CONTRATO DUAL - CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN
Nombre/teléfono
CONTRATO DUAL - CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN
DATOS DEL CLIENTE
Apellidos, Nombre del Cliente: Dirección:
Localidad:
NIF:
Nº:
Piso:
Teléfono: Teléfono Móvil:
Código Postal:
E-mail:
Provincia:
Factura Electrónica: El Cliente otorga su consentimiento expreso para que la recepción de la factura se haga a través de medios electrónicos. En el Área Privada el Cliente
dispondrá de la factura de suministro electrónica con periodicidad mensual, recibiendo previamente por correo electrónico un mensaje conforme ya dispone de la misma. El Cliente podrá revocar dicho consentimiento en cualquier momento solicitándolo mediante correo electrónico a xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
CLIENTE
DATOS DEL PUNTO DE SUMINISTRO
VIVIENDA HABITUAL
Dirección:
Localidad: CUPS ELEC: CUPS GAS:
Nº:
Piso:
Código Postal:
Provincia:
Ref. Catastral:
E | S | |||||||||||||||||||||
E | S |
Código Agente: Contacto Agente:
DATOS BANCARIOS SEPA
Orden domiciliación SEPA Número de cuenta:
Titular:
Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a
la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del Contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
DATOS DE ENVÍO POSTAL
CLIENTE
PUNTO DE SUMINISTRO (en caso de no contratar factura electrónica)
CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO
SERVICIOS ADICIONALES DE MANTENIMIENTO
Mantenimiento ELECTRICIDAD
Emergencia HOGAR 3,025 €/mes (IVA incl.)
Mantenimiento GAS
CONFORT GAS
8,75 €/mes (IVA incl.)
CONFORT GAS PLUS
10,84 €/mes (IVA incl.)
CONFORT GAS PREMIUM
14,17 €/mes (IVA incl.)
R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
E | S |
Tarifa de Acceso ELECTRICIDAD | Tarifa de Acceso GAS |
Tarifa Tarifa Potencia 2.0A 2.0DHA PC ≤ 10 kW La energía suministrada será de origen renovable certificada por la CNMC con un coste adicional de 1,0043 €/mes IVA incl. | Tarifa Consumo anual Tarifa Consumo anual 3.1 (0 - 5.000 kWh) 3.2 (5.001 - 50.000 kWh) |
El Cliente manifiesta haber recibido la información conforme al artículo 5 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica (BOE 7/10/2017), y concretamente que la suscripción del presente Contrato en mercado libre implicará no poder acogerse al PVPC ni por tanto al bono social en el supuesto de que cumpliera las condiciones para ello establecidas en la normativa sectorial vigente.
Por FACTOR ENERGIA, S.A. Por el CLIENTE, (Firma y Sello)
Código:
900 850 000
902 808 559
Electricidad: 201809HFCPEN Gas: 1DFO1_F_190201
En a de de
Hoja 1/10
Código Agente: Contacto Agente:
Nombre/teléfono
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TABLA DE PRECIOS ELECTRICIDAD
Tarifa de Acceso | Período |
2.0A | P1 (Punta) |
2.0DHA | P1 (Punta) |
P3 (Xxxxx) |
Término Energía [€/kWh] | Descuento Término Energía | Término Energía con descuento [€/kWh] | Término Potencia [€/kW año] |
0,159321 0,202635* | 13,50% | 0,137813 0,175279* | 48,657542 61,885758* |
0,187856 0,238927* | 13,50% | 0,162495 0,206672* | 48,657542 61,885758* |
0,102856 0,130819* | 0,088970 0,113158* |
(*) Precios con impuestos incluidos: IVA del 21% e Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) establecido en la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
El precio de venta de la energía eléctrica suministrada corresponde a lo indicado en la columna Término Energía con descuento [€/kWh]. No computan a efectos de descuento los complementos tarifarios, el término de potencia, tasas, impuestos y otros términos sujetos a regulación.
TABLA DE PRECIOS GAS
Tarifa de Acceso | Término Fijo [€/mes] |
3.1 | 5,26 6,36* |
3.2 | 9,64 11,66* |
Descuento Término Fijo |
10% |
10% |
Término Fijo con descuento [€/mes] |
4,73 5,72* |
8,68 10,50* |
Descuento Término Variable |
10% |
10% |
Término Variable con descuento [€/kWh] |
0,059478 0,074797* |
0,052639 0,066523* |
(*) Impuestos incluidos: IVA del 21% e Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) establecido en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. El precio de venta del gas suministrado corresponde a lo indicado en la columna Término Variable con descuento [€/kWh].
OTRAS CONDICIONES
(1) Oferta válida hasta el próximo 31/03/2019, la cual quedará sujeta al clausulado del contrato de compra de energía de FACTOR ENERGIA correspondiente al ejercicio 2019 (Condiciones Generales adjuntas).
(2) El Cliente se beneficiará de un descuento adicional sobre el término de energía en la facturación eléctrica del 0,5% en el caso de optar por recibir la factura únicamente por medios electrónicos.
(3) En el Área Privada el Cliente dispondrá de la factura con periodicidad mensual. En el caso de facturación electrónica, el Cliente recibirá previamente por correo electrónico un mensaje conforme ya dispone de la factura de la mensualidad correspondiente.
(4) FACTOR ENERGIA aplicará en la facturación del suministro eléctrico lo establecido en el R.D.1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; referente a la facturación de gas natural se aplicará lo establecido en la normativa donde se determina la forma de facturar los términos regulados. Dichos conceptos serán facturados de conformidad con la legislación aplicable al momento del consumo y conforme a lo indicado en las Condiciones Generales Adjuntas.
(5) Para la obtención de los precios ofertados en la propuesta económica se han considerado las Tarifas de Acceso establecidas en las órdenes TEC/1366/2018, de 20 de diciembre para el suministro eléctrico y TEC/1367/2018, de 20 de diciembre para el suministro de gas natural, en las que se establecen los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2019. Cualquier modificación de los términos regulados será repercutida de forma transparente en el precio final.
(6) Este contrato entrará en vigor a partir de la fecha de inicio del suministro conforme se establece en las condiciones generales del contrato.
(7) Los precios de electricidad indicados en la tabla mantendrán su vigencia durante el plazo de duración del contrato. Los precios de gas indicados en la tabla mantendrán su vigencia durante el plazo de duración del contrato.
(8) Los precios contratados en los servicios adicionales de mantenimiento serán actual izados según la variación correspondiente al IPC el 1 xx xxxxx de cada año, siendo éste el valor acumulado real, del período de febrero a febrero del año anterior a la aplicación de la variación del índice de Precios al Consumo General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
(9) Dentro del plazo de 14 días naturales a contar desde la fecha de suscripción del presente Contrato, el consumidor podrá ejercer su derecho a revocar su consentimiento desistiendo del presente Contrato de forma explícita, comunicándolo por escrito a FACTOR ENERGIA vía correo electrónico (dirigido a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx) o por cualquier otro medio fehaciente por el que se pudiera dejar constancia del contenido y fecha de la comunicación efectuada. Si lo desea, tiene a su disposición un modelo en el Anexo III del presente Contrato.
