES DE LA FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA EL CONTRATO, LOS PROPONENTES NO FAVORECIDOS CON LA ADJUDICACIÓN PODRÁN SOLICITAR EL ORIGINAL DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD EN LA OFICINA GESTORA.
4.1.7 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
A) Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la autoridad competente.
B) El certificado deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso de selección. Cuando se prorrogue dicha fecha, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre.
C) Cuando en el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica proponente, aparezcan restricciones a su representante legal para contraer obligaciones en nombre de la misma, se deberá adjuntar a la propuesta el documento de autorización expresa del órgano social competente, conforme x xxx, en el cual conste que está debidamente facultado para presentar la propuesta y para firmar el contrato en caso de resultar adjudicatario.
D) Todos los documentos (públicos y privados) otorgados en países no miembros del Convenio de La Haya de 1961, y los privados otorgados en países miembros de este Convenio tendientes a acreditar la existencia y representación legal, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 480 del Código de Comercio. En el evento de documentos públicos, expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente la apostilla.
4.1.8 R.U.P
Para efectos de presentación de la información financiera requerida las personas naturales o jurídicas al igual que cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o Asociaciones deberán presentar los siguientes documentos:
Los proponentes deberán presentar R.U.P de donde se extraerá la pertinente información financiera requerida en estos pliegos.
Para efectos de este proceso se establecen los índices que permitirán verificar la capacidad financiera del proponente seleccionado, buscando garantizar que esta le permita asumir la ejecución del objeto contractual que se le encomienda.
Por lo anterior, las propuestas serán hábiles financieramente cuando su información financiera cumpla con los indicadores financieros.
4.1.9 CAPACIDAD FINANCIERA
La evaluación sobre la capacidad financiera de los proponentes será verificada con la información financiera reportada a la Cámara de Comercio. Esta información será válida con corte a 31 de Diciembre de 2017 la cual debe estar registrada en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación (RUP) de forma tal que la información allí contenida será plena prueba de las circunstancias que en dicho documento se hagan constar.
La entidad podrá solicitar al oferente aportar aquella información adicional que se requiera para constatar requisitos de los proponentes de acuerdo con las características del objeto a contratar.
Para efectos de este proceso se establecen los siguientes índices que permitirán verificar la capacidad financiera del proponente seleccionado, buscando garantizar que esta le permita asumir la ejecución del objeto contractual que se le encomienda.
Por lo anterior, las propuestas serán hábiles financieramente cuando su información financiera cumpla con los siguientes indicadores financieros:
A.) PATRIMONIO:
- El patrimonio debe ser mayor o igual al 50% del valor del Presupuesto Oficial.
P.O: $520.023.228.oo - * 50% = $260.011.614.oo
B.) NIVEL DE ENDEUDAMIENTO:
- El nivel de endeudamiento deberá ser menor o igual a 0.5 CALCULO DEL INDICADOR: NE = PT / AT
C.) ÍNDICE DE LIQUIDEZ:
DONDE:
NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total
AT = Activo total
- El índice de liquidez deberá ser mayor a 2.5
CALCULO DEL INDICADOR: L = AC / PC
DONDE:
L = Índice de liquidez. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente
4.1.10 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
En el evento en que la oferta vaya a ser presentada bajo la figura del consorcio o unión temporal, se deberá allegar el documento de constitución conforme al modelo anexo al pliego de condiciones y en este constar por lo menos:
La modalidad de asociación.
Objeto del proceso de selección.
Tiempo de duración que no debe ser inferior al término de duración del proceso, celebración y ejecución del contrato y un (1) año más.
Nombre de los integrantes.
El porcentaje de participación de cada una de las partes. (Este porcentaje no podrá ser modificado una vez presentada la propuesta).
La indicación que ninguna de las partes podrá ceder su participación en la modalidad de participación a los demás aspirantes a contratar, ni a terceros.
Cuando el representante legal de la persona jurídica integrante de consorcio o unión temporal, requiere de autorización para ser parte o integrar un proponente plural, deberá anexarse el documento por medio del cual se otorgue la autorización FIRMADO EN ORIGINAL por los integrantes y el representante del proponente plural.
4.1.11 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Xxxxxx proponente ni los integrantes de consorcios o uniones temporales, debe estar reportado con responsabilidades fiscales. Dicha circunstancia se verificará por parte de la entidad en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Igual requisito deberá cumplir el representante legal tanto de las personas jurídicas, como de los proponentes plurales así como de los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales.
4.1.12 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
La entidad hará la consulta en la página web de la Procuraduría General de la Nación el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI), para verificar la existencia o no de antecedentes disciplinarios del proponente (persona natural o persona jurídica, representante legal de la persona jurídica y del proponente plural así como los integrantes de consorcios o uniones temporales).
En caso que en el certificado de antecedentes disciplinarios conste que el proponente presenta antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el estado, su propuesta será rechazada.
4.1.13 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES
Xxxxxx proponente, persona natural o representante legal de personas jurídicas o representante legal de Consorcios o Uniones Temporales, podrá registrar antecedentes judiciales, para lo cual la entidad verificará en la página de la Policía Nacional, dicha circunstancia, antes del cierre de propuestas. De igual forma todas las personas naturales que integren los Consorcios o Uniones Temporales y los representantes legales de la persona jurídica que conforman dichos proponentes plurales, no podrán registrar antecedentes judiciales; así mismo de quien abona la propuesta si es del caso.
4.1.14 VERIFICACIÓN DE LA SITUACION MILITAR
Fotocopia de la libreta militar del representante legal si es hombre menor de 50 años. En caso de pérdida deberá anexar certificación de la dirección de reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentra definida.
4.1.15 HOJA DE VIDA DAFP. Persona natural o jurídica.
4.2. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.
4.2.1. EXPERIENCIA GENERAL.
El proponente deberá diligenciar la información completa sobre la experiencia conforme se indica en el ANEXO Nº 1 en el cual deberá incluir toda la documentación que sustenta la experiencia que está acreditando y relacionando.
Para comprobar su experiencia, los proponentes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
1) Acreditar como mínimo el CIEN por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial de este proceso de selección, expresado en SMMLV en máximo tres (03) contratos terminados y liquidados de actividades que contengan obras civiles, para su respectiva acreditación se debe presentar certificación de la entidad contratante o contrato de obra y copia o acta de liquidación o acta de recibo final.
2) Los contratos aportados deberán haber sido iniciado a partir del 1 de Enero de 2005 y a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
3) Todos los contratos serán evaluados por la entidad en SMMLV a la fecha de finalización y en caso de contratos en ejecución con su fecha de inicio o suscripción del mismo en moneda colombiana.
En la siguiente tabla se mostrarán los valores de SMMLV de los últimos años en Colombia:
AÑOS | VALORES EN S.M.M.L.V |
2005 | $381.500.oo |
2006 | $408.000.oo |
2007 | $433.700.oo |
2008 | $461.500.oo |
2009 | $496.900.oo |
2010 | $515.000.oo |
2011 | $535.600.oo |
2012 | $566.700.oo |
2013 | $589.500.oo |
2014 | $616.000.oo |
2015 | $644.350.oo |
2016 | $689.454.oo |
2017 | $737.717.oo |
2018 | $781.242.oo |
El valor total de los contratos celebrados con entidades estatales o particulares, será aquel que tuvieron a la fecha de recibo final de las obras. La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de finalización de los mismos. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
a) Cuando el valor esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final de las obras o al de su terminación, según corresponda.
b) Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República o, en su defecto, de las publicadas por organismos extranjeros que cumplan funciones similares, teniendo en cuenta la fecha de recibo final de las obras o al de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final de las obras o la de su terminación, según corresponda.
Para la acreditación de los contratos relacionados en la experiencia, los proponentes deberán anexar uno cualquiera de los siguientes documentos:
A) Copia del contrato junto con copia del acta de liquidación, o acta de recibo final o acta de terminación de obra, o acta parcial, donde se especifique lo siguiente:
1. Nombre del contratante
2. Nombre del contratista.
3. Objeto del contrato.
4. Lugar de ejecución.
5. Principales actividades ejecutadas.
6. Valor del contrato
B) Certificación de obra que contenga mínimo:
1. Nombre del contratante
2. Nombre del contratista.
3. Objeto del contrato.
4. Valor del contrato.
5. Fecha de inicio del contrato.
6. Fecha de terminación.
Las certificaciones deberán ser emitidas por la entidad y/o empresa contratante.
En caso de tratarse de un contrato que contemple varias actividades como por ejemplo estudio, diseño y construcción, debe certificarse por parte de la entidad contratante el valor correspondiente a cada una de las actividades en forma individual.
En caso que los documentos exigidos para la acreditación de la experiencia no contengan las cantidades de obra ejecutadas, los proponentes deberán adjuntar los documentos que sean necesarias para poder identificar claramente las cantidades finales ejecutadas en los contratos relacionados en la experiencia.
Los contratos aportados para la acreditación de la experiencia general pueden ser los mismos aportados para la acreditación de la experiencia específica, siempre y cuando cumplan a cabalidad con los requisitos preestablecidos en estos términos de referencia. En caso que el proponente aporte un (1) sólo contrato, su presupuesto debe ser igual o superior al 100% del valor total del presupuesto expresado en SMMLV y cumplir con los requerimientos de Experiencia General descritos anteriormente.
NOTA: Para el caso de los proponentes plurales (consorcios o uniones temporales o promesas de sociedad futura), la experiencia podrá ser acreditada por cualquiera de los miembros del proponente plural.
CAPÍTULO V
CRITERIOS Y FORMA DE EVALUACIÓN
5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
5.1 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE PARA CADA UNA DE LAS ETAPAS DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA
Se asignarán máximo 1000 puntos a cada oferta evaluada. La calificación otorgada estará conformada por los siguientes factores ponderados:
1. | - VALOR DE LA OFERTA | Hasta Trecientos puntos. | 300 PUNTOS |
2. | - CALIDAD DE LA OFERTA ENTENDIDA COMO EXPERIENCIA | Hasta seiscientos puntos. | 600 PUNTOS |
3. | - LEY 816 DE 2003. | Hasta cien puntos. | 100 PUNTOS |
TOTAL : | Hasta mil puntos. | 1000 PUNTOS |
5.1.1 PONDERACION DEL FACTOR PRECIO: TRESCIENTOS (300) PUNTOS.
El proponente deberá incluir el formulario correspondiente a la propuesta económica (adjunto a este pliego de condiciones) ANEXO Nº 2 debidamente diligenciado, indicando los precios unitarios, los valores parciales, el porcentaje total de A.I.U y el valor total de la propuesta.
a) Al diligenciar el formulario de cantidades y precios unitarios, el proponente no podrá adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, unidades y cantidades de obra y especificaciones técnicas dadas por la Piedecuestana de Servicios Públicos E.S.P., en el evento que se presente alguna de Estas inconsistencias, la propuesta será rechazada. En el evento que el proponente no consigne ni el valor del precio unitario de un ítem ni el valor parcial resultado de la multiplicación de la cantidad por el precio unitario respectivo, se considerará como NO ofrecido el ítem, por lo tanto, la propuesta será rechazada. Si en la propuesta se consigna cero (0) pesos en el precio unitario, o en el valor parcial, se considerará que si ofertó este ítem por un valor xx xxxx, obligándose a ejecutar este ítem por este valor, haciéndose la respectiva corrección aritmética.
b) El proponente debe formular su propuesta económica en el anexo de cantidades y precios del presente pliego discriminando:
VALOR TOTAL PROPUESTA = (A) + (B)
A= costos directos.
B= costos Indirectos.
c) Los costos directos corresponden a las cantidades de obra a ejecutar dentro del contrato. Los costos indirectos corresponden a los valores de administración, imprevistos y utilidad.
d) El proponente deberá presentar su propuesta económica, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:
1. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.
2. Todos los valores de precios unitarios deberán estar ajustados al peso. Para el efecto, se utilizará la siguiente metodología de redondeo: el decimal situado en la siguiente posición al número de decimales al que se pretenda ajustar, es decir, si se tiene decimales, se aplicarán las reglas de redondeo al tercer decimal, así:
Dígito menor que 5: Si el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ejemplo: 12,437689 = 12.
Dígito mayor o igual que 5: Si el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una unidad. Ejemplo 12,6546891 = 13.
Este proceso de redondeo se aplicará en la audiencia de apertura del sobre económico para las propuestas que así lo requieran.
3. Todos los valores que se consignen en la propuesta económica, esto es valor parcial, costo directo, costo indirecto y valor total de la propuesta, deberán estar ajustados a dos decimales, utilizando la metodología de redondeo explicada en el párrafo anterior.
5.1.1.1 DESGLOSE DEL A.I.U.
El A.I.U. que presenten los proponentes no debe ser menor al 90% ni mayor al 100% del valor oficial del porcentaje total de A.I.U. establecido por la Entidad.
NOTA UNO: Es obligación del proponente presentar en su propuesta económica el porcentaje total del A.I.U y el desglose del mismo; por tanto el formulario que reporta la propuesta económica debe ser diligenciado en su integridad por los oferentes, de suerte que la falta de diligenciamiento de cada una de las casillas denominadas “Administración, Imprevistos, Utilidad y/o Total Costo Indirecto – A.I.U-”, dará lugar al rechazo de la propuesta, salvo que su porcentaje se pueda deducir teniendo en cuenta las demás casillas destinadas para tal efecto.
5.1.1.2 CORRECCION ARITMETICA
Se procederá a evaluar la oferta económica de las propuestas que resultaron HABILITADAS
luego de la verificación de los requisitos y documentos de orden jurídico, financiero y técnico.
Se verificará el contenido de los anexos de cada una de ellas, de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Se verificará que la totalidad de las casillas destinadas a consignar el VALOR PARCIAL de cada uno de los ítems, se encuentre diligenciada. En el evento en que no se haya consignado ningún valor o se haya consignado cero pesos ($0), se procederá a multiplicar el valor consignado en la casilla de VALOR UNITARIO por el número consignado en la casilla de CANTIDAD para la respectiva actividad. El producto de tal operación corresponderá al valor parcial respectivo.
