ORDINARIA
Ayuntamiento xx Xxxxxx | ||||
Negociado y Funcionario ACTAS Y RESOLUCIONES | ||||
AYRZI171 | ÆAYT/JGL/19/2015 | |||
Asunto |
Acta de la sesión AYT/JGL/19/2015
6Y55552Q6E3A5X520LJP
² 6 Y5 5 5 5 2 Q6 E3 A 5 X5 2 0 L J P£ »
² 6 Y5 5 5 5 2 Q6 E3 A 5 X5 2 0 L J P£ »
ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en funciones DEL 04 XX XXXXX DE 2015
ORDINARIA
ASISTENTES
SR.ALCALDE-PRESIDENTE
D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
SRES.CONCEJALES
Por el Grupo Municipal Socialista
Xx M XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
Por el Grupo Municipal Izquierda Unida xx Xxxxxx
D. XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX Por el Grupo Municipal URAS/PAS
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX No asisten:
No hubo ausencias
SR.INTERVENTOR
X. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
SRA.SECRETARIA ACCIDENTAL
Xx XXXXXXXXXX XXXXXX FRESNO.
En Xxxxxx, en el Salón de Juntas de la Casa Consistorial, siendo las 14:05 horas del día 04 xx xxxxx de 2015, se constituye en sesión ordinaria y primera convocatoria, la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento a la que asisten los miembros reseñados, previa convocatoria formulada el día 1 xx xxxxx de 2015.
Declarada abierta la sesión por el Sr. Alcalde-Presidente, se procede a tratamiento de los asuntos relacionados en el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.- Aprobación del borrador de las actas de las sesiones anteriores de fechas 30-03-2015, 27-04-2015, 08-05-2015 y 15-05-2015.
Por enterados los Sres. Concejales del contenido de los borradores de las actas de las sesiones anteriores de fecha 30-03-2015, 27-04-2015, 08-05-2015 y 15-05-2015, se aprueban por unanimidad y en sus propios términos.
2.- Licencias de obras.
LIC/90/2015.- Licencia urbanística para acometida sobre la red existente con una longitud de 3 m.l.
NATURGAS ENERGIA DISTRIBUCION, S.A.U. A95292223
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: NATURGAS ENERGÍA DISTRIBUCIÓN SAU, con C.I.F.: A9529223;
representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, con N.I.F.: A95292223 y domicilio para notificaciones en Vizcaya, Bilbao, X/Xxxxxxx Xxxxxx, 00. Fecha de solicitud: 2 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 954.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Ejecución de 3 m. de canalización de red de gas.
- Documentación: Plano de emplazamiento y autoliquidación de tasas e ICIO.
- Presupuesto: 277,08 €.
- Emplazamiento: Barcellina.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable (SNU).
Informe técnico: Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal; favorable, con los siguientes condicionantes:
- Se depositará fianza por importe de 100 € para responder a posibles daños en la vía pública.
- Para el corte de vía pública si fuera necesario, se dará aviso a la Policía Local xx Xxxxxx, para que determine las medidas de seguridad y regulación del tráfico que procedan.
- Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997).
- La gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero.
Plazo de ejecución de las obras a efectos de caducidad de la licencia: UN MES.
Fianza: Informe de la Tesorería Municipal, de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxx por importe de 100 € para responder a posibles a daños en la vía pública, según informe del Ingeniero Técnico Municipal
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia de obras sujeta al cumplimiento de los condicionantes fijados en el informe técnico antes transcrito.
LIC/206/2015.- Licencia urbanística para cierre de finca. Xxxxxxxx 000 xxxxxxx 000. XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXX 00000000X
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: Doña Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, con D.N.I.: 02711304H y domicilio para notificaciones en Madrid, C/Torrelaguna nº 10-1º. Fecha de solicitud: 10 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 1.833.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Cierre de finca.
- Documentación: Plano de emplazamiento y autoliquidación de tasas e ICIO.
- Presupuesto: 600,00 €.
- Emplazamiento: Ayones.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable/Núcleo Rural (SNU/NR).
- Referencia catastral: 33034N00100067.
Informe técnico: Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal; favorable, con los siguientes condicionantes:
Durante el transcurso de las obras:
- Los cierres no rebasarán la altura de dos metros sobre el nivel del terreno medido a ambos lados del mismo.
- Cuando por razones paisajísticas no deba limitarse la vista de ésta, tendrá una altura no superior 0,80 metros. Cuando la edificación se encuentre en Núcleo Rural puede admitirse que el cierre de la parcela o finca se ejecute con los mismos materiales que componen la fachada de la edificación principal, no precisándose en este caso la plantación xx xxxx vivo exterior que los recubra.
- Los nuevos cierres que se realicen frente a vías públicas deberán guardar las distancias y retranqueos que sean de aplicación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley y el Reglamento de Carreteras y la LODC, así como:
- En xxxxxxx xx xxxxx xxxxx 0 xxxxxx xx xxx de la vía o 1 metros al borde del camino.
Dicho borde deberá de permanecer libre de obstáculos de cualquier tipo.
- Ningún cierre tendrá curvas, frente a vía pública, menores de 6 metros de radio.
- Junto x xxxx de caudal permanente deberán retirarse los cierres al menos a 3 metros del borde del cauce. En vaguadas x xxxxxxx estacionales, aún cuando discurran por el interior de la finca, se evitará cualquier obra de cierre o movimiento de tierras que interrumpa la normal circulación de las aguas.
- Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997).
- La gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero.
Plazo de ejecución de las obras a efectos de caducidad de la licencia: UN MES.
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia de obras sujeta al cumplimiento de los condicionantes fijados en el informe técnico antes transcrito.
LIC/172/2015.- Licencia para construcción de edifición destinada a almacén agrícola. MOZO XXXXXXXX, M MAR 00000000X
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: Xxxx Xxxxx del Xxx Xxxx Xxxxxxxx, con D.N.I.: 09720008R y domicilio para notificaciones en Xxx. Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 00 (Xxxxxx xx Xxxxxx). Fecha de solicitud: 31 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 1.616.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Construcción xx xxxxxxx agrícola.
- Documentación:
Proyecto técnico, visado con fecha 23 xx xxxxx de 2015, redactado y suscrito por el Arquitecto X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Arquitecto.
Escritura de propiedad. Cuestionario estadístico.
Justificación disponibilidad de suministro eléctrico.
Resolución de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos de fecha 6 xx xxxxx de 2014 de inscripción en el registro de explotaciones agrícolas.
Autoliquidación de tasase ICIO.
- Presupuesto: 56.040,00 €.
- Emplazamiento: Xxxxxx.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable/Interés agrario 1 (SNU/I1).
- Referencia catastral: xxxxxxxx 00 xxxxxxx 000. (33034A016006650000JZ).
Trámites e informes previos:
- Autorización de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, según acuerdo de Permanente de fecha 28 xx xxxxxx de 2014 (s. ref. CUOTA: 246/2014.XXXXXX).
- Autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias de febrero de 2015, fijando las condiciones generales y particulares para la realización de la obra (s. ref. 14/6-159).