(10) Si el Cliente tuviera alquilado el equipo de medida gas natural y/o electricidad, la factura incluirá el precio de alquiler, que será el establecido en la normativa de cada momento.
(11) El Cliente autoriza a FACTOR ENERGIA a suscribir el correspondiente contrato de acceso a redes, tramitar el cambio de comercializadora y acceder a los datos de los suministros de los que es titular.
Por FACTOR ENERGIA, S.A. Por el CLIENTE, (Firma y Sello)
Código:
900 850 000
902 808 559
Electricidad: 201809HFCPEN Gas: 1DFO1_F_190201
En a de de
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R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
1ª.-Objeto. El presente Contrato, de carácter personalísimo, tiene por objeto la adquisición por parte del Cliente a FACTOR ENERGIA, S.A. (en adelante FACTOR ENERGIA) de energía eléctrica y de gas natural canalizado tras la válvula de acometida de la distribuidora (punto de transmisión de la propiedad al Cliente), para su uso y consumo, todo ello de acuerdo con el presente Contrato, Condiciones Particulares y anexos, y concretamente (i) en cuanto al suministro de energía eléctrica, aplicables a los puntos de suministro eléctrico de baja tensión con potencia contratada inferior a 10 kW, ubicados en territorio peninsular español, siendo el Cliente el usuario final y efectivo de la energía suministrada, y (ii) en cuanto al suministro de gas natural en los puntos de suministro ubicados en el territorio peninsular español, quedando excluidos de este Contrato aquellos puntos de suministro conectados directa o indirectamente a una planta satélite en la que FACTOR no tenga contratado el servicio de transporte de Gas Natural Licuado. El presente Contrato se concierta sobre las circunstancias declaradas por el Cliente en relación al punto de suministro referenciado y son base para la aceptación del Contrato por FACTOR ENERGIA y en ellas se sustenta la validez del Contrato. Forma parte de la responsabilidad del Cliente que los datos aportados por éste en relación al punto de suministro objeto de Contrato y sus datos personales, en calidad de titular del punto de suministro, sean ciertos, obligándose a comunicar a FACTOR ENERGIA cualquier variación que pudiera producirse respecto a la información facilitada.
2ª.- Mecánica de Contratación. El presente Contrato es de adhesión tanto a las Condiciones Generales como Particulares del mismo. La personalidad del Cliente o Representante del mismo y su consentimiento a los términos y condiciones del presente contrato se evidenciarán a través de la firma del mismo.
Los servicios adicionales al suministro de electricidad y/o gas natural o el suministro de electricidad de origen renovable que se hubieran contratado por el Cliente, son accesorios al producto principal que es el suministro de energía.
3ª.- Precio. El Cliente efectuará el pago de los suministros, y servicios adicionales que haya efectivamente contratado en su caso, de acuerdo a los precios y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares. El precio de venta de la electricidad y gas natural suministrados al Cliente aparece detallado en las Condiciones Particulares, de conformidad con la legislación vigente al día de la fecha del presente Contrato. El Cliente abonará los precios establecidos en las Condiciones Particulares, que podrán ser actualizados por variación del coste de los componentes considerados para su fijación
que son ajenos a la voluntad de las partes (por ejemplo, peajes de acceso, precios de la energía en los mercados organizados de producción, tarifa de último recurso, etc.). Los precios expresados en las Condiciones Particulares incluyen las tarifas de acceso y los conceptos regulados que se indican en las presentes Condiciones Generales. Igualmente, FACTOR ENERGIA repercutirá al Cliente cualquier importe reclamado por la Empresa Distribuidora debido a refacturaciones de consumos o que sea resultado de actas de inspección en relación con el punto de suministro del Cliente.
En caso de que la empresa Distribuidora realice un cambio en el grupo tarifario de acceso del punto de suministro del Cliente, FACTOR ENERGIA aplicará al Contrato los precios vigentes de FACTOR ENERGIA para el grupo tarifario de acceso que le corresponda al punto de suministro del Cliente.
4ª.- Servicios de Mantenimiento. El Cliente podrá contratar voluntariamente, marcando la casilla correspondiente en las Condiciones Particulares del Contrato de FACTOR ENERGIA, los servicios opcionales y adicionales de servicios de mantenimiento y revisión. El contenido del servicio, con sus coberturas, exenciones y limitaciones aparece detallado con exactitud en el Anexo I del presente Contrato. Todos los servicios que serán prestados por una empresa subcontratada por FACTOR ENERGIA, podrán ser solicitados por el Cliente que los haya previamente contratado, en el número de teléfono: 000.000.000. El Cliente autoriza expresamente a que dichos servicios sean subcontratados por FACTOR ENERGIA.
5ª.- Suministro de Electricidad de Origen Renovable. A solicitud del Cliente -marcando éste la casilla correspondiente-, FACTOR ENERGIA suministrará la totalidad de la electricidad consumida por el Cliente de origen renovable durante la vigencia del Contrato.
El importe adicional de dicho suministro renovable obedece al conjunto de gastos y servicios prestados para la gestión y obtención del correspondiente certificado emitido por la CNMC (Circular 6/2012, de
27 de septiembre, de la Comisión Nacional de Energía, que regula la gestión del sistema de garantía de origen de la electricidad procedente xx xxxxxxx de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia).
El certificado emitido por la CNMC con posterioridad al período de suministro, será accesible al Cliente en el Área Privada a la que accederá con sus contraseñas correspondientes.
6ª.- Acceso a la Red de Distribución. El Cliente autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA para que, actuando en nombre y por cuenta del Cliente, suscriba con la Empresa Distribuidora el Contrato de acceso a la red de distribución requerido para la
ejecución del presente Contrato. En el supuesto de que el Cliente no abonara en tiempo y forma las facturas del suministro que incluyen las tarifas de acceso, el Cliente será responsable único del pago de dichas tarifas ante la Empresa Distribuidora, exonerando expresamente a FACTOR ENERGIA de cualquier daño o perjuicio a que traiga causa el impago mencionado.
7ª.- Duración. Este Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma y mantendrá su vigencia durante un periodo inicial de UN año (365 días) a partir de la fecha de inicio del suministro, prorrogándose por iguales períodos de tiempo si ninguna de las Partes lo denuncia a la otra con una antelación de QUINCE
(15) días previamente a su vencimiento. Los servicios adicionales o el suministro de electricidad de origen renovable, que, en su caso, se hubieran contratado por el Cliente, son accesorios al producto principal que es el suministro de energía, por tanto, surtirán efectos, en todo caso, a partir de la fecha de inicio del suministro de energía, quedando su vigencia condicionada a la del presente Contrato.
La fecha de inicio del suministro vendrá condicionada a la concesión por parte de la empresa distribuidora de gas natural y de electricidad de los correspondientes accesos a las redes de distribución, de modo que el suministro comenzará en la fecha en que se hagan efectivos dichos accesos. En el supuesto de que el acceso fuera finalmente denegado y por ende no llegara a iniciarse el suministro, ninguna de las partes tendrá derecho a reclamar a la otra indemnización o compensación alguna.