2. Se verificará que el valor consignado en la casilla VALOR TOTAL COSTO DIRECTO corresponda a la sumatoria de los valores parciales de cada uno de los ítems del presupuesto. En caso contrario se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. Si la casilla destinada al valor total de los costos directos no incluye ningún valor en pesos o se incluye cero pesos ($0), se realizará la sumatoria de los valores parciales de todos los ítems del presupuesto, a efectos de determinar el mismo.
3. Se verificará que cada una de las casillas destinadas para consignar el valor y el porcentaje de la administración, de los imprevistos y de la utilidad se encuentre diligenciada.
4. En el evento en que en alguna de las casillas destinadas para consignar el valor de la administración, el valor de los imprevistos y el valor de la utilidad, no se consigne un valor en pesos, pero sí un porcentaje (%), aquel valor será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
DEFINICIONES CT = Costo Total de la propuesta en pesos CD = Costo Directo de la propuesta en pesos A = Valor de la Administración en pesos
I = Valor de los Imprevistos en pesos U = Valor de la utilidad en pesos
%a = Porcentaje de Administración = A/CD
%i = Porcentaje de Imprevistos = I/CD
%u = Porcentaje de Utilidad = U/CD
Valor de Administración. A = %a * CD
Valor de Imprevistos. I = %i * CD
Valor de utilidad. U = %u * CD
5. En el evento en que, en alguna de las casillas destinadas AIU, se consignó el valor en pesos pero no su porcentaje (%), dicho porcentaje será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
DEFINICIONES CT = Valor Total de la propuesta en pesos
CD = Costo Directo de la propuesta en pesos A = Valor de la Administración en pesos
I = Valor de los Imprevistos en pesos U = Valor de la utilidad en pesos
%a = Porcentaje de Administración =A/CD
%i = Porcentaje de Imprevistos = I/CD
%u = Porcentaje de Utilidad =U/CD
Porcentaje de Administración | %a =(CT–CD–I–U) C D |
Porcentaje de Imprevistos | %i =(CT–CD–A–U) C D |
Porcentaje de Utilidad | %u =(CT–CD–A–I) C D |
6. En el evento en que no haya correspondencia matemática entre los valores expresados en pesos y el porcentaje de administración, imprevistos y utilidad, primará el valor expresado en porcentajes.
7. Se verificará que la sumatoria de los valores de administración, imprevistos y utilidad, corresponda al valor consignado en la casilla “valor costos indirectos”; en caso contrario, se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. En el caso en que en la casilla “valor costos indirectos” no se consigne ningún valor en pesos, el mismo será el resultado de la sumatoria de los valores en pesos correspondientes a administración, imprevistos y utilidad.
8. Se verificará que la sumatoria de los valores consignados en las casillas de valor total costo directo obra, y total A.I.U correspondan al costo total de la propuesta; en caso contrario, se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética.
5.1.1.3 ASIGNACION DE PUNTAJE
FACTORES DE SELECCIÓN EVALUACIÓN CON PROMEDIO ARITMÉTICO – MEDIA ARITMETICA
El Puntaje máximo otorgado a este concepto es = 300 puntos.
Se procede a calcular el promedio aritmético (Pp), a partir de todas las propuestas evaluadas.
Pp ( Pn Po)
(n 1)
Pp = Valor del promedio de todas las propuestas evaluadas, incluido el presupuesto de la entidad
Pn = Valor total de la propuesta evaluada Po= Valor del presupuesto oficial
n= número total de propuestas evaluadas
Los 300 puntos destinados para este aspecto serán distribuidos de acuerdo con el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula, que siempre arrojará valores absolutos.
= | − |
Y = Valor del puntaje correspondiente al valor total de la propuesta evaluada ABS= Valor absoluto
Los puntajes se distribuirán de la siguiente forma:
El proponente cuya diferencia en valor absoluto (Y) sea la menor, obtendrá 300 Puntos, el siguiente en diferencia obtendrá 250 puntos, el siguiente 200, en caso de que se evalúen más de tres propuestas, el puntaje otorgado por precio disminuirá en 50 puntos progresivamente.
5.1.2 EXPERIENCIA COMO PONDERACIÓN DE ELEMENTO DE CALIDAD (600 PUNTOS). ANEXO Nº 3.
EL PUNTAJE MÁXIMO OTORGADO A ESTE CONCEPTO ES = 600 PUNTOS
El proponente debe soportar la información consignada en el ANEXO Nº 3 mediante copia de los contratos con su acta de liquidación y/o acta de recibo parcial y/o acta de recibo total de obras los cuales deberán contener como mínimo la siguiente información: NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE, NOMBRE DEL CONTRATISTA, OBJETO, VALOR FINAL DEL CONTRATO, FECHA DE INICIACION Y FECHA DE TERMINACION.
Se procederá a evaluar la experiencia del proponente, de la siguiente manera:
SE PROCEDERA A EVALUAR EL MAXIMO PUNTAJE CON EL PRESUPUESTO OFICIAL EXPRESADO EN SMMLV.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. (E.P) | PUNTAJE MÁXIMO | ||||
EP ≥ | 666 | SMMLV | 600 | ||
EP ≤ | 665 | SMMLV y | 600 | SMMLV | 550 |
EP ≤ | 599 | SMMLV y | 550 | SMMLV | 500 |
EP ≤ | 549 | SMMLV y | 500 | SMMLV | 450 |
EP≤ | 499 | SMMLV y | 450 | SMMLV | 400 |
EP≤ | 449 | SMMLV y | 400 | SMMLV | 350 |
Se tendrá en cuenta la experiencia del proponente, para lo cual se tomará LA SUMA DE MAXIMO TRES (3) contratos ejecutados, cuyo objeto sea OBRAS DE CONSTRUCCIÓN O REPOSICIÓN O REHABILITACIÓN DE ACUEDUCTO O ALCANTARILLADO.
Los contratos aportados deberás haber sido iniciado a partir del 1 de Enero de 2005 y a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
En la siguiente tabla se mostrarán los valores de SMLMV de los últimos años en Colombia.
AÑOS | VALORES EN SMLMV |
2005 | $381.500 |
2006 | $408.000 |
2007 | $433.700 |
2008 | $461.500 |
2009 | $496.900 |
2010 | $515.000 |
2011 | $535.600 |
2012 | $566.700 |
2013 | $589.500 |
2014 | $616.000 |
2015 | $644.350 |
2016 | $659.454 |
2017 | $737.717 |
2018 | $781.242 |
El valor total de los contratos celebrados con entidades estatales, será aquel que tuvieron a la fecha de recibo final de las obras. La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de finalización de los mismos. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
Para la acreditación de los contratos relacionados en la experiencia, los proponentes deberán anexar uno cualquiera de los siguientes documentos:
a) Copia del contrato junto con copia del acta de liquidación, o acta de recibo final o acta de terminación de obra, o acta parcial, donde se especifique lo siguiente:
1. Nombre del contratante
2. Nombre del contratista.
3. Objeto del contrato.
4. Lugar de ejecución.
5. Principales actividades ejecutadas.
6. Valor del contrato
b) Certificación de obra que contenga mínimo:
1. Nombre del contratante
2. Nombre del contratista.
3. Objeto del contrato.
4. Valor del contrato.
5. Fecha de inicio del contrato.
6. Fecha de terminación.
Las certificaciones deberán ser emitidas por la entidad contratante. NO SE ACEPTARAN DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR EL MISMO PROPONENTE.
En caso de tratarse de un contrato que contemple varias actividades como por ejemplo: estudio, diseño y construcción, debe certificarse por parte de la Entidad contratante, el valor correspondiente a cada una de las actividades en forma individual.
En caso que los documentos exigidos para la acreditación de la experiencia, no contengan las cantidades de obra ejecutadas, los proponentes deberán adjuntar los documentos que sean necesarias para poder identificar claramente las cantidades finales ejecutadas en los contratos relacionados en la experiencia.
En caso de propuestas presentadas en consorcio o uniones temporales, la experiencia y exigencias requeridas anteriormente podrán ser aportadas en forma parcial por los integrantes, siempre y cuando el proponente plural cumpla con la totalidad de las exigencias
Cuando en un contrato que se acredita como experiencia, el ejecutor haya sido un consorcio o unión temporal y el proponente haya sido integrante del mismo, el porcentaje que se acreditará como experiencia especifica será el resultado de multiplicar el total ejecutado del valor y/o de la cantidad de obra por el porcentaje que le correspondía dentro de esa unión temporal o consorcio. En estos casos, los proponentes deberán, además de los documentos
solicitados para acreditar la experiencia, adjuntar copia del acta consorcial o de la unión temporal (si dentro de los certificados aportados no es posible determinar el porcentaje de participación). En caso que el oferente no cumpla con este requerimiento y solo para este caso específico, no se tomará en cuenta esta experiencia para el cálculo respectivo.
5.2 CRITERIOS DE DESEMPATE
1. En caso que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se preferirá al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en la oferta económica.
2. Si persiste el empate se preferirá la propuesta nacional de conformidad con este pliego de condiciones, bien sea que el proponente ostente esta condición o que siendo extranjero haya acreditado reciprocidad. (Ley 816 de 2003).
3. Si aún persiste el empate, se preferirá el que haya presentado primero la propuesta.
4. De persistir el empate se procederá a realizar sorteo por medio de balotas.
5.3 DECLARATORIA DE DESIERTA
Durante el término previsto para la adjudicación del contrato, la entidad podrá mediante acto administrativo motivado declarar desierto el presente proceso, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable, acto en el cual se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión.
CAPÍTULO VI
DEL CONTRATO
6.1 ADJUDICACION
La adjudicación del presente proceso de contratación se hará mediante acto administrativo motivado donde se adjudicará el contrato al proponente que de conformidad con el pliego de condiciones ocupe el primer lugar en el orden de elegibilidad.
6.2 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, por tanto, una vez la entidad elabore el contrato el proponente favorecido deberá presentarse a suscribirlo.
Sí el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término dado por la entidad, quedará a favor de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE
PIEDECUESTA E.S.P-PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta. En este evento la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE
SERVICIOS” mediante acto administrativo debidamente motivado podrá adjudicar el contrato dentro de los diez (10) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
6.3 REQUISITOS DE EJECUCIÓN
Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere:
6.3.1 POR PARTE DEL CONTRATISTA
a) La garantía aprobada por la entidad.
b) Acreditar a la entidad de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios xxx XXXX; ICBF, y cajas de compensación familiar.
c) Realizarlos pagos a los que legalmente se encuentre obligado.
6.3.2 POR PARTE DE LA PIEDECUESTANA E.S.P.
a) Aprobar la garantía que ampara el contrato.
b) Iniciar el trámite pertinente para obtener el pago al contratista.
6.4 GRAVAMENES:
Los costos de legalización administrativa, gravámenes, tasas e impuestos ocasionados para el Cumplimiento del objeto contractual deberán ser incluidos en los costos de la propuesta y estarán a cargo única y exclusivamente por el Contratista que resultare favorecido por la presente invitación.
6.5 GARANTIA Y TERMINO PARA ENTREGA DE GARANTIAS
El contratista entregará a la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS” a más tardar dentro de
los cinco (05) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
6.6 REQUISITOS GENERALES
El proponente favorecido deberá constituir una garantía expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia a favor de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S. - PIEDECUESTANA DE
SERVICIOS PUBLICOS” y deberá incluirse al MUNICIPIO también en dichos amparos.
LOS RIESGOS A EXIGIR SON LOS SIGUIENTES:
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales, incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten en el contrato. Su cuantía no será inferior al 20% del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato más seis (6) meses.
ESTABILIDAD DE LA OBRA: para prevenir que durante el periodo acordado la obra contratada, en condiciones normales de uso, no sufrirá deterioros imputables al contratista. Su cuantía no será inferior al 30% del contrato y su vigencia será de, siquiera, cinco (05) años a partir del acta de recibo final de la obra.
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: para asegurar el pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato. Su cuantía no será inferior al 30% del contrato y su vigencia será de, siquiera, el plazo del contrato y doce (12) meses más.
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: para
precaver los eventos en que el contratista no cumpla con el pago de obligaciones laborales respecto de los trabajadores relacionados con la ejecución del respectivo
contrato. Su cuantía no será inferior al 20% del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y tres (3) años más.
6.6.1 SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS
El contratista debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, el contratista deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.
De igual modo, el contratista deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo a satisfacción de las obras objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas.
El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo del contratista.
6.7 OBLIGACIONES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS.
Son obligaciones de la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE
PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS, además de las consagradas en la ley, las siguientes:
1. Efectuar el control técnico y administrativo de la ejecución de la obra a través de la interventoría externa contratada para tal fin, bajo la supervisión de la Oficina de Planeación Institucional de la empresa.
2. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista de obra.
3. Solicitar al contratista informes sobre el desarrollo del contrato.
4. Las demás establecidas contractualmente.
6.8 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Son obligaciones del contratista, además de las consagradas en la ley las propias del contrato tales como las siguientes:
1) Cumplir con lo establecido para el efecto en el artículo 50 xx xxx 789 de 2002, y la ley 828 de 2003. El incumplimiento de esta obligación será causal de multas y caducidad de conformidad con las normas vigentes.
2) Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, ejecutando la obra contratada de acuerdo con los planos, especificaciones de construcción, cantidades de obra, precio unitario fijo contenidos en la propuesta presentada y la invitación realizada.
3) Suministrar tanto en calidad, cantidad, como en tiempo, todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la ejecución de las obras.
4) Realizar por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y demás pruebas que se soliciten para verificar la calidad de los materiales y demás elementos que se instalen en la obra.
5) Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal con la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P
- PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
6) Presentar al Interventor informes mensuales de avance de, la cual será sometida a la consideración de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”. Igualmente presentar informe final.
7) Presentar para aprobación del Interventor, actas parciales y final de obra.
8) Responder por toda clase de demandas, reclamos o procesos que instaure el personal o los subcontratistas.
9) Responder por los impuestos que cause la legalización del contrato.
10) Xxxxxxx en forma permanente la dirección de la obra, y mantener al frente de las obras un ingeniero civil, que cumpla con las funciones de residente de obra, el cual debe ser aceptado por la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
11) Ejecutar las obras de acuerdo con el programa general aprobado por la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
12) Reparar las vías de acceso en los lugares de obra concernientes al presente contrato, cuando se deterioren como consecuencia de la ejecución de las obras.
13) Retirar los materiales sobrantes y entregar la obra en perfecto estado de limpieza.
14) Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se utilice y a terceros en la ejecución del contrato.
15) Garantizar las normas de seguridad industrial para la ejecución del contrato en los siguientes aspectos:
Elementos de seguridad industrial para obreros y todo el personal de la obra,
Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para cumplir el objeto y
Todo el contenido de seguridad industrial debe acogerse a las normas vigentes.
16) Responder por la buena calidad de los materiales y elementos utilizados en el objeto del contrato.
17) Practicar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas ni las cosas, respondiendo por los perjuicios que se causen por su negligencia u omisión.
18) Acatar las órdenes e instrucciones del interventor del contrato.
19) Instalar la valla informativa del contrato, según modelo de LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P-PIEDECUESTANA DE SERVICIOS, el cual suministrará el Supervisor (de ser requerida).
20) Cumplir con las normas y especificaciones técnicas.
21) Cumplir con el Reglamento técnico del Sector de Agua Potable y saneamiento Básico – RAS 2000 y sus modificaciones, expedido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial.
22) Realizar el control de calidad de las obras.
23) Cumplir con las normas ambientales, de seguridad y señalización preventiva en las obras.
24) Hacer un archivo del proyecto, el cual debe estar a disposición de LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P- PIEDECUESTANA DE SERVICIOS.
25) Aceptar el control de la Interventoría.
26) Asistir a los comités técnicos realizados por LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P-PIEDECUESTANA DE SERVICIOS.
27) Llevar la bitácora de la obra y socializar el proyecto con la comunidad.
28) El Contratista deberá hacer entrega de las garantías requeridas en el contrato en debida forma, esto es, con las coberturas, amparos, plazos, objeto y demás condiciones fijadas en el presente Pliego de Condiciones, así como los demás documentos necesarios para la legalización del mismo, dentro de un término máximo de cinco (05) días hábiles siguientes a la firma del contrato. En el evento de que las pólizas sean objeto de corrección por parte de la aseguradora para su aprobación por parte de la Piedecuestana E.S.P, esta corrección debe surtirse dentro de los diez (10) días hábiles mencionados; por lo tanto el Contratista deberá tener el cuidado y prevención necesarias en la entrega de las pólizas en debida forma para no incumplir el plazo establecido para su cumplimiento.
29) Así mismo es obligación del Contratista, una vez legalizado el Contrato, proceder a iniciar y suscribir el Acta de Inicio, dentro del término que establezca para el efecto por el Interventor del Contrato, no pudiendo sustraerse a esta obligación dentro de dicho término, so pena de incurrir en incumplimiento del contrato.
30) Las demás inherentes al contrato para su ejecución en debida forma, así como las contenidas en el Pliego de Condiciones y que no hayan sido incluidas en la presente minuta.
6.9 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1) Los análisis de precios unitarios de los diferentes ítems serán entregados por el proponente (en caso de resultar adjudicado) en el momento de firmar el contrato. No será necesaria su entrega en el sobre económico de las propuestas
2) Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la Interventoría y contener, para cada uno de los frentes de trabajo:
a) Avance de cada una de las actividades programadas.
b) Cantidades de obra ejecutadas.
c) Registros fotográficos.
d) Resultados de los ensayos de materiales y de más pruebas realizadas.
e) Fotocopia dela bitácora o libro de obra.
f) Resumen de las actividades realizadas.
g) Relación del personal empleado en la ejecución dela obra.
h) Actualización del programa de ejecución de obra.
3) Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la Interventoría y contener
a) Resumen de actividades y desarrollo de la obra.
b) Documentación técnica, entre ella:
Bitácora de obra.
Planos record de obra, aprobados por la Interventoría.
c) Manual de mantenimiento con las respectivas garantías de calidad y correcto funcionamiento.
d) Acreditación, de acuerdo con la ley que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
e) Póliza de estabilidad de la obra y actualización de las demás pólizas que lo requieran.
f) Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas.
g) Actualización final de cada uno de los programas requeridos en el pliego de condiciones.
h) Registro fotográfico definitivo.
4) Llevar una bitácora de obra, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de Interventoría, los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el residente y el director de la Interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS y demás entidades autorizadas por ésta última.
5) Elaborar, siguiendo los mismos criterios de los planos y diseños entregados como producto de la etapa de revisión de estudios y diseños por parte de la Interventoría, los planos record de la totalidad del proyecto, los cuales deberán ser entregados a la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” con la aprobación de la Interventoría, en medio impreso y magnético.
6) Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega de obra, de entrega final de obra y de liquidación.
6.10 CLAUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento parcial o total de las obligaciones a cargo del contratista, la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P-
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria en un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se causen, sin perjuicio de que la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE
SERVICIOS” pueda solicitar al CONTRATISTA la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que excedan del valor de la cláusula penal pecuniaria.
PARAGRAFO: El contratista autoriza a que la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” descuente de las
sumas que le adeude los valores correspondientes a la cláusula penal pecuniaria.
6.11 MULTAS
En caso que el contratista incurra en xxxx, retardo o incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente contrato, la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”, mediante acto
administrativo debidamente motivado, podrá imponer multas y para su imposición se deberá agotar el procedimiento establecido en el manual de contratación de la empresa. La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” aplicará multas en los siguientes casos: En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo del contratista en virtud del contrato que se suscriba, el contratista autoriza la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” para liquidarle y
cobrarle multas mediante el acto administrativo correspondiente, en la cuantía que a
continuación se describe: a) Por incumplimiento en los Términos de Legalización del Contrato: Si el contratista no allega en los términos establecidos en el contrato los documentos necesarios para la legalización del mismo se causará una multa de (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por cada día calendario transcurrido a partir de la fecha prevista para el cumplimiento de esta obligación. b). Por Incumplimiento en los Requisitos de Personal Mínimo: Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la oportuna disponibilidad del personal mínimo requerido conforme con este contrato, se causará una multa diaria por cada día xx xxxx en el cumplimiento equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
c) Por Incumplimiento de las Obligaciones de Seguridad Social Integral y Parafiscales: De acuerdo con lo estipulado en la ley 789 de 2002 y la ley 828 de 2003, el incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 de la ley 828 de 2003, las sumas que se recauden por concepto de la multa ,en lo que respecta al Sistema General de Seguridad Social en salud, se destinarán a la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía. d) Por no cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato, diferentes a las señaladas anteriormente, o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado, se causará una multa equivalente hasta el uno por mil (1X 1000) del valor del contrato, por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta cuando estas efectivamente se cumplan. La imposición de la multa atenderá criterios de razonabilidad, proporcionalidad y gravedad de la obligación incumplida. Si pasar en más de treinta (30) días calendario, sin que el CONTRATISTA haya cumplido, la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P- PIEDECUESTANA DE SERVICIOS podrá declararla caducidad del contrato. e) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al contratista, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo. f) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a acatar las órdenes de la Interventoría para que se corrija defectos observados en la obra, o para que se tomen las medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes, el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del interventor, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., establecidas en el pliego de condiciones. g) cuando se presente un atraso mayor del veinte por ciento (20%) en cualquiera de los grupos de obra o grandes partidas de pago, según el cronograma de trabajo e inversiones presentado por el contratista y aprobado por la Interventoría, el dos por ciento (2%) del valor de la obra dejado de ejecutar, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al contratista de la obligación de ejecutar la obra hasta su terminación a satisfacción de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. h) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a disponer del residente en la obra, o por reemplazarlo sin previa autorización de la Interventoría y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al contratista del cumplimiento de esta obligación. i) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente el equipo exigido y necesario para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. j) por xxxx o incumplimiento injustificado de la obligación de instalar y mantener la señalización preventiva durante la ejecución de la obra, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo. G) por cambios en las especificaciones, sin previa autorización de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al contratista de la obligación de realizar la obra según lo estipulado en el contrato. k) por xxxx o incumplimiento injustificado en las obligaciones referentes a la prohibición de depositar escombros en sitios no
autorizados previamente por la Interventoría, o el no retiro oportuno de la obra, en uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. l) por xxxx o incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad industrial e higiene, o de las instrucciones del interventor al respecto, y por cada día xx xxxx en el incumplimiento de este requisito, el cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo. J) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. m) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. n) por cada día de retraso en la entrega de las obras, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. ñ) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” elaborará la liquidación de oficio.
6.12 VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato tendrá un plazo de duración igual al plazo de ejecución y doce (12) meses más durante este término la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” podrá ejercer las
prerrogativas que la Ley consagra en materia contractual en favor de la administración.
6.13 SUPERVISION.
El contratista acepta el control técnico, administrativo y financiero en la ejecución del contrato que realizará la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS a través de la supervisión designada para tal efecto.
Todas las cuentas que presente el contratista, deberán ser firmadas en constancia de su cumplimiento por el supervisor y por quien la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS, así lo estime
conveniente.
El supervisor no tendrá autorización para exonerar al contratista de ninguna de sus obligaciones o deberes contractuales. Tampoco podrá, sin autorización escrita previa de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” ordenar entrega o contrato alguno que traiga consigo variaciones en el plazo, valor o condiciones del contrato. Todas las comunicaciones u órdenes del Interventor serán expedidas por escrito.
La labor de la supervisión estará a cargo del Jefe de la Oficina de Planeación Institucional de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
6.14 CADUCIDAD Y SUS EFECTOS
Previo requerimiento por escrito al contratista la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”
declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, si se presentan algunos de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo del contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencia que puede conducir a su paralización. La forma y procedimiento para su declaratoria y sus efectos se regirán por lo
dispuesto en el artículo 18 de la Ley 80/1993. Igualmente procederá la declaratoria de caducidad cuando se configure los eventos de incumplimiento del contratista previsto en el inciso segundo numeral 5 del artículo 5 de la ley 80/1993. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.
6.15 CESIÓN
El contratista NO podrá ceder el contrato, en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” pudiendo la
entidad reservarse las razones de su negativa. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte cedente, el cesionario y la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
No obstante lo anterior, el contratista podrá ceder parcial o totalmente los derechos económicos del contrato, previa autorización expresa de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
6.16 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
De conformidad con el Artículo 68 de la Ley 80 de 1.993, las partes buscarán solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias que puedan surgir en la actividad contractual a través de los mecanismos de solución directa, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. En consecuencia en el evento que surjan diferencias entre las partes, por razón o con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del presente contrato, las mismas podrán buscar mecanismos de arreglo directo, para lo cual dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas manifieste por escrito su inconformidad a la otra. Dicho término podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.
6.17 ARREGLO DIRECTO
Las partes acuerdan que, en el evento que surjan diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del presente contrato, las mismas podrán buscar mecanismos de arreglo directo, para lo cual dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas manifieste por escrito su inconformidad a la otra. Dicho término podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
6.18 TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá terminado en los siguientes eventos:
a) Orden legal o judicial.
b) Vencimiento del plazo de duración pactado.
c) Mutuo acuerdo de las partes.
d) Declaratoria de caducidad.
e) Las demás causas de terminación dispuestas en la ley.
6.19 INDEMNIDAD
El contratista se obliga a mantener libre a la entidad de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de los subcontratistas o dependientes.
6.20 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Para la liquidación del contrato, se dará aplicación a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 y artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. La Dirección de Planeación e Infraestructura efectuará la liquidación del contrato conforme a la delegación existente para el efecto, para ello se requiere de la presentación por parte del contratista de un informe final completo y soportado en las actividades realizadas.
CAPÍTULO VII
ASPECTOS GENERALES Y OTRAS CONDICIONES A TENER EN CUENTA PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO
7.1. ASPECTO AMBIENTAL
Durante la ejecución del contrato, el contratista está obligado a organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles con los requerimientos técnicos necesarios y con las d
Disposiciones contenidas en la Ley 99 de 1993, su Decreto Reglamentario 1753 de 1994, las normas especiales para el trámite y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos.
El proponente asumirá los costos correspondientes a la obtención de los permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones que serán tramitados y obtenidos por su cuenta y riesgo, previamente a la iniciación de las actividades correspondientes, y los de la restauración morfológica y paisajística de las fuentes de materiales una vez se culmine la explotación. Especialmente dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2462 de 1989, en sus artículos 12 y 13 y en las normas que lo adicionen, aclaren, modifiquen o remplacen.
El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones del Plan de Xxxxxx, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
En desarrollo de los trabajos no se permitirá, por ninguna circunstancia, depositar cualquier tipo de material en los lechos de corrientes superficiales. Si esto sucede, el contratista, a su xxxxx deberá retirar el material y conformar el sitio a su estado original.
7.2. VÍAS DE ACCESO Y OTRAS OBRAS PROVISIONALES
Durante su permanencia en la obra serán de cargo del contratista, la construcción, mejoramiento y conservación de las obras provisionales o temporales que no forman parte integrante del proyecto, tales como: vías provisionales, vías de acceso a las fuentes de materiales y las demás que considere necesarias para el buen desarrollo de los trabajos, cercas, oficinas, bodegas, talleres y demás edificaciones provisionales con sus respectivas instalaciones, depósitos de combustibles, lubricantes y explosivos, las obras necesarias para la protección del medio ambiente y en general toda obra provisional relacionada con los trabajos.
El proponente deberá averiguar sobre el terreno, los límites de la zona prevista para ejecutar la obra y cerciorarse que el área a disponer dentro de ella, es suficiente para construir sus instalaciones provisionales.
Adicionalmente correrán por su cuenta los trabajos necesarios para no interrumpir el servicio en las vías públicas usadas por él o en las vías de acceso cuyo uso comparta con otros contratistas.
El proponente deberá tener en cuenta el costo correspondiente a las estructuras provisionales que se requieran cuando, de conformidad con el estudio, el proyecto cruce o interfiera corrientes de agua, canales de desagüe, servicios públicos, etc.
Durante la ejecución del contrato deberá observar las leyes y los reglamentos del Ministerio de Salud relativos a salud ocupacional y sanidad, y tomar todas aquellas precauciones necesarias para evitar que se produzcan, en las zonas de sus campamentos de trabajo, condiciones insalubres, así como dotar a su personal de los medios para protegerse en los casos en que su trabajo presente condiciones peligrosas para la seguridad y salud.
A menos que se hubieran efectuado otros acuerdos, el proponente favorecido con la adjudicación del contrato deberá retirar todas las obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas en estado razonable de limpieza y de orden.