- En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el 08 xx xxxx de 2015,
se acuerda: Xxxxx el expediente sobre la mesa, pendiente de acreditación de enganche de agua, de conformidad con lo establecido en el art. 92.1 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- Con fecha 28 xx xxxx del corriente y núm. 2.814 del registro de entrada la interesada
aporta solicitud de suministro de agua presentada ante la Parroquia Rural xx Xxxxxx y Leiján.
Informe técnico: Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal; favorable, con los siguientes condicionantes:
Durante el transcurso de las obras:
- Certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente.
- Las recogidas en la Autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias.
- Las del proyecto presentado.
- La nave tendrá una superficie de 135,38 m/2 solicitados.
- La ocupación máxima de edificaciones, para el conjunto de todos los usos presentes en la parcela no superará el 30%.
- Retranqueos de al menos 4 metros a las líneas de cierre, a caminos o carreteras locales o según establezca la Ley de Ordenación y Defensa de las Carreteras del Principado xx Xxxxxxxx (LODC).
- La edificación se destinará exclusivamente al almacenamiento de aperos, maquinaria, insumos y productos de la explotación.
- Se cumplirán las condiciones de edificación establecidas en el Capítulo 3 del PGO y que en este caso son en forma resumida:
- Altura máxima: 1 planta y 4 metros.
- Las edificaciones agrarias se adecuarán al ambiente y paisaje circundante.
- La cubierta podrá ser de materiales metálicos o fibrocemento, de colores acordes con el dominante en la zona, prohibiéndose el uso de materiales plásticos traslúcidos.
- Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997).
- La gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero.
Finalizadas las obras:
- Documento final de obra que recoja las modificaciones y presupuesto final, si las hubiera
- Documento acreditativo de haber solicitado el alta en el Gerencia Catastral (902N)
- Fotografías de la misma.
Plazo de ejecución de las obras a efectos de caducidad de la licencia: UN MES.
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
Examinado el expediente, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia de obras sujeta al cumplimiento de los condicionantes fijados en el informe técnico antes transcrito.
3.- Licencias de obras. Aprobación incial Estudio Preliminar de Impacto Ambiental.
LIC/374/2010.- Licencia para instalación de estación base de servicios de telecomunicaciones, en Xxxxx Xxxx-Xxxxxx.
VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. A80907397
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: VODAFONE ESPAÑA S.A.U., con C.I.F.: A80907397 y domicilio social en Vizcaya, Parque Tecnológico xx Xxxxxxx, edificio 205-2 planta; representada por Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, con D.N.I.: 15373738D. Fecha de solicitud: 21 xx xxxx de 2015. Número de registro de entrada: 2.672.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental para instalación de estación base de telecomunicaciones.
- Documentación:
Estudio Preliminar de Impacto Ambiental, redactado por Xxxxxxxx y Xxxxxxx y suscrito por los Biólogos Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
- Emplazamiento: Xxxxx Xxxx-Otur.
- Clasificación /calificación del suelo: No Urbanizable/Interés Forestal (SNU/I3).
Trámites e informes previos:
- Previo informe de la Arquitecta Municipal, se remite el expediente a CUOTA, dado que el artículo 512.1.q) del PGO xx Xxxxxx establece como usos autorizables “las infraestructuras de comunicación radioeléctrica en las condiciones que se señalan en el artículo 458 de estas Normas.
- Informe de CUOTA, de fecha 27 xx xxxxx de 2015, dónde se hace constar que se deberá tramitar la correspondiente Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental.
- Con fecha 21 xx xxxx de 2015 y núm. 2.672 del registro de entrada, se aporta Estudio Preliminar de Impacto Ambiental.
Informe técnico: Emitido por la Arquitecta Municipal con fecha 29 xx xxxx de 2015; favorable.
VISTO lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 38/94 de 19 xx xxxx, por el que se aprueba
el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado xx Xxxxxxxx, se somete a información pública el citado documento, así como el proyecto de la obra, mediante anuncio inserto en BOPA, Tablón de Anuncios y uno de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad Autónoma durante un período de QUINCE DÍAS NATURALES para presentación de las alegaciones que se estimen oportunas, en la forma prevista en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si no se presentase reclamación alguna durante dicho plazo se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Primero.- Aprobar el Estudio Preliminar de Impacto Ambiental citado, sometiendo a información pública el citado documento, así como el proyecto de la obra, por plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la inserción del anuncio en el BOPA para presentación de reclamaciones, las cuales serán resueltas por esta Junta de Gobierno. Ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 38/94 de 19 xx xxxx, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado xx Xxxxxxxx (PORNA).
Segundo.- Caso de que no se presente reclamación alguna, se entenderá definitivamente aprobado –sin necesidad de nuevo acuerdo– y a los efectos de que se remita para el preceptivo informe de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado xx Xxxxxxxx.
4.- Entronques a redes de abastecimiento, saneamiento y alcantarillado.
LIC/175/2014.- Licencia urbanística para construcción de vivienda. XXXXX XXXXXXXX, XXXXXX 00000000X
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesados: Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx y Doña Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con D.N.I. 09371531C y 45425112C, respectivamente, y domicilio para notificaciones en Xxxxx, Avda. Xxxxxx Xxxxxx, 4-bloque 1-4ºB. Fecha de solicitud: 9 xx xxxx de 2014. Número de registro de entrada: 2.264.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Entronque a red de saneamiento.
- Documentación: Justificante pago de tasas modelo 015.
- Emplazamiento: Xxxxxx.
Trámites e informes previos:
- En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el 14 de julio de 2014 se concede licencia de obras para construcción de vivienda.
- De Aqualia, de fecha 19 xx xxxx de 2015; favorable a la disponibilidad del entronque solicitado. Dicho informe fue revisado y estimado favorable por el Técnico Municipal, Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
Tributos: Fue satisfecho previamente, en régimen de autoliquidación, el importe correspondiente a la tasa por entronque a la red de alcantarillado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia para entronque a la red de alcantarillado.
5.- Licencias de puesta en funcionamiento.
LIC/238/2013.- Licencia de obra y apertura para apartamentos turísticos. Licencia para entronque a red de agua y red de saneamiento.
XXXXXXXX XXXXXX, XXXX XXXXXXX 00000000X
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesado: Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con D.N.I.: 10855653K y domicilio para notificaciones en Gijón, C/Xxxxxxxx Xxxxxxx, 22-6ºE. Fecha de solicitud: 01 de julio de 201. Núm. de registro de entrada: 3.476.
Datos de la obra objeto de licencia:
- Emplazamiento: Xxxxxxxxx xxx Xxxx, 00, Xxxx, Xxxxxx, Xxxxxx.
- Presupuesto de Ejecución Material declarado: 58.550’33 €
- Clasificación del suelo: Suelo No Urbano (SU).
- Calificación del suelo: Planeamiento en Ejecución: Plan Especial (PE).
- Documentación que acompaña:
Documentación en relación al final de obra:
- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 6 de febrero de 2.014, por el que se concede Licencia Municipal de Obras.
- Certificado de Final de Obra, visado por el COAA, suscrito por el Arquitecto Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx.