FACTOR ENERGIA queda facultado para resolver el Contrato en el caso de que el Cliente incumpla total o parcialmente sus obligaciones de pago establecidas en méritos del presente Contrato.
8ª.- Equipo de Medida. El Cliente deberá disponer de un equipo de medida verificado y homologado, de conformidad con la legislación vigente en cada momento. El Cliente notificará a FACTOR ENERGIA cualquier irregularidad o anomalía que existiera en los equipos de medida. La falta de datos de medida del consumo eléctrico y/o de gas natural, facultará a FACTOR ENERGIA para la realización de estimaciones razonables y facturar en base a las mismas, regularizándose la facturación en el período de facturación en que se disponga de datos reales y, en todo caso, anualmente, todo ello según la normativa vigente. El precio a satisfacer por el Cliente en concepto de alquiler, lectura e instalación de los equipos de medida será el establecido en la normativa vigente en cada momento o por el distribuidor de zona. El Cliente permitirá a FACTOR ENERGIA y a la Empresa Distribuidora el libre acceso a los equipos de medida y, en su caso, a los demás elementos, para las tareas de instalación, inspección, lectura,
Por FACTOR ENERGIA, S.A. Por el CLIENTE, (Firma y Sello)
Código:
900 850 000
902 808 559
Electricidad: 201809HFCPEN Gas: 1DFO1_F_190201
En a de de
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mantenimiento, control y verificación. El Cliente será el responsable de la custodia de los equipos de medida.
9ª.- Permanencia. Alternativamente al cumplimiento del plazo de duración mínima de un año pactado en la Cláusula 7ª, el Cliente podrá dar por finalizado anticipadamente de forma unilateral el Contrato con anterioridad a la finalización de dicho plazo, a contar desde la fecha de inicio del suministro conforme a lo indicado en la cláusula 7ª, mediante comunicación fehaciente remitida a la otra parte con una antelación mínima de QUINCE (15) días naturales y el abono de la penalidad que se indica a continuación.
R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
Concretamente, en el supuesto de que el Cliente manifieste su decisión de dar por finalizado el Contrato de forma anticipada, antes del transcurso del periodo de duración mínimo de un año, el Cliente deberá abonar a FACTOR ENERGIA una indemnización máxima equivalente al 5% de la energía eléctrica estimada pendiente de suministro, al amparo de lo dispuesto en el art. 4.5 del R.D. 1435/2002 y demás disposiciones aplicables, y en lo que se refiere al suministro de gas natural, una penalización por importe de 0,16 € por cada día que reste para finalizar el Contrato (en el caso de tarifa 3.1) y 0,4 € por cada día que reste para finalizar el Contrato (en el caso de tarifa 3.2).
Las partes reconocen que las cantidades calculadas conforme a lo previsto en la presente cláusula, constituyen una estimación genuina y razonable de los daños y perjuicios causados a FACTOR ENERGIA por la finalización anticipada del presente Contrato de suministro.
Dicha finalización anticipada del Contrato a instancia del Cliente antes del transcurso del indicado plazo de duración mínima producirá efectos desde la fecha indicada en la comunicación en caso de que el consumo sea tele medido, o en la fecha en que se realice la siguiente lectura de consumo tras la fecha a efectos de la finalización anticipada indicada en la comunicación en caso de que el consumo no sea tele medido.
No será válida dicha finalización anticipada instada unilateralmente por el Cliente en caso de que existan cantidades líquidas y exigibles pendientes de pago a FACTOR ENERGIA por el Cliente, salvo que en dicho momento el Cliente satisfaga íntegramente a FACTOR ENERGIA dichas cantidades y los intereses correspondientes.
El cambio de comercializadora con anterioridad a la finalización del período inicial de vigencia del Contrato, se considerará un incumplimiento por parte del Cliente del compromiso de permanencia pactado en el presente Contrato, el cual dará derecho a FACTOR ENERGÍA al cobro de la penalidad indicada.
10ª.- Derecho de Desistimiento. Dentro del plazo de CATORCE (14) días naturales a contar desde la suscripción del presente Contrato, el consumidor podrá ejercer su derecho a desistir del presente Contrato de forma explícita, comunicándolo por escrito a FACTOR ENERGIA vía correo electrónico (dirigido a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx) o por cualquier otro medio por el que se pudiera dejar constancia del contenido y fecha de la comunicación efectuada. Si lo desea, tiene a su disposición un modelo en el Anexo II del presente Contrato.
11ª.- Calidad de Suministro. La calidad del suministro de energía eléctrica y gas natural se ajustará a lo establecido en la normativa vigente y demás disposiciones aplicables. En el supuesto que la Empresa Distribuidora incumpla con los estándares legales de calidad, FACTOR ENERGIA colaborará con el Cliente en la defensa de sus intereses y derechos frente a la Empresa Distribuidora, agente legalmente responsable de la calidad del suministro conforme a lo dispuesto en al artículo 36 y 41.1 c) del RD 1955/2000.
El Cliente se obliga expresamente a dirigir frente a la compañía distribuidora cualquier reclamación extrajudicial o judicial en solicitud de daños y perjuicios eventualmente irrogados al mismo con motivo de anomalías y/o incidencias detectadas en la red de distribución, sin perjuicio de que FACTOR ENERGIA pueda canalizar las reclamaciones extrajudiciales del Cliente ante la Empresa Distribuidora mediante los canales habilitados al efecto.
Asimismo, igualmente conforme a la normativa aplicable, el Distribuidor dispondrá de un sistema de registro de incidencias que le permita determinar la afectación de las incidencias de continuidad del suministro de sus redes con todos y cada uno de los consumidores conectados a ellas en todas sus zonas de distribución.
12ª.- Área Privada de Cliente. FACTOR ENERGIA facilitará los códigos de acceso del Área Privada de Clientes sita en la página web corporativa de la compañía. En el Área Privada el Cliente dispondrá de la factura de suministro con periodicidad mensual. En caso de facturación electrónica, recibirá previamente por correo electrónico un mensaje conforme ya dispone de la factura de la mensualidad correspondiente. En dicha Área Privada adicionalmente dispondrá el Cliente, sin ánimo de exhaustividad, de la información relativa al cálculo de los peajes de acceso a la red, importe detallado de la facturación correspondiente a la tarifa de acceso a la red, comunicaciones relativas a modificaciones contractuales, naturaleza de la energía suministrada, un recordatorio de los números de teléfono gratuitos de atención
telefónica de FACTOR ENERGIA y del teléfono de la compañía distribuidora para supuestos de averías o incidencias en el suministro eléctrico y/o gas natural, así como la dirección postal y direcciones de correo electrónico donde poder dirigir reclamaciones o consultas, información que, en virtud de la legislación vigente en cada momento, deba el comercializador poner a disposición de sus Clientes como datos de consumo, etc.