7.3. MATERIALES
El proponente establecerá las fuentes de materiales que, en caso de resultar favorecido, utilizará en la ejecución de la obra; por lo tanto, la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” no
reconocerá costos adicionales por el cambio de dichas fuentes de materiales.
Los materiales, suministros y demás elementos que hayan de utilizarse en la construcción de las obras deberán ser de primera calidad en su género y adecuados al objeto a que se destinen. Para los materiales que requieran procesamiento industrial, éste deberá realizarse preferiblemente con tecnología limpia.
Deberá realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y las demás pruebas que se requieran y/o soliciten durante la etapa de obra, para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se requieran.
El proponente favorecido con la adjudicación del contrato se obliga a conseguir oportunamente todos los materiales y suministros que se requieran para la construcción de las obras y a mantener permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de los trabajos.
La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” no aceptará ningún reclamo del constructor, por costos, plazos, falta o escasez de materiales o elementos de construcción, o por cualquiera de los eventos contemplados en este numeral.
7.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, PLANOS Y REPLANTEO.
Después de la adjudicación del contrato y previo a la iniciación de las obras el contratista deberá obtener copia del estudio del proyecto y una vez lo hubiere obtenido deberá revisarlo cuidadosamente y advertir por escrito al Supervisor o en su defecto a la entidad, sobre los errores u omisiones que considere existen en los mismos y las observaciones que desee hacer, lo cual deberá efectuar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la información.
El contratista deberá mantener en el sitio de las obras un archivo de planos de construcción con las últimas revisiones vigentes y será responsable por el empleo de estos planos en la construcción de las obras, así mismo, está obligado a entregar el récord de los planos de la obra, en la fecha de suscripción del acta de recibo definitivo del contrato.
Las obras se ejecutarán en un todo de acuerdo con los planos de construcción, Interventor, con las normas de ensayos de materiales, las especificaciones generales de construcción y las especificaciones particulares del proyecto, todo estode conformidad con los estudios y diseños contratados por la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
En caso de discrepancias entre las especificaciones y los planos, el contratista informará sobre ello al interventor, quien decidirá conjuntamente con la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”, sobre
la prelación entre estos documentos.
Si el contratista propone cambios o modificaciones a los diseños y/o especificaciones, la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” podrá aceptarlos siempre y cuando éstos no impliquen mayores costos para el proyecto, previo concepto del interventor y de los supervisores de las entidades que hacen parte de los contratos Interadministrativos, que originaron el presente proceso de contratación. Si de la ejecución de dichos cambios se derivaren mayores costos estos serán asumidos por el constructor.
Si como consecuencia de las modificaciones hubiere lugar a la prórroga del plazo o a la adición del valor del contrato, el contratista y la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”
firmarán el contrato adicional correspondiente o el acta de modificación de cantidades de obra a que hubiere lugar.
El replanteo y la nivelación de las líneas y puntos secundarios serán hechos por el contratista de acuerdo con los planos de construcción. Los levantamientos topográficos en el terreno se registrarán en carteras, una copia de las cuales deberá ser entregada a la Interventoría cuando ésta la solicite.
El contratista será responsable por la protección, mantenimiento y reconstrucción de los puntos básicos y de referencia de topografía.
Los trabajos objeto del presente proceso de selección, deberán ejecutarse de conformidad con las especificaciones particulares.
Las especificaciones particulares pueden complementar, sustituir o modificar, según el caso, las especificaciones generales de construcción, y prevalecen sobre las últimas.
7.5. EQUIPO, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA
El proponente favorecido deberá suministrar y mantener al frente de la obra el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad, características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la propuesta
El proponente para ejecutar la obra debe suministrar los equipos, maquinaria, herramientas, materiales, insumos y los demás elementos necesarios, en las fechas indicadas en la programación detallada de la obra, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y recepción de los mismos en el sitio de la obra.
7.6. AUTOCONTROL DE CALIDAD Y PLAN DE CALIDAD
El contratista es responsable de la realización de las pruebas de campo y ensayos de laboratorio que aseguren la calidad de la obra y entregará a la supervisión los resultados de
los mismos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su obtención, para que ésta verifique si se ajustan a los requerimientos de las especificaciones. La verificación de la Interventoría no exonerará de responsabilidad al contratista por la calidad de la misma.
Una vez terminadas las partes de la obra que deban quedar ocultas y antes de iniciar el trabajo subsiguiente, el contratista informará a la supervisión para que ésta proceda a medir la obra construida. Si así no procediere el contratista, la Interventoría podrá ordenarle por escrito el descubrimiento de las partes ocultas de la obra, para que ésta pueda ejercer sus funciones de control. El contratista efectuará este trabajo y el de reacondicionamiento posterior sin que ello le dé derecho al reconocimiento de costos adicionales ni a extensiones al plazo de ejecución.
Los equipos, maquinaria y herramientas que el contratista suministre para la construcción, deberán ser adecuados y suficientes para las características y la magnitud del trabajo por ejecutar. La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE
PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” directamente o por intermedio de la Interventoría se reserva el derecho de rechazar y exigir el remplazo o reparación por cuenta del contratista de aquellos equipos, maquinarias y herramientas que a su juicio sean inadecuados o ineficientes, o que por sus características constituyen un peligro para el personal o un obstáculo para el buen desarrollo de las obras. Se exigirá siempre el suministro y mantenimiento en buen estado de funcionamiento del equipo básico requerido para la construcción de las obras.
7.7. SEÑALIZACIÓN EN LA ZONA DE LAS OBRAS Y VALLAS DE INFORMACIÓN
Corresponde al proponente favorecido todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra y las vallas informativas
7.8. PERSONAL PARA LA OBRA
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros que se requieran.
El personal empleado deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigidas en el presente pliego de condiciones. Si el contratista requiere cambiar el profesional o personal, deberá hacerlo con otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de La Entidad, previo visto bueno del Interventor. En todo caso, el contratista deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos para cumplir con el objeto contractual y con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
El contratista debe vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un ochenta por ciento (80%) del personal no calificado a individuos de la región de influencia de la misma.
Así mismo, debe asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
El contratista deberá responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra La Entidad, por causa o con ocasión del contrato.
7.9. ADECUACIÓN DEL LUGAR DE LA OBRA
Realizar, por su cuenta y riesgo, el cerramiento provisional de la obra y/o de las zonas por intervenir, de acuerdo con las especificaciones dadas, que proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de personas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito e incomodidades a los vecinos. Deberá tener la totalidad de la señalización preventiva necesaria para la segura circulación de los personales de obra, vecinos y terceros.
7.10 EJECUCIÓN DE LA OBRA
Adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades respectivas para la obtención de los permisos requeridos para la ejecución de obra, diferentes a los previamente obtenidos por la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
1. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza.
2. Mantener tanto el personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra.
3. Demoler y remplazar por su cuenta y riesgo en el término indicado por el interventor o la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA
E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” toda actividad ejecutada que resulte defectuosa según el análisis de calidad o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.
4. Reponer, por su cuenta y riesgo, las obras de urbanismo afectadas por la construcción.
5. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato,
7.11 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PLANES DE CONTINGENCIA
El contratista en todo momento tomará todas las precauciones necesarias del personal empleado en la ejecución de la obra.
Durante el proceso constructivo, establecerá procedimientos que minimicen las posibilidades de riesgo asociados con eventos de movimientos en masa, avalanchas, represamientos, accidentes en operación de maquinaria y materiales, entre otros.
En desarrollo de los trabajos no se permitirá por ninguna circunstancia depositar el material producto de las excavaciones en el lecho de corrientes superficiales o en general cuerpos de agua. Si esto sucede, el contratista, a su xxxxx deberá retirar el material y conformar el sitio a su estado original. Si el contratista no lo hiciere, la Entidad lo hará y descontará el costo de las actas de obra que se adeuden al contratista.
Desde la fecha de la orden de iniciación del contrato, el contratista es el único responsable del manejo y seguridad del tránsito en el sector contratado; por lo tanto, a partir de esa fecha y hasta la entrega definitiva de las obras a la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” el contratista está
obligado a señalizar y mantener el tránsito en el sector contratado. Esta obligación deberá cumplirla en la forma establecida en el Manual de Dispositivos para la Regulación del Tránsito
en las Calles y Carreteras y en la Resolución Nº 2633 de 1999, emanada del Ministerio de Transporte.
El contratista deberá garantizar el libre y continuo uso de las vías a terceros en cuanto se relacione con la ejecución de sus trabajos. A este respecto, el contratista deberá notificar al Interventor y a la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE
PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”. El contratista deberá reducir a un mínimo tales interferencias.
7.12. ACTAS DE MODIFICACIÓN DE CANTIDADES DE OBRA
Es el documento en el que se deja constancia de las modificaciones efectuadas por requerimientos del proyecto a las cantidades de obra previstas inicialmente.
Estas actas deberán suscribirlas los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría y para su validez requieren de la aprobación del funcionario competente de la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” y de los supervisores de las entidades que hacen parte de los Contratos Interadministrativos, que originaron el presente proceso de contratación.
7.13. ACTAS DE OBRA
Es el documento en el que el contratista y el interventor dejarán sentadas las cantidades de obra realmente ejecutadas durante cada mes.
Los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría deberán elaborar el acta mensual dentro de los cinco (5) días calendario del mes siguiente al de ejecución de las obras. El valor básico del acta será la suma de los productos que resulten de multiplicar las cantidades de obra realmente ejecutada por los precios unitarios estipulados en el formulario correspondiente de la propuesta del contratista o por los precios acordados para los nuevos ítems que resulten durante el desarrollo del contrato.
Las actas de obra mensual tendrán carácter provisional en lo que se refiere a la calidad de la obra, a las cantidades de obra y obras parciales. El interventor podrá, en actas posteriores, hacer correcciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él, y deberá indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no se hayan ejecutado a su entera satisfacción a efecto de que la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” se
abstenga de pagarlos al contratista o realice los descuentos correspondientes, hasta que el interventor dé el visto bueno. Ninguna constancia de parte del interventor que no sea la de recibo definitivo de la totalidad, o de parte de las obras, podrá considerarse como constitutiva de aprobación de algún trabajo u obra.
7.14. VISITA PRELIMINAR - ENTREGA Y RECIBO DEFINITIVO DE LAS OBRAS.
Antes del vencimiento del plazo del contrato, el Supervisor y el Interventor del contrato, realizarán una visita a la obra a fin de determinar las correcciones a que haya lugar, las cuales deberá efectuar el contratista dentro del plazo previsto para la ejecución de la obra.
Vencido el plazo del contrato o en los eventos de terminación anticipada previstos en la Ley, previamente a la liquidación, el interventor, el contratista y el Interventor, extenderán el Acta de Recibo Definitivo de la Obra, en la cual se dejará constancia de la cantidad, valor y condiciones de la obra ejecutada, así como de las observaciones a que haya lugar.
7.15. SUPERVISION.
El contratista acepta el control técnico, administrativo, financiero, social y ambiental a cargo de la supervisión que la Piedecuestana de Servicios E.S.P. designe para tal fin.
El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la supervisión; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
CAPÍTULO VIII
8. DOCUMENTOS ESENCIALES PARA EL ACTA DE INICIO DEL CONTRATO
El proponente que resulte favorecido con la adjudicación del presente proceso de selección, una vez suscrito el contrato y dentro del término establecido por la entidad deberá presentar los siguientes documentos necesarios para el inicio del contrato:
- Análisis de Precios Unitarios (APU´s)
- Programación de Obra con el flujo de inversión
- Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Plan Estratégico de Seguridad Vial (si se requiere).
CAPÍTULO IX RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
La “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P -
PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” rechazará aquellas propuestas que no se ajusten a las exigencias de este pliego de condiciones, conforme a lo previsto en el mismo y en la ley.
9.1 CAUSALES DE RECHAZO
Las propuestas serán rechazadas en los siguientes casos:
1. Cuando el proponente no cumpla alguno de los requisitos habilitantes y no atienda dentro del plazo establecido en la carta de solicitud de subsanaciones, los requerimientos que para el efecto le sean solicitados por la Entidad.
2. Cuando una persona natural o jurídica participe directamente en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.
3. Cuando el proponente al momento de presentar la oferta, no xxxxxxx la carta de presentación de la oferta o cuando el proponente no xxxxxxx la carta de conformación o información del consorcio o unión temporal.
4. Cuando la persona natural, no sea ingeniero civil y/o ingeniero de transporte y vías.
5. Cuando la propuesta no sea abonada, en caso de que se requiera.
6. Cuando no se presente la propuesta económica impresa o cuando el proponente adicione, modifique, suprima o altere los ítems, unidades y cantidades de obra y especificaciones técnicas dadas por la “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS”.
7. Cuando en la propuesta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera.
8. Cuando la propuesta, no se presente en idioma castellano, o cuando se presente información que se encuentre en un idioma diferente, y que no se xxxxxxx su correspondiente traducción al castellano.
9. Cuando el valor de la propuesta supere el valor del presupuesto oficial.
10. Cuando el proponente, sea este, persona natural o el representante legal de la persona jurídica, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades consagradas en Constitución o la Ley.
11. Cuando el proponente sea persona natural o jurídica o su representante no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
12. Cuando una persona natural o jurídica, no cumpla con la actividad económica exigida en el presente pliego.
13. Cuando la propuesta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones.
14. Cuando el proponente no consigne ni el valor del precio unitario de un ítem ni el valor parcial resultado de la multiplicación de la cantidad por el precio unitario respectivo.
15. Cuando se encuentre incurso la persona jurídica, en causal de disolución y/o liquidación, o en proceso de liquidación obligatoria o forzosa.
16. Cuando el proponente, ya sea persona natural o persona jurídica, el representante legal de la persona jurídica, este reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 3845 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
17. Cuando el AIU que presenten los proponentes sea menor al 90% o mayor al 100% del valor oficial total del porcentaje de AIU que presenta la Entidad.
18. Cuando el oferente en su propuesta económica no diligencie en el formulario correspondiente, todas las casillas denominadas “Administración, Imprevistos, Utilidad y/o Total Costo Indirecto y este porcentaje no sea posible deducirlo.
19. Cuando al proponente, ya sea persona natural o jurídica, se les haya aceptado la propuesta para la realización de la Interventoría al contrato objeto del presente proceso.
