CONTRATO POR SERVICIOS NO PERSONALES
GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA
GERENCIA SUB REGIONAL DE CASTROVIRREYNA
CONTRATO POR SERVICIOS NO PERSONALES
N°. 082 – 2 007/GOB.REG.HVCA/GSRC/G.
Conste por el presente documento denominado Contrato de Locación de Servicios No Personales, que celebran de una parte la GERENCIA SUB REGIONAL DE CASTROVIRREYNA, integrante de la UNIDAD EJECUTORA 003 - CASTROVIRREYNA – HUAYTARA, con RUC. 20485935003, Órgano desconcentrado del Gobierno Regional Huancavelica, debidamente representado por su Gerente Sub Regional ING. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Identificado con D.N.I Nº 10041279, señalando domicilio legal en la Xx. Xxx Xxxxxx Xx 000 xx xxxx xxxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará LA GERENCIA SUB REGIONAL y de la otra parte el Ing. Xxxxx Xxxxxx, XXXXXX XXXXX, Identificado con D.N.I. Nº 21469292 con RUC Nº 10214692924, con domicilio habitual en el Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx 000 – Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, a quien adelante se le denominara EL CONTRATADO, bajo los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
LA GERENCIA SUB REGIONAL DE CASTROVIRREYNA, ha previsto llevar a cabo, en merito a su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2,007, la contratación de los servicios Profesionales para Supervisor de la obra: “Construcción Sala de Usos Múltiples y Cercado Perimétrico de la I.E. Nº 22006 de la Provincia de Castrovirreyna”. Responsable de la supervisión para el cumplimiento de las metas conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el Expediente Técnico.
Por lo que a fin de cumplir con dicho requisito la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna a procedido a efectuar la invitación correspondiente a profesionales para la Supervisión de la Obra indicada líneas arriba, la misma que corresponde a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 016-2007/GOB.REG-HVCA/GSRC/CEPA, que el Comité permanente de Procesos de Selección de la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna, ha formulado el cuadro comparativo de Cotizaciones Nº 01, mediante el cual se otorga como Ganador al Ing. Xxxxx Xxxxxx, XXXXXX XXXXX.
Que en mérito al Informe Nº 063 -2007/GOB.REG.GHVCA/GSRCC/ABAST.GEST.PATRIM, con proveído Nº -2007/GOB.REG-HVCA/GSRC/G, de fecha 25 de setiembre del presente año, se ha formulado el presente contrato, del indicado profesional, precediéndose a suscribir el presente documento contractual.
BASE LEGAL:
Xxx Xx 00000: Ley Orgánica del Gobierno Regional.
Ley N° 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley N° 28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 28927 Presupuesto del Sector Publico para el 2,007
D.S. N° 083-2004-PCM: Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado.
Ordenanza Regional Nº 025-2005-GOB.REG.HVCA/CR. Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional.
Resolución Gerencial Regional Nº 184 - 2007/GOB.REG.GHVCA/GSRC/G, que aprueba el Expediente Técnico de la Obra: “Construcción Sala de Usos Múltiples y Cercado Perimétrico de la I.E. Nº 22006 de la Provincia de Castrovirreyna”.
Resolución Gerencial Sub Regional Nº 196 -2007/GOB.REG-HVCA/GSRC/G, Aprobación de Bases.
Resolución Gerencial Sub Regional Nº 043 – 2007/GOB.REG.GHVCA/GSRC/G, sobre el Comité Especial Permanente de Adquisiciones.
CLAUSULA PRIMERA OBJETIVO:
El objetivo del presente contrato, es contar con los servicios del CONTRATADO, como Supervisor de la Obra: “Construcción Sala de Usos Múltiples y Cercado Perimétrico de la I.E. Nº 22006 de la Provincia de Castrovirreyna”. a fin de garantizar la correcta ejecución de la Obra.
CLAUSULA SEGUNDA: HONORARIOS
EL CONTRATADO, percibirá por sus servicios la suma total de OCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8,500.00), por el cumplimiento total de las metas, a todo costo incluido impuestos, sin derecho a incremento alguno ni beneficiario remunerativo, ni al pago de viáticos por concepto de comisión de servicio por la Supervisión de la obra, establecida en la cláusula primera del presente contrato, la cual será afectado a los gastos de supervisión de la obra indicada líneas arriba, correspondiente al presupuesto del presente ejercicio presupuestal – 2006. El mismo que será abonado de acuerdo al porcentaje de avance físico de obra, se retendrá el 15% del monto total del contrato hasta la entrega y conformidad del informe Final.
FORMA DE PAGO:
Se efectuara de acuerdo al porcentaje de avance físico mensual y previo informe de evaluación y conformidad de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Regional de Huancavelica.