13ª.- Domiciliación. El Cliente autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA a domiciliar mensualmente el cobro de los importes derivados de la ejecución del Contrato. Asimismo, autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA a enviar órdenes a su entidad financiera para adeudar en su cuenta, especificada por el Cliente, los recibos correspondientes a las facturas que se originen como consecuencia de la relación comercial entre ambas Partes. La autorización expresa se entenderá efectuada en el momento en que el Cliente manifieste su consentimiento, efectuado tal como se indica en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
14ª.- Facturación y Pago. FACTOR ENERGIA emitirá con periodicidad mensual una factura con el precio correspondiente al consumo de energía del mes natural anterior y, en su caso, de los servicios accesorios contratados. En caso de facturación electrónica, recibirá previamente por correo electrónico un mensaje conforme ya dispone de la factura de la mensualidad correspondiente. La factura indicará un teléfono de atención VEINTICUATRO (24) horas de la empresa distribuidora, en el que poder contactar en caso de xxxxxxx, urgencias y/o incidencias en el suministro. Las cantidades facturadas deberán abonarse por recibo bancario domiciliado, en un plazo máximo de QUINCE (15) días desde el fi. del mes de suministro. A los Clientes acogidos al pago por domiciliación bancaria no podrá adeudárseles en la cuenta cantidad alguna hasta transcurrido SIETE (7) días naturales desde la remisión de la factura. El Cliente podrá modificar la domiciliación bancaria del pago de las facturas cumplimentando una nueva autorización bancaria, con una antelación mínima de TREINTA (30) días a la fecha debida para el pago. Los pagos demorados más de TREINTA (30) días devengarán interés de demora igual al interés legal del dinero incrementando en tres puntos porcentuales, desde la fecha original en que debería haberse efectuado el pago hasta la fecha en que dicho pago se haya realizado íntegramente, reservándose FACTOR ENERGIA el derecho a notificar la xxxx al Cliente, mediante correo electrónico dirigido a la dirección de correo electrónico facilitada por el Cliente en las
Por FACTOR ENERGIA, S.A. Por el CLIENTE, (Firma y Sello)
Código:
900 850 000
902 808 559
Electricidad: 201809HFCPEN Gas: 1DFO1_F_190201
En a de de
Hoja 4/10
CONTRATO DUAL - CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
Condiciones Particulares del presente Contrato y/o mensaje de texto SMS enviado al número de teléfono móvil facilitado igualmente por el Cliente en las Condiciones Particulares del presente Contrato, cuando ésta se haya producido. Cualquier pago atrasado realizado deberá ser abonado con los intereses hasta entonces acumulados. Del mismo modo, cualquier modificación de los datos administrativos de contacto deberá ser comunicada por escrito y corroborada expresamente por FACTOR ENERGIA. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, se informa al Cliente que en caso de impago en los términos pactados y cumplirse los requisitos previstos en el artículo 38.1 del mencionado cuerpo legal, FACTOR ENERGIA quedara facultado para comunicar los datos del Cliente relativos al impago a la sociedad distribuidora. La falta de pago por el Cliente de cualquier cantidad adeudada facultará a FACTOR ENERGIA a suspender el suministro de gas y/o electricidad sin perjuicio de la facultad de FACTOR ENERGIA de ejecutar las garantías y/o de resolver el Contrato.
Los conceptos sujetos a regulación que se enumeran de forma no exhaustiva, tales como impuestos, cánones, tributos, complementos tarifarios, término de potencia y energía, alquiler de equipos, lectura, consumo de energía reactiva, costes producidos por los excesos en la potencia demandada sobre la potencia contratada, pagos relacionados con los trabajos de enganche, extensión, reconexión, verificación, derechos de alta, inspección u otros derechos de acometida necesarios para atender el nuevo suministro o modificación del ya existente, que correspondan a la Compañía Distribuidora, no computarán a efectos de descuento y serán facturados al Cliente de conformidad con la legislación aplicable en el momento del consumo. Las modificaciones en el precio del suministro que traigan causa de cambios legislativos que afecten a conceptos regulados así como a la aportación al fondo nacional de eficiencia energética por parte de FACTOR ENERGIA no requerirán una comunicación previa por parte de FACTOR ENERGIA ni una aceptación expresa por parte del Cliente. En estos casos, el precio del suministro se actualizará de forma transparente para reflejar los cambios en los conceptos regulados y no requerirán una comunicación previa por parte de FACTOR ENERGIA ni una aceptación expresa por parte del Cliente, así como tampoco darán derecho a reclamación alguna. Los derechos de acometida, enganche o extensión que en su caso deban abonarse a la Compañía Distribuidora, serán asumidos en todo caso por el Cliente.
Dado el carácter no profesional del Cliente, se aplicará el Impuesto Especial de Hidrocarburos conforme a usos distintos a los del carburante y usos como carburante en motores estacionarios (0,65
€/GJ o 0,00234 €/kWh), según epígrafe 1.10.1 de la
tarifa 1ª del artículo 50.1 de la Ley IIEE
15ª.- Modificación de las Condiciones Económicas o Contractuales. Las Partes acuerdan que FACTOR ENERGIA queda facultada para modificar los términos contractuales o el precio de energía establecido en las Condiciones Particulares del presente Contrato. En el supuesto de una modificación contractual o de precio, FACTOR ENERGIA notificará, de forma previa a su efectividad, la revisión contractual o de precios mediante su comunicación en factura, en el apartado de “información de su interés” en que se detallará el nuevo término contractual y/o precio y la fecha de efectividad del mismo. El Cliente, en un plazo de QUINCE (15) días, podrá comunicar vía correo electrónico con acuse de recibo a FACTOR ENERGIA su disconformidad con el término y/o precio revisado, pudiendo resolver el Contrato de suministro sin penalidad alguna. Todo ello, en la forma y en los plazos que establezca la legislación vigente. En cualquier caso, las variaciones de componentes regulados que se produzcan con arreglo a la legislación vigente, serán repercutidas de forma transparente al precio del suministro y no requerirán una comunicación previa por parte de FACTOR ENERGIA ni una aceptación expresa por parte del Cliente, así como tampoco darán derecho a reclamación alguna.
Las eventuales modificaciones del grupo tarifario y/o conceptos regulados no tendrán consideración de modificación de las condiciones económicas establecidas en Contrato. El contenido de las anteriores cláusulas queda sujeto a las modificaciones legales generales y particulares que rigen el ordenamiento jurídico, y en especial las relativas al sector eléctrico y gasista durante el periodo de vigencia del Contrato, sin que ello tenga consideración de modificación de las condiciones económicas establecidas en el Contrato.
Sin embargo, si el presente Contrato derivara en situaciones de desequilibrio económico, imposibilidad de continuar correctamente con el servicio o fuera contrario al objeto del Contrato de suministro, previo acuerdo mutuo de las Partes, se procederá a la resolución del presente Contrato.