20. Cuando al proponente, ya sea persona natural o jurídica, hayan realizado o hayan realizado o participado como asesores en los estudios y/o diseños del proyecto objeto del presente proceso de selección.
21. Cuando el proponente no corresponda a uno de los invitados para presentar propuesta.
22. Cuando el oferente no coincida o corresponda con la calidad expresada por el interesado, en la manifestación de interés en participar.
23. Cuando el proponente haya presentado información que al momento de la verificación por parte de la Entidad resulte palmariamente inexacta o incorrecta que genere mayor puntaje o le permita cumplir con un factor excluyente.
24. Las demás causales de rechazo contempladas en el presente pliego de condiciones.
NOTA: LA “EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS” EN CASO DE CONSIDERAR QUE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS PROPONENTES NO ES VERAZ O PRESENTA ALGUNA INCONSISTENCIA OFICIARÁ A LOS ORGANISMOS COMPETENTES A EFECTOS QUE INICIEN LAS INVESTIGACIONES A QUE HAYA LUGAR.
LISTA DE FORMATOS Y ANEXOS A ESTOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y QUE HACEN PARTE DE EL.
FORMATOS
Carta de presentación de la propuesta.
Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales articulo 50 ley 789 de 2002.
Unión Temporal
Conformación de consorcio.
ANEXOS
ANEXO Nº 1 - Experiencia específica del proponente como requisito habilitante.
ANEXO Nº 2 - Cantidades de obra y precios.
ANEXO Nº 3 - Experiencia específica del proponente como factor de calidad.
ANEXO Nº 4 - Certificación ley 816 de 2003.
ANEXO Nº 5 – Acta declaración jurada.
ANEXO Nº 6 - Minuta del contrato.
FORMATO Nº 1.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha
Señores
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P.
Xxxxxxx 0 Xx 00 - 00 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx
REFERENCIA: Proceso de Contratación Nº 040 – 009 - 2018
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Nosotros los suscritos: XXXXXXXXX de acuerdo con el Pliego de Condiciones, hacemos la siguiente propuesta para el proceso de selección de contratistas de la referencia y, en caso que nos sea aceptada por la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P., nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente.
Declaramos así mismo:
1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive.
3. Que conocemos la información general y demás documentos xxx Xxxxxx de Condiciones, sus anexos, la minuta del contrato, el Manual de Contratación de la Entidad, al igual que los apéndices, adendas, y demás documentos del presente proceso de selección, en especial los REQUERIMIENTOS Y ANEXOS TÉCNICOS y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos. Por lo tanto, nos comprometemos a suministrar tanto el personal como el equipo mínimo que ha establecido la Entidad para el presente proceso de selección, con las condiciones y características señaladas.
4. Que conocemos los estudios y diseños, las especificaciones particulares y generales de construcción, las especificaciones de las redes de servicios y todos los documentos que conforman el proyecto para su correcta ejecución.
5. Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Constitución y en la Ley y no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar. En especial, manifestamos que no nos hallamos reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del Artículo 38 de la Ley 734 de 2002 (Código Único Disciplinario), en concordancia con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
6. Que nos encontramos x Xxx y Salvo por concepto del pago de aportes parafiscales, el cual se encuentra vigente y al día, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. En todo caso la información relacionada se detalla en certificación anexa a la presente propuesta.
7. Que definimos la siguiente dirección electrónica como medio para recibir notificación de las subsanaciones y/o aclaraciones que la Entidad realice en el periodo de verificación de requisitos habilitantes: XXXXXXX. Que aceptamos que al recibir en dicho correo electrónico información de la Entidad referente a la solicitud de subsanaciones y/o aclaraciones, nos consideramos notificados de la información allí recibida.
8. Que no hemos recibido adenda alguna a los documentos de la presente selección de contratistas y que aceptamos su contenido.
9. Que la información contenida en la propuesta y los documentos que forman parte de la misma son verídicos y que asumimos total responsabilidad frente a la Entidad cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes y que nos comprometemos a que toda la información y los documentos aportados a partir de la firma del acta de inicio y hasta el acta de liquidación del contrato, serán veraces y asumimos total responsabilidad frente a la Entidad cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el precitado código y demás normas concordantes.
10. Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a constituir las garantías requeridas y a suscribir éstas y aquél dentro de los términos señalados para ello.
11. Que nuestra Propuesta Económica corresponde en su totalidad al suministrado por la Entidad para efectos del presente proceso de selección de contratistas.
Atentamente,
Nombre del proponente:
Nombre del Representante Legal:
C. C. Nº
Dirección física de correo: Correo electrónico: Telefax:
Ciudad:
FIRMA PROPONENTE
C.C Nº XXXXXXXXXXXX
R.L. XXXXXXXXXXXX
Esta propuesta está avalada por el Ingeniero Civil XXXXXXXX con matrícula profesional Nº. XXXXXXXXX.
FIRMA PROFSIONAL QUE AVALA LA PROPUESTA ING. CIVIL XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
C.C. Nº XXXXXXXXXX
Matricula profesional Nº XXXXXXXX
CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
ARTICULO 50 LEY 789 DE 2002
(FORMULARIO A INCLUIR PARA EL CASO DE PERSONAS JURIDICAS)
REFERENCIA: Proceso de Contratación Nº 040 – 009 - 2018
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Yo, XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXX de XXXXXX, en mi condición de Representante Legal de XXXXXXXX, NIT XXXXXXX, debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de XXXXXXX, certifico el pago de los aportes de seguridad social (pensión, salud y riesgos profesionales) y de los aportes parafiscales (Instituto Colombiano de Bienestar familiar ICBF, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y Caja de Compensación Familiar), pagados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección de contratistas. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: Para certificar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24. Así mismo, en el caso del pago correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta el plazo dispuesto para tal efecto por el artículo 10 de la ley 21 de 1982, reglamentado por el Decreto 1464 de 2005 y por el Decreto 1670 de 2007.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION. EN CASO DE NO REQUERIRSE DE REVISOR FISCAL, ESTE ANEXO DEBERA DILIGENCIARSE Y SUSCRIBIRSE POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA, CERTIFICANDO EL PAGO EFECTUADO POR DICHOS CONCEPTOS EN LOS PERIODOS ANTES MENCIONADOS.
Dada en XXXXXXXXX a los XXXXX (XX) días del mes de XXXX de 2.017.
FIRMA: _
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA: XXXXXXXXXXXX.
R/L. XXXXXXXX.
CC. XXXXXXX de XXXX
DECLARACIÓN JURAMENTADA SOBRE PAGOS PARAFISCALES (PERSONAS NATURALES)
Ciudad y fecha
Señores
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P.
Carrera 8 Nº 12 - 28 Barrio “La Xxxxxxxxxx” Piedecuesta
REFERENCIA: Proceso de Contratación Nº 040 – 009 - 2018
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Yo XXXXXXXXXXXXXX, identificado con C.C. No. XXXXXXXX de XXXXXXX, de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su artículo 442, que he efectuado el pago por concepto mis aportes y el de mis empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24. Así mismo, en el caso del pago correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta el plazo dispuesto para tal efecto, en el artículo 10 de la ley 21 de 1982, reglamentado por el Decreto 1670 de 2007.
Dada en Bucaramanga, a los XXXXXXXX (XX) días del mes de XXXX de 2.017
FIRMA ----------------------------------------
NOMBRE DE QUIEN DECLARA XXXXXXX
C.C. XXXXXXX
UNIÓN TEMPORAL
Ciudad y Fecha. Señores
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P.
Carrera 8 Nº 12 - 28 Barrio “La Xxxxxxxxxx” Piedecuesta
REFERENCIA: Proceso de Contratación No. 040 – 009 - 2018
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Entre los suscritos a saber: XXXXXXXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de XXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXX, expedida en XXXXXX, Quien obra en nombre y representación legal de XXXXXXXXXXX; legalmente constituida, con domicilio principal en XXXXXX, con NIT No XXXXXXX, y XXXXXXXXXX, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXX, expedida en XXXXXX, quien obra como persona natural, con domicilio principal en XXXXXXX, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado integrar UNION TEMPORAL cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO: El objeto del presente documento, es la integración de la UNION TEMPORAL entre, XXXXXXXXX, y XXXXXXXXXXXXX, con el propósito de complementar o reunir los requisitos de participación, habilitantes y de evaluación exigidos, de las partes que constituyen la presente UNION TEMPORAL, para la preparación y presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato, dentro de la convocatoria No. XXXXXX, abierta por la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P. cuyo objeto es “XXXXXXXXXXXX”
SEGUNDA – RESPONSABILIDAD: Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman.
TERCERA - DENOMINACIÓN: la presente UNION TEMPORAL se denominará UNIÓN TEMPORAL XXXXXXXXX.
CUARTA - DOMICILIO: El domicilio del UNION TEMPORAL será:
Dirección: XXXXXXXXXX Teléfono: XXXXXXXX Ciudad: XXXXXXX
QUINTA - REPRESENTANTE UNION TEMPORAL: Se designa como Representante de la presente UNION TEMPORAL, al Señor XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No XXXXXXX, expedida en Bucaramanga, cargo este que se entiende aceptado con la firma del presente documento y quien está autorizado para contratar, comprometer, negociar y representar a la UNION TEMPORAL. Igualmente se nombra como Suplente de la UNION TEMPORAL, al Señor XXXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No XXXXXX, expedida en la ciudad de XXXXXXX.
SEXTA - DURACIÓN.- La duración de la presente UNION TEMPORAL, en caso de salir favorecido con la adjudicación será igual al tiempo comprendido entre el momento del acuerdo de modalidad de selección como exigencia de actuación legal en la etapa precontractual, la contractual y la liquidación del contrato y un (1) año más. En todo caso la UNION TEMPORAL, durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas.
SÉPTIMA - PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN. Los miembros de la UNION TEMPORAL, tienen
la siguiente participación: XXXXXXXXX. 00%, y XXXXXXXXX 00 %, que corresponde a las obligaciones contenidas en el formulario de la propuesta a saber:
Nº | INTEGRANTE | ITEMS o ACTIVIDADES A EJECUTAR POR CADA INTEGRANTE | PORCENTAJE DE LAS ACTIVIDADES RESPECTO DEL TOTAL |
x | XXXXXXXX | XXXXXXXX | 00% |
OCTAVA - CESIÓN.- Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes de la modalidad de asociación entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P. En caso de aceptarse la cesión por parte de la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P., el
cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.
El documento podrá contener las demás CLÁUSULAS OPCIONALES, que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la ley 80/93 o incluyan limitaciones o exclusiones de los integrantes frente a la empresa MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P., Aspectos Financieros,
Arbitramento, Reglas básicas que regulen las relaciones entre los integrantes, entre otros aspectos.
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los XX, días del mes de XX, del año 2017.
XXXXXXXXXXX XXXXXXXX
NIT: XXXXXXXX C.C. XXXXX
DIRECCION: XXXXXXXXX DIRECCION: XXXXX
TELEFONO: XXXXX TELEFONO: XXXXXXX
INTEGRANTE 1 INTEGRANTE 2
XXXXXXXXXXXXXX
C.C. XXXXXXXXXX DE XXXXXXX DIRECCION: XXXXXXXXX TELEFONO: XXXXXXX
R.L. UNION TEMPORAL XXXXXXX
FORMATO Nº 5
MODELO DE CARTA DE CONFORMACION DE CONSORCIO
Ciudad y Fecha
Señores
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P.
Carrera 8 Nº 12 - 28 Barrio “La Xxxxxxxxxx” Piedecuesta
REFERENCIA: Proceso de Contratación Nº 040 – 009 - 2018
OBJETO: “CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE "LA COLINA" DEL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA SANTANDER.”
Los suscritos, XXXXXXX, y XXXXXXXXX. Debidamente autorizados, para actuar e nombre y representación de, XXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXX, respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en el proceso de selección de contratista de la referencia, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato y UN (01) AÑO MAS.
2. El Consorcio está integrado por:
NOMBRE PARTICIPANTE | CEDULA DE CIUDADANIA O NIT | PORCENTAJE DE PARTICIPACION (%) |
El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser igual al 100%.
3. El Consorcio se denomina CONSORCIO XXXXXXX.
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
5. El representante del Consorcio es XXXXXXXXXXX, identificado con C.C. No XXXXXXX de XXXXX quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en cada de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede del Consorcio es:
Dirección de correspondencia
Dirección de correo electrónica XXXXXXXXXX
Teléfono XXXXXX
Telefax XXXXXXXX
Ciudad XXXXXXXX
En constancia, se firma en XXXXX, a los XXXXX (XX) días del mes de XXXXXXX de XXXXX (2.017).
XXXXXXXXXXX XXXXXXXX
NIT: XXXXXXXX C.C.XXXXX
DIRECCION: XXXXXXXXX DIRECCION: XXXXX
TELEFONO: XXXXX TELEFONO: XXXXXXX
INTEGRANTE 1 INTEGRANTE 2
XXXXXXXXXXXXXX
C.C. XXXXXXXXXX DE XXXXXXX DIRECCION: XXXXXXXXX TELEFONO: XXXXXXX
R.L. UNION TEMPORAL XXXXXXX
ANEXO Nº 1.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE COMO REQUISITO HABILITANTE
INVITACION Nº 040 - 009 – 2018. |
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” |
PROPONENTE: |
CONTRATOS
CONTRATO Nº | OBJETO | VALOR EN PESOS | VALOR XXX XXXXXXX MÍNIMO DEL AÑO DE TERMINACIÓN | VALOR EN SMMLV | ENTIDAD CONTRATANTE | FECHA DE INICIO | FECHA TERMINACIÓN |
NOTA Nº 1 En caso de propuestas conjuntas, cada uno de los miembros que conforman el proponente deberá diligenciar el presente formato, reseñando su aporte a la experiencia que se quiere acreditar.
NOTA Nº 2 El presente formulario se debe acompañar de la correspondiente acreditación de experiencia, so pena de que la experiencia relacionada no sea evaluada.
