ANEXO I.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:
ANEXO I.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTROS DENOMINADO “SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE ARENA CON DESTINO A LAS COMISIONES FALLERAS DE LA CIUDAD DE VALENCIA, PARA LOS EJERCICIOS FALLEROS 2018 y 2019” A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
EXPEDIENTE N.º 58/2017
1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
• Es objeto del presente procedimiento el contrato de suministro y distribución de arena con destino a las Comisiones Falleras de la ciudad de Valencia
• División en Lotes: NO
• Código CPV: “1421 000-3 Arena
El contrato incluirá todas las tareas necesarias para el suministro y transporte y puesta a disposición de la arena en el lugar del término municipal de Valencia, que determine el organismo.
2.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO:
A los efectos exigidos en el artículo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego son, según el informe emitido por el Coordinador General de Junta Central Fallera, la de dotar al O.A.M. “Junta Central Fallera” de los medios necesarios para evitar los daños en el pavimento durante el acto fallero de la “cremà”.
Para ello Junta Central Fallera viene suministrando a las comisiones falleras de la ciudad de Valencia, arena, a colocar en la base de los monumentos. Junta Central Fallera, careciendo de los recursos humanos y materiales necesarios para la prestación del suministro antes definido. La carencia de estos recursos hace necesaria la contratación externa.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
El órgano competente para contratar es el Presidente Ejecutivo del Organismo Autónomo Municipal “Junta Central Fallera”, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del TRLCSP, en relación con la Resolución de Alcaldía de fecha núm. 45, de fecha 17 de julio de 2015.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO:
El plazo de duración del contrato estará comprendido en el período 1 de febrero de 2018 o desde la formalización del contrato si ésta es posterior al 1 de febrero de 2018, finalizando en cualquiera de los casos el 30 xx xxxxx de 2019. En cualquier caso la duración del contrato quedará condicionada a la existencia de consignación adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.
Prórroga: NO
El adjudicatario deberá de suministrar la cantidad de arena determinada por Junta Central Fallera en función de la clasificación xx xxxxxx y se repartirá a las diferentes Comisiones Falleras, distribuidas por toda la ciudad de Valencia.
5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
•Valor estimado: 82.661,10.-€ (IVA excluido).
•Tipo de presupuesto: Máximo estimado
•Presupuesto base de licitación: 82.661,10 euros, IVA excluido
•IVA: 17.358,90 Tipo/s: 21 %
•Presupuesto total (IVA incluido): 100.020,00
•Precio de las distintas unidades
TOTAL FALLAS | MTS. CUBICOS POR FALLA | TOTAL MTS. CUBICOS | KILOS | Num. SACOS | Núme. PALETS | PRECIO UNITARIO PALET (Valor estimado) | IVA (21%) | PRECIO PALET (IVA incluido) | PRECIO TOTAL Nº PALETS ESTIMADOS (IVA excluida) | IVA 21% | PRECIO TOTAL N.º PALETS ESTIMADOS (IVA incluido) | |
FUERA DE CONCURSO | 2 | 1 | 2 | 3000 | 120 | 2 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 137 | 29 | 166 |
DE 3ª A 8ª | 293 | 1 | 293 | 439.500 | 17.580 | 293 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 20.083 | 4.217 | 24.300 |
DE 2ª | 36 | 2 | 72 | 108.000 | 4.320 | 72 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 4.935 | 1.036 | 5.971 |
De 1ª | 36 | 3 | 108 | 162.000 | 6.480 | 108 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 7.403 | 1.555 | 8.957 |
ESPECIAL | 14 | 8 | 112 | 168.000 | 6.720 | 112 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 7.677 | 1.612 | 9.289 |
AYUNTAMI ENTO | 1 | 15 | 15 | 22.500 | 900 | 15 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 1.028 | 216 | 1.244 |
F. ARMADAS | 1 | 1 | 1 | 1.500 | 60 | 1 | 68,542 | 14,394 | 82,936 | 69 | 14 | 83 |
TOTALES | 383 | 603 | 904.500 | 36.180 | 603 | 479,794 | 100,757 | 580,551 | 41.331 | 8.679 | 50.010 |
•Anualidad 2018: 50.010,00 (IVA incluido)
•Anualidad 2019: 50.010,00 (IVA incluido) Cofinanciación: No.
Anualidad
ANUALIDAD 2018 | |||
Prtda. Prto. | BASE | IVA | TOTAL |
01.338.22199 | 41.330,55 | 8.679,45 | 50.010,00 |
41.330,55 | 8.679,45 | 50.010,00 |
ANUALIDAD 2019 | |||
Prtda. Prto. | BASE | IVA | TOTAL |
01.338.22199 | 41.330,55 | 8.679,45 | 50.010,00 |
41.330,55 | 8.679,45 | 50.010,00 |
TOTAL 2018 Y 2019 | ||
BASE | IVA | TOTAL |
82.661,10 | 17.358,90 | 100.020,00 |
6.- APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
La aplicación presupuestaria a la que se imputará el gasto del contrato es la 01.338.22199 denominada Secretaria: Suministro Arena Fallas del organismo autónomo o equivalente.
7.- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE
ORGANICA/ECONÓMICA | PROGRAMA | ANUALIDAD 2018 | ANUALIDAD 2019 |
01.22199 | 338 | 50.010,00 | 50.010,00 |
TOTAL | 50.010,00 | 50.010,00 |
La adjudicación del presente contrato queda condicionada a la existencia efectiva, en el Presupuesto del O.A.M. “JUNTA CENTRAL FALLERA” correspondiente al ejercicio señalado, del crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato.