16ª.- Supuestos de Fuerza Mayor. Se entiende por “Supuesto de Fuerza Mayor” aquellos supuestos o circunstancias que afecten a cualquiera de las Partes (la “Parte Afectada”) en el cumplimiento de sus obligaciones, diferentes del pago de dinero, y que se escapen al control razonable de la Parte Afectada, y que la Parte Afectada no pueda evitar, solucionar o prever con diligencia razonable. Los Supuestos de Fuerza Mayor son casos imprevisibles e inevitables. Si cualquiera de las Partes desea acogerse a un Supuesto de Fuerza Mayor como causa para amparar
el retraso en el cumplimiento de sus obligaciones, deberá avisar a la otra Parte inmediatamente (tan pronto como sea razonablemente posible), exceptuando que el Supuesto de Fuerza Mayor sea de carácter público al haber tenido difusión en los medios de comunicación de masas.
No obstante, en ningún caso una causa de fuerza mayor podrá amparar o justificar una negativa al pago del producto ya entregado.
17ª.- Ajuste de Parámetros de Contratación. El Cliente autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA a actuar en su nombre, y en especial a modificar las condiciones del Contrato de acceso de terceros a la red ante la empresa distribuidora, siempre que con ello no se perjudique económicamente al Cliente y no se comprometa ni merme la calidad y la garantía del suministro eléctrico del Cliente. Dichos cambios podrán ser en la potencia contratada, solicitud de la instalación de maxímetro o de un nuevo equipo de medida, o cambios en la tarifa de acceso.
En caso de que dichos cambios no hayan sido expresamente solicitados por el Cliente, sino que hayan sido promovidos de forma proactiva por FACTOR ENERGIA, será FACTOR ENERGIA quien
asuma el coste de los mismos, salvo en los casos en que la modificación conlleve la necesidad de normalización de la potencia contractual y/o se requiera por parte de la compañía distribuidora la actualización de la documentación técnica de la instalación eléctrica del Cliente para su adecuación a la normativa vigente.
Transcurrido un año a contar desde la activación de tal modificación contractual, el Cliente tendrá derecho a beneficiarse en la próxima anualidad de un importe no inferior al 10% del ahorro anual obtenido en su caso.
En dichos supuestos, el Cliente seguirá manteniendo frente a la Distribuidora todos los derechos relativos al Contrato de acceso y, en caso de resolución del presente Contrato, seguirá siendo titular del depósito de garantía que pudiese existir. El Cliente acepta que en el momento de finalización del Contrato con FACTOR ENERGIA, mantendrá las condiciones contractuales que tuviera en ese momento, asumiendo directamente el coste de cualquier cambio contractual que decida en ese momento o en el futuro.
18ª.- Suspensión del Suministro. FACTOR ENERGIA podrá suspender el suministro y adicionalmente resolver el Contrato si así desea, sin que de ello pueda derivarse responsabilidad alguna imputable a FACTOR ENERGIA frente al Cliente, en el supuesto que el Cliente no hubiera satisfecho, a su vencimiento, cualquiera de los importes debidos en virtud de este Contrato cuando se haga un uso de la energía eléctrica y/o gas en forma o para finalidades o usos distintos de los establecidos en el presente
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CONTRATO DUAL - CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
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Contrato. Dicha resolución acarreará asimismo la de los servicios accesorios contratados, en su caso, y facultará a FACTOR ENERGIA para exigir los daños y perjuicios que en su derecho procedan. A estos efectos, FACTOR ENERGIA remitirá el requerimiento fehaciente de pago o cese en el uso no autorizado al domicilio del Cliente. En el supuesto de impago de facturas correspondientes al suministro de energía eléctrica, se remitirán al Cliente los requerimientos de pago conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 897/2017, de 6 de octubre, indicándose en los mismos el plazo y/o fecha a partir del cual se podrá proceder a la suspensión del suministro de electricidad, según proceda conforme a dicho precepto. Por lo que respecta al impago de facturas correspondientes al suministro de gas natural, se indicará al Cliente que dispone de SEIS (6) días naturales para proceder al pago, tras los cuales se podrá proceder a interrumpir el suministro de gas. Por otro lado, serán causas de suspensión del suministro las siguientes: 1) En caso de fuerza mayor o situaciones de las que pueda derivar amenaza cierta para para la seguridad de las personas o las cosas, 2) En caso de deficiencias en materia de seguridad y/o de funcionamiento, según la normativa vigente, de las instalaciones del Cliente, o cuando las mismas o los aparatos consumidores no cuenten con las autorizaciones necesarias; 3) Cuando se manipulen las instalaciones y/o equipos de medida o control o se evite su correcto funcionamiento; 4) Por deficiente conservación de las instalaciones del Cliente, cuando ello suponga peligro para la seguridad de las personas o bienes; 5) En caso de indisponibilidad de la red de transporte o de distribución y en aquellos supuestos en los que resulte necesario efectuar tareas de mantenimiento, reparación, sustitución o ampliación de las instalaciones de transporte o distribución; 6) Cuando el Cliente no permita sin causa justificada el acceso a las instalaciones afectas al suministro de gas natural o electricidad contratado para inspeccionar las instalaciones o efectuar las lecturas de contador; 7) Riesgo o amenaza cierta para las personas o bienes o casos de fuerza mayor. La suspensión del suministro se comunicará al Cliente con la antelación mínima prevista en la normativa sectorial vigente, según sea el caso. Cuando la suspensión sea imputable al Cliente, éste abonará los gastos de desconexión, reconexión, y los demás derivados de la suspensión, incluidos los judiciales.
Cualquier impago relativo al presente contrato facultará a FACTOR ENERGIA a dar por vencida anticipadamente la eventual financiación otorgada al Cliente (aplicable en los casos en que el Cliente
hubiera adquirido equipos o instalaciones asociados al autoconsumo y/o a la eficiencia energética a FACTOR ENERGIA). En tales casos, dado que el pago de las cuotas de financiación se realiza mediante domiciliación bancaria junto a la factura correspondiente al suministro eléctrico del punto de suministro asociado, el impago total o parcial de dicha factura o cargo bancario que contemple dichas cuotas otorgará a FACTOR ENERGIA el derecho a suspender el suministro y/o resolver el presente contrato. Del mismo modo, FACTOR ENERGIA tendrá idéntica facultad de cancelación anticipada en el supuesto de que el Cliente cause baja por cualquier causa del presente contrato de suministro, no se prorrogue el mismo a su vencimiento o se resuelva por las causas establecidas legal o contractualmente. En cualquier caso, el Cliente perderá el beneficio del plazo otorgado en méritos de dicha financiación y deberá devolver el total importe pendiente de pago xxx xxxxxxxx, estando facultada FACTOR ENERGIA a exigir la totalidad del importe adeudado y sus correspondientes intereses en su caso.
Por otro lado, FACTOR ENERGIA podrá resolver el presente contrato de suministro en el supuesto de resolución del contrato de adquisición de dichos equipos o instalaciones y/o de su financiación asociada por las causas allí previstas.
19ª.- Reserva. Debido a que el presente Contrato es de adhesión, FACTOR ENERGIA se reserva expresamente el derecho unilateral de desistimiento del Contrato de suministro, sin mediar formalidad alguna, con anterioridad al inicio del suministro de electricidad y/o de gas natural.