__________________________________ FIRMA DEL PROPONENTE
ANEXO Nº 2 CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS
PRESUPUESTO DE OBRA | |||||
REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER. | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | PRELIMINARES | ||||
1,01 | Replanteo y medición de obra | ML | 255,0 | ||
1,02 | Xxxxxx xx xxxxxxxxx xx xxxxxxxx (xxxxxxx xxxxx x xxxxxx) | X0 | 000,0 | ||
1,03 | Señalización Preventiva | ML | 510,0 | ||
1,04 | Pasacalles informativo | UND | 1,0 | ||
1,05 | Demolición y reconstrucción de caja válvula | UND | 1,0 | ||
1,06 | Aislamiento con lona Verde (Incluye madera rolliza) | ML | 510,0 | ||
SUBTOTAL PRELIMINARES | |||||
2 | MOVIMIENTO DE TIERRAS | ||||
2,01 | Excavación en zanja con entibados - En tierra o granular - 0.00 a 2.00 m de profundidad | M3 | 702,0 | ||
2,02 | Conformación y compactación de relleno con material común | M3 | 95,9 | ||
2,03 | Suministro, conformación y compactación de relleno con material seleccionado | M3 | 411,5 | ||
2,04 | Suministro, conformación y compactación de base granular. | M3 | 85,4 | ||
2,05 | Suministro e Instalación de arena para cimentación de tubería PVC para acueducto | M3 | 40,8 | ||
2,06 | Retiro y acarreo de material sobrante (incluye botadero) | M3 | 479,9 | ||
SUBTOTAL MOVIMIENTO DE TIERRAS | |||||
3 | CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | ||||
3,01 | Concreto simple f`c=2500 PSI para atraques | M3 | 3,0 | ||
3,02 | Suministro y colocación de pavimento rígido MR-42 e=0,20 | M3 | 85,4 | ||
3,03 | Suministro y colocación de lechada de concreto 2000 psi | M3 | 30,6 | ||
3,03 | Caja para válvula en concreto (Incluye tapa en HD) | UND | 1,0 | ||
SUBTOTAL CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | 0 | ||||
4 | SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | 0 | |||
4,01 | Suministro e Instalación accesorio Codo 22,5 H.D. D=16" JH | UND | 5,0 | ||
4,02 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 16" | UND | 1,0 | ||
4,03 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 12" | UND | 2,0 | ||
4,04 | Suministro e instalación unión universal D= 12" | UND | 1,0 | ||
4,05 | Suministro e instalación unión universal D= 16" | UND | 1,0 | ||
4,06 | Suministro e instalación tee HD JH D=12"*12" | UND | 2,0 | ||
4,07 | Suministro e instalación tee HD JH D=8"*6" | UND | 1,0 | ||
4,08 | Suministro e instalación reducción HD JH D=16"a 12" | UND | 1,0 | ||
4,09 | Suministro e instalación reducción HD JH D=12"a 8" | UND | 1,0 | ||
4,10 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=16" | ML | 255,0 |
4,11 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=12" | ML | 12,0 | ||||
4,12 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=6" | ML | 12,0 | ||||
SUBTOTAL SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | |||||||
5 | ENSAYOS DE LABORATORIO | ||||||
5,01 | Xxxxxxx modificado | UND | 3,0 | ||||
5,02 | Densidad de Campo | UND | 20,0 | ||||
5,03 | Ensayo compresión cilindro de concreto | UND | 10,0 | ||||
0 | |||||||
6 | OBRAS VARIAS | 0 | |||||
6,01 | Limpieza General | GB | 1,0 | ||||
6,02 | Prueba Hidráulica (Incluye accesorios) | GB | 1,0 | ||||
6,03 | Levantamiento y digitalización de planos | GB | 1,0 | ||||
SUBTOTAL OBRAS VARIAS | |||||||
TOTAL COSTOS DIRECTOS | |||||||
A.I.U. (%) | 32,80% | ADMINISTRACION | 25,80% | ||||
IMPREVISTOS | 2,00% | ||||||
UTILIDADES | 5,00% | ||||||
TOTAL COSTO OBRA |
____________________________________________ FIRMA OFERENTE
NOMBRE OFERENTE IDENTIFICACION OFERENTE
ANEXO Nº 03
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE COMO FACTOR DE CALIDAD
INVITACION Nº 040 - 009 – 2018. |
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” |
PROPONENTE: |
CONTRATOS
CONTRATO Nº | OBJETO | VALOR EN PESOS | VALOR XXX XXXXXXX MÍNIMO DEL ANO DE TERMINACIÓN | VALOR EN SMMLV | ENTIDAD CONTRATANTE | FECHA DE INICIO | FECHA DE TERMINACIÓN |
NOTA Nº 1 En caso de propuestas conjuntas, cada uno de los miembros que conforman el proponente deberá diligenciar el presente formato, reseñando su aporte a la experiencia que se quiere acreditar.
NOTA Nº 2 El presente formulario se debe acompañar de la correspondiente acreditación de experiencia, so pena de que la experiencia relacionada no sea evaluada.
___________________________________________ FIRMA XXX XXXXXXXXXX
XXXXX Xx 0
CERTIFICACIÓN LEY 816 DE 2003.
Ciudad y Fecha
Señores
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA E.S.P.
Xxxxxxx 0 Xx 00 - 00 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx
REFERENCIA: Proceso de Contratación Nº 040 – 009 - 2018
OBJETO: “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.”
Yo, XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX de XXXXX, en mi condición de Representante Legal de XXXXXXXX DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, que la propuesta presentada con ocasión del proceso de la referencia, INVOLUCRA BIENES Y SERVICIOS % NACIONALES y por tanto, en caso de que me sea adjudicado el contrato respectivo, me comprometo a cumplir con las especificaciones técnicas tenidas en cuenta en la oferta mencionada.
PRESENTADO PARA SER VALIDA DENTRO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Nº. XXXXXXX.
Dada en XXXXXXXX a los XXXXX (XX) días del mes de XXXX de 2.018
FIRMA: _
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA: XXXXXXX
X/X. XXXXXXXXXXXXX
X.X. XXXXXXXXX xx XXXXXXX XXXXXXXXXX
XXXX XXXXXXXXXXX JURADA
PARA EFECTOS DE CONTRATACIÓN CON LA EMPRESA PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PUBLICOS E.S.P.
FECHA: ____ DE DE 2018
Yo,________________________ , mayor de edad, identificado con Cedula de Ciudadanía
número
_______________ expedida en
_______________, domiciliado en el municipio de
Piedecuesta, declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente escrito, que:
No me encuentro registrado o reportado como deudor con la DIAN.
No me encuentro en estado de INHABILIDAD, INCOMPATIBILIDAD O CONFLICTO DE INTERESES, para contratar con la entidad, de conformidad con el Art. 49 de la Ley 617 de 2000 (modificado por la Ley 1148 de 2007, Ley 1296 de 2009), Ley 1474 de 2011, Art. 8 de la Ley 80 de 1993, Inc. 3º Lit. C. Núm. 4º Art. 2º ley 1150 de 2007 y numeral 22 del artículo 35 de la ley 734 de 2002, y demás normas complementarias o modificatorias sobre la materia.
No aparezco incluido en el BDME (BANCO DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO) que consolida la CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2° de la ley 901 de 2004.
En caso de representante legal de persona jurídica, consorcio o unión temporal, la declaración se extiende a estas.
Reconozco que la ignorancia de la ley no servirá de excusa suficiente para desvirtuar la presente declaración
Atentamente,
____________________________________________ C.C. __________________ de ______________
CONTRATO DE OBRA Nº
CONTRATANTE: | EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA – PIEDECUESTANA E.S.P.. |
CONTRATISTA: | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX N.I.T. CC. Nº XXXXXXXXXXXXX |
OBJETO: | “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” |
VALOR: | $XXXXXXXXXXXXX |
Entre los suscritos XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, identificado con la Cédula de Ciudadanía No XXXXXXX de Bucaramanga, en su condición de Gerente y Representante Legal de la empresa Municipal de Servicios Públicos Domiciliarios de Piedecuesta E.S.P. – PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PÚBLICOS E.S.P, según Resolución de nombramiento No 000-X.XX 2014 y diligencia de posesión No. 016/2014, empresa Industrial y Comercial del municipio de Piedecuesta Santander, con personería jurídica, capital independiente y autonomía administrativa, creada mediante Decreto Municipal No 172 del 17 de Diciembre de 1997, con domicilio en Piedecuesta Santander, facultado legalmente para contratar según Acuerdo No 006 del 23 de Diciembre del 2014 de la Junta Directiva, quien en adelante se denominará el CONTRATANTE o la empresa Piedecuestana de Servicios Públicos de una parte y de otra parte,y por la otra XXXXXXXXXXXX, representada legalmente por el Ingeniero XXXXXXXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXX, hemos acordado celebrar el presente contrato de Obra Pública previas las siguientes consideraciones: a) Que La entidad contratante cuenta con los correspondientes estudios de oportunidad y conveniencia mediante los cuales se explica la necesidad de celebrar este contrato, expedido por el Director de Planeación. b) Que existe la correspondiente disponibilidad presupuestal Xx. XXXXXXXXXX xxx XXXXX xx XXXXXXXXXXX xx 0000, expedido por el jefe de presupuesto de la empresa. Que en consecuencia la empresa inicio el trámite de la contratación con fundamento en la ley 142 de 1994, sus decretos reglamentarios, y el acuerdo 012 de 2015 manual interno de contratación y demás normas que adicionen, complementen o regulen la materia. c) Que existen las correspondientes invitaciones a presentar propuestas tal como lo establece el acuerdo 012 de 2015 manual interno de contratación. d) Que la entidad invito a cotizar y se presentaron las siguientes firmas y/o personas naturales: XXXXXXXXXXXXXXXXX., identificada con Nit. No. XXXXXXXXXXXXXXXXXX;eXXXXXXXXXXXXXXXXXXX., Identificada con Nit. No.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. e) Que existe el acta de evaluación de las propuestas del XXX de XXXXXXXX de 2015, por parte del comité evaluador. El cual resultó ganador la firma XXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con Nit. No. XXXXXXXXXXXXX. f) Que se comunicaron los resultados y que no se presentaron observaciones a los mismos. g) Que mediante resolución No. XXXXXXXXXX de XXXXXXXXXXXXXX de 2015 se hace adjudicación a la firma XXXXXXXXXXXXXX., identificada con Nit. No. XXXXXXXXXXXXXX.En atención a las anteriores consideraciones hemos acordado celebrar el presente contrato que se regula por las siguientes cláusulas. CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: El Contratista se obliga con el contratante a ejecutar la construcción de obras para la “REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER.” , de
acuerdo con el proyecto y especificaciones entregadas, anexos en folios a éste contrato. SEGUNDA.- ALCANCE: Dentro de la ejecución contractual la ENTIDAD CONTRATISTA, deberá disponer de todos los medios para efectuar la obra civil contemplada para el proyecto, así como las obras complementarias y necesarias para el normal funcionamiento y operatividad de la misma, cumpliendo con los requerimientos ambientales y teniendo en cuenta las especificaciones técnicas entregadas, conforme a lo siguiente: PARAGRAFO: La ejecución del presente contrato no interrumpirá la prestación del servicio de acueducto que presta la empresa Municipal de Servicios Públicos Domiciliarios de Piedecuesta E.S.P.TERCERA.- VALOR: Para todos los efectos legales y fiscales el valor del presente contrato se establece en la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS M/CTE ($XXXXXXXXXX), para establecer el valor
final del contrato se empleara el sistema de precios unitarios fijos , esta modalidad es el sistema de precios mediante el cual la empresa reconoce al CONTRATISTA el pago de las obras ejecutadas y/o el suministro de servicios o bienes, como resultado de la multiplicación de las cantidades suministradas o ejecutadas autorizadas por la Interventoría por los valores unitarios fijos del contrato. Los precios unitarios del contrato incluyen la totalidad de los costos directos e indirectos, gastos generales, gastos varios, gastos imprevistos, gastos por pruebas, ensayos y análisis de laboratorio para garantizar la calidad de las obras, etc. Todos los cuales correrán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA. Los recursos de que se trata se encuentran soportados según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE OBRA | |||||
REPOSICIÓN RED DE CONDUCCION ACUEDUCTO SECTOR BARRIO "XXXXX XXXX" EN EL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA - SANTANDER. | |||||
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | PRELIMINARES | ||||
1,01 | Replanteo y medición de obra | ML | 255,0 | ||
1,02 | Xxxxxx xx xxxxxxxxx xx xxxxxxxx (xxxxxxx xxxxx x xxxxxx) | X0 | 000,0 | ||
1,03 | Señalización Preventiva | ML | 510,0 | ||
1,04 | Pasacalles informativo | UND | 1,0 | ||
1,05 | Demolición y reconstrucción de caja válvula | UND | 1,0 | ||
1,06 | Aislamiento con lona Verde (Incluye madera rolliza) | ML | 510,0 | ||
SUBTOTAL PRELIMINARES | |||||
2 | MOVIMIENTO DE TIERRAS | ||||
2,01 | Excavación en zanja con entibados - En tierra o granular - 0.00 a 2.00 m de profundidad | M3 | 702,0 | ||
2,02 | Conformación y compactación de relleno con material común | M3 | 95,9 | ||
2,03 | Suministro, conformación y compactación de relleno con material seleccionado | M3 | 411,5 | ||
2,04 | Suministro, conformación y compactación de base granular. | M3 | 85,4 | ||
2,05 | Suministro e Instalación de arena para cimentación de tubería PVC para acueducto | M3 | 40,8 | ||
2,06 | Retiro y acarreo de material sobrante (incluye botadero) | M3 | 479,9 | ||
SUBTOTAL MOVIMIENTO DE TIERRAS | |||||
3 | CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | ||||
3,01 | Concreto simple f`c=2500 PSI para atraques | M3 | 3,0 | ||
3,02 | Suministro y colocación de pavimento rígido MR-42 e=0,20 | M3 | 85,4 | ||
3,03 | Suministro y colocación de lechada de concreto 2000 psi | M3 | 30,6 | ||
3,03 | Caja para válvula en concreto (Incluye tapa en HD) | UND | 1,0 | ||
SUBTOTAL CONCRETOS Y ESTRUCTURAS | 0 | ||||
4 | SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | 0 | |||
4,01 | Suministro e Instalación accesorio Codo 22,5 H.D. D=16" JH | UND | 5,0 | ||
4,02 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 16" | UND | 1,0 | ||
4,03 | Suministro e instalación válvula de compuerta elástica HD JH D= 12" | UND | 2,0 | ||
4,04 | Suministro e instalación unión universal D= 12" | UND | 1,0 | ||
4,05 | Suministro e instalación unión universal D= 16" | UND | 1,0 | ||
4,06 | Suministro e instalación tee HD JH D=12"*12" | UND | 2,0 | ||
4,07 | Suministro e instalación tee HD JH D=8"*6" | UND | 1,0 | ||
4,08 | Suministro e instalación reducción HD JH D=16"a 12" | UND | 1,0 | ||
4,09 | Suministro e instalación reducción HD JH D=12"a 8" | UND | 1,0 |
4,10 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=16" | ML | 255,0 | ||||
4,11 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=12" | ML | 12,0 | ||||
4,12 | Suministro e instalación tubería PVC U.M. RDE 21 D=6" | ML | 12,0 | ||||
SUBTOTAL SUMINISTRO E INSTALACION DE TUBERIAS Y ACCESORIOS. | |||||||
5 | ENSAYOS DE LABORATORIO | ||||||
5,01 | Xxxxxxx modificado | UND | 3,0 | ||||
5,02 | Densidad de Campo | UND | 20,0 | ||||
5,03 | Ensayo compresión cilindro de concreto | UND | 10,0 | ||||
0 | |||||||
6 | OBRAS VARIAS | 0 | |||||
6,01 | Limpieza General | GB | 1,0 | ||||
6,02 | Prueba Hidráulica (Incluye accesorios) | GB | 1,0 | ||||
6,03 | Levantamiento y digitalización de planos | GB | 1,0 | ||||
SUBTOTAL OBRAS VARIAS | |||||||
TOTAL COSTOS DIRECTOS | |||||||
A.I.U. (%) | 32,80% | ADMINISTRACION | 25,80% | ||||
IMPREVISTOS | 2,00% | ||||||
UTILIDADES | 5,00% | ||||||
TOTAL COSTO OBRA |