- Certificado suscrito por el Arquitecto Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, visado por el COAA, sobre el cumplimiento de la Normativa de Aplicación.
- Planos P01, P02, P03 y P04 de usos, cotas y alzados, relativos a diversos ajustes para el certificado Final de Obra.
- Fotografías del estado actual.
Documentación en relación a la entrada de humedad:
- Informe de la Defensa Jurídica de Seguros CASER, de fecha 11 xx xxxxx de 2.015.
- Escrito dirigido al Ayuntamiento por Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, de fecha 10 xx xxxxx de 2.015, al que adjunta Informe Pericial del Técnico del Gabinete de Defensa Jurídica de Xxxxxxx XXXXX, Xxx Xxxxxx Xxxxxx del Moral.
Trámites previos:
- En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local con fecha 6 de febrero de 2014, previos los trámites e informes oportunos, se concede licencia de obras para la
adecuación de edificio destinado a apartamentos turísticos en la carretera xxx xxxx nº 10 xx Xxxxxx.
-
VISTO el informe emitido por la Arquitecta Municipal de fecha 29 xx xxxxx de 2015, del que se extraen las siguientes consideraciones:
“[…] Realizada visita técnica de inspección con fecha 27 xx xxxxx de 2.015, se comprueba que de los tres apartamentos que se presentan para obtener el Final de Obra y la Licencia de Apertura, sólo dos cumplen con los requisitos necesarios. El denominado Apartamento 3 presenta un problema de entrada de humedad que impide su uso, y que previsiblemente se produce como consecuencia de la entrada de agua desde el espacio público situado en cota superior.
Como consecuencia, se propone otorgar el Final de Obra y la Licencia de Apertura a los Apartamentos 1 y 2, a cada uno de los cuales corresponde la superficie construida y presupuesto de liquidación final que se adjunta en la siguiente Tabla:
SUPERFICIE CONSTRUIDA | PRESUPUESTO | |
APARTAMENTO 1 | 55’79 m2 | 20.252’10 € |
APARTAMENTO 2 | 50’21 m2 | 18.225’90 € |
TOTAL: | 106’00 m2 | 38.478’00 € |
El Informe que se emite es FAVORABLE al Final de Obra y Licencia de Apertura de los Apartamentos 1 y 2. En cuanto a la situación del Apartamento 3, puesto que al parecer existe una responsabilidad compartida entre el Ayuntamiento y el particular sobre los elementos que configuran el espacio público superior, deberá darse traslado tanto al interesado como al Servicio Jurídico Municipal, para recabar toda la documentación disponible y determinar el alcance de dicha responsabilidad y a quién corresponde.”
VISTO que con fecha 28 xx xxxx de 2015, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, presenta escrito donde indica que se ha comunicado a la oficina técnica (arquitecta municipal) la reparación de las escaleras de uso municipal y la vía de agua de entrada en el tercer apartamento.
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, así como la tasa por expedición de licencia de apertura; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
PRIMERO.- Dejar el expediente sobre la mesa dado que el informe técnico que obra en el expediente se refiere al final de obra y apertura de los apartamentos números 1 y 2, quedando pendiente de informe el apartamento número 3.
SEGUNDO.- Requerir a la Arquitecta Municipal para que en el plazo xxxxxx xx xxxx días siguientes al recibo del presente acuerdo emita informe sobre final de obra y licencia de apertura del apartamento número 3.
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo al interesado, dando traslado del mismo a la Arquitecta Municipal.
6.- Cambios de titularidad de licencias de apertura
LIC/165/2015.- Licencia urbanística para cambio de titularidad de "Casa Consuelo" a nombre de Casa Consuelo S.L.
CASA CONSUELO S.L.
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: Casa Consuelo S.L., con C.I.F.: B33070947 y domicilio para notificaciones en El Piniello de Otur (Xxxxxx); representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, con D.N.I.: 11301317Z. Fecha de solicitud: 26 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 1.515.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Cambio de titularidad de local destinado
- Documentación: Conformidad del anterior titular y autoliquidación de tasas por cambio de titularidad.
- Emplazamiento: El Piniello de Otur.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable/Núcleo Rural (SNU/NR).
Antecedentes:
- Por Resolución 447/99 de la Alcaldía de fecha 7 de septiembre de 1999 se concede licencia de obra para reparación de bar (Expte. de licencias 100/98).
Informe técnico: De la Arquitecto Técnico Municipal; favorable al cambio de titularidad sin realización de obras, no exigiendo actividad municipal de comprobación y verificación de las condiciones necesarias para mantener la licencia de apertura original.
Tributos: Fue satisfecho previamente, en régimen de autoliquidación, el importe correspondiente a la tasa por el cambio de titularidad interesado.
VISTO que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, las licencias relativas a una instalación serán transmisibles siempre y cuando el antiguo y nuevo titular lo comunique a la Corporación, sin lo cual ambos quedarían sujetos a todas las responsabilidades que se deriven para el titular.
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Autorizar del cambio de titularidad de local destinado a hostelería, sito en El Piniello de Otur (Xxxxxx), a favor de Casa Consuelo S.L., con C.I.F.: B-33070947.
7.- Proposición de asuntos a incluir fuera del orden del día.
CON/21/2015.- Contrato de servicios de limpieza de playas y refuerzo de servicio de limpieza viaria.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX P3303400J
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
VISTOS los antecedentes del expediente, de los que se da cuenta:
1.- Consta en el expediente informe justificativo de inicio, donde se justifica la necesidad de acometer la contratación.
2.- Figura en el expediente pliego de prescripciones técnicas redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola Municipal, con un presupuesto base de licitación (IVA excluido) de:
1º LOTE 1 - Limpieza de playas durante los meses de julio y agosto. Cuyo valor total se estima en 21.120,00 €.
9.600,00 €/mes | 2 meses (julio y agosto) | 19.200,00 € |
960,00 (IVA 21%) | 2 meses (julio y agosto) | 1.920,00 € |
10.560,00 | 21.120,00 € |
2º LOTE 2 - Limpieza viaria durante periodo del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre y limpiezas especiales en festivos. Cuyo valor se estima I.V.A. incluido en 58.053,60 €.
FECHA | OBSERVACIONES | Horas estimadas de prestación del Servicio | Precio Hora € | Total € |
1/6 AL 14/8 | 2.100 | 12 | 25200 | |
15/8 AL 30/8 | Limpiezas especiales fiestas xx xxxxxx | 000 | 00 | 0000 |
31/8 AL 31/12 | 1668 | 12 | 20016 | |
SUMA | 52776 | |||
I.V.A. 10% | 5277,6 | |||
TOTAL | 58.053,60 |
Se establecen como criterios de valoración:
LOTE 1
La oferta económica, es decir el menor precio mensual ofertado, sobre el tipo máxima de licitación establecido, I.V.A. excluido, es decir, 9.600,00 €.
Mejor oferta económica. Valorándose con 29 puntos la oferta más ventajosa hasta el 10% de baja, con 0 puntos el tipo, interpolándose linealmente el resto de ofertas.