El Egreso que origine el cumplimiento del presente contrato, será afectado a los Gastos de Supervisión de la Obra: “Construcción Sala de Usos Múltiples y Cercado Perimétrico de la I.E. Nº 22006 de la Provincia de Castrovirreyna”. Presupuesto correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007,
CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE PARTES
DEL CONTRATADO:
Durante la Ejecución de la Obra deberá dar estricta observancia a la Resolución Contralora Nº 195-85-CG y a la Resolución Contralora Nº 072-98-CG
Presentar los informes de avance físico financiero mensual de acuerdo al formato correspondiente, adjuntando fotos y constancias de permanencia expedida por la autoridad de lugar.
Efectuar la Supervisión Técnica administrativa in-situ en forma permanente. Tener al día el file de obra a su cargo.
Hacer cumplir las acciones de supervisión y control de calidad de los materiales de construcción y otros.
Presentar el informe final de obra y la liquidación técnica de la obra, conjuntamente con el residente de obra.
Presentar los certificados de control de calidad de la obra.
Velar por el cumplimiento del plazo de ejecución.
Permanecer en Obra en forma permanente.
Responsabilizarse de su cobertura de Seguro de Salud.
Otras acciones que le asigne el Sub Gerente de Infraestructura.
DE LA GERENCIA SUB REGIONAL:
Efectuar el pago de sus honorarios conforme a la cláusula segunda del presente contrato referido a la forma de pago.
En caso que el Contratado actúe de mala fe, que conlleve a una ejecución deficiente, la entidad contratante se reservará el derecho de iniciar las acciones legales respectivas, con el correspondiente resarcimiento económico.
CLAUSULA CUARTA: CONTROVERSIAS
De acuerdo al Articulo 41º del Decreto Supremo N° 012-2,001-PCM, cuando en la ejecución o interpretación del contrato surja entre ambas partes controversias, ésta será resuelta mediante procedimiento Administrativo, siendo la primera instancia la Gerencia Sub Regional de Castrovirreyna y última instancia el Titular xxx Xxxxxx.
CLAUSULA QUINTA: PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, la GERENCIA SUB REGIONAL, le aplicara a EL CONTRATADO una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto contractual, o del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos de cuenta, del pago final, o en la liquidación final; la penalidad se aplicara y se calculara de acuerdo a la siguiente formula:
0.10 x Monto
Penalidad diaria = -----------------------------------------
F x Plazo en días.
F = 0.40 (Plazos – ò = a 60 días) ò 0.25 (Plazos mayores a 60 días)
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Si el CONTRATADO, demuestra deficiencia, negligencia o insuficiencia en el control de las actividades que ejecuta, LA GERENCIA SUB REGIONAL, podrá solicitar el cambio de la persona o personas responsables de ello.
En atención al Articulo 223º del Reglamento, los cambios del personal calificado de EL CONTRATADO, especificado en su propuesta Técnica y que no cuente con la aprobación de la GERENCIA SUB REGIONAL, darán lugar a una penalidad de un monto equivalente al 0.25% (1/4 por ciento) del monto del contrato, que será deducido de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA
La duración del contrato es por 90 Días calendarios, (15 días para la presentación del informe final de Pre Liquidación), a partir del 24 de setiembre del presente año, No tiene derecho a ningún tipo de ampliación, estando sujeto a las penalidades establecidas en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.
CLAUSULA SEPTIMA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
EL CONTRATADO antes de suscribir el presente documento deberá presentar una DECLARACIÓN JURADA comprometiéndose a cumplir con el contrato, bajo sanción de quedar inhabilitada para contratar con el ESTADO, en caso de incumplimiento, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº. 084-2004-PCM.
CLAUSULA OCTAVO.- DE LA ESCRITURA PUBLICA
El presente contrato podrá ser elevado a Escritura Pública a pedido de cualesquiera de las partes, siendo los gastos correspondientes a cargo del CONTRATADO.
Las partes contratantes declaran estar conformes con los términos del presente contrato y sus Anexos, que detallados a continuación forman parte integrante de este.
Documentación del Proceso de Selección de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 016 – 2007/GOB.REG.HVCA/GSRC/CEPA.
CLAUSULA NOVENO.- DISPOSICION FINAL
Cualquier aspecto no considerado en las cláusulas precedentes se ceñirá a lo que establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S.Nº 083 – 2004 – PCM y su reglamento aprobado con D.S.Nº 084 -2004 – PCM. o de las disposiciones legales vigentes, según sea el caso.
Estando de acuerdo en todas y cada una de las cláusulas del presente contrato, firman ambas parte en la ciudad de Castrovirreyna, a los Veinticuatros días del mes de Setiembre del dos mil siete
POR EL CONTRATADO POR LA GERENCIA SUB REGIONAL