Parágrafo 1. En el valor acordado en la cláusula tercera cubre los costos de legalización administrativa, gravámenes e impuestos ocasionados para el cumplimiento del objeto contractual. CUARTA.- FORMA DE PAGO: *- Se efectuará mediante actas parciales de avance de obra previo visto bueno de la supervisión de obra. Estas actas no implican el recibo o aprobación definitiva por parte de la empresa del trabajo ejecutado por consiguiente no eximen al contratista de su responsabilidad en cuanto a la calidad o cantidad del trabajo o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil. El valor acumulado de las actas de recibo parcial no podrá exceder el 90% del valor contractual y el pago final mínimo del 10% o hasta completar el valor contratado, a la terminación y recibo de los trabajos de las cantidades ejecutadas pendientes de pago. Este deberá estar soportado en el acta de entrega y recibo final, mediante la cual se realizará el recibo por parte de la empresa del objeto contratado suscrita entre el responsable del proyecto de la empresa el interventor y el contratista, con esta acta se hace el recibo definitivo de los trabajos dejando constancia que la empresa los recibe a satisfacción sin perjuicio de las obligaciones de garantía que el contratista ha adquirido en virtud del contrato en referencia. PARAGRAFO 1: Los desembolsos se realizarán de acuerdo con las actas parciales equivalentes a los porcentajes mínimos requeridos de avance real y físico de la obra y previa aprobación por parte del supervisor para el seguimiento de los contratos celebrados para la ejecución de la obra. PARÁGRAFO 2: El descuento por concepto del 5% que trata la ley 418 de 1997, con destino al fondo de convivencia y seguridad ciudadana, por tratarse de recursos con destino a una obra pública, serán girados a el departamento xx Xxxxxxxxx y descontados al contratista de igual forma. La empresa efectuará al momento del pago los descuentos por concepto de retención en la fuente y los demás que procedan contractual y legalmente. QUINTA.-PLAZO. Éste contrato tendrá un plazo de ejecución o duración de XXXXXXXXXXXXXXX contados a partir de la suscripción y legalización del acta de inicio. SEXTA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Existe Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXXXXXXXXXXX de fecha XXX de XXXXX XXXXX .SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Para la celebración y ejecución del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a: 1) Acatar la Constitución, la ley y demás normas concordantes. 2) Atender oportunamente los requerimientos e instrucciones que le haga la empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P a través de los funcionarios designados por parte de la Gerencia. 3) Ejecutar las cantidades de obra según los valores unitarios
relacionados en la propuesta. 4) Cumplir con el objeto del contrato conforme a los documentos de la invitación, especificaciones técnicas, planos, el presupuesto y el contrato que se suscriba. 5) Cumplir con las condiciones técnicas, económicas, financieras y comerciales exigidas en los términos de la referencia. 6) Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se solicitan en los términos de. 7) Cumplir los demás requisitos exigidos para el perfeccionamiento y legalización del Contrato. 8) Obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del contrato, evitando dilaciones. 9) El contratista deberá reparar por su cuenta y riesgo cualquier daño o perjuicio que ocasione en el sitio de la obra. 10) Para adelantar el trámite y cobro de las facturas, el contratista deberá presentar a la empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P, informe de avance de ejecución de la obra y los comprobantes de afiliación y pago a los aportes al sistema general de seguridad social integral y parafiscal del personal destinado para la ejecución de la obra.
11) Mantener vigentes todas las garantías que amparen el contrato en el término de los mismos. 12) Cumplir con las obligaciones laborales del personal contratado para la ejecución de la obra. 13) El contratista se compromete a cumplir con todos los compromisos y obligaciones establecidas en los términos de referencia expuestos en la invitación, así como todos los definidos durante la ejecución del proyecto. 14) El contratista se obliga a instalar y disponer del equipo necesario para la obra desde el momento en que el interventor técnico y/o supervisor lo disponga. 15) El CONTRATISTA garantiza a la empresa de servicios públicos PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P que cumplirá a cabalidad con todos los requerimientos ambientales, legales, reglamentarios y contractuales ante las autoridades ambientales. 16) El contratista se obliga a realizar el trabajo estrictamente de acuerdo con las especificaciones y condiciones indicadas por PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P en la invitación y aprobadas por el comité técnico. 17). Suministrar en el lugar de la obra los materiales, equipo, herramientas y maquinaria necesarios de la mejor calidad y a los cuales se refieren las especificaciones y condiciones expuestos en la invitación. 18). Disponer del personal competente y adecuado para ejecutar los trabajos a que se refieren las especificaciones de la mejor forma posible. 19). Pagar cumplidamente al personal a su cargo: sueldos, prestaciones, seguros, bonificaciones, parafiscales y demás prestaciones que ordena la ley, en tal forma que PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P, bajo ningún concepto, tenga que asumir responsabilidades por omisiones legales del contratista y/o subcontratista. Para ello deberá entregar al supervisor o interventor, los recibos que acrediten el pago de estas prestaciones en forma mensual, correspondiente al mes inmediatamente anterior al de la presentación del informe. 20). Utilizar maquinaria y equipos de óptima calidad para la correcta ejecución de la obra objeto del presente contrato, los cuales deberán ser de procedencia u origen legales. 21). Suscribir el acta de iniciación de obra, así como las actas parciales, que deberán suscribirse cada mes, y de entrega final con el interventor del contrato. 22). Proporcionar al interventor del contrato la información que estime necesaria para garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y en general la correcta ejecución del contrato. 23). Responder ante PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P y ante terceros por cualquier daño o pérdida de bienes que se produzca por causa o con ocasión de la obra. 24). Cumplir con las normas ambientales y de protección del espacio público, para las actividades relacionadas con ocupación de vías, disposición de desechos o residuos y las demás afines. 25). Cumplir con las normas de calidad, seguridad y economía adecuadas a la obra. 26). Cumplir los plazos parciales y el plazo total acordados para la ejecución de los trabajos. 27). Destinar rigurosamente los dineros aportados por PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P al cumplimiento de los objetos y términos convenidos. 28). Abrir un archivo exclusivamente con la documentación relacionada con este contrato y mantenimiento actualizado y disponible para la inspección de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P o del interventor del contrato cuando cualquiera de éstos lo requiera. 29). Presentar mensualmente o con la periodicidad que se lo exijan el interventor, informe sobre el avance en la ejecución del contrato. 30) Las demás responsabilidades que constan en la propuesta del CONTRATISTA y en la invitación, así como las que señale el interventor del contrato, inherentes al mismo para su mejor cumplimiento. 31). Constituir las garantías exigidas y asumir los impuestos, tasas y contribuciones a que hubiere lugar y en virtud del presente contrato. 32) Asistir a las reuniones y actividades que determine LA EMPRESA.
Durante el desarrollo del contrato se realizaran reuniones mensuales en día que se definirá durante la primera semana de ejecución de los trabajos. Eventualmente y durante el desarrollo del contrato la empresa y/o el CONTRATISTA podrán convocar a reuniones extraordinarias en la ciudad de Piedecuesta o en el sitio de los trabajos. En estas reuniones se deber contar con al menos un representante autorizado del CONTRATISTA, LA EMPRESA y la Interventoría. Todos los costos de desplazamiento y logística del CONTRATISTA para la asistencia a estas reuniones serán por su cuenta. 33) EL CONTRATISTA Informara “de ser requerido” del inicio de obras a propietarios, comunidades y autoridades locales, en las áreas aferentes al proyecto, socializando el proyecto, Levantara permisos de ingreso a predios, elaborará actas de vecindad, contactara a las juntas de acción comunal para iniciar los procesos de selección y contratación de mano de obra no calificada de acuerdo con la Política de Mano de Obra No Calificada de la Región. CLÁUSULA OCTAVA –DE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL Y SALUD OCUPACIONAL. i) EL CONTRATISTA declara
que conoce la Legislación Colombiana sobre protección a la salud humana, a los recursos naturales y al ambiente y se obliga a cumplirla en especial los principios constitucionales, la Ley 99 de 1993, el Decreto 1220 de 2005, el Decreto 2811 de 1974, la Ley 9 de 1979, el
Decreto 948 de 1995, Decreto 838 de 2005, el Decreto 614 de 1984, el Decreto 2858 de 1981, el Decreto 1594 de 1984, la Resolución 02309 de 1986 del Ministerio de Salud, las Resoluciones 601 de 2006 y 909 de 2008 del Ministerio de Ambiente vivienda y Desarrollo Territorial y demás normas concordantes, complementarias reformatorias o sustitutivas, incluyendo el Plan de Manejo Ambiental y las Licencias Ambientales del Proyecto si ha ello hubiere lugar según lo establezca las Corporaciones Autónomas Regionales y demás organismos oficiales. De igual manera se obliga a cumplir con todas las disposiciones legales en materia ambiental entre los cuales se encuentren el Código Nacional de Recursos Naturales 2811 de 1974, Ley 99 de 1993, Decreto 4741 de 2005, Decreto 1594 de 1984, Decreto 1843 de 1991, Decreto 1220 de 2005 y demás normas aplicables de acuerdo con las actividades objeto del contrato. ii)EL CONTRATISTA declara que se compromete a aplicar una política de especial consideración a la protección de la salud, a la conservación del medio ambiente y al cuidado de los bienes de LA EMPRESA, dándola a conocer expresamente a su personal. En desarrollo de esa política en el campo practico deberá prestar la debida atención al medio ambiente, a la salud de sus trabajadores y a la salud de las demás personas del lugar donde se ejecutaran los trabajos, preservando el aire, las aguas, el suelo y la vida animal y vegetal de cualquier efecto adverso que pueda surgir de las labores correspondientes al Contrato y colaborar estrechamente con LA EMPRESA en el cuidado de sus bienes y equipos evitara igualmente cualquier daño o perjuicio que sus labores puedan ocasionar a la comunidad o a LA EMPRESA y a sus trabajadores y reembolsara plenamente a LA EMPRESA las sumas que esta llegare a pagar por cualquier concepto a causa de estos perjuicios. iii)EL CONTRATISTA será el único responsable de cualquier daño o deterioro que llegare a presentarse por causa suya o de sus trabajadores o subcontratistas en el aire, las aguas, el suelo la salud humana y la vida animal o vegetal, o la polución, o daño en carreteras, vías internas, calles, ciénagas, xxxx, caños, parques, zonas verdes, zonas residenciales y equipos o plantas como consecuencia del desarrollo de sus labores y reembolsara plenamente a LA EMPRESA las sumas que esta llegare a pagar por cualquier concepto a causa de estos perjuicios. iv) LA EMPRESA en forma directa o por medio de interventor contratado podrá realizar inspecciones periódicas al sitio de las labores o a las instalaciones del CONTRATISTA pare verificar el cumplimiento de las normas sobre protección a la salud, al medio ambiente y a los bienes y pare detectar cualquier acción nociva o riesgosa para lo cual EL CONTRATISTA otorga desde ahora su consentimiento expreso. v) Cualquier infracción a las normas sobre la salud, protección ambiental y manejo de bienes utilizados. Durante la ejecución de las labores será corregida de inmediato por EL CONTRATISTA a su xxxxx y riesgo. Si la infracción no fuera corregida LA EMPRESA podrá suspender total o parcialmente las labores hasta que ello ocurra, corriendo EL CONTRATISTA con todos los costos y riesgos que se deriven de la suspensión. En caso de reincidencia LA EMPRESA podrá dar por terminado el contrato sin lugar a ninguna indemnización. CLÁUSULA NOVENA – DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL. EL CONTRATISTA se obliga a dar cumplimiento a todas las normas legales y técnicas sobre Seguridad Industrial, prevención y control de accidentes y en general todos los aspectos
relacionados con HSE, referentes al tipo de proyecto que se ejecutara a través del presente contrato, además deberá disponer del personal de seguridad y elementos de protección industrial exigidos. EL CONTRATISTA será el único responsable por el cumplimiento de las normas de salud ocupacional, seguridad de todo el personal que trabaje para él o para sus Subcontratistas y protección de bienes de LA EMPRESA y de terceros. En consecuencia se compromete a cumplir y a hacer cumplir las disposiciones de LA EMPRESA sobre estas materias. LA EMPRESA o su representante podrá pedir el retiro del personal que a su juicio no posea la dotación básica de Seguridad Industrial requerida para la actividad que se esté realizando o que ejerza acciones que atenten contra su integridad física o la de las personas a su alrededor Sin embargo es responsabilidad del CONTRATISTA, el determinar los riesgos inherentes al trabajo así como el implementar los procedimientos que permitan su control. De otra parte EL CONTRATISTA deberá reportar al interventor los programas de entrenamiento y capacitación del personal en estos aspectos. EL CONTRATISTA deberá cumplir con la generación de los respectivos informes que se requieran y que sean de obligatorio cumplimiento en el marco de la Legislación en materia de seguridad industrial y salud ocupacional para ser presentados ante las autoridades regulatorias, tales como informes de Cumplimiento de ejecución de actividades, informes periódicos de avance de obra en el área de seguridad industrial y salud ocupacional, los cuales serán definidos durante las reuniones de obra. EL CONTRATISTA debe presentar a la empresa su programa de salud ocupacional, programa HSE, Plan de Contingencia para la construcción, ATS, Panorama de Riesgos, cronograma de ejecución de actividades de HSE los cuales deberán ser ajustados a los lineamientos de la empresa durante el proceso constructivo y al objeto del contrato. EL CONTRATISTA estará obligado a cumplir las disposiciones legales establecidas en el país sobre Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, Resolución 1016 del 31 xx Xxxxx de 1989, Resolución 2013 de 1986, Resolución 03773 de 2008 de 2008 y el Decreto Ley 295 de 1994 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En cualquier caso el CONTRATISTA deberá cumplir con todas las normas política, procedimientos y demás parámetros dirigidos a proteger a sus trabajadores en la ejecución de los trabajos. XXXXXXXX XXXXXX – DEL ASEGURAMIENTO Y CONTROL DE LA CALIDAD. EL
CONTRATISTA deberá satisfacer los lineamientos de la empresa y será tal que logre demostrar el aseguramiento y la gestión de la calidad de la prestación del servicio, de las obras realizadas y los productos utilizados. CLAUSULA DECIMA PRIMERA - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P: 1. Pagar al CONTRATISTA el
valor de este contrato de conformidad con lo establecido en la CLÁUSULA TERCERA. 2. Supervisar que EL CONTRATISTA cumpla con el objeto del contrato dentro del plazo y condiciones establecidas, y expedir por las personas competentes los certificados de cumplimiento a que haya lugar. 3. Suministrar oportunamente la información que se requiera para la correcta ejecución del contrato por parte de la empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA - PENAL PECUNIARIA: en caso de
incumplimiento total o parcial del contrato, EL CONTRATISTA pagará a PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P una suma de dinero equivalente al Díez por ciento (10%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: El valor de la cláusula penal, cuando no exista saldo a favor del CONTRATISTA que se pueda retener y descontar directamente por parte de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P, se tomará de la garantía constituida, circunstancia que se entiende expresamente autorizada por parte del contratista con la firma del presente documento. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Los
documentos que hacen parte integrante del presente contrato son los siguientes: a) Las normas generales de contratación adoptados por la empresa Piedecuestana de Servicios Públicos E.S.P. b) los estudios de conveniencia y oportunidad. c) los pliegos de condiciones.