Las bajas mayores del 10% se valoran con 1 punto para la oferta más ventajosa mayor del 10% de baja, y con 0 puntos la baja del 10%, interpolándose linealmente el resto de ofertas.
Además, se valorará el aumento del tiempo de prestación del servicio en el LOTE 1, en limpieza de playas hasta el 15 de septiembre, valorándose con 30 puntos el mayor aumento en días (máximo 15 de septiembre), con 0 puntos el tiempo de prestación recogido en el pliego, (hasta el 31 xx xxxxxx), interpolándose linealmente el resto de ofertas.
LOTE 2
En el Lote número 2; limpieza viaria el menor precio hora ofertado siendo el máximo precio hora de 12€ sin I.V.A. el computo total anual de horas no podrá exceder de 4.398 horas es decir sin I.V.A. 52.776,00 €.
Mejor oferta económica. Valorándose con 29 puntos la oferta más ventajosa hasta el 10% de baja, con 0 puntos el tipo, interpolándose linealmente el resto de ofertas.
Las bajas mayores del 10% se valoran con 1 punto para la oferta más ventajosa mayor del 10% de baja, con 0 puntos la baja del 10%, interpolándose linealmente el resto de ofertas.
3.- Figura pliego de cláusulas administrativas particulares que ha de regir la licitación, adjudicación y ejecución del presente contrato junto con el pliego técnico, por procedimiento negociado sin publicidad.
Existe consignación presupuestaria para afrontar el gasto en las aplicaciones del presupuesto municipal:
— Limpieza de playas en el término municipal xx Xxxxxx (Lote 1): 17001.22799
— Xxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxxx xx xx xxxxx xx Xxxxxx x xxxx xx Xxxxxx (Xxxx 2): 16300.22799.
4.- Con fecha 19 xx xxxx de 2015, se dispuso la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante. A su vez, se cursó invitación a las siguientes empresas: FCC, Construcciones Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, ALVAC y URVIOS.
VISTA el acta de la Mesa de Contratación de fecha 1 xx xxxxx de 2015, donde se da cuenta de las ofertas presentadas, a saber: “XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX”, “FCC” y
“TRANSPORTES Y MAQUINARIA XXXXXXX, S.L, y donde se comprueba que la documentación administrativa presentada por las empresas antes citadas, es conforme a las prescripciones xxx xxxxxx administrativo. En virtud de lo anterior, se procedió a la apertura del sobre B de oferta económica dando el siguiente resultado:
EMPRESA | OFERTA ECONÓMICA |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX. | Lote 1: IMPORTE MENSUAL: 7814,40 € (IVA EXCLUIDO) Lote 2: IMPORTE HORA: 10,60 € (IVA EXCLUIDO). Se hace constar que en la proposición económica presentada por Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx contiene un modelo denominado “oferta de negociación”. Dado que el modelo del anexo II de proposición económica presentado por Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx es acorde al modelo xxx xxxxxx administrativo, la mesa de contratación acuerda admitir la propuesta económica presentada. Si bien, no se tiene en cuenta las mejoras ofertadas dado que las mismas serán objeto de negociación posterior. |
FCC | Lote 1: IMPORTE MENSUAL: 8.638,08 € (IVA EXCLUIDO) Lote 2: IMPORTE HORA: 10,79 € (IVA EXCLUIDO) |
TRANSPORTES Y MAQUINARIA GONZALO | Se excluye de la negociación dado que el modelo de oferta económica presentado no se ajusta al modelo del anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Al respecto la cláusula 10.5 xxx xxxxxx administrativo indica que la proposición económica ha de ajustarse estrictamente al modelo del anexo II. |
En consecuencia la mesa de contratación acuerda rechazar la oferta presentada por la empresa “TRANSPORTES Y MAQUINARIA XXXXXXX, S.L”, dado que la proposición económica presentada no se ajusta al modelo del anexo II.
Conforme a lo establecido en la cláusula 11 xxx xxxxxx administrativo, la mesa de contratación acuerda iniciar el proceso de negociación a los efectos de identificar la oferta que sea más ventajosa para el Ayuntamiento.
VISTA el acta de la Mesa de Contratación de fecha 4 xx xxxxx de 2015, donde se procedió a la apertura de los sobres de mejoras presentados por los licitadores que a continuación se recogen:
▪ XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, presenta sobre de mejoras para los lotes 1 y 2.
▪ FCC, presenta sobre de mejoras para los lotes 1 y 2.
Se da cuenta de las mejoras presentadas por los licitadores:
▪ XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX:
LOTE Nº 1: Aumento tiempo de prestación del servicio: 15 días naturales (máximo 15 de septiembre).
LOTE Nº 2.
Limpieza a mayores mediante vehículo baldeadora autopropulsada: 62 días naturales
Aumento horas gratuitas de prestación del servicio: 100 horas de aumento (máximo 100 horas)
Aumento de limpieza diaria con mangueras adicionales a la obligatoria en el periodo de 0 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxx:
Nº operarios con manguera adicional en jornada completa de siete horas: 2 operarios
Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados, la cual habrá de estar completada antes del día 31 de julio. (Los licitadores deberán marcar con una X los apartados respecto de los cuales se comprometen a su ejecución):
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en el barrio de la Pescadería.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Xxxxxxxxxxx.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Cambaral.
▪ FCC: LOTE Nº 1:
Aumento tiempo de prestación del servicio: 15 días naturales (máximo 15 de septiembre).
LOTE Nº 2:
Limpieza a mayores mediante vehículo baldeadora autopropulsada: 20 días naturales Aumento horas gratuitas de prestación del servicio: 50 horas de aumento (máximo 100 horas)
Aumento de limpieza diaria con mangueras adicionales a la obligatoria en el periodo de 0 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxx:
Nº operarios con manguera adicional en jornada completa de siete horas:0,31 operarios
Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados, la cual habrá de estar completada antes del día 31 de julio. (Los licitadores deberán marcar con una X los apartados respecto de los cuales se comprometen a su ejecución):
□ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en el barrio de la Pescadería.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Xxxxxxxxxxx.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Cambaral.
Conforme a lo anterior se asignan las siguientes puntuaciones:
Oferta económica lote 1 | Oferta económica lote 2 | Lote 1 mejoras | Lote 2 mejoras | TOTAL | |
FCC | 29,0023 | 29,0500 | 30 | 25,05 | 84,0523 |
XXXXXX XXXXXXXX | 30 | 30,00 | 30 | 58,60 | 118,600 |
En virtud de lo anterior, la mesa de contratación formuló propuesta de adjudicación a favor de Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx respecto de los dos lotes en que se divide el objeto del contrato es decir, lote 1 “limpieza de playas en el término municipal xx Xxxxxx” y lote 2 “refuerzo de limpieza vial”.
VISTAS las disposiciones legales de aplicación, esencialmente contenidas en la cláusula
12.5 xxx xxxxxx que rige la contrata y, en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, según el cual el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
VISTO lo establecido en la cláusula 12.3 xxx xxxxxx administrativo, donde se indica que dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se recoge en la citada cláusula.