8.- REVISIÓN DE PRECIOS:
Procede: [NO].
Habida cuenta la duración del contrato, así como lo establecido en el artículo 89 del TRLCSP, no procederá la revisión de precios durante la vigencia del mismo.
9.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN:
Tramitación anticipada: [SI]. Tramitación: ordinaria.
Procedimiento: Abierto. Artículo 157 y siguientes del TRLCSP.
Sujeto a regulación armonizada: [NO]. Sujeto a recurso especial: [NO].
• Mesa de Contratación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del TRLCSP y en el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, la Mesa de Contratación estará presidida por el Presidente del O.A.M. “Junta Central Fallera” y estará integrada por los siguientes vocales, a los cuales nombra oportunamente, como órgano de contratación competente:
- El Secretario del O.A.M. o el funcionario de la Corporación en quien delegue.
- El Interventor del O.A.M. del O.A.M.
- El Técnico de Administración General delegado por la Secretaría
- El Jefe del Servicio de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
- El Coordinador General de Junta Central Fallera.
Actuará como Secretario el Técnico de Administración General delegado por la Secretaría.
10.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN:
Garantía provisional:
Procede: [NO]. Garantía definitiva:
Procede: [SI] 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. Garantía complementaria del artículo 95 del TRLCSP:
Procede: [NO].
11.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
1º.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA, hasta un
máximo de 100 puntos, conforme al siguiente desglose:
1.1.- Mejor precio: Hasta un máximo de 100 puntos
A la mejor oferta (la más económica) le corresponderán 100 puntos (cien).
Corresponderán 0 puntos (cero) a la oferta que no presente mejora económica alguna. Para la valoración y clasificación de las ofertas se aplicará la siguiente fórmula PB0i=100xBOi/MBO
Siendo:
PBOi = Puntos por baja económica de la oferta i.
BOi= baja en tanto por ciento al tipo de licitación de la oferta i MBO = Mayor baja entre todas las ofertas
12.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de las proposiciones será el establecido de 15 DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en horas xx xxxx a dos tal como se establece en la cláusula 14.6 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
FORMA DE PRESENTACIÓN:
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados: “SOBRE Nº 1” (documentación administrativa) y “SOBRE Nº 2” (documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática), sobres que deberán cumplimentarse conforme al modelo que consta en el Anexo IX xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
13.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL.
De acuerdo con las características del presente contrato las personas o empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, en los términos y por los medios que a continuación se relacionan:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
La solvencia económica y financiera de la persona o empresa licitadora se acreditará, de acuerdo con el artículo 11.4.a del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, considerando el volumen anual de negocios del licitador/a referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos de 75.015 euros, cuantía que se corresponde con una vez y media el valor anual medio del contrato por ser su duración superior a un año.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
SOLVENCIA TÉCNICA:
La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse, de acuerdo con el artículo
11.4.b del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por los siguientes medios:
Una relación de los principales suministros realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 57.862,77 euros, equivalente al 70% del valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
Los suministros efectuados, del mismo tipo y naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
-Compromiso de adscripción de medios:
Procede: [SI]
14.- HABILITACIÓN PROFESIONAL O EMPRESARIAL.
Procede: [NO]
15.- ADMISIBILIDAD DE VARIANTES.
Procede: [NO].
16.- OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA PERSONA ADJUDICATARIA.
Procede: [NO].
17.- FORMA DE PAGO E IDENTIFICACIÓN DE LOS DATOS A INCLUIR EN LA FACTURA.
La Junta Central Fallera abonará al adjudicatario el importe del material suministrado, a partir de la fecha de recepción del mismo, contra la presentación de la correspondiente factura, en el Registro Electrónico de Facturas.
El departamento destinatario de este contrato que tiene que figurar en la factura es el O.A.M. “Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”, X.X.X.: P9625206I, Xxxx. xx xx Xxxxx, xx: 117, C.P.: 46006, Valencia.
18.- OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS.
Procede: [SI].
Las penalidades han sido tipificadas en función del retraso en la entrega de los suministros, de acuerdo con el plazo de entrega fijado.
Se calificará como incumplimiento leve:
- El retraso en la entrega del suministro en un plazo inferior a un día sobre el plazo de entrega señalado
Se calificará como incumplimiento grave:
- El retraso en la entrega del suministro en un plazo superior a dos días sobre el plazo de entrega señalado.
Se calificará como incumplimiento muy grave:
- El retraso en la entrega del suministro en un plazo superior a tres días sobre el plazo de entrega señalado.
La Junta Central Fallera podrá imponer las siguientes penalidades:
a) Hasta 1.000,00.-€ Incumplimiento leve
b) Hasta 3.000,00.-€ Incumplimiento grave
c) Hasta 5.000,00.-€ Incumplimiento muy grave
19.- OTRAS CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Procede: [NO].
20.- SUBCONTRATACIÓN.
Procede: [NO].
Porcentaje máximo de subcontratación: - %.
21.- OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Procede: [NO].
22.- PLAZO DE GARANTÍA.
Procede: [NO].
Dada la naturaleza del contrato y características del suministro, se exime del plazo de garantía, dado que cualquier deficiencia en la ejecución del mismo se pondrá de manifiesto de forma inmediata, siendo subsanada en ese momento o bien quedando resarcida la Administración mediante la incautación da la garantía definitiva y/o en su caso, la resolución del contrato.
23.- OBSERVACIONES.
• La dirección de acceso al perfil de contratante del O.A.M. “Junta Central Fallera” es la propia del Ayuntamiento de Valencia, siendo ésta: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.