20ª.- Cambio de Titularidad del Contrato. Un Cliente podrá ceder su Contrato a otro consumidor si hubiera cumplido con todos los pagos debidos, si el uso del inmueble se destina a la misma finalidad, se hubiera previamente presentado una solicitud de cambio de titularidad del Contrato que acredite la titularidad legítima sobre el punto de suministro y medie la correspondiente aceptación de FACTOR ENERGIA, quien, en su caso, gestionará ante la Empresa Distribuidora la regularización del Contrato de Acceso, a cuya efectividad quedará condicionado el citado traspaso. En este supuesto, FACTOR quedará habilitado a modificar sin previo aviso las condiciones contractuales en caso de que el nuevo titular modifique el perfil de consumo del punto de suministro, así como el volumen anual de consumo que sirvió como referencia para la aplicación del precio pactado en las Condiciones Particulares.
21ª.- Legislación y Fuero. El presente Contrato se halla sujeto a la legislación española. Todas las divergencias que pudieran surgir entre las Partes en relación con la interpretación, cumplimiento o incumplimiento de presente Contrato será tratado por los juzgados y tribunales competentes de acuerdo con la legislación aplicable. FACTOR ENERGIA le informará sobre sus derechos respecto de las vías de solución de conflictos de que disponen en caso de litigio.
A estos efectos se ofrece a los consumidores, la posibilidad de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo, que cumpla los requisitos establecidos por la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 xx xxxx de 2013 y en las disposiciones nacionales de transposición a la que FACTOR ENERGIA se encuentre adherida en las condiciones que se hubieran acordado. El presente Contrato y sus Condiciones Particulares representan la totalidad de los acuerdos adoptados entre las Partes en relación al suministro de gas natural. Se entenderá, por tanto, sustituido y sin efecto alguno cualquier otro documento, Contrato o acuerdo verbal o escrito de fecha anterior al presente Contrato.
22ª.- Cesión. El Cliente autoriza expresamente la cesión del presente contrato a favor de otra entidad de su mismo Grupo empresarial (en el sentido del art. 42 del Código de Comercio) o participada por FACTOR ENERGIA, S.A. a título de socio u accionista, sin más formalidad que la mera comunicación al Cliente. Dicha cesión se hará extensiva y alcanzará su efectividad a la domiciliación de los correspondientes recibos de pago del precio del presente contrato.
23ª.- Servicio de atención al Cliente. De conformidad con la legislación vigente, FACTOR ENERGIA pone a disposición del Cliente un teléfono gratuito de atención al Cliente, 900 649 028, y un correo electrónico, xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx, en los que poder trasladar quejas, reclamaciones, solicitudes de información o comunicaciones en relación al presente Contrato. Sin perjuicio de que puedan dirigirse también al número de fax 000.000.000 o a la dirección postal Xxxxx Xxxxxx 00 0x, 00000 Xxxxxx. En el caso de que el Cliente desee dar de baja su Contrato lo notificará por correo electrónico (xxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx), fax (000 000 000) o burofax dirigido x Xxxxx Xxxxxx 00 0x, 00000 Xxxxxx, sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 9ª.
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ANEXO I: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
1.- Servicios de Mantenimiento.
Los servicios adicionales de mantenimiento subcontratados por FACTOR ENERGIA son los que a continuación se detallan, dichos servicios podrán ser solicitados por el Cliente que los haya previamente contratado, en el número de teléfono 000 000 000. Asimismo, únicamente podrán ser beneficiarios, de los servicios de revisión de gas personas físicas:
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a) Emergencia HOGAR: Electricidad de Emergencia: Cuando, a consecuencia de una avería en las instalaciones eléctricas particulares de la vivienda habitual del Asegurado se produzca falta de energía eléctrica en toda ella o en alguna de sus dependencias, se organizará la intervención de un electricista a la mayor prontitud posible. Se aplicará la cobertura de las reparaciones siempre que dichas reparaciones sean necesarias para: protegerle frente a riesgos para la salud, Mantener la seguridad y habitabilidad de su vivienda y protegerlo, así como a las demás pertenencias de los daños causados por la avería.
En un plazo máximo de tres (3) horas desde la recepción del aviso de la avería, personal técnico acreditado acudirá a la vivienda en horario de 8:00 a 23:00. Los gastos de reparación se establecen hasta un máximo de 3 horas por intervención de las reparaciones de la red eléctrica doméstica a partir del contador, siempre que los daños que hayan dado lugar a dichas reparaciones sean a causa de cortocircuito y no hayan sido causados por una interrupción de servicios por parte del Distribuidor de electricidad. Los trabajos realizados tienen una garantía de seis meses.
El servicio engloba todos los costes de reparación: Desplazamiento, mano de obra e impuestos siempre que no superen los límites del servicio, en cuyo caso el excedente será abonado por el Beneficiario.
b) Mantenimiento GAS:
CONFORT GAS. Incluye la revisión de la caldera / calentador de gas en conformidad norma RITE RD 1027/2007 o normativa que lo sustituya, un servicio de asistencia con intervención en plazo de 24 horas (En días laborables) desde la recepción a FACTOR del aviso por el titular del Contrato y estando al corriente de pago de dicho servicio. En caso de emergencia, visita del profesional en menos de 3 horas laborables (se considerará un servicio con carácter de emergencia cuando se detecte una fuga de gas en el domicilio). El precio incluye los gastos de desplazamiento y las tres primeras horas de mano de obra, excluyendo el coste de piezas y materiales. El resto de horas de mano de obra, así como las piezas y materiales, serán facturados por EL COLABORADOR al Cliente de FACTOR, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para El Cliente de FACTOR. Máximo 3 avisos al año de asistencia. Tras la revisión
preventiva se facilitará a El Cliente de FACTOR un certificado de la revisión realizada donde se detallarán las anomalías observadas el día de la visita.
CONFORT GAS PLUS. Incluye todos los servicios y carencias descritos en el apartado CONFORT GAS y adicionalmente las operaciones a subsanar el deficiente funcionamiento de la caldera que impida obtener los resultados de rendimiento energético establecidos en el RITE. Desplazamiento, presupuesto y las tres primeras horas de mano de obra son gratuitas (estando en estas tres horas las requeridas para el diagnóstico de la avería y reparación).
CONFORT GAS PREMIUM. Dicho servicio incluye todos los servicios descritos en el apartado CONFORT GAS PLUS, y adicionalmente el Cliente de FACTOR tendrá un saldo de 150 euros por año de vigencia del Contrato, del que se irán descontando el importe de las piezas sustituidas hasta cubrir el máximo de 150 euros, una vez superado el importe de 150 euros el Cliente de FACTOR tendrá que abonar el exceso directamente a EL COLABORADOR el día del servicio. La cobertura de piezas tiene una carencia de 6 meses desde la activación del suministro de gas.
En los tres supuestos, según el alcance de los acuerdos alcanzados por FACTOR ENERGIA con la correspondiente empresa subcontratada que preste efectivamente el/los servicio/s, la revisión de la caldera/calentador de gas podrá tener una carencia de hasta 6 meses desde la activación del suministro de gas.
2.- Exclusiones.