VISTO lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local, por Resolución de la Alcaldía nº 686/2013, de 2 xx xxxxxx
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Primero.- Formular propuesta de adjudicación a favor de la empresa “Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx”, con DNI: 00.000.000-D, con domicilio en Bustiello xx Xxxxxxx, s/n (Xxxxxx), respecto de los dos lotes en los que se divide el objeto del contrato, es decir lote 1 “limpieza de playas en el término municipal xx Xxxxxx” y lote 2 “refuerzo de limpieza vial”,y en los términos de su oferta:
LOTE Nº 1:
IMPORTE MENSUAL: 7814,40 € (IVA EXCLUIDO)
Aumento tiempo de prestación del servicio: 15 días naturales (máximo 15 de septiembre).
LOTE Nº 2:
IMPORTE HORA: 10,60 € (IVA EXCLUIDO).
Limpieza a mayores mediante vehículo baldeadora autopropulsada: 62 días naturales
Aumento horas gratuitas de prestación del servicio: 100 horas de aumento (máximo 100 horas)
Aumento de limpieza diaria con mangueras adicionales a la obligatoria en el periodo de 0 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxx:
Nº operarios con manguera adicional en jornada completa de siete horas: 2 operarios
Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados, la cual habrá de estar completada antes del día 31 de julio. (Los licitadores deberán marcar con una X los apartados respecto de los cuales se comprometen a su ejecución):
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en el barrio de la Pescadería.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Xxxxxxxxxxx.
⌧ Limpieza extraordinaria con hidrolavadora y productos de limpieza adecuados en la calle Cambaral.
Segundo.- Requerir a la empresa “Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.” con DNI: 00.000.000-D, con domicilio en Bustiello xx Xxxxxxx, s/n (Xxxxxx), al ser la oferta más ventajosa respecto de los dos lotes, para que en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, todo ello en los términos recogidos en la cláusula 12.3 xxx xxxxxx administrativo.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
Tercero.- Rechazar la oferta presentada por la empresa “TRANSPORTES Y MAQUINARIA XXXXXXX”, al haber presentado su proposición económica sin ajustarse escrupulosamente al modelo del anexo II y por las razones que se recogen en los antecedentes del presente.
Cuarto.- Nombrar responsable del presente contrato a D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Ingeniero Técnico Agrícola Municipal.
Xxxxxx.- Xxxx traslado a “XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX”, xx ser propuesto como adjudicatario, y al resto de empresas que han presentado oferta, es decir “FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS” y “TRANSPORTES Y MAQUINARIA
XXXXXXX, S.L”; dando traslado a D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx e Intervención de Fondos.
DMJ/5/2015.- convenio colaboracion oficina joven 2015 INSTITUTO ASTURIANO DE LA JUVENTUD
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
VISTOS los términos del Convenio de colaboración entre el Principado xx Xxxxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxxx para la prestación de servicios de promoción y participación de la población joven, con fecha 27 xx xxxx de 2015.
VISTO que el citado Convenio –con vigencia hasta el 31 de enero de 2016, sin perjuicio de su vigencia económica se extenderá por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015– tiene por objeto, establecer las condiciones de colaboración entre ambas administraciones para la prestación de los servicios de promoción y participación de la población joven y contra la exclusión social, favoreciendo su acceso a la información, orientación asesoramiento y documentación de la forma más próxima, adecuada e igualitaria. Aportando la Comunidad Autónoma para el funcionamiento de la Oficina Joven objeto del convenio la cantidad de 14.669 €.
VISTO el informe elaborado por la Secretaria accidental relativo a las competencias municipales.
VISTO que, de conformidad con la Resolución de la Alcaldía nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 23 xx xxxxxx), esta competencia ha sido delegada en la Junta de Gobierno Local.
Conforme a ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD, ACUERDA:
Primero.- Aprobar el citado Convenio de colaboración en los términos remitidos, autorizando al Sr. Alcalde-Presidente a su firma.
Segundo.- Dar traslado a la Concejala Delegada en materia de juventud, responsable del servicio e Intervención de Fondos.
SEC/65/2015.- Subvención para la promoción y desarrollo de la protección de los consumidores y usuarios. Año 2015.
CONSEJERIA DE SANIDAD
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
Mediante anuncio publicado en el BOPA, número 111, de 15 xx xxxx de 2015, se hace pública la resolución de 23 xx xxxxx de 2015, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las entidades locales correspondientes al ejercicio 2015, por parte de la Consejería de Sanidad.
Consta incorporado al procedimiento solicitud de subvención del Ayuntamiento xx Xxxxxx a la Consejería de Sanidad para el ejercicio 2015, respecto de la LÍNEA 1: Promoción y Desarrollo de la Protección de los consumidores y usuarios.
VISTO que el importe total de gastos de funcionamiento, personal y actividades de los servicios locales de consumo del Ayuntamiento xx Xxxxxx para el año 2.015 asciende a la cantidad de treinta y un mil quinientos cincuenta y un euros (31.551). El desglose es el siguiente:
Gastos de personal: 27.001 euros. Gastos de funcionamiento: 1.990 euros. Gastos de actividades: 3.000 euros.
VISTA la relación de actividades a realizar:
▪ Actividades dirigidas al asesoramiento, formación e información a los consumidores y usuarios en materia de consumo:
Actuación 1: Charlas de seguridad y consumo: 6 horas.
Actuación 2: Jornada de salud y consumo:
Charlas de salud: Dieta saludable. Duración de la actividad: 3 horas. Importe de la actividad: 250 euros.
Sesión informativa: campaña para la eliminación de la cláusula Suelo de la hipoteca. Duración: 1:30 horas.
Charla – coloquio: Resultados obtenidos del estudio elaborado sobre conocimiento, interés y expectativas de consumo y producción
Ecológica. Duración 1:30 horas.
Sesión informativa: Cláusula suelo de la hipoteca y actual situación xxx xxxxxxx del sector eléctrico. Duración 2 horas.
Charlas sobre consumo. Duración: 3 horas. Importe de la actividad: 250 euros.
La duración total de las sesiones informativas que se engloban en la actuación 2: Jornadas de Salud y Consumo, será de 11 horas.
Actuación 3:
Talleres y charlas de economía doméstica. Duración: 12 horas. Importe de la actividad: 1.200 euros.
Talleres de salud en el ámbito escolar: obesidad infantil. Su prevención. Hábitos saludables de alimentación y nutrición en la infancia y adolescencia. Duración: 10 horas. Importe de la actividad: 1.180 euros.
Actuación 4: XXIX Concurso de escaparates navideños. Importe de la actividad: 120 euros.
Actuación 5: Realización de campañas informativas, edición de folletos, publicidad y promoción de actividades con destino a la protección de los derechos de los consumidores. Edición de folleto informativo relativo a la xxxxxxx xx Xxxxxxx.
Actuación 6: Colaboración con las actividades, actuaciones, reuniones, programación del servicio de consumidores de la dirección general de salud pública, así como de los distintos organismos, instituciones, centros o asociaciones que tengan como finalidad la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.
Reparto de hojas de reclamaciones a través de la OMIC.
Asistencia por parte de personal de las OMICs a las actividades de coordinación técnica y formativas desarrolladas en la Dirección General de Salud Pública.