d) los documentos del proceso de selección. c) especificaciones técnicas. d) Los planos de construcción de ser requeridos. e) El presupuesto. f) El programa detallado de trabajo presentado por el Contratista. g) Las garantías y sus anexos que se generen durante la ejecución del contrato. h) Las actas que durante la ejecución del contrato se elaboren y firmen y los demás documentos que se produzcan en el desarrollo de este contrato. CLAUSULA DECIMA CUARTA - GARANTÍAS: Él Contratista deberá constituir a favor de la empresa dentro de los cinco (05) días hábiles subsiguientes a la suscripción del contrato, para la aprobación del presente contrato, garantía única otorgada por una compañía de
seguros o entidad bancaria, autorizada para funcionar en Colombia que ampare los siguientes riesgos: A)CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales, incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten en el contrato. Su cuantía no será inferior al 20% del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato más seis (6) meses B) ESTABILIDAD DE LA OBRA: para prevenir que durante el periodo acordado la obra contratada, en condiciones normales de uso, no sufrirá deterioros imputables al contratista. Su cuantía no será inferior al 30% del contrato y su vigencia será de, siquiera, cinco (05) años a partir del acta de recibo final de la obra. C) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: para asegurar el pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato. Su cuantía no será inferior al 30% del contrato y su vigencia será de, siquiera, el plazo del contrato y cuatro (4) meses más. D) PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: para precaver los
eventos en que el contratista no cumpla con el pago de obligaciones laborales respecto de los trabajadores relacionados con la ejecución del respectivo contrato. Su cuantía no será inferior al 20% del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y tres
(3) años más. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA – DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES: De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la ley 797 de 2003 y el decreto 510 de 2003, el contratista será responsable con sus obligaciones con el sistema de seguridad social en salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, servicio nacional de aprendizaje (SENA) , fondo para la industria de la construcción FIC. a favor de sus empleados, cuando a ello haya lugar, para lo cual deberá allegar a PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. mensualmente y a partir del inicio de la ejecución del objeto contractual, la certificación de los pagos efectuados por estos conceptos. En el evento de no haberse realizado totalmente el pago de los aportes correspondientes, PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. deberá retener las sumas adeudadas al sistema al momento de la liquidación y efectuará el giro directo de estos recursos a los correspondientes sistemas, con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento. PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. a través del interventor de este contrato dejara constancia mes a mes del cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista frente a los aportes mencionados, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas. El funcionario que no deje constancia de la verificación del cumplimiento de este requisito, incurrirá en causal de mala conducta, conforme al artículo 23 de la ley 1150 de 2007. Para poder ejercer el derecho de movilidad de administradora de riesgos profesionales o cajas de compensación, el empleador se debe encontrar al día con los sistemas de salud y pensiones. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Serán causales de terminación del presente contrato, además de las contempladas legalmente, las siguientes: 1. El incumplimiento de una o varias de las obligaciones derivadas genéricas o específicamente del presente contrato. 2. La iniciación del trámite de liquidación obligatoria de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. Las partes de común acuerdo podrán suspender justificadamente la ejecución del contrato. En todo caso deberán mediar mínimos tres requerimientos por escrito de enviados mediante correo certificado debidamente autorizado por el Ministerio de Comunicación en la que se advierta el incumplimiento y las medidas a tomar en caso de no superar los incumplimientos. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- RÉGIMEN LEGAL: Además de lo dispuesto en el presente contrato, éste se regirá por el Derecho Privado, la Ley 142 de 1994, la Ley 489 de 1998, la ley 689 de 2001, de acuerdo con la actividad y el objeto institucional de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato a otra persona natural o jurídica, nacional o extranjera, sin la autorización previa y escrita de la PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA –I INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que además se entiende prestado con la firma de este contrato, que ni él, ni los miembros de sus órganos de administración si es el caso, se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad, prohibición o impedimento, constitucional ni legal, ni en la ley 142 de 1994 artículos 37 y 44.4, así como no tener sanción por la
trasgresión de alguna de ellas para contratar con entidades públicas y que le impida la celebración de este contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA - INTERVENTORÍA TÉCNICA DEL CONTRATO: La empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., designará la INTERVENTORÍA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, sobre la ejecución de la obra objeto del presente contrato, y quien deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Ejercer una eficaz vigilancia en la ejecución del objeto del contrato y proporcionar los medios disponibles que faciliten la ejecución del mismo. 2. Exigir y verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista. 3. Exigir, revisar y aprobar u observar las actas e informes parciales y finales presentados por EL CONTRATISTA, cuando a ello hubiere lugar.
4. Hacer llegar a la oficina Jurídica de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. los informes, certificados o copias de los mismos para que reposen en la carpeta del contrato. 5.- Expedir las certificaciones de cumplimiento a satisfacción del objeto del contrato. 6. Expedir y/o aprobar las actas y los demás documentos en desarrollo del objeto del contrato. 7. Informar a la oficina jurídica de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, para adelantar las acciones pertinentes. 8. Elaborar y suscribir las actas parciales de avance y de terminación y liquidación del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA - PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato requiere para su perfeccionamiento la firma de las partes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA – EJECUCIÓN Y LEGALIZACIÓN: El presente contrato requiere para su ejecución: El respectivo registró presupuestal, la constitución de las garantías exigidas, la publicación en la gaceta Municipal del contrato y la suscripción del Acta de Iniciación de Obra. El contratista deberá allegar las pólizas exigidas para la ejecución del presente contrato dentro de los cinco (05) días hábiles subsiguientes a la firma del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a la - PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o la de sus subcontratistas o dependientes. CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA - SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA EJECUCION DEL CONTRATO: Por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o cuando las partes de común acuerdo lo consideren necesario, se podrá suspender temporalmente la ejecución del presente contrato, mediante la suscripción de un acta por parte del INTERVENTOR y del CONTRATISTA en la que conste tal evento. De todo lo anterior el CONTRATISTA dará aviso a la aseguradora. XXXXXXXX XXXXXXXX QUINTA– EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral ni prestaciones sociales por parte de la empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. respecto del CONTRATISTA ni del personal que éste vincule para la ejecución del mismo. La empresa no será responsable por cualquier acuerdo salarial que resultare durante la ejecución de los trabajos o relación laboral existente entre EL CONTRATISTA y sus empleados y todas las obligaciones que se generen de dichos acuerdos o relación están a cargo exclusivo del CONTRATISTA. Una cláusula en dicho sentido se deberá incluir en los contratos laborales con los empleados de los CONTRATISTAS. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA
- MULTAS: Contractualmente, se pactan las siguientes causales de multa: A) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al contratista, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo.
B) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a acatar las órdenes de la interventoría para que se corrija defectos observados en la obra, o para que se tomen las medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes, el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del interventor, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., establecidas en el pliego de condiciones. C) cuando se presente un atraso mayor del veinte por ciento (20%) en cualquiera de los grupos de obra o grandes partidas de pago, según el cronograma de trabajo e inversiones presentado por el contratista y aprobado por la interventoría, el dos por ciento (2%) del valor de la obra dejado de ejecutar, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al contratista de la
obligación de ejecutar la obra hasta su terminación a satisfacción de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P.D) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a disponer del residente en la obra, o por reemplazarlo sin previa autorización de la interventoría y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al contratista del cumplimiento de esta obligación. E) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente el equipo exigido y necesario para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. F) por xxxx o incumplimiento injustificado de la obligación de instalar y mantener la señalización preventiva durante la ejecución de la obra, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo. G) por cambios en las especificaciones, sin previa autorización de PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P., el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al contratista de la obligación de realizar la obra según lo estipulado en el contrato. H) por xxxx o incumplimiento injustificado en las obligaciones referentes a la prohibición de depositar escombros en sitios no autorizados previamente por la Interventoría, o el no retiro oportuno de la obra, en uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. I) por xxxx o incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad industrial e higiene, o de las instrucciones del interventor al respecto, y por cada día xx xxxx en el incumplimiento de este requisito, el cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo. J) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. K) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato.
L) por cada día de retraso en la entrega de las obras, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. M) por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso, PIEDECUESTANA DE SERVICIOS E.S.P. elaborara la liquidación de oficio. N) por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecta el contrato, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA: – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Cuando surjan diferencias entre las partes con motivo del presente contrato, se acudirá a los mecanismos de solución de controversias contractuales. Cuando no fuere posible solucionar las controversias en la forma antes prevista, las partes se comprometen a someter la decisión a árbitros y se regirá por lo dispuesto en el decreto 2279 de 1991, en la ley 23 de 1991 y en las demás normas que modifiquen o adicionen en la materia. CLAUSULA VIGÉSIMA NOVENA – COMPROMISORIA. El CONTRATISTA se compromete a pagar los derechos de publicación del presente contrato en la Gaceta Municipal, requisito que se entenderá cumplido con la presentación del recibo que acredite dicho pago. La publicación del presente contrato constituye un requisito de legalidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la ley 190 de 1995 (estatuto Anticorrupción). De igual forma se compromete a asumir los descuentos por retenciones e impuestos establecidos por la Ley y en el presente contrato. CLAUSULA TRIGESIMA.- APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES: El contratista debe demostrar su afiliación al sistema general de seguridad social. Así mismo deberá cubrir los parafiscales a que haya lugar en las entidades correspondientes. CLAUSULA TRIGESIMA PRIMERA.- IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES: El CONTRATISTA pagará los impuestos, tasas, contribuciones y similares que se deriven de la e CLAUSULA TRIGESIMA SEGUNDA.-CADUCIDAD DEL CONTRATO. La empresa PIEDECUESTANA DE SERVICIOS PÚBLICOS podrá mediante resolución motivada declarar la caducidad administrativa del contrato, por hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones del contratista que afecten de manera
grave y directa la ejecución del mismo. Parágrafo UNO. Una vez ejecutoriada la Resolución que declare la caducidad, la empresa hará efectivas la garantía Única y el valor de la cláusula penal, la cual presta merito ejecutivo por jurisdicción civil contra el contratista y contra la Compañía que la haya constituido. Parágrafo DOS. De declararse la caducidad del contrato no habrá lugar a indemnización alguna para el contratista y se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades xx Xxx. Parágrafo TRES. Los hechos que constituyen causal de caducidad sujetos a comprobación, serán establecidos unilateralmente por la empresa. CLAUSULA TRIGÉSIMA TERCERA.– LIQUIDACIÓN. El contrato podrá liquidarse dentro de los cuatro meses siguientes al vencimiento de su plazo de ejecución. CLAUSULA TRIGÉSIMA CUARTA. PUBLICACIÓN. El contrato deberá publicarse en la página web de la entidad o en un lugar visible de la empresa y en la Página Web de la Contraloría xx Xxxxxxxxx - SIA- OBSERVA, conforme lo establece la Resolución 000858 de 2016.
En señal de acuerdo entre las partes, se firma el presente contrato en Piedecuesta, Departamento xx Xxxxxxxxx, a los XXXX (XXXX) días del mes de XXXXXXX del año dos mil dieciocho (2018).
CONTRATANTE, CONTRATISTA,
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX N.I.T
Gerente Piedecuestana E.S.P Representante Legal
NOTA: LA PRESENTE MINUTA SE AJUSTARÁ UNA VEZ SE ADJUDIQUE EL CONTRATO Y SE PROCEDA A SU FIRMA.