Se excluyen expresamente del Contrato los siguientes puntos:
a) Actuaciones de elementos ubicados fuera de las instalaciones asociadas al punto de suministros del presente Contrato;
b) Xxxxxx excluidas las siguientes estancias de la vivienda: garaje, trasteros, anexos, piscina, iluminación exterior y comunidad de vecinos;
c) Instalaciones las cuales hayan sido manipulados por personas ajenas a FACTOR ENERGIA o del Servicio Técnico;
d) Materiales o repuestos empleados en la reparación de averías de equipos en los que no se encuentren piezas de repuesto en el mercado por motivos de obsolescencia o falta de fabricación.
e) Reparaciones de daños materiales ocasionados por una avería.
f) Transporte, retirada y colocación de aparatos a las Instalaciones del Servicio Técnico para su reparación.
g) Trabajos de obra civil/albañilería.
h) Calderas o equipos de más de 70 kW o más de
10 años de antigüedad, así como gasodomésticos y/o aparatos de climatización;
i) Trabajos en altura (superior a 2 metros) y cualquier actuación que no atienda al objeto exclusivo de este Contrato.
j) Trabajos que impliquen la tramitación de
Certificados Oficiales.
k) Operaciones sobre termos eléctricos y acumuladores de agua caliente que pudieran estar asociados a la instalación de distribución de agua caliente sanitaria
l) La sustitución de termostatos
m) La sustitución de radiadores
n) Están excluidas las reparaciones xx xxxxxxxx en las que esté en vigor las garantías del fabricante.
3.- Forma de pago de los servicios de mantenimiento.
La prima de los servicios adicionales de mantenimiento es DOCE (12) meses, que se prorratea de forma mensual en la factura de suministro.
4.- Penalización por baja anticipada del servicio adicional de mantenimiento.
En caso de que el Cliente solicite la baja anticipada de alguno de los servicios adicionales de mantenimiento, el mismo deberá abonar las cuotas restantes hasta completar el año de duración pactado. Si el Cliente causa baja del Contrato de suministro, salvo que el Cliente manifieste su voluntad de mantener el servicio contratado de mantenimiento, se facturará al Cliente la indicada penalización por baja anticipada.
5.- Acceso.
El Cliente facilitará el acceso al Local o Vivienda al personal debidamente acreditado por FACTOR ENERGIA. El Cliente garantiza que su instalación es accesible; se considera como no accesible y por tanto no cubierta, los elementos y/o partes de las instalaciones no visibles y/o no accesibles en el momento de la actuación por interposición de mobiliario, o cualquier otra estructura.
6.- Garantías y responsabilidades.
En el caso de que la instalación se encuentre en periodo de garantía cualquier actuación del Servicio Técnico sobre la misma puede cancelar la validez de dicha garantía original ante el Servicio Técnico Oficial. El Cliente al firmar el parte de los servicios realizados por el Servicio Técnico, queda enterado de la citada cuestión sin que pueda exigir responsabilidad alguna al mismo. No obstante, el Servicio Técnico ofrecerá una garantía de SEIS (6) meses por las reparaciones realizadas, salvo que normativamente se disponga un plazo superior.
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ANEXO I: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
La garantía comienza a partir de la finalización de los trabajos realizados y se entiende total sobre la reparación efectuada e incluye los gastos de desplazamiento, piezas y mano de obra.
Las actuaciones en la Instalación realizadas por personas ajenas a Servicio Técnico y los daños causados por dichas personas anulan la garantía de reparación, así como cualquier responsabilidad de Servicio Técnico y FACTOR ENERGIA no serán causa de responsabilidad:
a) Los fallos producidos en la instalación como consecuencia del manejo incorrecto de la misma por el Cliente o terceros;
b) Los fallos preexistentes en la Instalación;
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c) Las averías y daños producidos por causa de fuerza mayor o caso fortuito;
d) Los daños producidos por elementos ocultos y/o expresamente los producidos por un mantenimiento inadecuado;
e) El normal desgaste de la Instalación;
f) Si no resultase posible el cumplimiento de las obligaciones por causas derivadas de la propia instalación y/o ajenas en todo caso a FACTOR ENERGIA y/o Servicio Técnico.
El Cliente será el único responsable de subsanar cualquier anomalía detectada por Servicio Técnico.
7.- Resolución del Contrato de servicio de mantenimiento.
Además de las causas contempladas en las presentes Condiciones Generales, el servicio adicional de mantenimiento podrá dejar de prestarse por las siguientes causas:
a) Imposibilidad de acceso a la Vivienda por su ocupante, para prestar los servicios contratados;
b) Falta de autorizaciones administrativas que resulten preceptivas para el funcionamiento de las instalaciones del Cliente;
c) Falta de subsanación de las anomalías que
figuran en el informe emitido por FACTOR
ENERGIA para adecuar la instalación a la normativa;
d) Inexistencia de suministros de electricidad y/o gas natural en la vivienda. FACTOR ENERGIA se reserva el derecho de no actuar sobre aquellos equipos o instalaciones cuya antigüedad y estado de conservación impidan la correcta ejecución de los trabajos objeto de este Contrato. Dado que el servicio FACTOR ENERGIA no incluye en su cobertura a Comunidades de Propietarios, garajes y parkings, FACTOR ENERGIA podrá dejar de prestarlo en el momento en el que tenga conocimiento de que en el Cliente concurre tal circunstancia.
e) No obstante, FACTOR quedará eximida de cumplir con los plazos anteriormente descritos cuando concurran circunstancias geográficas, climatológicas o de fuerza mayor que impidan su cumplimiento, en cuyo caso se contactará con el Cliente a efectos de informarle de las mismas.
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XXXXX XX: DOCUMENTO DE DESISTIMIENTO
Por la presente y a través de mis datos personales, les comunico que desisto de mi Contrato de prestación del siguiente servicio (indicar CUPS asociado al punto de suministro y servicio del que se solicita desistimiento):
E | S |
E | S |
DATOS DEL CLIENTE
Formalizado el día:
de
de
Apellidos, Nombre del Cliente:
Dirección: Localidad:
CUPS ELEC:
CUPS GAS:
NIF:
Nº:
Piso:
Código Postal:
Provincia:
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A la atención de FACTOR ENERGIA, S.A., xxxxx Xxxxxx 00, 0x, 00000 Xxxxxx, fax 000 000 000 y dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx
Información relativa al Derecho de desistimiento:
El Consumidor tendrá derecho a desistir del presente Contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación alguna. El plazo de desistimiento expirará a los 14 días naturales del día de la celebración del Contrato.
Para ejercer el derecho de desistimiento, podrá usted notificarnos a FACTOR ENERGIA, S.A. domicilio en xxxxx Xxxxxx Xx 00, 00000 Xxxxxx, teléfono 000 000 000, Fax 000 000 000 y dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx, su decisión de desistir del Contrato a través de una declaración inequívoca (por ejemplo, una carta enviada por correo postal, fax o correo electrónico). Podrá utilizar el modelo de formulario de desistimiento que figura a continuación, aunque su uso no es obligatorio. Tiene usted asimismo la opción de cumplimentar y enviar electrónicamente el modelo de formulario de desistimiento o cualquier otra declaración inequívoca a través de nuestro sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx. Si recurre a esa opción, le comunicaremos sin demora en un soporte duradero (por ejemplo, por correo electrónico) la recepción de dicho desistimiento. Para cumplir el plazo de desistimiento, basta con que la comunicación relativa al ejercicio por su parte de este derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente.