Colaboración con otros órganos, centros, instituciones, asociaciones y demás entidades en materia de consumo.
VISTO que el importe total de gastos del Servicio de Consumo para el año 2.015 asciende a la cantidad de 31.551 euros.
VISTO que el importe de subvención solicitada para el año 2015 asciende a la cantidad de
25.240 euros.
VISTO lo dispuesto en el art. 184 del R.D. Leg 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como lo establecido en los arts 54 a 60 a del R.D. 500/1990, de 20 xx xxxxx y considerando lo establecido con carácter general en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
VISTO que la competencia le corresponde a la Junta de Gobierno Local en virtud de la Resolución de la Alcaldía nº 686/2013, de 2 xx xxxxxx, según el cual corresponde a la Junta de Gobierno Local solicitud de subvenciones o ayudas económicas a otras entidades u organismos públicos y privados, con destino a programas o servicios municipales, cuando su importe supere los 3000 euros así como la formalización (aprobación) de los convenios cuyo presupuesto, considerando el conjunto de sus aportaciones supere la citada cuantía.
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Primero.- Concurrir a la convocatoria de subvenciones promovidas por la Consejería de Sanidad, mediante resolución de 15 xx xxxx de 2015, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las entidades locales correspondientes al ejercicio 2015, respecto de la LÍNEA 1: Promoción y desarrollo de la protección de los consumidores y usuarios.
Segundo.- Aprobar la solicitud/proyecto de concesión de subvención con destino a la Línea 1, formulada por el Servicio de Consumo del Ayuntamiento xx Xxxxxx, y con el siguiente desglose:
▪ El importe de subvención solicitada para el año 2.015 es de 25.240 euros.
▪ El importe total de gastos del Servicio de Consumo para el año 2.015 asciende a la cantidad de 31.551 euros.
Tercero.- Aprobar el proyecto detallado del destino de la ayuda conforme a la relación de actividades cuyo desglose se recoge en los antecedentes del presente y en sus propios términos.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo, remitiendo toda la totalidad de documentación exigida en las bases de la convocatoria a la Consejería de Sanidad del Principado xx Xxxxxxxx, a los efectos oportunos, dando traslado del mismo a la Concejala Delegada de Consumo y responsable de la OMIC.
LIC/295/2014.- Licencia urbanística para instalación de horno crematorio. FUNERARIAS XXXXXX B33573403
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: XXXXXXXXXX XXXXXX S.L., con CIF: X00000000 y domicilio social en Xxxxxx (Xxxxxx); representada por Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, con D.N.I.: 45427272H. Fecha de solicitud: 10 xx xxxxx de 2014. Núm. de registro de entrada: 2.989.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Instalación de horno crematorio.
- Documentación:
Proyecto técnico, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales xx Xxxxxx y La Rioja, suscrito por Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Ingeniero Industrial.
Autoliquidación de tasas e ICIO.
Con fecha 20 xx xxxx de 2015 aporta proyecto básico y de ejecución, visado, redactado y suscrito por el Arquitecto Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxx.
- Presupuesto de ejecución material de la instalación de horno: 80.000,00 €.
- Presupuesto de ejecución material de obra civil complementaria: 12.515,44 €.
- Emplazamiento: Xxxxxx.
- Clasificación/calificación del suelo según el Plan General vigente: No Urbanizable/Interés Agrario tipo 1 (SNU/I1).
- Referencia catastral: 33034014004590001KE.
-
Trámites previos:
- Incoado expediente de actividades clasificadas en virtud de Decreto de la Alcaldía de fecha 24 xx xxxxx de 2014.
- Se practica información pública mediante anuncio en el BOPA nº 157 de fecha 8 de julio de 2014, así como en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y con notificación individual a colindantes; presentándose sendas alegaciones por parte de Xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
- Informes de la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo de fecha 7 de julio de 2014 y de la Dirección General de Salud Pública de fecha 11 de julio de 2014.
- Informe de la Permanente de CUOTA de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 (x. ref.
CUOTA. 395/2014).
- Informe del Servicio de Gestión Ambiental y Cambio Climático del Principado xx Xxxxxxxx calificando la actividad de molesta (por ruido y vibraciones), insalubre y nociva (por enfermedades infecto-contagiosas, emisiones a la atmósfera y vertido de aguas residuales) y peligrosa (por acumulación de líquidos inflamables) y fijando las medidas correctoras oportunas. (S. ref. AC-2015/002628).
Informe técnico: Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, conforme al cual:
Según lo dispuesto en el Plan General de Ordenación (PGO) del xxxxxxx xx Xxxxxx vigente, aprobado definitivamente por la CUOTA en Comisión Ejecutiva, en su sesión de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXX 00-00-0000), xx xxxxxxx de referencia se sitúa en Suelo No Urbanizable de Interés Agrario Tipo 1 (I1).
Se solicita la adecuación de un local para instalación de un horno crematorio, lo que supone la ejecución de obras en el interior de una edificación existente, que se entiende amparada por licencia municipal de obras y apertura. Las nuevas actuaciones se llevarán a cabo en la planta semisótano, donde se incorporan cuatro nuevos locales: Cuarto de instalación del horno, cuarto de instalación del depósito, sala de familiares y sala de introducción del féretro. Además, se implanta una chimenea en el exterior, adosada a la fachada norte del edificio, conectada con el horno crematorio a través de de uno de los huecos preexistentes.
En relación con la instalación exterior de la chimenea, que arranca desde el suelo apoyándose sobre una xxxxxx de hormigón armado, deberá tenerse en cuenta que cuando en una parcela se autorizan construcciones, y es necesaria la realización simultánea de movimientos de tierra, éstos deberán respetar las condiciones contenidas en el artículo 472 del PGO:
- Ningún desmonte o terraplén tendrá una altura superior a 3 m.
- Si fueran necesarias dimensiones superiores, deberán establecerse soluciones escalonadas, con desniveles no superiores a 2 m. y las pendientes que la morfología del terreno requiera para su natural consolidación.
- Todo edificio deberá separarse de la base o coronación de un desmonte o terraplén una distancia mínima de 3 metros.
- Además, se respetarán los niveles de terreno entre linderos con otras parcelas, excepto que se actúe de común acuerdo. Los taludes de transición entre el nivel del terreno en otras parcelas y el de la propia no podrán hacerse con inclinación mayor de 30º (57’74% de pendiente) y en todo caso, se resolverá en terreno propio la circulación de aguas superficiales procedentes de la lluvia si el movimiento de tierras altera el régimen existente de circulación de esas aguas.
En todo caso, quedarán prohibidos los movimientos de tierra que no estén motivados por su necesidad, y aquellos que resulten permitidos se realizarán creando el menor impacto ambiental posible. Si hubiesen de ir más allá de los contenidos en el proyecto presentado, se aportará documentación complementaria (perfiles del terreno, mediciones, etc.), en orden a valorar una posible ampliación de Licencia.
Con fecha 12 xx xxxx de 2.015, el Servicio de prevención Ambiental y Cambio Climático informa Favorablemente el expediente y califica la actividad como Molesta (por ruido y vibraciones), Insalubre y Nociva (por enfermedades infecto-contagiosas, emisiones a la atmósfera y por vertido de aguas residuales) y Peligrosa (por acumulación de líquidos inflamables), señalando una serie de medidas correctoras que habrán de respetarse.
Tal como dispone el artículo 579 del ROTU, en los accesos a las obras sujetas a licencia urbanística que requieran la presentación de un proyecto técnico, los promotores tienen la obligación de instalar carteles informativos y de mantenerlos durante el tiempo que duren las obras, respetando las siguientes reglas:
a) Debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del promotor, del proyectista, del constructor y de los directores de obra. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
b) Deben ubicarse en lugares visibles desde la vía pública, pero sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Proyecto presentado, debiendo respetarse las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que:
• Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar:
- Oficio de Dirección de Obra suscrito por técnico competente, con el correspondiente visado colegial.
- Cuestionario de Estadística.
• Durante el transcurso de las obras:
- Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997).
- La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados.
- De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local.
• Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación:
- Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes.
- Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras.
- Fotografías del estado final.
- Importe de la liquidación final.
- Con carácter previo a la utilización de las nuevas instalaciones, deberá solicitar y obtener Licencia de Actividad, aportando para ello:
1. Documentación acreditativa de la conformidad con las exigencias de las compañías suministradoras de las acometidas y redes de agua, gas, electricidad, etc. ejecutadas.
2. Acreditación de haber presentado ante la Dirección General del Catastro el modelo 902, que puede ser cumplimentado desde cualquiera de los puntos de información catastral ubicados en la Casa Consistorial.
Los desperfectos que pudieran ocasionarse como consecuencia de la ejecución de las obras en espacios o bienes de dominio público deberán ser reparados y correrán a cargo del solicitante. Igualmente, correrán a cargo del solicitante los gastos derivados de las acometidas de conexión y de las distintas infraestructuras.
El presente Informe no prejuzga ni permite prescindir de cualesquiera otros informes y/o autorizaciones que fueran necesarios con arreglo a la normativa sectorial de aplicación (turismo, carreteras, ferrocarriles, costas, etc.) y cuya oportuna obtención, cuando resulte preceptiva, deberá ser gestionada por el propio interesado.
Plazo de ejecución de la obra a efectos de caducidad de la Licencia: 3 meses.
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR CUATRO VOTOS A FAVOR (TRES DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA Y UNO DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA XX XXXXXX) Y UN VOTO EN CONTRA DEL GRUPO MUNICIPAL URAS/PAS ACUERDA:
Dejar el expediente sobre la mesa al amparo del artículo 92.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dejando pendiente su discusión para la siguiente sesión.
LIC/629/2014.- Licencia para tala xx xxxxxx (polígono 4-parcela 388). HERMANOS XXXXXX XXXXX CB E33460577
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: HERMANOS XXXXXX XXXXX CB, con C.I.F.: E33460577; representada por Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, con D.N.I.: 53515401J y domicilio para notificaciones en Almuña, Barrio de La Espinera. Fecha de solicitud: 16 xx xxxxx de 2015. Núm. de registro de entrada: 1.956.
Datos de la solicitud:
- Descripción: Devolución de fianza depositada para tala xx xxxxxx.
- Emplazamiento: Villademoros.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable/Xxxxx. (SNU/C).
- Referencia catastral: 33034A004003880000JR.
Trámites previos:
- Con fecha 15 de diciembre de 2014 emite informe la Tesorería Municipal haciendo constar que se ha depositado fianza por importe de 500,00 €, para garantizar la correcta reposición de los elementos del vial afectados.
- En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local con fecha 18 de diciembre de 2014 se concede licencia para la realización de la tala.
- Con fecha 23 xx xxxxx de 2015 emite informe la Policía Local manifestando que el camino quedó en perfecto estado.
Informe técnico: Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal, a la vista de los informes previos antes citados; favorable a la devolución de fianza interesada.
VISTO que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 0 xx xxxx xx 0000, xx xxxxxx:
“Dejar el expediente sobre la mesa, hasta que se incorpore informe pertinente de la Policía Local concretando el camino y con fotos del estado del mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 92.1 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.”
VISTO que con fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxx xxxxxxx fotografías de los caminos utilizados para la saca xx xxxxxx realizada por la empresa Hermanos Xxxxxx Xxxxx. Del mismo modo indica que no existen desperfectos tal y como consta en el parte de servicio de fecha 22 xx xxxxx de 2015.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
Examinado el expediente, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Dejar el expediente sobre la mesa, solicitando del Ingeniero Técnico Agrícola Municipal la realización de una visita de comprobación del estado de los caminos utilizados. A cuyo efecto deberá emitirse informe técnico donde se defina el estado de los caminos utilizados para la saca xx xxxxxx y en consecuencia se especifique si procede o no la devolución de la fianza solicitada.
LIC/245/2013.- Licencia urbanística para construcción de tanatorio y apertura del mismo. Expte. relacionado PLA/42/2013, Estudio de Implantación.
FUNERARIAS DEL OCCIDENTE DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX B33215880
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia que se produce por unanimidad y con el quórum de la mayoría absoluta legal, conforme lo establecido en el artículo 83 del ROF.
VISTOS los antecedentes del expediente:
Interesada: Funerarias Occidente del Principado xx Xxxxxxxx S.L., con C.I.F.: B33215880 y domicilio social en Jarrio (Coaña); representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con D.N.I.: 76937644E. Fecha de solicitud: 4 de julio de 2013. Núm. de registro de entrada: 3.712.
Datos de la solicitud objeto de licencia:
- Descripción: Obra y apertura de edificación destinada a tanatorio.
- Documentación:
− Proyecto básico y de ejecución y oficio de dirección de obra, visados por el COAA, suscritos por Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Arquitecto.
− Copia de escritura de agrupación, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx
− Justificante de disponibilidad de energía eléctrica por parte de la compañía suministradora, E.on.
− Factura emitida por Aqualia, de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxxx xx xxxx.
− Cuestionario de Estadística.
− Autoliquidación de tasas e ICIO.
- Presupuesto: 418.670 €.
- Emplazamiento: Valtravieso.
- Clasificación/calificación del suelo: No Urbanizable/Núcleo Rural (SNU/NR).
Trámites e informes previos:
- Autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xxxxxxx las condiciones generales y particulares para la realización de la obra (s. ref. 13/1-024).
- Informe favorable del Estudio de Implantación de edificio emitido por la CUOTA en Permanente de fecha 9 de octubre de 2014 (s. ref. CUOTA. 427/2013 XXXXXX).
- Acuerdo plenario de fecha 16 de diciembre de 2015 de aprobación definitiva del estudio de implantación (expte. relacionado PLA/42/2013).
- Informe favorable del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de fecha 19 de enero de 2015, calificando la actividad de molesta (por ruido, vibraciones y olores) e insalubre y nociva (por enfermedades infectocontagiosas y por vertido de aguas residuales) y fijando las oportunas medidas correctoras. S. ref. AC-2014/029137.