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ANEXO III: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y COMUNICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
A) Gestión de los datos personales del Cliente en la prestación de nuestros servicios de suministro de energía y servicios adicionales.
Para la ejecución de nuestro contrato con el Cliente, FACTOR ENERGIA, S.A. utilizará los datos identificativos necesarios del Cliente con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el Cliente y cumplir con las obligaciones de índole contractual, negocial, contable, fiscal y administrativa.
Para ello puede ser necesario que FACTOR ENERGIA, S.A. facilite dichos datos a empresas del mismo grupo empresarial.
Conforme a lo anterior, FACTOR ENERGIA, S.A. u otra empresa del mismo grupo podrá comunicarle o enviarle por cualquier medio, incluyendo medios telefónicos, telemáticos y electrónicos (entre otros, por correo electrónico y SMS), información y/o comunicaciones de índole comercial, promocional y/o publicitaria acerca de sus productos y servicios.
R.M.B. – Hoja B-194687 – Tomo 42088 – Folio 82 - NIF A-61893871 Factor Energia, S.A. X. Xxxxxx 00, 00000 – Xxxxxx.
En los casos en que el Cliente haya contratado servicios adicionales opcionales (de mantenimiento, emergencias, etc.), o cualquier otro ofertado o comercializado por FACTOR ENERGIA, S.A., también será necesario que sus datos sean compartidos con los terceros proveedores de dichos servicios, siempre a los solos efectos de lo estrictamente necesario para la prestación de dichos servicios y con las garantías adecuadas. Por ello, dichos terceros proveedores podrán contactar con el Cliente o remitirle por cualquier medio, incluyendo medios telefónicos, telemáticos y electrónicos (entre otros, por correo electrónico y SMS), información y/o comunicaciones a tal fin.
En base a su interés legítimo, en el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago establecidas en el presente contrato, los datos relativos al impago podrán ser comunicados por FACTOR ENERGIA, S.A. a los ficheros comunes de información sobre solvencia patrimonial y crédito. El Cliente queda informado que FACTOR ENERGIA, S.A. podrá consultar los datos que sobre su persona puedan obrar en dichos ficheros.
El Cliente se obliga a comunicar inmediatamente cualquier modificación de sus datos a fin de que la información contenida en los ficheros de FACTOR ENERGIA, S.A. esté en todo momento actualizada y no contenga errores.
El Cliente puede ejercer sus derechos como interesado, dirigiendo escrito a FACTOR ENERGIA, S.A., por correo postal a c/ Orense nº 68 9º de Madrid (28020), o mediante correo electrónico dirigido a xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx. El Cliente puede solicitar el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o puede oponerse al tratamiento, o solicitar la portabilidad de los datos. Asimismo, el Cliente tiene derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Paralelamente le informamos que para contactar con el Delegado de Protección de Datos puede dirigir una comunicación a xxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
B) CONSENTIMIENTO EXPLÍCITO
Marque esta casilla si desea que FACTOR ENERGIA, S.A. pueda comunicarle o enviarle por cualquier medio, incluyendo medios telefónicos, telemáticos y electrónicos (entre otros, por correo electrónico y SMS), información y/o comunicaciones de índole comercial, promocional y/o publicitaria acerca de productos y servicios de terceros, ya sean éstos de carácter energético o no, relativos al hogar o negocio, actividades de ocio, telecomunicaciones, servicios financieros, automoción, seguros, restauración, hostelería, viajes, electrónica y afines.
Por el CLIENTE, (Firma y Sello)
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Hoja 10/10
LISTADO DE ORGANISMOS DE INTERÉS – AHORRO DE ENERGÍA Y MEDIDAS DE EFICIENCIA
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia | Estatal | X/ Xxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx | 91 432 96 00 | |
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía | Estatal | X/ Xxxxxx, 0. 00000 Xxxxxx | 91 314 66 73 | |
Agencia Andaluza de la Energía | Andalucía | X/ Xxxxx Xxxxxx x/x, Xxxx xx xx Xxxxxxx. 00000 Xxxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Dirección General de Energía y Xxxxx | Xxxxxx | Pº Xxxxx Xxxxxxx, 00. 00000 Xxxxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Dirección General de Minería, Industria y Energía | Principado xx Xxxxxxxx | Xxxxx xx Xxxxxx, 0 0x. 00000 Xxxxxx | 985 10 55 00 | |
Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, 0. 00000 Xxxxx xx Xxxxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Dirección General de Industria y Energía | Canarias | X/ Xxxxxxx, 0, 0x. 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx | 000 000 000 FAX 000 00 00 00 | |
Dirección General de Innovación e Industria | Cantabria | X/ Xxxxxx Xxxxxx, 00. 00000 Xxxxxxxxx | 000 000 000 FAX 000 00 00 00 | |
Junta de Comunidades de Castilla La Mancha | Castilla la Mancha | Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxx, XXXX | Xxxxxxxx x Xxxx | Xxxx. xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx, 00. 00000 Xxxx | 000 000 000 FAX 000 00 00 00 | |
Institut Català d’Energia, ICAEN | Cataluña | X/ Xxxxxxxx, 000, 0x xxx. 00000 Xxxxxxxxx | 00 000 00 00 FAX 000 00 00 00 | xxx00.xxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxx/xxxxx |
Agencia Valenciana de la Energía, AVEN | Comunidad Valenciana | X/ Xxxxx, Xx 0, 0x xxxxxx. 00000 Xxxxxxxx | 000 000 000 FAX 000 00 00 00 | |
Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía Gobierno de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía | Extremadura | Xxxx. Xxxx Xxxxxxx x/x. 00000 Xxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Instituto Enerxético de Galicia, INEGA | Galicia | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nº 5 (San Xxxxxx). 00000 Xxxxxxxx de Compostela | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Gobierno de La Rioja | La Rioja | X/ Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx 00-00. 00000 Xxxxxxx | 941 29 17 41 | |
Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx x Xxxxx | Xxxxxxxxx xx Xxxxxx | X/ Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx | Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx | X. Xxxxx Xxxxxxxxx 0, 0x. 00000 Xxxxxxxx | 848 425 514 | |
Ente Xxxxx de la Energía, EVE | País Xxxxx | Xxxxxxx xx Xxxxxxx, 36, 1ª planta. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. 00000 Xxxxxx | 000 00 00 00 FAX 000 00 00 00 | |
Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo. Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera | Región xx Xxxxxx | X/ Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxx | ||
Ciudad Autónoma de Ceuta | Ceuta | X/ Xxxxxxx xx Xxxxx, 00 xxxx. 00000 Xxxxx | 956 51 22 01 | |
Ciudad Autónoma de Melilla | Melilla | Plaza de España Nº 1. 00000 Xxxxxxx | 952 69 92 36 |
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