- Informe de la Tesorería Municipal de fecha 00 xx xxxx xxx xxxxxxxxx haciendo constar el ingreso de la cantidad de 20.933,50 € en concepto de canon.
Informe técnico: Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, conforme al cual:
Según lo dispuesto en el Plan General de Ordenación (PGO) del xxxxxxx xx Xxxxxx vigente, aprobado definitivamente por la CUOTA en Comisión Ejecutiva, en su sesión de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXX 00-00- 0000), xx xxxxxxx de referencia pertenece a Suelo No Urbanizable de Núcleo Rural (SNU-NR).
Se pretende la construcción de una edificación destinada a Tanatorio, para lo que previamente se ha tramitado un Estudio de Implantación, aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 16 de diciembre de 2.014. Ello incluye el pago de un canon de cuantía no superior al 5% del importe de las obras para la mejora de un camino público, lo que quedaba expresamente reconocido en el Informe Favorable de la CUOTA, de fecha 17 de octubre de 2.014.
En el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 xx xxxxx de 2.014, se especifica que dicho canon habrá de satisfacerse con carácter previo al otorgamiento de la preceptiva licencia municipal, en la cuantía de 20.312’33 €, según valoración aportada por el Ingeniero Técnico Agrícola Municipal en su documento “Memoria para la reparación del camino público en las inmediaciones del nuevo tanatorio de Valtravieso”.
El proyecto del nuevo edificio plantea la construcción de un total de 514’04 m2 en planta baja, sobre una parcela de 2.420 m2 de superficie.
En cuanto al uso y la actividad, se respectarán las medidas correctoras que se señalan en el Informe de 13 de enero de 2.015, del Director General de Calidad Ambiental.
En lo relativo a las condiciones de composición y estéticas de fachadas y cubiertas, se respectarán las contenidas en los artículos 485 y 486 del PGO. En relación con los materiales y elementos constructivos del Proyecto presentado, para el caso de las carpinterías exteriores se recomienda que las lamas de persiana se desplieguen por el interior del edificio, y en cuanto al acabado exterior de los paramentos de fachada, se recomienda el uso de tonos naturales térreos, preferentemente claros, en acabado mate y sin texturas excesivamente lisas. El uso de pizarra clavada con ganchos xx xxxxx inoxidable sobre enrastrelado xx xxxx vacsolizado en la cubierta, se adecúa a lo previsto en la normativa urbanística.
La disposición del edificio cumple lo establecido en los artículos 478 y 529 del PGO, que en cualquier caso consistirá en lo siguiente:
- Toda edificación deberá mantener a cualquier punto de su perímetro, incluidos los vuelos que fueran autorizados, una distancia a los linderos, de 3 m. (art. 478 del PGO)
- Las nuevas edificaciones deberán situarse dentro de la banda definida por el cerramiento exterior de la parcela y una línea paralela a ésta situada a 40 m, debiendo respetar en cualquier caso las servidumbres consolidadas. (art. 529 del PGO)
- El retranqueo a camino será la distancia mayor entre 8 m al eje de la vía o 5 m al borde de la banda pavimentada. (art. 478 del PGO)
Cuando en una parcela se autorizan construcciones, puede ser necesaria la realización simultánea de movimientos de tierra que deberán respetar las condiciones contenidas en el artículo 472 del PGO:
a) Ningún desmonte o terraplén tendrá una altura superior a 3 m.
b) Si fueran necesarias dimensiones superiores, deberán establecerse soluciones escalonadas, con desniveles no superiores a 2 m. y las pendientes que la morfología del terreno requiera para su natural consolidación.
c) Todo edificio deberá separarse de la base o coronación de un desmonte o terraplén una distancia mínima de 3 metros.
d) Además, se respetarán los niveles de terreno entre linderos con otras parcelas, excepto que se actúe de común acuerdo. Los taludes de transición entre el nivel del terreno en otras parcelas y el de la propia no podrán hacerse con inclinación mayor de 30º (57’74% de pendiente) y en todo caso, se resolverá en terreno propio la circulación de aguas superficiales procedentes de la lluvia si el movimiento de tierras altera el régimen existente de circulación de esas aguas.
En todo caso, quedarán prohibidos los movimientos de tierra que no estén motivados por su necesidad, y aquellos que resulten permitidos se realizarán creando el menor impacto ambiental posible. Si hubiesen de ir más allá de los contenidos en el proyecto presentado, se aportará documentación complementaria (perfiles del terreno, mediciones, etc.), en orden a valorar una posible ampliación de Licencia.
Tal como dispone el artículo 579 del ROTU, en los accesos a las obras sujetas a licencia urbanística que requieran la presentación de un proyecto técnico, los promotores tienen la obligación de instalar carteles informativos y de mantenerlos durante el tiempo que duren las obras, respetando las siguientes reglas:
a) Debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la identidad del promotor, del proyectista, del constructor y de los directores de obra. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
b) Deben ubicarse en lugares visibles desde la vía pública, pero sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
El Informe que se emite es FAVORABLE, debiendo respetar las condiciones anteriormente expuestas en relación al contenido del proyecto presentado. Además se recuerda que:
• Con anterioridad al inicio de las obras deberá presentar:
a) Oficio de Dirección de Ejecución, suscrito por técnico competente y con el correspondiente visado colegial.
• Durante el transcurso de las obras:
b) Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997).
c) La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados.
d) De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local.
• Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación:
e) Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes.
f) Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras.
g) Fotografías del estado final.
h) Importe de la liquidación final.
i) Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Apertura de la nueva actividad, aportando al menos:
3. Documentación acreditativa de la conformidad con las exigencias de las compañías suministradoras de las acometidas y redes de agua, gas, electricidad y telefonía ejecutadas.
4. Acreditación de haber presentado ante la Dirección General del Catastro el modelo 902, que puede ser cumplimentado desde cualquiera de los puntos de información catastral ubicados en la Casa Consistorial.
Los desperfectos que pudieran ocasionarse como consecuencia de la ejecución de las obras en espacios o bienes de dominio público deberán ser reparados y correrán a cargo del solicitante. Igualmente, correrán a cargo del solicitante los gastos derivados de las acometidas de conexión y de las distintas infraestructuras, así como los daños que pudieran ocasionarse.
El presente Informe no prejuzga ni permite prescindir de cualesquiera otros informes y/o autorizaciones que fueran necesarios con arreglo a la normativa sectorial de aplicación (turismo, carreteras, ferrocarriles, costas, etc.) y cuya oportuna obtención, cuando resulte preceptiva, deberá ser gestionada por el propio interesado.
Plazo de ejecución de la obra a efectos de caducidad de la Licencia: 18 meses.
Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006).
VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).
De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD,
ACUERDA:
Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia de obras sujeta al cumplimiento de los condicionantes fijados en el informe técnico antes transcrito.
8.- Xxxxxx y preguntas.
No hubo.
–––––––––
Y no habiendo más asuntos a tratar, siendo las 14:30 horas, el Sr. Presidente levanta la sesión, de todo lo cual como Secretaria Accidental, doy fe.
EL PRESIDENTE, LA SECRETARIA ACCIDENTAL,